Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
JOSE ANGEL
GURRIA TREVIÑO, Secretario
de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 38 de la Ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 51 de la Ley Federal
de las Entidades Paraestatales; 3o., 16 y 49 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y
Gasto Público Federal, 4o. y 6o.
del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
Que los Programas de Modernización de la Administración
Pública Federal 1995-2000 y Nacional de Financiamiento del Desarrollo
1995-2000, tienen como propósito llevar a cabo un proceso de reforma al sistema
presupuestario, con objeto de contar con mecanismos eficientes de orientación y
control del gasto público;
Que dentro de las dimensiones administrativa, funcional
programática, y económica del gasto público, esta última debe identificar, a
través del Clasificador por Objeto del Gasto, los bienes y servicios que
adquieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
clasificando el gasto conforme a su naturaleza económica en corriente y de
capital;
Que la estructura del Clasificador por Objeto del Gasto, en
capítulos, conceptos y partidas, debe satisfacer las necesidades de los
ejecutores de gasto público, para identificar y clasificar en forma ordenada,
homogénea y coherente la demanda gubernamental de bienes y servicios, sin
menoscabo de la flexibilidad requerida por las entidades de la Administración
Pública Paraestatal, en los términos de las funciones encomendadas;
Que el Clasificador por Objeto del Gasto debe cumplir con
los principios de universalidad y unidad, para su aplicación uniforme en las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal Centralizada y
Paraestatal, por lo cual se establece la obligación para éstas de apegarse a la
estructura y definición de los capítulos, conceptos y partidas del mismo,
constituyéndose en la base para presentar los reportes o agregaciones para
efectos de presupuesto, ejercicio o fiscalización. Sin embargo, se debe prever
la flexibilidad requerida por las entidades paraestatales para realizar una
mayor desagregación de sus erogaciones, en caso de que las partidas contenidas
en el Clasificador por Objeto del Gasto no satisfagan sus requerimientos;
Que al
establecer la obligación para las dependencias y entidades de realizar sus registros
presupuestarios desagregados conforme a las partidas del Clasificador por
Objeto del Gasto, se debe precisar que los subsidios y las transferencias se
registran para efectos del impacto en el gasto en las dependencias, en el
momento en que los recursos se ministran afectando el Presupuesto de Egresos de
la Federación, así como en las entidades por los subsidios erogados con cargo a
sus presupuestos. Las transferencias que reciban las entidades y los órganos
administrativos desconcentrados para cubrir sus presupuestos, se registrarán en
el gasto de cada una de ellas con apego a las partidas del Clasificador, con el
fin de detallar la aplicación de los recursos públicos para efectos de su
fiscalización;
Que es necesario depurar el capítulo 4000 Subsidios y
Transferencias, para prever únicamente aquellos recursos del Presupuesto de
Egresos de la Federación que califican como subsidios y transferencias,
identificando claramente los subsidios que se otorgan directamente a la
población beneficiaria, de los que se canalizan a través de otras instituciones
del sector público, así como los recursos por concepto de transferencias que se
destinan dentro del sector público a través de las entidades apoyadas y los
órganos administrativos desconcentrados a la atención de programas federales,
en los que se consideran, además de los gastos de operación y de inversión, los
costos de administración de los subsidios y los deficientes de operación de
dichas entidades y órganos administrativos desconcentrados;
Que derivado de la actualización y reforma de los
ordenamientos del marco jurídico presupuestario, se requiere ampliar el
contenido del Clasificador por Objeto del Gasto para considerar los nuevos
conceptos específicos que establecen dichos ordenamientos legales, tales como:
las erogaciones por concepto de responsabilidad patrimonial que establece el artículo 2o. de
la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; así como las
categorías de gasto derivadas de la federalización, como son las
participaciones de ingresos y las aportaciones federales que establece la Ley
de Coordinación Fiscal, y el gasto reasignado que establece el Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación, incluyendo la apertura en partidas por
entidad federativa para identificar su destino;
Que es conveniente la reubicación de algunas partidas en
distintos capítulos o conceptos de gasto conforme a su definición genérica,
como son entre otras: las asignaciones por radicación en el extranjero por
tratarse de remuneraciones que corresponden al capítulo 1000 Servicios
Personales; los gastos de los servidores públicos requeridos en el desempeño de
funciones oficiales deben agruparse en el concepto 3800 Servicios oficiales,
así como las erogaciones de las dependencias y entidades destinadas al apoyo de
la población y los sectores social y privado,cuyo otorgamiento en general
difiere de los subsidios y las transferencias previstas en el capítulo 4000
Subsidios y Transferencias, por lo cual, dada la cobertura actual del
Clasificador en nueve capítulos, y toda vez que las ayudas no corresponden con
la compra de un bien o servicio, éstas se incluyen en el capítulo 7000
Inversión Financiera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y
Pensiones, Jubilaciones y Otras;
Que derivado de las disposiciones de racionalidad,
austeridad y disciplina presupuestaria, se requiere de una mayor apertura en
ciertas partidas, por lo cual se hace una desagregación en forma específica
para los gastos de alimentación, combustibles, servicio telefónico,
arrendamiento de vehículos, asesorías, impresiones y publicaciones oficiales,
servicios oficiales y la adquisición de vehículos.
Que a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le corresponde
llevar a cabo la tramitación y los registros que requiera la vigilancia y
evaluación del ejercicio del gasto público federal, así como dictar las disposiciones procedentes a las que se
deberán sujetar las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal en el ejercicio de sus presupuestos, conforme lo establece la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y
Que los registros del ejercicio del Presupuesto de Egresos
de la Federación deben llevarse con sujeción a las partidas de gasto contenidas
en el Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, he tenido a bien expedir
el siguiente
El presente Clasificador por Objeto del Gasto, es de
observancia obligatoria en las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal, para su aplicación en los términos de lo previsto en el artículo 4 de este Clasificador.
Los capítulos, conceptos y
partidas del presente Clasificador podrán utilizarse por los Poderes
Legislativo y Judicial, así como las personas de derecho público de carácter
federal con autonomía derivada de la Constitución, a efecto de llevar a cabo la
integración de sus proyectos de presupuesto de egresos y los registros de las
afectaciones de los presupuestos aprobados, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 2 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Federal, 16 fracciones V y VIII y 49 fracción II del Reglamento de dicha Ley,
con el propósito de coadyuvar a la congruencia y homogeneidad de la información
presupuestaria. (23-XI-00).
En caso de
que los Poderes y personas de derecho público determinen adoptar este
Clasificador, éstos podrán formalizar su aplicación a través de sus respectivos
órganos competentes, mediante la correspondiente publicación en el Diario
Oficial de la Federación, incluyendo aquellos capítulos, conceptos y partidas
de gasto adicionales que requieran. (23-XI-00).
El Clasificador por Objeto del Gasto es el documento que
ordena e identifica en forma genérica, homogénea y coherente, los recursos
humanos, materiales, tecnológicos y financieros, que requieren las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal para cumplir con los objetivos
y programas que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Para efectos del presente Clasificador por Objeto del Gasto
se entenderá por:
I. Dependencias: las Secretarías de Estado, que integran la Administración Pública
Centralizada, incluyendo a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;
II. Entidades: los organismos descentralizados,
empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos en
los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal y todas aquellas
instituciones que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y demás disposiciones aplicables se consideren entidad de la Administración
Pública Paraestatal;
III. Entidades
apoyadas: las señaladas
en la fracción II de este numeral, cuyo presupuesto de egresos se cubre parcial
o totalmente con recursos fiscales etiquetados como transferencias dentro del
capítulo 4000 Subsidios y Transferencias de este Clasificador;
IV. Organos
administrativos desconcentrados: las unidades administrativas jerárquicamente subordinadas a
las dependencias a que se refiere el artículo 17 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
V. Clasificador: el Clasificador por Objeto del
Gasto;
VI. Capítulo de
gasto: el mayor nivel
de agregación de este Clasificador que identifica el conjunto homogéneo y ordenado
de los bienes y servicios requeridos por el Gobierno Federal, para la
consecución de sus objetivos y metas;
VII. Concepto de
gasto: el nivel de
agregación intermedio que identifica el conjunto homogéneo y ordenado de los
bienes y servicios, producto de la desagregación de cada capítulo de gasto;
VIII. Partida de
gasto: el nivel de
agregación más específico de este Clasificador que describe los bienes o
servicios de un mismo género, requeridos para la consecución de los programas y
metas autorizados. A este nivel de agregación se registra el ejercicio del
Presupuesto de Egresos de la Federación;
IX. Subpartidas de
gasto: el nivel en
que se desagregan las partidas de este Clasificador, que previamente aprueben
los órganos de gobierno de las entidades; las subpartidas no requieren la
autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y sólo se
comunicarán en los términos del artículo
5 fracción I de este Clasificador;
X. Presupuesto de Egresos:
el Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente;
XI. Secretaría: la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público;
XII. Gasto corriente:
las erogaciones en bienes
y servicios destinados a la realización de actividades administrativas y de
operación requeridas para el funcionamiento normal de las dependencias y
entidades, cuya adquisición afecta las partidas de gasto de los capítulos de
servicios personales, materiales y suministros y servicios generales de este
Clasificador, y los bienes y servicios corresponden al activo circulante de las
mismas.
El gasto corriente incluye: los recursos federales que se
ministran dentro del sector público como transferencias corrientes; los
subsidios aprobados; el costo financiero de la deuda pública; las ayudas
extraordinarias otorgadas a la población y a los sectores social y privado, así
como los recursos federales que se destinan a las entidades federativas como
participaciones de los ingresos federales, aportaciones federales, y gasto
reasignado, etiquetados en el Presupuesto de Egresos como gasto corriente, y
XIII. Gasto de
capital: las
erogaciones en bienes y servicios, requeridos para la ejecución de obras de
infraestructura, y demás gastos en programas y proyectos de inversión que
contribuyen a incrementar los activos fijos, necesarios para la prestación de
los bienes y servicios públicos. El gasto de capital tiene el carácter de no
regularizable y afecta las partidas de gasto de los capítulos de bienes muebles
e inmuebles y obras públicas, comprendidas en estas últimas, las erogaciones
realizadas con cargo a los capítulos de gasto de servicios personales,
materiales y suministros y servicios generales, por concepto de bienes y
servicios relacionados con las obras públicas por administración directa. Los
bienes adquiridos o construidos bajo este rubro de gasto corresponden con el
activo fijo de las dependencias y entidades.
El gasto de capital incluye: las erogaciones de los
programas o proyectos que se financian por los organismos financieros
internacionales; los recursos federales que se ministran dentro del sector
público como transferencias de capital; la inversión financiera; la
amortización de la deuda pública, así como los recursos federales que se
destinan a las entidades federativas como: aportaciones federales o gasto
reasignado, etiquetados en el Presupuesto de Egresos como gasto de capital.
Cuando en este Clasificador se haga referencia a las
dependencias, se entenderá que se incluye a la Procuraduría General de la
República, los tribunales administrativos y la Presidencia de la República, así
como a los órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados
a las dependencias, para efectos de la aplicación de los capítulos, conceptos y
partidas de gasto contenidos en este Clasificador.
La formulación y presentación de los proyectos de
presupuesto de egresos de las dependencias y entidades, se deberá realizar con
la desagregación contenida en este Clasificador a nivel de capítulo y concepto
de gasto, salvo aquellos conceptos que conforme a las normas presupuestarias se
requiera su presentación a nivel de partida.
El registro y control del ejercicio de las erogaciones
autorizadas en el Presupuesto de Egresos se realizará por las dependencias y
entidades a nivel de partida, debiéndose apegar a la definición que corresponda
en este Clasificador, conforme a lo siguiente:
I. Las dependencias podrán ejercer, por
unidad responsable (UR) y conforme al Presupuesto de Egresos aprobado por la
Cámara de Diputados, las partidas de los capítulos y conceptos de gasto
contenidos en este Clasificador, salvo las correspondientes a los conceptos
7100 Otorgamiento de créditos, 7200 Adquisición de valores, 7300 Erogaciones
contingentes, 7400 Provisiones para erogaciones especiales, 7600 Otras
erogaciones, 8100 Fondo general de participaciones, 8200 Fondo de fomento
municipal, 8300 Otros conceptos participables y 8400 Aportaciones federales a
las entidades federativas y municipios, así como las partidas del capítulo 9000
Deuda Pública, Pasivo Circulante y Otros. Las dependencias no podrán ejercer
las partidas 1412 Aportaciones de seguridad social contractuales y 5903 Bienes
inmuebles en la modalidad de proyectos de infraestructura productiva de largo
plazo, así como el concepto 7700 Pago de pensiones y jubilaciones.
Las dependencias coordinadoras de sector deberán incluir
como parte del ejercicio de sus presupuestos, además de los subsidios que
otorguen directamente, los importes de los recursos que ministren a las
entidades apoyadas y los órganos administrativos desconcentrados por concepto
de transferencias para la ejecución de los programas de operación y de
inversión de éstos, así como aquellos recursos que por concepto de subsidios se
ministren para su canalización y otorgamiento a través de las instituciones
públicas.
Los órganos administrativos desconcentrados de las
dependencias no podrán recibir transferencias para inversión financiera, el
pago de intereses, comisiones y gastos, y para amortización de pasivos.
Los recursos destinados a cubrir las erogaciones del
Gobierno Federal por concepto de inversión financiera, provisiones económicas,
participaciones de ingresos, aportaciones federales y deuda pública, de los
capítulos 7000 Inversión Financiera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras
Erogaciones, y Pensiones, Jubilaciones y Otras, 8000 Participaciones de Ingresos, Aportaciones Federales y
Gasto Reasignado y 9000 Deuda Pública, Pasivo Circulante y Otros, se
administrarán y ejercerán por la Secretaría conforme a sus funciones, a través
de las unidades responsables que operan los Ramos Generales, salvo los que
correspondan al Ramo General 25 que administra la Secretaría de Educación
Pública. Sólo en casos excepcionales, las dependencias podrán ejercer
erogaciones para inversión financiera, siempre que cuenten con la aprobación de
la Secretaría y se incluyan en el Presupuesto de Egresos, conforme a las
disposiciones aplicables, y
II. Las entidades podrán ejercer conforme a sus presupuestos
autorizados las partidas de los capítulos y conceptos de gasto contenidos en
este Clasificador, salvo las correspondientes a los conceptos 4300
Transferencias para apoyo de programas, 7300 Erogaciones contingentes, 7400
Provisiones para erogaciones especiales, 8100 Fondo general de participaciones,
8200 Fondo de fomento municipal, 8300 Otros conceptos participables y 8400
Aportaciones federales a las entidades federativas y municipios.
Las entidades podrán utilizar los conceptos 4100 Subsidios,
4200 Subsidios a las entidades federativas y municipios, así como los capítulos
7000 Inversión Financiera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y
Pensiones, Jubilaciones y Otras, 8000 Participaciones de Ingresos, Aportaciones Federales y Gasto Reasignado y 9000 Deuda
Pública, Pasivo Circulante y Otros para identificar sus erogaciones por
concepto de subsidios, inversión financiera, provisiones económicas y costo
financiero de la deuda, siempre que se incluyan en sus presupuestos de egresos
en flujo de efectivo y, en su caso, cuenten con la aprobación de la Secretaría,
conforme a las disposiciones aplicables.
Cuando las partidas, conceptos o capítulos de este
Clasificador no satisfagan los requerimientos de registro presupuestario de las
entidades, podrán realizar la desagregación a que se refiere el artículo 5 de este Clasificador.
Las erogaciones de las entidades apoyadas y los órganos
administrativos desconcentrados que se cubran con los subsidios y
transferencias ministrados por las dependencias, se registrarán en el gasto de
cada uno de ellos a nivel de partida conforme a la desagregación señalada en
las fracciones I y II de este artículo, según corresponda. Dichos registros,
así como las ministraciones registradas en las dependencias, no duplicarán el
monto del gasto total, ya que el efecto en el gasto se registra una vez con
cargo al Presupuesto de Egresos.
Las entidades, en adición a lo señalado en la fracción II
del artículo 4 de este
Clasificador, y conforme a las funciones y requerimientos específicos de cada
entidad, podrán identificar sus erogaciones con una apertura y desagregación
mayor a la prevista en este Clasificador, conforme a lo siguiente:
I. Las partidas de gasto de este
Clasificador, podrán desagregarse en subpartidas siempre que sean aprobadas por
los órganos de gobierno y correspondan con la estructura y contenido genérico
de los capítulos y conceptos de gasto del mismo.
Cada entidad, previamente al ejercicio y registro de las
erogaciones con cargo a las subpartidas aprobadas por el órgano de gobierno,
informará a través de la dependencia coordinadora de sector, a la Contaduría
Mayor de Hacienda, al órgano interno de control y a la Secretaría, su
clasificación específica, con la relación de partidas desagregadas en
subpartidas, incluyendo la definición de éstas, y
II. Cuando se trate de erogaciones
que no correspondan con la definición genérica de los capítulos, conceptos y
partidas contenidos en este Clasificador, las entidades, transitoriamente
podrán utilizar el mecanismo interno de subpartidas y de información a que se
refiere la fracción anterior, debiendo solicitar la autorización de la
Secretaría para que, mediante modificaciones o adiciones al Clasificador, se
precisen las partidas y/o conceptos que identifiquen en forma específica dichas
erogaciones. Las modificaciones o adiciones al Clasificador sólo podrán
aplicarse una vez que la Secretaría las apruebe y publique en el Diario Oficial de la Federación.
Las Direcciones Generales de Programación y Presupuesto de
Servicios; Agropecuario, Abasto, Desarrollo Social y Recursos Naturales; de
Salud, Educación y Laboral, y de Energía e Infraestructura, de la Secretaría,
recibirán la relación de partidas y subpartidas de las entidades, así como las
solicitudes de modificación o adición al Clasificador. Dichas Direcciones, con
la participación de las Unidades de Política Presupuestal y de Servicio Civil,
resolverán, en el ámbito de sus competencias, la procedencia de las mencionadas
modificaciones o adiciones.
El presente Clasificador se aplicará sin perjuicio de la vigencia
del esquema contable de las entidades
previsto en los catálogos de cuentas para el registro de los activos, pasivos,
ingresos, costos y gastos, o la presentación de los estados financieros.
Para identificar el gasto público por su naturaleza
económica, durante el proceso de programación e integración del proyecto de
Presupuesto de Egresos, así como en la etapa del ejercicio, las dependencias y
entidades deberán establecer el vínculo, por capítulo, concepto y partida del
Clasificador, con el componente de la clave presupuestaria correspondiente a la
naturaleza económica, conforme a lo establecido en las normas presupuestarias
vigentes y considerando la definición de gasto corriente y gasto de capital
señalada en el artículo 3
fracciones XII y XIII de este Clasificador.
Las partidas de gasto del capítulo 1000 Servicios
Personales, sujetas a las cuotas y aportaciones por concepto de seguridad
social son:
I. Para el pago de las cuotas del
Gobierno Federal a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (ISSSTE); del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
(FOVISSSTE), y del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), de conformidad con
lo que establece el artículo 196 de la Ley del ISSSTE, así como las normas
presupuestarias vigentes, se considerará como base de cálculo las
remuneraciones que se cubran con cargo a las partidas siguientes:
1103 Sueldos base;
1104 Sueldos base
al personal obrero;
1202 Sueldos base
al personal eventual;
1316 Liquidaciones
por indemnizaciones y por sueldos y salarios caídos;
1322 Compensaciones
adicionales por servicios especiales;
II. Las partidas que se afectarán
para cubrir las cuotas correspondientes al trabajador a favor del ISSSTE,
además de las señaladas en la fracción I de este artículo, son las siguientes:
1204 Retribuciones
por servicios de carácter social;
1301 Prima quinquenal
por años de servicios efectivos prestados;
1302 Acreditación por años de servicio en la
docencia y al personal administrativo de las instituciones de educación
superior;
1303 Acreditación
por titulación en la docencia;
1304 Acreditación
al personal docente por años de estudio de licenciatura;
1322 Compensaciones
adicionales por servicios especiales;
1323 Asignaciones
docentes, pedagógicas genéricas y específicas;
1326 Compensaciones
a médicos residentes, y
III. Las aportaciones a seguridad que
correspondan a las entidades que se rigen por el apartado A del artículo 123
Constitucional se calcularán conforme a lo establecido en la Ley del Seguro
Social.
La Secretaría, por conducto de la Subsecretaría de Egresos,
proveerá lo necesario para que las nuevas partidas, así como las modificaciones
o adiciones a los capítulos, conceptos, partidas o disposiciones contenidas en
este Clasificador, se emitan por el C. Subsecretario de Egresos y se publiquen
en el Diario Oficial de la Federación.
La Secretaría, por conducto de la Unidad de Política
Presupuestal será la instancia facultada para interpretar las disposiciones del
presente Clasificador. En el caso de las partidas y conceptos del capítulo 1000
Servicios Personales la interpretación corresponderá a la Unidad de Servicio
Civil de la Secretaría.
