II.3.2.CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y SEGURIDAD NACIONAL

II.3.2.1.Antecedentes

 

Atribuciones

El Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 1999, señala lo siguiente:

“... Articulo 33.- El Centro de Investigación y Seguridad Nacional es un órgano administrativo desconcentrado con autonomía técnica y operativa, adscrito directamente al Secretario, que tendrá las siguientes atribuciones:

I.         Establecer y operar un sistema de investigación e información para la seguridad del país;

II.            Recabar y procesar la información generada por el sistema a que se refiere la fracción anterior, determinar su tendencia, valor, significado e interpretación específica, y formular las conclusiones que se deriven de las evaluaciones correspondientes;

III.           Realizar los estudios de carácter político, económico y social que se relacionen con sus atribuciones, y

IV.         Realizar encuestas de opinión pública sobre asuntos de interés nacional.”

 


Situación presupuestaria

A continuación  se  presenta la situación presupuestaria correspondiente a los ejercicios de 1999 y 2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

 

 

 

 

665,770

565,770

 

100,000

-

 

 

 

 

845,418

733,570

 

11,848

-

 

 

 

 

 

954,269

854,269

 

100,000

-

 

 

 

 

1,013,054

899,030

 

114,014

10

 

 

 

 

 

288,499

288,499

 

-

-

 

 

 

 

167,636

165,460

 

2,166

10

 

 

 

 

 

 

43

51

 

 -

 -

 

 

 

 

20

23

 

2

 -

 

FUENTES:         Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Cuentas de la Hacienda Publica Federal, 1999 y 2000, México, 2000     y 2001, Secretaría de Gobernación, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios.

 


 Actividades institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 06 “Gobierno”.

Subfunción 01 “Política Interior”.

Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 106 “Coordinar las Relaciones del Gobierno Federal con los Diferentes Órdenes y Niveles de Gobierno”.

Los objetivos de la actividad consistieron en coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los otros Poderes de la Unión, Gobiernos de los Estados y autoridades municipales, fortaleciendo el federalismo y procurando el cumplimiento de los preceptos constitucionales, así como promulgar leyes y decretos, vigilando su publicación en el Diario Oficial de la Federación; contribuir con las instituciones y organizaciones políticas, sociales y civiles al fortalecimiento del Sistema Democrático del país; promover la participación ciudadana en el desarrollo político de la Nación; garantizar la libertad de cultos y creencias religiosas; llevar el registro de iglesias o agrupaciones religiosas; asimismo, establecer y operar un sistema de investigación e información relacionado con la preservación de la soberanía e independencia nacionales, el mantenimiento del orden constitucional, la protección de los derechos de los habitantes y la defensa del territorio.

Las metas consistieron en dar trámite a la 31,100 solicitudes de inserción en el Diario Oficial de la Federación; coordinar actividades con las 612 organizaciones políticas, sociales y civiles, proporcionándoles asesoría para su adecuada estructuración y atender sus peticiones; y dar seguimiento a 16 procesos electorales en los estados y elaborar el diagnóstico de la situación política electoral.


Función 09 “Seguridad Social”.

Subfunción 03 “Seguros”.

Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.

El objetivo de la actividad consistió en pagar las aportaciones de la Secretaría a terceros institucionales.

Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/

 

Tipos de revisión

Con el oficio núm. OASF-F-213/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C. Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Lic. Eduardo Medina Mora, Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 

II.3.2.2.Resumen de Resultados

 

Adquisición de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones del CISEN

Con la revisión practicada se constató lo siguiente:

1.       Las cifras presentadas no coincidieron con sus auxiliares presupuestarios.

2.       Se  cuenta con manuales de organización y de procedimientos autorizados.

3.       En el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no se incluyeron 168 equipos de comunicación adquiridos.

4.       Por lo que corresponde a los procesos de adjudicación se determinó que no se justificó la procedencia de realizar una licitación pública internacional, no se dejó evidencia del análisis de las propuestas técnicas y no se elaboró el dictamen que debió servir como base para emitir el fallo correspondiente.

5.       Algunas fianzas de cumplimiento se presentaron extemporáneamente.

6.       No se aplicaron sanciones por 4.3 miles de pesos por incumplimiento en la entrega de bienes.

7.       Por las funciones que desarrolla el organismo, para identificar en el inventario algunos bienes, solicitó a la SECODAM la norma particular correspondiente.

