Atribuciones
En artículo 2o. del Decreto publicado en el Diario
Oficial de la Federación del 1o. de agosto de 1985, se indican las modificaciones
al Decreto de creación de la entidad, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 2 de mayo de 1974, quedando como fines los siguientes:
“I. Garantizar los créditos institucionales otorgados a
los trabajadores para la adquisición de bienes de consumo duradero, bienes
perecederos, y para la obtención de servicios;
II. Garantizar los créditos, o en su caso, otorgar
financiamiento, para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere
el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;
III. Fomentar el ahorro de los trabajadores;
IV. Facilitar a los trabajadores la
obtención de condiciones adecuadas de crédito y precios que les procuren un
mayor poder adquisitivo;
V. Otorgar directamente créditos a los trabajadores para la
adquisición de bienes de consumo duradero y de consumo perecedero;
VI. Operar como institución descontadora para el sistema
bancario respecto de operaciones de crédito relacionadas con la adquisición de
bienes de consumo duradero, de consumo perecedero o de servicios;
VII. Coadyuvar al establecimiento y desarrollo de
procedimientos que tiendan a elevar la calidad, disminuir el precio y facilitar
la adquisición de bienes de consumo duradero, de consumo perecedero y la
obtención de servicios;
VIII. Establecer y operar registros de afiliación de
sujetos de créditos y de proveedores;
IX. Fomentar y establecer mecanismos destinados a
orientar y proteger a los consumidores; y
X. Promover entre los usuarios el mejor aprovechamiento
del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar
de manera que satisfaga en la mayor medida posible las necesidades de una vida
digna, como lo prescribe la fracción VI del Artículo 123 de la Constitución
General de la República.”
Situación Presupuestaria
A
continuación se presentan los ingresos y egresos
correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Corrientes Presupuesto recaudado Total Corrientes |
1,837,621 1,837,621 1,704,707 1,704,707 |
|
1,858,328 1,858,328 1,540,222 1,540,222 |
|
20,707 20,707 (164,485) (164,485) |
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1 1 (10) (10) |
|
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales
1999 y 2000, proporcionada por la entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital |
1,639,038 296,594 1,342,444 1,313,949 278,111 1,035,838 |
|
1,646,663 326,841 1,319,822 1,525,305 268,214 1,257,091 |
|
7,625 30,247 (22,622) 211,356 (9,897) 221,253 |
|
- 10
(2) 16 (4) 21 |
FUENTES: Información Presupuestal Original y
Ejercida, Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto 1999 y 2000,
proporcionada por la entidad.
Situación Financiera
A
continuación se presenta la situación financiera correspondiente a los
ejercicios de 2000 y 1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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2000 |
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1999 |
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ACTIVO Circulante Fijo Otro |
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4,740 1,680,019 127,833 |
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1,425,684 25,212 104,745 |
|
|
(1,420,944) 1,654,807 23,088 |
|
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Suma el activo |
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1,812,592 |
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1,555,641 |
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256,951 |
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PASIVO A corto
plazo |
|
1,413,229 |
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1,297,663 |
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115,566 |
|
|
Suma el pasivo |
|
1,413,229 |
|
1,297,663 |
|
|
115,566 |
|
|
PATRIMONIO |
|
399,363 |
|
257,978 |
|
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141,385 |
|
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Suman el pasivo y el patrimonio |
|
1,812,592 |
|
1,555,641 |
|
|
256,951 |
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FUENTES: Estados Financieros Dictaminados por
Auditor Independiente 2000 (comparativo 1999).
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Fondo de
Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) se propuso
desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.
Función 10 “Laboral”.
Programa Sectorial 28 “Programa de Empleo, Capacitación y Defensa de los
Derechos Laborales”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 403 “Captar Recursos Financieros”, 405
“Otorgar Créditos” y 701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y
Financieros”.
El objetivo de la actividad 403 consistió en elevar el nivel de
recuperación de cartera.