Los capítulos, conceptos y partidas de gasto del presente
Clasificador, son los siguientes:
1000 SERVICIOS PERSONALES
1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER
PERMANENTE
1101 Dietas
1102 Haberes
1103 Sueldos base
1104 Sueldos base al personal obrero
1105 Sobrehaberes
1106 Asignaciones
por radicación en el extranjero
1107 Gastos
contingentes para el personal radicado en el extranjero
1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER
TRANSITORIO
1201 Honorarios
1202 Sueldos base al personal eventual
1203 Compensaciones por servicios de
carácter social
1204 Retribuciones por servicios de carácter
social
1205 Compensaciones a sustitutos de
profesores
1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
1301 Prima
quinquenal por años de servicios efectivos prestados
1302 Acreditación por años de servicio en la docencia
y al personal administrativo de las instituciones de educación superior
1303 Acreditación
por titulación en la docencia
1304 Acreditación al personal docente
por años de estudio
de licenciatura
1305 Primas de
vacaciones y dominical
1306 Gratificación
de fin de año
1307 Compensaciones
por servicios especiales
1308 Compensaciones
por servicios eventuales
1309 Asignaciones
de técnico
1310 Asignaciones
de mando
1311 Asignaciones
por comisión
1312 Asignaciones
de vuelo
1313 Asignaciones
de técnico especial
1314 Honorarios
especiales
1315 Participaciones
por vigilancia en el cumplimiento de las leyes y custodia de valores
1316 Liquidaciones
por indemnizaciones y por sueldos y salarios caídos
1317 Liquidaciones
por haberes caídos
1318 Compensaciones
de retiro
1319 Remuneraciones
por horas extraordinarias
1320 Compensaciones
de servicios
1321 Prima de perseverancia por años de servicio activo en el
Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos
1322 Compensaciones adicionales por servicios
especiales
1323 Asignaciones
docentes, pedagógicas genéricas y específicas
1324 Compensación
por adquisición de material
didáctico
1325 Compensación
por actualización y formación académica
1326 Compensaciones
a médicos residentes
1400 EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR
CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS
1401 Cuotas al
ISSSTE
1402 Cuotas al ISSFAM
1403 Cuotas para la
vivienda
1404 Cuotas para el
seguro de vida del personal civil
1405 Cuotas para el
seguro de vida del personal militar
1406 Cuotas para el
seguro de gastos médicos del personal civil
1407 Cuotas para el
seguro de separación individualizado
1408 Cuotas para el
seguro colectivo de retiro
1409 Otros seguros
1410 Cuotas al IMSS
1411 Cuotas al
INFONAVIT
1412 Aportaciones
de seguridad social contractuales
1501 Cuotas para el
fondo de ahorro del personal civil
1502 Cuotas para el
fondo de ahorro de generales, almirantes, jefes y oficiales
1503 Cuotas para el fondo de trabajo del
personal del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos
1504 Indemnizaciones
por accidentes en el trabajo
1505 Prestaciones
de retiro
1506 Estímulos al
personal
1507 Otras
prestaciones
1508 Aportaciones al Sistema de Ahorro
para el Retiro
1509 Compensación
garantizada
1510 Pagas de
defunción
1600 IMPUESTO SOBRE NOMINAS
1601 Impuesto sobre
nóminas
1700 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS DE
MANDO Y ENLACE
1701 Estímulos por
productividad, eficiencia y calidad en el desempeño
1800 PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
1801 Incrementos a
las percepciones
1802 Creación de
plazas
1803 Otras medidas
de carácter laboral y económicas
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
2100 MATERIALES Y UTILES DE ADMINISTRACION Y DE
ENSEÑANZA
2101 Materiales y
útiles de oficina
2102 Material de
limpieza
2103 Material
didáctico
2104 Material
estadístico y geográfico
2105 Materiales y
útiles de impresión y reproducción
2106 Materiales y
útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos
2107 Material para
información
2201 Productos alimenticios para el Ejército,
Fuerza Aérea y Armada Mexicanos, y para los efectivos que participen en
programas de seguridad pública
2202 Productos alimenticios para personas
derivado de la prestación de servicios públicos en unidades de salud,
educativas, de readaptación social y otras
2203 Productos alimenticios para el personal que
realiza labores en campo o de supervisión
2204 Productos alimenticios para el personal en
las instalaciones de las dependencias y entidades
2205 Productos
alimenticios para la población en caso de desastres naturales
2206 Productos
alimenticios para el personal derivado de actividades extraordinarias
2207 Productos
alimenticios para animales
2300 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS
2301 Refacciones,
accesorios y herramientas
2302 Refacciones y
accesorios para equipo de cómputo
2303 Utensilios
para el servicio de alimentación
2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION
2401 Materiales de
construcción
2402 Estructuras y
manufacturas
2403 Materiales
complementarios
2404 Material
eléctrico y electrónico
2500 MATERIAS PRIMAS DE PRODUCCION, PRODUCTOS
QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO
2501 Materias
primas de producción
2502 Sustancias
químicas
2503 Plaguicidas,
abonos y fertilizantes
2504 Medicinas y
productos farmacéuticos
2505 Materiales,
accesorios y suministros médicos
2506 Materiales,
accesorios y suministros de laboratorio
2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
2601 Combustibles, lubricantes y aditivos para
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales destinados a la
ejecución de programas de seguridad pública y nacional
2602 Combustibles, lubricantes y aditivos para
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales destinados a
servicios públicos y la operación de programas públicos
2603 Combustibles, lubricantes y aditivos para
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales destinados a
servicios administrativos
2604 Combustibles, lubricantes y aditivos para
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales asignados a
servidores públicos
2605 Combustibles,
lubricantes y aditivos para maquinaria y equipo de producción
2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION
PERSONAL Y ARTICULOS DEPORTIVOS
2701 Vestuario,
uniformes y blancos
2702 Prendas de
protección personal
2703 Artículos
deportivos
2800 MATERIALES, SUMINISTROS Y PRENDAS DE
PROTECCION PARA SEGURIDAD PUBLICA Y NACIONAL
2801 Sustancias y
materiales explosivos
2802 Materiales de
seguridad pública
2803 Prendas de
protección para seguridad pública y nacional
2900 MERCANCIAS DIVERSAS
2901 Mercancías
para su comercialización en tiendas del sector público
2902 Mercancías
para su distribución a la población
3000 SERVICIOS GENERALES
3100 SERVICIOS BASICOS
3101 Servicio
postal
3102 Servicio
telegráfico
3103 Servicio
telefónico convencional
3104 Servicio de
telefonía celular
3105 Servicio de
radiolocalización
3106 Servicio de
energía eléctrica
3107 Servicio de
agua
3108 Servicios de
telecomunicaciones
3109 Servicios de
conducción de señales analógicas y digitales
3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
3201 Arrendamiento
de edificios y locales
3202 Arrendamiento
de terrenos
3203 Arrendamiento
de maquinaria y equipo
3204 Arrendamiento
de equipo y bienes informáticos
3205 Arrendamiento de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para la ejecución de programas de
seguridad pública y nacional
3206 Arrendamiento de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servicios públicos y la operación
de programas públicos
3207 Arrendamiento de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servicios administrativos
3208 Arrendamiento de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para desastres naturales
3209 Arrendamiento de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servidores públicos
3300 SERVICIOS DE ASESORIA, CONSULTORIA,
INFORMATICOS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
3301 Asesorías
asociadas a convenios, tratados o acuerdos
3302 Asesorías por
controversias en el marco de los tratados internacionales
3303 Consultorías para programas o proyectos
financiados por organismos internacionales
3304 Otras
asesorías para la operación de programas
3305 Capacitación
3306 Servicios de
informática
3307 Servicios
estadísticos y geográficos
3308 Estudios e
investigaciones
3400 SERVICIOS COMERCIAL Y BANCARIO
3401 Almacenaje,
embalaje y envase
3402 Fletes y
maniobras
3403 Servicios
bancarios y financieros
3404 Seguros de
bienes patrimoniales
3405 Impuestos y
derechos de importación
3406 Impuestos y
derechos de exportación
3407 Otros
impuestos y derechos
3408 Comisiones por
ventas
3409 Patentes,
regalías y otros
3410 Diferencias
por variaciones en el tipo de cambio
3411 Servicios de
vigilancia
3412 Gastos
inherentes a la recaudación
3413 Otros
servicios comerciales
3501 Mantenimiento y conservación de mobiliario y equipo de administración
3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos
3503 Mantenimiento y conservación de maquinaria y equipo
3504 Mantenimiento
y conservación de inmuebles
3505 Servicios de lavandería,
limpieza, higiene y fumigación
3600 SERVICIOS DE IMPRESION, PUBLICACION,
DIFUSION E INFORMACION
3601 Impresiones de documentos oficiales para la
prestación de servicios públicos, identificación, formatos administrativos y
fiscales, formas valoradas, certificados y títulos
3602 Gastos de
propaganda e imagen institucional
3603 Gastos de
difusión de servicios públicos y campañas de información
3604 Publicaciones
oficiales para difusión e información
3605 Publicaciones oficiales para licitaciones
públicas y trámites administrativos en cumplimiento de disposiciones jurídicas
3606 Otros gastos
de publicación, difusión e información
3700 SUBROGACIONES
3701 Subrogaciones
3800 SERVICIOS OFICIALES
3801 Gastos de
ceremonial del titular del Ejecutivo Federal
3802 Gastos de
ceremonial de los titulares de las dependencias y entidades
3803 Gastos de
orden social
3804 Congresos y
convenciones
3805 Exposiciones
3806 Gastos de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas
3807 Gastos de las
oficinas del Servicio Exterior Mexicano
3808 Pasajes
nacionales para labores en campo y de supervisión
3809 Pasajes
nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional
3810 Pasajes
nacionales asociados a desastres naturales
3811 Pasajes nacionales para servidores públicos
en el desempeño de comisiones y funciones oficiales
3812 Pasajes internacionales asociados a los
programas de seguridad pública y nacional
3813 Pasajes internacionales para servidores
públicos en el desempeño de comisiones y funciones oficiales
3814 Viáticos
nacionales para labores en campo y de supervisión
3815 Viáticos
nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional
3816 Viáticos
nacionales asociados a desastres naturales
3817 Viáticos nacionales para servidores
públicos en el desempeño de funciones oficiales
3818 Viáticos en el extranjero asociados a los
programas de seguridad pública y nacional
3819 Viáticos en el extranjero para servidores
públicos en el desempeño de comisiones y funciones oficiales
3820 Instalación
del personal federal
3821 Gastos para
alimentación de servidores públicos de mando
3822 Gastos para
operativos y trabajos de campo en áreas rurales
3823 Gastos de
seguridad pública y nacional
3824 Gastos en
actividades de seguridad y logística del Estado Mayor Presidencial
3825 Gastos
inherentes a la investidura presidencial
3826
Cuotas a
organismos internacionales
3827 ASIGNACIONES A
LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS (23-XI-00)
3900 PERDIDAS DEL ERARIO Y GASTOS POR CONCEPTO
DE RESPONSABILIDADES
3901 Penas, multas,
accesorios y actualizaciones
3902 Pérdidas del Erario
Federal
3903 Otros gastos
por responsabilidades
4000 SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS
4100 SUBSIDIOS
4101 Subsidios a la
producción
4102 Subsidios a la
distribución
4103 Subsidios al
consumo
4104 Subsidios para
inversión
4105 Subsidios a la
prestación de servicios públicos
4106 Subsidios para
cubrir diferenciales de tasas de interés
4107 Subsidios para
capacitación y becas
4200 SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS
4201 Aguascalientes
4202 Baja
California
4203 Baja
California Sur
4204 Campeche
4205 Coahuila
4206 Colima
4207 Chiapas
4208 Chihuahua
4209 Distrito
Federal
4210 Durango
4211 Guanajuato
4212 Guerrero
4213 Hidalgo
4214 Jalisco
4215 México
4216 Michoacán
4217 Morelos
4218 Nayarit
4219 Nuevo León
4220 Oaxaca
4221 Puebla
4222 Querétaro
4223 Quintana Roo
4224 San Luis
Potosí
4225 Sinaloa
4226 Sonora
4227 Tabasco
4228 Tamaulipas
4229 Tlaxcala
4230 Veracruz
4231 Yucatán
4232 Zacatecas
4233 Subsidios a
las entidades federativas y municipios
4300 TRANSFERENCIAS PARA APOYO DE PROGRAMAS
4301 Transferencias
para servicios personales
4302 Transferencias
para adquisición de materiales y suministros
4303 Transferencias
para contratación de servicios
4304 Transferencias
para adquisición de bienes muebles
4305 Transferencias
para adquisición de bienes
inmuebles
4306 Transferencias
para el apoyo de obras públicas
4307 Transferencias
estatutarias al IMSS
4308 Transferencias
para gastos de apoyo a los sectores social y privado
4309 Transferencias para cubrir el déficit de
operación y los gastos de administración asociados al otorgamiento de subsidios
4310 Transferencias
para gastos de seguridad pública y nacional
4311 Transferencias para estímulos por
productividad, eficiencia y calidad en el desempeño
4312 Transferencias
para aportaciones a seguridad social y a la vivienda
4313 Transferencias
para previsiones de servicios personales
4314 Transferencias
para inversión financiera
4315 Transferencias
para el pago de intereses, comisiones y gastos
4316 Transferencias
para amortización de pasivos
4317 Transferencias para premios y recompensas
en los sistemas nacional de investigadores, de creadores y de otras disciplinas
4318 Transferencias
para apoyo a voluntarios en programas sociales
4319 Transferencias
para el pago de pensiones y jubilaciones
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLES
5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
5101 Mobiliario
5102 Equipo de
administración
5103 Equipo
educacional y recreativo
5104 Bienes
artísticos y culturales
5105 Adjudicaciones,
expropiaciones e indemnizaciones de bienes muebles
5200 MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO,
INDUSTRIAL, DE COMUNICACIONES Y DE USO INFORMATICO
5201 Maquinaria y
equipo agropecuario
5202 Maquinaria y
equipo industrial
5203 Maquinaria y
equipo de construcción
5204 Equipos y
aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones
5205 Maquinaria y
equipo eléctrico y electrónico
5206 Bienes
informáticos
5300 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
5301 Vehículos y equipo terrestres, aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales para la ejecución de programas de seguridad pública y
nacional
5302 Vehículos y equipo terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales destinados exclusivamente para desastres
naturales
5303 Vehículos y equipo terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales destinados a servicios públicos y la operación
de programas públicos
5304 Vehículos y equipo terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales destinados a servicios administrativos
5305 Vehículos y equipo terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y
fluviales destinados a servidores públicos
5400 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE
LABORATORIO
5401 Equipo médico
y de laboratorio
5402 Instrumental
médico y de laboratorio
5500 HERRAMIENTAS Y REFACCIONES
5501 Herramientas y
máquinas herramienta
5502 Refacciones y
accesorios
5600 ANIMALES DE TRABAJO Y REPRODUCCION
5601 Animales de
trabajo
5602 Animales de
reproducción
5700 BIENES INMUEBLES
5701 Edificios y
locales
5702 Terrenos
5703 Adjudicaciones,
expropiaciones e indemnizaciones de inmuebles
5800 MAQUINARIA Y EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
PUBLICA
5801 Maquinaria y
equipo de defensa y seguridad pública
5900 OTROS BIENES MUEBLES E INMUEBLES
5901 Bienes muebles
por arrendamiento financiero
5902 Otros bienes
muebles
5903 Bienes inmuebles en la modalidad de
proyectos de infraestructura productiva de largo plazo
5904 Bienes
inmuebles por arrendamiento financiero
5905 Otros bienes
inmuebles
6000 OBRAS PUBLICAS
6100 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO
6101 Obras de
preedificación en terrenos de construcción
6102 Obras de
construcción para edificios
6103 Obras de
construcción de ingeniería civil
6104 Ensamble y
edificación de construcciones prefabricadas
6105 Instalaciones
y obras de construcción especializada
6106 Obras de
terminación y acabado de edificios
6107 Servicios
relacionados con obras públicas
6108 Mantenimiento
y rehabilitación de obras públicas
6200 OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACION
(No
se desagrega en partidas)
7000 INVERSION FINANCIERA, PROVISIONES
ECONOMICAS, AYUDAS, OTRAS EROGACIONES, Y PENSIONES, JUBILACIONES Y OTRAS
7100 OTORGAMIENTO DE CREDITOS
7101 Créditos
directos para actividades productivas
7102 Fideicomisos
para financiamiento de obras
7103 Fideicomisos para
financiamientos agropecuarios
7104 Fideicomisos
para financiamientos industriales
7105 Fideicomisos
para financiamientos al comercio y otros servicios
7200 ADQUISICION DE VALORES
7201 Fideicomisos
para adquisición de títulos de crédito
7202 Adquisición de
acciones
7203 Adquisición de
bonos
7204 Adquisición de
obligaciones
7205 Adquisición de
otros valores
7206 Adquisición de acciones de organismos internacionales
7300 EROGACIONES CONTINGENTES
7301 Erogaciones
contingentes
7400 PROVISIONES PARA EROGACIONES ESPECIALES
(No
se desagrega en partidas)
7500 EROGACIONES PARA APOYAR A LOS SECTORES
SOCIAL Y PRIVADO EN ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE AYUDA
EXTRAORDINARIA
7501 Gastos relacionados con actividades culturales,
deportivas y de ayuda extraordinaria
7502 Gastos por
servicios de traslado de personas
7503 Funerales
7504 Premios,
recompensas, pensiones de gracia y pensión recreativa estudiantil
7505 Donativos a
instituciones sin fines de lucro
7506 Donativos a
entidades federativas
7507 Donativos a
fideicomisos públicos y privados
7508 Donativos
internacionales
7600 OTRAS EROGACIONES
7601 Erogaciones
por cuenta de terceros
7602 Erogaciones
recuperables
7603 Erogaciones
por pago de utilidades
7700 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES
7701 Pago de
pensiones y jubilaciones
7702 Pago de
pensiones y jubilaciones contractuales
7703 Pago de sumas
aseguradas
7704 Prestaciones
económicas distintas de pensiones y jubilaciones
8000 PARTICIPACIONES DE INGRESOS, APORTACIONES
FEDERALES Y GASTO REASIGNADO
8100 FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES
8101 Aguascalientes
8102 Baja
California
8103 Baja
California Sur
8104 Campeche
8105 Coahuila
8106 Colima
8107 Chiapas
8108 Chihuahua
8109 Distrito
Federal
8110 Durango
8111 Guanajuato
8112 Guerrero
8113 Hidalgo
8114 Jalisco
8115 México
8116 Michoacán
8117 Morelos
8118 Nayarit
8119 Nuevo León
8120 Oaxaca
8121 Puebla
8122 Querétaro
8123 Quintana Roo
8124 San Luis
Potosí
8125 Sinaloa
8126 Sonora
8127 Tabasco
8128 Tamaulipas
8129 Tlaxcala
8130 Veracruz
8131 Yucatán
8132 Zacatecas
8200 FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL
8201 Aguascalientes
8202 Baja
California
8203 Baja
California Sur
8204 Campeche
8205 Coahuila
8206 Colima
8207 Chiapas
8208 Chihuahua
8209 Distrito
Federal
8210 Durango
8211 Guanajuato
8212 Guerrero
8213 Hidalgo
8214 Jalisco
8215 México
8216 Michoacán
8217 Morelos
8218 Nayarit
8219 Nuevo León
8220 Oaxaca
8221 Puebla
8222 Querétaro
8223 Quintana Roo
8224 San Luis
Potosí
8225 Sinaloa
8226 Sonora
8227 Tabasco
8228 Tamaulipas
8229 Tlaxcala
8230 Veracruz
8231 Yucatán
8232 Zacatecas
8300 OTROS CONCEPTOS PARTICIPABLES
8301 Aguascalientes
8302 Baja
California
8303 Baja
California Sur
8304 Campeche
8305 Coahuila
8306 Colima
8307 Chiapas
8308 Chihuahua
8309 Distrito
Federal
8310 Durango
8311 Guanajuato
8312 Guerrero
8313 Hidalgo
8314 Jalisco
8315 México
8316 Michoacán
8317 Morelos
8318 Nayarit
8319 Nuevo León
8320 Oaxaca
8321 Puebla
8322 Querétaro
8323 Quintana Roo
8324 San Luis
Potosí
8325 Sinaloa
8326 Sonora
8327 Tabasco
8328 Tamaulipas
8329 Tlaxcala
8330 Veracruz
8331 Yucatán
8332 Zacatecas
8400 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
8401 Aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios para servicios personales
8402 Aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios para seguridad social
8403 Aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios para gastos de operación
8404 Aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios para gastos
de inversión
8405 Aportaciones
federales a las entidades federativas y municipios
8500 GASTO FEDERAL REASIGNADO A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
8501 Aguascalientes
8502 Baja
California
8503 Baja
California Sur
8504 Campeche
8505 Coahuila
8506 Colima
8507 Chiapas
8508 Chihuahua
8509 Distrito
Federal
8510 Durango
8511 Guanajuato
8512 Guerrero
8513 Hidalgo
8514 Jalisco
8515 México
8516 Michoacán
8517 Morelos
8518 Nayarit
8519 Nuevo León
8520 Oaxaca
8521 Puebla
8522 Querétaro
8523 Quintana Roo
8524 San Luis Potosí
8525 Sinaloa
8526 Sonora
8527 Tabasco
8528 Tamaulipas
8529 Tlaxcala
8530 Veracruz
8531 Yucatán
8532 Zacatecas
8533 Gasto federal
reasignado a las entidades federativas y municipios
9000 DEUDA PUBLICA, PASIVO CIRCULANTE Y OTROS
9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA
9101 Amortización
de la deuda interna con instituciones de crédito
9102 Amortización
de la deuda por emisión de valores gubernamentales
9103 Amortización
derivada de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo
9104 Amortización
de arrendamientos financieros nacionales
9105 Amortización
de arrendamientos financieros especiales
9106 Amortización
de la deuda externa con instituciones de crédito
9107 Amortización de la deuda con organismos financieros internacionales
9108 Amortización
de la deuda bilateral
9109 Amortización
de la deuda externa por bonos
9110 Amortización
de arrendamientos financieros internacionales
9200 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA
9201 Intereses de la deuda interna con instituciones
de crédito
9202 Intereses
derivados de la colocación de valores
gubernamentales
9203 Intereses derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo
9204 Intereses por arrendamientos financieros nacionales
9205 Intereses por arrendamientos financieros especiales
9206 Intereses de
la deuda externa con instituciones de crédito
9207 Intereses de
la deuda con organismos financieros internacionales
9208 Intereses de
la deuda bilateral
9209 Intereses derivados
de la colocación externa de
bonos
9210 Intereses por
arrendamientos financieros internacionales
9300 COMISIONES DE LA DEUDA PUBLICA
9301 Comisiones de
la deuda interna
9302 Comisiones de
la deuda externa
9400 GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA
9401 Gastos de la
deuda interna
9402 Gastos de la deuda
externa
9500 COSTO POR COBERTURAS
9501 Costo por
cobertura en tasas de interés
9502 Costo por
cobertura en moneda extranjera
9503 Costo por
coberturas petroleras
9504 Costo por
otras coberturas
9600 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
(ADEFAS)
9601 Adeudos de
ejercicios fiscales anteriores
9700 APOYOS FINANCIEROS
9701 Apoyos a
intermediarios financieros
9702 Apoyos a
ahorradores y deudores de la banca
1000 SERVICIOS PERSONALES. Agrupa las asignaciones
destinadas al pago de remuneraciones al personal civil y militar que presta sus
servicios en las dependencias y entidades. Incluye las prestaciones económicas,
repercusiones por concepto de seguridad social y de seguros de vida, contribuciones
y demás asignaciones derivadas de compromisos laborales, así como las
previsiones para cubrir las medidas de incremento en percepciones, prestaciones
económicas, creación de plazas, en su caso, y demás medidas salariales y
económicas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS. Agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir el costo de adquisición de
toda clase de insumos requeridos por las dependencias y entidades, para el desempeño de las
actividades administrativas y productivas, que se contraten con personas
físicas y morales del sector privado y social o instituciones del propio sector
público. Incluye materiales y útiles de administración y de enseñanza;
productos alimenticios; herramientas, refacciones y accesorios; materiales para
la producción y la construcción; materias primas, productos químicos,
farmacéuticos y de laboratorio; combustibles, lubricantes y aditivos;
vestuario, uniformes y blancos; prendas de protección y, en general, todo tipo
de bienes de consumo para la realización de los programas públicos que deban
registrarse en el activo circulante de las dependencias y entidades. Incluye
las asignaciones destinadas a la adquisición de mercancías diversas para su
comercialización en tiendas del Sector Público.
3000 SERVICIOS GENERALES. Agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir el costo de todo tipo de servicios que contraten las
dependencias y entidades con personas físicas y morales del sector privado y
social o instituciones del propio sector público, tales como: servicio postal,
telegráfico, telefónico convencional y de telefonía celular, de energía
eléctrica, agua, de
telecomunicaciones, y conducción de señales analógicas y digitales;
arrendamientos; servicios de consultoría, asesoría, informáticos, capacitación,
estudios e investigaciones; servicios comercial y bancario; mantenimiento y
conservación de bienes muebles e inmuebles; y servicios de impresión,
publicación, difusión e información, subrogaciones, entre otros. En este
capítulo se incluyen los gastos que realicen los servidores públicos por
servicios oficiales y especiales para el desempeño de actividades vinculadas
con las funciones públicas, así como las erogaciones por concepto de
responsabilidades o pérdidas del erario federal, conforme a las disposiciones
aplicables en la materia.
4000 SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS. Agrupa las asignaciones que el
Gobierno Federal destina en forma directa o indirecta, mediante el otorgamiento
de subsidios aprobados en el Presupuesto de Egresos, a los sectores social y
privado y a las entidades federativas como parte de la política económica de
acuerdo a las estrategias y
prioridades del desarrollo nacional. Asimismo, agrupa las asignaciones de los
recursos federales previstos en el Presupuesto de Egresos de las dependencias
por concepto de transferencias, que reciben las entidades apoyadas y los
órganos administrativos desconcentrados como ingresos destinados a cubrir
parcial o totalmente los programas y actividades previstos en sus presupuestos.
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLES. Agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir el costo de adquisición de toda clase de bienes muebles e
inmuebles que las dependencias y entidades contraten con personas físicas y
morales del sector privado y social, o instituciones del propio sector público,
para el desempeño de las actividades administrativas y productivas.
Incluye el mobiliario y equipo propio para la administración; maquinaria y
equipo de producción; las refacciones, accesorios y herramientas indispensables
para el funcionamiento de los bienes, maquinaria o equipos; la adquisición de animales de trabajo y reproducción, y la
adquisición de inmuebles incluidos los contratados mediante las diversas
modalidades de financiamiento. Los bienes muebles e inmuebles comprendidos en
este capítulo, incluido en su caso el costo de su instalación, deben formar
parte de los activos fijos de las dependencias y entidades que los adquieran.
Excluye las instalaciones previstas en la partida 6105 Instalaciones y obras de
construcción especializada.
6000 OBRAS PUBLICAS. Agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los servicios que las dependencias y entidades
contraten con personas físicas o morales, necesarios para construir, instalar,
ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y
demoler bienes inmuebles, así como el costo derivado de la realización de obras
públicas por administración directa. Incluye todo tipo de adquisiciones de
bienes y servicios relacionados con la obra pública, necesarios para su
construcción, instalación, ampliación, rehabilitación, entre otros, así como
las asignaciones para realizar estudios y proyectos de preinversión.
