De
conformidad con el Decreto que crea el Consejo Nacional para la Cultura y las
Artes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 1988,
se indica lo siguiente:
“Artículo 1o. Se crea el Consejo Nacional para la Cultura y las
Artes como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación
Pública, que ejercerá las atribuciones que en materia de promoción y difusión
de la cultura y las artes corresponden a la citada Secretaría.
Artículo 2o. El Consejo Nacional para la Cultura
y las Artes tendrá las siguientes atribuciones:
I. Promover y difundir la cultura y las
artes;
II. Ejercer,
conforme a las disposiciones legales aplicables, las atribuciones que
corresponden a la Secretaría de Educación Pública en materia de promoción y
difusión de la cultura y las artes;
III. Coordinar,
conforme a las disposiciones legales aplicables, las acciones de las unidades
administrativas e instituciones públicas que desempeñan funciones en las
materias señaladas en la fracción anterior, inclusive a través de medios
audiovisuales de comunicación;
IV. Dar
congruencia al funcionamiento y asegurar la coordinación de las entidades
paraestatales que realicen funciones de promoción y difusión de la cultura y
las artes, inclusive a través de medios audiovisuales de comunicación,
agrupadas o que se agrupen en el subsector de cultura de la Secretaría de
Educación Pública;
V. Organizar
la educación artística, bibliotecas públicas y museos, exposiciones artísticas
y otros eventos de interés social;
VI. Establecer
criterios culturales en la producción cinematográfica, de radio y televisión y
en la industria editorial;
VII. Fomentar
las relaciones de orden cultural y artístico con los países extranjeros, en
coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores y decidir, o en su caso
opinar, sobre el otorgamiento de becas para realizar investigaciones o estudios
en estas materias;
VIII. Planear, dirigir y coordinar las tareas
relacionadas con las lenguas y culturas indígenas;
IX. Diseñar
y promover la política editorial del subsector de cultura y proponer
directrices en relación con las publicaciones y programas educativos y
culturales para televisión; y
X. Las demás que determine el Ejecutivo
Federal y las que le confiera el Secretario de Educación Pública.”
Situación Presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||
|
Presupuesto original Total Corrientes De capital Autogenerados Presupuesto recaudado Total Corrientes De capital Autogenerados |
858,775 793,204 48,171 17,400 1,219,603 1,120,766 98,837 - |
|
1,086,562 908,874 177,688 - 1,057,092 1,023,665 33,427 - |
|
227,787 115,670 129,517 (17,400) (162,511) (97,101) (65,410) - |
|
27
15 269 (100) (13)
(9) (66) - |
|
FUENTES: Información proporcionada por la entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo |
841,375 793,204 48,171 - 1,192,530 1,093,693 98,837 - |
|
1,086,562 908,874 177,688 - 968,217 934,107 33,198 912 |
|
245,187 115,670 129,517 - (224,313) (159,586) (65,639) 912 |
|
29 15 269 - (19) (15) (66) - |
|||
FUENTES: Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Cuentas
de la Hacienda Pública Federal, 1999 y 2000, México, 2000 y 2001,
Secretaría de Educación Pública, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios.
Situación Financiera
A continuación se
presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y
1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|
|
2000 |
|
1999 |
|
|
ACTIVO Circulante Fijo |
|
121,072 126,516 |
|
108,705 134,004 |
|
|
(12,367) 7,488 |
||
|
Suma el activo |
|
247,588 |
|
242,709 |
|
|
(4,879) |
||
|
PASIVO A corto plazo |
|
136,820 |
|
98,004 |
|
|
(38,816) |
||
|
Suma el pasivo |
|
136,820 |
|
98,004 |
|
|
(38,816) |
||
|
PATRIMONIO |
|
110,768 |
|
144,705 |
|
|
33,937 |
||
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
247,588 |
|
242,709 |
|
|
(4,879) |
||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
FUENTES: Información proporcionada por la entidad.
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Consejo Nacional
para la Cultura y las Artes (CONACULTA) se propuso desarrollar las actividades
institucionales que se presentan a continuación.
Función 07 “Educación”.
Subfunción 07 “Desarrollo Cultural”.
Programa Sectorial 24 “Programa de Cultura”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 418 “Proporcionar Servicios de Cultura, de
Recreación y Deporte”, 430 “Otorgar Apoyos a la Educación” y 437 “Desarrollar y
Construir Infraestructura Básica”.
El objetivo de la actividad 101 consistió en asegurar que las acciones
sectoriales se planeen conforme a directrices y prioridades específicas del
desarrollo cultural señaladas en el programa de mediano plazo.
La meta consistió en llevar a cabo 48 supervisiones a los seguimientos
realizados a las acciones sectoriales.
La actividad 418 tenía como objetivo asegurar una creciente satisfacción
a la diversidad de las demandas sociales de bienes y servicios culturales, en
una amplia cobertura geográfica.
Las metas consistieron en realizar 25,292 eventos infantiles y mantener
en operación 5,796 bibliotecas.