Su meta consistió en recuperar el 121% (1,555.0 millones de pesos) de
los 1,288.0 millones de pesos de otorgamiento.
La actividad 405 tenía como objetivo otorgar créditos preferenciales a
trabajadores de bajos ingresos.
La meta consistió en beneficiar a trabajadores afiliados al IMSS
(7,981.7 millones) mediante el otorgamiento de 252,000 créditos (3%).
Finalmente, el objetivo de la actividad 701 consistió en apoyar las
funciones de la entidad.
Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Con el oficio núm. OASF-F-238/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C.
Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
C.P. Arsenio Díaz Escalante, Director General del Fondo de Fomento y Garantía
para el Consumo de los Trabajadores, la inclusión del fondo en los trabajos de
revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al
ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de
cumplimiento.
En
la muestra revisada, por 13,224.4 miles de pesos, se identificó que:
1.
La entidad no tiene
un sistema adecuado para el manejo y control del presupuesto por partida
presupuestal, y el que opera no le permite obtener evidencia de las
adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido.
2.
La entidad no presentó ante la Comisión de
Avalúos de Bienes Nacionales el programa anual de requerimientos en materia de
arrendamientos de inmuebles, ni envió de dos contratos las copias con las
firmas autógrafas o certificadas en donde se pactó con los arrendatarios un
importe igual de renta, dentro de los 60 días siguientes al inicio de la
vigencia de éstos.
3.
Dos contratos
de arrendamiento de inmuebles, por 4,803.3 miles de pesos, rebasaron el
ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad haya solicitado la autorización
correspondiente a la SHCP.
4.
En dos
contratos por 875.3 miles de pesos, adjudicados con fundamento legal
en el artículo
41, fracción I, de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y que fueron
dictaminados por el Comité de Adquisiciones, no se presentó el escrito que
acreditara que los proveedores son titulares de la patente o poseen derechos
exclusivos, tampoco envió a su Órgano Interno de Control el informe mensual de
los contratos formalizados conjuntamente con la copia del escrito y con el
dictamen en el que constara las razones de la adjudicación.
5.
No
se
proporcionó la documentación justificativa del gasto del procedimiento de
invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, lo que impidió comprobar
si efectivamente se cumplió con la normatividad establecida.
6.
No
se formalizó la
prestación del servicio de mantenimiento de maquinaria y equipo a través de un
contrato por 312.1 miles de pesos.
7.
Las órdenes de trabajo para el mantenimiento de vehículos no se
realizan en forma oportuna; el registro contable del gasto, se está
aplicando en la cuenta 5102 “Otros Gastos de Administración”, la cual no
coincide con la cuenta 840 “Costos de Administración”, autorizada en el
catálogo de cuentas.
Objetivo
Comprobar que el gasto por concepto de "Servicios Generales" se autorizó, justificó y comprobó; que los servicios se recibieron en la entidad; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones al presupuesto se efectuaron de acuerdo con el Manual de Normas Presupuestarias y que su registro presupuestal y contable se ajustó a la normatividad.
Criterios de Selección
Según la Evaluación Financiera y Presupuestal del Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto al 31 de diciembre de 2000, el Capítulo 3000 "Servicios Generales" presentó una erogación de 63,831.0 miles de pesos, que equivale al 23.8% del gasto corriente de operación (268,214.0 miles de pesos).
En el Dictamen Presupuestal e Informe Ejecutivo se menciona que el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) no cuenta con un sistema de información automatizado que le permita conocer, obtener y controlar el ejercicio presupuestal en línea con el sistema contable. El control se efectúa mediante un sistema denominado Conta-Fiscal 2000 y hojas de trabajo adicionales, en donde no queda evidencia de las continuas afectaciones y modificaciones del presupuesto, las transferencias entre partidas de un mismo gasto ni es posible identificar los montos comprometidos por partida presupuestal.
Alcance
Para la revisión del capítulo 3000 "Servicios Generales" se seleccionó una muestra de 13,224.4 miles de pesos, que representó el 20.7% del monto ejercido (63,831.0 miles de pesos).
