Atribuciones
La
Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 29 de diciembre de 1981, en su artículo 3o. señala como finalidades
del Instituto las siguientes:
"I. Contribuir, a través del proceso
educativo, a la transformación de la sociedad en un sentido democrático y de
progreso social, para lograr la justa distribución de los bienes materiales y
culturales dentro de un régimen de igualdad y libertad;
II. Realizar investigación científica y tecnológica con vista al
avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y el mejor
aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales;
III. Formar profesionales e investigadores en los diversos campos
de la ciencia y la tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo
económico, político y social del país;
IV. Coadyuvar a la preparación técnica de los trabajadores para su
mejoramiento económico y social;
V. Investigar, crear, conservar y difundir la cultura para
fortalecer la conciencia de la nacionalidad, procurar el desarrollo de un
elevado sentido de convivencia humana y fomentar en los educandos el amor a la
paz y los sentimientos de solidaridad hacia los pueblos que luchan por su
independencia;
VI. Promover en los alumnos y egresados actitudes solidarias y
democráticas que reafirmen nuestra independencia económica;
VII. Garantizar y ampliar el acceso de estudiantes de escasos recursos
a todos los servicios de la enseñanza técnica que preste el instituto;
VIII. Participar en los programas que para coordinar las actividades
de investigación se formulen de acuerdo con la planeación y desarrollo de la
política nacional de ciencia y tecnología; y
IX. Contribuir
a la planeación y al desarrollo interinstitucional de la educación técnica y
realizar la función rectora de este tipo de educación en el país, coordinando
con las demás instituciones que integran el Consejo del Sistema Nacional de
Educación Tecnológica, en los términos previstos por la ley para la
coordinación de la educación superior y de conformidad con los acuerdos que se
tomen en el propio consejo."
Situación Presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||
|
Presupuesto original Total Corrientes De capital Presupuesto recaudado Total Corrientes De capital |
3,353,838 3,353,838 - 4,111,401 4,086,401 25,000 |
|
4,244,402 4,195,402 49,000 4,969,899 4,874,683 95,216 |
|
890,564 841,564 49,000 858,498 788,282 70,216 |
|
27 25 100 21 19 281 |
|
FUENTES: Estados Financieros del Instituto Politécnico Nacional.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital |
3,353,838 3,353,838 - 4,111,401 4,086,401 25,000 |
|
4,244,402 4,195,402 49,000 4,969,899 4,874,683 95,216 |
|
890,564 841,564 49,000 858,498 788,282 70,216 |
|
27 25 100 21 19 281 |
|||
FUENTES: Estados
Financieros del Instituto Politécnico Nacional.
Situación Financiera
A continuación se presenta
la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y 1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
|
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|
|
Variación en 2000 |
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|
2000 |
|
1999 |
|
|
ACTIVO Circulante Fijo |
|
318,383 3,336,133 |
|
388,368 2,418,123 |
|
|
(69,985) 918,010 |
||
|
Suma el activo |
|
3,654,516 |
|
2,806,491 |
|
|
848,025 |
||
|
PASIVO A corto plazo |
|
336,837 |
|
336,965 |
|
|
(128) |
||
|
Suma el pasivo |
|
336,837 |
|
336,965 |
|
|
(128) |
||
|
PATRIMONIO |
|
3,317,679 |
|
2,469,526 |
|
|
848,153 |
||
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
3,654,516 |
|
2,806,491 |
|
|
848,025 |
||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
FUENTES: Estados Financieros de cierre de los
ejercicios correspondientes.
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Instituto
Politécnico Nacional (IPN) se propuso desarrollar las actividades
institucionales que se presentan a continuación.
Función 07 “Educación”.
Subfunción 02 “Educación Media Superior”.
Programa Sectorial 23 "Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
Los objetivos de la actividad consistieron en ampliar la cobertura y
mejorar la calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de
las demandas de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución
del total de actividades sustantivas destinadas a la educación media superior.
Su meta consistió en atender a 55,900 alumnos a nivel medio superior.
Subfunción 03 “Educación Superior”.
Programa Sectorial 23 "Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
La actividad tenía como objetivos el ampliar la cobertura y mejorar la calidad
de los servicios educativos, y asegurar que la atención de las demandas de los
servicios finales de educación se den mediante la ejecución del total de
actividades sustantivas destinadas a la educación superior.
Su meta consistió en atender a 68,977 alumnos a nivel superior.
Subfunción 04 “Educación de Posgrado”.
Programa Sectorial 23 "Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
La actividad tenía como objetivos el ampliar la cobertura y mejorar la
calidad de los servicios educativos, y asegurar que la atención de las demandas
de los servicios finales de educación se den mediante la ejecución del total de
actividades sustantivas destinadas a la educación de posgrado.
Su meta consistió en atender a 4,400 alumnos a nivel de posgrado.
