En su artículo 38,
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformada, adicionada y
derogada en diversas disposiciones mediante Decreto publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, establece las atribuciones
de la Secretaría de Educación Pública, que consisten en la atención de los
asuntos siguientes:
“I. Organizar,
vigilar y desarrollar en las escuelas
oficiales, incorporadas o reconocidas;
a) La enseñanza preescolar, primaria,
secundaria y normal, urbana, semiurbana y rural.
b) La enseñanza que se
imparta en las escuelas a que se refiere la fracción XII del Artículo 123
Constitucional.
c) La enseñanza técnica,
industrial, comercial y de artes y oficios,
incluida la educación que se imparta a los adultos.
d) La enseñanza agrícola, con
la cooperación de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
e) La enseñanza superior y profesional, y
f)
La enseñanza deportiva y militar, y la cultura física en general.
II. Organizar y desarrollar la educación artística
que se imparta en las escuelas e institutos
oficiales, incorporados o reconocidos para la enseñanza y difusión de
las bellas artes y de las artes populares;
III. Crear
y mantener las escuelas oficiales en el Distrito Federal, excluidas las que
dependen de otras dependencias;
IV. Crear y mantener,
en su caso, escuelas de todas clases que funcionen
en la República, dependientes de la Federación,
exceptuadas las que por la Ley estén adscritas a otras dependencias del
Gobierno Federal;
V. Vigilar
que se observen y cumplan las
disposiciones relacionadas con la educación preescolar, primaria, secundaria, técnica y normal, establecidas en la
Constitución y prescribir las
normas a que debe ajustarse la incorporación de las escuelas particulares al
sistema educativo nacional;
VI. Ejercer la supervisión y vigilancia que proceda en los planteles que
impartan educación en
la República, conforme a lo prescrito por el Artículo 3o. Constitucional;
VII. Organizar, administrar y enriquecer sistemáticamente
las bibliotecas generales o
especializadas que sostenga la propia Secretaría o que formen parte de sus
dependencias;
VIII. Promover la creación de institutos de investigación
científica y técnica, y el
establecimiento de laboratorios, observatorios, planetarios y demás centros
que requiera el desarrollo de la educación primaria, secundaria, normal, técnica y superior; orientar, en coordinación con las dependencias
competentes del Gobierno Federal y con
las entidades públicas y privadas el desarrollo de la investigación científica
y tecnológica;
IX. Patrocinar la
realización de congresos, asambleas y
reuniones, eventos, competencias
y concursos de carácter científico, técnico, cultural, educativo y artístico;
X. Fomentar las relaciones de orden cultural con los
países extranjeros, con la colaboración de la Secretaría de Relaciones
Exteriores;
XI. Mantener al
corriente el escalafón del magisterio y el seguro del maestro, y crear un
sistema de compensaciones y estímulos para el profesorado; atendiendo a
las directrices que emita la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el sistema general de
administración y desarrollo de personal;
XII. Organizar, controlar y mantener al corriente el
registro de la propiedad literaria y
artística;
XIII. Otorgar becas
para que los estudiantes de nacionalidad mexicana puedan realizar investigaciones o completar ciclos de estudios en
el extranjero;
XIV. Estimular
el desarrollo del teatro en el país y organizar concursos para autores, actores y escenógrafos y en
general promover su mejoramiento;
XV. Revalidar
estudios y títulos, y conceder autorización para el ejercicio de las
capacidades que acrediten;
XVI. Vigilar, con
auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones;
XVII. Organizar misiones culturales;
XVIII. Formular
el catálogo del patrimonio histórico nacional;
XIX. Formular
y manejar el catálogo de los monumentos nacionales;
XX. Organizar, sostener y administrar museos históricos,
arqueológicos y artísticos,
pinacotecas y galerías, a efecto de cuidar la integridad, mantenimiento
y conservación de tesoros históricos y
artísticos del patrimonio cultural del
país;
XXI. Conservar, proteger y mantener los monumentos
arqueológicos, históricos y artísticos,
que conforman el patrimonio cultural de la Nación, atendiendo las disposiciones legales en la materia;
XXII. Organizar exposiciones artísticas, ferias, certámenes,
concursos, audiciones,
representaciones teatrales y
exhibiciones cinematográficas
de interés cultural;
XXIII. Determinar y organizar la
participación oficial del país en competencias deportivas internacionales,
organizar desfiles atléticos y todo género de eventos deportivos, cuando no corresponda hacerlo
expresamente a otra dependencia del
Gobierno Federal;
XXIV. Cooperar en las tareas que desempeñe la Confederación
Deportiva y mantener la Escuela de Educación Física;
XXV. Formular
normas y programas, y ejecutar acciones para promover la educación
física, el deporte para todos, el deporte estudiantil y el deporte selectivo;
promover y en su caso, organizar la formación y capacitación de instructores, entrenadores, profesores y licenciados
en especialidades de cultura física y deporte; fomentar los estudios de postgrado y la investigación
de las ciencias del
deporte; así como la creación de esquemas de financiamiento al
deporte con la participación que
corresponda a otras dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal;
XXVI. Derogada;
XXVII. Organizar, promover y supervisar programas de
capacitación y adiestramiento en coordinación con las dependencias del
Gobierno Federal, los Gobiernos de los
Estados y de los Municipios, las entidades públicas y privadas, así como los fideicomisos creados con tal propósito.
A este fin organizará, igualmente,
sistemas de orientación vocacional de enseñanza abierta y de acreditación de estudios;
XXVIII. Orientar las actividades artísticas,
culturales, recreativas y deportivas que realice el sector público federal;
XXIX. Establecer
los criterios educativos y culturales en la producción cinematográfica, de
radio y televisión y en la industria editorial;
XXX. Organizar y promover acciones tendientes al pleno
desarrollo de la juventud y a su
incorporación a las tareas nacionales, estableciendo para ello sistemas de
servicio social, centros de estudio, programas de recreación y de atención a
los problemas de los jóvenes. Crear y organizar a este fin sistemas de enseñanza
especial para niños, adolescentes y jóvenes que lo requieran;
XXX bis. Promover la producción cinematográfica, de
radio y televisión y de la industria editorial, con apego a lo dispuesto por el
Artículo 3o.
Constitucional cuando se trate de cuestiones educativas; dirigir y coordinar la
administración de las estaciones radiodifusoras y televisoras pertenecientes al
Ejecutivo Federal, con exclusión de las que dependan de otras Secretarías de
Estado y Departamentos Administrativos; y
XXXI. Los
demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.”
Situación presupuestaria
A
continuación se presenta la situación presupuestaria correspondiente a los
ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo |
70,649,726 67,012,007 3,637,719 - 73,102,616 67,570,081 5,529,637 2,898 |
|
83,436,211 75,293,215 8,142,996
- 85,550,828 77,141,151 7,711,327 698,350 |
|
12,786,485 8,281,208 4,505,277 - 12,448,212 9,571,070 2,181,690 695,452 |
|
18 12
124 - 17 14 39
23,998 |
|||
FUENTES: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, Cuentas
de la Hacienda Pública Federal, 1999 y 2000, México, 2000 y 2001,
Secretaría de Educación Pública, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios.
Actividades institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, la Secretaría de
Educación Pública (SEP) se propuso desarrollar las actividades institucionales
que se presentan a continuación.
Función 07 “Educación”.
Subfunción 00 “Subfunción de Servicios Compartidos”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 430 “Otorgar Apoyos a la Educación”, 437
“Desarrollar y Construir Infraestructura Básica”, 701 “Administrar Recursos
Humanos, Materiales y Financieros” y 708 “Prever el Pago de los Incrementos por
Servicios Personales”.
El objetivo de la actividad 101 consistió en asegurar que las acciones
sectoriales se planeen conforme a directrices y prioridades específicas
señaladas en los programas de mediano plazo.
Sus metas consistieron en elaborar 20 documentos programados; coordinar
siete unidades; otorgar 2,670 apoyos
técnicos; apoyar seis proyectos formulados; coordinar 124 unidades
responsables; elaborar programa-presupuesto a 124 unidades responsables;
elaborar 70 documentos sobre normas emitidas; realizar dos evaluaciones;
atender a 34 coordinaciones estatales; emitir 220,000 cédulas; y coordinar 14
instituciones.
La actividad 430 tenía como objetivo apoyar a los agentes y elementos
del proceso educativo mediante la
generación de insumos y el desarrollo de los procesos intermedios que hacen
posible la realización de los servicios educativos finales de la educación
básica, sin incluir la obra pública.
Las metas fueron: equipar 1,279 telesecundarias; brindar apoyo a dos
instituciones y a un organismo; otorgar 268 becas; entregar 13 premios.
La actividad 437 fijó su objetivo en construir y conservar todos
aquellos espacios necesarios para la prestación de los servicios educativos
incluyendo su equipamiento y mantenimiento.
Su meta consistió en proporcionar mantenimiento a 40 planteles de
educación media superior y superior tecnológica.
Por su parte, la actividad 701 tenía como objetivo proporcionar los
servicios de apoyo administrativo a las actividades sustantivas, que permitan
el ejercicio, control y registro de los recursos financieros presupuestados.
Las metas consistieron en atender 6 dependencias incorporadas; dar
atención a 73 áreas solicitantes; autorizar 830 solicitudes recibidas; y
distribuir 14,145 lotes aprobados.
El objetivo de la actividad 708 consistió en considerar los recursos
financieros necesarios para la previsión de los incrementos salariales que se
presenten durante el ejercicio fiscal.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Subfunción 01 “Educación Básica”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 417 “Proporcionar Servicios de Educación”,
430 “Otorgar Apoyos a la Educación” y 433 “Llevar a cabo la Investigación
Científica y Tecnológica”.
El objetivo de la actividad 101 consistió en asegurar que las acciones
sectoriales se planeen conforme a directrices y prioridades específicas de la
educación básica señaladas en los programas de mediano plazo.
Las metas fueron las siguientes: coordinar cuatro zonas geográficas;
realizar 93 asesorías; operar 31 sistemas de administración en las
representaciones de la SEP en los estados de la República; elaborar tres
paquetes didácticos de educación básica y normal; editar 70 ejemplares de
materiales y métodos educativos; elaborar 11 documentos de normatividad y de
educación indígena (dos y nueve respectivamente); y realizar 12 programas en la
Subsecretaría de Servicios Educativos para el D.F.
La actividad 417 tenía como objetivo ampliar la cobertura y mejorar la
calidad de los servicios educativos y asegurar que la atención de las demandas
de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución del total de
actividades sustantivas destinadas a la educación básica.
La meta consistió en realizar dos investigaciones.
En lo concerniente a la actividad 430, su objetivo fue el de apoyar a
los agentes y elementos del proceso educativo, mediante la generación de
insumos y el desarrollo de los procesos intermedios que hacen posible la
realización de los servicios educativos finales de la educación básica, sin
incluir la obra pública.
Sus metas consistieron en realizar 1,516 programas de televisión
educativa; beneficiar a 200,000 alumnos de educación básica y normal; apoyar 10
proyectos de la Dirección General de Materiales y Métodos Educativos; editar
dos libros de la Dirección General de Normatividad; y reimprimir 776,600 libros
de educación indígena.
En la actividad 433, el objetivo consistió en impulsar, participar y
regular las actividades destinadas a la generación del conocimiento esencial
para el desarrollo, a través de la investigación básica y aplicada, asegurando
su eficaz divulgación para la ciencia y la tecnología.
Su meta consistió en editar 10 documentos de la Dirección General de
Investigación Educativa.
Subfunción 02 “Educación Media Superior”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 417 “Proporcionar Servicios de Educación” y
430 “Otorgar Apoyos a la Educación”.
El objetivo de la actividad 101 consistió en asegurar que las acciones
sectoriales se planeen conforme a directrices y prioridades específicas de la
educación media superior señaladas en los programas de mediano plazo.
Su meta consistió en aplicar 2,373,492 exámenes a nivel bachillerato.
La actividad 417 tenía como objetivo ampliar la cobertura y mejorar la
calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de las demandas
de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución del total de
actividades sustantivas destinadas a la educación media superior.