8.           No se ha instalado la totalidad de los bienes adquiridos para poner en marcha la red primaria del Centro.

 

 

II.3.2.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

II.3.2.3.1.Adquisición de Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones del CISEN

 

Objetivo

Verificar que el presupuesto asignado en el ejercicio de 2000 al Centro de Investigación y Seguridad Nacional en la partida 5204 "Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones", se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas.

 

Criterios de Selección

Del Decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000.

La revisión se efectuó en atención a la petición expresa de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, establecida en el dictamen que sustenta al Decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, de fecha 14 de diciembre de 2001, en el cual se solicitó a la Auditoría Superior de la Federación revisar las adquisiciones de equipos y aparatos de comunicación que fueron destinados al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). Para dar cumplimiento al requerimiento de la H. Cámara de Diputados, se revisó la partida 5204 "Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" debido a que en ésta, el CISEN registró las operaciones correspondientes a las adquisiciones de equipos y aparatos de comunicación.

 

Alcance

En la partida 5204 "Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" se ejercieron 32,667.9 miles de pesos, de los cuales se revisaron 23,924.0 miles de pesos que representaron el 73.2% del total ejercido en la mencionada partida.

 

Áreas Revisadas

La revisión se llevó a cabo en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP) de la Secretaría de Gobernación (SG) y en las Subdirecciones de Recursos Financieros (SRF) y la de Recursos Materiales y Servicios Generales (SRMSG), dependientes de la Dirección de Administración y Servicios Técnicos (DAST) del CISEN (órgano administrativo desconcentrado de la SG, de conformidad con el artículo 31 del Reglamento Interior de la SG).

 

Resultado

Las cifras del presupuesto modificado se sustentaron en los oficios de afectación presupuestaria debidamente requisitados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de conformidad con el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de mayo de 2000. Asimismo, se tramitaron oportunamente ante la SHCP, de conformidad con el Oficio Circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario de 2000.

 

Resultado

El presupuesto original autorizado del CISEN en el capítulo 5000 fue de 100,000.0 miles de pesos, el cual se modificó con ampliaciones por 100,215.8 miles de pesos y reducciones por 98,121.7 miles de pesos, dando como resultado un presupuesto modificado de 102,094.1 miles de pesos, de los cuales se ejercieron 102,014.2 miles de pesos.

Al respecto, al comparar las cifras del presupuesto autorizado, modificado y ejercido del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 con las registradas por la DGPOP de la SG en el Estado del Ejercicio Presupuestario no se determinaron diferencias.

No obstante, las cifras de las ampliaciones y reducciones que la DGPOP reportó en el Estado del Ejercicio del Presupuesto no coincidieron con las registradas por el CISEN en su Estado del Ejercicio del Presupuesto, ya que en el rubro de ampliaciones por 88,215.8 miles de pesos y reducciones por 86,121.7 miles de pesos no se ve reflejado un oficio de afectación presupuestaria por 12,000.0 miles de pesos; además, la DGPOP no registró las economías resultantes del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" que le reportó oportunamente el CISEN, por lo que consideró como ejercidas economías por 31.8 miles de pesos, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Observación 

Las cifras del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" que la DGPOP reportó en el Estado del Ejercicio del Presupuesto no coincidieron con las registradas por el CISEN en su  Estado del Ejercicio del Presupuesto por las causas siguientes.

* El CISEN en su Estado del Ejercicio del Presupuesto, en el rubro de las ampliaciones y reducciones, no reflejó el oficio de afectación presupuestaria núm. 311-A-04-0145, por 12,000.0 miles de pesos, ya que éste se presentó en forma neta por tratarse de un movimiento compensado. Cabe señalar que con dicha afectación presupuestaria únicamente se cambió el calendario de gasto.