Por su parte, el objetivo de la actividad 430 consistió en apoyar a los
agentes y elementos del proceso educativo, mediante la generación de insumos y
el desarrollo de los procesos intermedios que hacen posible las realización de
los servicios de desarrollo cultural, sin incluir la obra pública.
La meta consistió en otorgar 406 estímulos a los candidatos del Sistema
Nacional de Creadores de Arte.
Por último, la actividad 437 tenía como objetivo construir y conservar
todos aquellos espacios necesarios para la prestación de los servicios
culturales, incluyendo su equipamiento y mantenimiento.
Su meta consistió en restaurar 14 obras. [1]/
Con el oficio núm. OASF-F-214/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C.
Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó a la
C. Lic. Sari Bermúdez Ochoa, Presidenta del Consejo Nacional para la Cultura y
las Artes, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta
de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de
cumplimiento.
Con la revisión practicada se detectó lo siguiente:
1. Las cifras presupuestales reportadas en la Cuenta de la Hacienda
Pública Federal de 2000, se registraron, en lo general, de conformidad con el
Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal.
2. Un
sobreejercicio en la partida revisada.
3. El
Manual de Procedimientos de la Dirección General de Publicaciones se encuentra
desactualizado, ya que no prevé las actividades de edición y coedición que se
realizan en la práctica; asimismo, se constató
que no existen políticas o lineamientos que regulen la elección de los
títulos que habrán de coeditar o editar.
4. Por lo que se refiere a los procedimientos
de adjudicación revisados, en general, cumplen con las disposiciones que
regulan la materia; excepto porque las fianzas de cumplimiento no son
entregadas dentro del plazo que estipula la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
5. Del destino final que se le dio a los
libros, se constató que fueron entregados para su comercialización o en
donación a Educal, S.A. de C.V., Coeditores, Bibliotecas, Dirección General de
Publicaciones, y Salas de Lectura y se comprobó que, en términos generales, los
libros han llegado a los usuarios, excepto que no se ha comprobado la entrega
de 357 libros.
6. Por lo que respecta a los 1,781,309 libros
reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se constató que se
informaron indebidamente como un logro, 706,334 libros, que en cabalidad
pertenecían a las casas editoriales. En cuanto al pago se comprobó que se
encuentra respaldado por la documentación comprobatoria y justificativa del
gasto, tal como lo dispone el Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad
y Gasto Público Federal.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado en el 2000, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes para la reproducción y publicación de libros, se hubiese ejercido y registrado conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables. Además, de comprobar el destino del tiraje de 1.7 millones de libros.
Criterios de Selección
En el Decreto relativo a la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, en su artículo 8, inciso l, se instruye a la Auditoría Superior de la Federación para que practique una auditoría al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, para conocer el destino del tiraje de 1.7 millones de libros, desagregando aquellos que fueron comercializados o dados en donación y los recursos ejercidos para este fin. Además, se tomó en cuenta la propuesta de la Dirección General de Planeación y Normatividad Técnica.
Alcance
De acuerdo con las cifras del Reporte Analítico del Ejercicio del Presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal presentadas al 31 de diciembre de 2000, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes ejerció 342,245.0 miles de pesos en la partida 4303 "Transferencias para la Contratación de Servicios". En esta partida se registraron los gastos para la elaboración de 1,781,309 libros (distribuidos en 288 títulos), los cuales ascienden a 35,700.9 miles de pesos en el ejercicio revisado, y se seleccionó una muestra de 20,228.4 miles de pesos, que representa el 56.7%.
Áreas Revisadas
Los trabajos de auditoría se efectuaron en la Dirección General de Recursos Financieros (DGRF), dependiente de la Secretaría de Educación Pública (SEP); en las direcciones generales de Administración (DGA), Publicaciones (DGP) y Bibliotecas (DGB), adscritas al CONACULTA, y en la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Educal, S.A. de C.V.
Resultado
El CONACULTA a través de la Dirección General de Publicaciones durante el ejercicio de 2000 efectuó el tiraje de 1,781,309 libros, de los cuales 525,500 ejemplares (que corresponden a 109 títulos) se editaron directamente, lo que significa que el órgano desconcentrado es propietario de los derechos de cada título y por su cuenta realiza los trámites para adquirir los materiales y los servicios de tipografía, formación, fotomecánica, impresión y encuadernación; la diferencia de 1,255,809 ejemplares (correspondientes a 179 títulos) se elaboraron mediante la figura de coedición, con la cual el Consejo contrata con una casa editorial la producción de una determinada cantidad de ejemplares, por los cuales paga una cantidad convenida en el momento que se entreguen éstos.