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en la Gerencia de Contabilidad y Presupuestos, dependiente de la Dirección Financiera y en la Gerencia de Servicios Generales e Inventarios, adscrita a la Dirección Administrativa de FONACOT.
Resultado
La Dirección de Programación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en su carácter de coordinadora, informó a FONACOT el presupuesto original autorizado para el capítulo 3000 "Servicios Generales", que ascendió a 79,746.7 miles de pesos, se realizaron seis adecuaciones presupuestales internas por 12,128.3 miles de pesos, entre partidas de ese mismo capítulo; por lo tanto, no se modificó la asignación original, de la cual se ejercieron 63,831.0 miles de pesos, y quedó un remanente de 15,915.7 miles de pesos. Al ser recursos propios se consideraron como disponibilidades, para ser aplicados en la operación, y fueron notificados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante el Sistema Integral de Información, en cumplimiento del oficio núm. 101.-1601 que establece los Lineamientos sobre Nuevas Reglas en el Manejo de Disponibilidades Financieras del Sector Público y del Mecanismo Necesario para su Información, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1999.
Cabe señalar que las seis adecuaciones presupuestales internas se elaboraron de conformidad con el numeral 170 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2000.
Resultado
Para constatar la funcionalidad del sistema para el manejo y control del presupuesto, se efectuaron pruebas para conocer el registro por partida presupuestal autorizado, modificado, comprometido y ejercido; al respecto, se observó que el sistema de FONACOT no permite conciliar la partida presupuestal con el sistema contable; además, no se deja evidencia de las adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido, en contravención de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y de su Reglamento.
Observación
La entidad carece de un sistema de registro presupuestal adecuado para su manejo y control por partida presupuestal, ya que el que opera no permite conciliar cifras con el sistema contable; además, su procedimiento no deja evidencia de las adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido, en contravención de los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 100 de su Reglamento.
Al respecto, la Coordinación de Planeación y Gestión de la entidad informó que en abril de 2001 fue aprobado el Plan Estratégico del FONACOT 2001-2006 por el Órgano de Gobierno, en el se considera la modernización tecnológica; posteriormente, en julio de ese mismo año fue aprobado el Programa de Modernización Tecnológica, por lo que a partir de septiembre comenzaron los trabajos para definir la guía contable presupuestal y los demás estudios conceptuales que requeriría la implantación del Sistema de Administración Integral (SAI).
En diciembre de 2001 se completó la adquisición de los equipos de cómputo necesarios para el sistema y de inmediato se procedió a coordinar en forma paralela los procesos de contabilidad y nómina, lo que terminó en mayo de 2002; además, se inició la asignación del presupuesto para los demás capítulos, que se pretende aprobar en julio para posteriormente empezar en agosto las pruebas de interfases con los demás sistemas, con lo cual se espera operar de manera automatizada el 100% del presupuesto en septiembre de 2002.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Financiera, a efecto de que continúe con la implantación del sistema contable que consigne la evidencia del proceso y control de las adecuaciones presupuestales y el presupuesto comprometido, de conformidad con los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 100 de su Reglamento.
Resultado
Al comparar las cifras registradas en el Estado del Ejercicio Presupuestal elaborado por la Gerencia de Contabilidad y Presupuestos, con las del Estado de Resultados dictaminado al 31 de diciembre de 2000 y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, respecto del presupuesto autorizado, modificado y ejercido no se determinaron diferencias, en cumplimiento de los artículos 83 y 101 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
Se determinó que FONACOT cuenta con el Manual General de Organización, aprobado por el H. Comité Técnico de Distribución del Fondo en la sesión ordinaria del 4 de marzo de 1996, mediante el acuerdo núm. CT 33/96, de conformidad con el artículo 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; por lo que se refiere a los procedimientos para la Gerencia de Servicios Generales e Inventarios, fueron autorizados en septiembre de 1993 por el director general de la entidad y sirvieron como apoyo a la entidad para regular la elaboración de contratos, contratación de servicios, arrendamiento de inmuebles, entre otros, y reglamentar todos los servicios necesarios para el funcionamiento del organismo, y fue actualizado de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en noviembre de 2000.