7000 INVERSION FINANCIERA, PROVISIONES
ECONOMICAS, AYUDAS, OTRAS EROGACIONES, Y PENSIONES, JUBILACIONES Y OTRAS. Agrupa las asignaciones
destinadas a la realización de actividades financieras que las dependencias y
entidades llevan a cabo con fines de fomento productivo o de regulación
crediticia y monetaria mediante la adquisición de toda clase de valores y la
concesión de créditos en general. Asimismo, agrupa el importe de las
erogaciones comprendidas en la fracción IV del artículo 74
Constitucional, y las erogaciones especiales que por su carácter de
imprevisibles no pueden ser identificadas conforme a las dimensiones funcional
programática y económica del gasto. También agrupa las diversas erogaciones
derivadas del cumplimiento de obligaciones del Estado para otorgar apoyos o
ayudas extraordinarias a los sectores social y privado. Dentro de este capítulo
se registrarán las diversas erogaciones recuperables, por cuenta de terceros
que en forma compensada realizan las entidades en sus flujos de efectivo, así
como el pago de utilidades en las empresas de participación estatal. Comprende
el registro de las asignaciones para el pago a pensionistas y jubilados, que
cubren los institutos de seguridad social, conforme al régimen establecido por
disposición legal. Así como, los pagos adicionales que por dichos conceptos
realicen las entidades, conforme a compromisos contractuales o de ley, tales
como: los pagos de sumas aseguradas y las prestaciones económicas distintas de
pensiones y jubilaciones, entre otras.
8000 PARTICIPACIONES DE INGRESOS, APORTACIONES
FEDERALES Y GASTO REASIGNADO. Agrupa
el importe de los recursos federales previstos en el Presupuesto de Egresos
para cubrir las participaciones en ingresos federales a las entidades federativas
y sus municipios conforme a la Ley de Coordinación Fiscal, así como las
asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales previstas en dicha
ley a favor de las entidades federativas. Incluye las asignaciones destinadas a
la ejecución de programas federales a través de las entidades federativas,
mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en
los términos de los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.
9000 DEUDA PUBLICA, PASIVO CIRCULANTE Y OTROS. Agrupa las asignaciones
destinadas a cubrir obligaciones del
Gobierno Federal por concepto de su deuda pública interna y externa, derivada
de la contratación de empréstitos concertados a plazos, autorizados o
ratificados por el Congreso de la Unión, así como los derivados de coberturas,
proyectos de infraestructura de largo plazo y arrendamientos financieros
especiales. Incluye los adeudos de ejercicios fiscales anteriores o pasivo
circulante de las dependencias y órganos administrativos desconcentrados,
conforme a los reportes a que se refiere el artículo 28
de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. En este
capítulo, las entidades deberán incluir las previsiones para cubrir el costo
financiero de sus pasivos. Incluye los apoyos financieros del Gobierno Federal,
destinados al saneamiento del sistema financiero nacional, así como a los
ahorradores y deudores de la banca.
1000 SERVICIOS PERSONALES
Este capítulo comprende los conceptos:
1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER
PERMANENTE. Asignaciones destinadas a cubrir
las percepciones correspondientes al personal de carácter permanente, por
servicios prestados en las dependencias y entidades.
1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO. Asignaciones destinadas a cubrir las remuneraciones
correspondientes al personal de carácter eventual, así como las percepciones de
las personas físicas y morales contratadas bajo el régimen de honorarios, por
servicios prestados en las dependencias y entidades. Incluye el pago de
compensaciones o retribuciones derivado de la prestación del servicio social.
1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES. Asignaciones destinadas a cubrir
percepciones adicionales y especiales, así como las gratificaciones que se
otorgan tanto al personal de carácter permanente como transitorio, por
servicios prestados en las dependencias y entidades.
1400 EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR
CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones que
corresponde a las dependencias y
entidades, por concepto de prestaciones de seguridad social en beneficio del
personal a su servicio, incluido el pago complementario de las primas de
seguros como son, entre otros, los seguros de vida, de retiro y de gastos
médicos mayores de los servidores públicos.
1500 PAGOS POR OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y
ECONOMICAS. Erogaciones
que realizan las dependencias y entidades en favor del personal, con el fin de
cubrirles prestaciones sociales y económicas.
1600 IMPUESTO SOBRE NOMINAS. Asignaciones destinadas al pago
del Impuesto Sobre Nóminas a cargo de las dependencias y entidades, de conformidad
con el Código Financiero del Distrito Federal o su equivalente en las entidades
federativas.
1700 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS DE
MANDO Y ENLACE. Asignaciones
destinadas a cubrir estímulos económicos a los servidores públicos de las
dependencias y entidades, que establezcan las disposiciones aplicables,
derivado del desempeño de sus funciones.
1800 PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES. Asignaciones destinadas a cubrir
las medidas de incremento en percepciones, prestaciones económicas, creación de
plazas, en su caso, y demás medidas salariales y económicas que se aprueben en
el Presupuesto de Egresos. Las partidas de este concepto no se ejercerán en
forma directa, sino a través de las partidas que correspondan a los demás
conceptos del capítulo 1000 Servicios Personales, que sean objeto de traspaso
de estos recursos.
1100
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE
Este concepto comprende las partidas:
1101 DIETAS. Asignaciones para el pago de remuneraciones a los Diputados
y Senadores del Congreso de la Unión.
1102 HABERES. Remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en
el ejército, fuerza aérea y armada nacionales.
1103 SUELDOS BASE. Remuneraciones al personal civil, de base o de confianza,
de carácter permanente que preste sus servicios en las dependencias y
entidades. Los montos que importen estas remuneraciones serán fijados de
acuerdo con el Catálogo de Puestos del Gobierno Federal y los catálogos
institucionales de puestos de las dependencias y entidades.
1104 SUELDOS BASE AL PERSONAL OBRERO. Remuneraciones al personal
obrero de carácter permanente, que preste sus servicios en las dependencias y
entidades.
1105 SOBREHABERES. Remuneraciones adicionales al personal
militar en atención al incremento en el costo de la vida o insalubridad del
lugar donde preste sus servicios.
1106 ASIGNACIONES POR RADICACION EN EL
EXTRANJERO. Asignaciones
destinadas a cubrir en moneda extranjera gastos del personal al Servicio Exterior
Mexicano y de Servicios Especiales en el Extranjero, así como las variaciones del factor de ajuste: importancia relativa de la oficina de adscripción; costo de la vida en el
lugar de adscripción y condiciones de dificultad de la vida en cada adscripción.
Dichos gastos serán cubiertos exclusivamente al personal que labore en las
representaciones mexicanas en el exterior.
1107 GASTOS CONTINGENTES PARA EL PERSONAL
RADICADO EN EL EXTRANJERO.
Asignaciones destinadas a cubrir gastos contingentes del personal al Servicio
Exterior Mexicano y de Servicios Especiales en el Extranjero, por concepto de
variaciones en la paridad cambiaria del dólar norteamericano con respecto a las
monedas locales del lugar de adscripción.
1200
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO
Este concepto comprende las partidas:
1201 HONORARIOS. Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de
servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos,
expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados
que correspondan a su especialidad. El pago de honorarios deberá sujetarse a
las disposiciones aplicables que determine la Secretaría a través de la Unidad
de Servicio Civil. Esta partida excluye los servicios profesionales contratados
con personas físicas o morales previstos en el concepto 3300 Servicios de
asesoría, consultoría, informáticos, estudios e investigaciones.
1202 SUELDOS BASE AL PERSONAL EVENTUAL. Remuneraciones al personal
obrero, técnico, administrativo, especialista y profesional, que desempeñe
labores eventuales por estudios, obras o trabajos determinados, según los requerimientos y formas de contratación.
1203 COMPENSACIONES POR SERVICIOS DE CARACTER
SOCIAL. Asignaciones
destinadas al pago de compensaciones a estudiantes de diversas profesiones y
especialidades técnicas que presten su servicio social en las dependencias y
entidades.
1204 RETRIBUCIONES POR SERVICIOS DE CARACTER
SOCIAL. Remuneraciones
a profesionistas de las diversas carreras o especialidades técnicas que presten
su servicio social en las dependencias y entidades. Esta partida comprende las
retribuciones a médicos residentes en periodo de formación académica que
presten su servicio social en las dependencias y entidades.
1205 COMPENSACIONES A SUSTITUTOS DE PROFESORES. Remuneraciones a favor de
sustitutos de: profesoras en estado de gravidez; profesores con licencia
prejubilatoria; profesores que obtengan una beca comisión o tengan permiso
especial, mediante la autorización correspondiente.
1300
REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
Este concepto comprende las partidas:
1301 PRIMA QUINQUENAL POR AÑOS DE SERVICIO
EFECTIVOS PRESTADOS.
Asignación adicional como complemento
al sueldo del personal civil al servicio de las dependencias y entidades, una
vez transcurridos los primeros cinco años de servicios efectivos prestados, en
los términos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Incluye la prima adicional que se concede como complemento al sueldo base del
personal civil en las entidades, cuyas condiciones generales de trabajo así lo
establezcan por años de servicio cumplidos.
1302 ACREDITACION POR AÑOS DE SERVICIO EN LA
DOCENCIA Y AL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION
SUPERIOR. Asignaciones para el
pago de estímulos al personal
docente y de investigación de las instituciones educativas, así como al administrativo de las de
educación superior, por los años
de servicios prestados a la Federación.
1303 ACREDITACION POR TITULACION EN LA DOCENCIA. Remuneraciones al personal docente por concepto de titulación. Su
previsión se incorpora como parte del otorgamiento de los beneficios que las
disposiciones aplicables establecen sobre los sueldos.
1304 ACREDITACION AL PERSONAL DOCENTE POR AÑOS DE ESTUDIO DE LICENCIATURA. Compensaciones al personal
docente, que acredite estudios terminados de licenciatura de educación
preescolar, primaria y enseñanza audiovisual.
1305 PRIMAS DE VACACIONES Y DOMINICAL. Asignaciones al personal
que tenga derecho a vacaciones o preste sus servicios en domingo.
1306 GRATIFICACION DE FIN DE AÑO. Asignaciones por concepto de
aguinaldo o gratificación de fin de año al personal civil y militar al servicio
de las dependencias y entidades.
1307 COMPENSACIONES POR SERVICIOS ESPECIALES. Asignaciones adicionales a las remuneraciones
de los Diputados y Senadores, así como a las percepciones del personal
administrativo del Poder Legislativo.
1308 COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES. Asignaciones por servicios
eventuales o por sustituciones cuando no se expidan constancias de nombramiento
al personal de base o de confianza que labore en forma permanente; pagos a
empleados salientes por el tiempo que utilicen en la entrega del cargo o bien en
el relevo del servicio cuando se encuentre justificada esta espera, y por la
liquidación de diferencias de sueldo.
1309 ASIGNACIONES DE TECNICO. Remuneraciones a los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Nacionales, titulados en profesiones de los distintos servicios militares, por el desempeño de comisiones dentro del
Ramo y que pertenezcan a la milicia permanente.
1310 ASIGNACIONES DE MANDO. Remuneraciones a generales,
jefes y oficiales investidos conforme a las leyes y ordenanzas del mando
militar, de una corporación del ejército o de una unidad de la armada. Su cuota
no podrá variar durante el ejercicio fiscal respectivo.
1311 ASIGNACIONES POR COMISION. Remuneraciones a los miembros
del ejército y la armada por el desempeño de una comisión que no sea la propia
de su cargo, como en los Estados Mayores de los Secretarios y Subsecretarios,
Ayudantía del Oficial Mayor y Jefes de Sección de los diversos Departamentos de
la Secretaría de la Defensa Nacional y ayudantía de los funcionarios superiores
de la Secretaría de Marina.
1312 ASIGNACIONES DE VUELO. Remuneraciones a los miembros
del ejército y la armada, que habitualmente desempeñan servicios en unidades
aéreas de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
1313 ASIGNACIONES DE TECNICO ESPECIAL. Remuneraciones complementarias a los haberes de los generales del
ejército y fuerza aérea, así como de los almirantes de la armada que sean
autorizadas por el titular del Ramo y las que éste mismo autorice en casos
especiales para los jefes y oficiales del ejército y fuerza aérea, capitanes y oficiales de la armada.
1314 HONORARIOS ESPECIALES. Asignaciones destinadas a cubrir
los honorarios que correspondan a los representantes de la Hacienda Pública por
su intervención en los juicios sucesorios, siempre y cuando el impuesto se hubiere
determinado con base en la liquidación formulada por los mismos; a los notificadores
especiales en el cobro de impuestos, derechos, multas y arrendamientos, así
como a los agentes y subagentes fiscales y postales. Comprende las
remuneraciones y gastos del personal designado para realizar inspecciones o
intervenciones especiales, así como los programas de presencia fiscal. Estas
asignaciones se cubrirán por compromisos devengados durante el año y no se
aceptarán los compromisos de ejercicios anteriores.
1315 PARTICIPACIONES POR VIGILANCIA EN EL
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES Y CUSTODIA DE VALORES. Asignaciones destinadas a retribuir a los empleados de las
dependencias y entidades por su participación
en la vigilancia del cumplimiento de las leyes y custodia de valores.
1316 LIQUIDACIONES POR INDEMNIZACIONES Y POR
SUELDOS Y SALARIOS CAIDOS.
Asignaciones destinadas a cubrir el importe de las liquidaciones
que resulten por laudos emitidos o sentencia definitiva dictada por autoridad
competente, favorables a los trabajadores al servicio de las dependencias y
entidades.
1317 LIQUIDACIONES POR HABERES
CAIDOS. Asignaciones destinadas a cubrir el importe de las
liquidaciones que resulten de sentencia definitiva dictada por la autoridad
competente favorable a los miembros
del ejército, fuerza aérea y armada nacionales, únicamente por el concepto
presupuestario de haberes.
1318 COMPENSACIONES DE RETIRO. Asignaciones destinadas a cubrir
compensaciones a favor del personal del Servicio Exterior Mexicano, en los
términos de la ley de la materia.
1319 REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS. Remuneraciones a que tenga
derecho el personal de las dependencias y entidades por servicios prestados en
horas extraordinarias.
1320 COMPENSACIONES DE SERVICIOS. Asignaciones destinadas a cubrir servicios
transitorios que presten los Diputados y Senadores del
Congreso de la Unión y su personal administrativo, así como el personal civil y
militar, diferentes a los señalados en la partida 1307 Compensaciones por servicios
especiales.
1321 PRIMA DE PERSEVERANCIA POR AÑOS DE SERVICIO
ACTIVO EN EL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA MEXICANOS. Asignaciones destinadas a cubrir
la prima adicional que se concede como complemento al haber, a los
miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales, una vez transcurridos
los diez primeros años de servicio activo.
1322 COMPENSACIONES ADICIONALES POR SERVICIOS
ESPECIALES.
Compensaciones adicionales que se
otorgan a los servidores públicos de las dependencias y entidades que
desempeñen puestos con funciones específicas y por concepto de peligrosidad e
insalubridad, cuota de riesgo de trabajo y otras similares. Incluye las
compensaciones especiales al personal docente, tales como: inspectores, jefes
de enseñanza, directores de doble turno, así como al personal de enseñanza
media superior. Las compensaciones de esta partida se otorgarán de acuerdo con
los tabuladores especiales que autorice la Secretaría, por conducto de la
Unidad de Servicio Civil, y siempre que el servidor público beneficiario de la
compensación cumpla con las funciones específicas o se encuentre bajo los
riesgos que califica el propio desempeño de la función.
1323 ASIGNACIONES DOCENTES, PEDAGOGICAS
GENERICAS Y ESPECIFICAS.
Asignaciones adicionales a las percepciones normales del personal docente y
directivo de preescolar, primaria, secundaria y grupos afines.
1324 COMPENSACION POR ADQUISICION DE MATERIAL
DIDACTICO. Asignaciones destinadas a compensar a profesores e
investigadores al servicio de las dependencias y entidades por los gastos que
efectúen en lo personal, referente a la adquisición de material didáctico con
motivo de sus labores docentes, de acuerdo con las cuotas establecidas.
1325 COMPENSACION POR ACTUALIZACION Y FORMACION
ACADEMICA. Asignaciones
destinadas a cubrir compensaciones al personal de las ramas médica y
paramédica, por concepto de gastos de actualización y formación académica.
1326 COMPENSACIONES A MEDICOS RESIDENTES. Asignaciones destinadas a cubrir
a los médicos residentes el complemento de beca con la que cubren los gastos
derivados de su formación académica especializada.
1400
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD
SOCIAL Y SEGUROS
Este concepto comprende las partidas:
1401 CUOTAS AL ISSSTE. Asignaciones destinadas a cubrir la aportación del Gobierno
Federal, por concepto de seguridad social, derivada de los servicios
proporcionados por el ISSSTE a los servidores públicos de las dependencias y
entidades, en los términos de la legislación vigente.
1402 CUOTAS AL ISSFAM. Asignaciones destinadas a cubrir
las cuotas que corresponden al Gobierno Federal por concepto de seguridad
social, de conformidad con la Ley del Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas.
1403 CUOTAS PARA LA VIVIENDA. Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas al Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores, de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado que corresponden a las dependencias y entidades para
proporcionar vivienda a su personal, de acuerdo con las disposiciones legales
vigentes.
1404 CUOTAS PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
CIVIL. Asignaciones
destinadas a cubrir las primas que
corresponden a las dependencias y entidades por concepto de seguro de vida del
personal civil a su servicio, en los términos de la legislación vigente.
1405 CUOTAS PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
MILITAR. Asignaciones
destinadas a cubrir las primas que corresponden al Gobierno Federal por
concepto de seguro de vida del personal militar.
1406 CUOTAS PARA EL SEGURO DE GASTOS MEDICOS DEL
PERSONAL CIVIL. Asignaciones
destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades
por concepto del seguro de gastos médicos del personal civil a su servicio.
1407 CUOTAS PARA EL SEGURO DE SEPARACION
INDIVIDUALIZADO. Asignaciones
destinadas a cubrir las primas que correspondan a las dependencias y entidades,
por concepto del seguro de separación individualizado del personal a su
servicio, según acuerdos contractuales establecidos.
1408 CUOTAS PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO. Asignaciones destinadas a cubrir
las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto del
seguro colectivo de retiro del personal a su servicio, según acuerdos
contractuales establecidos.
1409 OTROS SEGUROS. Asignaciones destinadas a cubrir
las primas que correspondan a las dependencias y entidades, por concepto de la
contratación de otros seguros a favor del personal a su servicio, conforme a
las disposiciones generales.
1410 CUOTAS AL IMSS. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones, por concepto de
seguridad social, derivadas de los servicios proporcionados por el Instituto
Mexicano del Seguro Social al personal al servicio de las entidades, en los
términos de la legislación vigente.
1411 CUOTAS AL INFONAVIT.
Asignaciones destinadas a cubrir las
cuotas al Instituto Nacional del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores que corresponden a las entidades para proporcionar vivienda a su
personal, de acuerdo con las disposiciones aplicables.
1412 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
CONTRACTUALES. Asignaciones
destinadas a cubrir las aportaciones
en materia de seguridad social que conforme a las condiciones generales de
trabajo pactan las entidades, distintas a las previstas en régimen de ley.
1500
PAGOS POR OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS
Este concepto comprende las partidas:
1501 CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO DEL PERSONAL
CIVIL. Asignaciones
destinadas a cubrir las cuotas que corresponden a las dependencias y entidades para la constitución del fondo de
ahorro del personal civil, según acuerdos contractuales establecidos.
1502 CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO DE
GENERALES, ALMIRANTES, JEFES Y OFICIALES. Asignaciones destinadas a cubrir las cuotas que
corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este fondo, con base
en la Ley del ISSFAM.
1503 CUOTAS PARA EL FONDO DE TRABAJO DEL
PERSONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA MEXICANOS. Asignaciones destinadas a cubrir
las cuotas que corresponden al Gobierno Federal para la constitución de este
fondo, en los términos de la Ley del ISSFAM.
1504 INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES EN EL
TRABAJO. Asignaciones
destinadas a cubrir indemnizaciones al personal al servicio de las dependencias y
entidades, en caso de accidentes
sufridos durante el desempeño de sus labores.
1505 PRESTACIONES DE RETIRO. Erogaciones que las dependencias
y entidades realizan en beneficio de sus empleados por concepto de liquidaciones, jubilaciones, indemnizaciones por
despido, pensiones, entre otros, cuando estas prestaciones no sean cubiertas
por las instituciones de seguridad social. Incluye las asignaciones por
concepto de aguinaldo a favor de pensionistas, cuyo pago se realice con cargo
al Erario Federal.
1506 ESTIMULOS AL PERSONAL. Asignaciones que las
dependencias y entidades destinan en beneficio de los servidores públicos por concepto de: becas para su
capacitación; acreditación por titulación de licenciatura; calificación de
méritos; estímulos a la eficiencia y calidad; estímulos al desempeño; premios y
recompensas a empleados; estímulos por años de servicio; estímulos por
puntualidad y asistencia; día del trabajador, entre otros.
1507 OTRAS PRESTACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de otras prestaciones que las dependencias y entidades otorgan en
beneficio de sus empleados, tales como: ayudas para renta, pasajes, anteojos,
despensas y vales de despensa, guarderías, impresión de tesis, juguetes, útiles
escolares, aparatos ortopédicos, prestaciones de fin de año, fomento cultural y
deportivo, así como las demás prestaciones no previstas en otras partidas de
este Clasificador, que se otorguen al personal de conformidad con las
condiciones generales de trabajo vigentes.
1508 APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL
RETIRO. Asignaciones
destinadas a cubrir los montos de las
aportaciones correspondientes a las dependencias y entidades a favor del Sistema de Ahorro para el Retiro
de los trabajadores al servicio de las mismas.
1509 COMPENSACION GARANTIZADA. Asignaciones que se otorgan de
manera regular y se pagan en función de la valuación de puestos y del nivel
salarial a los servidores públicos de enlace, de mando y homólogos.
1510 PAGAS DE DEFUNCION. Asignaciones destinadas a cubrir
gastos de esta naturaleza a familiares de servidores públicos, civiles y
militares al servicio de las dependencias y entidades, así como de pensionistas
directos, cuyo pago es con cargo al Erario Federal, a excepción de los miembros
del servicio exterior que perezcan fuera del país. Asimismo, con cargo a esta
partida se cubrirán apoyos a los militares en activo o retirados para gastos de
sepelio en caso de fallecimiento de sus
dependientes económicos.
1600
IMPUESTO SOBRE NOMINAS
Este concepto comprende la partida:
1601 IMPUESTO SOBRE NOMINAS. Asignaciones destinadas al pago
del Impuesto Sobre Nóminas a cargo de las dependencias y entidades, de conformidad
con el Código Financiero del Distrito Federal o su equivalente en las entidades
federativas.
1700
PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO Y ENLACE
Este concepto comprende la partida:
1701 ESTIMULOS POR PRODUCTIVIDAD, EFICIENCIA Y
CALIDAD EN EL DESEMPEÑO.
Asignaciones destinadas a cubrir los estímulos por productividad, eficiencia y
calidad en el desempeño a los servidores públicos de las dependencias y
entidades, conforme a los límites máximos mensuales que establezca el
Presupuesto de Egresos, y de acuerdo con las normas que emita la Secretaría
para su otorgamiento.
1800 PREVISIONES PARA SERVICIOS
PERSONALES
Este concepto comprende las partidas:
1801 INCREMENTOS A LAS PERCEPCIONES. Asignaciones destinadas a cubrir
las medidas de incremento en percepciones de los servidores públicos de las
dependencias y entidades que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
1802 CREACION DE PLAZAS. Asignaciones destinadas a cubrir
los requerimientos de recursos para la creación de plazas en las dependencias y
entidades, que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
1803 OTRAS MEDIDAS DE CARACTER LABORAL Y
ECONOMICAS. Asignaciones
destinadas a cubrir las demás medidas salariales y económicas que se aprueben
en el Presupuesto de Egresos.
