IV.5.6.PRODUCTORA NACIONAL DE SEMILLAS

IV.5.6.1.Antecedentes

 

Atribuciones

De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, corresponde a la entidad:

"I.      Producir, beneficiar, distribuir y enajenar las semillas correspondientes a los cultivos que, en función de la demanda de aquéllas y de sus posibilidades económicas, le encomiende la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos;  1/

II.      Recibir, del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas o de cualquier otra dependencia del Gobierno Federal, para su incremento como semillas básicas y su empleo en la producción de semillas registradas y certificadas, las semillas originales resultantes de los trabajos de investigación para el mejoramiento de variedades de plantas;

III.     Establecer y operar campos para la producción de semillas básicas y registradas, zonas de producción de semillas certificadas, plantas industriales para el beneficio de semillas de este último tipo y zona de distribución para su venta;

IV.     Producir directamente, o mediante la contratación con particulares, las semillas certificadas de los cultivos de mayor interés, de acuerdo con los programas generales de producción agrícola que establezca la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos; 2/

V.      Realizar toda clase de actos de comercio respecto de las semillas registradas o certificadas;

VI.     Gestionar el financiamiento requerido por sus programas de producción, beneficio, distribución y venta de semillas, y cooperar con las asociaciones de productores de semillas en los problemas de igual naturaleza que se les presenten;

VII.    Promover el establecimiento y la organización de las asociaciones de productores de semillas, otorgándoles asistencia técnica y encomendándoles de manera preferente la producción, el beneficio, la distribución y la venta de las semillas certificadas;

VIII.   Vigilar el funcionamiento de las asociaciones de productores de semillas que se mantengan en operación al amparo de esta ley, y cooperar con ellas en la solución de sus problemas técnicos y económicos;

IX.     Atender, en colaboración con el servicio de Extensión Agrícola de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, 2/ las campañas educativas tendentes a generalizar el uso de las semillas certificadas para elevar el rendimiento unitario y mejorar la calidad de las cosechas;

X.      Asesorar a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos 3/ a fin de que en los programas que realice para apoyar la producción y productividad agrícolas se usen variedades de semillas certificadas idóneas, desarrolladas especialmente para las regiones de que se trate; y

XI.     Las demás funciones que le señalen su reglamento interior y las disposiciones reglamentarias de la presente ley."


Situación presupuestaria

A continuación  se  presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

INGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Corrientes

 

Presupuesto

recaudado

 

Total

Corrientes

 

 

 

 

 

189,871

189,871

 

 

 

 

125,441

125,441

 

 

 

 

 

226,549

226,549

 

 

 

 

114,194

114,194

 

 

 

 

 

36,678

36,678

 

 

 

 

(11,247)

(11,247)

 

 

 

 

 

19

19

 

 

 

 

(9)

(9)

 

 

FUENTES:  Información proporcionada por la entidad.

 

 


SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

 

 

 

 

183,874

172,459

11,415

 

 

 

 

137,952

137,885

67

 

 

 

 

 

216,139

204,700

11,439

 

 

 

 

112,452

112,452

-

 

 

 

 

32,265

32,241

24

 

 

 

 

(25,500)

(25,433)

(67)

 

 

 

 

18

19

-

 

 

 

 

(18)

(18)

(100)

 

FUENTES:  Información proporcionada por la entidad.

 


Situación financiera

A continuación se presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y 1999.

 

SITUACIÓN FINANCIERA

 (Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

2000

 

1999

 

 

ACTIVO

 

Circulante

Fijo

Otro

 

 

 

124,580

385,556

3,922

 

 

 

151,217

409,094

3,939

 

 

 

(26,637)

(23,538)

(17)

Suma el activo

 

514,058

 

564,250

 

(50,192)

 

PASIVO

 

A corto plazo

 

 

 

 

14,910

 

 

 

 

21,340

 

 

 

 

(6,430)

Suma el pasivo

 

14,910

 

21,340

 

(6,430)

 

 

PATRIMONIO

 

499,148

 

542,910

 

(43,762)

 

 

Suman el pasivo

y el patrimonio

 

514,058

 

564,250

 

(50,192)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTES:      Dictamen de Estados Financieros al 31 de diciembre de 2000.

 


Actividades institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, Productora Nacional de Semillas (PRONASE) se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 09 “Seguridad Social”.

Subfunción 03 “Seguros”.

Programa Sectorial 20 “Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.

El objetivo de la actividad consistió en administrar, controlar y optimizar los recursos humanos, materiales y financieros con el propósito de eficientar las acciones y avanzar en la modernización administrativa.

Esta actividad no tuvo metas asignadas.

 

Función 13 “Desarrollo Agropecuario”.

Subfunción 01 “Agrícola y Pecuario”.

Programa Sectorial 20 “Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades Institucionales 440 “Almacenar, Comercializar y Abastecer Productos Básicos”, 505 “Producir Bienes e Insumos para Sectores Prioritarios” y “701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros”.

El objetivo de la actividad 440 consistió en comercializar productos agroindustriales, alimenticios y no alimenticios del sector social y orientar a los productores en la utilización de los canales de distribución más convenientes para la compra de sus productos.

Su meta consistió en comercializar por la entidad el 20% de semillas (20,946 toneladas) del total vendidas por el mercado nacional (106,675 toneladas).

La actividad 505 tenía como objetivo ofrecer semilla de calidad a precios competitivos a las Instituciones Públicas y Privadas, fomentando el uso de semillas mejoradas para el incremento de la productividad de los cultivos.