Sus metas fueron las siguientes: atender a 22,895 alumnos de educación
media superior y superior tecnológica; a 474,247 alumnos de educación media
superior en los estados; a 368,963 alumnos en instituciones de educación media
superior y superior; a 74,105 alumnos que forman parte del Programa de Apoyo a
Instituciones Educativas Descentralizadas de los Estados; producir 5,072,865
libros para preparatoria abierta; asimismo, atender a 7,011 alumnos de nivel
bachillerato; coordinar a seis instituciones de educación e investigación
tecnológica; atender a 112,114 alumnos de educación tecnológica agropecuaria; y
a 463,577 alumnos de educación tecnológica industrial.
Por su parte, el objetivo de la actividad 430 consistió en apoyar a los
agentes y elementos del proceso educativo, mediante la generación de insumos y
el desarrollo de los procesos intermedios que hacen posible la realización de
los servicios educativos finales de la educación media superior, sin incluir la
obra pública.
Las metas consistieron en apoyar a 670 escuelas de educación media
superior y superior tecnológicas; y otorgar 50,760 becas.
Subfunción 03 “Educación Superior”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 417 “Proporcionar Servicios de Educación” y
430 “Otorgar Apoyos a la Educación”.
El objetivo de la actividad 101 consistió en asegurar que las acciones
sectoriales se planeen conforme a directrices y prioridades específicas
señaladas en los programas de mediano plazo.
Su meta consistió en asesorar a 40 instituciones de educación superior e
investigación científica.
La actividad 417 tenía como objetivo ampliar la cobertura y mejorar la
calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de las demandas
de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución del total de
actividades sustantivas destinadas a la educación superior.
Las metas consistieron en atender a 6,056 alumnos en el proyecto
“Instituciones de Educación Media Superior y Superior Tecnológicas” y a 14,200
alumnos en el proyecto “Programa de Apoyo a Instituciones Educativas
Descentralizadas de los Estados” de la Subdirección de Educación e
Investigaciones Tecnológicas; de igual manera, a 573,415 alumnos en el proyecto
“Instituciones de Educación Media Superior y Superior” de la Dirección General
de Educación Superior.
Por otra parte, atender a 6,600 alumnos en la Dirección General de
Educación Normal y Actualización del Magisterio en el D.F.; apoyar a 55
instituciones mediante la Dirección General de Educación Superior; en la
Coordinación General de Universidades Tecnológicas, atender a 25,900 alumnos;
por su parte, coordinar a seis instituciones en la Subsecretaría de Educación e
Investigación Tecnológicas; por último, atender a 13,658 y a 195,760 alumnos en
las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Institutos
Tecnológicos, respectivamente.
En la actividad 430, el objetivo consistió en apoyar a los agentes y
elementos del proceso educativo, mediante la generación de insumos y el
desarrollo de los procesos intermedios que hacen posible la realización de los
servicios educativos finales de la educación superior, sin incluir la obra
pública.
Las metas consistieron en coordinar 21 planteles de educación media superior
y superior tecnológicas; otorgar 147 becas y realizar 95 eventos en
instituciones de educación media superior y superior; y en la Dirección General
de Acreditación, Incorporación y Revalidación otorgar 21,535 becas.
Subfunción 04 “Educación de Posgrado”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividades Institucionales 417 “Proporcionar Servicios de Educación” y
430 “Otorgar Apoyos a la Educación”.
El objetivo de la actividad 417 consistió en ampliar la cobertura y
mejorar la calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de
las demandas de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución
del total de actividades sustantivas destinadas a la educación de posgrado.
Las metas consistieron en atender a 85 y 36,600 alumnos en Instituciones
de Educación Media Superior y Superior Tecnológicas y Media Superior y
Superior, respectivamente; y a 85 y 2,760 alumnos en las Direcciones Generales
de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Institutos Tecnológicos,
respectivamente.
La actividad 430 tenía como objetivo apoyar a los agentes y elementos
del proceso educativo, mediante la generación de insumos y el desarrollo de los
procesos intermedios que hacen posible la realización de los servicios
educativos finales de la educación de posgrado, sin incluir la obra pública.
Su meta consistió en otorgar 576 becas a nivel medio superior y superior
tecnológico.
Subfunción 05 “Educación para los Adultos”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 417 “Proporcionar Servicios de Educación”,
430 “Otorgar Apoyos a la Educación” y 703 “Capacitar y Formar Servidores
Públicos”.
El objetivo de la actividad 417 consistió en ampliar la cobertura y
mejorar la calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de
las demandas de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución
del total de actividades sustantivas destinadas a la educación de adultos.
Las metas consistieron en atender a 11,256 personas con servicios de
capacitación en Instituciones de Educación Media Superior y Superior
Tecnológicas; asimismo a 4,680 personas
en Instituciones de Educación Media Superior y Superior; como parte del
Programa de Apoyo a Instituciones Educativas Descentralizadas de los Estados,
atender a 90,000 personas con servicios de capacitación; de igual manera, en la
Subdirección de Educación e Investigación Tecnológica, coordinar 3
instituciones; y atender a 95,000 y 370,000 personas con servicios de
capacitación en las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Agropecuaria
y de Centros de Formación para el Trabajo, respectivamente.
La actividad 430 tenía como objetivo apoyar a los agentes y elementos
del proceso educativo, mediante la generación de insumos y el desarrollo de los
procesos intermedios que hacen posible la realización de los servicios
educativos finales de la educación para adultos, sin incluir la obra pública.
Sus metas consistieron en apoyar con gastos de operación a 165 planteles
de educación media superior y superior
tecnológicas; obtener certificación de 150,000 personas dentro del Sistema
Normalizado de Competencias Laborales; y atender a 127 personas con servicios
de capacitación en la Subdirección de Planeación y Coordinación.
Por su parte, el objetivo de la actividad 703 consistió en actualizar,
capacitar y fomentar la superación de los docentes, investigadores, directivos
y demás personal al servicio de las instituciones prestadoras de los servicios
educativos.
La meta consistió en impartir 36 programas de capacitación (Coordinación
General de Actualización y Capacitación para Maestros en Servicio).
Programa Especial 007 “Programa de Mejoramiento del Profesorado”.
Actividad Institucional 430 “Otorgar Apoyos a la Educación”.
El objetivo de la actividad consistió en consolidar los cuerpos
académicos de las casas de estudios, lograr que las instituciones de educación
superior tengan normas apropiadas para la carrera académica y la formación de
profesores y desarrollar los marcos legales necesarios que faciliten y apoyen
los esfuerzos institucionales en favor de la educación superior.
La meta consistió en apoyar a 5,540 profesores de tiempo completo.
Subfunción 06 “Ciencia y Tecnología”.
Programa Sectorial 25 “Programa de Ciencia y Tecnología”.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividades Institucionales 430 “Otorgar Apoyos a la Educación” y 433
“Llevar a cabo la Investigación Científica y Tecnológica”.
La actividad 430 tenía como objetivo apoyar a los agentes y elementos
del proceso educativo y de investigación, mediante la generación de insumos y
el desarrollo de los procesos intermedios que hacen posible la realización de
las acciones de la ciencia y la tecnología, sin incluir la obra pública.
Las metas consistieron en apoyar 99 investigaciones a nivel medio
superior y superior tecnológico y 10 investigaciones a nivel medio superior y
superior.
El objetivo de la actividad 433 consistió en impulsar, participar y
regular las actividades destinadas a la generación del conocimiento esencial
para el desarrollo, a través de la investigación básica y aplicada, asegurando
su eficaz divulgación para la ciencia y la tecnología.
La meta consistió en realizar 25 proyectos en la Dirección General de
Institutos Tecnológicos.
Subfunción 07 “Desarrollo Cultural”.
Programa Sectorial 24 “Programa de Cultura”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 418 “Proporcionar Servicios de Cultura, de
Recreación y Deporte”.
El objetivo de la actividad consistió en asegurar una creciente
satisfacción a la diversidad de las demandas sociales de bienes y servicios
culturales, en una amplia cobertura geográfica.
Las metas consistieron en realizar 300 conferencias; beneficiar a
164,000 escuelas; presentar cinco exposiciones; y llevar a cabo 125 eventos.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno
Federal”
El objetivo de la actividad consistió en cumplir con los compromisos
para el pago de los servicios de seguridad social a favor de los trabajadores
al servicio del Sector.
Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Con el oficio núm. OASF-F-1177/01 del 14 de septiembre de 2001, el C.
C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Dr. Reyes Tamez Guerra, Secretario de Educación Pública, la inclusión de la
dependencia en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo
tres auditorías financieras y de cumplimiento.
Con la
revisión efectuada a este capítulo se identificó lo siguiente:
Las cifras presupuestales reportadas por la Secretaría de Educación Pública en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, se presentaron de conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Ley de Presupuesto de Contabilidad y Gasto Público Federal.
1.
Las
modificaciones al presupuesto se encuentran respaldadas con los oficios de
afectación presupuestaria.
2.
Se corroboró que
la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológica carece de un manual
de procedimientos que regule sus funciones.
3.
Los
procedimientos de adjudicación revisados, en general, cumplen con las
disposiciones que regulan la materia; excepto porque no se cumple con el plazo para la formalización de
los pedidos.
4.
Se determinó que
no se enteraron a la Tesorería de la Federación los recursos provenientes de la
venta de bases por 145.8 miles de pesos y
no se demostró alguno de los supuestos para llevar acabo licitaciones de
carácter internacional.
5.
Se comprobó que la dependencia no aplicó
sanciones a los proveedores que incumplieron con la entrega de bienes en las
fechas programadas por 1,208.3 miles de pesos; Además, un licitante fue
descalificado indebidamente, asignándole esta partida a otro con un diferencial
de 1,923.5 miles de pesos.
6.
El sistema utilizado por la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales a fin de adquirir bienes
para el equipamiento de planteles de la SEIT presenta deficiencias que impiden
la transparencia del proceso y provocan ineficiencias, lo que provocó que se
cuente con bienes sin instalar por 16,431.6 miles de pesos.
7.
Se adquirieron equipos sin autorización de
la SHCP por 37,646.1 miles de pesos.
8.
La dependencia carece de políticas adecuadas
para pagar a los proveedores, lo que permite que se les liquide el monto total
de los pedidos, aun cuando éstos no hayan cumplido con todos los compromisos.
Con
la revisión efectuada a las adquisiciones de bienes muebles, se concluyó lo
siguiente:
1.
Las cifras
presupuestales reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por la
Secretaría de Educación Pública (Dirección General de Televisión Educativa)
correspondientes al ejercicio de 2000, se presentaron de conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Ley
de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público.
2.
Las
adecuaciones al presupuesto se encuentran respaldadas con los oficios de
afectación presupuestal.
3.
Los
procedimientos de adjudicación revisados, en general, cumplieron con las
disposiciones normativas aplicables en materia de adquisiciones; excepto porque
se realizaron modificaciones en los pedidos respecto de las fechas pactadas en
las bases para la entrega de bienes, otorgándose condiciones más ventajosas al
proveedor ganador.
4.
Se comprobó
documentalmente el cumplimiento de los convenios celebrados entre la SEP y el
Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE), respecto de la
ampliación, operación y mantenimiento de la RED EDUSAT; producción, transmisión
y compra de programas y producción editorial.
5.
Asimismo, se
llevó a cabo la inspección física de los bienes informáticos adquiridos por la
SEP, y se observó que se encontraron instalados en los planteles conforme a la distribución
proporcionada; como excepción a lo anterior, no se localizaron 18 componentes y
5 equipos completos que fueron sustraídos de un plantel, la recuperación quedó
bajo la responsabilidad de los gobiernos estatales, asimismo, se observó que el
ILCE no cumplió con el compromiso de instalar 3000 líneas telefónicas para el
funcionamiento de la RED ESCOLAR únicamente se instalaron 1,358 por problemas
de conectividad y falta de datos de los domicilios de los planteles.
Con
la revisión efectuada se concluyó lo
siguiente:
1.
Las cifras
presupuestales reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000
por la Secretaría de Educación Pública,
se registraron en cumplimiento del Reglamento de la Ley de Presupuesto
Contabilidad y Gasto Público Federal.
2.
La dependencia de manera general, en los
procedimientos de adjudicación revisados, cumplió con la normatividad que
regula la materia; como excepción, se observó que no acreditó algunos de los
supuestos establecidos en la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para fundamentar
el carácter internacional de la licitación revisada, no demostró haber enterado
a la Tesorería de la Federación los recursos provenientes por la venta de bases
y, en los tres pedidos revisados, no se cumplió con el plazo para su
formalización.
3.
