Atribuciones
La Escritura Pública número 5,594 de fecha 2 de octubre de 2000, la cual
protocoliza el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de
Petroquímica Cosoleacaque, S. A. de C. V., celebrada el 11 de septiembre del
mismo año, en su Acuerdo Primero, señala lo siguiente:
“Se aprueba la adición del
Artículo Tercero de los Estatutos Sociales de la Empresa, para quedar en los
siguientes términos:
a) Promover,
desarrollar, llevar a cabo la elaboración, producción, almacenamiento,
distribución, comercialización y demás actividades conexas de productos
petroquímicos no básicos;
b) Construir,
comprar, vender, arrendar o subarrendar toda clase de bienes muebles e
inmuebles relacionados con su objeto;
c) En
general, realizar o celebrar todos los actos jurídicos y contratos que sean
necesarios o convenientes para la realización de su objeto social, ya sean
civiles, mercantiles, administrativos o laborales permitidos por la ley;
d) Generar
la energía eléctrica para el autoabastecimiento, y enajenar los excedentes de
energía eléctrica de conformidad con las leyes aplicables;
e) Vender
servicios de almacenamiento, guarda y manejo de productos; análisis de
laboratorio; servicios administrativos; servicios de mantenimiento industrial;
f) Enajenar
servicios auxiliares, como son agua procesada, vapor de agua, aire comprimido.
Lo anterior en estricto apego a la legislación y reglamentación vigentes
en la materia.”
Situación
Presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Corrientes De
capital Financiamientos Presupuesto recaudado Total Corrientes De
capital Financiamientos |
4,018,752 2,640,352 - 1,378,400 3,390,439 1,979,420 - 1,411,019 |
3,496,834 1,456,114 - 2,040,720 3,370,757 1,673,013 1,456 1,696,288 |
(521,918) (1,184,238) - 662,320 (19,682) (306,407) 1,456 285,269 |
(13) (45) - 48 (1) (15) - 20 |
||
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales,
1999, proporcionada por la entidad; información Presupuestal Original y
Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales, 2000, proporcionada por
la entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Gasto
corriente Gasto de
capital Presupuesto ejercido Total Gasto
corriente Gasto de
capital |
4,018,752 3,666,932 351,820 2,911,298 2,530,453 380,845 |
3,496,834 3,196,834
300,000 3,067,263 2,754,796
312,467 |
(521,918) (470,098)
(51,820) 155,965 224,343
(68,378) |
(13) (13) (15)
5
9 (18) |
FUENTES: Información Presupuestal Original y
Ejercida, Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto, 1999, proporcionada por
la entidad; información Presupuestal Original y Ejercida, Estado del Ejercicio
Presupuestal del Gasto, 2000, proporcionada por la entidad.
Situación Financiera
A continuación se presenta la
situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y
1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
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2000 |
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1999 1/ |
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Variación en 2000 |
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ACTIVO Circulante Fijo Otro |
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1,159,435 2,058,973 911,070 |
|
1,375,596 1,787,721 787,851 |
|
|
(216,161) 271,252 123,219 |
|
|
Suma el activo |
|
4,129,478 |
|
3,951,168 |
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178,310 |
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PASIVO A corto plazo A largo plazo |
|
4,920,422 1,076,202 |
|
3,285,700 1,117,798 |
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1,634,722 (41,596) |
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|
Suma el pasivo |
|
5,996,624 |
|
4,403,498 |
|
|
1,593,126 |
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|
PATRIMONIO |
|
(1,867,146) |
|
(452,330) |
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|
(1,414,816) |
|
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
4,129,478 |
|
3,951,168 |
|
|
178,310 |
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FUENTES: Estados Financieros Dictaminados 2000
(comparativo 1999).
NOTA: 1/ La información financiera de 1999 fue
obtenida de la información comparativa presentada por el auditor externo en los
Estados Financieros Dictaminados de 2000 de esta entidad. Es necesario resaltar
que estas cifras fueron presentadas a valores constantes por el auditor
externo.
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, Petroquímica
Cosoleacaque, S.A. de C.V., se propuso desarrollar las actividades
institucionales que se presentan a continuación.
Función 14 “Medio Ambiente y Recursos Naturales”.
Subfunción 01 “Medio Ambiente”.
Programa Sectorial 17 “Programa de Desarrollo y Reestructuración del
Sector de la Energía”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 437 “Desarrollar y Construir Infraestructura
Básica”.