Las cifras del Reporte Analítico del Ejercicio del Presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, que presentó CONACULTA, son a nivel de capítulo 4000 "Subsidios y Transferencias", por lo que se compararon éstas con las presentadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto emitido por la DGRF de la SEP, sin que se determinaran diferencias respecto del presupuesto original, modificado, ejercido, ni en sus economías, en cumplimiento de los artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
En la partida 4303 "Transferencias para Contratación de Servicios" se asignó un presupuesto original de 298,687.0 miles de pesos, el cual tuvo ampliaciones y reducciones por 61,323.7 y 23,785.7 miles de pesos, respectivamente, con lo que se obtuvo un presupuesto modificado de 336,225.0 miles de pesos; sin embargo, en el Estado del Ejercicio del Presupuesto el CONACULTA reportó como ejercidos 342,245.0 miles de pesos. El sobreejercicio de 6,020.0 miles de pesos resulta de la reducción presupuestaria realizada por la DGRF y autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Las modificaciones al presupuesto se encuentran respaldadas en los oficios de afectación correspondientes, en cuyo análisis se observó que algunos fueron autorizados en forma extemporánea por la SHCP.
Observación
El sobreejercicio de la partida 4303 "Transferencias para Contratación de Servicios" se originó porque la DGRF efectuó una reducción superior a los recursos disponibles en dicha partida, a través del oficio de afectación presupuestaria núm. 315-A-3689, autorizado por la SHCP el 23 de febrero de 2001, en infracción del artículo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2000.
Se revisaron 18 oficios de afectación presupuestaria externos y uno interno, con los cuales se modificó el presupuesto de la partida 4303, de dicho análisis se comprobó que nueve de carácter externo fueron autorizados por la Dirección General de Programación y Presupuesto de Salud, Educación y Laboral de la SHCP fuera del plazo estipulado en el numeral 40, fracción 1, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2000, y el apartado I, numeral 1, inciso a, subinciso i, del oficio circular que establece las fechas límite para el proceso presupuestario correspondiente al ejercicio fiscal 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2000.
Acción Promovida
00-06100-2-486-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruyan a su Dirección General de Programación y Presupuesto de Salud, Educación y Laboral a efecto de que establezca los mecanismos de control que garanticen que los trámites de autorización de las solicitudes de adecuaciones presupuestarias se realicen dentro del plazo que se estipula en el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y el oficio circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario correspondiente a cada ejercicio fiscal.
Acción Promovida
00-11100-2-486-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a su Dirección General de Recursos Financieros a efecto de que establezca los mecanismos de control que garanticen que antes de realizar y tramitar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cualquier modificación al presupuesto de la unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a dicha dependencia, verifique que exista disponibilidad presupuestal en las partidas sujetas a modificación, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación, de cada ejercicio.
Resultado
Se constató que la DGP cuenta con un Manual de Organización autorizado por el servidor público facultado para ello, que data de 1994, en cuyo análisis se comprobó su vigencia en el ejercicio de 2000, ya que las áreas que describe coinciden con la estructura autorizada por la SHCP y las funciones son las que se determinan en su reglamento interior. Lo anterior en cumplimiento del artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Por otra parte, se evaluó el Manual de Procedimientos autorizado de la unidad, el cual a la fecha de revisión (junio de 2002) se constató que se encuentra desactualizado. Además de la evaluación de los procedimientos en uso se desprende que no existen políticas, lineamientos, entre otros, que transparenten la elección de los títulos que se van a editar o coeditar.
Observación
Se comprobó que la Dirección General de Publicaciones cuenta con un Manual de Procedimientos autorizado por las instancias facultadas para ello, que data de 1994; de su análisis se constató que las principales actividades, como el Proceso de Edición y Coedición no se encuentran contenidas en éste, de lo que se desprende que se encuentra desactualizado. Cabe señalar que el citado manual está en trámite de la actualización y autorización correspondientes ante la Dirección General de Administración. Lo anterior contravino el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a la Dirección General de Publicaciones a fin de que actualice el Manual de Procedimientos y obtenga la autorización de la Dirección General de Administración, el cual deberá difundirse entre las áreas involucradas, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Observación
El Manual de Procedimientos autorizado (1994) de la DGP no cuenta con un procedimiento para la selección de los títulos que se van a editar o a coeditar, por lo que se procedió a levantar las descriptivas de las actividades que en la práctica se realizan para llevar a cabo estos procesos, de su análisis se comprobó que la autorización de los títulos que se publicarán es responsabilidad del Director General de Publicaciones a propuesta del Director de Producción, en virtud de que no existen políticas o lineamientos que transparenten la elección de estos.
Después de la reunión de preconfronta, el Director General de Publicaciones manifestó que la decisión de las obras que se publicarán se da bajo los supuestos de que un autor sea reconocido por su trayectoria y se publiquen sus obras sin necesidad de dictamen o que se trate de autores menos conocidos, en cuyo caso se emite un dictamen. Cabe señalar que en las descriptivas suscritas por el Director de Producción no se desprenden estos hechos manifestados, además en el primer caso no existe documento que evidencie que se trate de autores conocidos y por lo que se refiere al segundo supuesto no se acredita que respecto de los títulos revisados se haya emitido el dictamen correspondiente.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a su Dirección General de Publicaciones a fin de que establezca las políticas o lineamientos pertinentes para promover la transparencia en la elección de los títulos de los libros que habrá de editar o coeditar.