Se
comprobó que el gasto se encuentra respaldado por la documentación
comprobatoria y justificativa del gasto, tal como lo dispone el Reglamento de la
Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal.
4.
Se realizó la
inspección física de diversos equipos de cómputo y se comprobó que los bienes
cumplen con lo solicitado en las bases, excepto por algunos equipos.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado en el ejercicio 2000 a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas en el capitulo 4000 "Ayudas, Subsidios y Transferencias" respecto de la partida 4304 "Transferencias para Adquisición de Bienes Muebles" se ejerció y registró conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables.
Criterios de Selección
De la Evaluación Financiera.
De los Resultados de las Revisiones.
Se realizó esta auditoría, por la trascendencia de los resultados obtenidos en la revisión practicada a las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública (SEP) en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal (CHPF) 1999, donde se detectaron ineficiencias en los procedimientos de entrega-recepción de los equipos de laboratorio adquiridos para el equipamiento de los diversos planteles de educación media superior y superior adscritos a la Secretaría de Educación e Investigación Tecnológicas (SEIT), que ocasionó que se pagaran bienes que no cumplieron con los fines didácticos programados.
Por otra parte, en los trabajos de planeación llevados a cabo en la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, se constató en diversos oficios que a la fecha de planeación de los trabajos (julio del 2001) no se han recibido equipos que forman parte del equipamiento 2000 en los planteles educativos señalados, por lo que se considera necesario efectuar dicha revisión.
Se propone revisar el ejercicio del gasto de la partida 4304"Transferencias para la Adquisición de Bienes Muebles" a través de la cuál la SEIT lleva a cabo el equipamiento de los planteles de su adscripción y donde se detectaron diversas irregularidades en la revisión de la CHPF 1999. En el transcurso de la revisión se definirán las visitas foráneas que se realizarán, con el objeto de constatar la recepción y funcionamiento de los equipos adquiridos.
Alcance
De acuerdo con las cifras del Reporte Analítico del Ejercicio del Presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal presentadas al 31 de diciembre de 2000, la SEIT ejerció 283,414.2 miles de pesos en la partida 4304 "Transferencias para Adquisición de Bienes Muebles", de los cuales se revisaron 66,387.3 miles de pesos, que representan el 23.4%.
Áreas Revisadas
Las direcciones generales: de Educación Tecnológica Industrial (DGETI), de Centros de Formación para el Trabajo (DGCFT), de Institutos Tecnológicos (DGIT), dependientes de la SEIT. Además en las direcciones generales de Recursos Materiales y Servicios (DGRMS) y de Recursos Financieros (DGRF), dependientes de la Oficialía Mayor de la SEP.
Resultado
Al comparar las cifras del Reporte Analítico del Ejercicio del Presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, respecto del capítulo revisado, con las del Estado del Ejercicio del Presupuesto emitido por la SEP, no se determinaron diferencias respecto del presupuesto original, modificado, ejercido, ni en sus economías, en cumplimiento de los artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
El presupuesto original autorizado para la SEIT en el capítulo 4000 fue de 2,962,450.4 miles de pesos, el cual tuvo ampliaciones y reducciones por 1,195,027.4 y 1,419,326.2 miles de pesos, respectivamente, dando un presupuesto modificado de 2,738,151.6 miles de pesos. De este monto, se ejercieron 2,730,351.3 miles de pesos, por lo que se generó una economía por 7,800.3 miles de pesos, la cuál quedó en la línea de crédito correspondiente a disposición de la Tesorería de la Federación. Las modificaciones al presupuesto original se encuentran respaldadas en los oficios de afectación presupuestaria correspondientes; sin embargo, se observó que algunos fueron autorizados extemporáneamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP, como a continuación se indica:
Observación
Se revisaron 36 oficios de afectación presupuestaria externos y cinco internos, con los cuales se modificó el presupuesto del capítulo 4000, en cuyo análisis se comprobó que tres de carácter externo fueron autorizados por la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios de Salud, Educación y Laboral de la SHCP fuera del plazo estipulado, en contravención del numeral 40, inciso 1, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y apartado I, numeral I, inciso a, subinciso i, del Oficio circular que establece las fechas límite para el proceso presupuestario correspondiente al ejercicio fiscal 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2000.
Acción Promovida
00-06100-2-022-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruyan a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios de Salud, Educación y Laboral a efecto de que establezca los mecanismos de control que garanticen que los trámites de autorización de las solicitudes de adecuaciones presupuestarias se realicen dentro del plazo que se estipula en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y el Oficio circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario correspondiente a cada ejercicio fiscal.
Resultado
Se constató que la SEIT cuenta con un Manual de Organización debidamente autorizado, que data de 1994, el cual se aplicó en el 2000, según la nota informativa del 30 de noviembre de 2001 proporcionada por el Subdirector de Recursos Financieros de la citada subsecretaría. Lo anterior cumplió con los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; sin embargo, la subsecretaría carece de un Manual de Procedimientos, como a continuación se cita.
Observación
La Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas no contó para el ejercicio de 2000 con un Manual de Procedimientos, que regule las funciones, que le confiere el reglamento interior de la SEP, lo que contraviene los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruya a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a fin de que elabore su Manual de Procedimientos. Asimismo, que se someta a autorización y se difunda entre las áreas involucradas.
Resultado
En la revisión de la partida 4304 " Transferencias para Adquisiciones de Bienes Muebles", se seleccionaron las licitaciones públicas internacionales núms. 00011001-035 y 036/00, relacionadas con la adquisición de equipo para diferentes laboratorios y talleres. Con el análisis de los procedimientos de adjudicación, se determinó lo siguiente:
a) Se constató que las convocatorias de las licitaciones revisadas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 y 15 de agosto de 2000, respectivamente, de acuerdo con el artículo 30 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
b) Las bases de las licitaciones estuvieron a disposición de los interesados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, conforme al artículo 31, párrafo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
c) El plazo para la presentación y apertura de proposiciones fue de 20 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 32, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público.
d) Se comprobó que el plazo para la emisión del fallo de la licitación fue diferido por una ocasión, mismo que no excedió de los veinte días naturales contados a partir del plazo original, de conformidad a lo previsto en el artículo 35, fracción V, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público.
Excepto se presentaron algunas irregularidades en los citados procedimientos de adjudicación , como se señala a continuación:
Observación
a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios no acreditó haberse situado en algunos de los supuestos establecidos en el artículo 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para fundamentar el carácter internacional de las licitaciones.
b) La dependencia no solicitó a la Secretaría de Economía que determinara el carácter de las licitaciones, en contravención del artículo 26, penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público .
c) En la convocatoria se omitió incorporar el requisito de los porcentajes de anticipos que en su caso se otorgarían, en contravención del artículo 29, fracción IX, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
d) Los recursos provenientes de la venta de bases (145.8 miles de pesos) se depositaron en la institución bancaria de Bital, en la cuenta bancaria núm. 0117076241 de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, los cuales no se han concentrado a la Tesorería de la Federación, en contravención del numeral 34 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000 y párrafo primero del artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000.
e) En las bases se omitió el requisito de que ninguna de las condiciones contenidas en las mismas, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas; en contravención del artículo 31, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
f) Se revisó la documentación legal que presentaron los 113 licitantes que participaron en los concursos seleccionados y se constató que indistintamente en 16 casos no se localizó en los expedientes proporcionados documentación, como el poder con el cual se acredita la personalidad jurídica del participante, relación de los centros de servicios con que cuentan, carta de representación de la empresa, identificación oficial, declaración anual del impuesto sobre la renta. Lo anterior contravino el numeral 4.1 y 4.2 de las bases. Cabe mencionar que los licitantes según la información analizada, cumplieron con la entrega de la documentación; sin embargo, la falta de ésta en los expedientes constituye una limitante para opinar sobre la transparencia en el proceso de revisión de la documentación legal.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruya a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios a efecto de que establezca los mecanismos de control para acreditar que se ubico en algunos de los supuestos establecidos en el artículo 28, fracción II de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a efecto de llevar a cabo las licitaciones públicas internacionales. Asimismo, deberá solicitar a la Secretaría de Economía que determine el carácter que habrán de tener sus licitaciones y que las bases cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruya a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios con objeto de que establezca los mecanismos que garanticen que los recursos provenientes de la venta de bases se enteren a la Tesorería de la Federación.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones; inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la falta de entero a la TESOFE de los 145.8 miles de pesos recaudados por venta de bases relacionados con las licitaciones públicas 00011001-035 y 036/00 e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se compararon las características de los equipos solicitados en las bases de licitación con los catálogos presentados por los licitantes y las ofertas técnicas y se observó que de manera general los participantes fueron descalificados por incumplimiento en las bases o, en su caso, resultaron adjudicados conforme a derecho, como excepción se comprobó lo siguiente:
Observación
En el dictamen técnico de la licitación pública internacional núm. 00011001-035/00, se señala la descalificación de la empresa Equipamiento Tecnológico para la Educación, S.A. de C.V., para participar en la adjudicación de la partida ITTRON004 "Laboratorio de Circuitos Impresos", ya que no anexa catálogos que permitan valorar su oferta técnica. Cabe señalar que el catálogo exhibido en el concurso por la citada empresa fue entregado al personal auditor, de cuyo análisis se desprende que contiene la información necesaria para poder evaluar si los componentes cumplian con lo requerido en las bases, por lo que la descalificación resulta improcedente
Al comparar la oferta económica del ganador de esta partida con la del licitante descalificado resulta una diferencia de 15,575.16 dólares de más respecto de lo adjudicado y pagado por unidad, que multiplicado por los 13 equipos adquiridos da un total de 202,477.08 dólares, por lo que resulta un probable daño al erario público de 1,923.5 miles de pesos.
El proveedor ganador de la partida descrita en el párrafo anterior (Ingeniería Pedagógica y Didáctica, S.A. de C.V.) en su catálogo ofertó brocas, no obstante que en los numerales 2.5, 2.6, 2.7 y 2.8 de las bases de licitación se solicitaron taladros, por lo que procedía su descalificación. Lo anterior contravino lo que establece el artículo 36, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones; inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo respecto a la descalificación improcedente del licitante Equipamiento Tecnológico para la Educación, S.A. de C.V., correspondiente a la partida ITTRON004 "Laboratorio de Circuitos Impresos" de la licitación pública internacional núm. 00011001-035/00, lo que ocasionó que se adjudicara esta partida a otro participante con un diferencial en precio de 1,923.5 miles de pesos e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se seleccionaron 19 pedidos de los 215 que se adjudicaron mediante las licitaciones revisadas y se comprobó que en ningún caso se formalizaron los compromisos dentro del plazo señalado en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como a continuación se cita:
Observación
El total de pedidos seleccionados se formalizaron entre 38 y 99 días después de la notificación del fallo, como se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO
SOBRE LA FORMALIZACIÓN DE LOS PEDIDOS
FORMALIZACIÓN DE LOS PEDIDOS
|
Pedido |
LPI |
Proveedor |
Días de trámite en la DGRMYS |
Días de trámite en la DGRF |
Días de trámite para que formalizara el
proveedor |
Total de
días para la formalización del pedido |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
O-1235 |
35 |
IDN Comercial ultramar, S.A. DE C.V. |
28 |
34 |
37 |
99 |
|
|
O-1449 |
35 |
De Lorenzo of America Corp. S.A. DE C.V. |
34 |
28 |
36 |
98 |
|
|
O-1277 |
35 |
Comercializadora y productora rosas S.A. DE C.V. |
23 |
39 |
28 |
90 |
|
|
O-1261 |
35 |
México Virutex ,S.A. DE C.V. |
28 |
34 |
23 |
85 |
|
|
O-1456 |
35 |
IDN Comercial ultramar, S.A. DE C.V. |
28 |
34 |
22 |
84 |
|
|
O-1237 |
35 |
Harry Mazal, S.A. |
30 |
32 |
21 |
83 |
|
|
O-1287 |
35 |
Ingeniería Pedagógica y Didáctica, S.A. DE C.V. |
47 |
16 |
19 |
82 |
|
|
O-1177 |
35 |
Krauq, S.A. DE C.V. |
24 |
17 |
5 |
46 |
|
|
O-1246 |
35 |
Foliservis, S.A. DE C.V. |
27 |
35 |
7 |
69 |
|
|
O-1231 |
35 |
Ditekpla de México, S.A. DE C.V. |
30 |
32 |
3 |
65 |
|
|
O-1243 |
35 |
BFG Internacional, S.A. DE C.V. |
28 |
34 |
2 |
64 |
|
|
O-1233 |
35 |
Industrias Margoli de México, S.A. DE C.V. |
23 |
39 |
1 |
63 |
|
|
O-1170 |
35 |
Digital Mexicana, S.A DE C.V. |
19 |
9 |
10 |
38 |
|
|
O-1571 |
36 |
Tele sistemas e Instrumentación S.A DE C.V. |
36 |
7 |
38 |
81 |
|
|
O-1485 |
36 |
Montajes Electromecánicos e Ingeniería |
35 |
8 |
9 |
52 |
|
|
O-1496 |
36 |
Procomm México, S.A. DE C.V. |
35 |
8 |
9 |
52 |
|
|
O-1564 |
36 |
Industrias Margoli de México, S.A. DE C.V. |
35 |
8 |
8 |
51 |
|
|
O-1531 |
36 |
Harry Mazal, S.A. |
29 |
10 |
11 |
50 |
|
|
O-1528 |
36 |
Equipamiento Tecnológico para la Educación |
29 |
10 |
4 |
43 |
FUENTE: Cédulas de
trabajo elaboradas por la DGAGPF.