Subfunción 06 “Ciencia y Tecnología”.
Programa Sectorial 25 “Programa de Ciencia y Tecnológia”.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividad Institucional 433 “Llevar a cabo la Investigación Científica y
Tecnológica”.
El objetivo de la actividad consistió en impulsar, participar y regular
las actividades destinadas a la generación del conocimiento esencial para el
desarrollo, a través de la investigación básica y aplicada, asegurando su
eficaz divulgación para la ciencia y la tecnología.
La meta consistió en realizar 989 proyectos de investigación.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa
Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno
Federal”.
El objetivo de la actividad consistió en cumplir con los compromisos
para el pago de los servicios de seguridad social a favor de los trabajadores
al servicio del Sector.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
[1]/
Tipos de Revisión
Con el oficio núm. OASF-F-216/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C.
Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Lic. Miguel Ángel Correa Jasso, Director General del Instituto Politécnico
Nacional, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta
de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de
cumplimiento.
Ingresos Propios en el Instituto Politécnico
Nacional
Como resultado de la revisión practicada, se
determinó lo siguiente:
1. El
IPN enteró 216,647.1 miles de pesos como ingresos propios a la Tesorería de la
Federación fuera de los plazos establecidos en la Ley de Ingresos de la Federación
del 2000, y no enteró los ingresos propios del ejercicio de 1999.
2. La
Dirección de Administración del IPN no difundió el Catálogo de Cuotas por
Servicios que autorizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Con ello incumplió
el Manual de Organización General del IPN.
3. Las
concesiones otorgadas por el IPN a particulares para prestar diferentes
servicios no se encuentran regularizadas, ya que no existe una figura jurídica
que norme el uso, goce o aprovechamiento de inmuebles del dominio público de la
Federación por parte de los concesionarios y el IPN.
4. En
la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas se determinó una diferencia de 958.6
miles de pesos entre el Impuesto al Valor Agregado declarado y el que debió
enterarse.
Objetivo
Verificar que en el ejercicio del 2000 los ingresos propios captados por productos que generan las áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional se pagaron, enteraron y registraron de conformidad con la normatividad establecida y la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000.
Criterios de Selección
Se basó en el criterio "De Evaluación Financiera". En el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del 2000 se registraron 176,478.2 miles de pesos de los ingresos captados por productos generados por las áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional (IPN), monto que coincidió con el reportado en el Sistema Estadístico de Contabilidad. Sin embargo, en el ejercicio de 1999 el IPN no reportó ingresos por ese concepto.
Alcance
Se revisaron los ingresos por productos generados por las áreas que integran al instituto por 176,478.2 miles de pesos, y se aplicaron pruebas sustantivas y de cumplimiento a los recursos reportados por la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA) por 28,614.6 miles de pesos y la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas (ENCB) por 20,244.5 miles de pesos, ambas generaron 48,859.1 miles de pesos (27.6%).
Áreas Revisadas
La auditoría se realizó en la Administración del Centro Contable (ACC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT); en la Dirección General de Política de Ingresos (DGPI) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); en la Dirección de Administración de la Secretaría de Administración; en la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA), y en la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas (ENCB), todas ellas adscritas al IPN.
Resultado
Con el fin de verificar el monto registrado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, en la cuenta 060203010418 "Servicios Generados por las Áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional", por 176,478.2 miles de pesos, en la ACC se revisaron los Integrados de Ingresos Ley y se comprobó que dicho importe se registró en agosto y octubre de ese ejercicio y fue captado por la Administración Local de Recaudación del Norte del Distrito Federal.
Por otro lado, se compararon los ingresos por productos reportados por la Dirección de Administración del IPN, por 216,647.1 miles de pesos, con los registrados por la ACC, por 176,478.2 miles de pesos, y se obtuvo una diferencia de 40,168.9 miles de pesos, como se detalla a continuación:
INGRESOS POR PRODUCTOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO
NACIONAL, 2000
(Miles de pesos)
|
Mes |
IPN |
ACC |
Diferencia |
|
Abril |
4,508.7 |
0.0 |
4,508.7 |
|
Mayo |
9,306.7 |
0.0 |
9,306.7 |
|
Junio |
15,945.0 |
0.0 |
15,945.0 |
|
Julio |
20,262.5 |
0.0 |
20,262.5 |
|
Agosto |
79,449.5 |
96,478.2 |
(17,028.7) |
|
Septiembre |
10,930.8 |
0.0 |
10,930.8 |
|
Octubre
|
13,563.8 |
80,000.0 |
(66,436.2) |
|
Noviembre |
42,733.7 |
0.0 |
42,733.7 |
|
Diciembre
|
_19,946.4 |
_____0.0 |
19,946.4 |
|
Total |
216,647.1 |
176,478.2 |
40,168.9 |
FUENTES: Reportes
de la Dirección de Administración del IPN, Integrados de Ingresos
Ley, Formularios Múltiples
de Pago y declaraciones generales de pago de
Productos y aprovechamiento mensuales, proporcionados por la ACC.
