IX.1.2.COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA

IX.1.2.1.Antecedentes

 

Atribuciones

En el Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2000, se señala lo siguiente:

 “Artículo 3o. CORETT tiene por objeto:

I.                                 Regularizar, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, la tenencia de la tierra en donde existan asentamientos humanos irregulares ubicados en predios ejidales, comunales y de propiedad federal;

II.               Promover la adquisición y enajenación del suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda, en coordinación con otras dependencias y entidades federales, con los gobiernos de los estados con la participación de sus municipios, y del Distrito Federal, así como en concertación con los sectores social y privado, particularmente con los núcleos agrarios;

III.             Promover ante las autoridades competentes y órganos correspondientes, para efectos de las fracciones anteriores, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, la expropiación, y en su caso, la adopción del dominio pleno de predios de origen ejidal, así como la desincorporación y transmisión de inmuebles del dominio público o privado de la Federación;

IV.             Suscribir las escrituras públicas y los títulos de propiedad sobre los predios que regularice o enajene, conforme a la legislación aplicable;

V.              Promover y, en su caso, coordinar programas, acciones e inversiones con las dependencias y entidades paraestatales federales, en el ámbito de sus respectivas competencias u objeto, con los gobiernos de los estados con la participación de sus municipios y del Distrito Federal, así como concertarlos con los sectores social y privado, particularmente con los núcleos agrarios, a efecto de:

a)                            Satisfacer los requerimientos de suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda;

b)                            Promover la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de riesgo o inadecuadas para el desarrollo urbano, y

c)                            Atender las necesidades de suelo para el desarrollo urbano y la vivienda de los centros de población afectados por emergencias y contingencias ambientales y urbanas.

VI.                              Coadyuvar con los gobiernos de los estados, de los municipios y del Distrito Federal, cuando lo soliciten, en los términos de los convenios que al efecto se celebren, en sus procedimientos de regularización de la tenencia de la tierra, así como de adquisición y enajenación de suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano y vivienda;

VII.                            Promover ante los gobiernos de los estados, de los municipios y del Distrito Federal, la dotación de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos en los asentamientos humanos que regularice;

VIII.                           Proporcionar asistencia técnica y capacitación a los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, cuando lo soliciten, en materia de regularización de la tenencia de la tierra y de suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda, así como actualizar sus sistemas de registro y catastro de la propiedad inmobiliaria;

IX.                             Apoyar con asistencia técnica y promover el otorgamiento de financiamiento recuperable a los núcleos agrarios que lo soliciten, en la desincorporación del régimen ejidal o comunal de predios aptos para el desarrollo urbano y la vivienda; y

X.                               Promover ante las instituciones respectivas, el otorgamiento de créditos preferenciales para construir y remodelar vivienda de interés social y popular a favor de los beneficiarios de la regularización de la tenencia de la tierra.

Artículo 4o. En el cumplimiento de su objeto, CORETT se sujetará a las políticas, estrategias y prioridades que determine el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, en su carácter de coordinadora de sector, en el marco de la planeación nacional de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población y conforme a lo dispuesto en los planes y programas de desarrollo urbano aplicables.”


Situación Presupuestaria

A continuación  se  presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

INGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Corrientes

De capital

 

Presupuesto

recaudado

 

Total

Corrientes

De capital

 

 

 

 

 

373,961

290,493

83,468

 

 

 

 

363,601

281,189

82,412

 

 

 

 

 

 

403,000

310,877

92,123

 

 

 

 

389,321

319,486

69,835

 

 

 

 

 

 

         29,039

         20,384

           8,655

 

 

 

 

          25,720

          38,297

(12,577)

 

 

 

 

 

 

8

7

10

 

 

 

 

7

14

(15)

 

 

FUENTES:          Información proporcionada por la entidad.

 

 


 

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

 

 

 

 

373,961

367,483

6,478

 

 

 

 

292,388

279,899

12,489

 

 

 

 

 

402,900

396,500

6,400

 

 

 

 

394,183

385,677

8,506

 

 

 

 

 

          28,939

           29,017

(78)

 

 

 

 

        101,795

        105,778

(3,983)

 

 

 

 

 

           8

           8

           (1)

 

 

 

 

         35

          38

(32)

 

FUENTES:           Información proporcionada por la entidad.

 


Situación Financiera

A continuación se presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y 1999.

