IV.6.2.FONDO DE FOMENTO Y GARANTÍA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES

IV.6.2.1.Antecedentes

 

Atribuciones

En artículo 2o. del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de agosto de 1985, se indican las modificaciones al Decreto de creación de la entidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1974, quedando como fines los siguientes:

“I.                 Garantizar los créditos institucionales otorgados a los trabajadores para la adquisición de bienes de consumo duradero, bienes perecederos, y para la obtención de servicios;

II.                 Garantizar los créditos, o en su caso, otorgar financiamiento, para la operación de los almacenes y tiendas a que se refiere el artículo 103 de la Ley Federal del Trabajo;

III.             Fomentar el ahorro de los trabajadores;

IV.                 Facilitar a los trabajadores la obtención de condiciones adecuadas de crédito y precios que les procuren un mayor poder adquisitivo;

V.            Otorgar directamente créditos a los trabajadores para la adquisición de bienes de consumo duradero y de consumo perecedero;

VI.           Operar como institución descontadora para el sistema bancario respecto de operaciones de crédito relacionadas con la adquisición de bienes de consumo duradero, de consumo perecedero o de servicios;

VII.                 Coadyuvar al establecimiento y desarrollo de procedimientos que tiendan a elevar la calidad, disminuir el precio y facilitar la adquisición de bienes de consumo duradero, de consumo perecedero y la obtención de servicios;

VIII.                 Establecer y operar registros de afiliación de sujetos de créditos y de proveedores;

IX.                 Fomentar y establecer mecanismos destinados a orientar y proteger a los consumidores; y

 

X.                 Promover entre los usuarios el mejor aprovechamiento del salario y contribuir a la orientación de su gasto familiar de manera que satisfaga en la mayor medida posible las necesidades de una vida digna, como lo prescribe la fracción VI del Artículo 123 de la Constitución General de la República.”

 


Situación Presupuestaria

A continuación  se  presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

INGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Corrientes

 

Presupuesto

recaudado

 

Total

Corrientes

 

 

 

 

 

1,837,621

1,837,621

 

 

 

 

1,704,707

1,704,707

 

 

 

 

 

 

1,858,328

1,858,328

 

 

 

 

1,540,222

1,540,222

 

 

 

 

 

 

      20,707

      20,707

 

 

 

 

(164,485)

(164,485)

 

 

 

 

 

1

1

 

 

 

 

(10)

(10)

 

FUENTES:    Información Presupuestal Original y Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales 1999 y 2000, proporcionada por la entidad.

 

 


 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

 

 

 

 

 

1,639,038

296,594

1,342,444

 

 

 

 

1,313,949

278,111

1,035,838

 

 

 

 

 

 

1,646,663

326,841

1,319,822

 

 

 

 

1,525,305

268,214

1,257,091

 

 

 

 

 

            7,625

           30,247

(22,622)

 

 

 

 

        211,356

(9,897)

         221,253

 

 

 

 

 

           -

          10

  (2)

 

 

 

 

          16

(4)

          21

FUENTES:            Información Presupuestal Original y Ejercida, Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto 1999 y 2000, proporcionada por la entidad.

                     


Situación Financiera

A continuación se presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y 1999.

 

SITUACIÓN FINANCIERA

 (Miles de pesos)

 

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

2000

 

 

1999

 

 

 

ACTIVO

 

Circulante

Fijo

Otro

 

 

 

4,740

1,680,019

127,833

 

 

 

1,425,684

25,212

104,745

 

 

 

 

(1,420,944)

     1,654,807

          23,088

Suma el activo

 

1,812,592

 

1,555,641

 

 

         256,951

 

PASIVO

 

A corto plazo

 

 

 

 

1,413,229

 

 

 

 

1,297,663

 

 

 

 

 

        115,566

Suma el pasivo

 

1,413,229

 

1,297,663

 

 

         115,566

 

 

PATRIMONIO

 

399,363

 

257,978

 

 

        141,385

 

 

Suman el pasivo

y el patrimonio

 

1,812,592

 

1,555,641

 

 

        256,951

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTES:    Estados Financieros Dictaminados por Auditor Independiente 2000 (comparativo 1999).

 


Actividades Institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 10 “Laboral”.