Resultado
Se comprobó que FONACOT elaboró el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, el cual se remitió a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) el 29 de marzo de 2000 mediante correo electrónico, y copia al Órgano Interno de Control en la entidad, en el que se incluyeron los servicios revisados, en cumplimiento de los artículos 20 y 21 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y del numeral 1.1., párrafo primero de los Lineamientos para el Oportuno y Estricto Cumplimiento del Régimen Jurídico de las Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios de Cualquier Naturaleza, Obras Públicas y Servicios relacionados con éstas, emitidos por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, (SECODAM) y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 1996.
Resultado
La integración de la muestra seleccionada para la revisión del capítulo 3000 "Servicios Generales" se detalla a continuación:
INTEGRACIÓN DE LA MUESTRA
(Miles de pesos)
|
Partida |
Descripción |
Núm. de contratos revisados |
Servicios adquiridos |
Importe |
|
3106 3201 |
Servicio
de Con-ducción de Señales Analógicas
y Digitales Arrendamiento
de Edificios y Locales |
1 contrato 3 contratos |
Suministro
de servicios de
telecomunicaciones y
conducción de señales. Arrendamiento
de inmuebles. |
2,421.9 5,175.9 |
|
3404 |
Seguros
|
1 contrato |
Contratación
de servicios de seguros para bienes del Fondo. |
332.8 |
|
3409 |
Patentes,
Regalías y Otros |
5 contratos |
Contratación
de licencias de equipos de cómputo, actualización de software y
mantenimiento. |
2,422.4 |
|
3502 3503 |
Mantenimiento
y Conservación de Bienes Informáticos Mantenimiento
y Conservación de Maquinaria y Equipo |
1 contrato Sin contrato |
Mantenimiento
correctivo a equipos de cómputo propiedad de la entidad. Servicios
de mantenimiento y reparación del parque vehicular. |
1,069.8 312.6 |
|
3701 |
Pasajes
Nacionales |
1 contrato |
Servicios
de gastos de pasajes por comisión. |
1,489.0 |
|
|
Total |
12 contratos |
|
13,224.4 |
FUENTE: Reporte de auxiliares mensuales del capítulo 3000
“Servicios Generales”, contratos de servicios y papeles de trabajo del análisis
de las partidas seleccionadas.
Resultado
Con la revisión de la muestra de la partida 3106 "Servicio de Conducción de Señales Analógicas y Digitales", por 2,421.9 miles de pesos, se precisó que el monto correspondió al pago de renta por el suministro de servicios de telecomunicaciones y conducción de señales mediante la red digital integrada y la red satelital (RDI y SAT) pagada a la empresa Teléfonos de México (TELMEX).
Se constató que el servicio se formalizó el 12 de septiembre de 1994, mediante el contrato núm. TGC59409046 con TELMEX, adjudicado mediante el procedimiento de adjudicación directa, debido a que dicha empresa tiene la concesión de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para construir, instalar, mantener, operar y explotar una red pública telefónica, en cumplimiento de los artículos 28, inciso b, fracción II, 29, y 81, fracción I, de la entonces vigente Ley de Adquisiciones y Obras Públicas; asimismo, se verificó que los pagos de estos servicios contienen la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, y se recibieron en las delegaciones metropolitanas y foráneas, de conformidad con la cláusulas del contrato, y los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
Con la revisión a la muestra de la partida 3201 "Arrendamiento de Edificios y Locales" por 5,175.9 miles de pesos, se precisó que corresponde a erogaciones por los arrendamientos de tres inmuebles (contratos núms. ONC-AR-00-17, 24 y uno sin núm.) que ocupan las oficinas administrativas centrales, la Contraloría Interna y la administración local Vallejo de FONACOT, ubicadas en el Distrito Federal. Al respecto, se observó que la entidad no presentó ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), el programa anual de requerimientos en materia de arrendamiento de inmuebles, en contravención del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.
