Atribuciones
En
el Diario Oficial de la Federación del 5 de noviembre de 1995, se publicó el
decreto en el cual se crea el organismo descentralizado Hospital General de México,
en donde se señala lo siguiente:
“Artículo 1o.- Se
crea el Hospital General de México como un organismo descentralizado del
Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio
en la Ciudad de México, Distrito Federal, que tendrá por objeto coadyuvar a la
consolidación del Sistema Nacional de Salud, proporcionando servicios médicos
de alta especialidad e impulsando los estudios, programas, proyectos e
investigaciones inherentes a su ámbito de competencia, el cual estará sectorizado
en la Secretaría de Salud.
Artículo
2o.- El Hospital General de México tendrá las siguientes funciones:
I. Proporcionar servicios de salud, particularmente en el
campo de la alta especialidad de la medicina y en aquellas complementarias y de
apoyo que determine su estatuto orgánico;
II.
Prestar
servicios de hospitalización en los servicios de especialidades con que cuenta,
con criterios de gratuidad fundada en las condiciones socioeconómicas de los
usuarios, sin que las cuotas de recuperación desvirtúen la función social del Hospital General de
México;
III.
Diseñar y
ejecutar programas y cursos de capacitación, enseñanza y especialización de
personal profesional, técnico y auxiliar en su ámbito de responsabilidad;
IV.
Impulsar la
realización de estudios e investigaciones clínicas y experimentales en las
especialidades con que cuente el
Hospital General de México, con apego a la Ley General de Salud y demás
disposiciones aplicables;
V.
Apoyar a la
ejecución de los programas sectoriales de salud en el ámbito de sus funciones y
servicios;
VI.
Actuar como
órgano de consulta de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal en su área de responsabilidad y asesorar a instituciones sociales y
privadas en la materia;
VII.
Difundir
información técnica y científica sobre los avances que en materia de salud
registre, así como publicar los resultados de las investigaciones y trabajos
que realice; y
VIII.
Prestar los
demás servicios y efectuar las actividades necesarias para el cumplimiento de
su objeto de conformidad con el presente Decreto y otras disposiciones legales
aplicables.”
Situación Presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||
|
Presupuesto original Total Corrientes Subsidios y aportaciones Presupuesto recaudado Total Corrientes Subsidios y aportaciones |
736,517 65,000 671,517 904,335 75,333 829,002 |
|
974,280 85,000 889,280 1,049,533 92,667 956,866 |
|
237,763 20,000 217,763 145,198 17,334 127,864 |
|
32 31 32 16 23 15 |
|
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Recaudada; Estado Analítico de Ingresos Presupuestales
1999 y 2000, proporcionada por la entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
|||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital |
736,517 708,466 28,051 902,395 885,430 16,965 |
|
974,280 945,280 29,000 1,040,003 996,924 43,079 |
|
237,763 236,814 949 137,608 111,494 26,114 |
|
32 33 3 15 13 154 |
||
FUENTES: Información Presupuestal Original y Ejercida,
Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto 1999 y 2000, proporcionada por la
entidad.
Situación Financiera
A continuación se
presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y
1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|
|
2000 |
|
1999 |
|
|
ACTIVO Circulante Fijo |
|
171,784 940,730 |
|
218,331 859,158 |
|
|
(46,547) 81,572 |
||
|
Suma el activo |
|
1,112,514 |
|
1,077,489 |
|
|
35,025 |
||
|
PASIVO A corto plazo Otro |
|
104,499 3,328 |
|
170,474 3,335 |
|
|
(65,975) (7) |
||
|
Suma el pasivo |
|
107,827 |
|
173,809 |
|
|
(65,982) |
||
|
PATRIMONIO |
|
1,004,687 |
|
903,680 |
|
|
101,007 |
||
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
1,112,514 |
|
1,077,489 |
|
|
35,025 |
||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
FUENTES: Estados Financieros Dictaminados por Auditor
Independiente 2000 (comparativo 1999).
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Hospital
General de México (HGM) se propuso desarrollar las actividades institucionales
que se presentan a continuación.
Función 08 “Salud”.
Subfunción 02 “Atención Médica”.
Programa Sectorial 27 “Programa de Reforma del Sector Salud”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 420 “Proporcionar Atención Médica”, 437
“Desarrollar y Construir Infraestructura Básica”, 701 “Administrar Recursos
Humanos, Materiales y Financieros”, 703 “Capacitar y Formar Servidores
Públicos” y 708 “Prever el Pago de los Incrementos por Servicios Personales”.
El objetivo de la actividad 420 consistió en coadyuvar al mejoramiento
de las condiciones de salud de la población, buscando evitar daños y riesgos,
mediante la ruptura del ciclo natural de las enfermedades, disminuyendo las
incidencias de éstas, con el fin de reducir los índices de morbilidad y
mortalidad, a través de consulta, hospitalización, rehabilitación y urgencias.
Las metas consistieron en llegar a una consulta de acuerdo con el índice
de concentración de consultas; alcanzar el 70% en la ocupación hospitalaria;
cubrir la totalidad de las consultas de urgencias que representan el 6%, y
tener una tasa del 4% de mortalidad hospitalaria.
La actividad 437 tenía como objetivo mejorar, desarrollar, regular y
optimizar la prestación de servicios de salud a nivel nacional a través de la
coordinación, capacitación, seguimiento y evaluación de los procesos de
planeación, programación, presupuestación, ejecución y normatividad de las
acciones de obras, conservación y equipamiento que se realicen centralmente y
aquellas que se circunscriben en el marco del proceso de la descentralización
de los servicios de salud a las entidades federativas.
La meta consistió en concluir una obra.
En lo que se refiere a la actividad 701, su objetivo consistió en
mantener una administración sólida que
permita el manejo de los recursos de una manera transparente, para el
apoyo de las actividades sustantivas.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Por otra parte, la actividad 703 tenía como objetivo incidir en el
mejoramiento de los servicios de salud a través de la formación y capacitación
de los recursos humanos.
La meta consistió en capacitar al 90% (1,719) del personal en materia de
Salud.