* El CISEN notificó oportunamente a la DGPOP las economías que resultaron al final del ejercicio; no obstante, éste solicitó el 28 de febrero de 2001 (dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del Sistema Integral de Información) que se efectuara una modificación en la aplicación de los importes de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) relacionadas en el Aviso de Reintegro núm. 628, por 7,302.5 miles de pesos, de fecha 5 de enero de 2001, sin que esto modificara el importe global del mismo. Sin embargo, la DGPOP no registró el movimiento en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP), lo cual ocasionó que economías por 31.8 miles de pesos del capítulo 5000 se registraran como ejercidas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Las situaciones anteriores contravinieron el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como lo establecido en el oficio Circular núm. SP/100/0309/01 del 30 de enero del 2001, emitido por la SHCP, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y el Banco de México, con el cual se dan a conocer los Lineamientos del Sistema Integral de Información.

 

Acción Promovida    

00-04I00-2-482-01-001      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que establezca los mecanismos de control que aseguren que en el Estado del Ejercicio del Presupuesto se consideren de manera individual las ampliaciones y reducciones que afecten el presupuesto del centro.

 

Acción Promovida   

00-04100-2-482-01-001      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Gobernación instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto para que establezca los mecanismos de control que garanticen que la información presupuestaria que le remita, dentro de los plazos establecidos, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional se considere en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, de conformidad con los Lineamientos del Sistema Integral de Información.

 

Resultado

Se constató que el CISEN cuenta con los manuales de organización y de procedimientos aplicables en la programación y ejecución de las adquisiciones que demanda la operación del centro debidamente autorizados, los cuales se difundieron entre sus unidades administrativas, en cumplimiento de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Resultado

En la partida 5204 "Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" se ejercieron 32,667.9 miles de pesos, de los cuales se revisaron 23,924.0 miles de pesos, que representaron el 73.2% del total.

Se revisó la Licitación Pública Internacional núm. LPI. 04100001-013-00, del 8 de junio de 2000, por 4,019.9 miles de pesos, así como cuatro adjudicaciones directas por 19,904.1 miles de pesos, con los siguientes resultados.

Se comprobó que los bienes adquiridos fueron considerados en el anteproyecto del presupuesto y que las adjudicaciones fueron dictaminadas por el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Además, se constató que el centro contó con suficiencia presupuestal antes de la celebración de los compromisos respectivos y que las adquisiciones fueron autorizadas mediante los oficios de autorización de inversión correspondientes, de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. Asimismo, en términos generales, los procedimientos de adjudicación se realizaron conforme a los montos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000, y la  Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

No obstante, se determinó que en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no se incluyeron todos los bienes adquiridos. Además, no se justificó la procedencia de realizar la licitación pública internacional y en los documentos del dictamen técnico, con los que se sustentó el análisis de las propuestas técnicas, no se detallaron los requisitos solicitados en las bases de la licitación. Además, no se emitió el dictamen que debió servir como base para el fallo y no se notificó por escrito a los licitantes la información acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora.

Las situaciones anteriores infringieron la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.

 

Observación 

En el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no se incluyeron 168 bienes por 17,951.9 miles de pesos (no incluye IVA). Lo anterior en contravención del artículo 20, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-002      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que establezca los mecanismos de control que garanticen que en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios se incluya la totalidad de los equipos y aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones que requieran las unidades administrativas, conforme a lo establecido en el artículo 20, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Observación 

La realización de la Licitación Pública Internacional núm. LPI-04100001-013-00 se sustentó en lo señalado en el artículo 28, fracción II, inciso c, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual establece que solamente se deberán llevar a cabo licitaciones públicas internacionales cuando habiéndose realizado una de carácter nacional no se presente alguna propuesta o ninguna cumpla con los requisitos a que se refiere la fracción I, de dicho artículo. Sin embargo, la licitación nacional no se llevó a cabo, ni tampoco se realizó la investigación previa de mercado que demostrara que no existía oferta de proveedores nacionales, por lo que no se justificó la procedencia de realizar la licitación internacional, en contravención de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. No obstante, la realización de la licitación pública internacional no afectó el mercado nacional, ya que los bienes se adjudicaron a proveedores nacionales.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-003      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que establezca los mecanismos de control que aseguren que en la realización de las licitaciones públicas internacionales se  cumpla con los requisitos que sustenten su justificación, de conformidad con el artículo 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Observación 