 

SITUACIÓN FINANCIERA

 (Miles de pesos)

 

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

        2000

 

 

            1999

 

 

 

ACTIVO

 

Circulante

Fijo

Otro

 

 

 

556,023

74,350

288,413

 

 

 

523,845

67,106

234,095

 

 

 

 

32,178

7,244

54,318

 

Suma el activo

 

918,786

 

825,046

 

 

93,740

 

 

PASIVO

 

A corto plazo

 

 

 

 

158,862

 

 

 

 

139,543

 

 

 

 

 

19,319

 

Suma el pasivo

 

158,862

 

139,543

 

 

19,319

 

 

 

PATRIMONIO

 

759,924

 

685,503

 

 

74,421

 

 

 

Suman el pasivo

y el patrimonio

 

918,786

 

825,046

 

 

93,740

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTES:    Estados Financieros dictaminados 2000 y 1999.

 


Actividades Institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, CORETT se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 12 “Desarrollo Regional y Urbano”.

Subfunción 01 “Urbanización”.

Programa Sectorial 13 “Programa Nacional de Desarrollo Urbano”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades Institucionales 308 “Ordenar y Regular la Propiedad Rural y Urbana” y 701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros”.

La actividad 308 tenía como objetivo regularizar los asentamientos humanos, a fin de garantizar la propiedad y el usufructo de la tierra en terrenos de origen ejidal, comunal y de propiedad federal.

Las metas consistieron en regularizar el 16% (120,000) del universo total de lotes (727,918) e incorporar 800 ha de suelo libre al desarrollo urbano.

El objetivo de la actividad 701 consistió en administrar recursos humanos, materiales y financieros para la ejecución de los programas.

Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/

 

Tipos de Revisión

Con el oficio núm. OASF-F-225/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C. Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Lic. Fernando Portillo Higareda, Director General de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 

IX.1.2.2.Resumen de Resultados

 

Ingresos por Regularización de Predios

La revisión se realizó en la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua, Chih., y se determinó lo siguiente:

1.         La delegación no aplicó el catálogo de contabilidad vigente para el 2000, lo que originó deficiencias de control interno en la formulación y supervisión de pólizas de ingresos y egresos y en su aplicación contable, así como inadecuado archivo y resguardo de documentación.

2.         Existen diversas partidas pendientes de conciliar al 31 de diciembre de 2000, que provienen desde 1997 y se eliminaron de la conciliación en 2001, sin que se proporcionaran las pólizas de corrección con la documentación soporte en que consten los movimientos contables.

3.         La delegación cuenta con un inventario excesivo de formatos, entre otros: 10,050 solicitudes de regularización, así como 53,600 comprobantes de pago; asimismo, el Módulo Chihuahua devolvió 1,500 Comprobantes de Pago, con folios duplicados de otros utilizados por la delegación. Los formatos se encuentran desordenados y se carece de un registro confiable de las dotaciones, desde su remisión por oficinas centrales, su recepción y control en la delegación y su distribución a los módulos.

4.         La delegación, en su Programa Operativo Anual de 2000, estableció realizar 6,200 contratos y elaborar igual número de escrituras. Sin embargo, incumplió la meta prevista al efectuar 2,368 contratos (38.2%) y 2,450 escrituras (39.5%), por lo que es importante que establezca metas factibles de cumplir, en congruencia con los aspectos administrativos y condiciones de política económica y social que prevalezcan.

 


IX.1.2.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

IX.1.2.3.1.Ingresos por Regularización de Predios

 

Objetivo

Verificar que los ingresos por regularización de predios fueron obtenidos por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) en el 2000, de conformidad con la normatividad aplicable.

 

Criterios de Selección

El criterio de selección se basó en el denominado "De los Antecedentes de Revisión", debido a que no se tienen antecedentes de auditorías practicadas al rubro de ingresos, de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.

El importe de los ingresos diversos estimados para el 2000 fue 8,654.8 miles de pesos superior al estimado en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 1999, equivalentes al 10.4%. Asimismo, la CORETT informó que el Gobierno Federal entregó en 65,000 títulos de propiedad en el ejercicio fiscal de 2000 en todo el país, de esta regularización de predios destaca la de los ubicados en los estados de México, con 10,000; Veracruz, con 5,600; Sinaloa, con 4,600; Sonora, con 3,700; Michoacán, con 3,600, y Tamaulipas, con 3,350.

