Atribuciones
El Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados, publicado en el
Diario Oficial de la Federación del 25 de noviembre de 1997, en su artículo 4o.
señala como atribuciones del Colegio las siguientes:
“I. Impartir enseñanza superior a nivel
de postgrado en las diversas áreas de las ciencias agrícolas y afines;
II. Otorgar grados académicos de maestría y doctorado,
títulos, certificados y diplomas;
III. Desarrollar e impulsar la
investigación científica y tecnológica en materia agrícola y ciencias afines,
como un medio de enriquecer la enseñanza;
IV. Establecer unidades regionales para
vincular sus actividades sustantivas con la realidad agrícola;
V. Establecer el Programa de Superación Académica a fin de
asegurar la excelencia académica;
VI. Otorgar apoyo a los programas de
formación de profesores e investigadores de los sistemas de educación superior
e investigación agrícola;
VII. Brindar asistencia técnica y
científica a las entidades públicas y privadas que lo demanden para contribuir
al desarrollo del sector agrícola;
VIII. Prestar servicios técnicos y
científicos directamente o en participación con instituciones o empresas
nacionales o extranjeras;
IX. Divulgar el conocimiento científico y
promover la transferencia de tecnología generada por el Colegio y otras
instituciones;
X. Coordinarse con otros organismos e
instituciones afines en la ejecución de investigaciones acordes con las
necesidades del desarrollo agrícola sustentable;
XI. Realizar validaciones de tecnología; y
XII.
Las demás necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones que
tiene encomendadas.”
Situación
presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
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|
Variación en 2000 |
|||
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|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Corriente Subsidios
y aportaciones Presupuesto recaudado Total Corriente Subsidios y
aportaciones |
252,336
10,247 242,089 301,980
20,000 281,980 |
313,934 21,407 292,527 363,412 21,407 342,005 |
61,598 11,160 50,438 61,432 1,407 60,025 |
24 109 21 20 7 21 |
||
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales,
1999, proporcionada por la entidad; información Presupuestal Original y Recaudada,
Estado Analítico de Ingresos Presupuestales, 2000, proporcionada por la
entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de
capital Presupuesto ejercido Total Gasto
corriente Gasto de
capital |
252,335 244,201 8,134 301,007 283,812 17,195 |
313,934 299,160
14,774 360,486 346,681
13,805 |
61,599 54,959
6,640 59,479 62,869
(3,390) |
24 23 82 20 22 (20) |
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Ejercida, Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto
1999, proporcionada por la entidad; Información Presupuestal Original y Ejercida,
Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto 2000, proporcionada por la entidad.
Situación financiera
A continuación se presenta la
situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y
1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
|
|
2000 |
|
1999 |
|
Variación en 2000 |
|
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|
|
|
|
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|||||||||||
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ACTIVO Circulante Fijo Otro |
|
26,962 233,057 2 |
|
34,585 207,834 2 |
|
|
(7,623) 25,223
- |
|
||||||
|
Suma el activo |
|
260,021 |
|
242,421 |
|
|
17,600 |
|
||||||
|
PASIVO A corto plazo |
|
29,441 |
|
42,459 |
|
|
(13,018) |
|
||||||
|
Suma el pasivo |
|
29,441 |
|
42,459 |
|
|
(13,018) |
|
||||||
|
PATRIMONIO |
|
230,580 |
|
199,962 |
|
|
30,618 |
|
||||||
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
260,021 |
|
242,421 |
|
|
17,600 |
|
||||||
|
|
|
|
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|
|
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||||||
FUENTES: Estados Financieros Dictaminados 2000 (comparativo
1999).
Actividades
institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Colegio de
Postgraduados (COLPOST), se propuso desarrollar las actividades institucionales
que se presentan a continuación.
Función 07 “Educación”.
Subfunción 04 “Educación de Postgrado”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 417 “Proporcionar Servicios de Educación” y 701
“Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros”.
El objetivo de la actividad
417 consistió en preparar profesionistas a nivel postgrado en las distintas
disciplinas agronómicas con el propósito de cubrir los diferentes
requerimientos en el medio rural.
La meta consistió en alcanzar el 36% por ciento de alumnos egresados
(286) de 800 inscritos a nivel postgrado.
La actividad 701 tuvo
como objetivo administrar, controlar y optimizar los recursos humanos,
materiales y financieros, con el propósito de eficientar las acciones y avanzar
en la modernización administrativa.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
Subfunción
06 “Ciencia y Tecnología”.
Programa Sectorial 23 “Programa de Desarrollo Educativo”.
Programa Especial 019 “Fomento de la Investigación Científica y
Tecnológica”.
Actividad Institucional 433 “Llevar a cabo la Investigación Científica y
Tecnológica”.
La
actividad tuvo como objetivo promover la investigación científica y tecnológica
que propicie el incremento de la producción y productividad agrícola, pecuaria,
forestal y agroindustrial.
La meta consistió en alcanzar
el 62% (605) de investigaciones concluidas de un total de 970 programadas.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 20 “Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.
El objetivo de la actividad consistió en administrar los recursos financieros de
aportaciones a seguridad social del Sector, con el fin de avanzar en la
modernización administrativa.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Tipos de
revisión
Con el oficio núm. OASF-F-1189/01 del 14 de septiembre de 2001, el C.