2000
MATERIALES Y SUMINISTROS
Este capítulo comprende los conceptos:
2100 MATERIALES Y UTILES DE ADMINISTRACION Y DE
ENSEÑANZA. Asignaciones
destinadas a la adquisición de materiales y útiles de oficina; de impresión y
reproducción; para el procesamiento en equipos y bienes informáticos, así como
de material estadístico, geográfico, y demás materiales de apoyo para la
información en oficinas administrativas y en centros de enseñanza e
investigación. Incluye todo tipo de productos para la limpieza.
2200 PRODUCTOS ALIMENTICIOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de productos
alimenticios, incluidas las bebidas. Excluye el gasto de
alimentación previsto en la partida 1507 Otras prestaciones, así como los
gastos de viáticos y de alimentación previstos en las partidas del concepto
3800 Servicios oficiales.
2300 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS. Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de refacciones, accesorios, herramientas,
utensilios, y demás bienes de consumo del mismo género, necesarios para los
fines propios de las dependencias y entidades. Incluye los utensilios para el
servicio de alimentación.
2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición
de materiales utilizados en: la construcción, reconstrucción, ampliación,
adaptación, mejora, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles.
2500 MATERIAS PRIMAS DE PRODUCCION, PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO. Asignaciones
destinadas a la adquisición de toda clase de materias primas en estado natural,
transformadas o semitransformadas, de naturaleza vegetal, animal y mineral,
diferentes a las contenidas en las demás partidas de este Clasificador; productos
químicos y farmacéuticos, así como toda clase de materiales y suministros
médicos y de laboratorio.
2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de combustibles, lubricantes y aditivos de todo tipo, necesarios para
el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, así como de maquinaria y equipo, destinados a
la realización de las actividades productivas y administrativas en las
dependencias y entidades.
2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION
PERSONAL Y ARTICULOS DEPORTIVOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vestuario y sus
accesorios, blancos, artículos
deportivos, así como las prendas de protección personal necesarias para cumplir
con los programas y propósitos institucionales de las dependencias y entidades.
2800 MATERIALES, SUMINISTROS Y PRENDAS DE PROTECCION PARA SEGURIDAD
PUBLICA Y NACIONAL. Asignaciones
destinadas a la adquisición de materiales y sustancias explosivas, así como
prendas de protección, necesarias para la realización de las actividades de
seguridad pública y nacional.
2900 MERCANCIAS DIVERSAS. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los materiales,
suministros y mercancías diversas, que las entidades adquieren con personas
físicas y morales, para su comercialización en tiendas y farmacias del Sector
Público, así como las adquisiciones que las dependencias y entidades requieran
para su distribución a la población en casos de desastres naturales o apoyos
temporales por emergencias, entre otros.
2100
MATERIALES Y UTILES DE ADMINISTRACION Y DE ENSEÑANZA
Este concepto comprende las partidas:
2101 MATERIALES Y UTILES DE OFICINA. Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos, propios
para el uso de las oficinas, tales como: papelería, formas, libretas, carpetas,
y cualquier tipo de papel, vasos y
servilletas desechables, limpiatipos, rollos fotográficos; útiles de escritorio
como engrapadoras, perforadoras manuales, sacapuntas; artículos de dibujo,
correspondencia y archivo; cestos de basura,
y otros productos similares. Incluye la adquisición de artículos de
envoltura, sacos y valijas, entre otros.
2102 MATERIAL DE LIMPIEZA. Asignaciones destinadas a la
adquisición de materiales, artículos y enseres para el aseo, limpieza e
higiene, tales como: escobas, jergas, detergentes, jabones y otros productos
similares.
2103 MATERIAL DIDACTICO. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de artículos y materiales utilizados en actividades
educativas, de información y de investigación, tales como: libros, revistas,
periódicos, publicaciones, diarios oficiales, gacetas, material audiovisual,
cassettes, discos compactos distintos a software señalado en la partida 3409
Patentes, regalías y otros, y en general todo tipo de material propio para la
enseñanza e investigación, que se requiera en bibliotecas, escuelas, centros de
investigación científica y tecnológica, entre otros. Incluye las asignaciones
destinadas al pago de suscripciones de publicaciones y revistas especializadas
para el mismo fin.
2104 MATERIAL ESTADISTICO Y GEOGRAFICO. Asignaciones destinadas a la
adquisición de publicaciones relacionadas con información estadística y
geográfica. Se incluye la cartografía y publicaciones, tales como: las relativas a indicadores económicos y
sociodemográficos; cuentas nacionales; estudios geográficos y geodésicos;
mapas, planos y fotografías aéreas, entre otros.
2105 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESION Y
REPRODUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales utilizados en la impresión,
reproducción y encuadernación, tales como: fijadores, tintas, pastas,
logotipos, y demás materiales y útiles para el mismo fin.
2106 MATERIALES
Y UTILES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMATICOS. Asignaciones destinadas a la adquisición de insumos utilizados en el procesamiento,
grabación e impresión de datos, así como
los materiales para la limpieza y protección de los equipos, tales como:
medios ópticos y magnéticos, apuntadores, protectores de vídeo, fundas,
solventes y otros.
2107 MATERIAL PARA INFORMACION. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de artículos y materiales utilizados en actividades
administrativas, tales como: libros, revistas, periódicos, publicaciones, diarios
oficiales, gacetas, material audiovisual, cassettes, discos compactos
distintos a software señalado en la partida 3409 Patentes, regalías y otros, y
en general todo tipo de material propio para la información, que se requiera en
oficinas. Incluye las asignaciones destinadas al pago de suscripciones de
publicaciones y revistas especializadas para el mismo fin.
2200
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Este concepto comprende las partidas:
2201 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL EJERCITO,
FUERZA AEREA Y ARMADA MEXICANOS, Y PARA LOS EFECTIVOS QUE PARTICIPEN EN
PROGRAMAS DE SEGURIDAD PUBLICA.
Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios
y bebidas para la alimentación del personal militar derivado de la ejecución de
los programas institucionales correspondientes al Ejército, Fuerza Aérea y
Armada Mexicanos.
2202 Productos
alimenticios para personas derivado de la prestaciOn de servicios pUblicos en
unidades de salud, educativas, de readaptaciOn social y otras. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de productos alimenticios y bebidas para la
alimentación de personas, derivado de la ejecución de los programas
institucionales de salud, seguridad social, educativos, culturales y
recreativos, así como para cautivos y reos en proceso de readaptación social.
Incluye la adquisición de alimentos y complementos nutricionales para su
distribución a la población, así como la alimentación para repatriados y
extraditados.
2203 Productos
alimenticios para el personal que realiza labores en campo o de supervisiOn.
Asignaciones
destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y bebidas
para la alimentación de los servidores públicos de las dependencias y
entidades, derivado de la ejecución de actividades de supervisión, inspección o
de labores en campo, dentro del área geográfica o lugar de su adscripción.
Excluye los viáticos, gastos de alimentación de los servidores públicos por
requerimientos de su cargo, o derivado de la supervisión y labores en campo,
previstos en el concepto 3800 Servicios oficiales.
2204 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PERSONAL EN
LAS INSTALACIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de productos alimenticios y bebidas para la
alimentación de los servidores públicos de las dependencias y entidades,
derivado de la ejecución de programas que requieren de la permanencia de los
servidores públicos dentro de las instalaciones. Excluye los gastos de
alimentación de los servidores públicos por requerimientos de su cargo o
derivado de la supervisión y labores en campo, previstos en el concepto 3800
Servicios oficiales.
2205 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA LA POBLACION EN
CASO DE DESASTRES NATURALES. Asignaciones
destinadas a la adquisición de todo tipo de productos alimenticios y bebidas
para la alimentación de la población en caso de desastres
naturales.
2206 Productos
alimenticios para el personal derivado de actividades extraordinarias. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de productos alimenticios y bebidas para la
alimentación de los servidores públicos de las dependencias y entidades,
derivado de actividades extraordinarias requeridas en el cumplimiento de la
función pública, dentro de las instalaciones de las dependencias o entidades,
así como, del área geográfica o lugar de adscripción de los servidores
públicos. Excluye los gastos de alimentación de los servidores públicos por
requerimientos de su cargo o derivado de la supervisión y labores en campo,
previstos en el concepto 3800 Servicios oficiales.
2207 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de productos alimenticios para la manutención de animales propiedad
o bajo el cuidado de las dependencias y entidades, tales como: forrajes frescos
y achicalados, alimentos preparados, entre otros, así como los demás gastos
necesarios para la alimentación de los mismos.
2300
HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS
Este concepto comprende las partidas:
2301 REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de refacciones, accesorios y herramientas auxiliares de trabajo,
tales como: pinzas, martillos, prensas, berbiquíes, garlopas, taladros,
zapapicos, escaleras, discos para arado, micrófonos; auto estéreos, gatos
hidráulicos o mecánicos, carburadores, radiadores, cajas de transmisión,
detectores de metales manuales, y demás bienes de consumo similares. Excluye las refacciones, accesorios y
herramientas señaladas en las partidas 5501 Herramientas y máquinas herramienta
y 5502 Refacciones y accesorios.
2302 REFACCIONES Y ACCESORIOS PARA EQUIPO DE
COMPUTO. Asignaciones
destinadas a la adquisición de componentes o dispositivos internos o externos
que se integran al equipo de cómputo, con el objeto de conservar o recuperar su
funcionalidad y que son de difícil control de inventarios, tales como: tarjetas
electrónicas, “drives” internos, circuitos, bocinas, pantallas y teclados,
entre otros.
2303 UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE
ALIMENTACION. Asignaciones
destinadas a la adquisición de todo tipo de utensilios necesarios para
proporcionar este servicio, tales como: vajillas, cubiertos, baterías de
cocina, licuadoras, tostadoras, cafeteras, básculas, y demás electrodomésticos
y bienes consumibles en operaciones a corto plazo susceptibles de registro en
el renglón de inventarios del activo circulante de las dependencias y
entidades. Excluye los electrodomésticos y utensilios que forman parte del
equipo de administración en áreas administrativas especializadas en el servicio
de alimentación correspondiente a la partida 5102 Equipo de administración.
2400
MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION
Este concepto comprende las partidas:
2401 MATERIALES DE CONSTRUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales utilizados
en la construcción, reconstrucción, ampliación, adaptación, mejora,
conservación y mantenimiento de todo tipo de muebles e inmuebles; tales
como: cemento, ladrillo, yeso, varilla, cal, arena, tabique, madera, clavos,
taquetes, pinturas y barnices, entre otros.
2402 ESTRUCTURAS Y MANUFACTURAS. Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de estructuras y manufacturas que se utilizan en la
construcción, reconstrucción, ampliación, adaptación, mejora, conservación y
mantenimiento de toda clase de muebles e inmuebles, tales como: postes, torres,
ventanas, herrajes, puertas, cristales, tanques, lavabos, fregaderos, inodoros,
tuberías y todo tipo de accesorios necesarios para los mismos fines.
2403 MATERIALES COMPLEMENTARIOS. Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales
de cualquier naturaleza para el acondicionamiento de las obras públicas y
bienes inmuebles, tales como: alfombras, tapices, pisos, persianas, y demás
accesorios, distintos a los señalados
en las partidas 2401 Materiales de construcción y 2402 Estructuras y
manufacturas.
2404 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO. Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de material eléctrico y
electrónico, tales como: cables, interruptores, tubos fluorescentes, focos,
aislantes, electrodos, transistores, alambres, lámparas, entre otros, que requieran las líneas de transmisión
telegráfica, telefónica y de telecomunicaciones, sean aéreas, subterráneas o
submarinas; igualmente para la adquisición de materiales necesarios en las
instalaciones radiofónicas, radiotelegráficas, entre otras.
2500
MATERIAS PRIMAS DE PRODUCCION, PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE
LABORATORIO
Este concepto comprende las partidas:
2501 MATERIAS PRIMAS DE PRODUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición de materias primas en estado natural,
transformadas o semitransformadas, de naturaleza vegetal, animal y mineral, que
se utilizan en los procesos productivos, diferentes a las contenidas en las
demás partidas de este Clasificador.
2502 SUSTANCIAS QUIMICAS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de sustancias químicas, tales como: reactivos,
ácidos, éteres, fluoruros, fosfatos, nitratos, óxidos, alquinos, marcadores
genéticos, entre otros.
2503 PLAGUICIDAS, ABONOS Y FERTILIZANTES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de este tipo de productos cuyo estado de fabricación se encuentre
terminado, tales como: fertilizantes complejos e inorgánicos, fungicidas,
herbicidas, raticidas, entre otros. Incluye los abonos que se comercializan en
estado natural.
2504 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Asignaciones destinadas a la adquisición
de medicinas y productos farmacéuticos de aplicación humana o animal, tales
como: vacunas, drogas, medicinas de patente, medicamentos, sueros, plasma,
oxígeno, entre otros.
2505 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS
MEDICOS. Asignaciones
destinadas a la adquisición de toda clase de materiales y suministros médicos
que se requieran en hospitales, unidades
sanitarias, consultorios, clínicas veterinarias, etc., tales como: jeringas,
gasas, agujas, vendajes,
material de sutura, espátulas, lentes, lancetas, hojas de bisturí, y prótesis
en general, entre otros.
2506 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE
LABORATORIO. Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase
de materiales y suministros, tales como: cilindros graduados, matraces,
probetas, mecheros, tanques de revelado, materiales para radiografía,
electrocardiografía, medicina nuclear, y demás materiales y suministros
utilizados en los laboratorios médicos, químicos, de investigación,
fotográficos, cinematográficos, entre otros.
Esta partida incluye animales para experimentación.
2600
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
Este concepto comprende las partidas:
2601 Combustibles,
lubricantes y aditivos para vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres
y fluviales destinados a la ejecuciOn de programas de seguridad pUblica y
nacional.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en estado líquido o
gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos, requeridos
para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Mexicanos. Incluye la adquisición de combustibles para vehículos y equipo de
transporte utilizados por las dependencias derivado de la ejecución de
programas de seguridad pública y nacional.
2602 Combustibles,
lubricantes y aditivos para vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres
y fluviales destinados a servicios pUblicos y la operaciOn de programas
pUblicos.
Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en estado líquido o
gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos, requeridos
para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, tales como: ambulancias, grúas, bomberos,
patrullas, barredoras, recolectores de basura y desechos, autobuses,
trolebuses, helicópteros, aviones, avionetas, lanchas, barcos, entre otros,
destinados a la prestación de servicios públicos y la operación de programas
públicos, incluidas las labores en campo, de supervisión y las correspondientes
a desastres naturales.
2603 Combustibles,
lubricantes y aditivos para vehiculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres
y fluviales destinados a servicios administrativos. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de combustibles en estado
líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, destinados al desempeño
de actividades de apoyo administrativo que se requieran en las dependencias y
entidades, tales como: recolección y reparto de mensajería y traslado de
materiales y suministros, entre otros.
2604 Combustibles,
lubricantes y aditivos para vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres
y fluviales asignados a servidores pUblicos. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de combustibles en estado
líquido o gaseoso, crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos,
requeridos para el funcionamiento de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, asignados a los
servidores públicos de mando por requerimientos de su cargo en el desempeño de
funciones oficiales.
2605 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA
MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de combustibles en estado líquido o gaseoso,
crudos o refinados, así como de lubricantes y aditivos, requeridos para el
funcionamiento de maquinaria y equipo para la producción de bienes y servicios,
tales como: aplanadoras, excavadoras, perforadoras de suelo, tractocamiones,
tractores, despulpadoras, ordeñadoras, entre otros.
2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS
DE PROTECCION PERSONAL
Y ARTICULOS DEPORTIVOS
Este concepto comprende las partidas:
2701 VESTUARIO, UNIFORMES Y BLANCOS.
Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de ropa elaborada y sus accesorios: camisas,
pantalones, trajes, calzado; uniformes y
sus accesorios: insignias, distintivos, emblemas, banderas, banderines; y todo
tipo de blancos: batas, colchas, sábanas, fundas, almohadas, toallas, cobertores, colchones y colchonetas, entre otros.
2702 PRENDAS DE PROTECCION PERSONAL. Asignaciones destinadas a la
adquisición de prendas especiales de protección personal, tales como: guantes,
botas de hule y asbesto, de tela o materiales especiales, cascos, caretas, lentes, cinturones, y demás prendas
distintas de las señaladas en la partida 2803 Prendas de protección para
seguridad pública y nacional.
2703 ARTICULOS DEPORTIVOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de artículos deportivos, tales como: balones, redes,
trofeos, raquetas, guantes, entre otros, que las dependencias y entidades
realizan en cumplimiento de su función pública.
2800 MATERIALES, SUMINISTROS Y
PRENDAS DE PROTECCION PARA
SEGURIDAD PUBLICA Y NACIONAL
Este concepto comprende las partidas:
2801 SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS. Asignaciones destinadas a la adquisición de sustancias explosivas
tales como: pólvora, dinamita,
cordita, trinitrotolueno, amatol, tetril, fulminantes, entre otros.
2802 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de suministros propios
de la industria militar y de seguridad pública tales como: municiones,
espoletas, cargas, granadas, cartuchos, balas, entre otros.
2803 PRENDAS DE PROTECCION PARA SEGURIDAD
PUBLICA Y NACIONAL. Asignaciones
destinadas a la adquisición de toda clase de prendas de protección propias para
el desempeño de las funciones de
seguridad pública y nacional, tales como: escudos, protectores, macanas, cascos
policiales y militares, chalecos blindados, máscaras, y demás prendas para el
mismo fin.
2900
MERCANCIAS DIVERSAS
Este concepto comprende las partidas:
2901 MERCANCIAS PARA SU COMERCIALIZACION EN
TIENDAS DEL SECTOR PUBLICO.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo
de las mercancías diversas que las entidades adquieran conforme a las
disposiciones aplicables, para su comercialización en tiendas y farmacias del
Sector Público.
2902 MercancIas
para su distribuciOn a la poblaciOn. Asignaciones destinadas
a cubrir el costo de adquisición de los materiales, suministros y
mercancías diversas que las dependencias y entidades requieran para su
distribución a la población en casos de desastres naturales o apoyos temporales
por emergencias, entre otros, derivado del cumplimiento de su función pública.
3000
SERVICIOS GENERALES
Este capítulo comprende los conceptos:
3100 SERVICIOS BASICOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de servicios básicos, tales como: postal, telegráfico, de
telecomunicaciones, telefónico convencional, de telefonía celular, de
radiocomunicación, de energía eléctrica, de agua y de conducción de señales
analógicas y digitales.
3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO. Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de arrendamiento de edificios,
locales, terrenos, maquinaria y
equipo, vehículos y otros
arrendamientos. Excluye el arrendamiento financiero.
3300 SERVICIOS DE ASESORIA, CONSULTORIA,
INFORMATICOS, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES. Asignaciones destinadas a la contratación de personas físicas y
morales para la prestación de
servicios de informática; de
asesoría, consultoría, capacitación, estudios e investigaciones. Excluye los
estudios de preinversión previstos en el capítulo 6000 Obras Públicas, así como
el pago por honorarios señalados en la partida 1201 Honorarios.
3400 SERVICIOS
COMERCIAL Y BANCARIO. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de servicios tales como: almacenaje, embalaje y envase; fletes y
maniobras; bancarios y financieros; seguros de bienes patrimoniales, y
vigilancia, así como el pago de
impuestos de importación, exportación y otros impuestos o derechos; comisiones
por ventas; patentes y regalías, y diferencias por variaciones en el tipo de
cambio. Incluye los servicios que las dependencias y entidades contraten con
terceros para subrogar la prestación de los bienes o servicios públicos que
correspondan al cumplimiento de su misión.
3500 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION. Asignaciones destinadas a la
contratación de servicios para el mantenimiento y conservación de toda clase
de bienes muebles e inmuebles; incluye los deducibles de seguros, así como los servicios de lavandería, limpieza,
jardinería, higiene y fumigación. Excluye los gastos por concepto de
mantenimiento y rehabilitación de la obra pública a que se refiere el concepto
6100 Obras públicas por contrato.
3600 SERVICIOS DE IMPRESION, PUBLICACION,
DIFUSION E INFORMACION.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios relacionados con las
actividades de impresión, publicaciones de documentos oficiales y de
comunicación social, como son: los gastos para impresiones de documentos
oficiales para la prestación de servicios públicos, identificación, formatos
administrativos y fiscales, formas valoradas, certificados, títulos,
convocatorias y bases de licitación; la realización de campañas
propagandísticas e imagen institucional; difusión de servicios públicos y
campañas de información, entre otros.
3700 SUBROGACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios que,
mediante subrogaciones, las dependencias y entidades contraten con personas
físicas o morales, para la prestación de bienes o servicios públicos a través
de terceros, cuando no sea posible atenderlos de manera directa por la propia
dependencia o entidad.
3800 SERVICIOS OFICIALES. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos relacionados con la realización de actos, ceremonias y actividades
oficiales por las dependencias y entidades en el desempeño de sus funciones,
incluidos los gastos de viáticos y pasajes, así como la instalación y traslado
del personal federal, y los gastos que requieran las oficinas establecidas en
el exterior.
3900 PERDIDAS DEL ERARIO Y GASTOS POR CONCEPTO
DE RESPONSABILIDADES. En
este concepto no se prevén asignaciones de origen en el Presupuesto de Egresos.
Su aplicación durante el ejercicio presupuestario se hará únicamente cuando las
dependencias y entidades incurran en erogaciones que impliquen un impacto
adicional a su techo de presupuesto autorizado, tales como: multas, recargos,
actualizaciones, accesorios o intereses por el pago extemporáneo de pasivos
fiscales y de otras obligaciones de pago con proveedores, contratistas y
prestadores de servicios; pérdidas del erario federal por robo o extravío de
recursos presupuestarios; así como para erogaciones por concepto de
responsabilidad civil del Estado, entre otros. Su pago se realizará con cargo a
los ahorros y economías del presupuesto autorizado de la dependencia o entidad,
previo traspaso compensado de recursos. El concepto de pérdidas del erario no
aplicará en los registros presupuestarios de las dependencias y entidades
cuando los recursos se recuperen por los diversos medios establecidos conforme
a las disposiciones aplicables.
3100
SERVICIOS BÁSICOS
Este concepto comprende las partidas:
3101 SERVICIO POSTAL. Asignaciones destinadas al pago del servicio
postal nacional e internacional, así como los pagos por servicios de
mensajería, requeridos en el desempeño de funciones oficiales.
3102 SERVICIO TELEGRAFICO. Asignaciones destinadas al pago del
servicio telegráfico nacional e internacional requerido en el desempeño de
funciones oficiales.
3103 SERVICIO TELEFONICO CONVENCIONAL. Asignaciones destinadas al pago
de servicio telefónico convencional nacional e internacional, incluido el
servicio de fax, requerido en el desempeño de funciones oficiales.
3104 SERVICIO DE TELEFONIA CELULAR. Asignaciones destinadas al pago
de servicios de telefonía celular, requerido en el desempeño de funciones
oficiales.
3105 SERVICIO DE RADIOLOCALIZACION. Asignaciones destinadas al pago
de servicios de radiolocalización, requerido en el desempeño de funciones
oficiales, tales como comunicación por radio y biper, entre otros.
3106 SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA. Asignaciones destinadas a cubrir
el importe del consumo de energía eléctrica, necesarios para el funcionamiento
de las instalaciones oficiales.
3107 SERVICIO DE AGUA. Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable y para riego,
necesarios para el funcionamiento de las instalaciones oficiales.
3108 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de servicios de la red de telecomunicaciones nacional e internacional,
requeridos en el desempeño de funciones oficiales.
3109 SERVICIOS DE CONDUCCION DE SEÑALES ANALOGICAS
Y DIGITALES. Asignaciones
destinadas a cubrir el pago de servicios de conducción de señales de voz, datos
e imagen requeridos en el desempeño de funciones oficiales, tales como:
servicios satelitales, red digital integrada, internet, y demás servicios no
consideradas en las redes telefónica y de telecomunicaciones nacional e
internacional.
3200
SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
Este concepto comprende las partidas:
3201 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES. Asignaciones destinadas a cubrir
el alquiler de toda clase de inmuebles.
3202 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS. Asignaciones destinadas a cubrir
el alquiler de terrenos.