Los ingresos de la CORETT están integrados por las percepciones que obtiene de la regularización de predios, las aportaciones que le hagan las dependencias y organismos públicos y de particulares, así como los que resulten por la venta de bienes.

La CORETT es un Organismo Público Descentralizado de carácter técnico y social, con personalidad jurídica y patrimonio propios que tiene como objeto regularizar la tenencia de la tierra en donde existan asentamientos humanos irregulares, promover la adquisición y enajenación del suelo y reservas territoriales para el desarrollo y la vivienda, en coordinación con otras dependencias y entidades federales, con los gobiernos de los estados y sus municipios y del Distrito Federal, así como promover ante las instituciones respectivas, el otorgamiento de créditos preferenciales para construir y remodelar viviendas de interés social y popular, a favor de los beneficiarios de la regularización de la tenencia de la tierra.

En el ejercicio de 2000 se presupuestaron en el apartado Flujo de Efectivo del Presupuesto de Egresos de la Federación, un ingreso total por 402,999.9 miles de pesos, integrados por 310,877.1 miles de pesos de venta de bienes y por 92,122.8 miles de pesos de ingresos diversos.

 

Alcance

Se revisaron los ingresos que recaudó la Delegación Estatal de la CORETT en Chihuahua, Chih., durante el ejercicio 2000, por 16,005.3 miles de pesos, que representó el 4.5% de los 353,602.9 miles de pesos recaudados a nivel nacional (32 delegaciones estatales).

 

Áreas Revisadas

La auditoría se realizó en las direcciones de Administración y Finanzas (DAF), Técnica (DT) y de Operación (DO), todas ellas adscritas al área central de la CORETT, así como en las subdelegaciones de Administración y de Operación y el Área de Apoyo Jurídico en la Delegación Estatal de la CORETT, en Chihuahua, Chih. (Delegación).

 

Resultado

En el Presupuesto de Egresos de la Federación 2000, los recursos que se programaron para la CORETT fueron de  402,999.9 miles de pesos, integrado por 310,877.1 miles de pesos por concepto de "Venta de Bienes" y 92,122.8 miles de pesos por " Otros Ingresos ". El monto original se incrementó a 404,782.1 miles de pesos, a través de una ampliación líquida por 1,782.2 miles de pesos.

El Presupuesto Modificado de Ingresos por 404,782.1 miles de pesos se integró por 311,977.1 miles de pesos por "Venta de Bienes" (regularización de predios, actividad propia del organismo) y 92,805.0 miles de pesos por "Otros Ingresos" (básicamente, ingresos por productos financieros y por escrituración).

Se constató que la CORETT registró un ingreso de 389,320.6 miles de pesos que se conforma de 319,486.0 miles de pesos, por concepto de "Venta de Bienes" (2.4% mayor que lo presupuestado) y de 69,834.6 miles de pesos por "Otros Ingresos" (24.8% menor que lo estimado).

Al respecto, la CORETT informó que no captó el total previsto en el rubro de "Otros Ingresos", debido a que en su presupuesto estimó obtener rendimientos sobre inversiones financieras por 66,000.0 miles de pesos, al considerar para el ejercicio 2000 una tasa promedio de rendimiento anual de 21.40%; sin embargo, la tasa promedio disminuyó al 15.24% anual, por lo que únicamente se captaron 47,907.4 miles de pesos.

 

Resultado

En el Apartado de Flujo de Efectivo de Entidades de Control Presupuestario Indirecto, del Tomo de Resultados de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, se presentaron ingresos por 438,180.2 miles de pesos, integrados por 319,486.0 miles de pesos por venta de bienes, 69,834.6 miles de pesos de otros ingresos y 48,859.6 miles de pesos de operaciones ajenas brutas.

Se constató que los 438,180.2 miles de pesos presentados en la Cuenta Pública incluyen ingresos por 353,602.9 miles de pesos reportados por las 32 delegaciones estatales, que se componen de 319,486.0 miles de pesos por concepto de venta de bienes y 34,116.9 miles de pesos por escrituración. Asimismo, se comprobó que los ingresos por regularización de predios registrados por la CORETT coinciden con los de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000.

 

Resultado

A fin de verificar el número de títulos de propiedad otorgados por la CORETT durante el ejercicio de 2000, así como los ingresos recaudados en el concepto objeto de la auditoría, se comprobó que sus delegaciones estatales regularizaron 82,408 predios con un ingreso anual de 353,602.9 miles de pesos.