Resultado
Se seleccionaron para revisión de los procedimientos de adjudicación por licitación pública nacional y directas, la elaboración de 665,240 libros, que corresponden a 175 títulos, por un importe de 20,228.4 miles de pesos, como se muestra a continuación:
MUESTRA
SELECCIONADA
(Miles
de pesos)
|
Núm. de
pólizas |
Beneficiario |
Importe |
Núm. de títulos |
Forma de editar |
Tiraje (núm. de
libros) |
Procedimiento de adjudicación |
|
18 |
Ediciones Corunda, S. A. de C. V. |
2,939.3 |
30 |
Edición |
179,300 |
LPN-11141001-016-99/00 |
|
23 |
Litoarte, S.A. de C.V. |
1,723.3 |
48 |
Edición |
145,000 |
LPN-11141001-016-99/00 |
|
2 |
ADN Editores, S.A. de C.V. |
678.5 |
6 |
Coedición |
21,000 |
Adj. directa |
|
1 |
BANCA SERFIN, S.A. de C.V. |
502.2 |
2 |
Coedición |
700 |
Adj. directa |
|
4 |
Comercializadora Planeta, S.A. de
C.V. |
6,681.4 |
52 |
Coedición |
128,500 |
Adj. directa |
|
1 |
Ediciones Corunda, S.A. de C.V. |
94.5 |
4 |
Coedición |
4,000 |
Adj. directa |
|
2 |
Ediciones el Tucán de Virginia,
S.C. |
461.4 |
3 |
Coedición |
6,000 |
Adj. directa |
|
1 |
Editores Everest Mexicana, S.A.
de C.V. |
620.0 |
6 |
Coedición |
30,000 |
Adj. directa |
|
2 |
Editorial México Desconocido S.A.
de C.V. |
1,181.5 |
2 |
Coedición |
20,000 |
Adj. directa |
|
1 |
Editorial Océano de México, S.A.
de C.V. |
3,976.0 |
15 |
Coedición |
105,000 |
Adj. directa |
|
1 |
Impresiones y Ediciones San
Jorge, S.A. de C.V. |
482.3 |
1 |
Coedición |
1,740 |
Adj. directa |
|
1 |
Publicaciones CITEM, S.A. de C.V. |
888.0 |
6 |
Coedición |
24,000 |
Adj. directa |
|
57 |
Total |
20,228.4 |
175 |
|
665,240 |
|
FUENTE: Cédulas de trabajo
elaboradas por la ASF.
Con el análisis de la licitación pública nacional núm. 11141001-016-99/00, (efectuada en el año de 1999), se revisaron dos contratos por 4,662.6 miles de pesos, relacionada con los servicios de tipografía, formación, fotomecánica, impresión y encuadernación del Programa Editorial, se determinó lo siguiente:
a) En la convocatoria y las bases de licitación, se cumplió cabalmente con los requisitos establecidos en los artículos 32 y 33 de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
b) Las bases de licitación estuvieron a disposición de los interesados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, conforme al artículo 33, párrafo primero, de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. Cabe señalar que los recursos provenientes de la venta de bases (21.8 miles de pesos) fueron concentrados en la Tesorería de la Federación, de conformidad con el artículo 36 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 1999, y el artículo 12, párrafo primero, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999.
c) El plazo para la presentación y apertura de proposiciones fue de 15 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 34, párrafo tercero, de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
d) El plazo para la emisión del fallo de la licitación se efectuó dentro de los 40 días naturales contados a partir del inicio de la primera etapa, de conformidad con lo previsto en el artículo 45, fracción IV, de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
e) La documentación legal de los participantes se presentó conforme a lo solicitado por el ente auditado en el numeral 2.7 de las bases de licitación.
f) Los contratos que se adjudicaron como resultado de la licitación pública nacional núm. 11141001-016-99/00, por un monto de 4,662.6 miles de pesos, se comprobó que fueron formalizados dentro de los 20 días naturales contados a partir de la fecha en que fue notificado al proveedor el fallo correspondiente, de acuerdo con el artículo 50, párrafo primero, de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
g) Las Fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los dos contratos, cuyo objeto es prestar servicios de tipografía, formación, fotografía, impresión y encuadernación, fueron expedidas a favor de la Tesorería de la Federación y su monto respalda satisfactoriamente el 10% del total del contrato. Lo anterior de conformidad con los artículos 71, fracciones I y III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal; y 38, fracción III, de la abrogada Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. Sin embargo, éstas fueron entregadas fuera de plazo.
Observación
Las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los proveedores relacionadas con los dos contratos seleccionados (DGJ-DRM-1358-99 y DGJ-DRM-1359-99) fueron entregadas extemporáneamente entre 57 y 79 días naturales respectivamente, en contravención del numeral 2.3.2 de las bases de la licitación y decimocuarta cláusula de los citados contratos.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a su Dirección General de Administración con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes para que las fianzas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones sean entregadas dentro del periodo que se indica en las bases y en los contratos.