C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Dr. Benjamín Figueroa Sandoval, Director General del Colegio de Postgraduados,
la inclusión de la entidad en los trabajos de revisión de la Cuenta de la
Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo dos auditorías financieras y
de cumplimiento.
Egresos
Presupuestales de los Capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, 3000
“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
Con
la muestra revisada por 26,309.6 miles de pesos, de los capítulos 2000 (4,719.7 miles de pesos), 3000 (13,921.9
miles de pesos) y 5000 (7,668.0 miles de pesos), se comprobó que su
contratación, pago y recepción se realizó conforme a la normatividad, con
excepción de lo siguiente:
1.
En el capítulo
2000, el colegio no contó con las fianzas que garantizan el cumplimiento de 52
pedidos revisados (4,719.7 miles de pesos), y en ocho, adjudicados por
invitación a cuando menos tres personas, no se obtuvo el dictamen para el
fallo, y en un caso de adjudicación directa se fraccionó su compra.
2.
Del capítulo
3000, no se informó a la SHCP del presupuesto comprometido por 198.0 miles de
pesos, además, de ese monto no se reintegraron a la TESOFE 158.0 miles de
pesos; no se informó a la SHCP la contratación de asesorías por 222.1 miles de
pesos y se erogaron 9,753.5 miles de pesos sin contrato ni pedido. También se
observaron erogaciones por 3,841.7 miles de pesos, que en su registro no se
ajustaron al Clasificador por Objeto del Gasto y no se identificó el concepto
de la erogación de 612.1 miles de pesos; documentos comprobatorios, por 945.8
miles de pesos, no cumplen requisitos fiscales. Por otra parte, se promovió el
ejercicio de la facultad de comprobación fiscal respecto de un prestador de
servicios porque se detectó omisión en la declaración de sus ingresos obtenidos
en el Colegio, por 175.8 miles de pesos.
3.
Del capítulo
5000, 44 pedidos no contaron con las fianzas que garanticen su cumplimiento y
de esos pedidos, 15 adjudicados por invitación a cuando menos tres personas, no
contaron con dictamen para el fallo, y de otros 12 adjudicados de manera
directa, no se proporcionó la autorización del Comité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios; de 11 pedidos que no se entregaron los bienes a
tiempo, no se aplicaron sanciones económicas por 58.5 miles de pesos. Además,
en una inspección física en el Campus Córdoba, se observó que 6 computadoras
que donó la CFE, por 64.2 miles de pesos, no estaban inventariadas.
Cuentas de Balance-Activo, “Cuentas por Cobrar”
De
una muestra revisada por 10,455.2 miles de pesos, se constató que:
1.
De la cuenta
127 “Deudores Diversos”, no se han recuperado 136.4 miles de pesos de cinco
deudores.
2.
De las cuentas
155 “Fondos en Administración de Centros Regionales” y 158 “Fondos en
Administración de Institutos”, no se han comprobado ministraciones por 1,786.2
miles de pesos, que tienen una antigüedad de entre uno y cuatro años; asimismo,
se observó que las comprobaciones se efectuaron entre dos meses y cuatro años
después y que no se realizan conciliaciones respecto de los saldos por
comprobar.
3.
En las cuentas
de orden, 670 “Arrendamiento de Inmuebles por Cobrar”, 672 “Colegiaturas por
Cobrar”, 674 “Apoyos y Donativos por Cobrar” y 640 “Adeudos por Cobrar”, al
cierre de 2000, se tiene registrado un saldo total de 12,456.7 miles de pesos,
que no se reveló en los Estados Financieros dictaminados.
4.
No se cuenta
con una política que establezca el plazo de comprobación, ya que de la muestra
revisada de la cuenta de orden 640 “Adeudos por Cobrar” por 8,463.6 miles de
pesos (28 servidores públicos), de 12 adeudos no se presentó recuperación o
comprobación alguna durante el 2000 y el 2001, no obstante que su adeudo
proviene aproximadamente de 10 años; otros 6 casos que adeudaban 671.5 miles de
pesos, se incrementaron en 235.5 miles de pesos, porque se les otorgaron
recursos sin haber comprobado su adeudo anterior; en cuanto a los 10 restantes,
aun cuando comprobaron 962.0 miles de pesos, todavía se adeudan 2,235.6 miles
de pesos. Asimismo, no se han formalizado los lineamientos para la expedición
de cheques, ni reposición de fondos fijos, y se constató que en dos casos, se
solicitó la intervención del área jurídica entre cuatro años y tres años dos
meses después de la exigibilidad del cobro (INEISACH, por 81.0 miles de pesos,
y el Grupo Constructor Balcones del Mar, S.A. de C.V., por 238.7 miles de
pesos), y del primero, no se proporcionó evidencia documental de que se hayan ejercido
las acciones legales procedentes.
Objetivo
Comprobar que el gasto corriente y de inversión se autorizó, justificó y comprobó; que los bienes y servicios se recibieron en la entidad; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y que el registro presupuestario y contable se ajustó a la normatividad.