La meta consistió en alcanzar un índice  de producción de semillas del 19% (23,000 toneladas) por la entidad, con respecto a la producción total de toneladas en la industria nacional de semillas (118,120).

Por último, el objetivo de la actividad 701 consistió en administrar, controlar y optimizar los recursos humanos, materiales y financieros, con el propósito de eficientar las acciones y avanzar en la modernización administrativa.

Esta actividad no tuvo metas asignadas. 4/

 

Tipos de revisión

Con el oficio núm. OASF-F-236/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C. Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Ing. Ignacio Aguilar Álvarez Cuevas, Director General de Productora Nacional de Semillas, la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 


IV.5.6.2.Resumen de Resultados

 

Recaudación de Ingresos por Venta de Bienes Inmuebles Vinculados con el Proceso de Desincorporación

Como resultado de la revisión, se identificó lo siguiente:

1.     En el Convenio de Saneamiento Financiero celebrado entre PRONASE y el Ejecutivo Federal en 1991, el organismo se comprometió a desincorporar, en tres etapas, 30 inmuebles, de los cuales sólo se han enajenado 8 plantas, 2 campos y 2 fracciones de terreno, debido a que la mayoría de inmuebles presenta irregularidades jurídicas, según el Informe de Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero.

2.     En los Estados Financieros dictaminados de PRONASE  a diciembre de 2000, se mencionan 30 inmuebles para desincorporar; sin embargo, en el inventario a diciembre de 2000 solamente 50.

3.     Al verificar que la información de los registros contables de los inmuebles, coincidiera con la utilizada por la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento en el proceso de desincorporación, se analizaron los Estados Financieros dictaminados, la página de Internet, el Convenio de Saneamiento Financiero, los Informes sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero, el Inventario Inmobiliario y la integración contable proporcionada por la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal y se concluyó que dicha información no es homogénea en cuanto a los nombres y las cantidades de los inmuebles sujetos a desincorporación.

 


IV.5.6.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

IV.5.6.3.1.Recaudación de Ingresos por Venta de Bienes Inmuebles Vinculados con el Proceso de Desincorporación

 

Objetivo

Verificar que durante el ejercicio fiscal del 2000 los ingresos de la venta de bienes de la Productora Nacional de Semillas se captaron de acuerdo con las disposiciones correspondientes, y que el destino final se determinó de conformidad con la normatividad aplicable.

 

Criterios de Selección

Se basó en el criterio "De la Evaluación Financiera".

Productora Nacional de Semillas (PRONASE) informó en su página de Internet que en 1990 inició su desincorporación y redimensionamiento, que incluyó la venta del 60.0% de su capacidad instalada, y a la fecha de la auditoría (junio de 2002) puso a la venta diversos inmuebles sujetos a desincorporación; también diseñó un esquema de arrendamiento con opción a compra garantizado mediante fianza, con el compromiso de recontratar a su personal.

Se consideró necesario verificar el registro, determinación y control de los recursos de las operaciones realizadas por la PRONASE, vinculadas con la desincorporación de bienes inmuebles, debido a que en sus estados financieros dictaminados no se reportaron ingresos por este concepto.

 

Alcance

Se revisaron los ingresos provenientes de 15 inmuebles enajenados a la fecha de la auditoría vinculados con el proceso de desincorporación por 21,801.0 miles de pesos; los Decretos Presidenciales de autorización y enajenación publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero y 7 de diciembre de 1993; se analizó la situación de los 45 inmuebles por desincorporar previstos en los acuerdos 90-XXXI-4 y 92-LXI-7, del 26 de septiembre de 1990 y 18 de noviembre de 1992, de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, así como el Convenio de Saneamiento Financiero derivado del primer acuerdo, los informes de cumplimiento del convenio y el registro contable de los inmuebles.

 

Áreas Revisadas

La auditoría se realizó en la Unidad de Liquidación y Control de Activo, así como en las subdirecciones de Contabilidad y Control Presupuestal y de Programación y Finanzas, adscritas a la Dirección de Administración y Finanzas de PRONASE.

 

Resultado

Se revisaron las autorizaciones de los manuales de Organización y Procedimientos, que proporcionó la Dirección de Administración y Finanzas de PRONASE, y se constató que el primero fue autorizado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGADER), actualmente SAGARPA, con el oficio 510.-2880 del 4 de junio de 1999, y el segundo por el Director General del organismo el 29 de junio de 1999, en cumplimiento del artículo 15, fracción XI, de su reglamento interior, expedido el 29 de febrero de 2000 por el Consejo de Administración de PRONASE.

Se constató que en el capítulo segundo del Reglamento citado se dispone que la administración de PRONASE estará a cargo de un Consejo de Administración y que contará con un órgano de vigilancia. No obstante, ambas instancias no se consideraron en el organograma estructural autorizado en el Manual de Organización, en infracción de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y de su reglamento interior.

Adicionalmente, en el ordenamiento referido se establece que la Dirección de Administración y Finanzas es responsable del registro, control, guarda, uso y destino final de los bienes inmuebles que conforman el patrimonio institucional; sin embargo, estas funciones no se incluyeron en su Manual de Organización el cual no ha sido actualizado en infracción del reglamento interior de PRONASE.

Se observó que el Manual de Procedimientos incluye un apartado denominado "Manual de Procedimientos de la Unidad de Liquidación" en el cual se señalan los procedimientos relativos al mantenimiento, conservación, enajenación y regularización de bienes muebles e inmuebles así como al control, uso, baja y enajenación de activos a cargo la unidad, la cual no existe en el organograma estructural autorizado en abril de 1999, ni en su reglamento interior. Tal omisión infringió la Ley Federal de Entidades Paraestatales y su reglamento interior.