Observación
La entidad no presentó ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales el programa anual de requerimientos en materia de arrendamientos de inmuebles, en contravención del artículo cuarto del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1997.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, instruyan a la Dirección Administrativa para que en lo subsecuente, presente ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales el Programa Anual de Requerimientos en Materia de Arrendamientos de Inmuebles, de conformidad con el artículo cuarto del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1997.
Resultado
Al analizar los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24, por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, se constató que el importe mensual de renta se ajustó a lo que señalan las disposiciones del oficio circular que establece el Mecanismo para Fijar el Monto de la Renta que se aplicará durante el año 2000, para continuar la Ocupación de los Inmuebles Arrendados por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, que menciona que la dependencia o entidad arrendataria podrá convenir con el propietario del inmueble un importe de renta igual al monto pactado en el contrato anterior. En tal caso no será necesario solicitar una justipreciación de renta a la CABIN, sino únicamente notificarle y proporcionarle una copia con firmas autógrafas o certificadas del contrato celebrado, dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia del contrato respectivo, operación que FONACOT no realizó, con lo que infringió la disposición citada.
Observación
En los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24, por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, la entidad pactó con los arrendatarios un importe de renta igual al monto de los contratos anteriores; sin embargo, no informó ni envió a la CABIN una copia con las firmas autógrafas o certificadas de los contratos dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia de los mismos, en contravención de la disposición primera del Oficio circular que establece el Mecanismo para Fijar el Monto de la Renta que se aplicará durante el año 2000, para continuar la Ocupación de los Inmuebles Arrendados por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de noviembre de 1999.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que los contratos que se formalicen para el uso de inmuebles se envíen debidamente firmados dentro del plazo establecido por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, aun cuando no se incrementen las rentas, en cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
Resultado
Se precisó que los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24 por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos rebasaron el ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad solicitara la autorización a la SHCP, en contravención de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal, y del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.
Observación
Los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24 por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, excedieron el ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad solicitara la autorización a la SHCP, en contravención de los artículos 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal, y 10 del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en aquellos casos en que los contratos de arrendamiento de inmuebles comprendan dos ejercicios fiscales, solicite invariablemente la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
Resultado
En relación con el monto acordado como pago de renta por los tres inmuebles, que ocupan las oficinas administrativas centrales, la Contraloría Interna y la administración local Vallejo de FONACOT, ubicadas en el Distrito Federal. se encontró que uno (oficinas administrativas centrales) se ajustó al dictamen de justipreciación emitido por la CABIN, y los otros dos a las cláusulas de los contratos respectivos. Asimismo, los pagos por 5,175.9 miles de pesos se realizaron una vez devengados los servicios y fueron respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, de conformidad con los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; además, cumplen con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Mediante inspección física en las oficinas administrativas centrales, donde se ubica la Contraloría Interna, se constató que los inmuebles se utilizaron para el fin que fueron arrendados y no existen áreas desocupadas.
Resultado
De la muestra de la partida 3404 "Seguros", por 332.8 miles de pesos, se precisó que se formalizó un contrato con el proveedor Reliance National de México, S.A., que fue adjudicado mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 16/2000, para contratar seguros de bienes muebles e inmuebles propiedad de FONACOT, y se constató que dicho procedimiento se realizó conforme a los artículos 25, 26, fracción II, y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; asimismo, se verificó que los pagos contienen la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, en cumplimiento de los artículos quinto, de la citada ley, y 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
De la muestra seleccionada de la partida 3409 "Patentes, Regalías y Otros", por 2, 422.4 miles de pesos, se comprobó que 875.3 miles de pesos corresponden a los contratos núms. ONC-BI-00-10 (373.3 miles de pesos) y ONC-BI-00-14 (502.0 miles de pesos) para la adquisición de los servicios de mantenimiento de licencias de software así como para su actualización, los cuales fueron adjudicados mediante el procedimiento de adjudicación directa, con fundamento legal en el artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y fueron dictaminados por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en su cuarta sesión ordinaria, celebrada el 5 de julio de 2000, en cumplimiento de los artículos 22, fracción II, de la citada ley, y tercero, fracción XII y décimo primero del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestal en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2000.