En la actividad 708, su objetivo consistió en disponer oportunamente de
los recursos financieros que se apliquen en el pago de los aumentos de salarios
de los trabajadores, atendiendo a las indicaciones que señalan los
ordenamientos legales en la materia.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividad Institucional 433 “Llevar a cabo la Investigación Científica y
Tecnológica”.
El objetivo de la actividad consistió en realizar acciones que permitan
conocer los procesos biológicos y psicológicos, los vínculos entre las causas
de la enfermedad, la práctica médica, la estructura social y los efectos
nocivos del medio ambiente, así como el estudio y desarrollo de técnicas y
métodos para la prestación de los servicios.
La meta consistió
en publicar en promedio dos artículos de investigación por cada
investigador. [1]/
Tipos de
Revisión
Con el oficio núm. OASF-F-227/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C.
Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Dr. Francisco José Higuera Ramírez, Director General del Hospital General de
México, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta de
la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría
Superior de la Federación llevó a cabo dos auditorías financieras y de
cumplimiento.
Cuentas de Balance-Activo, "Inventarios de
Medicamentos y Periféricos"
Como
resultado de la revisión de los recursos ejercidos en esta cuenta, se determinó
lo siguiente:
1. Faltantes por 29,675.8 miles de pesos y
sobrantes por 12,665.6 miles de pesos de productos químico-farmacéuticos en los
almacenes periféricos, de los cuales al cierre de la revisión (mayo de 2002) se
aclaró el origen de 11,324.9 miles de pesos de faltantes y 2,366.4 miles de
pesos de sobrantes, por lo que quedaron pendientes de aclarar faltantes y
sobrantes por 18,350.9 y 10,299.2 miles de pesos, respectivamente.
2. Los
movimientos de entrada por la adquisición
de productos químico-farmacéuticos de la muestra se registraron correctamente
en los kárdex y contaron con la copia del pedido y de la factura debidamente
requisitados. Asimismo, el método de valuación de precios promedio aplicado por
la entidad fue consistente.
3. Con
el análisis de los movimientos de salidas de la muestra seleccionada, por
77,810.0 miles de pesos, se comprobó que salidas con un importe de 69,087.6
miles de pesos se registraron correctamente y contaron con su respectivo
sustento documental. De los restantes 8,722.4 miles de pesos, los movimientos
de salida reportados por los almacenes revisados no contaron con los recetarios
necesarios para que se les proporcionaran los insumos, ni se registraron
mediante kárdex; y no existe un registro o documento con que se soporten dichas
salidas. Los almacenes periféricos no se encuentran en la estructura orgánica
del hospital, por lo que no están reglamentados ni controlados.
4. En
las salidas reportadas por los almacenes periféricos con importe de 318.2 miles
de pesos por concepto de narcóticos, el hospital no cuenta con evidencia
documental que las sustente.
5. A la fecha de la revisión la existencia de
productos químico-farmacéuticos caducos, ascienden a 1,140.8 miles de pesos, y
no se ha tramitado su destrucción. Los productos químico farmacéuticos de lento
y nulo movimiento, ascienden a 1,677.3 miles de pesos, situación originada por
la carencia de un sistema de máximos y mínimos.
Egresos
Prespuestales del Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Como
resultado de la revisión de los recursos ejercidos en este capítulo, se observó
lo siguiente:
1. El HGM ejerció en el capítulo 3000
"Servicios Generales" un importe por 81,910.7 miles de pesos,
inferior en 410.9 miles de pesos, respecto del presupuesto modificado por
82,321.6 miles de pesos, gasto respaldado con los oficios de la Secretaría de
Salud; los recursos no ejercidos fueron reintegrados oportunamente a través de
dicha secretaría.
2. El
HGM contó con el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
calendarizado y remitido a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
3. La
cantidad erogada por 6,963.8 miles de pesos, por concepto del servicio de
alimentación a 440 médicos residentes del Hospital General de México, no contó
con la documentación, que en forma previa al pago se estipuló en los contratos,
a fin de evidenciar la prestación real del servicio.
4. El
domicilio fiscal de la Fonda Internacional Argentina, la cual otorgó el
servicio de alimentación ya mencionado, no corresponde al del citado
contribuyente; el proveedor no manifestó su cambio de domicilio fiscal o
suspensión de actividades ni las declaraciones de los ejercicios 2000 y 2001; y
en su participación en la licitación pública del año 2001 alteró su acta
constitutiva.
5. La
contratación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo a
equipos médicos de la Dirección de Conservación, Mantenimiento y Almacenes, no
contó con las órdenes de servicio ni con las bitácoras de 13 equipos médicos
por 19 servicios de mantenimiento preventivo con un importe de 500.3 miles de
pesos.
6. En
cuanto al registro contable y presupuestal, se comprobó que el Hospital General
de México se ajustó al Catálogo de Cuentas vigente, así como al Clasificador
por Objeto del Gasto de la SHCP.
Objetivo
Comprobar que el saldo registrado en el renglón "Inventarios" correspondió a bienes del Hospital General de México (HGM) y representó el valor de las existencias reales al cierre del ejercicio; que se investigaron y aclararon las diferencias entre los inventarios físicos practicados; que su control y distribución correspondieron a las necesidades de los servicios del hospital; y que su valuación y registro contable se ajustaron a la normativa aplicable.
Criterios de Selección
En el análisis del Estado de Situación Financiera dictaminado del Hospital General de México, al 31 de diciembre de 1999 y 2000, se determinó que el renglón "Inventarios" presentó un saldo de 47,365.1 miles de pesos en 2000, que comparado con el del año anterior, por 49,147.9 miles de pesos, registró una disminución por 1,782.8 miles de pesos (3.6%). Los almacenes de medicamentos y periféricos (almacenes que se encuentran dentro de los once principales servicios médicos que proporciona el hospital) fueron los más representativos al contribuir con un saldo conjunto por 39,493.2 miles de pesos, equivalente al 83.4% del renglón .
Por su parte, las notas en los estados financieros dictaminados señalan que las salidas de los insumos médicos no fueron registradas en su totalidad, lo cual originó que existieran diferencias con el inventario físico practicado por 17,045.5 miles de pesos, que se registraron provisionalmente en la cuenta "Deudores Diversos", mientras se lleva a cabo su conciliación y depuración.