Observación  

El Manual de Organización de la Productora Nacional de Semillas (PRONASE), autorizado en junio de 1999 no está actualizado, ya que en el Reglamento Interior de la entidad se prevé la existencia de un Consejo de Administración y un órgano de vigilancia, los cuales no se incluyeron en el organograma estructural autorizado contenido en ese manual, en infracción de los artículos 58, fracción VIII, y 62 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, y 6o., fracción IV, de su reglamento interior.

De acuerdo con el Reglamento Interior de PRONASE, la Dirección de Administración y Finanzas es responsable del registro, control, guarda, uso y destino final de los bienes inmuebles que conforman el patrimonio institucional; no obstante, estas funciones no están contenidas en el Manual de Organización, en infracción del artículo 6o., fracción IV, del reglamento en cuestión.

El Manual de Procedimientos contiene un apartado denominado "Manual de Procedimientos de la Unidad de Liquidación", en el que se especifican los procedimientos para el mantenimiento, conservación, enajenación y regularización de bienes muebles e inmuebles, así como para el control, uso, baja y enajenación de activos a cargo la unidad, la cual, a la fecha de la auditoría no se incluyó en el organograma estructural autorizado en abril de 1999 ni en su Reglamento Interior, en infracción de los artículos 58, fracción VIII, de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, y 6o., fracción IV, de su Reglamento Interior.

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-001      Recomendación

Es necesario que el Consejo de Administración de Productora Nacional de Semillas actualice su Manual de Organización, y su estructura organizacional, a fin de que se incorporen las funciones del Consejo de Administración, del Órgano de Vigilancia y de la Unidad de Liquidación y Control de Activo, en cumplimiento de los artículos 6o., fracción IV, de su Reglamento Interior, y 58, fracción VIII, de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

 

Resultado

A fin de identificar la fecha, el número y los montos de los inmuebles vendidos, vinculados con el proceso de desincorporación realizado por PRONASE, se analizó la relación de inmuebles enajenados durante 1991-2002, que proporcionó la Unidad de Liquidación y Control de Activo, y se constató que se reportaron 15 inmuebles, de los cuales 2 son fracciones de terreno por 21,801.0 miles de pesos, de los cuales 17,762.9 miles de pesos se enteraron a la Tesorería de la Federación (TESOFE); 288.1 miles de pesos se destinaron a gastos de enajenación efectuados durante el proceso de desincorporación; y los 3,750.0 miles de pesos restantes corresponden a las ventas de dos inmuebles realizadas en abril y mayo de 2002.

Del total de los ingresos, la TESOFE reintegró a PRONASE 6,453.3 miles de pesos de 10 inmuebles enajenados para aplicarlos al pago de la deuda que tiene con la banca comercial.

De los montos de los enteros y de los reintegros, el ente fiscalizado no proporcionó la documentación soporte de 3,855.1 y 5,112.4 miles de pesos, respectivamente, por lo que no se acreditó el cumplimiento del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal.

Se observó que en el apartado II de los estados financieros dictaminados de 2000 de PRONASE, donde se incluyó la opinión del contador público registrado, se informó que de las 30 plantas que iniciaron su proceso de desincorporación, al 31 de diciembre sólo se han enajenado 7. Asimismo, en la nota 5b de los estados financieros se relacionan los 30 inmuebles, de los cuales se vendieron 6 y uno se donó a la Unión de Ejidos.

Al comparar los seis inmuebles vendidos relacionados en la nota 5b contra las siete unidades en operación que se reportan como vendidas por asignación directa, en el documento Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero al 30 de junio de 1993, en el primer grupo del Programa de Desincorporación de Activos, sustentado en el acuerdo 90-XXXI-4, se constató que sólo tres unidades se registraron como vendidas. De las otras cuatro, en el Dictamen de 2000 se reportó una donada, otra rentada, otra invadida y una más en operación.

En el segundo grupo del programa en comento, sustentado en el acuerdo 92-LXI-7 en el que se incluyeron 18 unidades para desincorporar, pero que estaban en operación, sólo se reportó una unidad vendida por asignación directa denominada Unidad Calera, Zac., Planta Nueva, la cual está pendiente de formalizarse en el informe de junio de 1993. No obstante en la nota 5c del dictamen de los estados financieros de 2000, dicha unidad se consideró como inmueble que operaba en arrendamiento y almacenamiento, de acuerdo con el tipo de servicio pactado en el contrato respectivo.

Como resultado de la reunión de preconfronta, la Unidad de Liquidación y Control de Activo informó que debido a una confusión la Unidad de Calera, Planta Nueva, se reportó como vendida en el Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero al 30 de junio de 1993, y que, en todo caso, el informe se refería a la Unidad Calera, Planta Antigua, ya que a la fecha la planta nueva forma parte del inventario del inmobiliario de PRONASE, la cual cuenta con las escrituras correspondientes, y en diciembre de 2001 se publicó la convocatoria para su venta.

Asimismo, de acuerdo con el documento Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero y Marco de Actuación 1998-2000, elaborado por PRONASE como resultado del redimensionamiento y la desincorporación de los activos, a la fecha se han enajenado ocho plantas, dos campos y dos fracciones de terreno, sin especificar los nombres de las unidades, lo que impidió su conciliación.