No obstante lo anterior, la entidad no presentó dictamen, ni escrito que comprueben que estos proveedores son titulares de la patente o que poseen derechos de autor o exclusividad; tampoco envió a su Órgano Interno de Control el informe mensual sobre los contratos formalizados, conjuntamente con la copia del escrito ni el dictamen en el que se hicieran constar las razones de la adjudicación, en contravención de la citada ley.
Observación
La entidad no presentó el escrito que demuestre que los proveedores de los contratos núms. ONC-BI-00-10 y ONC-BI-00-14 por un monto total de 875.3 miles de pesos, son titulares de la patente, o que tienen derechos exclusivos; tampoco envió a su Órgano Interno de Control el informe mensual sobre los contratos formalizados conjuntamente con la copia del escrito ni el dictamen de las razones de la adjudicación, en contravención de los artículos 40, cuarto párrafo, y 41 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en la adjudicación de los contratos se obtenga evidencia competente que demuestre que los proveedores son titulares de la patente o tienen derechos exclusivos, de acuerdo con el artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Asimismo, que envíe a su Órgano Interno de Control el informe mensual de los contratos formalizados, conjuntamente con la copia del escrito y de un dictamen en el que se hagan constar las razones de la adjudicación, en cumplimiento de los artículos 40 y 41 de la citada ley.
Acción Promovida
00-14120-2-508-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de la documentación que justificó la adjudicación directa, con fundamento legal en el artículo 41, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de los contratos núms. ONC-BI-00-10 y ONC-BI-00-14, por un monto total de 875.3 miles de pesos; asimismo, por no haber informado a su Órgano Interno de Control, a través de un informe mensual, sobre los contratos formalizados anexando copia del escrito y dictamen de las razones de la adjudicación, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las acciones realizadas.
Resultado
Los restantes tres contratos (ONC-BI-00-06, 07 y 08) de la muestra de la partida 3409, por 558.9, 244.3 y 743.8 miles de pesos, respectivamente, que suman un total de 1,547.0 miles de pesos, correspondieron a la compra de licencias de software, adjudicados a las empresas Software Security a Services México, S.A. de C.V.; Datapoint, S.A. de C.V., y Arquitectura en Sistemas Distribuidos, S.A. de C.V., mediante el procedimiento de licitación pública nacional; se constató que los proveedores cumplieron con los requisitos que establecieron la convocatoria y las bases; asimismo, se comprobó que existen las actas de las propuestas técnicas y económicas, así como la de fallo, donde se asegura que cada uno de ellos cumplió con las condiciones legales, administrativas, financieras, técnicas y económicas requeridas, por lo que se les adjudicó el contrato respectivo a cada proveedor; los documentos fueron formalizados dentro de los plazos establecidos y por los funcionarios facultados. Todo el proceso cumplió con los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Además, se determinó que los servicios se recibieron de acuerdo con las cláusulas del contrato y en las fechas establecidas.
Resultado
De la partida 3502 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", se seleccionó para su revisión el contrato (ONC-BI-00-09) por 1,069.8 miles de pesos, que correspondió a la contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al equipo de cómputo; se precisó que los servicios se adjudicaron mediante el procedimiento de licitación pública nacional a la empresa Sinteg de México, S.A. de C.V., procedimiento que se sustentó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, en cumplimiento de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Con el análisis del proceso de licitación pública nacional, se constató que se realizó de conformidad con la normatividad establecida, en cumplimiento de los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Se precisó que los servicios se prestaron en oficinas centrales, delegaciones metropolitanas y foráneas, de conformidad con las cláusulas que estipula el contrato, y en las fechas establecidas.