Alcance
Se revisaron movimientos con importe de 96,335.2 miles de pesos (18,525.2 miles de pesos por entradas de productos químico farmacéuticos, equivalentes al 15.9% del total de deudores, y 77,810.0 miles de pesos por salidas, equivalentes al 63.7% del total), correspondientes a la cuenta "Almacén Médico", cuyo saldo, por 28,321.8 miles de pesos, representó el 59.8% del rubro "Inventarios", por 47,365.1 miles de pesos.
Áreas Revisadas
Los trabajos se llevaron a cabo en las direcciones de Recursos Materiales y de Mantenimiento, Conservación y Almacenes, adscritas a la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas, y en los almacenes periféricos de los Servicios Médicos del HGM, dependientes de la Dirección General Adjunta Médica.
Resultado
Del análisis de la Balanza de Comprobación de la Subdirección de Contabilidad y Presupuestos al 31 de diciembre de 2000, se extrajo que el saldo registrado en la cuenta "Almacén", por 48,350.0 miles de pesos, correspondió con el reportado por el auditor externo, el cual fue por 47,365.1 miles de pesos, una vez disminuido el saldo que registró la subcuenta "Material Caduco", por 984.9 miles de pesos, y está respaldado con los auxiliares contables desagregados por subsubsubcuenta, conforme a lo establecido en los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 101 de su reglamento.
El saldo de la cuenta se conformó como se detalla a continuación:
INTEGRACIÓN
DE LA CUENTA “ALMACÉN”
|
Subcuenta |
Importe (miles de pesos) |
Participación (%) |
|
Valor revaluado |
470.2 |
1.0 |
|
Almacén de Varios |
5,115.0 |
10.6 |
|
Almacén de Mantenimiento |
2,022.0 |
4.2 |
|
Almacén Médico |
28,321.8 |
58.6 |
|
Material Caduco |
984.9 |
2.0 |
|
Almacén de Víveres |
264.7 |
0.5 |
|
Almacenes Periféricos |
11,171.4 |
23.1 |
|
Total |
48,350.0 |
100 |
FUENTE: Papeles de trabajo de la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En el examen de las Cédulas Comparativas Físico-Documental de los inventarios físicos practicados por el Hospital General de México en los meses de agosto y diciembre de 2000, se determinaron faltantes en los almacenes periféricos por 29,675.8 miles de pesos y sobrantes por 12,665.6 miles de pesos de productos químico-farmacéuticos, que al cierre de ese ejercicio se encontraban pendientes de aclarar.
Se comprobó que al cierre de la revisión (mayo de 2002) la entidad aclaró a la Auditoría Superior de la Federación 11,324.9 miles de pesos de faltantes y 2,366.4 miles de pesos de sobrantes, que fueron sometidos a la consideración de la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas y de la Contraloría en el HGM, para que se realicen los registros contables correspondientes. Permanecen pendientes de aclarar faltantes por 18,350.9 miles de pesos y sobrantes por 10,299.2 miles de pesos. Esta omisión impidió constatar la correcta aplicación de los recursos presupuestales recibidos, e infringió el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y las Políticas de Operación del Procedimiento para la Toma de Inventarios de julio de 2000, de la Subdirección de Planeación de la entidad.
Observación
Respecto de los faltantes y sobrantes de productos químico-farmacéuticos que reportaron los almacenes periféricos en los inventarios físicos, por 29,675.8 y 12,665.6 miles de pesos, el HGM no aclaró las diferencias dentro de los cinco días hábiles posteriores a su determinación, en infracción del numeral 25 de las Políticas de Operación del Procedimiento para la Toma de Inventarios de julio de 2000.
Se comprobó que los 17,010.2 miles de pesos resultantes de disminuir el importe de los sobrantes detectados en los almacenes periféricos por concepto de productos químico-farmacéuticos al importe de los faltantes fueron contabilizados por la entidad en la cuenta "Deudores Diversos".
Al cierre de los trabajos de revisión quedan pendientes de aclarar faltantes por 18,350.9 miles de pesos y sobrantes por 10,299.2 miles de pesos, en infracción de lo dispuesto por el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el numeral 25 de las Políticas de Operación del Procedimiento para la Toma de Inventarios de julio de 2000, emitido por la Subdirección de Planeación de la entidad.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas del Hospital General de México instruya a la Dirección de Mantenimiento, Conservación y Almacenes para que en lo sucesivo establezca medidas de supervisión que le permitan asegurarse que las diferencias que arroje el inventario físico practicado sean aclaradas en el plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de su determinación, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el numeral 25 de las Políticas de Operación del Procedimiento para la Toma de Inventarios de julio de 2000.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-06-001 Pliego de Observaciones
Se formulará dictamen técnico a la Dirección General Jurídica por las irregularidades determinadas en el Hospital General de México, ya que al cierre de la revisión (mayo 2002) no fueron aclaradas las diferencias determinadas en el inventario físico practicado en los meses de agosto y diciembre de 2000, con importes respectivos de faltantes y sobrantes del orden de 18,350.9 y 10,299.2 miles de pesos; con el fin de que dicha Dirección General en su ámbito de competencia, determine las acciones administrativas y/o legales que procedan.
Resultado
Con la revisión de los movimientos de entrada por la adquisición de los productos químico-farmacéuticos que constituyeron la muestra por 18,525.2 miles de pesos, se comprobó que aun cuando el almacén central no contaba con políticas y procedimientos para formalizar su operación, el registro en los kárdex fue correcto y, además, los movimientos contaron con la copia del pedido y de la factura con las firmas y sellos de recibido por parte del almacén, de conformidad con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento.
Asimismo, se constató que el método de valuación (precios promedio) aplicado por el HGM para revalorizar los inventarios fue consistente, al realizarse en forma automática mediante un sistema electrónico que promedia el costo de las entradas con el de las existencias, de conformidad con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento.