Por otro lado, se constató que en el inventario del inmobiliario de la PRONASE a diciembre de 2000 no se incluyó la Unidad del Refugio, Gto., reportada en el dictamen de los estados financieros del ente como "afectada en Tribunal Agrario".

Como consecuencia de la reunión de preconfronta, la Unidad de Liquidación y Control de Activo informó que la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, adscrita a la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), dio de baja la unidad referida del Inventario Nacional de Bienes Inmuebles de la Administración Pública Federal, debido a que en 1997 el Tribunal Superior Agrario dictó resolución a favor de los campesinos del poblado "El Paredón".

Finalmente, de las ocho unidades que se reportaron como vendidas en el Programa de Desincorporación, incluido en el Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero al 30 de junio de 1993, en el inventario a diciembre de 2000 se consignaron cuatro, denominadas Chetumal, Colima, Cd. Obregón y Calera, Zac., Planta Nueva. En consecuencia, se determinaron diferencias entre la información reportada en el Dictamen Financiero, el documento Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero y Marco de Actuación 1998-2000, el Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero y la Relación de Inmuebles Enajenados, en infracción de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y su reglamento, así como el Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".

 

Observación 

De los enteros efectuados a TESOFE y los reintegros de ésta a PRONASE, por 17,762.9 y 6,453.3 miles de pesos, respectivamente, el ente no proporcionó la documentación soporte de 3,855.1 y 5,112.4 miles de pesos, respectivamente, por lo que se contravino el artículo 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

De acuerdo con los estados financieros dictaminados del 2000 de PRONASE, de las 30 plantas que iniciaron su proceso de desincorporación al 31 de diciembre, 6 se vendieron y una se donó.

Al comparar la información de los estados financieros dictaminados con el Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero al 30 de junio de 1993, en los que se reportaron seis y siete inmuebles vendidos, se constató que sólo tres unidades coincidieron. Por lo que respecta a las otras cuatro según los estados financieros citados difieren en cuanto a su estatus de desincorporación y se reportó una como donada, otra rentada, otra invadida y una más en operación.

Además, de las siete unidades vendidas reportadas en el informe referido, tres se reportaron en el inventario a diciembre de 2000.

Adicionalmente, de acuerdo con el documento Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero y Marco de Actuación 1998-2000, elaborado por PRONASE como resultado del redimensionamiento y la desincorporación de los activos, a la fecha se enajenaron ocho plantas, dos campos y dos fracciones de terreno, sin especificar los nombres de las unidades, lo que impidió su conciliación.

Por las diferencias observadas en la información de los documentos mencionados PRONASE infringió los artículos 40, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 83 de su reglamento, así como del Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-002      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de Productora Nacional de Semillas instruya a la Dirección de Administración y Finanzas y a la Unidad de Liquidación y Control de Activo, para que concilien la información de los bienes inmuebles vendidos y corrijan las diferencias, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y del Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".

 


Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-003      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de Productora Nacional de Semillas instruya a la Dirección de Administración y Finanzas a fin de que proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la documentación soporte de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación y los reintegros de ésta a la Productora Nacional de Semillas por 3,855.1 y 5,112.4 miles de pesos, respectivamente, en cumplimiento del artículo 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-02-001      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Productora Nacional de Semillas, actúe en el ámbito de sus atribuciones, e inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente en relación con la falta de documentación soporte de los enteros efectuados a la Tesorería de la Federación y los reintegros de ésta a la Productora Nacional de Semillas por 3,855.1 y 5,112.4 miles de pesos, respectivamente, en cumplimiento del artículo 82 del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su gestión.

 

Resultado

A fin de verificar el registro contable de los bienes inmuebles vinculados con el proceso de desincorporación de activos de la PRONASE, se solicitaron a la Dirección de Administración y Finanzas los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2000, las balanzas de comprobación de las 14 delegaciones regionales, la balanza de comprobación consolidada a diciembre del 2000 y las pólizas del registro contable de las enajenaciones de inmuebles.

Se constató que las cantidades reportadas en las cuentas "Edificios y Construcciones (Neto)", "Construcciones en Proceso" y "Terrenos", por 222,803.6, 1,838.7 y 156,318.3 miles de pesos, del Balance General consolidado al 31 de diciembre de 2000 coinciden con las del rubro "Inmuebles y Equipo" de los Estados Financieros dictaminados. Estos importes están conformados por los consignados en las balanzas de las 14 delegaciones regionales y de la oficina central de PRONASE.

En el análisis de la conciliación de las cuentas 1301 "Terrenos" y 1302 "Edificios y Construcciones" del saldo histórico al 31 de diciembre de 2000, con el saldo histórico al 31 de diciembre de 2001, proporcionada por el Departamento de Contabilidad y Costos de la institución, se comprobó que durante el 2001 en la cuenta "Terrenos" se abonó el traspaso a las cuentas de orden de 14 bienes con valor de 1.00 peso cada uno, debido a que no pertenecían a PRONASE.

De acuerdo con la información de la Unidad de Liquidación y Control de Activo, siete bienes estaban escriturados a nombre del ente, por lo que al registrarlos en cuentas de orden se infringió el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; dos bienes, con valor de 2.00 pesos, que corresponden a Santiago, Ixc., Nay., y El Refugio, Gto., se traspasaron correctamente a las cuentas de orden, ya que se constató que no pertenecen a PRONASE; finalmente, se cancelaron 1.5 miles de pesos de la cuenta "Terrenos" correspondientes al saldo del inmueble de Chalco, Edo. de Méx., de la que no se proporcionó la documentación soporte.