Del total reportado, la Dirección de Administración del IPN enteró 176,478.2 miles de pesos; la diferencia de 40,168.9 miles de pesos la enteró hasta el 31 de diciembre de 2001 mediante la Declaración general de pago de productos y aprovechamientos, en la cuenta 602030105 "Productos, Otros", cuando debió ser a la 060203010418 "Servicios Generados por las Áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional", en infracción del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como del Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Además, al realizar los dos enteros a la TESOFE fuera del plazo establecido, el IPN infringió la Ley de Ingresos de la Federación de 2000, y el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de mayo de 2000. Durante el ejercicio de 1999, el IPN generó ingresos propios por 299,002.0 miles de pesos, los cuales no fueron enterados a la TESOFE y no se registraron en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de ese ejercició en contravención de los ordenamientos citados.
Observación
En los meses de agosto y octubre de 2000, el Instituto Politécnico Nacional (IPN) enteró a la Tesorería de la Federación (TESOFE) 176,478.2 miles de pesos por concepto de ingresos por Servicios Generados por sus Áreas. Sin embargo, su Dirección de Administración reportó en el mismo año 216,647.1 miles de pesos. La diferencia de 40,168.9 miles de pesos la enteró hasta el 31 de diciembre de 2001 en la cuenta 602030105 "Productos, Otros" en lugar de la 060203010418 "Servicios Generados por las Áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional", en infracción de los artículos 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación; 82 y 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y el Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Durante el ejercicio de 1999, el IPN generó ingresos propios por 299,002.0 miles de pesos, los cuales no fueron enterados a la TESOFE y, por ende, no registró ingresos en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de ese ejercicio, en infracción de los ordenamientos citados.
Acción Promovida
00-11B00-2-457-01-001 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional se coordine con la Administración del Centro Contable, adscrita a la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria, para la reclasificación de los 40,168.9 miles de pesos registrados en la cuenta 602030105 "Productos Otros" a la 060203010418 "Servicios Generados por las Áreas que integran el Instituto Politécnico Nacional", e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su actuación.
Acción Promovida
00-11B00-2-457-01-002 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional realice las gestiones necesarias ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a fin de regularizar los ingresos propios que el instituto no enteró a la Tesorería de la Federación, correspondientes al ejercicio fiscal de 1999 por 299,002.0 miles de pesos, en cumplimiento del artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación de ese ejercicio fiscal.
Acción Promovida
00-11B00-2-457-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Instituto Politécnico Nacional, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo a los servidores públicos responsables que no enteraron a la Tesorería de la Federación los ingresos propios generados en el ejercicio de 1999, en cumplimiento del artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación vigente en ese ejercicio, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.
Resultado
El 10 de septiembre de 1986, la Dirección General de Administración del IPN emitió el Manual de Administración de los Ingresos Propios, vigente en el 2000, en el cual se definen a los ingresos propios como sigue:
a) Los ingresos por servicios externos son los vinculados con el sector productivo de bienes y servicios.
b) Los ingresos derivados del proceso de preparación técnico profesional son aquellos que genera la comunidad estudiantil y son captados por las escuelas, centros, unidades y dependencias de la administración central.
De acuerdo con la clasificación anterior, se integraron los ingresos propios captados por el IPN en el ejercicio fiscal de 2000, por 289,869.7 miles de pesos, como se muestra a continuación:
INGRESOS PROPIOS DEL IPN RECAUDADOS EN 2000
(Miles de pesos)
|
Concepto |
Subtotal |
Importe |
|
Vinculación
con el Sector Productivo de Bienes y Servicios: |
|
216,647.1 |
|
Cursos y
Seminarios Abiertos |
98,364.4 |
|
|
Publicaciones |
7,681.3 |
|
|
Servicio
Externo |
77,797.5 |
|
|
Otros |
32,803.9 |
|
|
Proceso
de Preparación Técnico Profesional: |
|
73,222.6 |
|
Inscripciones
y Reinscripciones |
22,078.9 |
|
|
Transferencias
de Escuelas |
11,905.8 |
|
|
Dirección de Servicios Escolares |
31,110.6 |
|
|
Comisión de Operación y Fomento de
Actividades Académicas (COFAA) |
65,095.3 |
|
|
Fondo
Institucional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN
(Fideicomiso) |
8,127.3 |
|
|
|
|
_________ |
|
Total |
|
289,869.7 |
|
|
|
|
FUENTE: Reporte de ingresos propios proporcionado por la
Dirección Administrativa del IPN.
Como se observa, el IPN recaudó 289,869.7 miles de pesos de ingresos propios, monto que difiere en 73,222.6 miles de pesos de los enterados a la TESOFE, por 216,647.1 miles de pesos.