Resultado
Por lo que se refiere al análisis de movimientos de salidas de la muestra seleccionada, con importe de 77,810.0 miles de pesos, se comprobó que 16,307.4 miles de pesos, correspondientes al almacén central, se registraron correctamente y contaron con su respectivo formato de Aprovisionamiento Pedido-Remisión. De los restantes 61,502.6 miles de pesos de salidas reportadas por 11 almacenes periféricos que en 2000 operaron en el hospital, 52,780.2 miles de pesos, de 7 de ellos, fueron registradas correctamente en los kárdex respectivos y contaron con los formatos denominados Recetarios, que deben presentar las áreas usuarias para que se les proporcionen los productos, en cumplimiento del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos de julio de 2000, emitido por la Subdirección de Planeación, y el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
No obstante, se observó que las salidas por 8,722.4 miles de pesos, que efectuaron los almacenes periféricos de Terapia Intensiva, Urgencias Médicas, Neurología y Cardiología, no cuentan con los formatos denominados Recetarios que debieron presentar los servicios médicos para que se les proporcionaran los insumos, ni se registraron en los kárdex, en contravención del citado manual. Igualmente, se observó que no existe un documento que soporte las salidas, en infracción del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Además, los almacenes periféricos no se encuentran ubicados dentro de la estructura orgánica del hospital y, por la misma razón no están reglamentados ni controlados, ya que en la práctica se ubican dentro de 11 de los 52 servicios médicos que proporciona el hospital y dependen del jefe de dichos servicios, lo que infringe lo establecido en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Observación
En el examen de los movimientos de salida reportados por los almacenes periféricos de Terapia Intensiva, Urgencias Médicas, Neurología y Cardiología, con importe global por 8,722.4 miles de pesos, se constató que la entidad carece de los formatos denominados Recetarios de los servicios médicos, que justifiquen las entregas de medicamentos y falta algún otro registro o documento que ampare las salidas, lo que impidió corroborar el destino de los insumos, en infracción del procedimiento 2 "Salidas de Insumos de Consumo Médico y Administrativo" del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos. Además, los almacenes periféricos no están incluidos en la estructura orgánica del hospital, sino que forman parte de 11 de las 52 áreas de servicios médicos que ofrece y, por lo tanto, no están controlados ni reglamentados, en contravención del artículo 59, fracciones V y IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Servicios Médicos del Hospital General de México instruya a los servicios médicos de Terapia Intensiva, Urgencias Médicas, Neurología y Cardiología para que implanten en sus almacenes periféricos mecanismos de control que garanticen que, en lo subsecuente, la entrega de productos químico-farmacéuticos se compruebe mediante los formatos denominados Recetarios y se registre en los kárdex correspondientes, de conformidad con el procedimiento 2 "Salidas de Insumos de Consumo Médico y Administrativo" del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-003 Recomendación
Es necesario que la Dirección General del Hospital General de México instruya a su Dirección General Adjunta Médica, para que establezca los mecanismos de control que le permitan operar con áreas formalmente adscritas a su estructura orgánica dictaminada, especialmente en lo referente a la regulación y reglamentación de almacenes periféricos, de conformidad con lo establecido en el artículo 59, fracciones V y IX, de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
Acción Promovida
00-12197-2-534-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en el Hospital General de México, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, por las salidas no sustentadas ni registradas en kárdex o documento alguno de productos químico-farmacéuticos por 8,722.4 miles de pesos que efectuaron los almacenes periféricos de Terapia Intensiva, Urgencias Médicas, Neurología y Cardiología e informe a este órgano superior de fiscalización de los resultados obtenidos.
Resultado
Mediante el examen de las Cédulas Comparativas Físico-Documental de los inventarios físicos practicados en agosto y diciembre de 2000 para evaluar el control que el HGM tiene establecido para salvaguardar las claves de medicamentos clasificados como narcóticos, se determinó un faltante de 192.1 miles de pesos en diversas claves, el cual forma parte de las diferencias por 29,675.8 miles de pesos anteriormente mencionadas, por lo que se revisó la totalidad de entradas y de salidas de estos insumos al almacén central en el ejercicio de 2000, y se observó que en total ingresaron narcóticos por un importe de 1,109.9 miles de pesos. Y en lo que se refiere a las salidas, se constató que un importe por 318.2 miles de pesos reportado por los almacenes periféricos no cuenta con la evidencia documental que las sustente, en contravención del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos y del Reglamento de Insumos para la Salud.
Observación
Se determinó que en las salidas reportadas por los almacenes periféricos en el concepto de narcóticos, con importe de 318.2 miles de pesos, el hospital no cuenta con evidencia documental que las sustente, lo que contravino el procedimiento 2 "Salidas de Insumos de Consumo Médico y Administrativo" del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos, y los artículos 50 y 52 del Reglamento de Insumos para la Salud.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-004 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas del Hospital General de México instruya a la Dirección de Almacenes para que establezca en el almacén central mecanismos de control interno que garanticen que en lo subsecuente el manejo y suministro de narcóticos cumpla con lo establecido en el procedimiento 2 "Salidas de Insumos de Consumo Médico y Administrativo" del Manual de Procedimientos de Almacenes Periféricos, y los artículos 50 y 52 del Reglamento de Insumos para la Salud.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-06-002 Pliego de Observaciones
Se formulará dictamen técnico a la Dirección General Jurídica por las irregularidades determinadas en el Hospital General de México, consistentes en la falta de evidencia documental que demuestre el destino de narcóticos por 318.2 miles de pesos; con el fin de que dicha Dirección General en su ámbito de competencia, determine las acciones administrativas y/o legales que procedan.
Resultado
Con la revisión de existencias de productos químico-farmacéuticos caducos, se constató que al cierre de la revisión (mayo de 2002) existe un incremento de 15.8% (156.0 miles de pesos) en relación con el cierre de 2000 (984.8 miles de pesos), sin que la entidad estableciera las causas que originaron tal variación, situación que incumple con las Normas para la Administración y Baja de Bienes Muebles del Hospital General de México de noviembre de 2001, autorizado por la Dirección General de la entidad.