El objetivo de la actividad consistió en construir las obras necesarias
para evitar el deterioro ecológico y cumplir con las recomendaciones de las
auditorías ambientales.
La meta consistió en atender al 100% las recomendaciones sobre las
anomalías detectadas.
Función 15 “Energía”.
Subfunción 00 “Subfunción de Servicios Compartidos”.
Programa Sectorial 17 “Programa de Desarrollo y Reestructuración del
Sector de la Energía”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 602 “Auditar a la Gestión Pública”.
La actividad tenía como objetivo verificar que el conjunto de
operaciones que realiza la empresa, se lleve a cabo bajo los ordenamientos
legales establecidos.
Su meta consistió en alcanzar el 1% en el indicador de eficiencia.
Subfunción 01 “Hidrocarburos”.
Programa Sectorial 17 “Programa de Desarrollo y Reestructuración del
Sector de la Energía”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 444 “Comercializar Petróleo, Gas,
Petrolíferos y Petroquímicos”, 506 “Producir Petróleo, Gas, Petrolíferos y
Petroquímicos”, y 701 “Administrar, Recursos Humanos, Materiales y
Financieros”.
El objetivo de la actividad 444 consistió en continuar las acciones
tendientes a satisfacer la demanda interna de petroquímicos.
Su meta consistió en alcanzar un índice del 100% en la comercialización
programada de petroquímicos.
Por su parte, la actividad 506 tenía como objetivo construir,
rehabilitar y mantener plantas para mejorar la operación productiva de la
entidad.
Su meta consistió en alcanzar un índice del 100% en la producción
programada de petroquímicos.
Finalmente, el objetivo de la actividad 701 consistió en orientar las
actividades para asegurar el logro de objetivos, así como fijar las directrices
y estrategias de corto, mediano y largo plazo, de conformidad con los
señalamientos del Gobierno Federal.
La meta consistió en alcanzar el 100% en el indicador de eficiencia
administrativa y financiera. [1]/
Tipos de
Revisión
Con el oficio núm. OASF-F-1203/01 del 14 de septiembre de 2001, el C.
C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Ing. Guillermo Vivanco Monroy, Director General de Petroquímica Cosoleacaque,
S.A de C.V., la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la
Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de
cumplimiento.
Egresos Presupuestales del Capítulo 3000
“Servicios Generales”
Como
resultado de la revisión al ejercicio de los recursos de este capítulo, se
determinó lo siguiente:
1.
En términos generales, fueron previstos, autorizados,
justificados, recibidos, pagados y comprobados correctamente.
2.
El registro presupuestal y contable se ajustó a la
normatividad.
3.
Los procesos de adjudicación para la prestación de los
servicios se ajustaron a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, y no rebasaron los montos máximos establecidos en el
Presupuesto de Egresos de la Federación.
4.
El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
y Obra Pública del ejercicio de 2000, no fue enviado para su revisión al Comité
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
5.
Una unidad contra incendios fue recibida por la entidad en
fecha posterior de lo pactado en el contrato de servicios, sin existir convenio
de ampliación al plazo ni penalización al contratista.
6.
La contratación para el mantenimiento de equipo por 1,963.3
miles de pesos a un solo prestador de servicios se realizó infringiendo la
norma, toda vez que se fraccionó para adjudicarse en forma directa.
7.
La entidad pagó 9,570.0 miles de pesos por asesoría fiscal, sin
que las facturas detallaran los trabajos realizados en Petroquímica
Cosoleacaque, S.A. de C.V.
8.
Se otorgaron anticipos a contratistas durante los ejercicios de
1997 y 1998 que la Unidad Jurídica no ha recuperado a la fecha de la auditoría.
9.
Se pagaron en el año 2001 facturas correspondientes a servicios
recibidos en el 2000, no considerados en el pasivo circulante como adeudos de
ejercicios fiscales anteriores.
Objetivo
Comprobar que las erogaciones del capítulo 3000 "Servicios Generales", se incluyeron dentro del presupuesto autorizado, y en el Programa Anual de Adquisiciones; que se autorizaron, justificaron, recibieron, pagaron, comprobaron y que su proceso de adquisición, registro presupuestal y contable se ajustó a la norma.