En los documentos del "dictamen técnico", elaborados por las áreas  técnicas, con los que se sustentó el análisis de las propuestas técnicas, no se detallaron los requisitos solicitados en las bases de la licitación, por lo que no existe evidencia de su evaluación. Además, no se emitió el dictamen que debió servir como base para el fallo, en el que se hiciera constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas. Y durante el acto de fallo no se proporcionó, por escrito a los licitantes, la información acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora. Lo anterior, en contravención de los artículos 35, fracción IV, 36, último párrafo, y 37, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Al respecto, mediante nota informativa sin número del 20 de mayo de 2002, la Subdirección de Servicios Especiales señaló que los documentos de trabajo relativos al análisis de las propuestas técnicas no se conservaron debido a que toda la información concentrada incluyendo las notas aclaratorias, se estipularon en los dictámenes técnicos finales.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-004      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que establezca los mecanismos de control que garanticen que en los expedientes de las licitaciones públicas que se lleven a cabo se conserven los documentos que evidencien que se realizó el análisis de las propuestas técnicas proporcionadas por los participantes. Asimismo, invariablemente, se emita el dictamen que debe servir como base para el fallo y proporcione por escrito a los licitantes durante el acto del fallo la información acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora, de conformidad con los artículos 35, fracción IV, 36, último párrafo, y 37, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-02-001      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Seguridad Nacional, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente en relación con la falta  de evidencia del análisis de las propuestas técnicas de los requisitos solicitados en las bases de licitación que debió sustentar el dictamen técnico, y del dictamen que debió servir como base para el fallo. Asimismo, por la falta de notificación durante el acto de fallo a los proveedores acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.

 

Resultado

La adquisición de bienes  (videograbadoras digitales profesionales, HI-8 con pantalla, VHS, HI-8 sin pantalla, de tiempo lapsado, handy cam miniatura, quad divisor de imágenes, ruteadores y swichts ATM), se formalizó mediante ocho pedidos por un importe de 23,924.0 miles de pesos, que se suscribieron conforme a la normatividad. Asimismo, se constató que las modificaciones a los pedidos núms. 104 y 105 se realizaron dentro de los 12 meses posteriores a la firma de los mismos sin rebasar el 20% del monto originalmente pactado. Para garantizar el cumplimiento de los pedidos los proveedores entregaron las fianzas de cumplimiento a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Sin embargo, las fianzas correspondientes a los pedidos núms.104, 104-bis y 137 no fueron presentadas por los proveedores dentro de los 10 días posteriores a la firma del pedido, en contravención de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Observación 

Las fianzas correspondientes a los pedidos núms.104, 104-bis y 137, celebrados con Hechter, S.A. de C.V., y Comercializadora White, S.A. de C.V., fueron presentadas por los proveedores rebasando los 10 días naturales posteriores a la firma del pedido, en contravención del artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-005      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que establezca los mecanismos de control que aseguren que las fianzas de cumplimiento de los pedidos sean presentadas por los proveedores dentro de los 10 días posteriores a la firma de los contratos y/o pedidos, de conformidad con el artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Resultado

La entrega de los bienes adquiridos de los pedidos núms. 104,104-Bis, 105-bis, 114, 122 y 137, se efectuó en los plazos establecidos previamente. Sin embargo, en el caso del pedido núm.105 celebrado con el proveedor Del Valle Photo, S.A. de C.V., los bienes se entregaron en forma extemporánea, por lo que se debieron imponer sanciones por 4.3 miles de pesos. Lo anterior, en contravención de la cláusula de penas convencionales establecidas en los correspondientes pedidos. Asimismo, se observó que en un caso no se determinó la fecha de entrega del anticipo autorizado, por lo que no fue posible verificar la procedencia del plazo que se otorgó al proveedor en la entrega de los bienes.