3203 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO. Asignaciones destinadas a cubrir
el alquiler de toda clase de maquinaria y equipo. Se excluye el equipo y bienes informáticos señalados en la partida 3204 Arrendamiento de equipo
y bienes informáticos.
3204 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO Y BIENES
INFORMATICOS. Asignaciones
destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de equipo de cómputo y bienes informáticos.
3205 Arrendamiento
de vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres y fluviales para la
ejecuciOn de programas de seguridad pUblica y nacional. Asignaciones destinadas a cubrir
el alquiler de toda clase de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, para el desempeño de las
funciones del Ejército, Fuerza Aérea
y Armada Mexicanos. Incluye el arrendamiento de vehículos y equipo de
transporte utilizados por las dependencias en la ejecución de programas de
seguridad pública y nacional.
3206 Arrendamiento
de vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres y fluviales para
servicios pUblicos y la operaciOn de programas pUblicos. Asignaciones destinadas a cubrir
el alquiler de toda clase de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, tales como: ambulancias,
grúas, bomberos, patrullas, barredoras, recolectores de basura y desechos,
autobuses, trolebuses, helicópteros, aviones, avionetas, lanchas, barcos, entre
otros, para la prestación de servicios públicos, así como para la realización
de labores en campo o de supervisión. Incluye el pago de operadores o cualquier
otro gasto adicional que se genere
por la utilización de este servicio.
3207 Arrendamiento
de vehIculos terrestres, aEreos, marItimos, lacustres y fluviales para
servicios administrativos. Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de
vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y
fluviales, tales como: recolección y reparto de mensajería y traslado de
materiales y suministros, entre otros, destinados al desempeño de actividades
de apoyo administrativo que se requieran en las dependencias y entidades.
Incluye el pago de operadores o cualquier otro gasto adicional que se genere por la utilización de este
servicio.
3208 Arrendamiento
de vehIculos terrestres, aEreos, mariTImos, lacustres y fluviales para
DESASTRES NATURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler
de toda clase de vehículos y equipo
de transporte, terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, para su
utilización en caso de desastres naturales. Incluye
el pago de operadores o cualquier otro gasto adicional que se genere por la utilización de este servicio.
3209 Arrendamiento
de vehIculos terrestres, aEreos, mariTImos, lacustres y fluviales para
servidores pUblicos.
Asignaciones destinadas a cubrir el alquiler
de toda clase de vehículos y
equipo de transporte, terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
para su uso por servidores públicos de mando por requerimientos de su cargo en
el desempeño de funciones oficiales. Incluye el pago de operadores o cualquier
otro gasto adicional que se genere
por la utilización de este servicio.
3300 SERVICIOS DE ASESORIA, CONSULTORIA,
INFORMATICOS,
ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
Este concepto comprende las partidas:
3301 ASESORIAS asociadas
a convenios, tratados o acuerdos. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios
profesionales y técnicos que se contraten con personas físicas y morales por concepto de asesoramiento y consulta,
asistencia e intercambio en materia jurídica, económica, contable, de
ingeniería, arquitectónica, entre otras, requeridas para el cumplimiento de
compromisos internacionales formalizados mediante convenios, tratados o
acuerdos. Excluye la contratación de los servicios señalados en la partida 3302
Asesorías por controversias en el marco de los tratados internacionales.
3302 ASESORIAS POR CONTROVERSIAS EN EL MARCO DE
LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios especializados
profesionales y técnicos que se contraten con personas físicas y morales por concepto de asesoramiento y consulta,
asistencia e intercambio en materia jurídica, económica, contable, de
ingeniería, arquitectónica, entre otras, requeridas para resolver las
controversias que se ocasionen en el marco de los tratados internacionales.
3303 CONSULTORIAS para programas o proyectos financiados por organismos
internacionales.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios de consultoría
especializada, que se contraten con personas físicas y morales por concepto de asesoramiento y consulta,
asistencia e intercambio en materia jurídica, económica, contable, de
ingeniería, arquitectónica, entre otras, requeridas para la ejecución de
programas y proyectos de inversión financiados por organismos financieros
internacionales, tales como: investigación para la toma de decisiones en la
preparación y ejecución de proyectos; diseño, desarrollo, prueba o evaluación
de nuevos productos, servicios o tecnologías; estudios y análisis para el
desarrollo y mejoramiento de políticas; asesoría especializada; supervisión e
inspección de proyectos; elaboración de normas, diseño de parámetros,
establecimiento de especificaciones técnicas; examen y aprobación de programas
de trabajo. Las personas físicas o morales contratadas, no intervienen en la
ejecución directa del proyecto y su función se limita a la consultoría.
3304 Otras
asesorIas para la operaciOn de programas. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de servicios
profesionales, que se contraten con personas físicas y morales por concepto de asesoramiento y consulta,
asistencia e intercambio, en cumplimiento de la función pública, en materia
jurídica, económica, contable, de ingeniería, arquitectónica, entre otras,
requeridas para la operación de programas y proyectos de las dependencias y
entidades, cuando los servicios requeridos no correspondan con las demás
partidas del concepto 3300 Servicios de asesoría, consultoría, informáticos,
estudios e investigaciones.
3305 CAPACITACION. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y
morales por concepto de preparación e
impartición de cursos de capacitación, actualización y formación académica de
los servidores públicos.
3306 SERVICIOS DE INFORMATICA. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se
contraten con personas físicas y morales, para el desarrollo de sistemas,
procesamiento y elaboración de programas, ploteo
por computadora, reproducción de información en medios magnéticos,
mantenimiento de sitios y/o páginas web, así
como el mantenimiento y soporte a los sistemas y programas ya
existentes, distintos de los contratados mediante licencia de uso previstos en
la partida 3409 Patentes, regalías y otros.
3307 SERVICIOS ESTADISTICOS Y GEOGRAFICOS. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y
morales, relacionados con información estadística y geográfica. Se incluyen
estudios e investigaciones estadísticas o geográficas, vuelos fotogramétricos y
de teledetección, entre otros.
3308 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y
morales por concepto de estudios e investigaciones de carácter socioeconómico,
científico, jurídico, entre otros. Excluye las erogaciones comprendidas en las
partidas 1201 Honorarios, 3307 Servicios estadísticos y geográficos, así como
los estudios de preinversión previstos en la partida 6107 Servicios
relacionados con obras públicas.
3400
SERVICIOS COMERCIAL Y BANCARIO
Este concepto comprende las partidas:
3401 ALMACENAJE, EMBALAJE Y ENVASE. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios de
almacenamiento, embalaje, desembalaje, envase
y desenvase de toda clase de objetos, artículos, materiales, mobiliario,
entre otros.
3402 FLETES Y MANIOBRAS. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de traslado, maniobras, embarque y desembarque de toda clase de
objetos, artículos, materiales, mobiliario, entre otros.
3403 SERVICIOS
BANCARIOS Y FINANCIEROS. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de servicios bancarios y financieros, tales como: el pago de
comisiones, intereses por adeudos de la Federación, descuentos e intereses
devengados con motivo de la colocación de empréstitos, certificados u otras
obligaciones a cargo de la Tesorería
de la Federación, de acuerdo con tratados, contratos, convenios o leyes,
siempre y cuando no sean a plazo mayor de un año y no sea necesaria la
aprobación o ratificación del Congreso de la Unión. Incluye los gastos por la
realización de avalúo de bienes muebles e inmuebles o por justipreciación.
3404 SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES. Asignaciones destinadas a cubrir
las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales,
bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos.
Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de
mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal civil y
militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.
3405 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION. Asignaciones destinadas a cubrir los impuestos y/o
derechos que cause la adquisición de toda clase de bienes o servicios en el
extranjero.
3406 IMPUESTOS Y DERECHOS DE EXPORTACION. Asignaciones destinadas a cubrir
los impuestos y/o derechos causados por la venta de productos y servicios al
extranjero.
3407 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS. Asignaciones destinadas a cubrir
otra clase de impuestos y derechos tales como: gastos de escrituración,
legalización de exhortos notariales, de registro público de la propiedad,
tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales;
derechos y gastos de navegación, de
aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación, y demás
impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el
impuesto previsto en el concepto 1600 Impuesto Sobre Nóminas, así como el
Impuesto Sobre la Renta que las dependencias retienen y registran contra las
partidas correspondientes del capítulo 1000 Servicios Personales.
3408 COMISIONES POR VENTAS. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de comisiones a personas físicas, ya sean: profesionistas,
técnicos, expertos o peritos, así como a las personas morales, con las cuales
se tenga celebrado contrato respectivo, por los servicios de venta prestados a
las dependencias y entidades.
3409 PATENTES, REGALIAS Y OTROS. Asignaciones destinadas a cubrir
el importe que corresponda por el uso de patentes y marcas, representaciones comerciales e
industriales, regalías por derechos de autor, membresías, así como licencias de
uso de programas de cómputo y su actualización.
3410 DIFERENCIAS POR VARIACIONES EN EL TIPO DE
CAMBIO. Asignaciones destinadas a cubrir las diferencias por variaciones en el tipo de cambio de la moneda nacional
respecto a monedas extranjeras, derivado de la compraventa de moneda
extranjera. Esta partida se afectará por la Secretaría a solicitud de la
Tesorería de la Federación con cargo a los presupuestos de las dependencias,
cuando se trate de operaciones en moneda extranjera de éstas que impliquen
importes pendientes de regularizar en los registros de la Tesorería. En el caso
de las dependencias y entidades, las diferencias por variaciones en el tipo de
cambio se cubrirá por éstas conforme a sus presupuestos autorizados, afectando
la partida de gasto que corresponda al bien o servicio que se adquiera.
3411 SERVICIOS DE VIGILANCIA. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios de vigilancia requeridos por las dependencias y entidades.
3412 GASTOS INHERENTES A LA RECAUDACION. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de servicios financieros por situación y traslado de fondos del
Erario Federal y otros gastos inherentes a la recaudación fiscal, incluida la guarda
y custodia de fondos y valores del Gobierno Federal.
3413 OTROS SERVICIOS COMERCIALES. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de servicios de fotocopiado ordinario y especial, engargolado,
encuadernación, corte de papel, revelado fotográfico, impresión de papelería, y
otros servicios comerciales no previstos en las demás partidas del concepto
3400 Servicios comercial y bancario de este Clasificador. Excluye las
impresiones previstas en el concepto 3600 Servicios de impresión, publicación,
difusión e información.
3500
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION
Este concepto comprende las partidas:
3501 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE MOBILIARIO
Y EQUIPO DE ADMINISTRACION.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y
conservación de toda clase de mobiliario y equipo de administración, tales
como: escritorios, sillas, sillones, archiveros, máquinas de escribir,
calculadoras, fotocopiadoras, entre otros. Incluye el pago de deducibles de
seguros.
3502 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE BIENES
INFORMATICOS. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los servicios que se contraten con terceros
para el mantenimiento y conservación de bienes informáticos, tales como:
computadoras, impresoras, dispositivos de seguridad, reguladores, fuentes de
potencia ininterrumpida, entre otros, incluido el pago de deducibles de
seguros.
3503 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE MAQUINARIA
Y EQUIPO. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación
de la maquinaria y equipo propiedad o al servicio de las dependencias y
entidades, tales como: tractores, palas mecánicas, dragas, fertilizadoras, vehículos, embarcaciones, aeronaves, equipo especializado instalado en los
inmuebles, entre otros, cuando se efectúen por cuenta de terceros, incluido el
pago de deducibles de seguros.
3504 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE INMUEBLES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de edificios,
locales, terrenos y predios, propiedad
de la Nación o al servicio de las dependencias y entidades, cuando se efectúen
por cuenta de terceros, incluido el pago de deducibles de seguros. Excluye los
trabajos de conservación y mantenimiento considerados en la partida 6108
Mantenimiento y rehabilitación de obras públicas.
3505 SERVICIOS DE LAVANDERIA, LIMPIEZA, HIGIENE
Y FUMIGACION. Asignaciones
destinadas a cubrir los gastos por servicios de jardinería, lavandería,
limpieza, desinfección, higiene y fumigación en los bienes muebles e inmuebles
propiedad o al cuidado de las dependencias y entidades. Incluye el costo de los
servicios de recolección, traslado y tratamiento final de desechos tóxicos.
3600 SERVICIOS DE IMPRESION,
PUBLICACION, DIFUSION E INFORMACION
Este concepto comprende las partidas:
3601 IMPRESIONES DE DOCUMENTOS oficialES PARA la prestacion de servicios
pUblicos, IDENTIFICACION, FORMATOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES, FOrMAS
VALORADAS, CERTIFICADOS Y TITULOS. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios
de impresión de documentos oficiales necesarios para la prestación de servicios
públicos y de operaciones relacionadas con la función pública, tales como:
pasaportes, certificados especiales, títulos de crédito, formas fiscales y
formas valoradas, y demás documentos para la identificación, trámites oficiales
y servicios a la población.
3602 GASTOS DE PROPAGANDA E IMAGEN institucional. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de
promoción, publicidad y difusión en los diversos medios oficiales de información,
relacionados con las actividades de comunicación social y la promoción de la
imagen institucional de las dependencias y entidades.
3603 GASTOS DE DIFUSION DE SERVICIOS PUBLICOS Y
CAMPAÑAS DE INFORMACION. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los
servicios de difusión de campañas de información a la población, relacionados
con programas sociales; de sanidad, salubridad e higiene, y de seguridad
pública y nacional, y demás servicios de difusión vinculados con la prestación
de bienes y servicios públicos.
3604 PUBLICACIONES OFICIALES PARA DIFUSION E
INFORMACION. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y publicación de
documentos oficiales de uso interno y externo de las dependencias y entidades, tales
como: manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público;
decretos, acuerdos, convenios, oficios circulares, programas de adquisiciones,
instructivos fiscales o de promoción de actividades productivas, entre otras.
3605 PUBLICACIONES OFICIALES PARA LICITACIONES
PUBLICAS Y TRAMITES ADMINISTRATIVOS EN CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES JURIDICAS.
Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los servicios de publicación de edictos,
informes, anuncios y otros trámites que en cumplimiento a las disposiciones
jurídicas deben publicar las dependencias y entidades, así como en materia de
licitaciones públicas para la adquisición o enajenación, bases, convocatorias y
demás publicaciones relacionadas con los procedimientos de licitación y subastas,
entre otros. Excluye las licitaciones relacionadas con obras públicas, las
cuales se deben prever en la partida 6107 Servicios relacionados con obras
públicas.
3606 OTROS GASTOS DE PUBLICACION, DIFUSION E
INFORMACION. Asignaciones
destinadas a cubrir aquellos gastos de difusión e información de índole diversa
que se realicen en el desempeño de funciones oficiales, y demás actividades de
comunicación distintas a las señaladas en las partidas del concepto 3600
Servicios de impresión, publicación, difusión e información, como son: los
gastos para la emisión de folletos, boletines, trípticos, libros, revistas,
entre otros.
3700
SUBROGACIONES
Este concepto comprende la partida:
3701 SUBROGACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios que las
dependencias y entidades contraten con personas físicas o morales, para la
prestación de bienes o servicios públicos a través de terceros cuando no sea
posible atenderlos de manera directa por la propia dependencia o entidad, tales
como: medicamentos, servicio médico, hospitalario, de laboratorio, entre otros.
3800 SERVICIOS OFICIALES
Este concepto comprende las partidas:
3801 GASTOS DE
CEREMONIAL del titular del
Ejecutivo Federal.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que se originen con motivo de
recepciones del Presidente de la República, a los miembros del Cuerpo
Diplomático acreditado ante el Gobierno,
así como, a personalidades nacionales o extranjeras residentes o de visita en
el territorio nacional.
3802 Gastos
de ceremonial de los titulares de las dependencias y entidades. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos que se originen con motivo de recepciones de los titulares de las
dependencias y entidades, los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante el Gobierno, así como, a personalidades
nacionales o extranjeras residentes o de visita en el territorio nacional.
3803 GASTOS DE
ORDEN SOCIAL. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos que se originen con motivo de la celebración de actos conmemorativos
y de orden social, tales como la realización de ceremonias patrióticas y
oficiales, desfiles, la adquisición de ofrendas florales y luctuosas, entre otros.
3804 CONGRESOS Y CONVENCIONES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo del servicio integral que se contrate con personas físicas y morales
para la celebración de congresos o convenciones, requeridos en cumplimiento de
la función pública.
3805 EXPOSICIONES. Asignaciones destinadas a cubrir el costo del servicio
integral que se contrate con personas físicas y morales para la instalación y
sostenimiento de exposiciones. Incluye el pago de indemnizaciones por los
daños que sufran los bienes expuestos.
3806 GASTOS DE
LAS COMISIONES INTERNACIONALES DE LIMITES
Y AGUAS. Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que requieran
las oficinas de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas, para el
desarrollo de funciones oficiales, tales como: arrendamientos,
reparaciones de muebles, servicio postal y telefónico, entre otros.
3807 GASTOS DE LAS OFICINAS DEL SERVICIO
EXTERIOR MEXICANO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que requieran las oficinas del
Servicio Exterior Mexicano para el desarrollo de sus funciones. Comprende
gastos tales como: arrendamientos, reparaciones de muebles, servicios postal y
telefónico, entre otros, así como los honorarios consulares que señale la
Secretaría de Relaciones Exteriores, de acuerdo con los lineamientos que para
este efecto emita la Secretaría.
3808 Pasajes
nacionales para labores en campo y de supervisiOn. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos de transporte en comisiones oficiales temporales dentro del país,
por cualesquiera de los medios usuales, de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de
la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en
cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las
funciones o actividades. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200
Servicios de arrendamiento.
3809 Pasajes
nacionales asociados a los programas de seguridad pUblica y nacional. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos de transporte en comisiones oficiales temporales dentro del país,
por cualesquiera de los medios usuales, de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de
la ejecución de programas de seguridad pública y nacional en lugares distintos a los de su adscripción, en
cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las
funciones o actividades. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200
Servicios de arrendamiento.
3810 Pasajes
nacionales asociados a DESASTRES NATURALES. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos de transporte dentro del país de servidores públicos de las
dependencias y entidades, en el desempeño
de comisiones temporales
dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de
vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en
el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
3811 Pasajes
nacionales para servidores publicos en el desempeño de comisiones y funciones
oficiales.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte en comisiones
oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción, por cualesquiera de los
medios usuales, de servidores públicos de las
dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las
comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 3808 Pasajes
nacionales para labores en campo y de supervisión, 3809 Pasajes nacionales
asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 3810 Pasajes
nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el
pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes
para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales
aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de
arrendamiento.
3812 Pasajes
internacionales asociados a los programas de seguridad pUblica y nacional. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos de transporte en comisiones oficiales temporales fuera del país en
lugares distintos a los de su
adscripción, por cualesquiera de los medios usuales, de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de
la ejecución de programas de seguridad pública y nacional, en cumplimiento de
la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o
actividades. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos,
marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de
arrendamiento.
3813 Pasajes
internacionales para servidores pUblicos en el desempeño de comisiones y
funciones oficiales.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte en comisiones
oficiales temporales fuera del país en lugares
distintos a los de su adscripción, por cualesquiera de los medios
usuales, de servidores públicos de las
dependencias y entidades, cuando el desempeño de sus labores o comisiones lo
requiera, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no
correspondan con las previstas en la partida 3812 Pasajes internacionales
asociados a los programas de seguridad pública y nacional, de este
Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o
actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las
disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el
concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
3814 ViAticos
nacionales para labores en campo y de supervisiOn. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos por concepto de
alimentación y hospedaje de servidores
públicos de las dependencias y entidades, en
el desempeño de comisiones
temporales dentro del país, derivado de la realización de labores en campo o de
supervisión e inspección, en lugares distintos
a los de su adscripción. Esta partida
incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la partida 3808 Pasajes
nacionales para labores en campo y de supervisión.
3815 ViAticos
nacionales asociados a los programas de seguridad pUblica y nacional. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos por concepto de
alimentación y hospedaje de
servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones
temporales dentro del país, derivado de la ejecución de programas de seguridad
pública y nacional, en lugares distintos
a los de su adscripción. Esta partida
incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la partida 3809 Pasajes
nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional.
3816 ViAticos
nacionales asociados a DESASTRES NATURALES. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos por concepto de
alimentación y hospedaje de
servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones
temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye
los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen
los tabuladores respectivos. Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la
partida 3810 Pasajes nacionales asociados a desastres naturales.
3817 ViAticos
nacionales para servidores pUblicos en el desempeño de funciones oficiales. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos por concepto de
alimentación y hospedaje de
servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones
temporales dentro del país, en lugares distintos
a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las
previstas en las partidas 3814 Viáticos nacionales para labores en campo y de
supervisión, 3815 Viáticos nacionales asociados a los programas de seguridad
pública y nacional y 3816 Viáticos nacionales asociados desastres naturales, de
este Clasificador. Esta partida
incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la partida 3811 Pasajes
nacionales para servidores públicos en el desempeño de comisiones y funciones
oficiales.
3818 ViAticos
en el extranjero asociados a los programas de seguridad pUblica y nacional. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos por concepto de
alimentación y hospedaje de servidores
públicos de las dependencias y entidades, en
el desempeño de comisiones
temporales fuera del país, en lugares distintos
a los de su adscripción, derivado de la ejecución de programas de seguridad
pública y nacional. Esta partida
incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la partida 3812 Pasajes
internacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional.
3819 ViAticos
en el extranjero para servidores pUblicos en el desempeño de comisiones y
funciones oficiales.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por
concepto de alimentación y hospedaje
de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de sus
labores y comisiones temporales fuera del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no
correspondan con las previstas en la partida 3816 Viáticos en el extranjero
asociados a los programas de seguridad pública y nacional, de este
Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o
actividades. Esta partida
incluye los gastos de camino
aplicándose las cuotas diferenciales que señalen los tabuladores respectivos.
Excluye los gastos de pasajes a que se refiere la partida 3813 Pasajes
internacionales para servidores públicos en el desempeño de comisiones y
funciones oficiales.
3820 INSTALACION DEL PERSONAL FEDERAL. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos que ocasione la instalación del personal civil o militar,
diplomático y consular al servicio de las dependencias y entidades, cuando en
el desempeño de funciones oficiales dentro o fuera del país, se requiera su
permanencia fuera de su residencia en forma transitoria o permanente,
incluyendo, en su caso, el traslado de
menaje de casa. Excluye los pagos de viáticos
y pasajes.
3821 GASTOS PARA ALIMENTACION DE SERVIDORES
PUBLICOS DE MANDO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de alimentación de los servidores públicos
de mando Gerencial, Alta Gerencia y Alta Dirección, que se realizan fuera de
las instalaciones de las dependencias y entidades, con propósito coadyuvar al
mejor desempeño de sus funciones y cumplimiento de sus responsabilidades.
3822 GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO
EN AREAS RURALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y
entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del
levantamiento de censos, encuestas y en general trabajos en campo para el
desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no
cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación,
y no sea posible cumplir con los requisitos para el otorgamiento de viáticos y
pasajes previstos en las partidas del concepto 3800 Servicios oficiales, de
este Clasificador.
3823 GASTOS DE SEGURIDAD PUBLICA Y NACIONAL. Asignaciones destinadas a la
realización de investigaciones, acciones y actividades en materia de seguridad
pública y nacional, en cumplimiento de funciones y actividades oficiales, cuya
realización implique riesgo, urgencia y confidencialidad extrema. Incluye la
contratación temporal de personas y la adquisición de materiales y servicios
necesarios para tales efectos. En ningún caso se podrán sufragar con cargo a
esta partida, erogaciones previstas en otros capítulos, conceptos y partidas de
este Clasificador cuando corresponda a programas diferentes de los especiales
sujetos a esta partida. Las adquisiciones de bienes muebles y equipo derivadas
de las actividades de seguridad pública y nacional, se ejercerán con cargo a
las partidas correspondientes de este Clasificador y conforme a las
disposiciones aplicables.
3824 GASTOS EN ACTIVIDADES DE SEGURIDAD Y
LOGISTICA DEL ESTADO MAYOR PRESIDENCIAL. Asignaciones destinadas a cubrir
los gastos que realiza el Estado Mayor Presidencial en las actividades de
seguridad y logística inherente al desarrollo de las giras y otros eventos oficiales
en que participa el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Incluye los
gastos por concepto de adquisición de materiales, suministros y la contratación
de los servicios requeridos para la realización de los eventos presidenciales.