Criterios de Selección
Del Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto dictaminado al 31 de diciembre de 2000 de Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V. (PECOSA), se determinó revisar el capítulo 3000 "Servicios Generales", con un importe ejercido de 93,324.8 miles de pesos, debido a que en la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos se han observado irregularidades en el seguimiento de la contratación de servicios que originan incumplimientos en las condiciones pactadas y en la oportuna aplicación de penalizaciones.
Alcance
Para la revisión se eligió una muestra de 37 contratos por 45,106.8 miles de pesos, que representó el 48.3% del gasto ejercido en el capítulo 3000 "Servicios Generales" (93,324.8 miles de pesos) cuya integración es la siguiente.
INTEGRACIÓN DE LA MUESTRA
|
Renglón del gasto |
Descripción |
Núm. de contratos |
Importe (Miles de pesos) |
|
204 |
Conservación
y Mantenimiento |
22 |
14,569.7 |
|
207 |
Honorarios
y Gastos |
12 |
11,359.6 |
|
211 |
Fletes
Marítimos |
1 |
18,529.2 |
|
235 |
Gastos
Generales pagados a Terceros |
2 |
558.4 |
|
228 |
Servicios
de Intercomunicación |
|
61.5 |
|
227 |
Indemnizaciones
a Terceros |
|
14.3 |
|
233 |
Publicidad |
|
14.1 |
|
|
Total |
37 |
45,106.8 |
FUENTE: Integración de contratos fincados en el año 2000 del
capítulo 3000 “Servicios Generales”.
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en las coordinaciones de Finanzas y de Recursos Materiales y Contratos adscritas a la Subdirección de Administración y Finanzas de PECOSA.
Resultado
Mediante el oficio núm. 340-A.-248 del 17 de febrero de 2000, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer a la entidad el presupuesto original para el capítulo 3000 "Servicios Generales", por 108,337.6 miles de pesos, que presentó reducciones por 13,624.3 miles de pesos y ampliaciones por 19,979.8 miles de pesos, que se sustentaron en los oficios de autorización de la SHCP núms. 340-A.-672, 340-A.-1325, 340-A.-1700 y 340-A.-2777 de fechas 13 de abril, 30 de junio, 18 de agosto y 28 de diciembre de 2000, respectivamente, por lo que el presupuesto modificado definitivo fue por 114,693.1 miles de pesos, de conformidad con los numerales 168 y 169 del capítulo III "Adecuaciones Presupuestarias", título tercero "Disposiciones Aplicables a la Administración Pública Federal Paraestatal", del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2000.
El capítulo 3000 "Servicios Generales" presentó un presupuesto ejercido por 93,324.8 miles de pesos, lo que originó un subejercicio de 21,368.3 miles de pesos respecto del presupuesto modificado, debido a que para el renglón de fletes marítimos no se concretó la contratación del servicio de cabotaje programado para el mes de diciembre, difiriéndose para el mes de enero de 2001, y porque en el renglón de honorarios y gastos pagados a terceros quedó pendiente de facturar una parte del importe del contrato celebrado con el despacho "Mancera Ernest & Young" por el servicio de asesoría fiscal para el ejercicio de 2000.
Resultado
Se constató que las contrataciones por prestaciones de servicios se previeron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Obra Pública para el ejercicio de 2000, de conformidad con el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; sin embargo, la extinta Subgerencia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios no envió dicho programa para su revisión al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en contravención del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V., autorizado por el Consejo de Administración en el acuerdo núm. CO-99-XX-DIC-074 del 27 de enero de 2000.
Observación
La extinta Subgerencia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la entidad no envió para su revisión el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Obra Pública para el ejercicio de 2000, al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en contravención del apartado VI "Funciones del Comité", punto 13, del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos presente para su revisión el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Obra Pública, ante el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en cumplimiento del apartado VI "Funciones del Comité", punto 13, del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y remita a la Auditoría Superior de la Federación evidencia documental de los resultados obtenidos.