Criterios de Selección
En la Evaluación Financiera y Presupuestal se determinó mediante el análisis del Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto, que en los capítulos 2000 "Materiales y Suministros" se ejercieron 22,815.0 miles de pesos, en el 3000 "Servicios Generales" 31,861.0 miles de pesos, y en el 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" 7,668.0 miles de pesos; al respecto la entidad sólo integró pedidos y contratos por un 33.6% (20,948.0 miles de pesos), de los que, además, no informó el procedimiento de adjudicación; por lo que se dispuso revisar las adquisiciones de bienes y servicios efectuados por las diversas medidas administrativas de la entidad.
Alcance
Para la revisión se eligió una muestra de 26,309.6 miles de pesos, 42.2% del total ejercido (62,344.0 miles de pesos), integrada por 4,719.7 miles de pesos del Capítulo 2000 "Materiales y Suministros", 13,921.9 miles de pesos del Capítulo 3000 "Servicios Generales" y 7,668.0 miles de pesos del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", lo que representó el 20.7%, 43.7% y 100.0%, respectivamente, del total ejercido en estos capítulos durante el ejercicio de 2000.
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en los departamentos de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, de Adquisiciones, de Contratos y de Tesorería, dependientes de la Coordinación Financiera, así como en los institutos y en el Campus Córdoba.
Resultado
Para el Capítulo 2000 "Materiales y Suministros", la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR), autorizó al Colegio de Postgraduados un presupuesto modificado de 24,772.0 miles de pesos, de los que se ejercieron 22,815.0 miles de pesos, 92.1% lo que originó un subejercicio de 1,957.0 miles de pesos, que corresponde a los recursos propios no obtenidos de acuerdo con lo que se tenía programado recibir.
Para la revisión se eligió un importe de 4,719.7 miles de pesos, que representó el 20.7% del total del presupuesto ejercido, como se indica a continuación:
MUESTRA
DEL CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”
(Miles
de pesos)
|
Partida |
Concepto |
Núm. de
Pedidos |
Proveedores |
Descripción
de las Adquisiciones |
Tipo de
Adjudicación |
Importe |
|
2103 2201 2202 2701 2702 |
Material didáctico y de apoyo
informativo Alimentación de personas Alimentación de animales Vestuario, uniformes y blancos Prendas de protección |
9 1 11 9 22 |
Difusión Científica CD-ROM, S.A.
de C.V. (1), Difusión Científica Latinoamericana, S.A. de C.V. (6),
Impresiones Aries al Instante, S.A. de C.V. (1) y otro (1) Comercializadora Latinlac, S.A.
de C.V. Productores Agropecuarios
Tepexpan, S.A. Uniformes Finos Azteca, S.A. de
C.V. (3), Ralf, S.A. (2), otros (4) Calzado Van Vien, S.A. de C.V.
(5), Distribuidora Primex, S.A. (8), Máquinas y Sistemas Auxiliares, S.A. de
C.V. (4), otros (5) |
Libros electrónicos de
diferentes temas y autores; impresión de ejemplares de la revista
“Agrociencia”. Leche de vaca en polvo Alimento para ganado lechero Pantalones, overoles, zapatos,
etc. Botas de piel, guantes, equipo
contra lluvia, protectores, cubrebocas, pantalones, etc. |
4 I.P. 5 A.D. 1 L.P.N. 11 A.D. 7 A.D. 2 L.P.N. 18 A.D. 4 I.P. |
1,606.6 872.3 372.8 847.9 1,020.1 |
|
|
T o t a l |
52 |
|
|
|
4,719.7 |
FUENTE: Pedidos proporcionados por
la entidad y papeles de trabajo
A.D. Adjudicación
Directa
L.P.N. Licitación
Pública Nacional
I.P. Invitación
a cuando menos tres personas
Con el análisis de los 52 pedidos y los expedientes de los procedimientos para su contratación, se comprobó que tres se adjudicaron mediante licitación pública nacional, 41 por adjudicación directa y 8 por invitación a cuando menos tres personas, de conformidad con los artículos 26, 28, fracción I, 30, 31, 34, 35, 40, 41, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Se comprobó que los pedidos por 4,719.7 miles de pesos, correspondieron a transacciones realizadas en el ejercicio de 2000, las cuales estuvieron justificadas y comprobadas con documentos originales que cumplieron con los requisitos fiscales, de conformidad con los artículos 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Con el análisis de las facturas que contienen el sello de entrada al almacén de los materiales y suministros, se constató que los bienes se recibieron a tiempo en la entidad, de acuerdo con los pedidos respectivos.
Sin embargo, se constató que los 52 pedidos revisados, no contaron con las fianzas que garantizan el cumplimiento y los ocho adjudicados por invitación a cuando menos tres personas, carecen también del dictamen que sirve de base para el fallo.