3825 GASTOS INHERENTES A LA INVESTIDURA
PRESIDENCIAL. Asignaciones
destinadas a cubrir las erogaciones que se originen con motivo de las funciones
oficiales en eventos nacionales y en el exterior. Incluye los gastos del
Titular del Ejecutivo Federal y de la Primera Dama por concepto de atuendo de
gala, vestuario general, y cualquier tipo de accesorios de carácter personal
requeridos en actos oficiales que se realicen en el país y en el exterior.
Incluye también los gastos de traslado, alimentos y hospedaje de invitados
especiales que por la naturaleza de sus actividades particulares sean
requeridos para asistir a los eventos oficiales en los que participen el C.
Presidente de la República y/o la Primera Dama.
3826 CUOTAS A ORGANISMOS INTERNACIONALES. Asignaciones destinadas al
sostenimiento de sociedades científicas extranjeras e instituciones
internacionales, por la celebración de Acuerdos, Convenios o Tratados suscritos
por el Ejecutivo Federal con otros países.
3827 ASIGNACIONES
A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS. Asignaciones previstas en el Presupuesto de
Egresos del Congreso de la Unión, destinadas a los Grupos Parlamentarios
integrados por los legisladores, para apoyar el desarrollo de sus funciones
legislativas, así como a las actividades complementarias y de gestoría que, en
su carácter de representantes populares y de las entidades de la Federación,
realizarán de manera permanente durante su periodo, como integrantes del H.
Congreso de la Unión.” (23-XI-00).
3900
PERDIDAS DEL ERARIO Y GASTOS POR CONCEPTO DE RESPONSABILIDADES
Este concepto comprende las partidas:
3901 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y
ACTUALIZACIONES. Erogaciones
no previstas en el Presupuesto de Egresos, derivado del pago extemporáneo de
pasivos fiscales, adeudos u obligaciones de pago con terceros, como multas,
accesorios y actualizaciones e intereses por pago extemporáneo. Incluye los
gastos financieros por pago extemporáneo de estimaciones y de ajuste de costos
de obra pública, así como los gastos no recuperables derivados de la
terminación anticipada de contratos de adquisiciones u obras públicas.
3902 PERDIDAS DEL ERARIO FEDERAL. Erogaciones no previstas en el
Presupuesto de Egresos de las dependencias y entidades, que se deriven del robo
o extravío de recursos públicos que no sean recuperables e impliquen afectar el
techo presupuestario disponible de la dependencia o entidad. Excluye las
recuperaciones de recursos que se realicen por los diversos medios establecidos
por las disposiciones aplicables, como es el Fondo de Garantía para Reintegros al
Erario Federal en el caso de las dependencias.
3903 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES. Erogaciones no previstas en el
Presupuesto de Egresos de las dependencias y entidades, que se deriven de la
responsabilidad civil del Estado, así como aquellas erogaciones distintas de
las consideradas en las demás partidas de este concepto, que impliquen afectar
el techo presupuestario disponible de la dependencia o entidad.
4000
SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS
Este capítulo comprende los conceptos:
4100 SUBSIDIOS. Asignaciones de recursos federales que se otorgan a los
diferentes sectores de la sociedad, a través de las dependencias y entidades,
para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general como
son, entre otras: proporcionar a los consumidores los bienes y servicios
básicos a precios y tarifas por debajo de los de mercado o de los costos de
producción, o en forma gratuita; promover la producción, la inversión, la
innovación tecnológica o el uso de nueva maquinaria, compensando costos de producción,
de distribución u otros costos.
4200 SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS. Asignaciones
que el Gobierno Federal destina a favor de los Estados, Municipios y Distrito
Federal, con la finalidad de apoyarlos en su fortalecimiento financiero y,
en caso de desastres naturales o por contingencias económicas, así como para
dar cumplimiento a los Convenios que suscriba el Gobierno Federal con los
Gobiernos de las entidades federativas.
4300 TRANSFERENCIAS PARA APOYO DE PROGRAMAS. Asignaciones previstas en el presupuesto de las
dependencias, destinadas a las entidades apoyadas bajo su coordinación
sectorial, así como a los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para sufragar los gastos de operación
y de capital, tales como: remuneraciones al personal; construcción y/o conservación de obras; adquisición de todo tipo de bienes; contratación de
servicios, así como las transferencias para cubrir el déficit de operación y los gastos de administración asociados al
otorgamiento de subsidios, con la finalidad de mantener los niveles de los
bienes y servicios que prestan de acuerdo con las actividades que tienen
encomendadas por ley. Incluye las transferencias para el apoyo de programas de
las entidades vinculados con operaciones de inversión financiera o para el pago
de intereses, comisiones y gastos, derivados de créditos contratados en moneda
nacional o extranjera, y para la
amortización de pasivos.
4100
SUBSIDIOS
Este concepto comprende las partidas:
4101 SUBSIDIOS A LA PRODUCCION. Asignaciones destinadas a
promover y fomentar la producción y transformación de bienes, así como la prestación de servicios básicos
estratégicos en los sectores económicos, a fin de apoyar su generación, sin
alterar el precio de mercado.
4102 SUBSIDIOS A LA DISTRIBUCION. Asignaciones destinadas al apoyo
de la comercialización y distribución de los bienes y servicios básicos que realizan los sectores económicos,
buscando que no impacten en el precio de los mismos.
4103 SUBSIDIOS AL CONSUMO. Asignaciones destinadas a
mantener un menor nivel en los
precios de bienes y servicios de consumo básico que distribuyen los sectores
económicos.
4104 SUBSIDIOS PARA INVERSION. Asignaciones destinadas a
mantener y promover la inversión de los sectores social y privado en
actividades económicas estratégicas.
4105 SUBSIDIOS A LA PRESTACION DE SERVICIOS
PUBLICOS. Asignaciones
destinadas al otorgamiento de subsidios a favor de la población a través de la prestación
de servicios públicos en materia de salud, educación, laboral, entre otros.
4106 SUBSIDIOS PARA CUBRIR DIFERENCIALES DE TASAS DE INTERES. Asignaciones destinadas a cubrir
los diferenciales generados en las operaciones financieras realizadas para el
desarrollo y fomento de actividades prioritarias, mediante la aplicación de
tasas fijas en los créditos otorgados, cuando el fondeo se realiza a tasas de
mercado.
4107 SUBSIDIOS PARA CAPACITACION Y BECAS. Asignaciones destinadas al
sostenimiento o ayuda de estudiantes y personas que realicen estudios e
investigaciones en planteles e instituciones educativas y de investigación del
país o del extranjero, así como programas de capacitación para el empleo.
Incluye los gastos de capacitación a productores, así como los asociados a
programas de capacitación financiados por organismos internacionales.
4200
SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
Este concepto comprende las partidas:
4201 AGUASCALIENTES.
4202 BAJA CALIFORNIA.
4203 BAJA CALIFORNIA SUR.
4204 CAMPECHE.
4205 COAHUILA.
4206 COLIMA.
4207 CHIAPAS.
4208 CHIHUAHUA.
4209 DISTRITO FEDERAL.
4210 DURANGO.
4211 GUANAJUATO.
4212 GUERRERO.
4213 HIDALGO.
4214 JALISCO.
4215 MEXICO.
4216 MICHOACAN.
4217 MORELOS.
4218 NAYARIT.
4219 NUEVO LEON.
4220 OAXACA.
4221 PUEBLA.
4222 QUERETARO.
4223 QUINTANA ROO.
4224 SAN LUIS POTOSI.
4225 SINALOA.
4226 SONORA.
4227 TABASCO.
4228 TAMAULIPAS.
4229 TLAXCALA.
4230 VERACRUZ.
4231 YUCATAN.
4232 ZACATECAS.
4233 SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS. Agrupa las
asignaciones por concepto de subsidios, cuyo monto por entidad federativa no
fue posible determinar durante el proceso de presupuesto. La asignación
presupuestaria de esta partida se considerará como transitoria y el ejercicio
de los recursos previstos en ésta, se realizará una vez que se distribuyan
entre las partidas 4201 Aguascalientes a la 4232 Zacatecas, según corresponda.
4300
TRANSFERENCIAS PARA APOYO DE PROGRAMAS
Este concepto comprende las partidas:
4301 TRANSFERENCIAS PARA SERVICIOS PERSONALES. Asignaciones previstas en el
presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades apoyadas, así como
a los órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a
las dependencias, para cubrir los gastos por concepto de remuneraciones del
personal permanente o eventual a su servicio.
4302 TRANSFERENCIAS PARA ADQUISICION DE
MATERIALES Y SUMINISTROS. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas, así como a los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para cubrir las adquisiciones de materiales y suministros, necesarios para
la operación y mantenimiento de sus instalaciones, así como para el
desarrollo de sus programas.
4303 TRANSFERENCIAS PARA CONTRATACION DE
SERVICIOS. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas, así como a los órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente
subordinados a las dependencias, para cubrir la adquisición de servicios
necesarios para la operación y mantenimiento de sus instalaciones, así como
para el desarrollo de sus programas.
4304 TRANSFERENCIAS PARA ADQUISICION DE BIENES
MUEBLES. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas, así como a los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para cubrir los gastos por
concepto de adquisición de bienes muebles que incrementen sus activos fijos y
la productividad en la ejecución de sus programas o prestación de bienes y
servicios.
4305 TRANSFERENCIAS PARA ADQUISICION DE BIENES
INMUEBLES. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas, así como a los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para cubrir los gastos por
concepto de adquisición de bienes inmuebles necesarios para el desarrollo de
sus programas.
4306 TRANSFERENCIAS PARA EL APOYO DE OBRAS
PUBLICAS. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas, así como a los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para el cumplimiento de sus
metas y programas de obras públicas y de proyectos de inversión.
4307
TRANSFERENCIAS ESTATUTARIAS AL
IMSS. Asignaciones
del Gobierno Federal destinadas a cubrir las aportaciones de seguridad social
de carácter estatutario a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social.
4308 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE APOYO A LOS
SECTORES SOCIAL Y PRIVADO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de ayuda extraordinaria en casos de
viudez, orfandad, maternidad, matrimonio; gastos de funeral, pagas de
defunción; para reos y sus familiares, así como para casos extraordinarios de
personas que por su condición de necesidad y mérito en la sociedad se
justifique reciban ayuda, distintas de las prestaciones laborales de los
servidores públicos y de los subsidios para la población; premios, recompensas;
gastos de traslado de personas como son los alumnos en viajes de práctica o de
estudios, los gastos destinados al montaje de espectáculos culturales y la
organización de eventos deportivos.
4309 TRANSFERENCIAS PARA CUBRIR EL DEFICIT DE
OPERACION Y LOS GASTOS DE ADMINISTRACION ASOCIADOS AL OTORGAMIENTO DE
SUBSIDIOS. Asignaciones
del Gobierno Federal destinadas al apoyo de las entidades y órganos
administrativos desconcentrados para cubrir el déficit de operación y los
gastos de administración asociados al otorgamiento de subsidios.
4310 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE SEGURIDAD
PUBLICA Y NACIONAL. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a los órganos
administrativos desconcentrados para la realización de investigaciones,
acciones y actividades en materia de seguridad pública y nacional, en
cumplimiento de funciones y actividades oficiales, cuya realización implique
riesgo, urgencia y confidencialidad extrema. Incluye la contratación temporal
de personas y la adquisición de materiales y servicios necesarios para tales
efectos. En ningún caso se podrán sufragar, con cargo a esta partida,
erogaciones previstas en otros capítulos, conceptos y partidas de este
Clasificador, cuando correspondan a programas diferentes de los especiales
sujetos a esta partida. Las adquisiciones de bienes muebles y equipos derivadas
de las actividades de seguridad pública y nacional, se ejercerán con cargo a
las partidas correspondientes de este Clasificador y conforme a las
disposiciones aplicables.
4311 TRANSFERENCIAS PARA ESTIMULOS POR
PRODUCTIVIDAD, EFICIENCIA Y CALIDAD EN EL DESEMPEÑO. Asignaciones del Gobierno Federal
destinadas a cubrir los estímulos por productividad, eficiencia y calidad en el
desempeño a los servidores públicos de las entidades apoyadas, así como los
órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, conforme a los límites máximos mensuales que establezca el
Presupuesto de Egresos, y de acuerdo con las normas que emita la Secretaría
para su otorgamiento.
4312 TRANSFERENCIAS PARA APORTACIONES A
SEGURIDAD SOCIAL Y A LA VIVIENDA. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones del
Gobierno Federal por concepto de seguridad social y de vivienda, derivado de
los servicios proporcionados por el ISSSTE, FOVISSSTE o, en su caso, IMSS e
INFONAVIT, al personal al servicio de las entidades apoyadas, así como los
órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, en los términos de la legislación vigente.
4313 TRANSFERENCIAS PARA PREVISIONES DE
SERVICIOS PERSONALES.
Asignaciones previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las
entidades apoyadas, así como los órganos administrativos desconcentrados
jerárquicamente subordinados a las dependencias, para cubrir las medidas de
incremento en percepciones, prestaciones económicas, creación de plazas en su
caso, y demás medidas salariales y económicas que se aprueben en el Presupuesto
de Egresos.
4313 TRANSFERENCIAS PARA
INCREMENTOS A LAS PERCEPCIONES. Asignaciones previstas en el presupuesto de las
dependencias, destinadas a las entidades apoyadas, así como los órganos
administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, para cubrir las medidas de incremento en percepciones, que se
aprueben en el Presupuesto de Egresos. (26-12-00)
4314 TRANSFERENCIAS PARA INVERSION FINANCIERA. Asignaciones previstas en el
presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades apoyadas para el
otorgamiento de créditos en forma directa o a través de fondos y fideicomisos a
favor de los sectores social y privado, o a los Estados, Municipios y el
Distrito Federal, para el fomento y regulación de actividades prioritarias del
Gobierno Federal; así como para la adquisición de todo tipo de valores, de
acuerdo a las políticas establecidas. En la adquisición de valores el Gobierno
Federal puede adquirir calidad y derecho de copropietario de la sociedad o
empresa de que se trate o exclusivamente la de comprador y no de socio.
4315 TRANSFERENCIAS PARA EL PAGO DE INTERESES,
COMISIONES Y GASTOS. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades
apoyadas para el pago de intereses, comisiones y gastos, derivados de créditos
contratados en moneda nacional o
extranjera.
4316 TRANSFERENCIAS PARA AMORTIZACION DE
PASIVOS. Asignaciones
previstas en el presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades apoyadas
para el pago del principal derivado de créditos contratados en moneda
nacional o extranjera, necesarios para el desarrollo de sus actividades.
4317 TRANSFERENCIAS PARA PREMIOS Y RECOMPENSAS EN
LOS SISTEMAS NACIONAL DE INVESTIGADORES, DE CREADORES Y DE OTRAS DISCIPLINAS. Asignaciones previstas en el
presupuesto de las dependencias, destinadas a las entidades apoyadas, así como
los órganos administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, para cubrir el pago de premios y recompensas establecido en los
sistemas nacional de investigadores, de creadores y de otras disciplinas.
4318 TRANSFERENCIAS PARA APOYO A VOLUNTARIOS EN
PROGRAMAS SOCIALES. Asignaciones
destinadas al apoyo de los voluntarios que participan como promotores en
programas sociales en materia de salud, educación y desarrollo social, entre
otros.
4319 TRANSFERENCIAS PARA EL PAGO DE PENSIONES Y
JUBILACIONES. Asignaciones
destinadas al pago de pensiones y jubilaciones que cubren los Institutos de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Mexicano del
Seguro Social, y de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, entre otros.
4320 TRANSFERENCIAS
PARA CREACION DE PLAZAS. Asignaciones previstas en el presupuesto de las
dependencias, destinadas a las entidades apoyadas, así como los órganos
administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, para cubrir los requerimientos de recursos para la creación de
plazas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.(26-12-00).
4321 TRANSFERENCIAS PARA OTRAS MEDIDAS DE
CARACTER LABORAL Y ECONOMICAS. Asignaciones previstas en el presupuesto de las
dependencias, destinadas a las entidades apoyadas, así como los órganos
administrativos desconcentrados jerárquicamente subordinados a las
dependencias, para cubrir las demás medidas salariales y económicas que se
aprueben en el Presupuesto de Egresos.(26-12-00)
5000
BIENES MUEBLES E INMUEBLES
Este capítulo comprende los conceptos:
5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de mobiliario y equipo de administración, educacional
y recreativo, necesarios para el funcionamiento de las dependencias y entidades
que por sus características deba incluirse en los activos fijos de las mismas.
Incluye la adquisición de bienes artísticos requeridos para el apoyo de las
actividades educativas y culturales, así como los pagos por adjudicación, expropiación
e indemnización de bienes muebles.
5200 MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO,
INDUSTRIAL, DE COMUNICACIONES Y DE USO INFORMATICO. Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de
maquinaria y equipo de uso agropecuario, industrial, de construcción, de
comunicaciones y telecomunicaciones, y demás maquinaria y equipo eléctrico y
electrónico que se requiera en las dependencias y entidades. Incluye toda clase
de equipos y bienes informáticos.
5300 VEHICULOS
Y EQUIPO DE TRANSPORTE. Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase
de vehículos y equipo de transporte terrestre, ferroviario, aéreo, marítimo,
lacustre, fluvial y auxiliar de
transporte, necesarios para el cumplimiento de la función pública de las
dependencias y entidades.
5400 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE
LABORATORIO. Asignaciones
destinadas a la adquisición de todo tipo de equipo e instrumental médico y de
laboratorio, requerido para proporcionar los servicios médicos, hospitalarios y
demás actividades de salud e investigación científica y técnica.
5500 HERRAMIENTAS Y REFACCIONES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de herramientas, máquinas herramienta, refacciones y
accesorios, necesarios para el funcionamiento de las dependencias y entidades,
y cuya adquisición implique el incremento en el valor de los activos fijos de
las mismas.
5600 ANIMALES DE TRABAJO Y REPRODUCCION. Asignaciones destinadas a la
adquisición de toda clase de especies animales, tanto para su utilización en el
trabajo como para su fomento y reproducción. Incluye la adquisición del equipo
de trabajo animal.
5700 BIENES INMUEBLES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de bienes inmuebles utilizados en las dependencias y
entidades, así como a cubrir los gastos por adjudicación, expropiación e indemnización por daños, de
otros bienes inmuebles que se incorporen a los activos fijos de las mismas.
Incluye los bienes inmuebles adquiridos mediante las diversas modalidades de
financiamiento.
5800 MAQUINARIA Y EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
PUBLICA. Asignaciones
destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo requerido para realizar las
funciones y actividades militares y de seguridad pública.
5900 OTROS BIENES MUEBLES E IMUEBLES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los bienes muebles, equipos especializados o inmuebles adquiridos
por las dependencias y entidades no incluidos o especificados en los conceptos
y partidas del presente capítulo, tales como: arrendamiento financiero, bienes
bajo la modalidad de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo,
así como aquéllos adquiridos mediante las diversas formas de financiamiento.
5100
MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
Este concepto comprende las partidas:
5101 MOBILIARIO. Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes muebles que requieran las
dependencias y entidades para el desempeño de sus funciones, comprende bienes
tales como: escritorios, sillas, sillones, anaqueles, archiveros, libreros,
mesas, pupitres, caballetes, restiradores, entre otros.
5102 EQUIPO DE ADMINISTRACION. Asignaciones destinadas a la
adquisición de equipos propios para el desarrollo de las actividades administrativas, productivas y
demás instalaciones de las dependencias y entidades, tales como: máquinas de
escribir, sumar, calcular y registrar; equipo de aire acondicionado,
calentadores, fotocopiadoras, aspiradoras, enceradoras, grabadoras, radios,
televisores, microfilmadoras, circuito cerrado de T.V., equipos de detección de
fuego, alarma y voceo, estufas, refrigeradores, lavadoras, hornos de microondas
y demás bienes considerados en los activos fijos de las dependencias y
entidades. Incluye los utensilios para el servicio de alimentación destinados
al equipamiento de unidades administrativas de las dependencias y entidades
especializadas en el servicio de alimentación, cuya adquisición incremente los
activos fijos de las mismas.
5103 EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO. Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos educacionales y
recreativos, tales como: equipos y aparatos audiovisuales, aparatos de
gimnasia, carruseles, proyectores, cámaras fotográficas, entre otros.
5104 BIENES ARTISTICOS Y CULTURALES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de objetos artísticos y culturales, tales como: pinturas,
esculturas, cuadros, colecciones diversas, ediciones históricas, equipos musicales para bandas y orquestas, y en general, todos
los bienes que constituyan acervo patrimonial artístico y cultural para el
país.
5105 ADJUDICACIONES, EXPROPIACIONES E
INDEMNIZACIONES DE BIENES MUEBLES. Asignaciones destinadas a cubrir los gastos originados por
la adjudicación, expropiación e indemnización de este tipo de bienes, cuando
las necesidades propias de las dependencias y entidades, o del país lo
ameriten, en los términos de las disposiciones generales aplicables.
5200
MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO, INDUSTRIAL,
DE COMUNICACIONES Y DE USO INFORMATICO
Este concepto comprende las partidas:
5201 MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO. Asignaciones destinadas a la
adquisición de maquinaria y equipo utilizados en actividades agropecuarias,
tales como: tractores agrícolas, cosechadoras, segadoras, incubadoras,
trilladoras, fertilizadoras, desgranadoras, equipo de riego, fumigadoras, roturadoras,
entre otros.
5202 MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL. Asignaciones destinadas a la
adquisición de maquinaria y equipo industrial, tales como: molinos
industriales, calderas, hornos eléctricos, motores, bombas industriales,
despulpadoras, pasteurizadoras, envasadoras, entre otros. Incluye la
adquisición de toda clase de maquinaria y equipo de perforación y exploración
de suelos.
5203 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCION. Asignaciones destinadas a la
adquisición de maquinaria y equipo utilizados en la construcción, tales como:
quebradoras, revolvedoras, palas mecánicas, tractores oruga, motoconformadoras,
aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, entre otros.
5204 EQUIPOS Y APARATOS DE COMUNICACIONES Y
TELECOMUNICACIONES.
Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de
comunicaciones y telecomunicaciones, tales como: comunicación satelital,
microondas, transmisores, receptores; equipos de télex, radar, sonar,
radionavegación y video; amplificadores, equipos telefónicos y de fax, telegráficos,
y demás equipos y aparatos para el mismo fin.
5205 MAQUINARIA Y EQUIPO ELECTRICO Y
ELECTRONICO. Asignaciones
destinadas a la adquisición de
maquinaria y equipo eléctrico y electrónico, tales como: generadoras de
energía, plantas, motogeneradoras de energía eléctrica, transformadores,
reguladores, equipo electrónico, equipo electrónico nuclear,
tableros de transferencias, entre otros. Excluye los bienes señalados en las
partidas 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones y 5206
Bienes informáticos.
5206 BIENES INFORMATICOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de equipos y aparatos de uso informático, para el procesamiento
electrónico de datos y para el uso de redes, tales como: servidores
computadoras, lectoras, terminales, monitores, procesadores, tableros de
control, equipos de conectividad, entre otros.
5300
VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
Este concepto comprende las partidas:
5301 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRES, AEREOS, MARITIMOS,
LACUSTRES Y FLUVIALES PARA LA EJECUCION DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD PUBLICA Y
NACIONAL. Asignaciones
destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte, terrestres,
aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, motorizados y no motorizados, para el
transporte de personas y carga, tales como: automóviles, autobuses, camiones,
camionetas, tractocamiones, motocicletas, bicicletas, entre otros, para el
desempeño de las funciones del
Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos. Incluye la adquisición de vehículos
y equipo de transporte utilizados por las dependencias en la ejecución de
programas de seguridad pública y nacional.
5302 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRES, AEREOS,
MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE PARA DESASTRES NATURALES. Asignaciones destinadas a la
adquisición de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales, motorizados y no motorizados, para el transporte de
personas y carga, tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas,
tractocamiones, motocicletas, bicicletas, entre otros, requeridos en el apoyo a
la población, en caso de desastres naturales.