La diferencia detectada correspondió a ingresos propios que no se enteraron a esa tesorería, la cual se integró por 8,127.3 miles de pesos destinados al Fideicomiso Fondo Institucional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del IPN, y 65,095.3 miles de pesos asignados a la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas (COFAA), cuyo propósito es proveer de equipo, accesorios y materiales a talleres y laboratorios del instituto. Estos recursos fueron destinados por instrucción de la Dirección de Administración del IPN mediante la circular 013 del 3 de octubre de 2000.
Por lo anterior, el IPN infringió la Ley de Ingresos de la Federación del 2000; el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, el cual dispone que "las dependencias y los órganos administrativos desconcentrados que obtengan ingresos excedentes de los previstos en el Presupuesto de Egresos y en la Ley de Ingresos de la Federación, deberán enterarlos invariablemente a la Tesorería en los plazos que establezca dicha ley", y el Manual de Administración de los Ingresos Propios en su título de "Definición de Ingresos Propios", en los que se consideran ingresos propios aquellos provenientes del proceso de preparación técnico profesional.
Por otra parte, el instituto transfirió 8,127.3 miles de pesos de acuerdo con el artículo 38 de las Reglas de Operación del Fideicomiso, el cual prevé que del monto total de los ingresos por la prestación de servicios institucionales captados en las unidades responsables se deberá traspasar el 13% a los proyectos de vinculación, el 20% a los servicios educativos, el 20% a servicios administrativos y el 20% a otros servicios.
En este caso, los 8,127.3 miles de pesos correspondieron al 13% de los ingresos destinados a los proyectos de vinculación.
Observación
De los 289,869.7 miles de pesos de ingresos propios generados por el Instituto Politécnico Nacional (IPN), 73,222.6 miles de pesos difirieron de los enterados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) por 216,647.1 miles de pesos. Esta diferencia, integrada por 8,127.3 y 65,095.3 miles de pesos, fue canalizada al Fondo Institucional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del instituto (Fideicomiso) y a la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas (COFAA), respectivamente, por autorización de la Dirección de Administración mediante la circular núm. 013 del 3 de octubre de 2000. Este procedimiento infringió el artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación del 2000, el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y el Manual de Administración de los Ingresos Propios del IPN, en el título de "Definición de Ingresos Propios", ya que los ingresos indicados debieron enterarse a la TESOFE y no canalizarse al Fideicomiso y a la COFFA.
Acción Promovida
00-11B00-2-457-01-003 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional entere a la Tesorería de la Federación los ingresos propios captados por sus áreas, de conformidad con el artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002 el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y el Manual de Administración de Ingresos Propios del Instituto, en su título de "Definición de Ingresos Propios", e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.
Resultado
En la Dirección Administrativa del IPN se revisaron los reportes de ingresos propios de sus áreas y se constató que 216,647.1 miles de pesos correspondieron a ingresos derivados de servicios de vinculación con el sector productivo de bienes y servicios, monto integrado como se muestra a continuación:
INGRESOS PROPIOS POR SECTOR PRODUCTIVO DE BIENES Y
SERVICIOS, 2000
(Miles de pesos)
|
Unidades
Responsables |
Importe |
% |
|
Centros
de Investigación |
21,205.3 |
9.8 |
|
Nivel
Superior |
158,479.8 |
73.2 |
|
Área
Central |
26,290.3 |
12.1 |
|
Medio
Superior |
_10,671.7 |
__4.9 |
|
Total |
216,647.1 |
100.0 |
FUENTE: Reporte de
Ingresos Propios de las áreas que integran el IPN del 1o. de enero al 31 de
diciembre de 2000.
Como se observa, las unidades responsables de nivel superior generaron el 73.2% de ingresos provenientes de vinculación con el sector productivo de bienes y servicios, de los cuales 28,614.6 miles de pesos correspondieron a UPIICSA y 20,244.5 miles de pesos a ENCB, ambas generaron 48,859.1 miles de pesos. Este último monto representó el 30.8% del total de los ingresos del nivel superior.
Se aplicaron pruebas sustantivas y de cumplimiento a los ingresos reportados por ambas unidades académicas, para lo cual se revisaron los estados financieros y los auxiliares de movimientos de enero a diciembre de 2000, y se compararon con los reportes de la Dirección de Administración, con los resultados siguientes:
INGRESOS PROPIOS DE LA UPIICSA Y DE LA ENCB EN 2000
(Miles de pesos)
|
Escuela |
Ingresos
Propios |
COFAA |
Fideicomiso |
Total |
|
UPIICSA |
34,452.0 |
3,650.0 |
2,187.4 |
28,614.6 |
|
|
|
|
|
|
|
ENCB |
22,688.2 |
2,443.7 |
____0.0 |
20,244.5 |
|
Total |
57,140.2 |
6,093.7 |
2,187.4 |
48,859.1 |
|
|
|
|
|
|
FUENTES: Estados financieros,
reporte de ingresos propios y auxiliares de movimientos del 2000,
proporcionados por UPIICSA y ENCB.