Se determinó revisar la operación de la Delegación Estatal de la CORETT en Chihuahua, Chih., que en el 2000 reportó una captación de ingresos de 16,005.3 miles de pesos, 4.5% del total, y fue una de las que presentó incumplimiento en sus metas planteadas, en relación con la verificación de asentamientos humanos irregulares, integración de expedientes técnicos, elaboración de cartografías, contratos realizados y elaboración de escrituras.

 


Resultado

Con el fin de analizar los procedimientos aplicados por la Delegación Estatal de la CORETT en Chihuahua para la regularización de predios, se efectuaron pruebas de auditoría a la cobranza, a las solicitudes de regularización (contratación), a los depósitos bancarios y a las pólizas de ingresos de los poblados de Creel, Cuauhtémoc y Robinson II, así como a las pólizas de egresos.

Se comprobó que la Delegación no aplicó el catálogo de contabilidad vigente para el 2000, lo que originó deficiencias de control interno en la formulación y supervisión de pólizas de ingresos y egresos y en su aplicación contable, así como inadecuado archivo y resguardo de documentación, en contravención de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Observación 

Existen deficiencias de control interno en la formulación y supervisión de pólizas de ingresos y egresos y en su aplicación contable, debido a que la Delegación Estatal de la CORETT en Chihuahua no aplicó el catálogo de contabilidad en vigor para el 2000, así mismo cuentan con un archivo y resguardo de documentación inadecuados, en contravención de lo dispuesto en el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-001      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua establezca los mecanismos de supervisión y control pertinentes para que la Subdelegación de Administración formule y contabilice las pólizas de ingresos y egresos conforme al catálogo de contabilidad vigente, en observancia de lo dispuesto en el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 


Resultado

Se verificó que en la Cuenta de Cheques núm. 51557-6, de BANAMEX, S.A., al 31 de diciembre de 2000 había  partidas pendientes de conciliar con la institución bancaria, que provienen desde 1997; entre otras: seis abonos del banco no correspondidos por la delegación, con importe de 107.6 miles de pesos; un abono de la delegación no correspondido por el banco, por 40.9 miles de pesos, y tres cargos de la delegación no correspondidos por el banco, por 101.5 miles de pesos.

Las partidas revisadas se eliminaron de la conciliación en 2001; sin embargo, a la fecha de la auditoría, no se proporcionaron las pólizas de corrección con la documentación soporte, donde se identifiquen y consten los movimientos contables. Tampoco fue posible verificar el origen ni la autorización de la depuración o análisis efectuado, en infracción de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su reglamento.

 

Observación 

Se constató que al 31 de diciembre de 2000, en la Delegación en Chihuahua existían diversas partidas pendientes de conciliar con BANAMEX, S.A. (Cuenta de Cheques núm. 51557-6), desde 1997; entre otras: seis abonos del banco no correspondidos por la Delegación con importe de 107.6 miles de pesos, un abono de la delegación no correspondido por el banco por 40.9 miles de pesos y tres cargos de la Delegación no correspondidos por el banco por 101.5 miles de pesos.

Cabe señalar que, a junio de 2002, no se proporcionaron a la Auditoría Superior de la Federación las pólizas de corrección con la documentación soporte en que se identifiquen y consten los movimientos contables, no obstante que las partidas revisadas se eliminaron de la conciliación en 2001. Tampoco fue posible verificar el origen ni la autorización de la depuración o análisis efectuado, en contravención de lo que establecen los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 81 y 82 de su reglamento.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-002      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua identifique y aclare el origen de las 10 partidas pendientes de conciliar al 31 de diciembre de 2000 de la cuenta de cheques núm.  51557-6 en BANAMEX, S.A., que provienen desde 1997; elabore las pólizas contables con sus cédulas descriptivas de la depuración de cuentas, y efectúe los registros procedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 81 y 82 de su reglamento, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-003      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua establezca los mecanismos de control pertinentes que permitan fortalecer su control interno para que se realicen conciliaciones bancarias periódicas y que se efectúen sus registros contables, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 81 y 82 de su reglamento, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Resultado

Se efectuaron pruebas de cumplimiento a 1,588 expedientes de solicitudes de regularización (contratación) en el módulo Chihuahua, a través de la revisión documental de 10 poblados.