Resultado
Con el oficio núm. SGAAyS-0341/00 del 29 de marzo de 2000, la extinta Subgerencia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios remitió el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Obra Pública para el año 2000 a la extinta Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI), en cumplimiento del artículo 21, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Las contrataciones de los servicios prestados, (consultoría, conservación y mantenimiento de plantas y vehículos de transporte, mobiliario y equipo de cómputo) contaron con disponibilidad en el presupuesto de los renglones de gasto del capítulo 3000, en cumplimiento del artículo 25, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
Respecto del procedimiento de adjudicación de los 37 contratos de la muestra por 45,106.8 miles de pesos, 21 por 33,592.1 miles de pesos se adjudicaron directamente, 7 por 2,508.2 miles de pesos por invitación a cuando menos tres personas, y 9 por 9,006.5 miles de pesos por licitación pública nacional, de conformidad con los artículos 26, 27, 28, párrafo l, 29, 31, 34, 41, fracción VIII y X, y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Se verificó que los contratos por invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa no rebasaron los montos máximos establecidos en el artículo 62 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2000; asimismo, fueron sancionados por el Comité de Adquisiciones de Arrendamientos y Servicios del Organismo, de conformidad con el artículo 22, fracción lI, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
En cuanto a los contratos por licitación pública e invitación restringida a cuando menos tres personas, se constató que se adjudicaron a los que ofrecieron las mejores ofertas técnicas y económicas, sustentadas con el dictamen del fallo, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Las contrataciones por el procedimiento de adjudicación directa se respaldaron con la justificación técnica por tratarse de prestadores de servicios de marca determinada, de acuerdo con el artículo 41, fracciones I y VlIl, de la citada ley.
Se constató que 37 contratos por 45,106.8 miles de pesos se formalizaron dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación del fallo, de conformidad con el artículo 46 de la citada ley.
Resultado
Los contratistas entregaron las fianzas de cumplimiento del 10% del contrato en favor de Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V.; sin embargo, 14 de ellas carecen de acuse de recibido por parte de la Superintendencia de Servicios Generales, Administración Patrimonial y Contratos, por lo que no se puede precisar si se entregaron oportunamente, tal y como lo señala la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el propio contrato.
Observación
Se comprobó que 14 fianzas de cumplimiento del 10% del contrato a favor de la entidad carecen de acuse de recibido por parte de la Superintendencia de Servicios Generales, Administración Patrimonial y Contratos, por lo que no se puede precisar si se entregaron dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato, tal y como lo señala el artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la cláusula séptima de los contratos.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos refuerce las medidas de supervisión, con la finalidad de que todas las fianzas de los contratos por prestación de servicios contengan el sello y la firma de acuse de recibido, en el momento en que sean entregadas por el proveedor, para cumplir con el artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
En relación con los servicios recibidos correspondientes a los 37 contratos de la muestra, se comprobó que en 36 de ellos, los contratistas entregaron los servicios en las fechas pactadas; y en el caso del contrato núm. CS-CS-071/2000 por 852.1 miles de pesos, adjudicado al contratista Odeaza Industrial, S.A. de C.V., la entidad recibió la unidad contra incendios el 19 de noviembre de 2000, fecha posterior a la establecida en la cláusula tercera del citado contrato (7 de octubre de 2000), sin existir convenio de ampliación correspondiente a 43 días de atraso, por lo que se debió penalizar al contratista con 73.3 miles de pesos, según lo establecido en el propio contrato, que señala una sanción de 0.2% por cada día de atraso.
Asimismo el "Aviso de Terminación de Trabajos", que formuló el supervisor de contratos, estipuló como fecha de terminación la establecida en el contrato (7 de octubre de 2000) y no la fecha real de recepción del equipo reparado, según lo asentado en la bitácora del operador de la unidad (19 de noviembre de 2000).
Observación
En el contrato núm. CS-CS-071/2000 por 852.1 miles de pesos, adjudicado al contratista Odeaza Industrial, S.A. de C.V., se comprobó que la entidad recibió la unidad contra incendios el 19 de noviembre de 2000, fecha posterior a la establecida en la cláusula tercera del citado contrato (7 de octubre de 2000), sin existir convenio de ampliación correspondiente a 43 días de atraso, por lo que se debió penalizar al contratista por un importe de 73.3 miles de pesos según lo establecido en la cláusula quinta del propio contrato. Asimismo el "Aviso de Terminación de Trabajos", formulado por el supervisor del contrato, estipuló como fecha de conclusión la establecida en el contrato y no la real de recepción del equipo reparado, según lo asentado en la bitácora del operador de la unidad.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-003 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos refuerce los mecanismos de control a fin de que se apliquen oportunamente penalizaciones a los contratistas que entreguen los bienes o servicios en fecha posterior a la pactada en los contratos.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-004 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos establezca los mecanismos que garanticen que el "Aviso de Terminación de Trabajos" que formule el supervisor del contrato, corresponda a las fechas reales de recepción de los bienes o servicios y sea verificada contra lo asentado en las bitácoras respectivas; además, que remita a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia documental de las medidas adoptadas.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-03-001 Solicitud de Aclaración
Se requiere que las autoridades superiores de PETROQUÍMICA Cosoleacaque, S.A. de C.V. aclaren las casas por las que no se aplicaron penalizaciones por 73.3 miles de pesos al contratista Odeasa Industrial, S.A. de C.V., por la entrega extemporánea de la unidad contra incendios, relativa los servicios de mantenimiento adjudicado mediante contrato CS-CS-071/2000; asimismo, que en su caso, se gestione el cobro de las penalizaciones correspondientes y se informe a esta Auditoría Superior de la Federación de las acciones emprendidas.