En la cuenta "Edificios y Construcciones" se canceló el registro de los bienes correspondientes a las unidades del Refugio, Gto., y Calera, Zac., para efectuarlos en las cuentas de orden con valores de 2.00 y 1.00 pesos, respectivamente, debido a que estos bienes no son propiedad de PRONASE. Adicionalmente, se registró el traspaso en la cuenta "Edificio" de la cuenta "Construcciones en Proceso", por 94.3 miles de pesos, correspondientes al inmueble de Tepalcingo, Mor.

El traspaso a las cuentas de orden de la Unidad Calera, Zac., fue incorrecto, ya que ésta cuenta con la escritura a nombre de PRONASE, por lo que se infringió el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

El Departamento de Contabilidad no proporcionó las pólizas del registro contable debido a que están archivadas en las delegaciones regionales. La omisión contravino el Manual de Organización de PRONASE, autorizado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGADER), con el oficio 510.-2880 del 4 de junio de 1999 en el cual se dispone que ésta deberá recibir la documentación de sus operaciones financieras de las áreas central y regionales, a fin de ordenar, analizar y registrar contablemente tales operaciones.

En forma posterior a la reunión de preconfronta, la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal informó que sólo recibe la información contable de manera concentrada para consolidarla y elaborar los Estados Financieros y demás informes, lo que contraviene el manual de organización.

Observación 

En el análisis de la conciliación de las cuentas 1301 y 1302 "Terrenos" y "Edificios y Construcciones", del saldo histórico al 31 de diciembre de 2000, con el saldo histórico al 31 de diciembre de 2001, se observó que en 2001, Productora Nacional de Semillas (PRONASE) abonó a la cuenta "Terrenos" el traspaso a cuentas de orden por el monto de siete bienes que no son de su propiedad, con un valor de 1.00 peso cada uno; sin embargo, de acuerdo con información de la Unidad de Liquidación y Control de Activo, dichos bienes están escriturados a nombre del ente auditado, por lo que la entidad infringió el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

En cuanto a la cuenta "Edificio y Construcciones", se traspasó el registro de los bienes de la Unidad Calera, Zac., a las cuentas de orden con valor de 1.00 peso, por tratarse de bienes que no pertenecen a PRONASE; pero la escritura está a su nombre. Al no ser confiables sus registros contables, la entidad infringió el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

La Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal informó que las delegaciones regionales le proporcionan la información contable de manera concentrada para consolidarla y elaborar los estados financieros y demás informes, por lo que no cuenta con las pólizas del registro contable, en contravención de la función prevista en el Manual de Organización de PRONASE a cargo del Departamento de Contabilidad y Costos la cual establece que deberá recibir la documentación de sus operaciones financieras de las áreas central y regionales, a fin de ordenar, analizar y registrar contablemente sus operaciones.

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-004      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de Productora Nacional de Semillas instruya a su Dirección de Administración y Finanzas para que la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal corrija el registro contable en las cuentas de orden por el traspaso de las cuentas "Terrenos" y "Edificios y Construcciones", correspondientes a siete y un bienes, respectivamente, con valor de 1.00 peso cada uno, escriturados a nombre de Productora Nacional de Semillas, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-005      Recomendación

Es necesario que el Consejo de Administración de Productora Nacional de Semillas instruya a su Dirección General para que la Dirección de Administración y Finanzas concentre la información financiera en la oficina central o, en su caso, proporcione la autorización de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes sobre la Gestión Pública para que las delegaciones regionales guarden y custodien dicha información, en cumplimiento de las funciones establecidas a la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal en el Manual de Organización.

 

Resultado

Con el fin de conocer las causas por las que durante el ejercicio del 2000 PRONASE no generó ingresos por la venta de bienes vinculados con el proceso de desincorporación, se analizaron los acuerdos 90-XXXI-4 y 92-XLI-7 del 26 de septiembre de 1990 y 18 de noviembre de 1992 de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, donde se establece que la entidad iniciará la desincorporación de algunos de sus activos, y en su página de Internet se informó que se desincorporarían 19 inmuebles.

Como resultado del primer acuerdo, en julio de 1991 el Gobierno Federal representado por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, Programación y Presupuesto, Contraloría General de la Federación, Comercio y Fomento Industrial, Agricultura y Recursos Hidráulicos, Trabajo y Previsión Social y de la Reforma Agraria celebró el Convenio de Saneamiento Financiero con PRONASE para asumir los pasivos que el ente tenía con la banca comercial por un importe de 79.1 miles de millones de pesos, ya que esto le permitiría operar bajo un esquema de autosuficiencia financiera, así como rentabilidad, eficiencia y productividad.

En este convenio se acordó, entre otros aspectos, redimensionar los activos de PRONASE mediante la desincorporación de 30 unidades de operación en tres etapas, cuyo valor en libros fue de 49.0 miles de millones de pesos, entregar al liquidador parcial toda la documentación requerida para desincorporar los activos hasta el 31 de diciembre de 1991; y enterar a la TESOFE los ingresos obtenidos por la enajenación de activos, una vez que se hubiesen deducido los gastos de desincorporación.

Asimismo, la PRONASE se comprometió a elaborar informes trimestrales sobre el cumplimiento del convenio. Se constató que de seis informes elaborados, sólo uno fue por un período trimestral que abarcó los meses de julio a septiembre de 1991. En cuanto a los cinco informes restantes correspondieron a periodos de dos meses del 1o. de octubre al 30 de noviembre de 1991; un mes del 1o. al 31 de diciembre de 1991, y tres informes a seis meses del 1o. de enero al 30 de junio de 1992, del 1o. de julio al 31 de diciembre de 1992 y del 1o. de enero al 30 de junio de 1993, en contravención del convenio. Se observó que los cinco últimos contenían datos incluidos en los anteriores.