Con el análisis, se constató que en general los expedientes están ordenados y contienen la documentación relativa del solicitante o contratante. Sin embargo, 631 solicitudes de regularización, 39.7%, no contienen la firma del Delegado Estatal, en contravención de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y en el Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra que fue autorizado por H. Consejo de Administración en su Acuerdo núm. 5252/76/00 en la Sesión núm. 76 del 29 de noviembre de 2000.

 


Observación 

Se constató que en 1,588 expedientes de contratación de los poblados del Módulo Chihuahua: Concordia, Nombre de Dios I, Nombre de Dios II, Nombre de Dios III, Ranchería Juárez I, Ranchería Juárez II, Robinson I, Robinson II, Tabalaopa y Quivira, 631 solicitudes de regularización, 39.7%, no contienen la firma del Delegado Estatal, en contravención de lo dispuesto en la cláusula X de la solicitud de regularización contenida en el Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra autorizado por H. Consejo de Administración en su Acuerdo núm. 5252/76/00 en la Sesión núm. 76 del 29 de noviembre de 2000 y en el artículo 3o., fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-004      Recomendación

Es necesario que la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua establezca los mecanismos de control pertinentes para que, en lo sucesivo, se llenen y soporten con oportunidad las solicitudes de regularización, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula X de la solicitud de regularización contenida en el Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, y en el artículo 3o., fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Resultado

Se constató que el módulo de Guachochi efectuó depósitos bancarios con retraso de hasta 14 días, en incumplimiento del Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación; Procedimiento "recuperación de créditos", en la Norma uno establece "los ingresos invariablemente deberán registrarse y depositarse al día siguiente de efectuadas las operaciones". Asimismo, la Delegación no ha girado instrucciones específicas, entre otras, para garantizar los depósitos oportunos por parte de los módulos, los cuales carecen de manuales de procedimientos aplicables a la función administrativa, en contravención de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

 

Observación 

Se verificó que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua no ha girado instrucciones específicas para garantizar los depósitos oportunos por parte de los módulos, como es el caso del poblado de Guachochi que efectuó depósitos bancarios con retraso de hasta 14 días en incumplimiento de lo dispuesto en el Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación. Además, los módulos carecen de manuales de procedimientos aplicables a la función administrativa, en contravención de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-005      Recomendación

Es necesario que la Dirección de Operación de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra establezca medidas de supervisión a la Delegación Estatal en Chihuahua a efecto de que los depósitos bancarios se efectúen invariablemente al día hábil siguiente de realizada la operación e ingreso respectivo de conformidad con lo establecido en la norma uno del Procedimiento "recuperación de créditos", del Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Operación y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-006      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua establezca los mecanismos de control pertinentes para dotar a los módulos de manuales de procedimientos y verifique su aplicación, de conformidad con lo dispuesto en artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 


Resultado

Se verificó que durante 2000 se recuperaron 4,240.5 miles de pesos, integrados por 4,033.4 miles de pesos por concepto de cartera vencida y 207.1 miles de pesos de intereses moratorios, en tanto que en 1999 se recuperaron  3,366.2 miles de pesos, por lo que se obtuvo un incremento en la recuperación de cartera vencida en el ejercicio auditado por 874.3 miles de pesos, el 26.0%, en comparación con el año anterior.

La recuperación de cartera se incrementó debido a que la CORETT implementó acciones como la "Campaña Ordinaria de Apoyo a Deudores", que consistió en la condonación de intereses moratorios a quienes liquidaran el total de su adeudo, y cuyo monto del principal no excediera de 20.0 miles de pesos.

 

Resultado

Se constató que el Área de Apoyo Jurídico de la Delegación recuperó por la vía judicial un monto total de 30.8 miles de pesos correspondientes a tres demandas por créditos vencidos.

Al respecto, se verificó el saldo en cartera a cargo de los tres contratantes al 31 de diciembre de 2000 y la póliza de ingresos de junio de 2001, y se determinó que se efectuaron los depósitos correspondientes el 11, 20 y 21 de junio de 2001, amparados en comprobantes de pago núms. 1106, 1112 y 1108 por importes de 20.3, 6.3 y 4.2 miles de pesos, respectivamente del mismo mes.

 

Resultado

Se efectuó recuento físico de formas valorables en el Departamento de Recursos Materiales, y se comprobó que al 18 de junio de 2002 se tiene un inventario excesivo de formatos, entre otros: 10,050 solicitudes de regularización (folios del F-0151 al F-8000, y del S-6801 al S-9000); así como 29,425 comprobantes de pago (folios del 27,576 al 36,000 y del 42,001 al 63,000). Posteriormente, la Delegación rectificó el recuento físico, por lo que el inventario de comprobantes de pago ascendió a 53,600, del folio 9,401 al 63,000.