Observación
De un total de 52 pedidos de la muestra por 4,719.7 miles de pesos (tres adjudicados por licitación pública nacional, 41 por adjudicación directa y ocho por invitación a cuando menos tres personas) no contaron con las fianzas que garantizan el cumplimiento; asimismo, de los ocho pedidos correspondientes a las partidas 2103 "Material Didáctico y de Apoyo Informativo" y 2702 "Prendas de Protección", que se adjudicaron mediante invitación a cuando menos tres personas, (uno asignado a Difusión Científica CD-ROM, S.A. de C.V., tres a Difusión Científica Latinoamericana, S.A. de C.V., dos a Distribuidora Primex, S.A., y dos a Máquinas y Sistemas Auxiliares, S.A. de C.V.), tampoco se obtuvo el dictamen que sirve de base para el fallo, en contravención de los artículos 40 último párrafo y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que el Departamento de Adquisiciones, en lo subsecuente, en el otorgamiento de las garantías de cumplimiento de los pedidos y contratos se ajuste a lo dispuesto por el artículo 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; asimismo, a efecto de que en las adjudicaciones por invitación a cuando menos tres personas, invariablemente, se obtenga el dictamen que sirve de base para el fallo, en cumplimiento del artículo 40, último párrafo de la citada ley.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno del Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que en los 52 pedidos revisados por 4,719.7 miles de pesos (tres por licitación pública nacional, 41 de manera directa y ocho por invitación a cuando menos tres personas), no se contó con las fianzas que garanticen el cumplimiento; asimismo, de los ocho pedidos por invitación a cuando menos tres personas, no se obtuvo el dictamen que sirve de base para el fallo, en cumplimiento de los artículos 40, último párrafo y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
En la partida 2103 "Material Didáctico y de Apoyo Informativo" se revisó una muestra por 1,606.6 miles de pesos, de los que 1,001.6 miles de pesos se pagaron al proveedor Difusión Científica Latinoamericana, S.A. de C.V., por la compra de libros electrónicos en inglés, de diferentes títulos. La compra se efectuó mediante tres pedidos adjudicados de manera directa por 885.6 miles de pesos y tres pedidos por invitación a cuando menos tres personas por 116.0 miles de pesos. Los restantes 605.0 miles de pesos se pagaron a otros tres proveedores. Se constató que todas las adquisiciones se ajustaron a los montos máximos que fija el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Resultado
Con el análisis de la muestra por 872.3 miles de pesos de la partida 2201 "Alimentación de Personas", se comprobó que se adquirieron 31,081.44 kg de leche de vaca en polvo a la empresa Comercializadora Latinlac, S.A. de C.V., solicitados por la Subdirección de Relaciones Laborares de acuerdo con un dictamen sobre zonas insalubres y/o peligrosas que emitió la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene con base en la cláusula 158 del Contrato Colectivo de Trabajo del Colegio; esta compra fue autorizada en la quinta sesión extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Colegio de Postgraduados del 9 de marzo del 2000, de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; asimismo, se comprobó que la distribución se efectuó en el Almacén General (23,272.32 kg), en Campus Puebla (4,349.28 kg) y en Campus Tabasco (3,459.84 kg) de acuerdo al calendario de entregas.
Resultado
La muestra por 372.8 miles de pesos de la partida 2202 "Alimentación de Animales" corresponde a la adquisición de 5,500 bultos de 40 kg c/u (220,000 kg), de alimento para ganado lechero, solicitado por el Instituto de Recursos Genéticos y Productividad (IREGEP), y se entregaron en los periodos de mayo-agosto y octubre-diciembre de 2000. Asimismo, se constató que esta operación se fraccionó, ya que se realizó mediante 11 pedidos (uno en febrero, uno en marzo, dos en mayo, uno en junio, uno en julio, uno en agosto, tres en octubre y uno en noviembre de 2000), adjudicados de manera directa por un total de 372.8 miles de pesos. Sin embargo, por el monto de la compra, debió adjudicarse, mediante invitación a cuando menos tres personas; por lo tanto, se infringió lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Observación
Se fraccionó la adquisición de 5,500 bultos de 40 kg c/u, de alimento para ganado lechero, toda vez que su compra se efectuó mediante 11 pedidos adjudicados de manera directa (uno en febrero, uno en marzo, dos en mayo, uno en junio, uno en julio, uno en agosto, tres en octubre y uno en noviembre de 2000), por un total de 372.8 miles de pesos, que por ese monto, debió efectuarse mediante invitación a cuando menos tres personas; lo anterior contravino lo establecido en los artículos 42, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera, para que en lo subsecuente, no se fraccionen las adquisiciones bajo los supuestos de las excepciones a la licitación pública, que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y se apeguen a lo que establece el artículo 42 del citado ordenamiento y a lo que disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación en el año que corresponda.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que se fraccionó la adquisición de 5,500 bultos de 40 kg c/u, de alimento para ganado lechero, toda vez que su compra se efectuó mediante 11 pedidos adjudicados directamente (uno en febrero, uno en marzo, dos en mayo, uno en junio, uno en julio, uno en agosto, tres en octubre y uno en noviembre de 2000), por un total de 372.8 miles de pesos; sin embargo, dado el monto, la compra debió efectuarse mediante invitación a cuando menos tres personas, en cumplimiento de los artículos 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Respecto de la muestra por 847.9 miles de pesos de la partida 2701 "Vestuario, Uniformes y Blancos", se constató que se fincaron dos pedidos: uno a Uniformes Finos Azteca, S.A. de C.V. y otro a Ralf, S.A. de C.V., empresas que resultaron ganadoras de la licitación pública nacional número 08140001-002-00, conforme al acta de fallo; el primer pedido, por 520.3 miles de pesos, (ganador en 10 partidas), y el segundo (ganador en 11 partidas), por 250.7 miles de pesos, con el objeto de cumplir con lo estipulado en la cláusula 122 del Contrato Colectivo de Trabajo del Colegio de Postgraduados.