Resultado
Se comprobó que siete contratos por 1,963.3 miles de pesos se fraccionaron, ya que fueron adjudicados directamente y por invitación a cuando menos tres personas a Técnicos Industriales de Xalapa, S.A. de C.V.; sin embargo, por tratarse de servicios encaminados a un mismo fin, (mantenimiento de los equipos), debieron contratarse por licitación pública para asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio y calidad en beneficio de la entidad, en contravención de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Observación
La contratación para el mantenimiento de equipo por 1,963.3 miles de pesos a Técnicos Industriales de Xalapa, S.A. de C.V., se realizó fuera de norma, ya que por la naturaleza de los servicios prestados, ésta se ajustaba al proceso de licitación pública, a fin de asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio y calidad en beneficio de la entidad, en incumplimiento del artículo 27, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-005 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos implemente mecanismos a fin de que en lo subsecuente, se abstenga de fraccionar los contratos y así asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio y calidad en beneficio de la entidad, de acuerdo con el artículo 27, párrafo primero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y remita a la Auditoría Superior de la Federación evidencia documental de su cumplimiento.
Acción Promovida
00-18581-2-056-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V., en el ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto a la adquisición de servicios de mantenimiento fraccionados, adjudicados mediante siete contratos que fueron por 1,963.3 miles de pesos, e informe de los resultados de su intervención a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En las órdenes de servicio de cinco contratos por 1,063.7 miles de pesos, no fue posible identificar en qué equipos se realizaron los trabajos señalados como ejecutados en las estimaciones, ya que no se formularon esos documentos, como debía ser, de manera individual; cabe mencionar que en compulsa realizada al prestador de servicios, se identificaron los servicios prestados y se conciliaron con la facturación, con resultados satisfactorios.
Se precisó que el Departamento de Transporte Terrestre y Combustión Interna no realizó los trabajos previstos en el programa de mantenimiento preventivo y correctivo; tampoco se cuenta con una bitácora de los efectuados, en incumplimiento del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento actualizado el 27 de marzo de 2001, autorizado por la Subdirección de Producción, atribución que le confiere el apartado V de los Lineamientos de integración y autorización de la Norma para la elaboración de Manuales de Procedimientos Administrativos, emitida por Pemex Petroquímica en julio de 1999.
Observación
En cinco contratos por 1,063.7 miles de pesos, no se especificaron en las órdenes de servicios los trabajos realizados, debido a que no se formularon esos documentos por cada unidad reparada. Asimismo, el Departamento de Transporte Terrestre y Combustión Interna no realizó los trabajos previstos en el programa de mantenimiento preventivo y correctivo de sus equipos; y tampoco cuenta con la bitácora de labores efectuadas en cada caso, en incumplimiento del numeral 21 del Procedimiento Administrativo para Supervisar un Contrato de Obra o Servicio, del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-006 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Producción, para que la Coordinación de Mantenimiento y el Departamento de Transporte Terrestre y Combustión Interna implementen conjuntamente mecanismos de control que garanticen que en las órdenes de servicio de cada tipo de unidad reparada se identifiquen los trabajos realizados de acuerdo con lo señalado en las estimaciones, y que dichos trabajos se realicen de acuerdo con el programa de mantenimiento preventivo y correctivo que se establezca para cada una de ellas y remita a la Auditoría Superior de la Federación evidencia documental de su cumplimiento.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-007 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Producción para que la Coordinación de Mantenimiento y el Departamento de Transporte Terrestre y Combustión Interna implementen conjuntamente mecanismos que aseguren la elaboración de las bitácoras de mantenimiento de los equipos, para dar cumplimiento al numeral 21 del Procedimiento Administrativo para Supervisar un Contrato de Obra o Servicio del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento, y remita a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia documental de su cumplimiento.