Observación
La existencia de productos químico-farmacéuticos a la fecha de la revisión, asciende a 1,140.8 miles de pesos y no se ha tramitado su destrucción, en infracción de las normas septuagésima segunda y septuagésima tercera, incluidas en el capítulo IV, Afectación, Destino Final y Baja de Bienes Muebles de las Normas para la Administración y Baja de Bienes Muebles del Hospital General de México.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-005 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas en el Hospital General de México instruya a la Dirección de Recursos Materiales para que tramite la baja y/o destino final de 1,140.8 miles de pesos de productos químico-farmacéuticos caducos, para evitar que se acumulen en el almacén central y cumplir con las normas septuagésima segunda y septuagésima tercera, incluidas en el capítulo IV, Afectación, Destino Final y Baja de Bienes Muebles de las Normas para la Administración y Baja de Bienes Muebles del Hospital General de México.
Acción Promovida
00-12197-2-534-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en el Hospital General de México, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto del incremento de 156.0 miles de pesos (15.8%) en las existencias de productos químico-farmacéuticos caducos observada entre 2001 y 2000, determinados a la fecha de la revisión en el almacén central del hospital sin que la entidad justificara sus causas, e informe a este órgano superior de fiscalización de los resultados obtenidos.
Resultado
Respecto de la existencia de productos químico-farmacéuticos clasificados como de escaso y nulo movimiento que al cierre del ejercicio de 2000 presentaban un importe por 1,799.8 miles de pesos, se constató que la Subdirección de Almacenes e Inventarios gestionó mediante diversos oficios su desplazamiento dentro de los servicios médicos del hospital, así como también hacia la Secretaría de Salud. Sin embargo, al cierre de la auditoría persiste un saldo por 1,677.3 miles de pesos, debido a que dentro de los servicios del hospital no se han desplazado los insumos, no obstante las gestiones realizadas.
Al respecto, se observó que la acumulación de existencias tiene su origen, entre otras causas, en la carencia de sistemas de máximos y mínimos que regulen las disponibilidades en el almacén y eviten sobreinversiones o desabastos, en infracción de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Observación
Respecto de la existencia de productos químico-farmacéuticos de lento y nulo movimiento, se constató que a la fecha de revisión ascienden a 1,677.3 miles de pesos, no obstante que se ha gestionado su desplazamiento ante los mismos servicios médicos del hospital y la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Salud. La problemática se origina, entres otras causas, por la carencia de un sistema de máximos y mínimos que permita adecuar las existencias a las necesidades, en contravención del artículo 59, fracciones VI y IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Acción Promovida
00-12NBD-2-534-01-006 Recomendación
Es necesario que la Dirección General del Hospital General de México promueva ante su órgano de gobierno la búsqueda de mecanismos interinstitucionales que permitan colocar los medicamentos que muestran lento y nulo desplazamiento por 1,677.3 miles de pesos en otras entidades del sector salud en los ámbitos federal y estatal, o incluso buscar su intercambio con los proveedores de los insumos, a efecto de evitar que caduquen las claves en detrimento de las finanzas de la entidad, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 59, fracciones VI y IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Resultado
En cuanto al registro contable de los movimientos seleccionados por 96,335.2 miles de pesos (44.9% del total de entradas y salidas contabilizados), se comprobó que las operaciones de los almacenes del HGM se ajustaron al Catálogo de Cuentas vigente y, salvo lo ya observado, contaron con la documentación original comprobatoria que los respalda, en cumplimiento de los artículos 82 y 91 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Objetivo
Verificar que el ejercicio presupuestal reportado por el Hospital General de México (HGM) con cargo al capítulo 3000 "Servicios Generales", correspondió a erogaciones previstas y efectivamente realizadas en el ejercicio; evaluar su justificación, respaldo documental y relación con el objetivo de la entidad; constatar que en su registro presupuestal y contable se observó la normativa correspondiente.
Criterios de Selección
El Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto incluido en el Dictamen Presupuestal del auditor externo y el reporte de Egresos Flujo de Efectivo, de la Cuenta Pública 2000, del HGM reportaron un importe ejercido por la entidad en el capítulo 3000 "Servicios Generales" de 81,910.7 miles de pesos, con un subejercicio de 410.9 miles de pesos, respecto del presupuesto modificado autorizado para ese capítulo (82,321.6 miles de pesos), debido principalmente a la implementación del programa de austeridad.
Se propone para revisión este capítulo por los resultados obtenidos en auditorías practicadas sobre ese concepto en otras entidades, las cuales han mostrado deficiencias de diversa magnitud, como servicios no recibidos y pagados, adjudicaciones directas de servicios de conservación y mantenimiento, e incumplimiento de contratos sin aplicación de sanciones, lo que repercute en las finanzas de los entes por la falta de transparencia en el ejercicio de los recursos.
Alcance
De los 81,910.7 miles de pesos ejercidos por el Hospital General de México (HGM) con cargo al capítulo 3000 "Servicios Generales", se seleccionó para su examen una muestra por 29,282.6 miles de pesos, que representó el 35.7 % del importe erogado, conformada por 27 contratos de prestación de servicios y 5 ampliaciones de los mismos, los cuales correspondieron a las partidas 3203 "Arrendamiento de Maquinaria y Equipo", 3207 "Subrogaciones", 3305 "Estudios e Investigaciones", 3301 "Asesoría"; 3502, 3503, 3504, "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", "Maquinaria y Equipo", y de "Inmuebles", y la 3505 "Instalaciones" con importes individuales respectivos por 541.1; 9,300.2; 885.5; 92.0; 2,569.7, 11,395.9; 3,871.1; y 627.1 miles de pesos, respectivamente.
Áreas Revisadas
Los trabajos se llevaron a cabo en las direcciones de Recursos Materiales, de Conservación, Mantenimiento y Almacenes, y de Recursos Financieros, dependientes de la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas del Hospital General de México.
Resultado
De acuerdo con el reporte Egresos de Flujo de Efectivo de Entidades de Control Presupuestario Indirecto de la Cuenta Pública de 2000, el Hospital General de México (HGM) ejerció en el capítulo 3000 "Servicios Generales" 81,910.7 miles de pesos, importe inferior en 410.9 miles de pesos al del presupuesto modificado (82,321.6 miles de pesos), el cual se respaldó con diversos oficios de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, a partir de un presupuesto original por 72,546.8 miles de pesos, que se comunicó a la entidad mediante el oficio núm. 179 del 17 de enero de 2000, remitido por la Oficialía Mayor.