Lo anterior contravino lo dispuesto en el artículo 46 , párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que establece que la formalización de los contratos deberá realizarse dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación del fallo. Cabe señalar que el incumplimiento de este plazo se ha venido observando en la revisión de cuentas públicas pasadas por lo que se considera recurrente.
Respecto del retraso en el que incurre la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, la Jefa del Departamento de Estadística, Control y Apoyo Administrativo informó que se debe " a las cargas de trabajo que presenta la Dirección de Adquisiciones". En lo que respecta a los proveedores, aclaró que en muchas ocasiones éstos no se presentan a firmar el pedido de manera oportuna con el fin de contar con más tiempo para el cumplimiento en la entrega de los bienes. Al respecto el articulo 46, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público indica que si el interesado no firma el contrato por causas imputables a él dentro del plazo establecido, la dependencia podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.
Respecto del tiempo que tarda la Dirección General de Recursos Financieros no hizo aclaración alguna.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruya a la direcciones generales de Recursos Materiales y Servicios, y de Recursos Financieros a efecto de que establezcan los mecanismos necesarios para que los pedidos sean formalizados dentro del plazo que señala la norma o, en su caso, se adjudique el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones; inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la recurrencia en el incumplimiento del plazo para la formalización de los pedidos e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Las fianzas, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los 19 pedidos seleccionados, fueron expedidas a favor de la Tesorería de la Federación y su monto respalda satisfactoriamente el 10% del total del pedido, de conformidad con los artículos 71, fracciones I y III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 48 y 49, último párrafo y fracción I, respectivamente de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y lo solicitado en las bases de licitación.
Resultado
Se comprobó que la SEP retiró de su línea de crédito, mediante diversas Cuentas por Liquidar Certificadas, 68,883.8 miles de pesos para pagar de los anticipos de los pedidos seleccionados, estos recursos se depositaron en las cuentas bancarias productivas núms.1304509-1 y 55800543-2 de BANCOMER y BANORTE, respectivamente.
El pago de los compromisos contraídos con los proveedores se realizó mediante 21 pólizas-cheque por un importe de 66,387.3 miles de pesos y corresponde al 40% del anticipo que se estableció en las bases de licitación (el 60% restante se pagó con recursos de 2001) que comparado con los recursos que se retiraron arroja una diferencia de 2,496.5 miles de pesos, por concepto de diferencia en tipo de cambio, ya que las cotizaciones de los bienes fueron convenidas en dólares, pero el pago se realiza al tipo de cambio vigente en la fecha que efectuó éste y se comprobó que la cifra mencionada en último término fue reintegrada a la Tesorería de la Federación.
Además, los pagos se encuentran respaldados en la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente (pedidos, facturas, remisiones, acta de entrega-recepción, Cuentas por Liquidar Certificadas, pólizas de Egresos, entre otros), la cual cumple con los requisitos fiscales, de conformidad con los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Con excepción a lo anterior, se observó que las cuentas bancarias mencionadas en el párrafo inicial no cuentan con la autorización del C. Oficial Mayor y que los rendimientos que éstas generaron no se enteraron oportunamente a la Tesorería de la Federación.
Observación
Las cuentas bancarias productivas núms.1304509-1 y 55800543-2 de BANCOMER y BANORTE, respectivamente, en las que se depositaron los recursos para el pago de compromisos que al 31 de diciembre no habían sido devengados, carecen de la autorización del C. Oficial Mayor, en contravención del numeral 6 del oficio circular núm. 401-SO-35019 del 15 de septiembre de 1994 , expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por otra parte, se revisaron los estados de cuenta de los instrumentos referidos en el párrafo anterior, y se comprobó documentalmente que los rendimientos que generaron de enero a diciembre de 2000, por un importe de 9,437.9 miles de pesos, no fueron reintegrados a la TESOFE dentro de los 10 primeros días del mes siguiente, ya que se retrasaron entre 2 a 43 días naturales, en contravención del numeral 4, párrafo segundo, del oficio circular núm. 401-VFV-17974 que establece las Reglas para el Manejo de Disponibilidades Financieras del 30 de diciembre de 1998.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Dirección General de Recursos Financieros con la finalidad de que implemente los mecanismos necesarios para que antes de aperturar cualquier cuenta bancaria se cuente con la autorización del Oficial Mayor. Asimismo, que los intereses que generen dichas cuentas productivas sean reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los primeros 10 días del mes siguiente.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones; inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la falta de autorización de las cuentas bancarias productivas núms.1304509-1 y 55800543-2 de BANCOMER y BANORTE, respectivamente e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Con objeto de comprobar que la SHCP autorizó la compra de bienes con los oficios de autorización de inversión, se analizaron los expedientes proporcionados por la SEP, y se observó que sólo se autorizaron 53 de los 82 bienes revisados.
Observación
La dependencia carece de los oficios de autorización de inversión que expide la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto de 29 bienes por un importe de 37,646.1 miles de pesos, en contravención de los numerales 108, fracción IV y 109 del Manual de Normas Presupuestarias de la Administración Pública Federal.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-006 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigaciones Tecnológicas para que todos los bienes que vayan a adquirir cuenten invariablemente con los oficios de autorización de inversión.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones; inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la falta de oficios de autorización de inversión de 29 bienes por un importe de 37,646.1 miles de pesos e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se revisó el proceso de recepción de los equipos adquiridos mediante los pedidos seleccionados, y se comprobó que en cuatro casos los proveedores incumplieron con las fechas de entrega que se tenían programadas, sin que la dependencia haya aplicado la sanción que correspondía, y en dos casos concedió indebidamente prórroga.
Observación
Se constató documentalmente mediante diversas actas de entrega-recepción que cuatro proveedores incurrieron en retraso en la entrega de bienes respecto a la fecha programada, sin que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios les aplicara la sanción que correspondía, según se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO DE
SANCIONES NO APLICADAS A LOS PROVEEDORES
POR
INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES
(Pesos)
|
Núm. de
pedido |
Proveedor |
Monto de
sanción no aplicada |
|
O-1177 |
Krauq, S.A. DE C.V. |
170.96 |
|
O-1233 |
Industria Margoli de México, S.A. de C.V. |
4,278.13 |
|
O-1237 |
Harry Mazal, S.A DE C.V. |
274,734.26 |
|
O-1287 |
Ingeniería Pedagógica y Didáctica, S.A de C.V. |
929,128.02 |
|
|
Total |
1,208,311.37 |
FUENTE: Cédulas
de trabajo elaboradas por la DGAGPF.
En el caso de las compañías DGF Internacional, S.A. DE C.V., y México Virutex, S.A. de C.V., la DGRMS otorgó prórrogas para la entrega de los bienes, sin embargo, se autorizaron en fecha posterior a la señalada para el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores, lo que evitó que se les aplicara la sanción que correspondía por 123.8 miles de pesos. Lo anterior contravino el segundo párrafo del numeral 2.10 de los Lineamientos para el oportuno y estricto cumplimiento del régimen jurídico de las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios de cualquier naturaleza, obras públicas y servicios relacionados con éstas.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-007 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios a fin de que establezca mecanismos necesarios para que en los casos que se justifiquen la concesión de una prórroga, ésta se otorgue antes del vencimiento de la fecha señalada para el cumplimiento de las obligaciones.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-006 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con el otorgamiento indebido de prórrogas e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-007 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación correspondiente a la falta de entero a la TESOFE por las sanciones no aplicadas a cuatro proveedores por un importe de 1,208.3 miles de pesos y por los 123.8 miles de pesos no cobradas a los dos proveedores que injustificadamente se les otorgo prórroga fuera de tiempo e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
De los Cuestionarios Aplicados
Se envió por fax a los distintos planteles de la SEP un cuestionario para conocer los detalles de recepción, instalación, puesta en marcha, capacitación, aseguramiento y uso de los bienes objeto de la revisión, y se comprobó que parte de ellos no están instalados.
Observación
Se seleccionaron para su revisión siete partidas correspondientes a las licitaciones públicas internacionales núms. 035/00 y 036/00 con que se adquirieron 59 bienes, de los cuales en 45 casos se analizaron 45 mediante cuestionarios aplicados a los responsables de los planteles que los recibieron y se observaron algunas deficiencias como se muestra en el cuadro siguiente:
RESULTADOS
DEL ANÁLISIS DE LA MUESTRA SELECCIONADA PARA SU VERIFICACIÓN FISICA
|
Proveedor |
Descripción
del bien |
Núm. de
bienes adquiridos |
Núm. de
planteles encuestados |
Núm. de
bienes que no se están utilizando |
Costo
unitario (Dólares) |
Costo
total de los bienes que no se están utilizando (dólares) |
|
Foliservis, S.A. de C.V. |
Laboratorio de idiomas
(multimedia para el aprendizaje |
24 |
18 |
24 |
50,800.00 |
1,219,200.00 |
|
Industrias Margoli de
México, S.A. de C.V. |
Equipo didáctico para full
inyection |
15 |
11 |
6 |
7,187.50 |
43,125.00 |
|
Industrias Margoli de México,
S.A. de C.V. |
Sistema de
entrenamiento en detección fallas marca DEGEM |
3 |
2 |
-o- |
|
0.00 |
|
Montajes Electromecánicos
e Ingeniería, S.A. de C.V. |
Simulador de operador de
tracto camión |
1 |
1 |
-o- |
|
0.00 |
|
Industrias Margoli de
México, S.A. de C.V. |
Laboratorio avanzado de
salud visual |
1 |
1 |
-o- |
|
0.00 |
|
Industrias Margoli de
México, S.A. de C.V. |
Laboratorio básico de
salud visual |
2 |
2 |
-o- |
|
0.00 |
|
Ingeniería Pedagógica y
Didáctica, S.A. de C.V. |
Laboratorios de circuitos
impresos |
13 |
11 |
7 |
66,760.21 |
467,321.47 |
|
Totales: |
|
59 |
46 |
37 |
|
1,729,646.47 |
FUENTE:
Cédulas de Trabajo elaboradas por la DGAGPF.
1. Se solicitó a los responsables de los planteles que recibieron los bienes objeto e la muestra, que respondieran si los habían solicitado y 25 de ellos, el 55%, respondieron que no.
2. De los 59 bienes seleccionados, se constató que a la fecha de la revisión (enero de 2002) 37 equipos por 1,729.6 miles de dólares no se encuentran instalados. En el caso de los laboratorios de idiomas ninguno de los 24 equipos adquiridos se encuentra instalado, ya que para ello se requiere contar con un espacio físico adecuado, 40 computadoras, cableado y una red LAN, requisito que no han satisfecho los planteles por carecer de los recursos necesarios. Lo anterior denota falta de planeación de quien solicitó la compra. En lo que se refiere a los seis equipos didácticos para full injection y los siete laboratorios de circuitos impresos, se observó que no han sido instalados por causas imputables al proveedor. Sin embargo, debido a que éste ya recibió el total del pago y ante el desinterés de la SEIT por instalar los equipos, éstos permanecen empacados, no obstante que se trata de equipos con un valor de 43.1 y 467.3 miles de dólares, respectivamente.
3. Los equipos adquiridos son del tipo BCI, es decir bienes, capacitación e instalación; sin embargo, 28 planteles aseguraron no contar con la capacitación correspondiente para operar.