Se determinó que el Departamento de Recursos Materiales recibió 950 "Comprobantes de Pago" del folio 2,551 al 3,500. Al respecto, la Subdelegación de Administración informó que éstos fueron devueltos sin utilizar, por el Jefe de Contratación del Módulo Chihuahua, con motivo de su incorporación al retiro voluntario en junio de 2002, y que algunos de estos folios se duplican con los de otros comprobantes de pago que ha utilizado la Delegación. Posteriormente, rectificó que la cantidad de comprobantes de pago devueltos es de 1,500, del folio 2,001 al 3,500. Además, la Dirección de Administración y Finanzas informó que la duplicidad de folios es frecuente ya que la compañía encargada de la impresión (de formas valorables) duplica u omite algunos folios; asimismo, que gran parte del inventario existente, los formatos deberán ser cancelados o destruidos por haber caído en desuso, debido a cambio de logotipo y cambio de fecha (199_ a 200_ ).

Se observó que los formatos se encuentran desordenados y se carece de un registro confiable de las dotaciones, desde su remisión por Oficinas Centrales, su recepción y control en la Delegación y su distribución a los módulos o encargados de la gestión de cobranza y contratación, en contravención de lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental", emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 agosto de 1998.

 

Observación 

Se constató que los formatos de solicitudes de regularización se encuentran en desorden y se carece de un registro confiable de las dotaciones, desde su remisión por Oficinas Centrales, su recepción y control en la Delegación y su distribución a los módulos o encargados de la gestión de cobranza y contratación, y que se tiene un inventario excesivo de formatos , en contravención de lo dispuesto en el artículo segundo del "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental", emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de agosto de 1998.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-007      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua establezca los mecanismos de control pertinentes para organizar y resguardar la documentación que se encuentra en desorden en los archivos de concentración correspondientes, e implante un registro confiable de las dotaciones de formas valorables, desde su remisión por Oficinas Centrales, su recepción y control en la Delegación y su distribución a los módulos o encargados de la gestión de cobranza y contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental", emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de agosto de 1998, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-008      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal en Chihuahua, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra establezca los mecanismos de control pertinentes para evitar que se reciban, distribuyan y utilicen comprobantes de pago con folios duplicados, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las acciones adoptadas en relación al exceso de formatos en su inventario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo del "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental", emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de agosto de 1998, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Resultado

Se comprobó que la Subdelegación de Administración opera con un manual de procedimientos que no incluye los correspondientes a los Departamentos de Contabilidad y de Finanzas; asimismo, que la Subdelegación de Operación cuenta con su respectivo manual. Cabe señalar que las dos subdelegaciones no mostraron evidencia de la autorización de sus manuales, en contravención de lo del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

 

Observación 

Se constató que los departamentos de Contabilidad y Finanzas de la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua, dependientes de la Subdelegación de Administración, carecen de manuales de procedimientos aplicables a sus funciones administrativas. Asimismo, las Subdelegaciones de Operación y de Administración no mostraron evidencia de la autorización de sus manuales, en contravención de lo dispuesto en el artículo 15  del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-009      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal en Chihuahua, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, elabore e implante los manuales de procedimientos de los departamentos de Contabilidad y Finanzas y verifique su autorización, y se realicen las acciones necesarias para que las subdelegaciones de Operación y de Finanzas realicen sus funciones de conformidad con lo señalado en los manuales de procedimientos debidamente autorizados, de conformidad con lo dispuesto en artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de entidades Paraestatales, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Resultado

A fin de verificar la cobranza que reportó la Delegación durante el año 2000, por 6,550.7 miles de pesos, a partir del saldo de cartera reportado a diciembre de 1999, se revisaron los comprobantes de pago de los poblados de Cuauhtémoc, Creel y Robinson II, que conforman 3,899.0 miles de pesos, el 59.5 % del total de la cobranza.

Con la revisión de la documentación, se constató que los registros por cobranza muestran razonablemente los saldos de cartera al final del ejercicio 2000. Sin embargo, en el módulo Cuauhtémoc se determinó un saldo de cartera por 700.2 miles de pesos, que presenta una diferencia de 1.5 miles de pesos contra los 698.7 miles de pesos registrados por la Delegación. Al respecto, la Delegación señaló que esta diferencia se debe a que por Acuerdo del Consejo de Administración de la CORETT se autorizó no reportar saldos parciales menores de 0.5 miles de pesos.