Programa Sectorial 28 “Programa de Empleo, Capacitación y Defensa de los Derechos Laborales”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades Institucionales 403 “Captar Recursos Financieros”, 405 “Otorgar Créditos” y 701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros”.

El objetivo de la actividad 403 consistió en elevar el nivel de recuperación de cartera.

Su meta consistió en recuperar el 121% (1,555.0 millones de pesos) de los 1,288.0 millones de pesos de otorgamiento.

La actividad 405 tenía como objetivo otorgar créditos preferenciales a trabajadores de bajos ingresos.

La meta consistió en beneficiar a trabajadores afiliados al IMSS (7,981.7 millones) mediante el otorgamiento de 252,000 créditos (3%).

Finalmente, el objetivo de la actividad 701 consistió en apoyar las funciones de la entidad.

Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/

 

Tipos de Revisión

Con el oficio núm. OASF-F-238/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C. Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. C.P. Arsenio Díaz Escalante, Director General del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, la inclusión del fondo en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 

IV.6.2.2.Resumen de Resultados

 

Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 “Servicios Generales”

En la muestra revisada, por 13,224.4 miles de pesos, se identificó que:

1.                   La entidad no tiene un sistema adecuado para el manejo y control del presupuesto por partida presupuestal, y el que opera no le permite obtener evidencia de las adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido.

2.                    La entidad no presentó ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales el programa anual de requerimientos en materia de arrendamientos de inmuebles, ni envió de dos contratos las copias con las firmas autógrafas o certificadas en donde se pactó con los arrendatarios un importe igual de renta, dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia de éstos.

3.                   Dos contratos de arrendamiento de inmuebles, por 4,803.3 miles de pesos, rebasaron el ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad haya solicitado la autorización correspondiente a la SHCP.

4.                   En dos contratos por 875.3 miles de pesos, adjudicados con fundamento legal en el artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y que fueron dictaminados por el Comité de Adquisiciones, no se presentó el escrito que acreditara que los proveedores son titulares de la patente o poseen derechos exclusivos, tampoco envió a su Órgano Interno de Control el informe mensual de los contratos formalizados conjuntamente con la copia del escrito y con el dictamen en el que constara las razones de la adjudicación.

5.                   No se proporcionó la documentación justificativa del gasto del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, lo que impidió comprobar si efectivamente se cumplió con la normatividad establecida.

6.                   No se formalizó la prestación del servicio de mantenimiento de maquinaria y equipo a través de un contrato por 312.1 miles de pesos.

7.                   Las órdenes de trabajo para el mantenimiento de vehículos no se realizan en forma oportuna; el registro contable del gasto, se está aplicando en la cuenta 5102 “Otros Gastos de Administración”, la cual no coincide con la cuenta 840 “Costos de Administración”, autorizada en el catálogo de cuentas.

 

IV.6.2.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

IV.6.2.3.1.Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales"

 

Objetivo

Comprobar que el gasto por concepto de "Servicios Generales" se autorizó, justificó y comprobó; que los servicios se recibieron en la entidad; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones al presupuesto se efectuaron de acuerdo con el Manual de Normas Presupuestarias y que su registro presupuestal y contable se ajustó a la normatividad.

 

Criterios de Selección

Según la Evaluación Financiera y Presupuestal del Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto al 31 de diciembre de 2000, el Capítulo 3000 "Servicios Generales" presentó una erogación de 63,831.0 miles de pesos, que equivale al 23.8% del gasto corriente de operación (268,214.0 miles de pesos).

En el Dictamen Presupuestal e Informe Ejecutivo se menciona que el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) no cuenta con un sistema de información automatizado que le permita conocer, obtener y controlar el ejercicio presupuestal en línea con el sistema contable. El control se efectúa mediante un sistema denominado Conta-Fiscal 2000 y hojas de trabajo adicionales, en donde no queda evidencia de las continuas afectaciones y modificaciones del presupuesto, las transferencias entre partidas de un mismo gasto ni es posible identificar los montos comprometidos por partida presupuestal.

 

Alcance

Para la revisión del capítulo 3000 "Servicios Generales" se seleccionó una muestra de 13,224.4 miles de pesos, que representó el 20.7% del monto ejercido (63,831.0 miles de pesos).