4. En 36 casos los responsables de los planteles aseguraron no contar con un programa de mantenimiento, ni póliza de servicio para los equipos.
5. En cuanto al aseguramiento de los equipos, se observó que los planteles no cuentan con la póliza de seguros y en la mayoría de los casos desconocen si están asegurados. Asimismo, desconocen qué hacer en caso de siniestro.
6. En los casos en que los responsables respondieron que los bienes se encuentran instalados, se les preguntó acerca de la operación de los equipos, y se observó que un plantel no utiliza un laboratorio avanzado de salud visual por la falta de un instructor y en otro caso la operación se ha interrumpido por fallas en el equipo, el cual fue enviado al proveedor para su reparación.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-008 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación e Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a fin de que realice una planeación, la cual contemple las necesidades reales, así como evalúe las instalaciones con las que cuenta los planteles, antes de adquirir cualquier otro bien que forme parte del programa de equipamiento.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-009 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a fin de que establezca las medidas necesarias para que los equipos adquiridos para el programa de equipamiento 2000 cuenten invariablemente con su póliza de seguros y los planteles cuenten con una copia de la misma. Además que establezca lineamientos que señalen qué hacer en caso de siniestro.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-010 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a fin de que establezca un programa para dar mantenimiento a los equipos que forman parte del programa de equipamiento 2000 y cuente con las pólizas de servicio correspondientes.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-011 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios para que se coordine con la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a efecto de que se instalen los 37 bienes que permanecen sin utilizarse. Además, para que los proveedores impartan de la capacitación que se encuentra pendiente de recibir.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-008 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, acerca de la observación relacionada con los 37 bienes no instalados e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-009 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, acerca de la observación relacionada con la falta de las pólizas de aseguramiento de los bienes que forman parte del programa de equipamiento 2000, y de lineamientos para efectuar los trámites necesarios en caso de que se presente algún daño o robo de los bienes que tienen a su cargo, e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Verificación Física
Para llevar a cabo la inspección física de los bienes seleccionados, se eligieron siete unidades de cuatro bienes seleccionados (laboratorios de idiomas, laboratorio de circuito impreso, simulador operador de tractocamión y equipo didáctico para full injection), y se obtuvieron las irregularidades que se mencionan a continuación.
Observación
Con la verificación física efectuada por la Auditoría Superior de la Federación y con técnicos externos contratados y habilitados por ésta, se constató lo siguiente:
1. Respecto de los cuatro laboratorios de idiomas, que fueron adjudicados al proveedor Foliservis, S.A. de C.V., por medio del pedido 0-1246, en los estados de México, Querétaro y Guanajuato, se constató que a la fecha de la revisión (enero de 2002) se encuentran empaquetados en cajas, las cuales fueron abiertas por representantes de la citada empresa.
En el dictamen de los técnicos habilitados por la ASF se asentó que "los equipos cumplen con los requerimientos señalados en el pedido. Sin embargo, no se pudo efectuar la inspección técnica al software debido a que dicho bien no está instalado, por lo cual no se puede emitir un dictamen técnico, ya que éste debe estar constituido por un servidor, cableado que cumpla ciertas normas, software especializado para el control de imágenes, video y datos. Además de las computadoras que son terminales de usuario, esto sólo se puede evaluar una vez funcionando el sistema".
Cabe señalar que a la fecha de la revisión los laboratorios no han sido instalados, ya que para ello se necesita contar con instalaciones y 40 computadoras. Por comentarios del proveedor se conoció que la SEP se encuentra gestionando la compra de equipo informático con que se instalarían 6 de los 24 laboratorios adquiridos; sin embargo, aún cuando se instalaron funcionarían a una capacidad mínima respecto de la que tienen.
2. La revisión física del laboratorio de circuitos impresos se llevó a cabo el 30 y 31 de enero de 2002 en el Instituto Tecnológico de Querétaro. Se constató que el equipo adjudicado a la empresa Ingeniería Pedagógica y Didáctica, S.A. de C.V., mediante el pedido núm. 0-1287, y a la fecha de la revisión se encontraba empacado en el almacén. Un representante del proveedor que se presentó en el instituto atendió la invitación realizada por la Dirección General de Auditoría al Gasto Público Federal se comprometió a dejar instalado el equipo para el siguiente día (31 de enero). Al respecto, se comprobó que el equipo quedó funcionando, lo que se hizo constar en el acta correspondiente. Sin embargo, el laboratorio permaneció seis meses sin utilizarse por falta de atención del proveedor.
Al respecto, el dictamen de los técnicos habilitados por la ASF es el siguiente: "En las pruebas realizadas de construcción, estaño, perforación, ataque por cloruro férrico, doblado, guillotina de corte y lavado en tinas a las placas de circuito impreso por parte del equipo C.I.F. Athelec cumple satisfactoriamente. Sin embargo, no se encontró un gabinete del mobiliario modular de dimensiones 1 m X 0.63 m X 1.36 m de 50 kg de peso".
3. La revisión física del didáctico para full injection se llevó a cabo el 29 de enero de 2002 en el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial núm. 196, ubicado en el Estado de México. El equipo fue vendido por la empresa Industrias Margolli de México, S.A. de C.V., y en la visita se comprobó que el proveedor incumplió con la fecha programada para su entrega. No obstante, en la fecha de la verificación el equipo se encontró funcionando, y únicamente quedaba pendiente de recibir la capacitación para operarlo.
En cuanto al dictamen de los técnicos habilitados por la ASF, se constató que los equipos "...cumplen con los requerimientos en construcción y didácticas... Sin embargo se detectó la falta de un tablero y de una mesa de trabajo que se describe en la licitación".
4. La revisión física del simulador de operador de tractocamiones se llevó a cabo el 1o. de febrero de 2002 en el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial núm. 28, ubicado en el estado de Aguascalientes. El simulador fue adjudicado a la empresa Montajes Electromecánicos e Ingeniería, S.A. de C.V, mediante el pedido núm. 0-1485. Al respecto, el dictamen de los técnicos habilitados por la ASF es el siguiente: "concluye que cumple con los requerimientos estipulados en el pedido. Además, cabe aclarar que el plantel no cuenta con un sistema de aire acondicionado adecuado y pone en riesgo el buen funcionamiento del equipo".
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-012 Recomendación
Es necesario que las Autoridades Superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas con la finalidad de que establezca las medidas necesarias para que los equipos que forman parte del programa de equipamiento 2000 cuenten con las condiciones propicias para su funcionamiento.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-010 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, acerca de los componentes faltantes del laboratorio de circuitos impresos y del equipo didáctico para full injection e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En el numeral 1.9 de las bases de licitación se establece que los proveedores deberán entregar dentro de los 10 días posteriores a la notificación del fallo los requerimientos mínimos necesarios para la instalación de los equipos revisados; sin embargo, se observó que todos fueron entregados después de esta fecha, como a continuación se indica:
Observación
Con el análisis de los expedientes de los pedidos de los bienes que se seleccionaron para su verificación física, se constató que los requerimientos mínimos necesarios para instalarlos fueron entregados después de la fecha programada, como se indica en el cuadro siguiente:
ENTREGA DE LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS NECESARIOS PARA
LA INSTALACIÓN
DE LOS EQUIPOS ENTREGADOS POR LOS PROVEEDORES
|
Capítulo |
Proveedor |
Descripción del bien |
Núm. de bienes |
Entrega
posterior de
los requerimientos |
|||
|
4304 |
Industrias
Margoli de México, S.A. de C.V. |
Equipo didáctico para full injection |
15 |
130 –148 |
|||
|
4304 |
Montajes
Electomécanicos e Ingenieria, S.A. de C.V. |
Simulador operador de tractocamión |
1 |
125 |
|||
|
4304 |
Industrias
Margoli de México, S.A. de C.V. |
Laboratorio avanzado de salud visual |
1 |
148 |
|||
|
4304 |
Industrias
Margoli de México, S.A. de C.V. |
Laboratorio básico de salud visual |
2 |
130 |
|||
|
4304 |
Ingenieria
Pedagógica y Didáctica, S.A. de C.V. |
Laboratorios de circuitos impresos |
13 |
320 –345 |
|||
|
4304 |
Foliservis, S.A. de C.V. |
Laboratorio de idiomas |
15 |
151 –156 |
|||
|
4304 |
Foliservis, S.A. de C.V. |
Laboratorio de idiomas |
9 |
151 -156 |
|||
|
4304 |
Industrias
Margoli de México, S.A. de C.V. |
Sistema de entrenamiento en detección de fallas marca
DEGEM |
3 |
123 -126 |
|||
|
|
|
|
|
Total |
59 |
|
|
Fuente:
Cédulas de trabajo elaboradas por la DGAGPF.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-013 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios a fin de que establezca mecanismos necesarios que permitan que los proveedores entreguen en tiempo los requerimientos mínimos necesarios para la instalación de los bienes.
Acción Promovida
00-11100-2-022-02-011 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la entrega tardía de los requerimientos mínimos necesarios para la instalación de los equipos BCI e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se revisó integralmente el sistema que en la práctica se tiene implantado para realizar los procesos de planeación, adjudicación, recepción, pagos e instalación de los bienes que la DGRMS adquiere para equipar los planteles de la SEIT, y se identificaron irregularidades en todo el proceso, como se describe a continuación:
Observación
Se observó que la SEIT planeó en forma deficiente sus necesidades, lo que originó que se adquirieran bienes que presupuestalmente se cargaron al ejercicio de 2000, pero que a la fecha de revisión física de los bienes (enero de 2002) no se han instalado, porque para ello se requiere de una inversión adicional a fin de dotar a los planteles de una infraestructura básica, como en caso de los laboratorios de idiomas. En otros casos la falta de planeación pone en riesgo la inversión, porque los equipos requieren de condiciones especiales para su funcionamiento (aire acondicionado con temperatura regulable) como en el caso del simulador para tractocamión. En otros casos las requisiciones no se encuentran sustentadas en necesidades reales, ya que se comprobó que parte de los equipos revisados no fueron solicitados por los planteles.
Del proceso de adjudicación, se observó que en las bases de las licitaciones los bienes que se requieren se describen tan minuciosamente, que sólo algunos proveedores pueden satisfacer las especificaciones, lo que limita la participación de los licitantes.
La etapa de evaluación técnica no está regulada por procedimiento alguno, lo que permite que las mismas áreas que solicitan el bien evalúen las ofertas técnicas, en detrimento de la transparencia del proceso. Además, no se identifica un responsable del proceso, ni se cuenta con formatos específicos que permitan delimitar la responsabilidad de los que participan en él. Además, en algunos casos los dictámenes técnicos contienen frases generales en cuanto a la descalificación de los participantes, sin que en los expedientes se encuentre el dictamen técnico con la firma del responsable de la evaluación. Por otra parte, la D.G.R.M. y S.G. en ningún caso cuenta con elementos que demuestren que la propuesta elegida reunió las condiciones económicas requeridas por la convocante.
De la recepción se carece de un procedimiento especifico que regule la recepción de los bienes que se adquieren para equipar los planteles de la SEIT. En la práctica, las direcciones generales que integran la subsecretaria delegan esta responsabilidad en los directores generales de los planteles designados para recibir algún equipo. Sin embargo, en muchas ocasiones éstos no cuentan con una copia de los pedidos.
El pago de las obligaciones se realizó en dos exhibiciones, la primera por el 40% del total de la operación (anticipo) y la segunda por el resto de la cantidad convenida después de la fecha de entrega del equipo en los planteles. Al respecto, en la cláusula 18 de las bases de la licitación se señala que "los pagos respectivos serán efectuados dentro de los 45 días posteriores a la presentación de la factura debidamente requisitada"; sin embargo, debido a la generalidad de esta cláusula el pago se efectuó sin haber recibido la capacitación e instalación de los bienes, no obstante que se trata de equipos BCI, es decir, bienes, capacitación e instalación.
Acción Promovida
00-11100-2-022-01-014 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan al Oficial Mayor y al Subsecretario de Educación e Investigación Tecnológicas con la finalidad de que redefinan los procedimientos en uso para la planeación, adjudicación, recepción y pago de los bienes adquiridos por la SEIT para el programa de equipamiento.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado al capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" en la Dirección General de Televisión Educativa se hubiese ejercido y registrado conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables.