Resultado
Con la revisión de la muestra de la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", por 312.6 miles de pesos, se precisó que correspondió al pago de los servicios de mantenimiento realizados al parque vehicular de FONACOT, que efectuó el proveedor Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra.
Al respecto, se constató que la entidad llevó a cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas núms. 12/2000 y 34/2000 para contratar dicho servicio; no obstante la Gerencia de Servicios Generales no proporcionó la documentación justificativa del primero, lo que impidió comprobar si cumplió efectivamente con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y del segundo, se declaró desierto el proceso, elaborándose el acta de fallo correspondiente. Asimismo, se precisó que el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular del fondo fue realizado por el prestador de servicios Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra, sin que se formalizara el compromiso correspondiente mediante la celebración de un contrato, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Observación
Se constató que FONACOT no proporcionó la documentación justificativa correspondiente al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, lo que impidió comprobar si efectivamente se efectuó conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; además, no formalizó la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, mediante un contrato con el proveedor Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra por 312.1 miles de pesos, en contravención de los artículos 44, fracción III, 69, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-006 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en lo subsecuente todas las adquisiciones de servicios se formalicen mediante celebración de contratos, en cumplimiento del artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-14120-2-508-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el proceso administrativo correspondiente, respecto de la documentación justificativa del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, que no fue proporcionada por la entidad para su análisis; además, por haber pagado el mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular sin formalizar la prestación del servicio mediante un contrato, lo anterior en contravención de los artículos 44, fracción III, 69, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las acciones realizadas.
Resultado
Se constató que los trabajos efectuados por el prestador de servicios Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra, consistieron en reparar 35 vehículos del fondo, con base en las órdenes de trabajo generadas por la oficina de mantenimiento por cada vehículo, que fueron avaladas por el jefe de oficina de Mantenimiento y el representante del taller; no obstante lo anterior, con la revisión de 137 facturas y órdenes de trabajo se detectó que 65 facturas tenían fecha de elaboración anterior a la de la orden de trabajo, en incumplimiento del procedimiento para la Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, considerado en los procedimientos para la Gerencia de Servicios Generales, autorizados por el Director General en septiembre de 1993.
Observación
Con la revisión de 137 facturas y órdenes de trabajo, correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, se constató que 65 facturas tenían fecha de elaboración anterior a la de la orden de trabajo, en incumplimiento del Procedimiento Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, en el apartado Mantenimiento Preventivo de los Vehículos del Fondo, autorizados por el Director General en junio de 1996 y actualizados en octubre de 2000.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-007 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la dirección administrativa para que la elaboración de las órdenes de trabajo del mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos se realice de manera oportuna, en cumplimiento del procedimiento Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, en el apartado Mantenimiento de Vehículos del Fondo.
Resultado
Con la revisión de la muestra seleccionada de la partida 3701 "Pasajes Nacionales" por 1,489.0 miles de pesos, se precisó que correspondió al contrato para transportación aérea que se celebró con el proveedor Garza Travel Service, S.A., de C.V., y se adjudicó mediante el procedimiento de licitación publica nacional, en cumplimiento de los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Asimismo, se constató que se pagaron pasajes a empleados de la entidad, por concepto de comisiones realizadas durante el ejercicio, que contaron con el oficio de comisión y copia del boleto; se comprobó que el oficio cuenta con la firma del titular del área responsable y de la persona comisionada, en cumplimiento del procedimiento para la autorización y comprobación por gastos de comisión, autorizado el 16 de agosto de 1993, por el Director General.
Resultado
Se constató que el registro presupuestario se realizó de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto, en las partidas del capítulo 3000 "Servicios Generales", en cumplimiento del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Asimismo, el registro contable de las operaciones revisadas se efectuó conforme al Catálogo de Cuentas y la Guía Contabilizadora autorizados por la citada secretaría, mediante el oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992, de conformidad con el artículo 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 91 de su Reglamento. Sin embargo, la entidad está aplicando en la cuenta 5102 "Otros Gastos de Administración" las afectaciones de las partidas del capítulo 3000, la que no coincide con la cuenta 840 "Costos de Administración", del catálogo de cuentas autorizado, en contravención del oficio circular emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la SHCP.