Asimismo, se constató que se realizaron compras directas mediante siete pedidos: dos a Uniformes Finos Azteca, S.A. de C.V., por 9.1 miles de pesos; dos a Calzado Van Vien, S.A. de C.V., por 4.0 miles de pesos; uno a Máquinas y Sistemas Auxiliares, S.A. de C.V., por 1.6 miles de pesos; otro a Distribuidora Primex, S.A. de C.V., por 5.3 miles de pesos y el último pedido a Ralf, S.A. de C.V., por 56.9 miles de pesos; dichas adjudicaciones estuvieron dentro del monto máximo autorizado que establece el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Resultado
En la partida 2702 "Prendas de Protección", la muestra revisada por 1,020.1 miles de pesos, se integró como se presenta a continuación:
INTEGRACIÓN
DE LA PARTIDA 2702
“PRENDAS DE
PROTECCIÓN”
(Miles de
pesos)
|
Empresa |
Número de
Pedidos |
Importe |
|
Calzado Van Vien, S.A. de C.V. Distribuidora Primex, S.A. de C.V. Máquinas y Sistemas Auxiliares, S.A. de C.V. Ralf, S.A. de C.V. Uniformes Finos Azteca, S.A. de C.V. T O T A L |
5 8 4 1 4 _________ 22 |
644.8 212.9 132.1 2.6 27.7 ________ 1,020.1 |
FUENTE: Relación de pedidos
proporcionados por la entidad y análisis contenido en papeles de trabajo.
Estos bienes fueron solicitados por la Subdirección de Relaciones Laborales para cumplir con la cláusula 122 del Contrato Colectivo de Trabajo; asimismo, se constató que las adquisiciones se ajustaron a los montos máximos que establece el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Resultado
Para confirmar las operaciones que realizó con el Colegio durante 2000, se compulsó al proveedor Uniformes Finos Azteca, S.A. de C.V., en octubre de 2001; se constató que existe correspondencia entre el registro y la documentación del Colegio y la del proveedor. También se verificó que los ingresos obtenidos por la venta de los bienes por 557.1 miles de pesos corresponden con lo registrado en el Colegio, así como la copia de sus facturas en concepto, cantidad y precio respecto de las originales.
Además, se enviaron oficios de circularización a cuatro proveedores (Productores Agropecuarios Tepexpan, S.A. de C.V., Difusión Científica Latinoamericana, S.A. de C.V., Comercializadora Latinlac, S.A. de C.V., y Difusión Científica CD ROM, S.A. de C.V. ), del capítulo 2000 "Materiales y Suministros", con importe de 2,379.1 miles de pesos. En todos los casos, se obtuvo respuesta y se constató que la información y documentación recibida ampara las operaciones que pagó y registró el Colegio, por los bienes recibidos.
Resultado
En la revisión del capítulo 3000 "Servicios Generales", se comprobó que la SHCP, por conducto de la SAGAR, autorizó al Colegio un presupuesto modificado de 31,861.0 miles de pesos, de los que se ejercieron 31,663.0 miles de pesos (99.4%) y se comprometieron recursos fiscales por 198.0 miles de pesos; no obstante, de este último importe no se informó a la SHCP, además, se constató que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, mediante las pólizas de diario núms. 100017 y 100030 de los meses de julio y diciembre de 2000, registró el pasivo circulante por ese monto; sin embargo, esa área ya había pagado anteriormente 40.0 miles de pesos con las pólizas cheque núms. 53346 y 72657 de fechas 19 de julio y 31 de diciembre de 2000. Al respecto, durante la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, el Coordinador Financiero proporcionó una copia del aviso de reintegro por los 40.0 miles de pesos, con el sello de recibido por la Tesorería de la Federación (TESOFE), el 29 de noviembre de 2001.
En cuanto a los 158.0 miles de pesos restantes, se constató que hubo duplicidad en el registro presupuestal, debido a que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal anteriormente ya había realizado el registro de ese importe como presupuesto ejercido, mediante la póliza cheque núm. 55450 del 13 de diciembre de 2000, que correspondió al pago de los servicios de auditoría externa; a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), no se habían reintegrado esos recursos fiscales a la TESOFE, en contravención de la normatividad aplicable.
Observación
Se constató que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal no informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de un pasivo circulante por 198.0 miles de pesos; asimismo, se comprobó que de estos 198.0 miles de pesos, 158.0 miles de pesos fueron registrados presupuestalmente como ejercidos comprometidos por concepto de pago de los servicios de auditoría externa. Sin embargo, ya se habían registrado con anterioridad como ejercidos, mediante la póliza cheque núm. 55450 del 13 de diciembre de 2000. A la fecha de la revisión (noviembre de 2001), esos recursos no se habían reintegrado a la Tesorería de la Federación, en contravención de los artículos 109, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley de Servicios de Tesorería y 28 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como el 45 y 46, párrafo primero, de su Reglamento.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, se informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los pasivos circulantes, en cumplimiento del artículo 28 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente respecto de que no se han reintegrado a la TESOFE recursos fiscales por 158.0 miles de pesos, más sus respectivos rendimientos, ya que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal comprometió esos recursos en el ejercicio de 2000, para los servicios de auditoría externa, los cuales ya habían sido ejercidos mediante la póliza núm. 55450 del 13 de diciembre de 2000, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Del capítulo 3000 "Servicios Generales" se eligió para su revisión un importe de 13,921.9 miles de pesos, de los que 4,168.4 miles de pesos corresponden a erogaciones con contrato y 9,753.5 miles de pesos sin contrato; el importe seleccionado representa el 43.7% del total del presupuesto ejercido (31,861.0 miles de pesos).