 

Observación 

Treinta bienes del pedido núm.105 celebrado con Del Valle Photo, S.A. de C.V., se entregaron en forma extemporánea (con atraso de 1 a 3 días), por lo que se debieron imponer sanciones por 4.3 miles de pesos, de acuerdo con la cláusula de penas convencionales establecida en el correspondiente pedido. Cabe señalar que en el caso del pedido núm. 122, celebrado con Telmex, S.A. de C.V., se pactó el otorgamiento de un anticipo del 50.0%, el cual se pagó 28 días después de la formalización del pedido, plazo que se difirió en la entrega de los bienes. No obstante, debido a que en el pedido no se estableció la fecha en la que el centro pagaría el anticipo; no fue posible determinar la procedencia del plazo de la prórroga para la entrega de los bienes, en contravención del artículo 45, fracción V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-006      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que en los pedidos y contratos en los que se pacte el otorgamiento de anticipos se establezca la fecha de entrega de éstos para que, en caso de atraso se pueda determinar el plazo de la prórroga que se dará a los proveedores para la entrega de los bienes, de conformidad con el artículo 45, fracción V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-02-002      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Centro de Investigación y Seguridad Nacional, actúe en el ámbito de sus atribuciones e inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente en relación con las sanciones no aplicadas por 4.3 miles de pesos por el atraso en la entrega de 30 bienes adquirios a Del Valle Photo, S.A. de C.V., durante el ejercicio de 2000, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.

 

Resultado

Se comprobó que el registro presupuestal de las adquisiciones por 23,924.0 miles de pesos se realizó en la partida 5204 "Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones" de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto, en cumplimiento del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Por otra parte, los pagos a los proveedores se efectuaron conforme a los montos y condiciones establecidas en los pedidos y las pólizas de egresos, que ampararon el importe total de las adquisiciones y se soportaron con la documentación comprobatoria original respectiva que contenía los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Lo anterior cumplió con los artículos 44, fracciones I y III, 49, fracción II, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Resultado

Los 347 bienes adquiridos por 23,924.0 miles de pesos contaron con los resguardos correspondientes debidamente requisitados y actualizados. La distribución de los equipos, según relaciones proporcionadas por las subdirecciones de Tecnologías de la Información y la de Servicios Especiales se realizó como sigue: 260 se destinaron a los estados de la República Mexicana y 87 a las diversas áreas centrales del CISEN. Al respecto, se revisaron  físicamente 87 bienes, en las áreas centrales (83) y en la Delegación de Hermosillo, Sonora (4) y se comprobó su existencia y su funcionamiento.

Respecto de los 260 bienes que no fueron verificados físicamente, se revisaron las órdenes de embarque y las salidas de almacén proporcionados por la SRMSG; así como los resguardos y los registros de inventario remitidos por 16 delegaciones a petición de auditores de la Auditoría Superior de la Federación. Al respecto, se comprobó que 176 bienes por 9,854.0 miles de pesos se encuentran en las delegaciones.

De acuerdo con la Norma segunda, fracción III. A, del Oficio circular que fija las normas a que se sujetará la administración de los bienes muebles y el manejo de almacenes, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 21 de junio de 1988, todos los bienes que se adquirieran deberían contener un número de inventario que se colocara en el propio bien, el cual debería ser asignado por el área responsable de la administración general de los recursos materiales. Sin embargo, se observó que el CISEN, por la naturaleza de sus funciones, no adhiere a los bienes que adquiere y utiliza en actividades de seguridad nacional, la etiqueta con el número de inventario que determina la SG. No obstante, se comprobó que el Centro tiene establecido como medida de control asignar a los bienes un número interno que permite identificar su existencia y ubicación, y que está correlacionado con el número de inventario que les asigna la SG.

Al respecto, y resultado de la auditoría, las autoridades del CISEN con oficio núm. DAST/651/2002, sometieron a consideración de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM) dicha situación, con la finalidad de que se evalúe la procedencia de omitir el número de inventario en los bienes que adquiere el CISEN y que se utilizan en actividades de seguridad nacional; a la fecha se tiene conocimiento de que próximamente se llevarán pláticas con la Dirección General Adjunta de Normatividad de Almacenes, Enajenaciones y Baja de Bienes Muebles de la SECODAM en las que se analizará el marco normativo específico de las actividades de ese órgano, a fin de determinar lo procedente.

 

Resultado

Se constató que los bienes adquiridos a TELMEX, S.A. de C.V. por 17,039.2 miles de pesos para el proyecto de ampliación de la red primaria del CISEN, no están operando al 100.0%, por lo tanto se contraviene la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Observación 

En el Proyecto de Ampliación de la Red Primaria del CISEN celebrado y formalizado por el Centro, TELMEX y Red Uno, se estableció que quedaría concluido el 31 de diciembre de 2001. Sin embargo, se comprobó que al cierre de la auditoría (27 de junio de 2002) aún no se había instalado la totalidad de los bienes, lo que contraviene el artículo 55, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. estaba pendiente el acta de entrega-recepción, que evidencie que la ampliación de la Red está terminada a entera satisfacción del CISEN.