 

Áreas Revisadas

La revisión se efectuó en la Gerencia de Contabilidad y Presupuestos, dependiente de la Dirección Financiera y en la Gerencia de Servicios Generales e Inventarios, adscrita a la Dirección Administrativa de FONACOT.

 

Resultado

La Dirección de Programación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en su carácter de coordinadora, informó a FONACOT el presupuesto original autorizado para el capítulo 3000 "Servicios Generales", que ascendió a 79,746.7 miles de pesos, se realizaron seis adecuaciones presupuestales internas por 12,128.3 miles de pesos, entre partidas de ese mismo capítulo; por lo tanto, no se modificó la asignación original, de la cual se ejercieron 63,831.0 miles de pesos, y quedó un remanente de 15,915.7 miles de pesos. Al ser recursos propios se consideraron como disponibilidades, para ser aplicados en la operación, y fueron notificados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mediante el Sistema Integral de Información, en cumplimiento del oficio núm. 101.-1601 que establece los Lineamientos sobre Nuevas Reglas en el Manejo de Disponibilidades Financieras del Sector Público y del Mecanismo Necesario para su Información, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1999.

Cabe señalar que las seis adecuaciones presupuestales internas se elaboraron de conformidad con el numeral 170 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2000.

Resultado

Para constatar la funcionalidad del sistema para el manejo y control del presupuesto, se efectuaron pruebas para conocer el registro por partida presupuestal autorizado, modificado, comprometido y ejercido; al respecto, se observó que el sistema de FONACOT no permite conciliar la partida presupuestal con el sistema contable; además, no se deja evidencia de las adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido, en contravención de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y de su Reglamento.

 

Observación 

La entidad carece de un sistema de registro presupuestal adecuado para su manejo y control por partida presupuestal, ya que el que opera no permite conciliar cifras con el sistema contable; además, su procedimiento no deja evidencia de las adecuaciones presupuestales ni del presupuesto comprometido, en contravención de los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 100 de su Reglamento.

Al respecto, la Coordinación de Planeación y Gestión de la entidad informó que en abril de 2001 fue aprobado el Plan Estratégico del FONACOT 2001-2006 por el Órgano de Gobierno, en el se considera la modernización tecnológica; posteriormente, en julio de ese mismo año fue aprobado el Programa de Modernización Tecnológica, por lo que a partir de septiembre comenzaron los trabajos para definir la guía contable presupuestal y los demás estudios conceptuales que requeriría la implantación del Sistema de Administración Integral (SAI).

En diciembre de 2001 se completó la adquisición de los equipos de cómputo necesarios para el sistema y de inmediato se procedió a coordinar en forma paralela los procesos de contabilidad y nómina, lo que terminó en mayo de 2002; además, se inició la asignación del presupuesto para los demás capítulos, que se pretende aprobar en julio para posteriormente empezar en agosto las pruebas de interfases con los demás sistemas, con lo cual se espera operar de manera automatizada el 100% del presupuesto en septiembre de 2002.

 


Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-001      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Financiera, a efecto de que continúe con la implantación del sistema contable que consigne la evidencia del proceso y control de las adecuaciones presupuestales y el presupuesto comprometido, de conformidad con los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 100 de su Reglamento.

 

Resultado

Al comparar las cifras registradas en el Estado del Ejercicio Presupuestal elaborado por la Gerencia de Contabilidad y Presupuestos, con las del Estado de Resultados dictaminado al 31 de diciembre de 2000 y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, respecto del presupuesto autorizado, modificado y ejercido no se determinaron diferencias, en cumplimiento de los artículos 83 y 101 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Resultado

Se determinó que FONACOT cuenta con el Manual General de Organización, aprobado por el H. Comité Técnico de Distribución del Fondo en la sesión ordinaria del 4 de marzo de 1996, mediante el acuerdo núm. CT 33/96, de conformidad con el artículo 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; por lo que se refiere a los procedimientos para la Gerencia de Servicios Generales e Inventarios, fueron autorizados en septiembre de 1993 por el director general de la entidad y sirvieron como apoyo a la entidad para regular la elaboración de contratos, contratación de servicios, arrendamiento de inmuebles, entre otros, y reglamentar todos los servicios necesarios para el funcionamiento del organismo, y fue actualizado de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en noviembre de 2000.