Los 4,168.4 miles de pesos de erogaciones con contrato se integraron como sigue:

Con el análisis de los expedientes de los procesos de adjudicación de la
entidad, se comprobó que los 21 contratos se asignaron de la siguiente manera:
tres por licitación pública nacional, cuatro por invitación a cuando menos tres
personas y 14 de manera directa; asimismo, que se realizaron los procesos
correctamente y se cumplieron los requisitos de las licitaciones públicas y sus
excepciones, de conformidad con lo que establecen los artículos 26, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 41, 42 y 43 de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Asimismo, se comprobó que los servicios de los 21 contratos, por 4,168.4 miles de pesos, se recibieron por los titulares y usuarios de las respectivas áreas, quienes otorgaron el visto bueno en los reportes, así como en las actas de entrega-recepción de los proyectos contratados.
Resultado
Con la revisión de la muestra por 544.4 miles de pesos de la partida 3203 "Arrendamiento de Maquinaria y Equipo", se constató que la adjudicación fue dictaminada por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en la tercera sesión extraordinaria del 15 de febrero de 2000, por el servicio de fotocopiado de 31 máquinas de diferentes características; se constató la recepción de estos servicios mediante reportes de registro y visto bueno de los usuarios. Además, se comprobó que el cumplimiento de la contratación de los servicios fue garantizado mediante la fianza núm. FS806770 de la Afianzadora Monterrey AETNA, S.A., del 29 de febrero de 2000, en cumplimiento del artículo 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
En relación con la muestra por 357.7 miles de pesos de la partida 3301 "Asesoría", se constató que la contratación de los servicios, fue autorizada por el Director General del Colegio y que la contratación de AARCO Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V.; Ing. Rodolfo Vélez Rodríguez; Ivonne Jareth Ríos Márquez y Arq. Gustavo Domínguez Pérez, por un monto total de 135.6 miles de pesos, fue informada a la SHCP mediante el Sistema Integral de Información; sin embargo, la contratación de los servicios otorgados por el C. Raúl Castellanos Varela; MG Servicio y Mantenimiento Industrial, S.A. de C.V.; Lic. Manuel Zócimo Penagos Román; y el C. José Gerardo Méndez Cisneros, por importe global de 222.1 miles de pesos, no se informó a la SHCP, en contravención de lo que establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Asimismo, la entidad no se ajustó a lo establecido en el Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del año 2000, ya que no efectuó la evaluación para verificar la no existencia de trabajos similares contratados con anterioridad de tres casos, por un total de 214.6 miles de pesos (Raúl Castellanos Varela, Manuel Zócimo Penagos Román y José Gerardo Méndez Cisneros); además, no informó de la citada evaluación al Órgano Interno de Control, respecto de la contratación de las asesorías sujetas a revisión, como lo establece el citado acuerdo.
Observación
De la partida 3301 "Asesoría" se constató que no se informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la contratación de los servicios proporcionados por el C. Raúl Castellanos Varela por 172.5 miles de pesos; MG. Servicio y Mantenimiento Industrial, S.A. de C.V., por 7.5 miles de pesos; Lic. Manuel Zócimo Penagos Román, por 31.6 miles de pesos y José Gerardo Méndez Cisneros, por 10.5 miles de pesos, en contravención del artículo 40, párrafo primero, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Asimismo, la entidad no proporcionó la evaluación previa que debió realizar para contratar los servicios de asesoría de tres casos (Raúl Castellanos Varela por 172.5 miles de pesos; Manuel Zócimo Penagos Román por 31.6 miles de pesos y José Gerardo Méndez Cisneros por 10.5 miles de pesos); además no informó al Órgano Interno de Control, de las evaluaciones relativas a las asesorías sujetas a revisión, en contravención del artículo décimo, párrafo segundo, del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del año 2000.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que en lo sucesivo, se cumpla con lo que establecen, el Presupuesto de Egresos de la Federación y el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal que corresponda y demás normatividad aplicable, toda vez que en el ejercicio presupuestal 2000 no se informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la contratación de los servicios proporcionados por el C. Raúl Castellanos Varela por 172.5 miles de pesos; MG Servicio y Mantenimiento Industrial, S.A. de C.V., por 7.5 miles de pesos; Lic. Manuel Zócimo Penagos Román, por 31.6 miles de pesos y José Gerardo Méndez Cisneros, por 10.5 miles de pesos, ni se efectuó la evaluación previa a la contratación de las asesorías de tres de esos casos (Raúl Castellanos Varela; Manuel Zócimo Penagos Román y José Gerardo Méndez Cisneros); además, no se informó al Órgano Interno de Control, de las evaluaciones relativas a las asesorías sujetas a revisión.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que la entidad no se ajustó a lo dispuesto en el artículo 40, párrafo primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, y al Acuerdo que se establece en el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para ese mismo año, en su artículo décimo, párrafo segundo, ya que no se proporcionó evidencia de que se haya entregado a éste, la evaluación para la contratación de las asesorías sujetas a revisión por 357.7 miles de pesos de la partida 3301 "Asesoría", ni de que se haya realizado la citada evaluación en tres casos (Raúl Castellanos Varela por 172.5 miles de pesos; Manuel Zócimo Penagos Román por 31.6 miles de pesos y José Gerardo Méndez Cisneros por 10.5 miles de pesos); además no se informaron cuatro casos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que corresponden a los tres antes señalados y a MG Servicios y Mantenimiento Industrial, S.A. de C.V. por 7.5 miles de pesos.