Se confirmó que los recursos no ejercidos por 410.9 miles de pesos, fueron remitidos a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Salud, en los tiempos previstos por la normatividad, conforme al oficio núm. DGAAF/031/2001 del 10 de enero de 2001, exhibido por la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas del Hospital General de México.
Por las razones expuestas, la entidad cumplió con los artículos 16 y 25, segundo párrafo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 46 y 154 de su reglamento; y el artículo 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación.
Resultado
Con la revisión de la documentación exhibida por la Dirección de Recursos Materiales, en lo referente a la programación de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se comprobó que la entidad contó con el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para 2000, respaldado con el presupuesto original autorizado y calendarizado y se remitió a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) antes del 31 de marzo de 2000, en cumplimiento de los artículos 18 y 23 de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
Resultado
Con el análisis de los contratos de la muestra de auditoría de las partidas 3203 "Arrendamiento de Maquinaria y Equipo" por 541.1 miles de pesos, 3207 "Subrogaciones" por 9,300.2 miles de pesos, 3305 "Estudios e Investigaciones" por 885.5 miles de pesos, 3502 "Conservación de Bienes Informáticos" por 2,569.7 miles de pesos, 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles" y 3505 "Instalaciones", con importes de 3,871.1 y 627.1 miles de pesos, se constató que se refieren a dos contratos de arrendamiento de máquinas copiadoras para servicio de la entidad; contrato con la empresa "Soma Trading" para el tratamiento de residuos peligrosos mediante un procedimiento ecológico por 2,336.4 miles de pesos, así como dos contratos con la empresa "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", para la prestación del servicio de alimentación a médicos residentes, por 6,963.8 miles de pesos; contratación del despacho de consultoría denominado "Gidari" para implementar un procedimiento de costeo por área de servicio en el HGM; tres contratos con prestadores de servicios con la finalidad de realizar los mantenimientos preventivos y correctivos en equipo de cómputo, así como la actualización de un sistema de braquiterapia; y la contratación de ocho prestadores de servicios para realizar adecuaciones, rehabilitaciones y remodelaciones, así como el cableado telefónico en diferentes áreas de la entidad.
Respecto de lo anterior se comprobó que las operaciones efectuadas se adjudicaron, conforme a su cuantía o grado de especialización de los servicios, en las modalidades de licitación pública; invitación a cuando menos tres personas; o adjudicación directa (cuatro contratos); en este último caso, se contó con la autorización previa del Comité de Adquisiciones y Prestación de Servicios de la entidad.
En el proceso de adquisición y evaluación, sobre la recepción de los servicios, se comprobó que los expedientes revisados, en lo general, contaron con la evidencia documental que demuestra que son correctos, por incluir las bases; convocatorias; actas (de apertura y de fallo); cuadros comparativos; fianzas (anticipo y cumplimiento) y contratos y anexos requisitados en los tiempos que prevé la normativa, así como que las actas de entrega-recepción fueron rubricadas por el área que requiere los servicios y su prestador.
Por lo anteriormente expuesto, la entidad se ajustó a los artículos 26, 30, 31, 35, 37, 41, fracciones I y III, y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 del Reglamento de la ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; y 62 del Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2000.
Resultado
Se constató que un importe de 6,963.8 miles de pesos que forma parte de la partida 3207, "Subrogaciones", correspondió al pago del servicio de comedor para médicos residentes del HGM proporcionado por la "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", en el periodo de enero a diciembre de 2000, los cuales se justificaron con base en el punto 9.1.4, del numeral 9, Derechos de los Residentes de la Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1 del 22 de septiembre de 1994, emitida por la Secretaría de Salud, la cual señala: "recibir alimentación completa, técnicamente balanceada, higiénica y de buena calidad".
La subrogación del servicio de comedor se formalizó mediante los contratos CS-HGM-DGAAF-DRMC/012/2000 y CS-HGM-DGAAF-DRMC/022/2000 con importes respectivos por 1,745.5 y 5,218.3 miles de pesos, en los periodos del 01 de enero al 31 de marzo y 01 de abril al 31 de diciembre de 2000, los cuales se adjudicaron en forma directa a la Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V., al amparo de la autorización emitida por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del HGM en la vigésima sesión ordinaria del 22 de diciembre de 1999 y en la segunda sesión ordinaria del 28 de febrero de 2000, respectivamente, con fundamento en el artículo 81, fracción segunda, de la derogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, aun cuando conforme a la autorización, mediante el oficio núm. 315-A-2315 del 22 de octubre 1999, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de Salud, Educación y Laboral de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la entidad debió adjudicar los servicios por licitaciones públicas.
Respecto del primero de los contratos señalados, se comprobó la validez del argumento presentado por la Subdirección de Servicios Generales para su adjudicación directa, que consistió en no contar, en el momento de la necesidad del servicio, con la presencia de los miembros de la mesa directiva de médicos residentes, como responsables de elaborar el dictamen de la propuesta técnica requerido en un proceso de licitación pública, limitación que podría generar problemas con los médicos residentes, al no proporcionárseles la alimentación que prevé la NOM-090-SSA-1-1994.
En cuanto al segundo contrato, formalizado por la entidad el 1 de abril de 2000, se comprobó que antes de la adjudicación en forma directa, la Subdirección de Servicios Generales solicitó cotizaciones a empresas que prestaron el servicio de comedor a instituciones del sector salud, y con base en ellas presentó al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, un análisis que demostraba que la compañía elegida por el HGM se encontraba 40.0% por debajo del precio de otros establecimientos, por lo que no hubiera podido realizarse una licitación pública sin incrementar costos; lo anterior cumplió con lo establecido en el artículo 41, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
Respecto de la recepción del servicio de alimentación por los 440 médicos residentes del HGM, conforme a las condiciones establecidas en los contratos (precio por ración, número de raciones, informe del servicio, y relación de inasistencias principalmente), y su respaldo documental, se comprobó que en las erogaciones incurridas por 6,963.8 miles de pesos, la entidad no cuenta con la documentación que en forma previa al pago del servicio se estipuló en los contratos, consistente en el informe del servicio y la relación de inasistencia que permitiera establecer la cantidad de raciones consumidas por día.