Para la evaluación del convenio, se estableció que la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones de PRONASE estaría a cargo del Consejo de Administración y de su órgano de vigilancia, y que la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, a través de su grupo de apoyo, evaluaría y enviaría el reporte trimestral en un plazo máximo de 45 días después del fin del trimestre.

Al respecto, el ente fiscalizado manifestó que carece de los informes de evaluación del convenio que debió formular la comisión referida, que impidió acreditar el cumplimiento de su función de vigilancia, lo que contraviene lo establecido en el Convenio de Saneamiento Financiero.

En el segundo acuerdo la comisión citada decidió desincorporar en forma adicional 15 plantas en operación y determinar un nuevo instrumento de evaluación del desempeño de la entidad; además de solicitar a la autoridad presupuestal que le permitiera utilizar los recursos de la venta de las plantas.

Al respecto, PRONASE diseñó un Programa de Desincorporación que incluyó 28 actividades y acciones agrupadas en ocho bloques que permitirían su cumplimiento, denominados Regularización; Toma Física de Inventarios; Práctica de Avalúos; Desincorporación y Autorización del Ejecutivo Federal; Promoción de Venta; Venta por Asignación Directa; Licitación Pública, y Formalización.

Se constató que el informe sobre el Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero en el apartado "Desincorporación de Activos", incluyó información de 48 plantas divididas en dos grupos, el primero de 30 y el segundo de 18.

En cuanto a las 30 unidades del primer grupo, PRONASE informó que concluyó la desincorporación de las unidades Calera, Zac., Planta Vieja; El Cayal, Camp., y Zaragoza, Coah., las cuales estaban en operación.

En lo que se refiere a las 18 unidades del segundo grupo, el ente informó que concluyó la regularización y levantamiento físico de los inventarios de la Planta Nueva de Calera, Zac. y autorizó su venta por asignación directa a Productores Zacatecanos. Las 17 unidades restantes están en la etapa de análisis y dictamen jurídico a fin de regularizar las propiedades, cabe señalar que como resultado de la reunión de preconfronta, la Unidad de Liquidación y Control de Activo informó que debido a una confusión la Unidad de Calera, Planta Nueva, se reportó como vendida en el Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero.

Finalmente, en el documento Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero y Marco de Actuación 1998-2000, elaborado por PRONASE, se aprobó la integración de una oficina responsable de la liquidación parcial de los activos. Como resultado de ello, se han enajenado ocho plantas, dos campos y dos fracciones de terreno.

En el capítulo de conclusiones del documento referido, se señala que procede que, por conducto de la Coordinadora Sectorial, se solicite a la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento que dé por terminado el Convenio de Saneamiento Financiero celebrado con el Gobierno Federal, y por cumplidas las obligaciones asumidas, y reitera la conveniencia de que los recursos obtenidos por la venta de muebles e inmuebles en desincorporación se utilicen para dar mantenimiento y, en su caso, modernizar la planta productiva, así como para pagar los gastos de la Unidad de Liquidación, regularización de terrenos y otros gastos". A la fecha de la auditoría (junio 2002) no se ha obtenido respuesta de la comisión mencionada.

 

Observación 

Con el análisis del acuerdo 90-XXXI-4 se conoció que se suscribió un Convenio de Saneamiento Financiero en julio de 1991 entre el Gobierno Federal y la PRONASE, en el cual la empresa se comprometió a elaborar informes trimestrales sobre el cumplimiento del convenio. Al respecto, se constató que de seis informes elaborados, sólo uno fue por un periodo trimestral de julio a septiembre de 1991. En cuanto a los cinco informes restantes, correspondieron a periodos de dos meses, un mes y seis meses en contravención de la cláusula IE Compromisos de la Pronase, Seguimiento del Convenio. Los cinco informes contenían datos incluidos en los anteriores.

Para la evaluación del convenio, se estableció que la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones estaría a cargo del Consejo de Administración y del órgano de vigilancia de PRONASE, y la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, por medio de su grupo de apoyo, evaluaría y enviaría el reporte trimestral en un plazo máximo de 45 días después del fin del trimestre.

El ente auditado manifestó que no cuenta con los informes de evaluación del convenio que debió formular la comisión citada, lo que impidió acreditar el cumplimiento de su función de vigilancia, lo que contravino la cláusula III Evaluación del Convenio de Saneamiento Financiero.

El documento Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero y Marco de Actuación 1998-2000, señala en su capítulo de conclusiones, que procede por conducto de la Coordinadora Sectorial, solicitar a la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento se dé por terminado el Convenio de Saneamiento Financiero y por cumplidas las obligaciones asumidas. Al respecto, a la fecha de la auditoría (junio 2002) no se ha obtenido respuesta de la comisión.

En los acuerdos de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento se convino en desincorporar 45 inmuebles. No obstante, a la fecha de la auditoría (junio de 2002) sólo se habían enajenado 13 inmuebles y dos fracciones de terreno, de los cuales ninguna operación se efectuó en el 2000.