Resultado
Se comprobó que la contratación de AARCO Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V., por 71.3 miles de pesos, se adjudicó mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, y no por licitación pública nacional, como lo señala el punto séptimo de los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Observación
La contratación de AARCO Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V., por 71.3 miles de pesos, registrada en la partida 3301 "Asesoría", no se realizó mediante licitación pública sino por invitación a cuando menos tres personas, en contravención del punto séptimo de los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1994.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, el Departamento de Contratos realice la contratación del asesor de seguros de bienes patrimoniales mediante licitación pública nacional, a fin de cumplir con el párrafo séptimo de los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1994.
Resultado
La muestra de los 1,393.0 miles de pesos seleccionados de la partida 3404 "Seguros" se pagaron por el servicio de aseguramiento sobre bienes patrimoniales a Seguros Comercial América, S.A. de C.V., en el periodo del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2000; la contratación fue mediante licitación pública nacional, en cumplimiento del punto tercero de los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; asimismo, se comprobó que la operación fue autorizada por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en su sesión tercera extraordinaria, de fecha 15 de febrero de 2000.
Resultado
Se constató que la muestra de la partida 3409 "Patentes, Regalías y Otros", por 451.6 miles de pesos, correspondió al pago de una licencia perpetua para la versión más reciente del sistema operativo de Microsoft Windows o Windows NT, Workstation, para utilizarse en 770 equipos de cómputo distribuidos en todo el Colegio (cuatro institutos, cinco centros regionales y las oficinas centrales); la licencia fue adquirida a la empresa Spersa Puebla, S.A. de C.V., y se ajustó a los montos máximos que estableció el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Resultado
En relación con la muestra de los 374.0 miles de pesos de la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", se constató que se adjudicó de manera directa a los siguientes prestadores de servicios:

En cuanto a los 95.4 miles de pesos de Elevadores Schindler, S.A. de C.V., el Departamento de Contratos no proporcionó el expediente sobre la adjudicación de los servicios de este proveedor debido a que se encuentra extraviado; al respecto, la Dirección Jurídica del Colegio elaboró una acta administrativa el 19 de noviembre de 2001, para que se realice la investigación correspondiente.
Observación
El Departamento de Contratos no proporcionó a la Auditoría Superior de la Federación el expediente sobre la adjudicación del contrato núm. CP-SP-002/00, con el proveedor Elevadores Schindler, S.A. de C.V., por 95.4 miles de pesos, debido a que se encuentra extraviado, en contravención del artículo 56 último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; esa situación originó que la Dirección Jurídica del Colegio elaborara una acta administrativa el 19 de noviembre de 2001, para que se realicen las investigaciones procedentes.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto del expediente extraviado relativo al contrato CP-SP-002/00 sin fecha, adjudicado a Elevadores Schindler, S.A. de C.V., por 95.4 miles de pesos; que se verifique el procedimiento de adjudicación, recepción y pago de los servicios, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
Se constató que se pagaron 95.3 miles de pesos a Nec de México, S.A. de C.V., por el mantenimiento del conmutador de oficinas centrales, servicio que se adjudicó de manera directa conforme al artículo 41, fracción l, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; sin embargo, el procedimiento no fue dictaminado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Colegio, en contravención del artículo 22, fracción II, de la ley citada.
Observación
La adjudicación al proveedor Nec de México, S.A. de C.V., por 95.3 miles de pesos, registrada en la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", por el mantenimiento del conmutador de oficinas centrales, cuya adjudicación se realizó conforme al artículo 41, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no contó con el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Colegio, en incumplimiento del artículo 22, fracción II, de la ley citada.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-006 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que en lo subsecuente, se obtenga el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para las adjudicaciones que se realicen bajo los supuestos de excepción del artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en los casos que establece el artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
En relación con los restantes 183.3 miles de pesos de la partida 3503, correspondiente a cinco proveedores, se constató que el pago de los servicios se ajustó a los montos máximos que establece el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Resultado
De la muestra por 557.7 miles de pesos de la partida 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles", se constató que se pagaron los servicios a las empresas Comunicación, Integración y Redes, S.A. de C.V., por 381.9 miles de pesos, y Cía. Inmobiliaria y Comercialización Tulúm, S.A. de C.V., por 175.8 miles de pesos; además, con el análisis de las actas de entrega-recepción, se comprobó que los servicios fueron recibidos de acuerdo con lo contratado.