Mediante la prueba efectuada para constatar que los servicios se recibieron, consistente en comparar la lista de médicos residentes por especialidad de la Dirección de Enseñanza, con las libretas de registro de asistencia del comedor, exhibidos por el Comité de Médicos Residentes, se observó que en las libretas únicamente se consignan los apellidos de los consumidores, el área de servicio y un número, que, de acuerdo con lo manifestado por el Presidente de la Mesa Directiva, corresponde a la ración de alimentos proporcionada, datos que no fue factible relacionar con la lista de médicos residentes.
Además, al multiplicar el número de médicos residentes que muestran las libretas (280 diarios en promedio), por el número de raciones diarias que la empresa se comprometió a suministrar, conforme al anexo 1 de los contratos (3 raciones diarias), se obtiene como producto un máximo de 840 raciones diarias, cantidad que difiere del resultado obtenido al sumar las raciones entregadas que refieren dichas libretas (entre 1,400 y 1,480 raciones diarias en promedio), e inclusive de las raciones pagadas, según facturas presentadas por la Dirección de Recursos Financieros.
Por lo antes expuesto, la entidad infringió el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y los contratos.
Observación
De los dos contratos celebrados con la "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", para la prestación del servicio de comedor a 440 médicos residentes, con importe global de 6,963.8 miles de pesos, se comprobó que el hospital no cuenta con la documentación que demuestre la prestación real del servicio, consistente en el informe del servicio y relación de inasistencias, conforme a lo estipulado en las cláusula séptima y décimocuarta de los documentos.
Además, al comparar la Lista de Médicos Residentes por Especialidad, de la Dirección de Enseñanza, con las libretas de registro de asistencia al comedor, proporcionada por el Comité de Médicos Residentes, se determinaron diferencias entre el número de raciones diarias otorgadas, como resultado de multiplicar los 280 médicos residentes relacionados en libretas, por las tres raciones diarias incluidas en el anexo 1 de los contratos, se obtiene un máximo de 840 raciones diarias y se facturan 1,320, además no fue factible vincular los nombres de los médicos que muestra la lista, con los apellidos asentados en las libretas.
Por lo antes expuesto, la entidad infringió los artículos 44, fracción III, y 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y las cláusulas séptima y decimocuarta de los contratos.
Acción Promovida
00-12NBD-2-535-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General del Hospital General de México instruya a la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas para que establezca medidas de control y supervisión tendientes a garantizar que en la prestación del servicio de comedor se anexen a las facturas correspondientes, las relaciones de inasistencia y los informes de los servicios que demuestren el cumplimiento del proveedor, con la finalidad de que los pagos efectuados se justifiquen, de acuerdo con las cláusulas séptima y decimocuarta de los contratos y los artículos 44, fracción III, así como 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y se informe de los resultados a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-12NBD-2-535-06-001 Pliego de Observaciones
Se formulará dictamen técnico a la Dirección General Jurídica, por las irregularidades determinadas en el Hospital General de México, consistentes en la falta de informes de los servicios y las relaciones de inasistencia, que respalden los pagos efectuados por concepto de alimentación a médicos residentes, con importe global de 6,963.8 miles de pesos; ello con el fin de que dicha Dirección General en su ámbito de competencia, determine las acciones administrativas y/o legales que procedan.
Resultado
Con la compulsa celebrada con el prestador de servicios denominado "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.," tendiente a evaluar la autenticidad de las operaciones realizadas con el Hospital General de México, se constató que la empresa de referencia ya no se encuentra asentada en el domicilio fiscal que muestran las facturas, y en la solicitud de información presentada ante el Servicio de Administración Tributaria Local (SAT), ubicado en la ciudad de Cuernavaca, Mor., se conoció que el contribuyente no presentó las declaraciones anuales de los ejercicios 2000 y 2001 con ingresos respectivos obtenidos de su relación con el HGM, por 6,944.9 y 1,119.5 miles de pesos, ni notificó cambio de domicilio fiscal o conclusión de actividades.
Por otra parte, al analizar el proceso de adjudicación del servicio de comedor a médicos residentes para el ejercicio 2001, se constató que la empresa denominada "Grupo Kehisa, S.A. de C.V.", fue la ganadora del proceso de licitación, en donde únicamente participaron la "Fonda Internacional Argentina" y aquélla. Sin embargo, al analizar el anexo 9, Formato de Identificación del Apoderado Legal y de la empresa que representa, exhibido por la Dirección de Recursos Materiales, se observó que la "Fonda Internacional Argentina" proporcionó información errónea respecto del nombre de uno
de los accionistas, al decir Basurto Carrillo Beatriz en lugar de Aburto Carpinteyro Beatriz, conforme a lo señalado en el acta constitutiva presentada por el SAT.
Observación
Se constató que el domicilio fiscal del proveedor "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", a que hacen referencia las facturas ya no corresponde al del citado contribuyente; con información proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria Local (SAT), se constató que el proveedor no manifestó su cambio de domicilio, la suspensión de actividades, ni presentó las declaraciones de los ejercicios 2000 y 2001, aun cuando en dichos ejercicios obtuvo ingresos respectivos por 6,944.9 y 1,119.5 miles de pesos, como resultado de la prestación del servicio de alimentación a médicos residentes del HGM.