Resultado
Se comprobó documentalmente el ingreso a los almacenes de los 324,300 ejemplares relacionados con los contratos seleccionados. Además se revisaron 41 pólizas cheque por 4,662.6 miles de pesos, de su análisis se determinó que los pagos efectuados a los prestadores de servicios se realizaron una vez que cumplieron con la entrega de los bienes adquiridos. Asimismo, se encuentran respaldados en la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente, los cuales cumplen con los requisitos fiscales, en cumplimiento de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Resultado
De los títulos coeditados se revisó la documentación del proceso de adjudicación celebrado en el 2000 relacionado con 15 contratos (para el tiraje de 340,940 ejemplares), los que fueron adjudicados directamente, por un monto de 15,565.8 miles de pesos, con fundamento en el articulo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por tratarse de titularidad de derechos de autor. Dichos procedimientos fueron dictaminados por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del CONACULTA en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 22, fracción II, de la citada ley. Sin embargo, no se acreditó el criterio de imparcialidad en el que se fundó y motivó la selección del procedimiento, como se establece en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Observación
En la constancia por escrito que el titular del área requeriente presentó al Comité de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios para dictaminar el proceso de adjudicación, se fundamenta y motiva el criterio de imparcialidad con el hecho de que "las obras que forman parte del acervo del editor reúnen las características idóneas para formar parte del programa editorial de la DGP", lo cual sólo demuestra que estos cumplían con lo solicitado por la entidad, pero no que eran los únicos, o que derivado de la evaluación de varias obras fuera la mejor opción.
Cabe mencionar que la Dirección General de Publicaciones, que es la encargada de emitir el documento referido, carece de un Manual de Procedimientos actualizado para la selección de las obras que se editarán o coeditarán, por lo que el personal de esta entidad fiscalizadora levantó las descriptivas de los procedimientos en uso denominados proceso de edición y proceso de coedición.
En el análisis del primero se desprende que la responsabilidad de determinar los títulos que el CONACULTA va a editar recae en el Director General de Publicaciones a propuesta del Director de Producción y previo dictamen de la obra por un tercero; sin embargo, los documentos revisados desvirtúan la descriptiva levantada, ya que no se efectuó el dictamen referido. En lo que respecta al proceso de edición, la responsabilidad de la selección de las obras recae en los servidores públicos mencionados. Lo expuesto impide que se acredite el criterio de imparcialidad establecido en el artículo 40, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ya que la selección de obras no se desprende de la comparación con otros autores.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a su Dirección General de Publicaciones con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes que evidencie que en la selección de los títulos por editar o coeditar, se acreditó la aplicación del criterio de imparcialidad que se establece en el artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Público.
Resultado
Se comprobó que, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en los 15 contratos seleccionados, los prestadores de servicio presentaron sus fianzas a favor de la Tesorería de la Federación y su monto respalda satisfactoriamente el 10% del total del contrato, de conformidad con el articulo 71, fracciones I y III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; e indistintamente las cláusulas quinta y sexta de los contratos.
Cabe mencionar que el plazo concedido para la entrega de las fianzas no se sujetó a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Por otra parte, en algunos casos se recibieron extemporáneamente las fianzas respecto de la fecha establecida en los contratos.
Se observó que a seis proveedores les fue otorgado un anticipo del 50%, quienes entregaron su fianza expedida a favor de la Tesorería de la Federación y su monto respalda satisfactoriamente el anticipo otorgado por el CONACULTA, de acuerdo con los artículos 48, fracción I, y 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Observación
Se constató que en 11 de los 15 contratos revisados se estipula que las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones deberán ser entregadas dentro de los 15 días siguientes a la firma del citado documento, no obstante que el periodo máximo es de 10 días naturales, según se establece en el artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cabe hacer mención que el periodo estipulado en los contratos para la entrega de las fianzas de cumplimiento no se respetó por parte de los proveedores, y se retrasó en la entrega hasta 48 días después de lo previsto.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a su Dirección General de Administración con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes para que en las cláusulas de los contratos se estipule que el plazo para la entrega de las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones sea dentro de los 10 días naturales después de la firma de los contratos, conforme al artículo 48, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Además deberán implementar mecanismos para que los proveedores entreguen sus fianzas dentro de los periodos solicitados.