Como se observa, los ingresos propios de ambas escuelas generaron 57,140.2 miles de pesos. Se comprobó que se traspasaron 6,093.7 y 2,187.4 miles de pesos a la COFFA y al Fideicomiso, respectivamente, en infracción del artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación del 2000, del numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y del Manual de Administración de los Ingresos Propios del IPN, en su título de "Definición de Ingresos Propios".
Observación
La Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas y la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas, pertenecientes al Instituto Politécnico Nacional, generaron 57,140.2 miles de pesos; ambas traspasaron 6,093.7 y 2,187.4 miles de pesos a la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas y al Fondo Institucional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, respectivamente, en infracción del artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación del 2000, del numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y del Manual de Administración de los Ingresos Propios del IPN, en su título de "Definición de Ingresos Propios".
Acción Promovida
00-11B00-2-457-01-004 Recomendación
Es necesario que el Instituto Politécnico Nacional, por conducto de su Secretaría de Administración, instruya a la Unidad Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas, así como a la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas para que concentren los ingresos propios en esa secretaría, la que, a su vez, deberá enterarlos a la Tesorería de la Federación y solicitarlos mediante el presupuesto de egresos para su aplicación posterior, de conformidad con el artículo 11, primer párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación del 2000; el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y su Manual de Administración de los Ingresos Propios en su título de "Definición de Ingresos Propios", e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.
Resultado
Con el fin de verificar que los ingresos propios captados por la UPIICSA, por 34,452.0 miles de pesos, fueron cobrados de acuerdo con las cuotas autorizadas por la Dirección General de Política de Ingresos de la SHCP el 11 de noviembre de 1999, y vigentes en el ejercicio auditado, se revisaron 71 servicios que proporcionó esa unidad, así como los recibos de pago, las facturas emitidas y los expedientes de cursos y diplomados, con los resultados siguientes:
MUESTRA
SELECCIONADA DE LOS INGRESOS PROPIOS DE UPIICSA, 2000
(Miles de pesos)
|
Núm. de servicios |
Concepto |
|
Subtotal |
Total |
|
12 |
Cursos |
|
|
393.9 |
|
12 |
Diplomados |
|
|
2,027.5 |
|
18 |
Servicios externos: Pruebas de laboratorio Servicios a empresas públicas y
privadas |
|
337.1 6,342.0 |
6,679.1 |
|
26 |
Cursos bimestrales de idiomas |
|
|
10,792.9 |
|
1 |
Curso de idiomas al Servicio de
Transporte Colectivo Metro |
|
|
63.0 |
|
1 |
Curso de idiomas a la Compañía
de Luz y Fuerza del Centro |
|
|
224.4 |
|
1 |
Curso de idiomas intensivo |
|
|
2,886.4 |
|
71 |
Total |
|
|
23,067.2 |
FUENTES: Recibos
de pago, facturas emitidas, expedientes de cursos y diplomados, pólizas diarias
de ingresos proporcionados por la UPIICSA.
De los 71 servicios revisados, por 23,067.2 miles de pesos (67.0%), 29, por 9,778.8 miles de pesos, no están incluidos en el Catálogo de Cuotas por Servicios, aprobado por la SHCP, y se cobraron de acuerdo con las cuotas autorizadas por el Comité Interno de Proyectos de la UPIICSA, debido al desconocimiento del catálogo de cuotas citado.
De los 42 servicios restantes, por 13,288.4 miles de pesos, se comprobó que UPIICSA cobró 4,918.7 miles de pesos de más; sin embargo, en 2 servicios de pruebas de laboratorio captó 38.9 miles de pesos de menos al no aplicar las tarifas previstas en el catálogo autorizado por la SHCP, como se detalla a continuación:
INGRESOS
PROPIOS DE UPIICSA EN 2000
(Miles de
pesos)
|
Núm. de Servicios |
Concepto |
Importe
cobrado por UPIICSA |
Importe
que debió cobrar |
Diferencia (+) (-) |
|
|
3 |
Cursos |
156.3 |
105.9 |
50.4 |
|
|
11 |
Diplomados |
1,051.0 |
186.0 |
865.0 |
|
|
2 |
Pruebas de laboratorio |
71.2 |
110.1 |
|
38.9 |
|
26 |
Cursos bimestrales de idiomas |
12,009.9 |
8,006.6 |
4,003.3 |
_____ |
|
42 |
Total |
13,288.4 |
8,408.6 |
4,918.7 |
38.9 |
|
|
|
|
|
|
|
FUENTES: Recibos de pago, facturas emitidas, expedientes
de cursos y diplomados, pólizas diarias de ingresos proporcionados por UPIICSA.