 

Acción Promovida   

00-06100-2-462-01-001      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ámbito de sus atribuciones que establece el artículo 6, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a la Dirección General de Planeación Hacendaria, para que en el seno de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, y en cumplimiento del acuerdo sexto, párrafo segundo, de su Acuerdo de Creación, solicite a la Secretaría Técnica de esa comisión que elabore las actas con los resultados de la evaluación de los Informes sobre el Cumplimiento del Convenio de Saneamiento Financiero, que elaboró la Productora Nacional de Semillas, en cumplimiento de la cláusula IE del convenio referido.

 

Acción Promovida   

00-06100-2-462-01-002      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ámbito de sus atribuciones que establece el artículo 6, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios, para que en el seno de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, y en cumplimiento del acuerdo sexto, párrafo segundo, de su Acuerdo de Creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 1979, solicite a la Secretaría Técnica de esa comisión que proporcione el informe de los resultados de la evaluación sobre la propuesta de la Productora Nacional de Semillas para dar por concluido el Convenio de Saneamiento Financiero que celebró con el Gobierno Federal en julio de 1991, donde se acordó la desincorporación de 45 inmuebles, de los cuales, sólo se enajenaron 13 inmuebles y dos fracciones de terreno a junio de 2002.

 

Resultado

Al analizar la nota 5b del dictamen de los Estados Financieros de 2000 de PRONASE, referente a los inmuebles en desincorporación, se observó que de 30 inmuebles, seis se reportaron como vendidos, y los 24 restantes presentaban la situación siguiente:

La situación legal de 16 bienes propiedad de PRONASE se reportó como regular, de los cuales 12 estaban en operación, tres fueron rentados y uno fue invadido.

Un inmueble ubicado en Cárdenas, Tab., fue donado a la Unión de Ejidos; otro más, localizado en El Refugio, Gto., "afectado en el Tribunal Agrario", fue dado de baja del Inventario Nacional de Bienes Inmuebles de la Administración Pública Federal, debido a que en 1997 el Tribunal Superior Agrario dictó resolución a favor de los campesinos del poblado El Paredón.

En el caso de seis inmuebles, cuya situación legal se reportó como irregular, dos eran propiedad del Banco de Crédito Rural (BANRURAL) de los cuales uno estaba en operación y otro fue rentado; uno, pertenecía al Gobierno Federal, y estaba fuera de operación; uno, más del Gobierno del Estado Guerrero, estaba en operación; uno de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGARPA) estaba rentado, y el inmueble ubicado en Metepec, Méx., fue otorgado a PRONASE en comodato por la Comisión para el Desarrollo Agrícola y Ganadero del estado de México (CODAGEM), con vigencia al 31 de agosto de 1999.

Como se observa, en la nota 5b del dictamen se consignaron 14 unidades en operación; sin embargo, en el Convenio de Saneamiento Financiero se indicó que las 30 unidades suspenderían operaciones en diciembre de 1991. Además, en la misma nota se reportaron seis inmuebles como irregulares.

Cabe aclarar que la observación y recomendación correspondientes se incluyeron en el resultado siguiente debido a que en dicho apartado se detalla la situación de los inmuebles a la fecha de la auditoría. 

 


Resultado

A fin de verificar que la información de los registros contables de PRONASE relativos a la enajenación de inmuebles coincidiera con la utilizada por la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento en el proceso de desincorporación, se analizaron los Estados Financieros dictaminados, la página de Internet, el Convenio de Saneamiento Financiero, los Informes sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero, el Inventario Inmobiliario y la integración contable proporcionada por la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal.

En la nota 1b de los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre del 2000 se observó que la comisión, mediante el acuerdo 90-XXXI-4 del 26 de septiembre de 1990, decidió que PRONASE iniciara un proceso de saneamiento financiero, mediante la desincorporación de 30 delegaciones de un total de 45, y posteriormente, la de las 15 restantes.

Por otro lado, en la nota 5b menciona que se iniciará la desincorporación de 30 inmuebles, y en la nota 5c se relacionan los inmuebles en operación, de los cuales la entidad promovió el arrendamiento de plantas y almacenes de 12 delegaciones regionales con 21 unidades en operación que prestan servicios. y que por el tipo de servicio pactado en el contrato, tres son de almacenamiento; 11, de arrendamiento; uno, a almacenamiento, beneficio y arrendamiento; cinco de almacenamiento y arrendamiento, y un inmueble opera en arrendamiento, pesaje y almacenamiento.

Al comparar la información de 19 inmuebles sujetos a desincorporación presentada en la página de Internet de PRONASE, clasificados en 14 plantas, tres bodegas y dos campos, con una superficie de 1,529,828.2 m2, con la nota 5b de los Estados Financieros dictaminados a diciembre del 2000, se informó de 30 inmuebles en desincorporación, se encontró que nueve coincidieron. De éstos, tres se reportaron como rentados y seis estaban en operación, por lo que existe una diferencia de 21 inmuebles. En tanto que en relación con la nota 5c, referente a 21 inmuebles en operación, sólo coincidieron cinco, de los cuales, tres fueron arrendados, uno de almacenamiento y otro de arrendamiento y almacenamiento. Los cinco restantes no se localizaron en la información presentada en el dictamen.

Se observó que en los anexos H-1 y H-2 del Convenio de Saneamiento Financiero se consignaron 30 unidades de operación con 200 almacenes.

El Informe sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero al 30 de junio de 1993 incluyó un programa de desincorporación de activos, donde se relacionaron 30 y 18 plantas agroindustriales y bodegas.