Por otra parte, se constató que el Departamento de Contabilidad cuenta con un Sistema Automatizado de Operación (SAO) que, entre otras funciones, tiene la de emitir reportes de cartera. Sin embargo, no se pudo obtener información por periodo y contratante para determinar saldos individuales, en virtud de que el personal que opera el sistema solamente los obtuvo de manera acumulada y general, en contravención de lo que establecen los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 81 y 82 de su reglamento.

Cabe señalar que en la Reunión de Confronta de Resultados, celebrada el 5 de julio de 2002, la Dirección de Administración y Finanzas de la CORETT proporcionó evidencia con la que demuestra la factibilidad de obtener reportes de cartera por periodo y contratante por medio del SAO.

 

Observación 

El Departamento de Contabilidad de la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua obtuvo del Sistema Automatizado de Operación (SAO) reportes de cartera de manera acumulada y general, lo que imposibilitó proporcionar información por periodo y contratante para determinar saldos individuales, en contravención de lo que establecen los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 81 y 82 de su reglamento.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-011      Recomendación

Es necesario que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua instruya a su personal para que opere de manera eficiente el Sistema Automatizado de Operación, a fin de obtener reportes de cartera vencida con información por periodo y contratante, para determinar saldos individuales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 81 y 82 de su reglamento, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

Resultado

A fin de verificar el cumplimiento de las metas de la CORETT planteadas en su Programa Operativo Anual (POA) de 2000, se revisaron los resultados obtenidos por la Delegación, entre los que destacan los relativos a integración de expedientes técnicos, elaboración de cartografías, contratos realizados y elaboración de escrituras.

Se programaron cinco actividades de integración de expedientes técnicos que no se realizaron, en virtud de que tres se incorporaron al Programa de Certificación de Derechos Ejidales (PROCEDE), y en las dos restantes existió oposición del núcleo ejidal.

No se realizaron las tres cartografías programadas para 2000, debido a que los posesionarios adeudaban impuesto predial y, consecuentemente, las oficinas de catastro no autorizaron el pago del impuesto por traslado de dominio.

Por otra parte, la Delegación programó realizar 6,200 contratos en el ejercicio 2000 y elaborar igual número de escrituras, pero efectuó sólo 2,368 contratos (38.2%) y 2,450 escrituras (39.5%).

Al respecto, informó que algunos contratantes carecían de la documentación soporte que acreditara su posesión, lo que imposibilitó su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, aunado a que los lotes faltantes de contratar aparecen en su contabilidad como lotes regularizables y se refieren a casos específicos, como baldíos, comerciales con precio alto y lotes en alto riesgo, igualmente a que su campo de acción se desarrolla en zonas de alta y muy alta marginación y, en consecuencia, la situación económica de los contratantes dificulta su regularización; lo que originó el incumplimiento de las Metas Establecidas en el POA, en contravención de lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley de Planeación.

 

Observación 

Se verificó que la Delegación Estatal de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en Chihuahua incumplió con las metas establecidas en su Programa Operativo Anual, en particular la relativa a realizar 6,200 contratos en el ejercicio 2000 y elaborar igual número de escrituras, ya que efectuó sólo 2,368 contratos (38.2%) y 2,450 escrituras (39.5%), en contravención de lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley de Planeación.

 

Acción Promovida   

00-20VQX-2-474-01-010      Recomendación

Es necesario que la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra establezca mecanismos de control pertinentes para que la Delegación Estatal en Chihuahua elabore su Programa Operativo Anual en congruencia con los aspectos administrativos y condiciones de política económica y social que le permitan establecer metas factibles de cumplir, en observancia de lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley de Planeación, y proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia de su cumplimiento.

 

IX.1.2.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 

a)                              Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de la auditoría realizada y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 8 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:


 

 

ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

               

Tipo de Acción

Número

 

Acciones Preventivas:

 

-                  Recomendación

 

 

 

 

11

Subtotal

11

Total

       11

 

 

Del total general, 0 (0.0%) son de carácter correctivo, y 11 (100.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente Órgano Interno de Control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.



[1]/    Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Desarrollo Social, CORETT.