Criterios de Selección
Del Decreto relativo a la Revisión de la CHPF 2000
Alcance
De acuerdo con las cifras reportadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto al 31 de diciembre de 2000, la Dirección General de Televisión Educativa (DGTVE) en el capítulo 5000 ejerció 56,322.3 miles de pesos, de los cuales se revisaron 56,125.5 miles de pesos, que representan el 99.6%.
La auditoría se amplió hacia los recursos que la DGTVE ejerció en el capítulo 3000 "Servicios Generales" por 68,705.5 miles de pesos, que representa el 34.5% del total ejercido en dicho capitulo, los recursos fueron erogados en la ampliación, mantenimiento, producción y transmisión de programas para la RED EDUSAT. Además, se incorporó la revisión al presupuesto ejercido por el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (CAPFCE) para la adquisición de equipo informático, relacionado con la ampliación de la RED ESCOLAR por 169,995.1 miles de pesos, que representa el 29.3% del presupuesto ejercido en el capítulo 5000 por el CAPFCE.
Áreas Revisadas
En las direcciones generales de Televisión Educativa (DGTVE), de Recursos Financieros (DGRF), de Recursos Materiales y Servicios (DGRMS) y de Planeación, Programación y Presupuesto (DGPPP), el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (CAPFCE), todas dependientes de la Secretaría de Educación Pública.
Resultado
En el decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Publica Federal se solicita se realice una auditoría sobre las adquisiciones de bienes informáticos de la SEP destinados a la RED EDUSAT; sin embargo, en la etapa de planeación se comprobó que los componentes de la citada red no son informáticos, sino que funcionan con equipos de recepción de señales (antena parabólica, decodificador, televisor) mediante los cuales los usuarios (planteles, oficinas, centros de investigación, etc.)acceden a los canales de televisión que tiene la red.
Cabe señalar que los bienes informáticos (computadoras, reguladores, impresoras, fax externo) adquiridos durante el ejercicio de 2000, fueron para equipar planteles distribuidos en las entidades federativas, y corresponden al programa denominado RED ESCOLAR, cuyo objetivo es proporcionar educación multimedia y lograr la interactividad de los alumnos de educación básica por medio de Internet.
Por lo expuesto, se revisó el convenio de cooperación suscrito por la SEP y el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE)1 el 13 de junio del 2000, para el mantenimiento, producción de programas, producción editorial de la guía de programación, etc. relacionados con la RED EDUSAT. Además, se analizó el procedimiento de adjudicación, instalación y funcionamiento de los equipos informáticos, los cuales fueron adquiridos con cargo al presupuesto del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (CAPFCE) para la ampliación 2000 de la RED ESCOLAR.
1 El Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa es un organismo internacional con autonomía de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios, al servicio de los países de América Latina y el Caribe. Dentro de sus objetivos se encuentra la cooperación regional en la investigación, experimentación, producción y difusión de materiales audiovisuales y la recopilación de materiales y documentación audiovisuales.
Resultado
Se compararon las cifras reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal en los capítulos 3000 y 5000 de la DGTVE contra las registradas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto emitido por la DGRF correspondientes al ejercicio 2000, sin que se determinaran diferencias en cuanto al presupuesto autorizado, modificado, ejercido y economías.
Resultado
El presupuesto autorizado para los capítulos 3000 y 5000 se modificó mediante 21 oficios de adecuación presupuestaria, en cuyo análisis se observó que se elaboraron y autorizaron conforme a lo dispuesto en los numerales 36 al 41 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y los numerales 1 y 2 del Oficio circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2000.
Como excepción a lo anterior, se observó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) autorizó cuatro adecuaciones presupuestarias sin observar los plazos establecidos para tal efecto en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal para el ejercicio de 2000.
Observación
En el análisis de los oficios de afectación presupuestaria, se observó que la SHCP autorizó cuatro adecuaciones presupuestarias 62 días después de la fecha de recepción de la solicitud, en contravención de los numerales 40, fracción III, y 41, fracción I, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal para el ejercicio de 2000.
Acción Promovida
00-06100-2-485-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruyan a la Dirección General de Programación Presupuesto de Salud, Educación y Laboral a fin de que se implementen los mecanismos que garanticen que las adecuaciones presupuestarias se autoricen dentro de lo plazos establecidos en la norma vigente.
Resultado
De la RED EDUSAT
La RED EDUSAT se creó para dar respuesta a la creciente demanda del servicio educativo del país y al rezago en las poblaciones más dispersas y alejadas, dentro del territorio nacional utilizando como medio de comunicación la televisión. La RED EDUSAT opera actualmente a través del satélite Solidaridad 2 y SATMEX 5 y cuenta con 12 canales de televisión y cinco de radio. En el ejercicio de 2002, la red tiene instalados aproximadamente 30,000 sistemas de recepción, de los cuales 1,138 equipos se instalaron en el 2000 como producto del convenio celebrado con el ILCE.
En la revisión del convenio de cooperación sin número, de fecha 13 de junio de 2000, suscrito entre la SEP y el ILCE, por 71,800.0 miles de pesos, se identificaron 6 rubros, seleccionando para su evaluación tres, por ser los más representativos, cuyo importe asciende a 55,887.8 miles de pesos, como se muestra en el cuadro siguiente:
CONCEPTOS DEL CONVENIO CELEBRADO EL 13 DE
JUNIO DEL 2000
ENTRE
SEP E ILCE
(Miles de pesos)
|
Concepto |
Importe |
|
Ampliación,
operación y mantenimiento de la RED EDUSAT |
* 7,700.0 |
|
Producción,
transmisión y compra de programas |
*41,755.9 |
|
RED
ESCOLAR |
5,621.9 |
|
Consultorías
externas |
5,020.0 |
|
Producción
Editorial |
* 6,431.9 |
|
Educación
Media Superior |
5,270.3 |
|
Total |
71,800.0 |
FUENTE: Convenio
de colaboración celebrado el13 de junio del 2000.
(* Conceptos
seleccionados).
a) En el primer rubro "Ampliación de la RED EDUSAT", la meta programada para el ejercicio de 2000 era que el ILCE realizara 2200 instalaciones de equipos de recepción de señal. Con objeto de comprobar el cumplimiento de este compromiso se revisaron siete informes de avance de metas, proporcionados por el ILCE, constatando que al cierre del ejercicio se habían instalado 1,138 equipos. Cabe señalar que al concluir el ciclo lectivo 2000-2001 se alcanzó la meta de 2,228 equipos colocados, con lo que el ILCE cumplió lo convenido.
El ILCE reportó durante el ejercicio de 2000 haber realizado 1,138 instalaciones de los equipos de recepción. Se seleccionó una muestra de 476, y se comprobó documentalmente que la entrega está respaldada por el recibo que firma el responsable del plantel en donde se instaló el equipo.
b) En el apartado "Producción, Transmisión y Compra de Programas" se señala que el ILCE se obliga entre otras cosas a la elaboración de 443 programas educativos y documentalmente la meta alcanzada según el informe del instituto fue de 617 programas, superándose el compromiso original en 172 programas.
Por otra parte se seleccionaron para su revisión 85 masters[2], y se constató su existencia física, además se verificó que aparecieran en la guía de programación, con lo que se acreditó su transmisión.
c) En lo que se refiere a la "Producción Editorial" según el convenio, el ILCE se obligaba a la producción, edición y distribución de 222,000 ejemplares de la guía de programación. Cabe señalar que la suma de los reportes mensuales elaborados por el ILCE indica que se alcanzó esta meta. Con objeto de comprobar la veracidad de esta información se analizaron los recibos del tiraje del proveedor y los controles de distribución de la guía de programación correspondientes al periodo de septiembre a diciembre. y se constató que coinciden con los reportes entregados.
Sin embargo, de acuerdo con la cláusula séptima del convenio correspondía a la DGTVE ejercer la supervisión y evaluación de los compromisos contraídos, así como los avances y resultados de la ejecución de los proyectos, lo cual no se cumplió, ya que se limitó a recibir la información proporcionada por el ILCE.
Observación
La DGTVE no supervisó y evaluó los avances y resultados reportados por el ILCE, no obstante que es una obligación establecida en la cláusula séptima del convenio, ya que se observó que se limitó a recibir la información proporcionada por el instituto.
Acción Promovida
00-11100-2-485-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública realicen las acciones necesarias para que se lleve a cabo la supervisión de los avances físico-financieros de los convenios celebrados con el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa, de conformidad con lo que se establece en los convenios de colaboración entre ambas partes.
Resultado
El pago de la cantidad acordada en la cláusula segunda, inciso b, del convenio (71,800.0 miles de pesos) se redujo en 3,094.5 miles de pesos, por lo que la SEP, mediante cinco Cuentas por Liquidar Certificadas pagó 68,705.5 miles de pesos, los cuales se encuentran respaldados en la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, tal como lo disponen los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
Se realizó una visita en 34 planteles de educación básica en 7 estados de la república comprobó que en 17 escuelas no se utiliza la señal de EDUSAT, por distintas causas.
Observación
Se seleccionaron para su revisión 34 planteles distribuidos en 7 estados de la república, y se comprobó que en 7 casos, no obstante de que se encuentran instalados los equipos, la señal no se recibe; en 3 casos hace falta alguno de los componentes que integran el sistema de recepción y en 7 casos no se le da utilidad; cabe señalar que el ILCE indicó que el uso y el resguardo de los equipos, así como su mantenimiento preventivo y correctivo, corresponde a cada una de las secretarías de educación en los estados de la República Mexicana. Además, se constató que en ningún plantel se recibe en forma oportuna la guía de programación, detectando que el ILCE la envía en tiempo y es en las coordinaciones estatales en donde se retrasa la entrega.
Acción Promovida
00-11100-2-485-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública realicen las acciones necesarias para promover ante los gobiernos estatales el cumplimiento de los compromisos para la utilización de la RED EDUSAT.
Resultado
De la RED ESCOLAR
Para el fortalecimiento de la RED ESCOLAR, durante el ejercicio de 2000 se adquirieron diversos equipos informáticos (servidores, estaciones de trabajo, no breaks, switches, impresoras y soluciones) mediante el procedimiento de licitación pública nacional número 11140033-013-00 por 169,995.1 miles de pesos celebrada en el mes de julio del 2000, la cual fue realizada por el CAPFCE. Los bienes fueron para equipar las aulas de medios y su distribución se realizó en los distintos estados de la República.
En el análisis de la documentación que respalda el procedimiento de adjudicación se observó que las bases de licitación, actos de aclaración de bases, de presentación de ofertas técnicas y económicas y fallo de licitación, se realizaron de conformidad con lo que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Como excepción a lo anterior, se determinaron algunos incumplimientos en el requisitado de la convocatoria.
Observación
En el análisis a la documentación relacionada con el procedimiento de licitación pública núm. 11140033-013-00 por 169,995.1 miles de pesos, para la adquisición de equipo informático, se observó que la convocatoria no contiene la indicación de que ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas, ni la indicación de que no podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Lo anterior contravino el artículo 29, fracciones V y X, de la citada ley.
Acción Promovida
00-11140-2-485-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas instruyan a la Gerencia de Administración a fin de que las convocatorias contemplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
La adquisición de los equipos se adjudicó a la empresa Tecnoprogramación Humana Especializada en Sistemas Operativos S.A. de C.V. (THEOS), mediante el contrato núm. CEQ-001-00, el cual se formalizó dentro de los veinte días posteriores a la notificación del fallo, de conformidad con el artículo 46, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La cantidad originalmente pactada se incrementó en 6.3% a través de la modificación al contrato s/n, con sustento en el artículo 52, párrafo primero, de la citada ley. Además, se constató que las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tanto del contrato original como de la modificación se recibieron de acuerdo con lo establecido por el ente.
Resultado
La adquisición de los bienes se destinó a equipar 3,329 aulas de medios (una por plantel), comprobando mediante las actas de entrega-recepción suscritas por los titulares de las escuelas que los bienes fueron entregados en la cantidad acordada. Cabe señalar, que el CAPFCE estableció en los contratos una fecha posterior para la entrega de los bienes distinta a la que se solicitó originalmente en bases.