Como se observa, UPIICSA no aplicó las cuotas que autorizó la SHCP para los servicios que presta, en infracción de la Ley de Ingresos de la Federación del 2000, que establece que el Ejecutivo Federal por conducto de la SHCP, autorizará para el ejercicio fiscal de 2000 las modificaciones y las cuotas de los productos.
De los 22,688.2 miles de pesos que generó la ENCB en el ejercicio auditado, se revisaron 10,264.1 miles de pesos (45.2%), integrados por 207.8 miles de pesos de los cursos de propósito específico, 36.5 miles de pesos de los cursos de computación, 524.4 miles de pesos de los diplomados y seminarios, 5.2 miles de pesos de la venta de libros y publicaciones y 9,490.2 miles de pesos del servicio externo de la venta de tinta indeleble.
Se constató que las cuotas cobradas por los cursos de computación no se incluyeron en el catálogo de cuotas de los servicios autorizados por la SHCP; además, en los recibos de pago de los cursos de propósito específico, diplomados y seminarios impartidos no se describió en forma amplia el concepto de pago, lo que impidió identificar el servicio proporcionado y cotejarlo con el listado de las cuotas autorizadas. Aunado a esto, las áreas que imparten los cursos informaron que carecen del catálogo citado.
En el caso de los 5.2 miles de pesos por la venta de libros y publicaciones, el importe incluyó la venta de manuales y guías de estudio, así como los libros de diversos autores. Se observó que ninguno de los libros ni los manuales de estudios se incluyeron en el multicitado catálogo de cuotas.
La ENCB generó 9,490.2 miles de pesos por la venta, análisis y certificación de frascos de tinta indeleble, servicios que proporcionó a distintas instituciones como el Instituto Federal Electoral, los Institutos Estatales Electorales y la Universidad Nacional Autónoma de México, entre otras. Sin embargo, se constató que este servicio no existe en el catálogo de cuotas referido.
En conclusión, las áreas generadoras de ingresos de la UPIICSA y la ENCB no aplicaron las cuotas de los servicios autorizadas por la SHCP por desconocimiento, ya que la Dirección de Administración del IPN no difundió dichas cuotas, en contravención del Manual de Organización General emitido por la Dirección de Planeación y Organización del instituto el 31 de julio de 2000, el cual establece, entre sus funciones, la difusión e implantación de las bases, políticas y lineamientos para concentrar, operar y distribuir los ingresos propios.
Observación
La Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA), así como la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas (ENCB), ambas del Instituto Politécnico Nacional (IPN), cobraron diversos servicios sin que estuvieran previstos en el Catálogo de Cuotas por Servicios, que fue autorizado el 11 de noviembre de 1999 mediante oficio núm. 320-A-00348 por la Dirección General de Política de Ingresos, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Además, la UPIICSA cobró cuotas con tarifas superiores e inferiores a las autorizadas. Por último los servicios que prestó la ENCB no se incluyeron en dicho catálogo, debido a que la Dirección de Administración de la Secretaría de Administración del IPN no lo difundió, en contravención de su Manual de Organización General.
Acción Promovida
00-11B00-2-457-01-005 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional, en coordinación con sus áreas generadoras de ingresos, elabore el Catálogo de Cuotas por Servicios, y lo someta a la aprobación de la Dirección General de Política de Ingresos, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el artículo 12, párrafo tercero, de la Ley de Ingresos de la Federación del 2002; difunda el catálogo de cuotas por servicios autorizado para su aplicación, en cumplimiento del Manual de Organización General del Instituto Politécnico Nacional; e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.
Resultado
Con el fin de verificar que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) generado por los servicios externos proporcionados por la UPIICSA y la ENCB en el 2000 se cobró, enteró y declaró conforme a Ley del Impuesto al Valor Agregado, se revisaron las facturas emitidas por las dos escuelas, el concentrado mensual, las pólizas de ingresos, así como los auxiliares de movimientos del Catálogo del IVA Trasladado y los Pagos Provisionales (Formato 1-D).
Se constató que UPIICSA obtuvo 6,679.1 miles de pesos por concepto de ingresos facturados por servicios externos, de los cuales se revisaron 87 facturas por 5,994.6 miles de pesos, que generaron 899.2 miles de pesos del IVA, el cual se cobró, enteró y declaró de conformidad con la ley en comento.