Al respecto, mediante oficio núm. DAST/STI/551/02, del 20 de mayo de 2002, el titular de la Subdirección de Tecnologías de la Información señaló que los equipos adquiridos a través del pedido núm. 122, así como cuatro de los correspondientes al pedido núm. 129 fueron instalados y puestos en operación en el ejercicio de 2001. Durante 2002 se han instalado 18 equipos, quedan pendientes cuatro que se instalarán antes del 30 de junio del presente. También se informó que se programó el mes de septiembre como fecha máxima para la elaboración del acta de entrega-recepción con la empresa Telmex-Red Uno.

Asimismo, manifestó que los recortes presupuestales decretados en el ejercicio de 2001 impidieron poner en operación los bienes. No obstante, el nivel de la red se mantuvo; aunque se difirieron algunos beneficios adicionales como el incremento de la velocidad en la transmisión de datos, aumentar los canales de voz, el servicio de identificación de llamadas telefónicas en delegaciones, hasta que se contó con los recursos para ampliar la capacidad de los enlaces digitales.

 

Acción Promovida   

00-04I00-2-482-01-007      Recomendación

Es necesario que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional instruya a la Dirección de Administración y Servicios Técnicos para que agilice la instalación y puesta en marcha de los equipos adquiridos para la ampliación de la Red primaria del Centro y formalice dicho acto mediante el acta de entrega-recepción correspondiente, de conformidad con el artículo 55, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Resultado

Con las compulsas a los proveedores Hechter, S.A de C.V., Comercializadora White, S.A. de C.V. y Telmex, S.A. de C.V., se comprobó que las operaciones realizadas con el CISEN se efectuaron por las cantidades de bienes establecidas en los correspondientes pedidos. Asimismo, los bienes se entregaron y los pagos se efectuaron por los importes estipulados. Lo anterior, se ajustó al artículo 44, fracción I, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Resultado

Se constató que los bienes por 23,924.0 miles de pesos fueron asegurados mediante la póliza de seguro núm. Q9000428, con vigencia del 31 de diciembre de 1999 al 31 de diciembre de 2000, que contrató la SG, ya que en las condiciones generales, punto 5 Cobertura Básica, se especificó que "se cubre todo bien a todo riesgo de pérdida o daño a bienes propiedad del asegurado que signifiquen interés asegurable o por los que sea responsable". Lo anterior, de conformidad con el artículo 5, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y con los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

 

II.3.2.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 

a)                                  Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 7 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:


ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

 

 

Tipo de Acción

Número

Acciones Preventivas:

 

-                      Recomendación

 

 

 

            8

Subtotal

8

 

Acciones Correctivas:

 

-                      Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control 

 

 

 

 

2

Subtotal

2

Total

10

 

 

Del total general, 2 (20.0%) son de carácter correctivo, y 8 (80.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.


b)               Seguimiento de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores

1)               Acciones Preventivas

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 6 recomendaciones, de las cuales se han solventado 6 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:

 

 

SITUACIÓN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS

AL 30 DE JUNIO DE 2002


Concepto

Cuenta de la Hacienda Pública

Total

1996

1997

1998

1999

Recomendaciones

n/r

n/r

6

n/r

6

a)        Solventadas

 

 

 

6

 

 

6

b)        Por solventar

 

 

0

 

0

Total emitido

 

 

6

 

6

Total Solventado

 

 

6

 

6

Porcentaje de Avance

 

 

100.0%

 

100.0%

 

 

n/r: no revisado. No se practicaron revisiones al ente público en este ejercicio.

 

 

c)               Resumen de Acciones Promovidas.

Tipo de Acción

Emitidas

Solventadas

Por Solventar

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

6

6

0

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

8

0

8

 

 

 

 

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

0

0

0

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

2

0

2

 

 

 

 

Total

16

6

10

 



[1]/     Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Gobernación, Secretaría de Gobernación, CISEN.