Resultado
En el contrato núm. CS-CS-40/2000 por 600.0 miles de pesos, relacionado con el mantenimiento preventivo y correctivo y el soporte de partes para los sistemas de control distribuido marca Foxboro, modelo I/A, instalados en las plantas de amoniaco de Petroquímica Cosoleacaque, se constató que el supervisor no registró en la bitácora la fecha de terminación de los trabajos, los que según el "Aviso de terminación de los trabajos" se concluyeron el 31 de diciembre de 2000, en contravención del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento.
Observación
En el contrato núm. CS-CS-40/2000 por 600.0 miles de pesos, se constató que el supervisor no registró en la bitácora la fecha de terminación de los trabajos que según el "Aviso de terminación de los trabajos" se concluyeron el 31 de diciembre de 2000, en contravención de lo establecido en el numeral 22 del Procedimiento Administrativo para Supervisar un Contrato de Obra o Servicio del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-008 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Producción, para que la Coordinación de Mantenimiento y el Departamento de Transporte Terrestre y Combustión Interna refuercen conjuntamente los mecanismos de control para que se registre en las bitácoras de mantenimiento las fechas de terminación de los trabajos ejecutados, en cumplimiento del numeral 22 del Procedimiento Administrativo para Supervisar un Contrato de Obra o Servicio del Manual de Procedimientos de la Coordinación de Mantenimiento y remita a la Auditoría Superior de la Federación evidencia documental de las medidas adoptadas.
Resultado
En el contrato núm. CS-400-RM-40000073/00 del 21 de agosto de 2000, celebrado entre Pemex Petroquímica y el Despacho Mancera, S.C. relacionado con el servicio de asesoría en materia fiscal para el 2000, por 22,975.8 miles de pesos, le correspondió a Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V., un cargo por 9,570.0 miles de pesos, facturados por Pemex Petroquímica; sin embargo, las facturas no detallan los servicios prestados, ya que se emitieron en forma global, situación que provoca que la filial desconozca el servicio real prestado. Cabe señalar que en compulsa efectuada a Pemex Petroquímica, se obtuvo el detalle de los servicios prestados por el despacho, con lo que se confirmó la procedencia del cargo; sin embargo, se determinó que la entidad realizó un pago de más por 163.7 miles de pesos, debido a que Pemex Petroquímica por error, le remitió la asignación de este gasto en vez de efectuar el cargo a Petroquímica Camargo, situación que fue corregida por la entidad durante la revisión realizada por la Auditoría Superior de la Federación.
Observación
En el contrato núm. CS-400-RM-40000073/00 del 21 de agosto de 2000, celebrado entre Pemex Petroquímica y el Despacho Mancera, S.C., se determinó que esa entidad efectuó un cargo por 9,570.0 miles de pesos a Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V., por los servicios que prestó el despacho en materia fiscal para el año 2000; sin embargo, las facturas no detallan los trabajos, ya que se emitieron en forma global, situación que provoca que la filial desconozca las labores reales, lo que incumplió con el artículo 29-A, fracción V del Código Fiscal de la Federación.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-009 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex Petroquímica, establezcan medidas a efecto de que en lo subsecuente, todas las facturas que le cobre Pemex Petroquímica a su filial cuenten con el detalle de los conceptos específicos del servicio realmente recibido, en cumplimiento del artículo 29-A, fracción V del Código Fiscal de la Federación, y remita a la Auditoría Superior de la Federación evidencia documental de su cumplimiento.
Resultado
En relación con los servicios de telefonía celular correspondientes al renglón del gasto 228 "Servicios de Intercomunicación" por 61.5 miles de pesos, se comprobó que se asignaron cuatro celulares a funcionarios de la entidad que fueron autorizados por el Director General; asimismo, se constató que se aplicaron correctamente las tarifas de consumo de telefonía celular establecidas en el apartado octavo, capítulo tercero, de los lineamientos para la asignación y uso de servicios de telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización para servidores públicos de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, autorizados por el Consejo de Administración de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V. el 30 de abril de 2001.