La ENCB emitió 1,948 facturas por servicios externos por 22,725.4 miles de pesos que generaron 3,408.8 por miles de pesos por concepto de IVA, monto que al compararlo con el declarado en los pagos provisionales y complementarios, por 2,450.2 miles de pesos, difirió en 958.6 miles de pesos, debido a que para declarar el IVA el Departamento de Recursos Financieros de la ENCB utilizó el calendario de fechas de cortes y envíos mensuales de estados financieros, que emitió la Dirección Administrativa del IPN, mediante la circular 001/2000 del 18 de enero de 2000. Lo anterior contravino los artículos 5o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental "Periodo Contable", "Consistencia" y "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Observación
La Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional facturó 22,725.4 miles de pesos por servicios externos y generó 3,408.8 miles de pesos por concepto del Impuesto al Valor Agregado, monto que difirió en 958.6 miles de pesos del presentado en sus declaraciones de pagos provisionales, por 2,450.2 miles de pesos. Tal diferencia se debió a que el Departamento de Recursos Financieros de la escuela utilizó el calendario de fechas de cortes y envíos mensuales de los estados financieros, en infracción de los artículos 5o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental "Periodo Contable", "Consistencia" y "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Acción Promovida
00-11B00-2-457-03-001 Solicitud de Aclaración
Es necesario que la Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional instruya a su Escuela Nacional de Ciencias Biológicas para que aclare la diferencia de 958.6 miles de pesos entre los 3,408.8 miles de pesos generados del Impuesto al Valor Agregado y los 2,450.2 miles de pesos presentados en las declaraciones de pagos provisionales, realice los ajustes contables para su registro, y se ajuste a lo establecido en los artículos 5o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental "Periodo Contable", "Consistencia" y "Cumplimiento de Disposiciones Legales", para el cálculo y entero de dicho impuesto, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su actuación.
Resultado
En las instalaciones de la UPIICSA y la ENCB se ofrecen servicios a través de ocho centros de fotocopiado y cuatro cafeterías. Se determinó que la UPIICSA no reportó ningún ingreso por estos conceptos, mientras que la ENCB generó 54.1 miles de pesos por rentas.
En relación con los ingresos que no reportó UPIICSA, se observó que el servicio de restaurante se presta sin que se hubiese firmado el permiso administrativo revocable; además, el permisionario interpuso una demanda de amparo, por lo que no ha realizado ningún pago. Existen cinco permisos para prestar el servicio de fotocopiado que están vencidos y los pagos correspondientes se realizaron en especie y bienes (fotocopias, equipo de telecomunicación y cómputo). No se formalizó la cesión de derechos de los bienes aceptados por la escuela.
La situación que prevalece en ambas escuelas en cuanto a la prestación de los servicios es discrepante, ya que éstos se prestan a través de un particular por medio de un contrato denominado "Permiso Administrativo Temporal Revocable", y se establecen rentas diferentes entre ellos. Además, los pagos de las rentas que realizan los permisionarios de los locales asignados se consideran ingresos propios. Cabe mencionar que los permisos administrativos no están considerados en el Catálogo de Cuotas por Servicios que autorizó la SHCP, el cual incluye el concepto de concesión con un costo de 5.3 a 6.3 miles de pesos, sin especificar la periodicidad del pago por la contraprestación.
Se realizaron 12 compulsas: 7 a permisionarios que prestan sus servicios en la UPIICSA y 5 a la ENCB. En el primer caso, los permisos administrativos temporales revocables estaban vencidos, y en el segundo, se encontraron vigentes. En la Cuenta Única Nacional el Registro Federal de Contribuyentes se revisó el cumplimiento de las obligaciones y se observó que un contribuyente presentó todos sus pagos provisionales, seis no realizaron ningún pago provisional en el ejercicio del 2000, y los cinco restantes presentaron un pago provisional de un trimestre, en infracción del artículo 6o., del Código Fiscal de la Federación.
Por lo anterior se concluye que los permisos administrativos temporales revocables, establecen únicamente una relación jurídica entre las partes, pero no constituyen un instrumento jurídico que regule el uso, goce o aprovechamiento de inmuebles del dominio público de la Federación por parte de un particular.
Como consecuencia de la reunión de confronta, el IPN informó que deberá celebrar un contrato de adhesión, el cual es un instrumento jurídico que le brinda mayor seguridad jurídica, a fin de autorizar el uso de los espacios. Dicho contrato deberá contener la cláusula referente al pago de una contraprestación, por lo que se excluye de la hipótesis jurídica de la concesión.
Observación
En la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas, adscrita al Instituto Politécnico Nacional, existen cinco centros de fotocopiado y tres cafeterías, y en la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas, tres centros de fotocopiado y una cafetería, los cuales son operados por particulares a través de un contrato denominado "Permiso Administrativo Temporal Revocable", instrumento jurídico que no regula el uso, goce o aprovechamiento de inmuebles de dominio público de la Federación.
Acción Promovida
00-11100-2-457-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con el artículo 10, fracciones III y XVII, de su Reglamento Interior, se coordine con la Unidad Jurídica del Instituto Politécnico Nacional para definir el instrumento jurídico por el que se regularice el uso, goce o aprovechamiento de inmuebles del dominio público de la Federación, por parte de un particular, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.