Resultado
Se revisaron 16 pólizas-cheque por 15,565.8 miles de pesos, con las cuales el CONACULTA efectuó el pago de las obligaciones derivadas de los contratos seleccionados, y se comprobó que se realizaron en las fechas convenidas para el caso de los anticipos y en fecha posterior a la recepción de los bienes en el caso de la liquidación de obligaciones. Además los pagos se encuentran respaldados en la documentación comprobatoria y justificativa correspondiente (contratos, facturas, remisiones, entre otros), las cuales cumplen con los requisitos fiscales, de conformidad con los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Resultado
Con objeto de atender a la Cámara de Diputados sobre la petición efectuada en el documento denominado Decreto Relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, en su artículo 8, inciso L, sobre el destino del tiraje de 1.7 millones de libros desagregando aquellos que fueron comercializados o dados en donación, la Auditoría Superior de la Federación constató que durante el citado ejercicio el CONACULTA concluyó el tiraje de 1,781,309 libros (en 288 títulos), los cuales se distribuyeron en cinco destinos finales, como se muestra en el cuadro siguiente:
DISTRIBUCIÓN DE LOS LIBROS
(Núm. de Libros)
|
Núm. progresivo |
Entregados |
Núm. de ejemplares |
Porcentaje |
|
1 |
Educal, S.A. de C.V. |
593,110 |
33.3 |
|
2 |
Coeditores |
706,334 |
39.7 |
|
3 |
Bibliotecas |
365,170 |
20.5 |
|
4 |
Dir. Gral. de Publicaciones |
71,090 |
4.0 |
|
5 |
Salas de Lectura |
45,605 |
2.6 |
|
|
Total |
1,781,309 |
100.0 |
FUENTE: Información proporcionada por la DGP.
De acuerdo con los controles proporcionados por la Dirección General de Publicaciones, la empresa Educal, S.A. de C.V., recibió 593,110 libros, de los cuales se revisó el ingreso a sus almacenes de 121,925 ejemplares amparados por 128 remisiones, y se comprobó documentalmente que coincide con el reporte proporcionado por la citada dirección general. Asimismo se constató que los proveedores entregaron los bienes conforme a los calendarios de entrega programados.
De acuerdo con los reportes proporcionados por Educal, S.A. de C.V., al 31 de diciembre de 2001, en sus almacenes se contaba con una existencia 290,427 libros. Al respecto con el oficio núm. GTA-397/02 del 5 de junio de 2002, el Gerente Administrativo de la entidad indicó que dicho material bibliográfico es para cubrir las necesidades de surtido en sus diferentes puntos de venta y evitar el desabasto en el mercado nacional.
Los 302,683 ejemplares de diferencia fueron distribuidos en los diferentes puntos de ventas (librerías, tiendas departamentales, etc.) con los que cuenta la citada empresa, de estos últimos al 31 de diciembre de 2001 se han vendido 127,666 libros que representan el 21.5%.
Lo anterior está dentro del periodo programado por el CONACULTA para el desplazamiento de los libros, en virtud de que garantiza la presencia de los libros en el mercado durante cuatro a cinco años a partir de su publicación.
En el caso de las existencias en almacén se realizó un conteo físico (2 de mayo de 2002) de 198,552 ejemplares, el resultado se comparó con los registros de existencias y se observaron diferencias. En lo que se refiere a puntos de venta, se revisó el control de existencias al 31 de diciembre de 2001 correspondientes a 18 tiendas y los resultados comparados con los registros de Educal, S.A. de C.V., no coincidieron en 12 tiendas.
Observación
Con objeto de verificar físicamente las existencias en el almacén de la paraestatal se seleccionaron 41 títulos que a la fecha de la inspección (2 de mayo de 2002) presentaban en registros denominados Kárdex por Código Impreso existencias por 198,552 ejemplares, los cuales comparados con el conteo físico nos arrojó una diferencia en 30 títulos, de 128 ejemplares de más y 41 libros de menos.
En lo que respecta a los 302,683 ejemplares que Educal, S.A. de C.V., entregó a sus diferentes puntos de ventas, se seleccionó una muestra de 18 de 53 tiendas con que cuenta la paraestatal, la que al 31 de diciembre de 2001 tenía existencias por 26,680 libros, los cuales fueron comparados con los controles de cada una de éstas. Al respecto, se comprobó que en siete tiendas reportaron 73 libros de más y las otras cinco reportaron 21 libros de menos.
Acción Promovida
00-11100-2-486-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a Educal, S.A. de C.V., con la finalidad de que refuerze sus mecanismos de control respecto del manejo de sus almacenes. Asimismo que aclare las diferencias detectadas por la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se compararon los reportes de ventas proporcionados por la DGP y por Educal, S.A. de C.V., correspondientes al cuarto trimestre del 2000 y segundo trimestre del ejercicio fiscal de 2001, y se comprobó que existen diferencias. Además se detectó que Educal no cumplió con la entrega de los recursos provenientes de ventas en el plazo establecido en el contrato.
Por otra parte, se constató que los ingresos obtenidos por el CONACULTA por la venta de libros en el cuarto trimestre del 2000, primero, segundo y tercer trimestres del ejercicio fiscal de 2001 se enteraron en tiempo y forma a la Tesorería de la Federación, de conformidad con el artículo 34 y numeral 42 del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal correspondientes al ejercicio fiscal de 2000, respectivamente; y numerales 30 y 42 del citado manual de normas correspondiente al ejercicio de 2001 y el artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación.