 


Resultado

Se comprobó que FONACOT elaboró el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, el cual se remitió a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) el 29 de marzo de 2000 mediante correo electrónico, y copia al Órgano Interno de Control en la entidad, en el que se incluyeron los servicios revisados, en cumplimiento de los artículos 20 y 21 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y del numeral 1.1., párrafo primero de los Lineamientos para el Oportuno y Estricto Cumplimiento del Régimen Jurídico de las Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios de Cualquier Naturaleza, Obras Públicas y Servicios relacionados con éstas, emitidos por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, (SECODAM) y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 1996.

 

Resultado

La integración de la muestra seleccionada para la revisión del capítulo 3000 "Servicios Generales" se detalla a continuación:

 


INTEGRACIÓN DE LA  MUESTRA

(Miles de pesos)

Partida

Descripción

Núm. de contratos

revisados

Servicios adquiridos

Importe

 

3106

 

 

 

3201

 

Servicio de Con-ducción de Señales

Analógicas y Digitales

 

Arrendamiento de Edificios y Locales

 

  1 contrato

 

 

 

 3 contratos

 

Suministro de servicios

de telecomunicaciones

y conducción de señales.

 

Arrendamiento de inmuebles.

 

     2,421.9

 

 

 

     5,175.9

 

3404

 

Seguros

 

 1 contrato

 

Contratación de servicios de seguros para bienes del Fondo.

 

        332.8

 

3409

 

Patentes, Regalías y Otros

 

 5 contratos

 

Contratación de licencias de equipos de cómputo, actualización de software y mantenimiento.

 

 

     2,422.4

3502

 

 

 

 

3503

Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos

 

 

Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo

1 contrato

 

 

 

 

Sin contrato

Mantenimiento correctivo a equipos de cómputo propiedad de la entidad.

 

 

Servicios de mantenimiento y reparación del parque vehicular.

     1,069.8

 

 

 

 

        312.6

 

3701

 

Pasajes Nacionales

 

 1 contrato

 

 

Servicios de gastos de pasajes por comisión.

 

 

      1,489.0

 

Total

12 contratos

 

    13,224.4

FUENTE: Reporte de auxiliares mensuales del capítulo 3000 “Servicios Generales”, contratos de servicios y papeles de trabajo del análisis de las partidas seleccionadas.

 

Resultado

Con la revisión de la muestra de la partida 3106 "Servicio de Conducción de Señales Analógicas y Digitales", por 2,421.9 miles de pesos, se precisó que el monto correspondió al pago de renta por el suministro de servicios de telecomunicaciones y conducción de señales mediante la red digital integrada y la red satelital (RDI y SAT) pagada a la empresa Teléfonos de México (TELMEX).

Se constató que el servicio se formalizó el 12 de septiembre de 1994, mediante el contrato núm. TGC59409046 con TELMEX, adjudicado mediante el procedimiento de adjudicación directa, debido a que dicha empresa tiene la concesión de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para construir, instalar, mantener, operar y explotar una red pública telefónica, en cumplimiento de los artículos 28, inciso b, fracción II, 29, y 81, fracción I, de la entonces vigente Ley de Adquisiciones y Obras Públicas; asimismo, se verificó que los pagos de estos servicios contienen la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, y se recibieron en las delegaciones metropolitanas y foráneas, de conformidad con la cláusulas del contrato, y los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del  Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Resultado

Con la revisión a la muestra de la partida 3201 "Arrendamiento de Edificios y Locales" por 5,175.9 miles de pesos, se precisó que corresponde a erogaciones por los arrendamientos de tres inmuebles (contratos núms. ONC-AR-00-17, 24 y uno sin núm.) que ocupan las oficinas administrativas centrales, la Contraloría Interna y la administración local Vallejo de FONACOT, ubicadas en el Distrito Federal. Al respecto, se observó que la entidad no presentó ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), el programa anual de requerimientos en materia de arrendamiento de inmuebles, en contravención del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.