Observación
En los contratos suscritos con el proveedor Tecnoprogramación Humana Especializada en Sistemas Operativos, S.A., se estableció una fecha de entrega diferente de la solicitada en la cláusula 1.2 de las bases de licitación, lo que ocasionó que se otorgaran condiciones más ventajosas a las originalmente pactadas, ya que dicho plazo para las aulas tipo "B" se amplió 15 días respecto de la fecha originalmente establecida en la bases del concurso. Lo anterior contravino el artículo 52, párrafo último, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-11140-2-485-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas actúe en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente por el otorgamiento de condiciones más ventajosas a las originalmente pactadas en las bases de licitación relacionadas con los contratos núms. CEQ-001-00 por 159,505.8 miles de pesos y su ampliación s/n por 10,489.3 miles de pesos, suscritos con el proveedor Tecnoprogramación Humana Especializada en Sistemas Operativos, S.A. de C.V.
Resultado
Con objeto de verificar la existencia y la utilización de los bienes adquiridos, se seleccionaron para su revisión 68 planteles (primarias, secundarias generales y secundarias técnicas) distribuidos en 10 estados y el Distrito Federal, las cuales fueron incorporadas a la ampliación de la RED ESCOLAR 2000, comprobando que físicamente los equipos se encuentran en las escuelas revisadas; sin embargo, en algunos planteles no se localizó el equipo completo y en otros no cuentan con resguardos individualizados y número de inventario.
Observación
Como resultado de las inspecciones físicas realizadas en 10 estados de la República y el Distrito Federal, correspondiente al equipamiento de aulas de medios para la RED ESCOLAR, no se localizaron 18 componentes de los equipos de computo en diversos planteles (2 impresoras, 4 switches, 6 soluciones, 2 no breaks, y 4 fax módem). Además en un plantel de Michoacán el equipo fue sustraído, sin que se haya demostrado haber hecho la gestión de recuperación ante la aseguradora.
Por otro lado, se observó que en 32 planteles educativos no cuentan con resguardos y en 27 se carece del número de inventario de los bienes, lo que pone en riesgo la salvaguarda de los equipos y mobiliario en general.
Acción Promovida
00-11100-2-485-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública establezcan los mecanismos necesarios para que las entidades federativas que se vean beneficiadas con equipos de cómputo y de comunicación a través de la Federación establezcan los controles a fin de que los bienes cuenten con número de inventario y resguardo correspondiente.
Resultado
El modelo pedagógico de la RED ESCOLAR consiste en que las aulas de medios que se equipen cuenten con línea telefónica para que puedan acceder a internet. Al respecto se conoció que el ILCE suscribió diversos convenios con los gobiernos de los estados de la república en los que se compromete a asumir los gastos correspondientes a la instalación de 3,000 líneas telefónicas para igual número de planteles, sin embargo, la meta se redujo a 1,358 líneas por causas diversas.
Por otra parte, en la verificación física se constató que en 25 casos no se instalaron las líneas y en 5 casos, no obstante que el ILCE instaló la línea, ésta se perdió por falta de pago.
Observación
Se observó que 30 planteles de los 68 seleccionados no cuentan con líneas telefónicas instaladas para tener acceso al servicio de internet, de los cuales en 25 casos no fueron instaladas las líneas y en cinco se perdieron por falta de pago, por lo tanto se limita el alcance del proyecto pedagógico denominado RED ESCOLAR.
Respecto de las líneas que no fueron instaladas, el ILCE informó que de acuerdo con lo convenido con los gobiernos estatales efectuó la gestión ante TELMEX de 3000 líneas telefónicas, de las cuales se alcanzó la cantidad 1,358. Lo anterior obedece al hecho de que TELMEX no tiene red principal; el distrito en donde se va a instalar se encuentra saturado; no se cuenta con números disponibles; domicilios incompletos; líneas objetadas por los responsables de los planteles, o porque TELMEX no cuenta con infraestructura. Además de que el presupuesto del ILCE impidió que se continuaran con las gestiones ante TELMEX, con lo que quedó pendiente el cumplimiento de lo convenido.
No obstante lo anterior, el citado instituto informó que se encuentra participando en el desarrollo de proyectos de conectividad alambrica o inalámbrica, con lo que espera lograr las metas relacionadas con el proyecto RED ESCOLAR.
En el caso de las líneas de teléfono que se dejaron perder por falta de pago, los responsables son los Institutos de Educación de los Gobiernos Estatales.
Acción Promovida
00-11100-2-485-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública realicen las acciones para implementar los mecanismos con objeto de coadyuvar y promover la utilización de la tecnología necesaria para lograr la conectividad de los equipos que integran la RED ESCOLAR.
Resultado
El pago de los equipos se efectuó en fecha posterior a la recepción de los bienes, mediante seis pólizas cheque por 169,995.1 miles de pesos, las cuales se registraron con cargo en el presupuesto del CAPFCE, y se observó que contaron con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, de conformidad con los artículos 44, fracción III, 82 y 102, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal
Resultado
La DGTVE en el capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" ejerció 56,322.3 miles de pesos, de los cuales 54,595.0 miles de pesos se ejercieron a través del convenio firmado con el ILCE el 13 de junio del 2000, cuyo objetivo consistió en el equipamiento de la Videoteca Nacional. La diferencia de 1,727.3 miles de pesos fueron para dotar de equipo a un estudio de televisión y para adquirir equipo informático.
Mediante la licitación pública internacional núm. LPI-002-99 celebrada por el ILCE y financiada con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se adquirieron los equipos para la "Integración, Diseño, Construcción y Puesta en Funcionamiento del Sistema Integral de la Videoteca Nacional Educativa". En el análisis a la documentación relacionada con el procedimiento de adjudicación se observó que se realizó de conformidad con las bases establecidas por Nacional Financiera por lo que se refiere al acto de apertura de ofertas técnicas y económicas, dictámenes técnicos y económicos, fallo de adjudicación y la documentación del proveedor participante, además de que el proceso contó con la no objeción de Nacional Financiera S.N.C.
Resultado
El proveedor ganador del procedimiento de licitación fue GEDAS NORTH AMERICA, S.A. de C.V., con el que se suscribió el contrato de servicios integrales para el desarrollo del proyecto de la Videoteca Nacional Educativa número 201/2000 por 61,068.6 miles de pesos. Cabe destacar que este proveedor incurrió en retrasos en la entrega de los bienes, cuyo monto de sanción asciende 231.6 miles de pesos, los cuales fueron pagados en especie por concepto de trabajos adicionales que fueron entregados, según consta documentalmente en las actas de entrega recepción.
Resultado
Con objeto de verificar el cumplimiento del contrato de servicios integrales, se realizó una inspección física en las instalaciones de la Videoteca Nacional Educativa, los cuales en cantidad corresponden con lo solicitado en los contratos respectivos. Cabe señalar, que parte de este equipo se encuentra sin utilizarse, además los bienes carecen de resguardo y tienen asignado un número de inventario provisional, lo anterior se debe a que este ente no forma parte de la estructura de la SEP.
Observación
Se constató la existencia física de los bienes adquiridos mediante la licitación pública celebrada por el ILCE, y se observó que los equipos no cuentan con resguardo y tienen asignado un número de inventario provisional; además de que parte del equipo adquirido se encuentra sin utilizarse, lo anterior se debe a que este ente no forma parte de la estructura de la SEP debido a que se encuentra en la fase terminal del proceso de desarrollo, el cual esta a cargo del ILCE y que incluye, entre otras, las siguientes etapas: estudios de factibilidad, desarrollo del proyecto estratégico, bases de desarrollo inicial, etc. En nota informativa el ILCE aclara que la formalización de la entrega del proyecto de Videoteca Nacional es decisión de la SEP.
Acción Promovida
00-11100-2-485-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública formalicen la entrega recepción del proyecto denominado Videoteca Nacional Educativa, el cual ha sido concluido por el ILCE; además, para que efectúe los trámites necesarios para incorporar la videoteca a su estructura organizacional a fin de promover el uso de las instalaciones y los equipos, así como la salvaguarda de los bienes adquiridos con recursos federales.
Resultado
Los pagos se realizaron mediante dos cuentas por liquidar certificadas por 54,595.0 miles de pesos, los cuales contaron con la documentación comprobatoria del gasto, de conformidad con lo establecido en los artículos 43, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la diferencia por 6,473.6 miles de pesos se liquidó con presupuesto del ILCE.
Resultado
Se seleccionaron para su revisión las licitaciones públicas núms. 034 y 037/00 efectuadas por la DGRMS en los meses de noviembre y diciembre de 2000, mediante las cuales se adquirió diverso equipo de cómputo y equipo audiovisual por 704.7 y 825.8 miles de pesos, respectivamente.
Con el análisis de los procedimientos de licitación, se constató que estos se llevaron a cabo de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que se refiere a la convocatoria, bases de licitación, actos de junta de aclaraciones, de presentación y apertura de propuestas técnicas y económicas, fallo del concurso y formalización de pedidos.
Resultado
El total de bienes adquiridos mediante los pedidos núms.0-1330 y 0-1174 por 704.7 y 825.8 miles de pesos, respectivamente, fue objeto de una inspección y se comprobó su existencia así como su utilidad. Además, se constató que la DGTVE tiene un control adecuado de sus bienes, ya que los equipos revisados tienen asignado el número de inventario correspondiente y su resguardo está actualizado.
Resultado
Los pagos se realizaron mediante Cuentas por Liquidar Certificadas, los cuales contaron con su documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de conformidad con lo establecido en los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas en el capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles " se hubiese ejercido y registrado conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables.
Criterios de Selección
De la Evaluación Financiera.
De los Resultados de las Revisiones.
Se propone realizar esta auditoría considerando los resultados obtenidos en la revisión practicada a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas (SEIT) en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1999, en donde se detectaron ineficiencias en el pago y en la recepción de equipos de laboratorio, lo cual repercutió en que se incumplieran los fines didácticos programados. Además, en los trabajos de planeación se constató en diversos oficios presentados por la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI) que a la fecha no han sido recibidos por los planteles de Educación Media Superior y Superior bienes adjudicados que forman parte del equipamiento 2000. Así como la trascendencia que tiene el recurso para la educación en el presupuesto Federal.
Del análisis de la información presentada en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del 2000 por la SEIT, se conoció que su presupuesto ejercido en el capítulo 5000 se incrementó en 107,441.2 miles de pesos, que representa el 621.0 miles de pesos respecto del presupuesto originalmente autorizado (173.0 miles de pesos), sin que en el apartado 3 de explicaciones a las variaciones programáticas se explicaran las causas de tal incremento y los resultados obtenidos.
Criterio Específico de Selección
Se propone revisar el ejercicio del gasto del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" ya que este representa el 53 % del presupuesto ejercido por la SEP, recursos que destino la SEIT en el equipamiento de los planteles educativos de educación media superior. Cabe señalar que en el transcurso de la revisión se definirán las visitas foráneas que se realizarán, con el objeto de constatar la recepción y funcionamiento de los equipos.
Alcance
De acuerdo con las cifras del reporte analítico del ejercicio del presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal reportadas al 31 de diciembre de 2000, la SEIT ejerció 107,614.2 miles de pesos, de los cuales se revisaron 75,451.3 miles de pesos que representaron el 70.1%.
La muestra revisada en el capítulo 5000 correspondió a la adjudicación de tres pedidos, fincados a tres proveedores derivados de la licitación pública internacional núm. 00011-001-034/00 referente a la adquisición de equipo de cómputo.
Áreas Revisadas
Los trabajos de auditoría se efectuaron en la Dirección General de Educación Secundaria Técnica (DGEST) y en el Consejo del Sistema Nacional de Educación en Tecnología (COSNET), dependientes de la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas (SEIT). Además, en las Direcciones Generales de Recursos Materiales y Servicios (DGRMS) y de Recursos Financieros (DGRF), dependientes de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Resultado
Al comparar la cifra del reporte analítico del ejercicio del presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, respecto del capítulo revisado, con la del Estado del ejercicio del presupuesto emitido por la SEP, no se determinaron diferencias respecto del presupuesto original modificado, ejercido, ni en sus economías, en cumplimiento de los artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
El presupuesto original autorizado para el capítulo 5000 fue de 173.0 miles de pesos tuvo ampliaciones y reducciones por 195,326.6 y 75,886.0 miles de pesos, respectivamente, con lo cuál se obtuvo un presupuesto modificado de 119,613.6 miles de pesos, del cual se ejercieron 107,614.2 miles de pesos, por lo que se generó una economía de 11,999.4 miles de pesos, los cuales quedaron en la línea de crédito a disposición de la Tesorería de la Federación.