Observación
Se efectuó la comparación de reportes de ventas de libros al 31 de diciembre de 2001, según registros de la DGP y Educal, S.A. de C.V., en cuyo análisis se determinó que existen diferencias, como se muestra en el cuadro siguiente:
CUADRO DE LAS VENTAS REALIZADAS
POR EDUCAL, S.A. DE C. V.
(Núm. de
ejemplares )
|
Núm. de
trimestre |
Periodo |
Año |
Ventas según La DGP |
Ventas
según Educal, S.A. de C.V. |
Diferencia |
|
|
4 |
Octubre –
Diciembre |
2000 |
18,532 |
19,551 |
1,019 |
|
|
2 |
Abril –
Junio |
2001 |
23,384 |
23,967 |
583 |
FUENTE:
Archivo proporcionado por la DGP y Educal, S.A. de C.V.
Lo anterior se debe a la falta de actualización de los controles, ya que la DGP no había considerado algunas notas de cargo, ventas generales, ferias y especiales.
No obstante que la cláusula segunda, inciso d), del contrato núm. DGJ-DGP-194-99 celebrado el 1o. de octubre de 1999 entre CONACULTA y Educal, S.A. de C.V., establecía como obligación de esta última la presentación de un reporte de ventas y la liquidación correspondiente dentro de los 45 días posteriores a la conclusión de cada trimestre, se observó que hubo una entrega retrasada de estos recursos hasta 88 días después de la fecha límite prevista.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-006 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a su Dirección General de Publicaciones con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes para que los reportes de ventas de libros por título de cada trimestre muestren cifras reales.
Acción Promovida
00-11100-2-486-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruyan a Educal, S.A. de C.V. con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes para que dicha paraestatal entregue el reporte de ventas y efectúe la liquidación de las ventas dentro del plazo establecido en el contrato formalizado con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
Resultado
En lo correspondiente a los coeditores, se constató que 706,334 ejemplares (123 títulos) son propiedad de casas editoriales que suscribieron contratos de coedición, al respecto se revisó una muestra de 15 de éstos que amparan 272,909 ejemplares (distribuidos en 38 títulos) y se comprobó que los reportes de entrega de libros a los coeditores coincide con las cantidades establecidas en los contratos. Cabe mencionar que en estos casos no hay inversión de recursos federales, por lo que la comercialización la realizan los propietarios de los bienes por sus propios medios.
Resultado
En cuanto a los libros entregados a las bibliotecas, según reportes proporcionados por la DGP, le fueron entregados a la Dirección General de Bibliotecas en carácter de donación 240,000 (97 títulos) y adquirió 125,177 (30 títulos). Al respecto se aplicaron procedimientos de auditoría sobre una muestra de 157,000 en donación y 30,000 adquiridos.
En lo que se refiere a la donación se comprobó que la entrega de bienes se encuentra respaldada en oficios internos suscritos por el Director General de Publicaciones, en donde se señala que los libros deberán ser distribuidos a través de la Red Nacional de Bibliotecas. Respecto de los ejemplares adquiridos por la DGB se comprobó con el análisis de las remisiones que los bienes ingresaron a sus almacenes. Como pago por los bienes se efectuó la transferencia de recursos mediante oficio de afectación presupuestaria interno núm. DGA/0459 del 27 de marzo de 2000, por ser unidades administrativas adscritas al CONACULTA.
Resultado
En relación con los 71,090 ejemplares (287 títulos) que quedaron a disposición de la DGP, se eligió una muestra de 18,565 libros y se comprobó que la citada dirección cuenta en sus bodegas con 2,306; 10,226 han sido vendidos, según sus reportes de ventas; 5,911 libros fueron obsequiados a diversas escuelas, instituciones, empleados; 100 ejemplares fueron entregados a Educal, S.A. de C.V., para su comercialización, y la diferencia de 22 ejemplares no ha sido aclarada.
Observación
La Dirección de Promoción no ha acreditado la entrega de 22 libros, cuyo monto de producción fue de 0.5 miles de pesos.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-007 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan a Dirección de Promoción para que aclare la entrega de 22 libros, cuyo costo de producción es de 0.5 miles de pesos e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
De los 45,605 libros, cuyo destino fue las salas de lectura, se seleccionó una muestra de 18,510 ejemplares (31 títulos), al respecto la Dirección de Promoción acreditó la entrega de 6,820 en salas de lectura, 377 se encuentran en su almacén, 10,978 fueron entregados a diversas personas en carácter de promoción y la diferencia de 335 libros no ha sido aclarada.
Observación
La Dirección de Promoción no ha aclarado el destino final de 335 libros, cuyo costo de producción es de 11.7 miles de pesos.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-008 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan la Dirección General de Publicaciones con la finalidad de que establezca mecanismos de control que garanticen que cualquier distribución esté soportada por el documento que evidencie la entrega de los libros.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-009 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes instruyan la Dirección General de Publicaciones, con la finalidad de que informe el destino final de 335 libros, cuyo costo de producción asciende a 11.7 miles de pesos.