Por otro lado, en el Inventario Inmobiliario practicado por la Unidad de Liquidación y Control de Activo de PRONASE al 31 de diciembre de 2000, se reportaron 50 inmuebles, cuya situación jurídica fue la siguiente: 33 son propiedad de PRONASE, de los cuales dos están invadidos, uno por el municipio y el otro por grupos agrarios; siete pertenecen a SAGARPA; dos son de BANRURAL (terreno) y la construcción de PRONASE; uno es propiedad del Gobierno del Estado de Guerrero (terreno) y la construcción es de PRONASE; uno es de la Comisión para el Desarrollo Agrícola y Ganadero del estado de México y fue ocupado por PRONASE en comodato; cinco pertenecen al Gobierno Federal, y uno a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT).

A la fecha de la auditoría, en el inventario se registraron 48 bienes de los cuales 32 están escriturados a nombre de PRONASE; los 16 restantes están pendientes de regularizar, de los que dos pertenecen a BANRURAL; dos a los gobiernos de los estados de Guerrero y de México, respectivamente; 11 son propiedad de SAGARPA y uno de la CORETT.

Finalmente, en la integración contable de inmuebles que proporcionó la Dirección de Administración y Finanzas, relativa a las cuentas "Terrenos", "Edificio y Construcciones", así como "Construcciones en Proceso", se registraron 14 delegaciones regionales y una oficina central.

Se concluyó que la información incluida en los diferentes documentos proporcionados por PRONASE no es homogénea en cuanto a los nombres y las cantidades de los inmuebles sujetos a desincorporación, en infracción del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Observación 

A fin de verificar que la información de los registros contables de la Productora Nacional de Semillas (PRONASE) relativa a la enajenación de inmuebles fuese homogénea con la utilizada por la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento en el proceso de desincorporación, se analizaron los Estados Financieros dictaminados, la página de Internet, el Convenio de Saneamiento Financiero, los Informes sobre el Cumplimiento de Compromisos del Convenio de Saneamiento Financiero, el Inventario Inmobiliario y la Integración Contable proporcionada por la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestal.

Se concluyó que la información contenida en los diferentes documentos que proporcionó PRONASE, los cuales se analizaron durante la revisión, no es homogénea en cuanto a los nombres y las cantidades de inmuebles sujetos a desincorporación, en infracción del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

A la fecha de la auditoría 16 inmuebles se encuentran pendientes de regularizar, en contravención del Procedimiento para la Enajenación y Regularización de Bienes Inmuebles contenido en el Manual de Procedimientos de la Unidad de Liquidación y Control de Activo.

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-006      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de la Productora Nacional de Semillas instruya a su Dirección de Administración y Finanzas para que corrija la información de los inmuebles contenida en sus estados financieros y su página de Internet, de acuerdo con los datos que le proporcione la Unidad de Liquidación y Control de Activo, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como del Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".

 

Acción Promovida   

00-08JBU-2-462-01-007      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de la Productora Nacional de Semillas instruya a su Unidad de Liquidación y Control de Activo, para que agilice los trámites de regularización de los 16 inmuebles cuya situación se reporta como irregular en el inventario a junio de 2002, en cumplimiento del Procedimiento para la Enajenación y Regularización de Bienes Inmuebles contenido en el Manual de Procedimientos de la Unidad de Liquidación y Control de Activo.

 


 IV.5.6.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 a)                           Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 5 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:

ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA

DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

 

Tipo de Acción

Número

 

Acciones Preventivas:

 

-                  Recomendación

 

 

 

 

9

Subtotal

9

 

Acciones Correctivas:

 

-                  Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control 

 

 

 

 

1

 

Subtotal

1

Total

10

 

 

Del total general, 1 (10.0%) son de carácter correctivo, y 9 (90.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.


b)                Seguimiento de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores

1)                      Acciones Preventivas

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 3 recomendaciones, de las cuales se han solventado 3 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:

 

SITUACIÓN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS

AL 30 DE JUNIO DE 2002


Concepto

Cuenta de la Hacienda Pública

Total

1996

1997

1998

1999

Recomendaciones

n/r

3

n/r

n/r

3

a)       Solventadas

 

 

3

 

 

 

3

b)       Por solventar

 

0

 

 

0

Total Emitido

 

3

 

 

3

Total Solventado

 

3

 

 

3

Porcentaje de Avance

 

100.0%

 

 

100.0%

n/r: no revisado. No se practicaron revisiones al ente público en este ejercicio.

 


c)         Resumen de Acciones Promovidas

 

Tipo de Acción

Emitidas

Solventadas

Por Solventar

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

3

3

0

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

9

0

9

 

 

 

 

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

0

0

0

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

1

0

1

 

 

 

 

Total

13

3

10

 



1/   En el Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 1994, se publicó el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que en su artículo 26 enuncia que para el despacho del orden administrativo las funciones que realizaba la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos corresponderán a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y mediante el Decreto publicado el 30 de noviembre de 2000 en el Diario Oficial de la Federación cambia su denominación a Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a partir del primero de diciembre del citado año.

2/   El Sector Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural comprende las acciones de los programas a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR) y sus órganos desconcentrados, la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (CONASUPO) y las entidades de control presupuestal indirecto que coordina esa dependencia, conforme al Catálogo de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para 2000.

2/   El Sector Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural comprende las acciones de los programas a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR) y sus órganos desconcentrados, la Compañía Nacional de Subsistencias Populares (CONASUPO) y las entidades de control presupuestal indirecto que coordina esa dependencia, conforme al Catálogo de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para 2000.

3/   Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 2001, Sector Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Secretaria de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ASERCA.

 

4/ / Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, PRONASE.