 

Observación 

La entidad no presentó ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales el programa anual de requerimientos en materia de arrendamientos de inmuebles, en contravención del artículo cuarto del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1997.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-002      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, instruyan a la Dirección Administrativa para que en lo subsecuente, presente ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales el Programa Anual de Requerimientos en Materia de Arrendamientos de Inmuebles, de conformidad con el artículo cuarto del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1997.

 

Resultado

Al analizar los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24, por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, se constató que el importe mensual de renta se ajustó a lo que señalan las disposiciones  del oficio circular que establece el Mecanismo para Fijar el Monto de la Renta que se aplicará durante el año 2000, para continuar la Ocupación de los Inmuebles Arrendados por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, que menciona que la dependencia o entidad arrendataria podrá convenir con el propietario del inmueble un importe de renta igual al monto pactado en el contrato anterior. En tal caso no será necesario solicitar una justipreciación de renta a la CABIN, sino únicamente notificarle y proporcionarle una copia con firmas autógrafas o certificadas del contrato celebrado, dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia del contrato respectivo, operación que FONACOT no realizó, con lo que infringió la disposición citada.

 

Observación 

En los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24, por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, la entidad pactó con los arrendatarios un importe de renta igual al monto de los contratos anteriores; sin embargo, no informó ni envió a la CABIN una copia con las firmas autógrafas o certificadas de los contratos dentro de los 60 días siguientes al inicio de la vigencia de los mismos, en contravención de la disposición  primera del Oficio circular que establece el Mecanismo para Fijar el Monto de la Renta que se aplicará durante el año 2000, para continuar la Ocupación de los Inmuebles Arrendados por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de noviembre de 1999.

 


Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-003      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que los contratos que se formalicen para el uso de inmuebles se envíen debidamente firmados dentro del plazo establecido por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, aun cuando no se incrementen las rentas, en cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

 

Resultado

Se precisó que los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24 por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos rebasaron el ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad solicitara la autorización a la SHCP, en contravención de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal, y del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por Parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.

 

Observación 

Los contratos de arrendamiento de inmuebles núms. ONC-AR-00-17 y 24 por 4,182.3 y 621.0 miles de pesos, respectivamente, excedieron el ejercicio fiscal de 2000, sin que la entidad solicitara la autorización a la SHCP, en contravención de los artículos 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico Federal, y 10 del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-004      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en aquellos casos en que los contratos de arrendamiento de inmuebles comprendan dos ejercicios fiscales, solicite invariablemente la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y de las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

 

Resultado

En relación con el monto acordado como pago de renta por los tres inmuebles, que ocupan las oficinas administrativas centrales, la Contraloría Interna y la administración local Vallejo de FONACOT, ubicadas en el Distrito Federal. se encontró que uno (oficinas administrativas centrales) se ajustó al dictamen de justipreciación emitido por la CABIN, y los otros dos a las cláusulas de los contratos respectivos. Asimismo, los pagos por 5,175.9 miles de pesos se realizaron una vez devengados los servicios y fueron respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, de conformidad con los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; además,  cumplen con los requisitos fiscales que señalan los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Mediante inspección física en las oficinas administrativas centrales, donde se ubica la Contraloría Interna, se constató que los inmuebles se utilizaron para el fin que fueron arrendados y no existen áreas desocupadas.

 

Resultado

De la muestra de la partida 3404 "Seguros", por 332.8 miles de pesos, se precisó que se formalizó un contrato con el proveedor Reliance National de México, S.A., que fue adjudicado mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 16/2000, para contratar seguros de bienes muebles e inmuebles propiedad de FONACOT, y se constató que dicho procedimiento se realizó conforme a los artículos 25, 26, fracción II, y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; asimismo, se verificó que los pagos contienen la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, en cumplimiento de los artículos quinto, de la citada ley, y 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 


Resultado

De la muestra seleccionada de la partida 3409 "Patentes, Regalías y Otros", por 2, 422.4 miles de pesos, se comprobó que 875.3 miles de pesos corresponden a los contratos núms. ONC-BI-00-10 (373.3 miles de pesos) y ONC-BI-00-14 (502.0 miles de pesos) para la adquisición de los servicios de mantenimiento de licencias de software así como para su actualización, los cuales fueron adjudicados mediante el procedimiento de adjudicación directa, con fundamento legal en el artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y fueron dictaminados por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en su cuarta sesión ordinaria, celebrada el 5 de julio de 2000, en cumplimiento de los artículos 22, fracción II, de la citada ley, y tercero, fracción XII y décimo primero del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestal en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2000.