5303 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRES, AEREOS,
MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PUBLICOS Y LA OPERACION
DE PROGRAMAS PUBLICOS.
Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte,
terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, motorizados y no
motorizados, para el transporte de personas y carga, tales como: automóviles,
autobuses, camiones, camionetas, tractocamiones, trolebuses, ambulancias,
carros para bomberos, motocicletas, bicicletas, helicópteros, aviones,
avionetas, lanchas, barcos, locomotoras, tractores ferroviarios, furgones,
carros góndola, carros tanque, carros pasajeros, carros plataforma, grúas
ferroviarias, armones ferroviarios, cabuses, entre otros, destinados a la
prestación de servicios públicos y la operación de programas públicos,
incluidas las labores en campo y de supervisión.
5304 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRES, AEREOS,
MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de vehículos y equipo de transporte, terrestres, aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales, motorizados y no motorizados, para el transporte de
personas y carga, que se requieran para el desempeño de funciones
administrativas, tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas,
tractocamiones, trolebuses, ambulancias, carros para bomberos, motocicletas,
bicicletas, entre otros.
5305 VEHICULOS Y EQUIPO TERRESTRES, AEREOS,
MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVIDORES PUBLICOS. Asignaciones destinadas a la
adquisición de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales,
que se otorgan a los servidores públicos de mando de las dependencias y
entidades, por requerimientos de su cargo, para el desempeño de las funciones
oficiales.
5400
EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO
Este concepto comprende las partidas:
5401 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO. Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos utilizados en hospitales, unidades
sanitarias, consultorios, servicios veterinarios y en los laboratorios
auxiliares de las ciencias médicas y
de investigación científica, tales como: rayos X, ultrasonido, equipos de
diálisis e inhaloterapia, máquinas esterilizadoras, sillas dentales, mesas
operatorias, incubadoras, microscopios y toda clase de aparatos necesarios para
equipar salas de rehabilitación, de emergencia, de hospitalización y de operación
médica.
5402 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO. Asignaciones destinadas a la
adquisición de todo tipo de instrumentos utilizados en la ciencia médica, tales
como: estetoscopios, máscaras para oxígeno, bisturíes, tijeras, pinzas,
separadores, y en general todo tipo de instrumentos médicos necesarios para
operaciones quirúrgicas, dentales, y oftalmológicas, entre otros. Incluye
el instrumental utilizado en los
laboratorios de investigación científica.
5500
HERRAMIENTAS Y REFACCIONES
Este concepto comprende las partidas:
5501 HERRAMIENTAS Y MAQUINAS HERRAMIENTA. Asignaciones destinadas a la
adquisición de herramientas eléctricas, neumáticas y máquinas herramienta, tales como: rectificadoras,
cepilladoras, mortajadoras, pulidoras, lijadoras, sierras, taladros y martillos
eléctricos, ensambladoras, fresadoras, encuadernadoras y demás herramientas
consideradas en los activos fijos de las dependencias y entidades.
5502 REFACCIONES
Y ACCESORIOS. Asignaciones
destinadas a la adquisición de refacciones yaccesorios
de uso diverso, tales como: motores para vehículos, escrepas, cuchillas
adaptables a maquinarias, y demás refacciones y accesorios, cuya adquisición e
incorporación a los equipos o bienes muebles e inmuebles representen un
incremento en el valor de los activos fijos de las dependencias y entidades.
5600
ANIMALES DE TRABAJO Y REPRODUCCION
Este concepto comprende las partidas:
5601 ANIMALES DE TRABAJO. Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de animales para
el trabajo, tales como: ganado caballar, mular, bovino y otros. Incluye el equipo de trabajo necesario para su acondicionamiento.
5602 ANIMALES DE REPRODUCCION. Asignaciones destinadas a la adquisición
de especies animales con fines de reproducción y fomento, tales como: ganado
caballar, asnal, mular, bovino, porcino; toda clase de aves, peces, mariscos,
entre otros. Incluye larvas y semen para los mismos fines.
5700
BIENES INMUEBLES
Este concepto comprende las partidas:
5701 EDIFICIOS Y LOCALES. Asignaciones destinadas a la adquisición de edificios, casas y
locales que requieran las dependencias y entidades para desarrollar sus
actividades.
5702 TERRENOS. Asignaciones destinadas
a la adquisición de terrenos y
predios necesarios para los usos propios de las dependencias y entidades.
5703 ADJUDICACIONES, EXPROPIACIONES E
INDEMNIZACIONES DE INMUEBLES.
Asignaciones destinadas al pago de adjudicaciones, expropiaciones e
indemnizaciones de todo tipo de bienes
inmuebles, cuando por razones de interés público se requiera su afectación, en
los términos de las disposiciones generales aplicables. Comprende bienes tales
como: edificios, casas, locales y terrenos.
5800
MAQUINARIA Y EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD PUBLICA
Este concepto comprende las partidas:
5801 MAQUINARIA Y EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
PUBLICA. Asignaciones
destinadas a la adquisición de toda clase de maquinaria y equipo propios para
las funciones de defensa y seguridad pública.
Comprende bienes tales como: tanques, lanzacohetes, cañones, fusiles,
pistolas, metralletas, morteros, lanza llamas, espadas, bayonetas, cargadores,
cureñas, entre otros.
5900
OTROS BIENES MUEBLES E INMUEBLES
Este concepto comprende las partidas:
5901 BIENES MUEBLES POR ARRENDAMIENTO
FINANCIERO. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los bienes muebles o maquinaria y equipos
especializados adquiridos por las dependencias y entidades con arrendamiento
financiero o bajo la modalidad de arrendamiento financiero especial, (BLT o
BOT), entre otras figuras análogas.
5902 OTROS BIENES MUEBLES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los bienes muebles o maquinaria y equipos especializados adquiridos
por las dependencias y entidades no incluidos o especificados en los conceptos
y partidas del presente capítulo.
5903 BIENES INMUEBLES EN LA MODALIDAD DE
PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA DE LARGO PLAZO. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los bienes inmuebles adquiridos por las entidades bajo la modalidad
de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.
5904 BIENES INMUEBLES POR ARRENDAMIENTO
FINANCIERO. Asignaciones
destinadas a cubrir el costo de los bienes inmuebles adquiridos por las
dependencias y entidades, con arrendamiento financiero o bajo la modalidad de
arrendamiento financiero especial, (BLT o BOT), entre otras figuras análogas.
5905 OTROS BIENES INMUEBLES. Asignaciones destinadas a cubrir
el costo de los bienes inmuebles adquiridos por las dependencias y entidades no
incluidos o especificados en los conceptos y partidas del presente capítulo.
6000
OBRAS PUBLICAS
Este capítulo comprende los conceptos:
6100 OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO. Asignaciones destinadas al pago
de obras públicas que las dependencias y entidades contraten con personas
físicas o morales. Estas obras pueden ser: construcciones, reconstrucciones,
ampliaciones, adaptaciones, mejoras, servicios y estudios relacionados con las
mismas. Los presupuestos se presentarán a nivel de costo total integral de los
diversos tipos de obra pública y servicios relacionados que se contraten.
6200 OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACION. Este concepto no prevé
asignaciones de origen en el Presupuesto de Egresos, únicamente es enunciativo
de los recursos que corresponden al gasto de obra pública que ejercen las
dependencias y entidades bajo la modalidad de obra pública por administración
directa, incluidos los estudios de preinversión, y cuya previsión y ejercicio
se realiza a través de las partidas de los capítulos de gasto 1000 Servicios
Personales, 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y 5000
Bienes Muebles e Inmuebles, de este Clasificador, etiquetadas para obra
pública.
6100
OBRAS PUBLICAS POR CONTRATO
Este concepto comprende las partidas.
6101 OBRAS DE
PREEDIFICACION EN TERRENOS DE CONSTRUCCION. Asignaciones destinadas a la
contratación de obras de preedificación, tales como: obras de investigación de
campo, de demolición, de limpieza y preparación de terrenos, de
excavación y remoción de tierra, de preparación del terreno para la minería,
obras de andamiaje, entre otros.
6102 OBRAS DE CONSTRUCCION PARA EDIFICIOS. Asignaciones destinadas a la
contratación de obras de construcción de: edificios de una, dos o múltiples
viviendas; almacenes, edificios industriales, comerciales, de entretenimiento
público, educativos y de salud, entre otros.
6103 OBRAS DE CONSTRUCCION DE INGENIERIA CIVIL. Asignaciones destinadas a la
contratación de obras de ingeniería civil, como son las construcciones de:
carreteras, calles, caminos, vías férreas, pistas de aterrizaje, puentes,
túneles, puertos, presas y obras hidráulicas; obras de tendido de tuberías de
larga distancia, líneas de comunicación y
de electricidad; instalaciones de
tuberías locales y cableado; de
construcciones para minería; construcciones
deportivas y recreativas; servicios de dragado, entre otros.
6104 ENSAMBLE Y EDIFICACION DE CONSTRUCCIONES
PREFABRICADAS. Asignaciones
destinadas a la contratación con los sectores social y privado, de obras de ensamble
y edificación de construcciones
prefabricadas de bienes inmuebles.
6105 INSTALACIONES Y OBRAS DE CONSTRUCCION
ESPECIALIZADA. Asignaciones
destinadas a la contratación de obras, tales como: instalación de pilotes,
perforación de pozos de agua, techado e impermeabilización; obra de concreto,
doblaje y edificación de acero; obra de albañilería, construcciones
especializadas para el comercio; calefacción, ventilación y aire acondicionado;
obra de plomería hidráulica y de tendido de drenaje; obras para la instalación de
gas, eléctrica y de aislamiento, obras de construcción de
enrejados y pasamanos, entre otros. Incluye las instalaciones de maquinaria y equipo
especializado, cuando su costo sea superior al de adquisición de los bienes que se adhieran a los
inmuebles.
6106 OBRAS DE TERMINACION Y ACABADO DE
EDIFICIOS. Asignaciones
destinadas a la contratación de obras, tales como: instalación de ventanas de
vidrio, enyesado y pintado;
embaldosado y colocación de pisos; colocación de azulejos o tapizado de
paredes; obras de madera o metal y carpintería; decoración de interiores y
ornamentación, entre otros.
6107 SERVICIOS
RELACIONADOS CON OBRAS PUBLICAS. Asignaciones destinadas a la contratación de
servicios relacionados con la obra
pública, como son: diseños arquitectónicos, artísticos y de ingeniería
industrial y electromecánica; estudios técnicos, ecológicos y de impacto
ambiental; estudios técnicos de agronomía y desarrollo pecuario; mecánica de
suelos; estudios de hidrología, topografía, geología, geotecnia, geofísica y
geotermia; aerofotogrametría, oceanografía
y meteorología; estudios de ingeniería de tránsito; de tenencia de la tierra y de restitución de la eficiencia de las instalaciones; control
de calidad, resistencia de materiales y radiografías industriales; trabajos de
organización, informática y sistemas; supervisión de obras; arrendamientos
relacionados con equipos para la construcción o demolición de edificios u obras
de ingeniería civil, estudios de preinversión y demás servicios relacionados
con las obras públicas.
6108 MANTENIMIENTO Y REHABILITACION DE OBRAS
PUBLICAS. Asignaciones
destinadas a la conservación y mantenimiento, rehabilitación, remozamiento y
ampliación de los bienes inmuebles de la Nación, al cuidado o bajo la
administración de las dependencias y entidades, tales como: escuelas,
hospitales, carreteras, puentes, redes de infraestructura eléctrica, de agua y
drenaje, entre otros.
6200 OBRAS PUBLICAS POR
ADMINISTRACIÓN.- Este
concepto no contiene partidas y sólo es enunciativo. Las erogaciones para obras
públicas por administración directa, incluidos los estudios de preinversión
bajo la modalidad de administración directa, se ejercen conforme a los
presupuestos aprobados de las dependencias y entidades, con cargo a las
partidas específicas contenidas en los conceptos de los capítulos 1000
Servicios Personales, 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales y
en su caso, 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, cuando los bienes muebles,
mercancías y servicios se incorporen a la obra pública.
7000 INVERSION FINANCIERA, PROVISIONES
ECONOMICAS, AYUDAS, OTRAS
EROGACIONES, Y PENSIONES, JUBILACIONES Y OTRAS
Este capítulo comprende los conceptos:
7100 OTORGAMIENTO DE CREDITOS. Asignaciones del Gobierno
Federal destinadas al otorgamiento de créditos en forma directa o a través de
fondos y fideicomisos a favor de los sectores social y privado, o de las
entidades federativas y municipios, para el financiamiento de obras o de
actividades agropecuarias, industriales, del sector comercio y otros servicios,
y demás actividades productivas, de acuerdo a las políticas, normas y
disposiciones aplicables.
7200 ADQUISICION DE VALORES. Asignaciones del Gobierno
Federal destinadas a la adquisición de todo tipo de valores, en forma directa o
a través de fondos y fideicomisos a favor de Estados, Municipios y el Distrito
Federal; los sectores social y privado, y las entidades, de acuerdo a las
políticas y normas establecidas al respecto. En la adquisición de valores en forma
directa, el Gobierno Federal puede adquirir calidad y derecho de copropietario
de la sociedad o empresa de que se trate o exclusivamente la de comprador y no
de socio.
7300 EROGACIONES CONTINGENTES. Agrupa las previsiones de
recursos que se aprueban por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión,
conforme a lo establecido en la fracción IV, párrafo tercero, del artículo 74
Constitucional.
7400 PROVISIONES PARA EROGACIONES ESPECIALES. Provisiones de recursos
destinadas a cubrir erogaciones para nuevos programas o proyectos no
considerados de origen en el Presupuesto de Egresos, o para complementar los
programas ya existentes de las dependencias y entidades.
7500 EROGACIONES PARA APOYAR A LOS SECTORES
SOCIAL Y PRIVADO EN ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE AYUDA
EXTRAORDINARIA. Asignaciones
destinadas a cubrir los gastos de ayuda extraordinaria en casos de viudez,
orfandad, maternidad, matrimonio; gastos de funeral, pagas de defunción; para
reos y sus familiares, así como para casos extraordinarios de personas que por
su condición de necesidad y mérito en la sociedad se justifique reciban ayuda,
distintas de las prestaciones laborales de los servidores públicos y de los subsidios
para la población; premios, recompensas; gastos de traslado de personas como
son los alumnos en viajes de práctica o de estudios, los gastos destinados al
montaje de espectáculos culturales y la organización de eventos deportivos.
Este concepto únicamente será aplicable cuando no sea posible desagregar los
gastos por partida que identifique los bienes y servicios en forma específica
conforme a las demás partidas de este Clasificador.
7600 OTRAS EROGACIONES. Registra las erogaciones que los
organismos descentralizados, empresas de participación estatal y demás entidades, destinan al otorgamiento de toda
clase de préstamos al personal, sindicatos o a otras entidades públicas o
privadas y demás erogaciones recuperables como las destinadas a la compra de
mercancías diversas para su comercialización en establecimientos como son las
tiendas y farmacias del ISSSTE, y las erogaciones que realizan las entidades
por cuenta de terceros; así como se incluyen las erogaciones para el pago de
utilidades en las entidades de participación estatal en los términos de las
disposiciones generales aplicables.
7700 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES. Asignaciones para el pago a
pensionistas y jubilados, que cubren los Institutos de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado, Mexicano del Seguro Social, y de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, conforme al régimen de seguridad
social establecido por disposición legal, y los pagos adicionales que por
dichos conceptos realizan las entidades, conforme a compromisos contractuales
distintos a los previstos en régimen de ley, así como los pagos de sumas
aseguradas y las prestaciones económicas distintas de pensiones y jubilaciones.
7100
OTORGAMIENTO DE CREDITOS
Este concepto comprende las partidas:
7101 CREDITOS DIRECTOS PARA ACTIVIDADES
PRODUCTIVAS. Asignaciones
del Gobierno Federal destinadas a otorgar créditos directos a los Estados,
Municipios y el Distrito Federal; los sectores social y privado, y las entidades,
para la adquisición de toda clase de
bienes muebles e inmuebles, así como
para la construcción y reconstrucción de obras e instalaciones, cuando se
apliquen en actividades productivas.
7102 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTO DE OBRAS. Asignaciones del Gobierno Federal destinadas al
otorgamiento de créditos a través de fondos y fideicomisos, para la realización
y reconstrucción de obras públicas.
7103 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS
AGROPECUARIOS. Asignaciones
del Gobierno Federal destinadas al otorgamiento de créditos a través de fondos
y fideicomisos, para la realización de actividades productivas agropecuarias,
forestales y pesqueras.
7104 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS
INDUSTRIALES. Asignaciones
del Gobierno Federal destinadas al otorgamiento de créditos a través de fondos
y fideicomisos, para la realización de actividades productivas industriales en
general.
7105 FIDEICOMISOS PARA FINANCIAMIENTOS AL
COMERCIO Y OTROS SERVICIOS. Asignaciones del Gobierno
Federal destinadas al otorgamiento de créditos a través de fondos y
fideicomisos, para la realización de actividades comerciales y de otros
servicios.
7200
ADQUISICION DE VALORES
Este concepto comprende las partidas:
7201 FIDEICOMISOS PARA ADQUISICION DE TITULOS DE
CREDITO. Asignaciones que
el Gobierno Federal destina a través de fondos y fideicomisos, a la adquisición
de acciones, bonos, obligaciones, certificados
y en general de toda clase de títulos de crédito que emitan
instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas
o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos.
7202
ADQUISICION DE ACCIONES. Asignaciones que el Gobierno
Federal destina en forma directa a la adquisición de acciones emitidas por
instituciones públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas
o corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos.
7203 ADQUISICION DE BONOS. Asignaciones que el Gobierno
Federal destina en forma directa a la adquisición de bonos emitidos por
instituciones públicas federales, estatales
y municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto
nacionales como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
7204 ADQUISICION DE OBLIGACIONES. Asignaciones que el Gobierno Federal
destina en forma directa a la adquisición de
obligaciones emitidas por instituciones
públicas federales, estatales y municipales; sociedades anónimas o
corporaciones privadas, tanto nacionales como extranjeras, autorizadas para
emitirlos.
7205 ADQUISICION DE OTROS VALORES. Asignaciones que el Gobierno
Federal destina en forma directa a la adquisición de cualquier otro tipo de
valores crediticios no comprendidos en las partidas precedentes de este
concepto, emitidos por instituciones públicas federales, estatales y
municipales; sociedades anónimas o corporaciones privadas, tanto nacionales
como extranjeras, autorizadas para emitirlos.
7206 ADQUISICION DE ACCIONES DE ORGANISMOS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir los importes
correspondientes a la participación del
Gobierno Mexicano en el capital
social de organismos internacionales, dedicados al apoyo de la integración
económica de regiones internacionales, mediante el financiamiento de proyectos
de desarrollo. La participación de México se realiza de acuerdo con tratados o convenios de adhesión con la
autorización del Congreso de la Unión.
Los recursos destinados a suscribir este tipo de acciones,
por sus características generalmente no reportan intereses a favor de México y
el capital puede ser susceptible o no de recuperación.
7300
EROGACIONES CONTINGENTES
Este concepto comprende la partida:
7301 EROGACIONES CONTINGENTES. Asignaciones de recursos que se
aprueban por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, conforme a lo establecido
en la fracción IV, párrafo tercero, del artículo 74
Constitucional.
7400 PROVISIONES
PARA EROGACIONES ESPECIALES
Este concepto no contiene partidas. La asignación
presupuestaria de este concepto se considerará como transitoria en tanto se
distribuye su monto entre las partidas específicas necesarias para los
programas, por lo que su asignación se afectará una vez ubicada en las partidas
correspondientes, según la naturaleza de las erogaciones y previa
aprobación de la Secretaría, para su ejercicio dentro de la fecha comprendida
entre el 1o. y el 31 de diciembre de cada año, de acuerdo con los
lineamientos específicos que dicte la Secretaría.
7500 EROGACIONES PARA
APOYAR A LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO EN
ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE AYUDA EXTRAORDINARIA
7501 GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES
CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE AYUDA EXTRAORDINARIA. Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de ayuda
extraordinaria que realizan las dependencias y entidades para casos de viudez,
orfandad, maternidad, matrimonio; para reos y sus familiares, así como para
casos extraordinarios de personas que por su condición de necesidad y mérito en
la sociedad se justifique reciban ayuda social, distintas de las prestaciones
laborales de los servidores públicos y de los subsidios para la población; así
como la celebración de eventos culturales y deportivos, tales como: conciertos,
exposiciones, festivales escolares, torneos, entre otros. Esta partida
únicamente será aplicable cuando no sea posible desagregar los gastos por
partida que identifique los bienes y servicios en forma específica conforme a
las demás partidas de este Clasificador.
7502 GASTOS POR SERVICIOS DE TRASLADO DE PERSONAS. Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de traslado de enfermos, extranjeros, reos,
heridos y cadáveres, gastos de repatriación de mexicanos radicados en el
extranjero. Incluye los pasajes de alumnos de escuelas federales en
prácticas, exploraciones y excursiones con fines de estudio o de carácter
científico, así como los diversos gastos para apoyar a los becarios,
investigadores o expositores que participan en ponencias, congresos o cursos de
capacitación. Excluye el pago de honorarios previstos en la partida 3305
Capacitación, y los gastos de traslado de los servidores públicos de las
dependencias y entidades, previsto en el concepto 3800 Servicios oficiales.
7503 FUNERALES. Asignaciones destinadas a cubrir gastos de sepelio u
honores póstumos a quienes por sus méritos o servicios se considere conveniente
tributar; gastos de inhumación de los alumnos internos en las escuelas de la
federación y, en los casos de que los cuerpos no sean reclamados, de los
militares que fallezcan en prisión cumpliendo sentencia condenatoria.
7504 PREMIOS, RECOMPENSAS, PENSIONES DE GRACIA Y
PENSION RECREATIVA ESTUDIANTIL.
Asignaciones destinadas al otorgamiento de premios y recompensas civiles por
certámenes que organicen o patrocinen las dependencias y entidades, así como
las pensiones civiles o de gracia que se otorgan a personas por sus méritos o
aportaciones en beneficio del país. Incluye los gastos personales de alumnos
internos en las escuelas federales y de miembros del Ejército y la Armada, de
acuerdo con los reglamentos respectivos.
7505 DONATIVOS A INSTITUCIONES SIN FINES DE
LUCRO. Asignaciones
destinadas a instituciones privadas que desarrollen actividades sociales, culturales,
de beneficencia o sanitarias sin fines de lucro, para la continuación de su
labor social. Incluye las asignaciones en dinero o en especie destinadas a
instituciones, tales como: escuelas,
institutos, universidades, centros de investigación, hospitales, museos,
fundaciones, entre otros.
7506 DONATIVOS A ENTIDADES FEDERATIVAS. Asignaciones que las
dependencias y entidades otorgan como donativos o donaciones de la Federación,
en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables,
por concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de las
entidades federativas para contribuir a la consecución de objetivos de beneficio
social y cultural.
7507 DONATIVOS A FIDEICOMISOS PUBLICOS Y
PRIVADOS. Asignaciones
que las dependencias y entidades otorgan como donativos o donaciones de la
Federación, en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás
disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y donaciones en
especie a favor de fideicomisos públicos o privados que desarrollen actividades
administrativas, sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias, para la
continuación de su labor social.
7508 DONATIVOS INTERNACIONALES. Asignaciones que las dependencias
y entidades otorgan como donativos o donaciones de la Federación, en los
términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por
concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de
instituciones internacionales gubernamentales o privadas sin fines de lucro que
contribuyan a la consecución de objetivos de beneficio social y cultural.
7509 INDEMNIZACIONES POR
EXPROPIACION DE PREDIOS. Asignaciones destinadas a cubrir las indemnizaciones
por concepto de la expropiación de predios, terrenos o bienes inmuebles, que realiza
el Gobierno con fines de interés público. Esta partida sólo se afectará por
resolución judicial o de autoridad competente. Las erogaciones que se realicen
bajo este rubro de gasto no deben implicar modificaciones a los activos fijos
de la dependencia que realice la erogación. (26-12-00).