Resultado
Se constató que las cifras que se presentan en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio fiscal de 2000 de 1,781,309 libros publicados son reales. Sin embargo, en esa cantidad se incorporaron 706,334 libros propiedad de las casas editoriales. Además de los ejemplares propiedad del CONACULTA (1,074,975) el 51.2% (509,882) han cumplido con el objetivo de llegar a la población.
Observación
En el análisis programático de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, se menciona que el CONACULTA "incluyó en su programa editorial una selección de títulos universales y clásicos nacionales de calidad a precios accesibles, que comprendió la publicación de 417 títulos con un tiraje de más de 1.7 millones de ejemplares", de los cuales 706,334 libros son propiedad de los coeditores. Cabe hacer mención que por política externa de CONACULTA se reportan para efectos de la Cuenta Pública tanto los libros propiedad del CONACULTA, como de los coeditores aun cuando en estos últimos no hay inversión de recursos federales, por lo que esta cantidad no debería reportarse como logro de este organismo.
Al respecto, con la nota proporcionada a través del oficio núm. DPPP/193 del 17 de julio de 2002, el Director de Planeación, Programación y Presupuesto de la DGA mencionó que los ejemplares de los coeditores se incluyen como una meta lograda debido a que en la totalidad de libros coeditados aparece el sello y el logotipo del CONACULTA. Asimismo, en virtud de que en el citado ejercicio los indicadores eran libro editado, libro coeditado y ejemplar producido. Cabe señalar que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal no se contemplan los indicadores antes señalados.
Acción Promovida
00-11H00-2-486-01-010 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores de la Secretaría de Educación Pública instruya al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes con la finalidad de que implemente los mecanismos pertinentes para que en las explicaciones a las variaciones programáticas reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se precise cuántos libros fueron elaborados, publicados y distribuidos por el CONACULTA y cuántos por las casas editoriales.
Resultado
Las ministraciones de recursos que recibe CONACULTA son depositados en la cuenta bancaria productiva núm. 090-0541800-9 de SERFIN, S.A., cuya apertura fue autorizada por la Tesorería de la Federación de conformidad con el oficio circular 401-SO-25035 del 10 de junio de 1992.
En cuanto a los rendimientos que generó la citada cuenta bancaria, se detectó que los recursos provenientes de intereses correspondientes al ejercicio de 2000, únicamente los intereses generados en cinco meses por 2,714.0 miles de pesos, fueron enterados dentro del plazo que establece el numeral 4, párrafo segundo, del oficio circular núm. 401-VFV-17974 del 30 de diciembre de 1998, emitido por la SHCP; los siete meses restantes fueron enterados de manera extemporánea.
El saldo que presentó la cuenta de referencia al 31 de diciembre de 2000 fue de 83,597.5 miles de pesos, de los cuales únicamente enteró a la TESOFE 35,677.8 miles de pesos dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de enero del año siguiente, de acuerdo con el artículo 109 párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Ingresos de la Federación y numeral 3 del oficio circular núm. 401-VFV-17974 del 30 de diciembre de 1998, emitido por la SHCP. La diferencia por 47,919.7 miles de pesos no fue reintegrada a la TESOFE, lo anterior se debió a que el CONACULTA retuvo dicho recurso para cubrir los compromisos devengados más no pagados al 31 de diciembre de 2000, sin crear los respectivos Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS).
Como resultado de lo anterior, el titular del Órgano Interno de Control en el CONACULTA, a través del oficio núm. CI/11999/0448/02 del 21 de junio de 2002, proporcionó información donde se comprueba que el CONACULTA durante el ejercicio fiscal de 2001 y en los tres primeros meses de 2002 se llevó a cabo de manera eficiente y de acuerdo con la normatividad aplicable al entero de los rendimientos y a la creación de ADEFAS. Por lo antes expuesto, no se emitió recomendación alguna.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 11
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
14 |
|
Subtotal |
14 |
|
Total |
14
|
Del total general, 0 (0.0%) son de carácter correctivo, y 14 (100.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 13 recomendaciones, de las cuales se han solventado 13 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
n/r |
11 |
n/r |
2 |
13 |
|
|
a)
Solventadas |
|
11 |
|
2 |
13 |
|
b)
Por solventar |
|
0 |
|
0 |
0 |
|
Total emitido |
|
11 |
|
2 |
13 |
|
Total Solventado |
|
11 |
|
2 |
13 |
|
Porcentaje de Avance |
|
100.0% |
|
100.0% |
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron revisiones al ente público en este
ejercicio.
2) Acciones
Correctivas
Se promovió 1 acción, la cual al 30 de junio de 2002 ha sido solventada 1(100.0%) y está en proceso de atención 0 (0.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de acción |
Cuenta
de la Hacienda Pública Federal, 1999
|
||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
|
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
1 |
1 |
0 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal, 1999.
|
Total |
1 |
1 |
0 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
13 |
13 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
14 |
0 |
14 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
1 |
1 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
0 |
0 |
0 |
|
|
|
|
|
|
Total |
28 |
14 |
14 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Educación Pública,
Secretaría de Educación Pública, CONACULTA.