No obstante lo anterior, la entidad no presentó dictamen, ni escrito que comprueben que estos proveedores son titulares de la patente o que poseen derechos de autor o exclusividad; tampoco envió a su  Órgano Interno de Control el informe mensual sobre los contratos formalizados,  conjuntamente con la copia del escrito ni el dictamen en el que se hicieran constar las razones de la adjudicación, en contravención de la citada ley.

 

Observación 

La entidad no presentó el escrito que demuestre que los proveedores de los contratos núms. ONC-BI-00-10 y ONC-BI-00-14 por un monto total de 875.3 miles de pesos, son titulares de la patente, o que tienen derechos exclusivos; tampoco envió a su Órgano Interno de Control el informe mensual sobre los contratos formalizados conjuntamente con la copia del escrito ni el dictamen de las razones de la adjudicación, en contravención de los artículos 40, cuarto párrafo, y 41 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-005      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en la adjudicación de los contratos se obtenga evidencia competente que demuestre que los proveedores son titulares de la patente o tienen derechos exclusivos, de acuerdo con el artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Asimismo, que envíe a su Órgano Interno de Control el informe mensual de los contratos formalizados, conjuntamente con la copia del escrito y de un dictamen en el que se hagan constar las razones de la adjudicación, en cumplimiento de los artículos 40 y 41 de la citada ley.

 

Acción Promovida

00-14120-2-508-02-001      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo procedente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de la documentación que justificó la adjudicación directa, con fundamento legal en el artículo 41, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de los contratos núms. ONC-BI-00-10 y ONC-BI-00-14, por un monto total de 875.3 miles de pesos; asimismo, por no haber informado a su Órgano Interno de Control, a través de un informe mensual, sobre los contratos formalizados anexando copia del escrito y dictamen de las razones de la adjudicación, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las acciones realizadas.

 

Resultado

Los restantes tres contratos (ONC-BI-00-06, 07 y 08) de la muestra de la partida 3409, por 558.9, 244.3 y 743.8 miles de pesos, respectivamente, que suman un total de 1,547.0 miles de pesos, correspondieron a la compra de licencias de software, adjudicados a las empresas Software Security a Services México, S.A. de C.V.; Datapoint, S.A. de C.V., y Arquitectura en Sistemas Distribuidos, S.A. de C.V., mediante el procedimiento de licitación pública nacional; se constató que los proveedores cumplieron con los requisitos que establecieron la convocatoria y las bases; asimismo, se comprobó que existen las actas de las propuestas técnicas y económicas, así como la de fallo, donde se asegura que cada uno de ellos cumplió con las condiciones legales, administrativas, financieras, técnicas y económicas requeridas, por lo que se les adjudicó el contrato respectivo a cada proveedor; los documentos fueron formalizados dentro de los plazos establecidos y por los funcionarios facultados. Todo el proceso cumplió con los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Además, se determinó que los servicios se recibieron de acuerdo con las cláusulas del contrato y en las fechas establecidas.

 

Resultado

De la partida 3502 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", se seleccionó para su revisión el contrato (ONC-BI-00-09) por 1,069.8 miles de pesos, que correspondió a la contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al equipo de cómputo; se precisó que los servicios se adjudicaron mediante el procedimiento de licitación pública nacional a la empresa Sinteg de México, S.A. de C.V., procedimiento que se sustentó con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, en cumplimiento de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Con el análisis del proceso de licitación pública nacional, se constató que se realizó de conformidad con la normatividad establecida, en cumplimiento de los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Se precisó que los servicios se prestaron en oficinas centrales, delegaciones metropolitanas y foráneas, de conformidad con las cláusulas que estipula el contrato, y en las fechas establecidas.

 

Resultado

Con la revisión de la muestra de la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", por 312.6 miles de pesos, se precisó que correspondió al pago de los servicios de mantenimiento realizados al parque vehicular de FONACOT, que efectuó el proveedor Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra.