Observación
Se constató que la entidad está aplicando en la cuenta 5102 "Otros Gastos de Administración" las afectaciones de las partidas del capítulo 3000 "Servicios Generales", la cual no coincide con la 840 "Costos de Administración", autorizada en el catálogo de cuentas, en contravención del oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992 emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la SHCP.
Acción Promovida
00-14120-2-508-01-008 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan al director financiero para que los gastos se registren en las cuentas que señala el catálogo de cuentas autorizado, o en caso contrario, se sometan a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las modificaciones que se realicen, en cumplimiento de los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 91 de su Reglamento y del oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992, emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Resultado
Con las compulsas efectuadas a tres proveedores que realizaron operaciones con el FONACOT por 2,871.4 miles de pesos, se determinó que en dos casos los resultados fueron satisfactorios, ya que proporcionaron la información relacionada con los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo y de adquisición de boletos de transportación aérea; también cumplieron con la presentación de sus declaraciones de Impuesto sobre la Renta y del Valor Agregado. Respecto al proveedor C. Antar Jalil Ibarra y/o Tecnología Automotriz Coahuila, que prestó el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los automóviles del fondo, se localizó el domicilio sin embargo, ya no corresponde al citado proveedor, no obstante de la información que envió el SAT se constató que éste cuando menos en el ejercicio revisado declaró los ingresos obtenidos por el FONACOT.
Con la circularización efectuada a tres proveedores que realizaron operaciones con el FONACOT por 5,175.9 miles de pesos, se determinó que efectivamente proporcionaron la información relacionada con los servicios de arrendamiento y sus declaraciones de los impuestos sobre la Renta y del Valor Agregado.
Resultado
Con la finalidad de constatar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se solicitó información al Servicio de Administración Tributaria (SAT) respecto de siete proveedores que durante el ejercicio de 2000 prestaron sus servicios al FONACOT.
En respuesta de la solicitud mencionada, el SAT proporcionó copia de las declaraciones de impuestos trimestral y anual; normal y complementaria del año 2000; con el análisis de dicha información se concluyó que los proveedores declararon los ingresos obtenidos por los servicios prestados a la entidad durante el ejercicio auditado.
a) Observaciones y Acciones
Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública
2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 8
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo
de Acción
|
Número
|
|
Acciones
Preventivas: -
Recomendación |
8 |
|
Subtotal |
8 |
|
Acciones
Correctivas: -
Solicitud de Intervención del
Órgano Interno de Control |
2 |
|
Subtotal |
2 |
|
Total |
10
|
Del total general, 2 (20.0%) son de carácter correctivo, y 8 (80.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento de las Acciones
Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 34 recomendaciones, de las cuales se han solventado 34 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE
JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
13 |
n/r |
n/r |
21 |
34 |
|
|
a)
Solventadas |
13 |
|
|
21 |
34 |
|
b)
Por Solventar |
0 |
|
|
0 |
0 |
|
Total Emitido |
13 |
|
|
21 |
34 |
|
Total
Solventado |
13 |
|
|
21 |
34 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
|
|
100.0% |
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron revisiones al
ente público en este ejercicio.
2) Acciones
Correctivas
Se promovieron 2 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 2 (100.0%) y están en proceso de atención 0 (0.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de
acción |
Cuenta
de la Hacienda Pública Federal, 1999
|
|||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
||
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
2 |
2 |
0 |
|
|
Total |
2 |
2 |
0 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal, 1999.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de
Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por
Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
34 |
34 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
8 |
0 |
8 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
2 |
2 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
2 |
0 |
2 |
|
|
|
|
|
|
Total |
46 |
36 |
10 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Trabajo y Previsión
Social, FONACOT.