En cuanto a los oficios de afectación presupuestaria, que modificaron el presupuesto original, se comprobó que cumplen con lo dispuesto por los numerales 36, 38 y 40 del capítulo V del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2000.
Resultado
Se constató que la SEIT cuenta con un Manual de Organización debidamente autorizado el cual data de 1994, el cual se aplicó durante el ejercicio fiscal de 2000, según una nota informativa del 30 de noviembre de 2001 proporcionada por el Subdirector de Recursos Financieros de la citada subsecretaría, en cumplimiento de los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; sin embargo, carece de un Manual de Procedimientos en contravención de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Observación
La Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas no cuenta para el ejercicio de 2000 con un Manual de Procedimientos que regule las funciones que le confiere el Reglamento Interior de la SEP. Lo anterior contravino los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Acción Promovida
00-11100-2-021-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas a fin de que elabore su Manual de Procedimientos. Asimismo, que se someta a autorización y se difunda entre las áreas involucradas.
Resultado
Con la revisión del procedimiento de la licitación pública internacional núm. 00011001-034/00 relacionada con la adquisición de Equipo de cómputo y telecomunicaciones, se determinó lo siguiente:
a) Se constató que la convocatoria fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2000, de acuerdo con el artículo 30 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
b) Se comprobó que 52 licitantes adquirieron las bases, que estuvieron a disposición de los interesados hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones de acuerdo con el párrafo 1o. del artículo 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
c) Se comprobó que la convocatoria cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 29 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
d) Se constató que las bases cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
e) De la documentación legal se constató que presentaron los licitantes el poder de representación, copia de identificación personal, pago por la compra de las bases, estados financieros y declaración de ISR correspondientes a 1999, entre otros, de acuerdo con los numerales 4.1 y 4.2 de las bases.
f) El plazo para la presentación y apertura de proposiciones fue de 20 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 32, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público.
g) Se comprobó que el plazo para la emisión del fallo fue diferido por una ocasión, observándose que el nuevo plazo no excedió de los veinte días naturales contados a partir del plazo original, de conformidad con el artículo 35, fracción V, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Como excepción, se presentaron algunas irregularidades en el citado procedimiento de adjudicación.
Observación
a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios no acreditó alguno de los supuestos establecidos en el artículo 28, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para fundamentar el carácter internacional de las licitaciones.
b) La dependencia no solicitó a la Secretaría de Economía que determinara el carácter de esta licitación, en contravención del artículo 26, penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público.
c) Los recursos provenientes de la venta de bases (81.0 miles de pesos) se depositaron en la cuenta bancaria núm. 0117076241 de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, los cuales no se han concentrado a la Tesorería de la Federación, en contravención de los artículos 34 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000, y 12, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000.
Acción Promovida
00-11100-2-021-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios a efecto de que establezca los mecanismos de control que garanticen que antes de determinar que un procedimiento de licitación es de carácter internacional se acredite que se está en presencia de alguno de los supuestos que establece el artículo 28, fracción II de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público; además, deberán solicitar a la Secretaría de Economía que determine el carácter que habrán de tener sus licitaciones.
Acción Promovida
00-11100-2-021-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios con objeto de que establezca los mecanismos que garanticen que los recursos provenientes de venta de bases de licitaciones se concentren en la Tesorería de la Federación.
Resultado
Se seleccionaron tres pedidos por 75,451.3 miles de pesos de los 59 que se adjudicaron mediante la licitación revisada, y se comprobó que en ningún caso se formalizaron los compromisos dentro del plazo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, como a continuación se cita:
Observación
Los tres pedidos seleccionados, se formalizaron entre 34 a 71 días después de la notificación del fallo, como se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO
COMPARATIVO
FORMALIZACIÓN DE LOS PEDIDOS
|
Pedido |
LPI |
Proveedor |
Días de trámite en la DGRMYS |
Días de trámite en la DGRF |
Días de
trámite que formalizara el proveedor |
Total de días
para la formalización del pedido |
|
O-1172 |
034 |
TECNOPROGRAMACIÓN
HUM.ESP. EN SIST. OPE. S.A. DE C.V. |
4 |
30 |
1 |
35 |
|
O-1156 |
034 |
MAINBIT,
S.A. DE C.V. |
-1* |
49 |
23 |
71 |
|
0-1152 |
034 |
QUALITA
SISTEMAS, S.A. DE C.V. |
5 |
15 |
13 |
34 |
Fuente: Cédulas de trabajo elaborados por la DGAGP.
* El
pedido fue entregado antes de los veinte días que establece la norma.
Lo anterior contravino lo dispuesto en el artículo 46 , párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que señala que la formalización de los contratos deberá realizarse dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación del fallo.
Respecto del retraso en el que incurrió la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, la Jefa del Departamento de Estadística, Control y Apoyo Administrativo informó de que se debe " a las cargas de trabajo que presenta la Dirección de Adquisiciones". En lo que respecta a los proveedores, aclaró que en muchas ocasiones éstos no se presentan a firmar el pedido de manera oportuna con el fin de contar con más tiempo para el cumplimiento en la entrega de los bienes. Al respecto, el artículo 46, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público indica que si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo establecido, la dependencia podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento adjudicar el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.
En relación con el tiempo que tarda la Dirección General de Recursos Financieros no hizo aclaración alguna.
Acción Promovida
00-11100-2-021-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a las Direcciones Generales de Recursos Materiales y Servicios, y de Recursos Financieros a efecto de que establezcan los mecanismos necesarios para que los pedidos sean formalizados dentro del plazo que señala la norma o, en su caso, se adjudique el contrato al participante que haya presentado la proposición solvente más baja.
Acción Promovida
00-11100-2-021-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, de la observación relacionada con la recurrencia en el incumplimiento del plazo para la formalización de los pedidos e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En cuanto al pago de los compromisos contraídos con los proveedores, se constató que la DGRF expidió cuatro Cuentas por Liquidar Certificadas con cargo en el capítulo 5000 por un importe de 75,451.3 miles de pesos
Al respecto, se constató que los pagos efectuados contaron con la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente (pedidos, facturas, remisiones, acta de entrega-recepción, Cuentas por Liquidar Certificadas, pólizas de egresos, entre otros) expedidos a favor de la dependencia o del proveedor según corresponda; asimismo, la documentación comprobatoria cumplió con los requisitos fiscales, en cumplimiento de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal; y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Resultado
En cuanto a la garantía de cumplimiento de los tres pedidos revisados en el capítulo 5000, se constató documentalmente que dichas fianzas fueron expedidas a favor de la Tesorería de la Federación y cuyo monto respalda el 10% del total adjudicado en cada pedido, de conformidad con los artículos 71, fracciones I y III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 48 y 49, último párrafo y fracción I, respectivamente, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
En relación con los recursos para la adquisición de los diferentes equipos de cómputo, se constató que fueron autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de acuerdo con los oficios de autorización de inversión, en cumplimiento de los numerales 108, fracción IV y 109 del Manual de Normas Presupuestarias de la Administración Pública Federal.
Resultado
Se constató documentalmente que los bienes que se describen en los pedidos revisados ingresaron a los almacenes de la SEP en tiempo y en forma, tal como lo dispone el numeral 1.2 de las bases de la licitación pública internacional num. 00011001-034-00.
Resultado
Para la revisión técnica y física, se seleccionaron 35 equipos de cómputo de los 4,630 equipos adquiridos, mediante los pedidos núms. 1152, 1156 y 1172, como se muestra en el siguiente cuadro:
MUESTRA SELECCIONADA PARA LA VERIFICACIÓN FÍSICA
|
Núm. de
pedido |
Proveedor |
Descripción
del bien |
Núm. de
bienes verificados físicamente |
|
0-1152 |
Qualita
Sistemas, S.A. de C. V. |
Microcomputadora
personal multimedia, marca Hewlett Packard |
25 |
|
0-1156 |
Mainbit, S.A. de C.V. |
PC modelo
Deskpro en Pentium III marca
Compaq
|
5 |
|
0-1172 |
Tecno-Programación
Humana Especializada en Sistemas Operativos, S.A. de C. V. |
PC-300
PL, Pentium III marca
IBM
|
5 |
|
|
|
Total
revisados |
35 |
Fuente: Papeles de
Trabajo elaborados por la DGAGPF .
Como resultado de las pruebas aplicadas, se detectaron incumplimientos en los componentes de algunos equipos.
Observación
En el análisis técnico de los equipos mencionados en el cuadro anterior , se observó los siguiente:
a) Los equipos de marca Compaq, adjudicados en el pedido núm. 0-1156 al proveedor Mainbit, S.A. de C. V., cuentan con 5 Slots PCI y no con 2 PCI, 2 ISA/ PCI y 1 ISA, por lo que no cumplen con la arquitectura solicitada en las bases.
b) En relación con los equipos de marca Hewlett Packard, adjudicados mediante el pedido núm.0-1152 al proveedor Qualita, S.A. de C.V., se observó que el equipo no cuenta con tarjeta de video AGP, como lo señalan las bases de licitación, además la tarjeta de video integrada a la Tarjeta Madre es de 4 Mb y no de 8 Mb.
c) En los bienes revisados de la marca IBM, adquiridos a la empresa Tecno programación Humana Especializada en Sistemas Operativos, S.A. de C.V., se cumplió satisfactoriamente con los requisitos, ya que no se detectaron diferencias en cuanto a las especificaciones de los componentes que se describen en los pedidos y los encontrados físicamente en los equipos.
Acción Promovida
00-11100-2-021-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente de la observación relacionada con los equipos que entregaron las empresas Mainbit, S.A. de C.V., y Qualita, S.A. de C.V., las cuales no cumplieron con lo solicitado en las bases e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación.
Observación
En la verificación física de los cinco equipos de cómputo de la marca Compaq, adjudicado al proveedor Mainbit, S.A. de C.V., se constató que en la Escuela Secundaria Técnica núm. 6 fueron robadas tres CPU, lo cual consta en el acta con la que se dio parte a la autoridad competente, a la cual se le asignó la averiguación previa núm. 2529/DDF/ 2001 el 20 de junio de 2001; sin embargo, a la fecha (febrero de 2002) no se ha recuperado el seguro correspondiente; además, se indicó que el mouse con número de serie F22420C5BJVIZ8D fue extraviado por el personal del plantel sin que se realizará ninguna acción para la recuperación del mismo.
Acción Promovida
00-11100-2-021-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría Educación Pública instruyan a la Dirección General de Escuelas Secundarias Técnicas para que evidencie la recuperación del seguro correspondiente de los CPU robados y el entero a la TESOFE de la cantidad recuperada, así como de la recuperación del mouse extraviado.
a)
Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión
de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 25
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
27 |
|
Subtotal |
27 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control |
14 |
|
Subtotal |
14 |
|
Total |
41
|
Del total general, 14 (34.1%) son de carácter correctivo, y 27 (65.9%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente Órgano Interno de Control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999, se formularon 186 recomendaciones, de las cuales se han solventado 153 (82.3%) y quedan pendientes 33 (17.7%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
50 |
68 |
40 |
27 |
185 |
|
|
a)
Solventadas |
50 |
67 |
34 |
2 |
153 |
|
b)
Por solventar |
0 |
1 |
6 |
25 |
32 |
|
n/a |
n/a |
n/a |
1 |
1 |
|
|
a)
Solventadas |
|
|
|
0 |
0 |
|
b)
Por solventar |
|
|
|
1 |
1 |
|
Total emitido |
50 |
68 |
40 |
28 |
186 |
|
Total Solventado |
50 |
67 |
34 |
2 |
153 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
98.5% |
85.0% |
7.1% |
82.3% |
n/a: no aplicable. Las recomendaciones al desempeño fueron formuladas a
partir de la revisión de la Cuenta de
la
Hacienda Pública Federal 1999.
2) Acciones
Correctivas
Se promovieron 21 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 0(0.0%) y están en proceso de atención 21 (100.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de acción |
Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999
|
||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
|
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
20 |
0 |
20 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal, 1999.
|
Tipo de Acción |
Cuenta de la Hacienda Pública de 1996 a 1999
|
||
|
Formuladas |
Solventadas |
En Proceso de Atención
|
|
|
Pliegos de Observaciones |
1 |
0 |
1 |
|
Total |
21 |
0 |
21 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas.
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
186 |
153 |
33 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
27 |
0 |
27 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
21 |
0 |
21 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
14 |
0 |
14 |
|
|
|
|
|
|
Total |
248 |
153 |
95 |