Al respecto, se constató que la entidad llevó a cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas núms. 12/2000 y 34/2000 para contratar dicho servicio; no obstante la Gerencia de Servicios Generales no proporcionó la documentación justificativa del primero, lo que impidió comprobar si cumplió efectivamente con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y del segundo, se declaró desierto el proceso, elaborándose el acta de fallo correspondiente. Asimismo, se precisó que el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular del fondo fue realizado por el prestador de servicios Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra, sin que se formalizara el compromiso correspondiente mediante la celebración de un contrato, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Observación 

Se constató que FONACOT no proporcionó la documentación justificativa correspondiente al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, lo que impidió comprobar si efectivamente se efectuó conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; además, no formalizó la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, mediante un contrato con el proveedor Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra por 312.1 miles de pesos, en contravención de los artículos 44, fracción III, 69, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-006      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la Dirección Administrativa para que en lo subsecuente todas las adquisiciones de servicios se formalicen mediante celebración de contratos, en cumplimiento del artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-02-002      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el proceso administrativo correspondiente, respecto de la documentación justificativa del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas núm. 12/2000, que no fue proporcionada por la entidad para su análisis; además, por haber pagado el mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular sin formalizar la prestación del servicio mediante un contrato, lo anterior en contravención de los artículos 44, fracción III, 69, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las acciones realizadas.

 

Resultado

Se constató que los trabajos efectuados por el prestador de servicios Tecnología Automotriz Coahuila y/o Antar Jalil Ibarra, consistieron en reparar 35 vehículos del fondo, con base en las órdenes de trabajo generadas por la oficina de mantenimiento por cada vehículo, que fueron avaladas por el jefe de oficina de Mantenimiento y el representante del taller; no obstante lo anterior, con la revisión de 137 facturas y  órdenes de trabajo se detectó que 65 facturas tenían fecha de elaboración anterior a la de la orden de trabajo, en incumplimiento del procedimiento para la Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, considerado en los procedimientos para la Gerencia de Servicios Generales, autorizados por el Director General en septiembre de 1993.

 

Observación 

Con la revisión de 137 facturas y órdenes de trabajo, correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular, se constató que 65 facturas tenían fecha de elaboración anterior a la de la orden de trabajo, en incumplimiento del Procedimiento Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, en el  apartado Mantenimiento Preventivo de los Vehículos del Fondo, autorizados por el Director General en junio de 1996 y actualizados en octubre de 2000.

 

Acción Promovida

00-14120-2-508-01-007      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan a la dirección administrativa para que la elaboración de las órdenes de trabajo del mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos se realice de manera oportuna, en cumplimiento del procedimiento Asignación y Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Vehículos Propiedad de FONACOT, en el apartado Mantenimiento de Vehículos del Fondo.

 

Resultado

Con la revisión de la muestra seleccionada de la partida 3701 "Pasajes Nacionales" por 1,489.0 miles de pesos, se precisó que correspondió al contrato para transportación aérea que se celebró con el proveedor Garza Travel Service, S.A., de C.V., y se adjudicó mediante el procedimiento de licitación publica nacional, en cumplimiento de los artículos 25, 26, fracción I, 27, 28, fracción I, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Asimismo, se constató que se pagaron pasajes a empleados de la entidad, por concepto de comisiones realizadas durante el ejercicio, que contaron con el oficio de comisión y copia del boleto; se comprobó que el oficio cuenta con la firma del titular del área responsable y de la persona comisionada, en cumplimiento del procedimiento para la autorización y comprobación por gastos de comisión, autorizado el 16 de agosto de 1993, por el Director General.

 

Resultado

Se constató que el registro presupuestario se realizó de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto, en las partidas del capítulo 3000 "Servicios Generales", en cumplimiento del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Asimismo, el registro contable de las operaciones revisadas se efectuó conforme al Catálogo de Cuentas y la Guía Contabilizadora autorizados por la citada secretaría, mediante el oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992, de conformidad con el artículo 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 91 de su Reglamento. Sin embargo, la entidad está aplicando en la cuenta 5102 "Otros Gastos de Administración" las afectaciones de las partidas del capítulo 3000, la que no coincide con la cuenta 840 "Costos de Administración", del catálogo de cuentas autorizado, en contravención del oficio circular emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la SHCP.