Resultado
El Departamento de Ingeniería en Telecomunicaciones no presentó evidencia del contrato celebrado para la prestación del servicio de telefonía celular en el ejercicio de 2000 para justificar el gasto, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Publico Federal y los Lineamientos para la asignación y uso de servicios de telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización para servidores públicos de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.
Observación
El Departamento de Ingeniería en Telecomunicaciones no presentó evidencia del contrato celebrado para la prestación del servicio de telefonía celular en el ejercicio de 2000, que justifique el gasto, en contravención del artículo 44, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Publico Federal y el apartado décimo segundo del capítulo lV, de los Lineamientos para la asignación y uso de servicios de telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización para servidores públicos de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-010 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Unidad de Tecnologías de Información para que, en coordinación con el Departamento de Ingeniería en Telecomunicaciones y la Gerencia de Ingeniería de Telecomunicaciones del Corporativo de Pemex, establezcan medidas que permitan contar con los contratos que justifiquen el gasto de la prestación del servicio de telefonía celular y dar cumplimiento al artículo 44, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal y al apartado décimo segundo del capítulo lV de los Lineamientos para la asignación y uso de servicios de telefonía celular, radiocomunicación y radiolocalización para servidores públicos de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios. Asimismo, que se solicite al corporativo de Pemex Petroquímica el contrato de telefonía celular correspondiente al ejercicio de 2000 y remita a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia documental de las acciones implementadas.
Resultado
Se otorgaron anticipos a contratistas durante el ejercicio de 1997 y 1998 por 172.9 miles de pesos correspondientes a los contratos núms. CO-CS-66/97 y CO-CS-091/98, que a la fecha de la revisión (noviembre de 2001) no se han recuperado.
En relación con el contrato núm. CO-CS-66/97 la Unidad Jurídica, con el oficio núm. UJ-PECO-885/00 de fecha 30 de noviembre de 2000, le indicó a la Superintendencia de Contratos que se requiere iniciar una investigación administrativa y deslindar responsabilidades, toda vez que a la contratista se le notificó el adeudo correspondiente al anticipo no amortizado con fecha posterior (24 de mayo de 1999) al vencimiento de la garantía de cumplimiento (2 de febrero de 1999); asimismo, en forma extemporánea se le notificó al área de Administración de Riesgos el reclamo de la fianza de la garantía del anticipo, por lo que no fue posible recuperar de manera inmediata el adeudo con el contratista.
Respecto del anticipo objeto del contrato núm. CO-CS-091/98, a la compañía 4 Grupo Constructor, S.A. de C.V., por 126.2 miles de pesos (dos años después del otorgamiento), se le levantó el acta notarial núm. 1105 del 15 de agosto de 2000, para dar testimonio de la no existencia de la compañía, en el domicilio fiscal señalado, por lo que la Unidad Jurídica no pudo recuperar el adeudo; esta área sugirió que se notificara al departamento financiero responsable (Superintendencia de Contabilidad) para que indicara el procedimiento a seguir; esta superintendencia indicó que para cancelar el pasivo se necesitaba la autorización del Consejo de Administración del finiquito del saldo pendiente de recuperar.
Observación
Existen anticipos otorgados a los contratistas durante los ejercicios de 1997 y 1998 correspondientes a los contratos núms. CO-CS-66/97 por 46.7 miles de pesos, que la Unidad Jurídica no ha podido recuperar, debido entre otras cosas, a que se requiere iniciar una investigación administrativa y deslindar responsabilidades; en cuanto al contrato núm. CO-CS-091/98, no se ha sometido a la autorización del Consejo de Administración el finiquito del saldo pendiente de recuperar del anticipo otorgado a la compañía 4 Grupo Constructor, S.A. de C.V., por 126.2 miles de pesos, ya que no existe la empresa en el domicilio fiscal reportado, según el acta notarial núm. 1105, del 15 de agosto de 2000.