Por otra parte, para el año 2001, el hospital realizó el proceso de licitación pública para el servicio de comedor de médicos residentes, en el cual sólo participaron dos proveedores que fueron "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", y "Grupo Kehisa, S.A. de C.V.", siendo este último el ganador; sin embargo, al analizar sus respectivas actas constitutivas se comprobó la información errónea de la "Fonda Internacional Argentina", toda vez que en lugar de reportar como uno de sus accionistas a la C. Aburto Carpinteyro Beatriz, reportó a la C. Basurto Carrillo Beatriz, sin que se aplicaran las sanciones tipificadas por el artículo 60, fracción IV, en relación con el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-12NBD-2-535-01-003 Recomendación
Es necesario que la Dirección General del Hospital General de México instruya a la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas para que fortalezca los mecanismos de supervisión e información relacionados con la contratación de prestadores de servicios, asegurándose de la veracidad de los datos asentados por éstos en los documentos exhibidos en el proceso adquirente, y notificando al órgano interno de control en la entidad los casos en los cuales dichos prestadores incurran en datos erróneos en la información, a efecto de que las operaciones se realicen con empresas serias y se cumplan los artículos 60, fracción IV, en relación con el 59, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-06E00-2-535-05-001 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Es necesario que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mediante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, evalúe la conveniencia de practicar visita domiciliaria, auditoría e inspección, entre otras acciones, al prestador de servicios "Fonda Internacional Argentina, S.A. de C.V.", que en el primero de los casos obtuvo ingresos derivados de su relación de negocios con el HGM por importes respectivos de 6,944.9 y 1,119.5 miles de pesos correspondientes a los ejercicios fiscales de 2000 y 2001, en cumplimiento del artículo 15, fracción VII, del Reglamento Interior del SAT; además de que informe a la Auditoría Superior de la Federación de las acciones llevadas a cabo y los resultados obtenidos.
Resultado
En lo que se refiere a la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", la muestra elegida por 11,395.9 miles de pesos, correspondió a nueve contratos y dos ampliaciones de los mismos, con nueve empresas; éstos se aplicaron en servicios de mantenimientos preventivos y correctivos en equipos y aparatos médicos del Hospital General de México, que fueron recibidos en tiempo y forma de acuerdo con lo estipulado en los contratos de servicio, los programas de mantenimiento, orden de servicios y actas de entrega-recepción incluidas en los expedientes de los mantenimientos contratados, los cuales fueron proporcionados por la Dirección de Conservación, Mantenimiento y Almacenes del HGM.
Sin embargo, con análisis documental de los expedientes referidos, se constató que en 2 contratos de 13 equipos médicos, por 500.3 miles de pesos, la Dirección de Conservación, Mantenimiento y Almacenes, no contó con las órdenes de servicio, ni con las bitácoras de los equipos médicos que evidenciaran la prestación efectiva de los servicios, como se evidencia el cuadro siguiente:
INCUMPLIMIENTO DEL MANTENIMIENTO
CONTRATADO
A EQUIPOS MÉDICOS DEL HGM
|
Contrato |
Empresa |
Equipo |
Importe |
Servicios
Pendientes |
|
024/2000 |
Telecomunicaciones
Y Equipo |
Tomógrafo
Express |
168.6 |
1
DE 4 |
|
024/2000 |
Telecomunicaciones Y Equipo |
Ultrasonido Ssh-160-A |
81.2 |
2 DE 4 |
|
026/2000 |
Profesionales De Equipo Médico |
11 Ventiladores Volumétricos |
250.5 |
16 DE 33 |
|
|
|
T O T A L |
500.3 |
|
FUENTE: Expedientes de los contratos 024/2000 y
026/2000.
Lo anterior contravino lo señalado en el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como la cláusula cuarta de los contratos celebrados con los prestadores de servicios, en la cual se señala la obligatoriedad de las empresas de entregar a la entidad las órdenes de trabajo debidamente requisitadas y firmadas por el área usuaria y el Departamento de Ingeniería Clínica.
Observación
Se comprobó que la Dirección de Conservación, Mantenimiento y Almacenes del Hospital General de México no contó con las órdenes de servicio ni con las bitácoras de utilización de servicios y mantenimientos respecto de 19 mantenimientos preventivos en 13 equipos médicos, contratados con 2 prestadores de servicios, por 500.3 miles de pesos, lo que infringió el artículo 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la cláusula cuarta de los contratos celebrados con prestadores de servicios.
Acción Promovida
00-12NBD-2-535-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General del Hospital General de México instruya a la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas, a fin de que establezca las medidas de control y supervisión para garantizar que los servicios de mantenimiento en los equipos médicos de la entidad, cuenten con las órdenes de servicio y bitácoras que demuestren la prestación de los servicios en tiempo y forma, con la finalidad de que los pagos efectuados se justifiquen y se cumpla con el artículo 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como con la cláusula cuarta de los contratos y se informe de los resultados a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-12197-2-535-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en el Hospital General de México, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo respecto de la falta de evidencia documental que demuestre que 19 mantenimientos preventivos en 13 equipos médicos, con importe de 500.3 miles de pesos, fueron efectuados por los prestadores de servicio en el ejercicio de 2000, e informe de las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se comprobó que el pago de los servicios elegidos para examen se efectuó mediante cuentas por pagar sustentadas en las facturas originales, que reunieron los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como 44, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
En lo que se refiere al registro contable y la clasificación presupuestal de las operaciones objeto de examen, se comprobó que la entidad se ajustó a su Catálogo de Cuentas, así como a las partidas y conceptos previstos en el Clasificador por Objeto del Gasto, de conformidad con los artículos 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 49 y 91 de su reglamento.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría
Superior de la Federación determinó 8
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL,
2000
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
9 |
|
Subtotal |
9 |
|
Acciones Correctivas: -
Pliego de Observaciones -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control -
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal |
3 3 1 |
|
Subtotal |
7 |
|
Total |
16
|
Del
total general, 7
(43.8%) son de
carácter correctivo, y 9
(56.3%),
preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el
correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias
coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y
términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior
de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 13 recomendaciones, de las cuales se han solventado 13 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
n/r |
n/r |
13 |
n/r |
13 |
|
|
a)
Solventadas |
|
|
13 |
|
13 |
|
b)
Por solventar |
|
|
0 |
|
0 |
|
Total emitido |
|
|
13 |
|
13 |
|
Total Solventado |
|
|
13 |
|
13 |
|
Porcentaje de Avance |
|
|
100.0% |
|
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron
revisiones al ente público en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
13 |
13 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
9 |
0 |
9 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
7 |
0 |
7 |
|
|
|
|
|
|
Total |
29 |
13 |
16 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Salud, HGM.