 

Observación 

Se constató que la entidad está aplicando en la cuenta 5102 "Otros Gastos de Administración" las afectaciones de las partidas del capítulo 3000 "Servicios Generales", la cual no coincide con la 840 "Costos de Administración", autorizada en el catálogo de cuentas, en contravención del oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992 emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la SHCP.

 

Acción Promovida   

00-14120-2-508-01-008      Recomendación

Es necesario que las autoridades superiores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores instruyan al director financiero para que los gastos se registren en las cuentas que señala el catálogo de cuentas autorizado, o en caso contrario, se sometan a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las modificaciones que se realicen, en cumplimiento de los artículos 39 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 91 de su Reglamento y del oficio circular núm. 1160 del 9 de octubre de 1992, emitido por la Comisión Nacional Bancaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

Resultado

Con las compulsas efectuadas a tres proveedores que realizaron operaciones con el FONACOT por 2,871.4 miles de pesos, se determinó que en dos casos los resultados fueron satisfactorios, ya  que proporcionaron la información relacionada con los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo y de adquisición de boletos de transportación aérea; también cumplieron con la presentación de sus declaraciones de Impuesto  sobre  la  Renta  y  del  Valor  Agregado. Respecto al proveedor C. Antar Jalil Ibarra y/o Tecnología Automotriz Coahuila, que prestó el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los automóviles del fondo, se localizó el domicilio sin embargo, ya no corresponde al citado proveedor, no obstante de la información que envió el SAT se constató que éste cuando menos en el ejercicio revisado declaró los ingresos obtenidos por el FONACOT.

Con la circularización efectuada a tres proveedores que realizaron operaciones con el FONACOT por 5,175.9 miles de pesos, se determinó que efectivamente proporcionaron la información relacionada con los servicios de arrendamiento y sus declaraciones de los impuestos sobre la Renta y del Valor Agregado.

 

Resultado

Con la finalidad de constatar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se solicitó información al Servicio de Administración Tributaria (SAT) respecto de siete proveedores que durante el ejercicio de 2000 prestaron sus servicios al FONACOT.

En respuesta de la solicitud mencionada, el SAT proporcionó copia de las declaraciones de impuestos trimestral y anual; normal y complementaria del año 2000; con el análisis de dicha información se concluyó que los proveedores declararon los ingresos obtenidos por los servicios prestados a la entidad durante el ejercicio auditado.

 

IV.6.2.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 

 a)                           Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 8 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:

 

ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

               

Tipo de Acción

Número

 

Acciones Preventivas:

 

-                  Recomendación

 

 

 

8

Subtotal

8

Acciones Correctivas:

 

-                  Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control 

 

 

 

2

 

Subtotal

2

Total

10

 

Del total general, 2 (20.0%) son de carácter correctivo, y 8 (80.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.

b)                Seguimiento de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores

1)             Acciones Preventivas

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 34 recomendaciones, de las cuales se han solventado 34 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:

 

 

SITUACIÓN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS

AL 30 DE JUNIO DE 2002


Concepto

Cuenta de la Hacienda Pública

Total

1996

1997

1998

1999

Recomendaciones

13

n/r

n/r

21

34

a)       Solventadas

 

13

 

 

 

21

 

34

b)       Por Solventar

0

 

 

0

0

Total Emitido

13

 

 

21

34

Total Solventado

13

 

 

21

34

Porcentaje de Avance

100.0%

 

 

100.0%

100.0%

n/r: no revisado. No se practicaron revisiones al ente público en este ejercicio.

 

 

2)                 Acciones Correctivas

Se promovieron 2 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 2 (100.0%) y están en proceso de atención 0 (0.0%), como se presenta a continuación:

Tipo de acción

Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999

Emitidas

Solventadas

En proceso

de atención

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control *

2

2

0

 

Total

2

2

0

*Este tipo de acciones fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999.


c)                Resumen de Acciones Promovidas

 

Tipo de Acción

Emitidas

Solventadas

Por Solventar

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

34

34

0

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

8

0

8

 

 

 

 

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

2

2

0

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

2

0

2

 

 

 

 

Total

46

36

10

 



[1]/       Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Trabajo y Previsión Social, FONACOT.