Acción Promovida
00-18581-2-056-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V., en el ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo respecto al anticipo por 46.7 miles de pesos del contrato núm. CO-CS-66/97, y el anticipo por 126.2 miles de pesos del contrato núm. CO-CS-091/98, cuyos trámites para la recuperación no se realizaron en su oportunidad, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-03-002 Solicitud de Aclaración
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Unidad Jurídica, para que informe del resultado de la investigación administrativa a fin de lograr la recuperación de la amortización del anticipo por 46.7 miles de pesos correspondientes al contrato núm. CO-CS-66/97, así como el destino final del anticipo por 126.2 miles de pesos del contrato núm. CO-CS-091/98, e informe de los resultados a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El pago a los contratistas de la muestra se realizó dentro de los 30 días posteriores a la recepción de las facturas en ventanilla única, de conformidad con las Políticas de Pago autorizadas por la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, emitidas el 1o. de marzo de 2000. La operación se respaldó con las facturas originales a nombre de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., para comprobar el gasto en los términos del artículo 44, fracciones I y III, del Reglamento de Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal, y tienen los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Resultado
Se precisó que la entidad pagó en los meses de enero a marzo de 2001, ocho facturas por un monto total de 609.9 miles de pesos, correspondientes a servicios recibidos del 1o. al 31 de diciembre de 2000 no consideradas dentro del pasivo circulante como adeudos de ejercicios fiscales anteriores, lo que implicó que se realizaran pagos con cargo al presupuesto del año posterior sin la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Observación
La entidad pagó en 2001 ocho facturas por un monto total de 609.9 miles de pesos, correspondientes a servicios recibidos del 1o. al 31 de diciembre de 2000, pero no se consideraron dentro del pasivo circulante como adeudos de ejercicios fiscales anteriores; por tanto, no se solicitó la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en contravención del artículo 42, fracción lll, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-18T4R-2-056-01-011 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Petroquímica Cosoleacaque S.A. de C.V., instruya a la Subdirección de Administración y Finanzas para que la Coordinación de Finanzas establezca medidas que garanticen que en lo subsecuente no se realicen pagos de un ejercicio con cargo al presupuesto del ejercicio posterior, sin contar con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del artículo 42, fracción lll, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
El registro presupuestal se efectuó en función de la naturaleza de los servicios contratados, en las partidas correspondientes al capítulo 3000 "Servicios Generales", de acuerdo con el Catálogo de Posiciones Financieras para su aplicación en el Sistema de Aplicaciones y Procedimientos, actualizado por la Gerencia de Control Presupuestal, mediante el oficio núm. 340-A-459 del 16 de marzo de 2001, y en cumplimiento del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
El registro contable de las operaciones revisadas, se realizó en las cuentas que establece el Catálogo de Cuentas autorizado por la SHCP, en el oficio núm. 309-A-II-b-009 del 3 de febrero de 1999, de conformidad con los artículos 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 91 de su reglamento.
Resultado
Como resultado de las compulsas realizadas a los prestadores de servicios ganadores, se constató que las empresas Técnicos Industriales de Xalapa, S.A. de C.V., y Mr. Contratista, S.A. de C.V., son personas morales debidamente constituidas de acuerdo con sus actas respectivas emitidas por notarios públicos. Los consecutivos fiscales de las facturas fueron registrados en sus contabilidades e incluidos en las declaraciones de pagos provisionales y anuales del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto sobre la Renta.
En cuanto a las empresas que participaron en los concursos para la contratación de los servicios y no resultaron ganadoras (Corporación de Herramientas y Maquinaria S.A. de C.V. y Representaciones Industriales de Coatzacoalcos, S.A. de C.V.), se comprobó que aceptaron el proceso de adjudicación al no presentar ninguna inconformidad.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 10
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES PROMOVIDAS
CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Número |
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
11 |
|
Subtotal |
11 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Aclaración -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de
Control |
2 2 |
|
Subtotal |
4 |
|
Total |
15 |
Del total general, 4 (26.7%) son de carácter correctivo, y 11 (73.3%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones
Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 36 recomendaciones, de las cuales se han solventado 36 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
Recomendaciones |
n/r |
10 |
26 |
n/r |
36 |
|
a) Solventadas |
|
10 |
26 |
|
36 |
|
b) Por
solventar |
|
0 |
0 |
|
0 |
|
Total Emitido |
|
10 |
26 |
|
36 |
|
Total Solventado |
|
10 |
26 |
|
36 |
|
Porcentaje de Avance |
|
100.0% |
100.0% |
|
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron
revisiones al ente público en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas públicas
anteriores |
36 |
36 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
11 |
0 |
11 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
4 |
0 |
4 |
|
|
|
|
|
|
Total |
51 |
36 |
15 |
[1]/ Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Energía,
Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V.