7600
OTRAS EROGACIONES
Este concepto no contiene previsiones de origen en el
presupuesto de las entidades, sino que corresponde con operaciones compensadas
de flujo de caja que éstas realizan durante el ejercicio o, en su caso,
erogaciones para el pago de utilidades que sí afectan el flujo de efectivo. Este concepto comprende las
partidas:
7601 EROGACIONES POR CUENTA DE TERCEROS. Asignaciones que los organismos
descentralizados, empresas de participación estatal y demás entidades, destinan
para realizar todas aquellas erogaciones por cuenta de terceros, cuyo registro
se debe reflejar en sus flujos de efectivo.
7602 EROGACIONES RECUPERABLES. Asignaciones destinadas por los
organismos descentralizados, empresas de participación estatal, y demás
entidades, a otorgar toda clase de préstamos en efectivo al personal,
sindicatos o a otras entidades públicas o privadas, y demás erogaciones
recuperables distintas de las erogaciones previstas en los conceptos 7100
Otorgamiento de créditos y 7200 Adquisición de valores.
7603 EROGACIONES POR PAGO DE UTILIDADES. Asignaciones destinadas por las
empresas de participación estatal al pago de utilidades, en los términos de la
Ley Federal de Entidades Paraestatales.
7700 PAGO DE PENSIONES Y
JUBILACIONES
Este concepto comprende las partidas:
7701 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES. Asignaciones destinadas a cubrir los pagos a pensionistas y
jubilados, de las dependencias y entidades, que cubren los Institutos de Seguridad
y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Mexicano del Seguro
Social, de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, entre otros,
conforme al régimen de seguridad social establecido por disposición legal.
7702 PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES
CONTRACTUALES. Asignaciones
destinadas a cubrir los pagos a pensionistas y jubilados de las entidades,
conforme a las condiciones generales de trabajo previstas en los contratos
colectivos, distintos a los previstos en régimen de ley.
7703 PAGO DE SUMAS ASEGURADAS. Asignaciones destinadas a complementar la integración del monto
constitutivo para la adquisición de las rentas vitalicias y de los seguros de
sobrevivencia que establecen las disposiciones generales en materia de
seguridad social.
7704 PRESTACIONES ECONOMICAS DISTINTAS DE
PENSIONES Y JUBILACIONES.
Asignaciones destinadas a cubrir a la
población derechohabiente de los institutos de seguridad social las
prestaciones que establecen sus propias Leyes, tales como: pago de
incapacidades por enfermedad general, por maternidad y por riesgos de trabajo;
ayudas de matrimonio y de funeral, así como pago de indemnizaciones.
8000 PARTICIPACIONES DE INGRESOS,
APORTACIONES FEDERALES Y GASTO REASIGNADO
Este capítulo comprende los conceptos:
8100 FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES. Asignaciones de recursos
previstos en el Presupuesto de Egresos por concepto de las estimaciones de
participaciones en los ingresos federales que conforme a la Ley de Coordinación
Fiscal correspondan a las haciendas públicas de los Estados, Municipios y
Distrito Federal.
8200 FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL. Asignaciones que prevén
estimaciones por el porcentaje del importe total que se distribuye entre las
Entidades Federativas y de la parte correspondiente en materia de derechos.
8300 OTROS CONCEPTOS PARTICIPABLES. Asignaciones destinadas a
compensar los montos correspondientes en los fondos previstos en las demás
partidas del concepto 8100 Fondo general de participaciones, que conforme a la
fórmula establecida se estima deben recibir las entidades federativas por
concepto de recaudación federal participable. Incluye las asignaciones cuya
participación total en los fondos general de participaciones y de fomento
municipal no alcance el crecimiento esperado en la recaudación federal
participable; las asignaciones a las entidades federativas que resulten
afectadas por el cambio en la fórmula de participaciones, y aquéllas destinadas
a cubrir el porcentaje de las participaciones derivado de la recaudación del impuesto
especial de producción y servicios.
8400 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS. Asignaciones
destinadas a cubrir las aportaciones federales para educación básica y normal,
los servicios de salud, infraestructura social, el fortalecimiento municipal,
el otorgamiento de las aportaciones múltiples, educación tecnológica y de
adultos, y seguridad pública y, en su caso otras, a que se refiere la Ley de
Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito Federal.
8500 GASTO FEDERAL REASIGNADO A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS. Asignaciones
destinadas a cubrir el gasto reasignado que el Gobierno Federal destina a las
entidades federativas a través de convenios de reasignación, para transferir
responsabilidades y recursos presupuestarios. Este concepto puede prever
estimaciones de origen en el Presupuesto de Egresos por monto global o
desagregado por entidad federativa o, en su caso, asignarse durante el
ejercicio fiscal una vez que se identifiquen los recursos en los presupuestos
específicos de las dependencias y entidades, y se celebren los respectivos
convenios de reasignación.
8100 FONDO GENERAL DE
PARTICIPACIONES
Este concepto comprende las partidas:
8101 AGUASCALIENTES.
8102 BAJA CALIFORNIA.
8103 BAJA CALIFORNIA SUR.
8104 CAMPECHE.
8105 COAHUILA.
8106 COLIMA.
8107 CHIAPAS.
8108 CHIHUAHUA.
8109 DISTRITO FEDERAL.
8110 DURANGO.
8111 GUANAJUATO.
8112 GUERRERO.
8113 HIDALGO.
8114 JALISCO.
8115 MEXICO.
8116 MICHOACAN.
8117 MORELOS.
8118 NAYARIT.
8119 NUEVO LEON.
8120 OAXACA.
8121 PUEBLA.
8122 QUERETARO.
8123 QUINTANA ROO.
8124 SAN LUIS POTOSI.
8125 SINALOA.
8126 SONORA.
8127 TABASCO.
8128 TAMAULIPAS.
8129 TLAXCALA.
8130 VERACRUZ.
8131 YUCATAN.
8132 ZACATECAS.
8200 FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL
Este concepto comprende las partidas:
8201 AGUASCALIENTES.
8202 BAJA CALIFORNIA.
8203 BAJA CALIFORNIA SUR.
8204 CAMPECHE.
8205 COAHUILA.
8206 COLIMA.
8207 CHIAPAS.
8208 CHIHUAHUA.
8209 DISTRITO FEDERAL.
8210 DURANGO.
8211 GUANAJUATO.
8212 GUERRERO.
8213 HIDALGO.
8214 JALISCO.
8215 MEXICO.
8216 MICHOACAN.
8217 MORELOS.
8218 NAYARIT.
8219 NUEVO LEON.
8220 OAXACA.
8221 PUEBLA.
8222 QUERETARO.
8223 QUINTANA ROO.
8224 SAN LUIS POTOSI.
8225 SINALOA.
8226 SONORA.
8227 TABASCO.
8228 TAMAULIPAS.
8229 TLAXCALA.
8230 VERACRUZ.
8231 YUCATAN.
8232 ZACATECAS.
8300 OTROS CONCEPTOS
PARTICIPABLES
Este concepto comprende las partidas:
8301 AGUASCALIENTES.
8302 BAJA CALIFORNIA.
8303 BAJA CALIFORNIA SUR.
8304 CAMPECHE.
8305 COAHUILA.
8306 COLIMA.
8307 CHIAPAS.
8308 CHIHUAHUA.
8309 DISTRITO FEDERAL.
8310 DURANGO.
8311 GUANAJUATO.
8312 GUERRERO.
8313 HIDALGO.
8314 JALISCO.
8315 MEXICO.
8316 MICHOACAN.
8317 MORELOS.
8318 NAYARIT.
8319 NUEVO LEON.
8320 OAXACA.
8321 PUEBLA.
8322 QUERETARO.
8323 QUINTANA ROO.
8324 SAN LUIS POTOSI.
8325 SINALOA.
8326 SONORA.
8327 TABASCO.
8328 TAMAULIPAS.
8329 TLAXCALA.
8330 VERACRUZ.
8331 YUCATAN.
8332 ZACATECAS.
8400 APORTACIONES FEDERALES A LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
Este concepto comprende las partidas:
8401 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA SERVICIOS PERSONALES. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales
por concepto de remuneraciones a servicios personales derivadas del Fondo de
Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de Aportaciones para los Servicios
de Salud y, en su caso, entre otras, a que se refiere la Ley de Coordinación
Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito Federal.
8402 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA SEGURIDAD
SOCIAL. Asignaciones
destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de seguridad social
derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de
Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, y Fondo de
Aportaciones para los Servicios de Salud y, en su caso otras, a que se refiere
la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios y Distrito
Federal.
8403 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA GASTOS DE OPERACION. Asignaciones destinadas a cubrir las
aportaciones federales por concepto de gasto de operación derivadas del Fondo
de Aportaciones para la Educación Básica y Normal; Fondo de Aportaciones
Múltiples; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos;
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud; Fondo de Aportaciones para
el Fortalecimiento de los Municipios, y Fondo de Aportaciones para la Seguridad
Pública de los Estados y del Distrito Federal y, en su caso otras, a que se
refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios y
Distrito Federal.
8404 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA GASTOS
DE INVERSION. Asignaciones
destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de gasto de
inversión derivadas del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal; Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos; Fondo
de Aportaciones Múltiples; Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; Fondo de Aportaciones
para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y, en su caso otras, a
que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal a favor de los Estados, Municipios
y Distrito Federal.
8405 APORTACIONES FEDERALES A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS. Asignaciones por concepto de
aportaciones federales, cuyo monto por entidad federativa no fue posible determinar
durante el proceso de presupuesto. La asignación presupuestaria de esta partida
se considerará como transitoria en tanto se distribuye su monto entre las
partidas 8401 Aportaciones federales a las entidades federativas y municipios
para servicios personales a la 8404 Aportaciones federales a las entidades
federativas y municipios para gastos
de inversión, según corresponda, conforme a los fondos aprobados a que se
refiere la Ley de Coordinación Fiscal.
8406 APORTACIONES
FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA INCREMENTOS A LAS
PERCEPCIONES. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por
concepto de las medidas de incremento en percepciones que se aprueben en el
Presupuesto de Egresos a favor de los Estados y Municipios y Distrito Federal a
través de los fondos de aportaciones a que se refiere (SIC) Ley de Coordinación
Fiscal. (26-12-00).
8407 APORTACIONES
FEDERALES A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA CREACION DE PLAZAS.
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por concepto de
creación de plazas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos a favor de los
Estados y Municipios y Distrito Federal a través de los fondos de aportaciones
a que se refiere (SIC) Ley de Coordinación Fiscal. (26-12-00).
8408 APORTACIONES FEDERALES A
LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA OTRAS MEDIDAS DE CARACTER LABORAL Y
ECONOMICAS. Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones federales por
concepto de las demás medidas salariales y económicas que se aprueben en el
Presupuesto de Egresos a favor de los Estados y Municipios y Distrito Federal a
través de los fondos de aportaciones a que se refiere (SIC) Ley de Coordinación
Fiscal. (26-12-00).
8500 GASTO FEDERAL REASIGNADO A
LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
Este concepto comprende las partidas:
8501 AGUASCALIENTES.
8502 BAJA CALIFORNIA.
8503 BAJA CALIFORNIA SUR.
8504 CAMPECHE.
8505 COAHUILA.
8506 COLIMA.
8507 CHIAPAS.
8508 CHIHUAHUA.
8509 DISTRITO FEDERAL.
8510 DURANGO.
8511 GUANAJUATO.
8512 GUERRERO.
8513 HIDALGO.
8514 JALISCO.
8515 MEXICO.
8516 MICHOACAN.
8517 MORELOS.
8518 NAYARIT.
8519 NUEVO LEON.
8520 OAXACA.
8521 PUEBLA.
8522 QUERETARO.
8523 QUINTANA ROO.
8524 SAN LUIS POTOSI.
8525 SINALOA.
8526 SONORA.
8527 TABASCO.
8528 TAMAULIPAS.
8529 TLAXCALA.
8530 VERACRUZ.
8531 YUCATAN.
8532 ZACATECAS.
8533 GASTO FEDERAL REASIGNADO A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS. Asignaciones
por concepto de gasto reasignado, cuyo monto por entidad federativa no fue posible
determinar durante el proceso de presupuesto. La asignación presupuestaria de
esta partida se considerará como transitoria, por lo que no se podrá ejercer
con cargo a la misma, y para su ejercicio se deberá distribuir entre las
partidas 8501 Aguascalientes a la 8532 Zacatecas, según corresponda, conforme a
los respectivos convenios de reasignación y al Presupuesto de Egresos.
9000 DEUDA
PUBLICA, PASIVO CIRCULANTE Y OTROS
Este capítulo comprende los conceptos:
9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA. Asignaciones destinadas a cubrir el pago del
principal, derivado de los diversos créditos o financiamientos autorizados o
ratificados por el Congreso de la Unión, colocados a plazo en instituciones nacionales y extranjeras,
privadas y mixtas, de crédito y otros acreditantes, pagaderos en el interior y
exterior del país, tanto en moneda nacional como extranjera. Incluye las
amortizaciones para proyectos de infraestructura de largo plazo en el caso de
las entidades.
9200 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago de intereses derivados de los diversos créditos o financiamientos
autorizados o ratificados por el Congreso de la Unión, colocados a plazo en
instituciones nacionales y extranjeras, privadas y mixtas, de crédito y otros
acreditantes, pagaderos en el interior y exterior del país, tanto en moneda
nacional como extranjera. Incluye el pago de intereses para proyectos de
infraestructura de largo plazo en el caso de las entidades.
9300 COMISIONES DE LA DEUDA PUBLICA. Asignaciones destinadas a cubrir
las comisiones derivadas de los diversos créditos o financiamientos autorizados
o ratificados por el Congreso de la Unión, pagaderos en el interior y exterior
del país, tanto en moneda nacional como extranjera.
9400 GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA. Asignaciones destinadas a cubrir los gastos derivados de los
diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el Congreso
de la Unión, pagaderos en el interior y exterior del país, tanto en moneda
nacional como extranjera.
9500 COSTO POR COBERTURAS. Asignaciones destinadas a cubrir
los importes generados por las variaciones en el tipo de cambio o en las tasas
de interés en el cumplimiento de las obligaciones de deuda interna o externa,
así como la contratación de instrumentos financieros denominados como futuros o
derivados.
9600 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
(ADEFAS). Agrupa las
asignaciones destinadas a cubrir el gasto devengado pendiente de liquidar al
cierre de cada ejercicio fiscal, o pasivo circulante a que se refiere el artículo 28
de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. El registro en
las dependencias y órganos administrativos desconcentrados se realizará en el
Ramo General 30 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores, conforme a los
reportes de pasivo circulante requeridos por la Secretaría.
9700 APOYOS FINANCIEROS. Agrupa las asignaciones
destinadas a apoyar el saneamiento del sistema financiero nacional, incluidos
los apoyos a los ahorradores y deudores de la banca.
9100
AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA
Este concepto comprende las partidas:
9101 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CREDITO.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago
del principal derivado de los créditos contraídos en moneda nacional con
instituciones de crédito establecidas en el territorio nacional.
9102 AMORTIZACION DE LA DEUDA POR EMISION DE
VALORES GUBERNAMENTALES.
Asignaciones para el pago del principal derivado de la colocación de valores
por el Gobierno Federal, en territorio nacional.
9103 AMORTIZACION DERIVADA DE PROYECTOS DE
INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA DE LARGO PLAZO. Asignaciones para entidades destinadas al pago del principal en cumplimiento de obligaciones
contractuales bajo la modalidad de proyectos de infraestructura productiva de
largo plazo.
9104 AMORTIZACION DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
NACIONALES. Asignaciones
para la amortización de financiamientos contraídos con arrendadoras nacionales
o en el que su pago esté convenido en moneda nacional.
9105 AMORTIZACION DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
ESPECIALES. Asignaciones
para la amortización de financiamientos contraídos con arrendadoras en la
modalidad de arrendamientos financieros especiales (BLT o BOT), entre otras
figuras análogas.
9106 AMORTIZACION DE LA DEUDA EXTERNA CON
INSTITUCIONES DE CREDITO. Asignaciones destinadas a cubrir
el pago del principal, derivado de los créditos
contraídos en moneda extranjera con
bancos establecidos fuera del territorio nacional.
9107 AMORTIZACION DE DEUDA CON ORGANISMOS
FINANCIEROS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el pago del principal de los financiamientos
contratados con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el Banco
Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
9108 AMORTIZACION DE LA DEUDA BILATERAL. Asignaciones para el pago del
principal derivado de los financiamientos otorgados por Gobiernos Extranjeros a
través de sus instituciones de crédito.
9109 AMORTIZACION DE LA DEUDA EXTERNA POR BONOS. Asignaciones para el pago del
principal derivado de la colocación
de bonos mexicanos en los mercados extranjeros.
9110 AMORTIZACION DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones para la amortización de financiamientos contraídos con
arrendadoras extranjeras en el que su pago esté convenido en moneda extranjera.
9200 INTERESES
DE LA DEUDA PUBLICA
Este concepto comprende las partidas:
9201 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON
INSTITUCIONES DE CREDITO.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivados de los créditos
contratados con instituciones de crédito nacionales.
9202 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACION DE
VALORES GUBERNAMENTALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de valores
gubernamentales colocados en territorio nacional.
9203 INTERESES DERIVADOS DE PROYECTOS DE
INFRAESTRUCTURA
PRODUCTIVA DE LARGO PLAZO.
Asignaciones para entidades destinadas al pago
de intereses derivado de la contratación bajo la modalidad de proyectos
de infraestructura productiva de largo plazo.
9204 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS NACIONALES. Asignaciones destinadas al
pago de intereses derivado de la contratación de arrendamientos
financieros nacionales.
9205 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
ESPECIALES. Asignaciones
para el pago de intereses derivado de financiamientos contraídos con
arrendadoras en la modalidad de arrendamientos financieros especiales (BLT o
BOT), entre otras figuras análogas.
9206 INTERESES DE LA DEUDA EXTERNA CON
INSTITUCIONES DE CREDITO.
Asignaciones destinadas al pago de intereses derivados de créditos contratados
con la banca comercial externa.
9207 INTERESES DE LA DEUDA CON ORGANISMOS
FINANCIEROS INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de
financiamientos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el
Banco Interamericano de Desarrollo y otras instituciones análogas.
9208 INTERESES DE LA DEUDA BILATERAL. Asignaciones destinadas al pago de intereses por la contratación de financiamientos
otorgados por Gobiernos Extranjeros, a través de sus instituciones de crédito.
9209 INTERESES DERIVADOS DE LA COLOCACION
EXTERNA DE BONOS.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por la colocación de bonos
mexicanos en los mercados extranjeros.
9210 INTERESES POR ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS
INTERNACIONALES.
Asignaciones destinadas al pago de intereses por concepto de arrendamientos
financieros contratados con arrendadoras extranjeras en el que su pago esté
establecido en moneda extranjera.
9300 COMISIONES
DE LA DEUDA PUBLICA
Este concepto comprende las partidas:
9301 COMISIONES DE LA DEUDA INTERNA. Asignaciones destinadas al pago
de obligaciones derivadas del servicio de la deuda contratada en territorio
nacional.
9302 COMISIONES DE LA DEUDA EXTERNA. Asignaciones destinadas al pago
de obligaciones derivadas del servicio de la deuda contratada fuera del
territorio nacional.
9400 GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA
Este concepto comprende las partidas:
9401 GASTOS DE LA DEUDA INTERNA. Asignaciones destinadas al pago de gastos de la deuda pública
interna, tales como: erogaciones
derivadas del manejo de cuentas, papelería, fax, y otros servicios similares.
9402 GASTOS DE LA DEUDA EXTERNA. Asignaciones destinadas al pago
de gastos incurridos por manejo de cuentas para el pago de la deuda pública
externa.
9500 COSTO POR COBERTURAS
Este concepto comprende las partidas:
9501 COSTO POR COBERTURA EN TASAS DE INTERES. Asignaciones destinadas al pago de los importes derivados de las variaciones en las tasas de interés con que se cubren los
compromisos de la deuda pública. Este
tipo de coberturas se efectúa con base en las operaciones realizadas en los
mercados de futuros.
9502 COSTO POR COBERTURA EN MONEDA EXTRANJERA. Asignaciones destinadas al pago
de los importes derivados por las variaciones en el tipo de cambio de las divisas con que se pagan los
compromisos de la deuda pública.
9503 COSTO POR COBERTURAS PETROLERAS. Asignaciones destinadas a las erogaciones por concepto del programa de coberturas
petroleras que se realicen mediante los instrumentos financieros denominados
como futuros o derivados.
9504 COSTO POR OTRAS COBERTURAS. Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones derivadas de la contratación de otras
coberturas mediante los instrumentos financieros denominados como futuros o
derivados, como las comprendidas en el programa de coberturas de productos
agropecuarios, entre otras.
9600 ADEUDOS DE EJERCICIOS
FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)
Este concepto comprende la partida:
9601 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES. Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones de las dependencias y entidades,
devengadas y pendientes de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior,
derivado de la contratación de bienes y servicios requeridos en el desempeño de
sus funciones, para los cuales existió asignación presupuestal con saldo
disponible al cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron.
9700 APOYOS FINANCIEROS
Este concepto comprende las partidas:
9701 APOYOS A INTERMEDIARIOS FINANCIEROS. Asignaciones que otorga el
Gobierno Federal para cubrir compromisos derivados de programas de apoyo y
saneamiento del sistema financiero nacional.
9702 APOYOS A AHORRADORES Y DEUDORES DE LA
BANCA. Asignaciones
que otorga el Gobierno Federal, destinadas a cubrir compromisos por la
aplicación de programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca.
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Se abroga el Acuerdo por el que se expide la Clasificación
por Objeto del Gasto, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de septiembre de 1995; el Oficio Circular
número 801.1.0132 emitido por el C. Subsecretario de Egresos el 16 de febrero
de 2000; así como se derogan las disposiciones administrativas que se opongan
al presente Acuerdo y todos aquellos conceptos y partidas creados con
anterioridad y que no se encuentren expresamente previstos en este Acuerdo,
conforme a lo siguiente:
I. Para efectos del registro de las
operaciones presupuestarias correspondientes al Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2000, continuará aplicándose lo dispuesto
en el “Oficio Circular relativo a la Clasificación por Objeto del Gasto que
deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal para la Formulación e Integración del Proyecto del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1996”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21
de septiembre de 1995, así como lo dispuesto en el Oficio Circular número
801.1.0132 emitido por el C. Subsecretario de Egresos el 16 de febrero de 2000
y
II. Lo dispuesto en el presente
Acuerdo será aplicable para el proceso de elaboración del proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2001.
Para la integración de las partidas 1106 Asignaciones por
radicación en el extranjero y 1107 Gastos contingentes para el personal
radicado en el extranjero, durante el proceso de programación e integración del
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de
2001, se considerarán las correspondientes presiones de gasto por posibles
variaciones en el tipo de cambio, en su caso, dentro del concepto 1800
Previsiones para servicios personales, previa aprobación de la Unidad de
Servicio Civil de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las dependencias y entidades deberán actualizar sus sistemas
internos conforme a la estructura del Clasificador, a más tardar el 31 de
diciembre de 2000, salvo cuando se trate de erogaciones de las entidades que no
correspondan con la definición genérica de los capítulos, conceptos y partidas
contenidos en este Clasificador, caso en el cual transitoriamente podrán
incluir las subpartidas necesarias dentro de la partida que más se apegue a las
características de dichas erogaciones, debiendo formalizar dichas subpartidas,
en su caso, como conceptos o partidas, durante el ejercicio fiscal 2001, en los
términos de la fracción II del artículo
5 del presente Acuerdo.
Los bienes y servicios que se adquieran con cargo a las
partidas de gasto contenidas en este Clasificador, se identificarán para
efectos del registro de los inventarios conforme a las normas específicas y el
Catálogo de Adquisiciones, Bienes Muebles y Servicios (CABMS) que al efecto
establezca la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. El CABMS
se actualizará conforme a la estructura del Clasificador dentro del plazo que
establezca dicha Secretaría, una vez que éste se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los nueve
días del mes de octubre de dos mil.- El Secretario de Hacienda y Crédito
Público, José Angel Gurría Treviño.- Rúbrica.
Publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2000.
Reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el
23 de noviembre, y 26 de diciembre de 2000.