Observación
En la Cuenta Única Nacional se consultó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el cumplimiento de obligaciones por parte de los permisionarios, y se constató que seis contribuyentes con RFC HECI-4402-09-BU2, VEAM-610924-3T8, PAFJ-660913-GS8, FARE- 670902-C91, MAMM-720807-H47 y PRO-840423SG8, no presentaron declaraciones en el ejercicio del 2000; en cinco casos con RFC LEHE-010128-553, COEG-790613-7J6, FALT-740103-815, NUT-960830-PQ5 y VAGE-460509-MF2, se presentó una sola declaración normal de un trimestre, en infracción del artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación.
Acción Promovida
00-06E00-2-457-05-001 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Es necesario que la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, de conformidad con el artículo 23, fracción VII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, practique la revisión y determine el cumplimiento de obligaciones por parte de los 11 contribuyentes que prestan diversos servicios bajo la modalidad de permisos administrativos temporales en la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería, Ciencias Sociales y Administrativas y en la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas, ambas del Instituto Politécnico Nacional y que no presentaron sus pagos provisionales, por lo que incumplieron sus obligaciones fiscales, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre el resultado de su actuación.
Resultado
De conformidad con el artículo 9o. del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2000, para el ramo 11 a la "Secretaría de Educación Pública" se le asignaron 82,636,211.0 miles de pesos, de los cuales 4,244,401.6 miles de pesos le correspondieron al IPN, como presupuesto asignado, el cual tuvo ampliaciones y reducciones, por lo que al final quedó un presupuesto ejercido de 4,981,684.8 miles de pesos, que se aplicó como sigue:
PRESUPUESTO EJERCIDO POR EL IPN, 2000
(Miles de pesos)
|
Capítulo |
Asignación
original |
Ampliaciones |
Reducciones |
Ejercido |
|
Servicios
Personales |
3,566,317.4 |
1,287,107.2 |
814,302.3 |
4,039,122.3 |
|
Materiales
y Suministros |
179,727.6 |
70,357.3 |
62,390.6 |
187,694.3 |
|
Servicios
Generales |
393,739.6 |
309,374.1 |
104,170.4 |
598,943.3 |
|
Transferencias |
55,617.0 |
5,207.1 |
114.9 |
60,709.2 |
|
Mobiliario
y Equipo |
___49,000.0 |
___53,162.9 |
____6,947.2 |
___95,215.7 |
|
Total
|
4,244,401.6 |
1,725,208.6 |
987,925.4 |
4,981,684.8 |
|
|
|
|
|
|
FUENTES: Presupuesto
de Egresos de la Federación, Programa de Presupuesto del IPN y Concentrado
“Ramo 11”. Presupuesto 2000 y Estado del ejercicio a diciembre del 2000,
proporcionados por el IPN.
Como se observa, se realizaron ampliaciones líquidas y reducciones por 1,725,208.6 y 987,925.4 miles de pesos, respectivamente, de conformidad con los artículos 27, párrafo segundo, 34 y 35 del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2000, así como los numerales 42 y 44 de las Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Los 1,725,208.6 miles de pesos de las ampliaciones líquidas incluyeron 176,478.2 miles de pesos de los ingresos por productos que enteró el IPN a la TESOFE. Estas ampliaciones fueron autorizadas y reintegradas al presupuesto del instituto de acuerdo con el numeral 42 de las Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. Para tal efecto, la Dirección General del IPN le solicitó a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Salud, Educación Laboral de la SHCP que le autorizara una ampliación líquida por las mismas cantidades enteradas a la TESOFE, que fueron aprobadas con los oficios de afectación presupuestaria núms. AP.-315-A-1783 del 4 de octubre del 2000 y AP.-315-A- 3952 del 15 de noviembre del mismo año.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 7
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Número |
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
6 |
|
Subtotal |
6 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Aclaración -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control -
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal |
1 1 1 |
|
Subtotal |
3 |
|
Total |
9
|
Del total general, 3 (33.3%) son de carácter correctivo, y 6 (66.7%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 22 recomendaciones, de las cuales se han solventado 21 (95.5%) y queda pendiente 1 (4.5%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
Recomendaciones |
n/r |
21 |
n/r |
1 |
22 |
|
a) Solventadas |
|
21 |
|
0 |
21 |
|
b) Por
solventar |
|
0 |
|
1 |
1 |
|
Total emitido |
|
21 |
|
1 |
22 |
|
Total Solventado |
|
21 |
|
0 |
21 |
|
Porcentaje de Avance |
|
100.0% |
|
0.0% |
95.5% |
n/r: no revisado. No se
practicaron revisiones al ente público en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
22 |
21 |
1 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
6 |
0 |
6 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
3 |
0 |
3 |
|
|
|
|
|
|
Total |
31 |
21 |
10 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Educación Pública,
Secretaría de Educación Pública, IPN.