Mediante una compulsa en el domicilio del proveedor Comunicación, Integración y Redes, S.A. de C.V., el 23 de noviembre de 2001, se constató que los registros y la documentación del Colegio corresponden con la del prestador de servicios, el cual asentó en su contabilidad los ingresos por el servicio otorgado; además, las copias de las facturas coincidieron en concepto, cantidad y precio con las originales en poder de la entidad.
Resultado
Se constató que la muestra de las partidas 3701 "Pasajes Nacionales" y 3705 "Pasajes Internacionales", por 490.0 miles de pesos, se adjudicó mediante licitación pública nacional a la empresa Transportación Continental Turística, S.A. de C.V., cuyos servicios fueron autorizados por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en la sexta sesión extraordinaria del 22 de marzo de 2000. Además, se verificó que los servicios prestados por dicha empresa se comprobaron con facturas originales a nombre del personal a quien se le otorgó el servicio, en las que se especifica el destino y la tarifa correspondiente; también se revisaron los registros de comisión, tanto nacionales como internacionales, en los que se consignan los días y el motivo de la comisión.
Resultado
Los 9,753.5 miles de pesos seleccionados para revisión, correspondieron a erogaciones sin contrato del capítulo 3000, se integraron de la forma siguiente:
MUESTRA DEL CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” SIN CONTRATO
(Miles de
pesos)
|
Partida |
Concepto |
Oficinas
Centrales |
Institutos |
Campus |
Total |
|
3307 3710 3302 3502 3503 3504 |
Sin descripción Sin descripción Capacitación Mantenimiento y conservación de bienes informáticos Mantenimiento y conservación de maquinaria y equipo Mantenimiento y conservación de inmuebles |
1,520.4 192.4 1,457.8 212.3 1,178.5 0.0 _______ |
0.0 183.1 241.0 257.6 910.0 0.0 _______ |
0.6 166.3 1,351.5 14.2 832.8 1,235.0 _______ |
1,521.0 541.8 3,050.3 484.1 2,921.3 1,235.0 ________ |
|
|
T O T A L |
4,561.4 |
1,591.7 |
3,600.4 |
9,753.5 |
FUENTE: Auxiliares presupuestales y análisis
contenido en papeles de trabajo.
Se constató que por los servicios recibidos por los cuatro institutos, cinco centros regionales y las oficinas centrales, se pagaron 9,753.5 miles de pesos a los prestadores de servicios, con recursos asignados mediante ministraciones, fondos fijos y expedición de cheques de gastos por comprobar de cada una de las áreas correspondientes, de conformidad con los procedimientos de Reposición de Fondos Fijos y de Ministración de Recursos a Institutos y Centros Regionales, incluidos en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, autorizados el 3 de marzo de 1999 y el 10 de junio de 1998, por el Director General del Colegio. Sin embargo, cabe señalar que la citada normatividad no se ajusta con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, toda vez que las adquisiciones no fueron debidamente formalizadas, lo que contravino el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Lo anterior originó irregularidades, como es el caso del proveedor Ávila Bálcazar y Compañía Computadoras, S.A. de C.V., ya que en la compulsa efectuada en su domicilio octubre de 2001, se confirmó mediante las facturas y sus estados de cuenta bancarios, que obtuvo ingresos del Colegio en el ejercicio de 2000, por 1,006.3 miles de pesos, y para el 2001, por 1,927.7 miles de pesos, que afectaron principalmente las partidas 3502 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", 3301 "Asesoría" y 5206 "Bienes Informáticos", sin que el Colegio formalizara las operaciones con el citado proveedor mediante contratos, pedidos, ni órdenes de compra o servicio; asimismo, se observó que el 80.7% de sus ingresos totales provienen del Colegio. También, mediante la revisión de los pagos al citado proveedor, se comprobó que las áreas que requirieron mayores servicios fueron el Departamento de Proyectos, con un importe de 372.6 miles de pesos (37.0%), el Instituto de Recursos Naturales (IRENAT), por 291.2 miles de pesos (28.9%) y las oficinas centrales, por 304.3 miles de pesos (30.2%).
Observación
Se constató que no se formalizaron mediante contratos, pedidos ni órdenes de servicio, las erogaciones por 9,753.5 miles de pesos, realizadas por oficinas centrales, institutos y centros regionales, con recursos de las ministraciones y fondos fijos, lo que contravino el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; asimismo, estas operaciones que se encuentran normadas con los Procedimientos de Reposición de Fondos Fijos y de Ministración de Recursos a Institutos y Centros Regionales, los cuales no se ajustan a los procedimientos y disposiciones aplicables que establece el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Además, lo anterior originó irregularidades, como lo es el caso del proveedor Ávila Bálcazar y Compañía, Computadoras, S.A. de C.V., ya que en la compulsa efectuada en octubre de 2001, se comprobó con las facturas y estados de cuenta bancarios, que en el año 2000 se le pagaron 1,006.3 miles de pesos, y a esa fecha ya se habían pagado del 2001, 1,927.7 miles de pesos, que afectaron principalmente las partidas 3502 "Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", 3301 "Asesoría" y 3506 "Bienes Informáticos", sin que mediara contrato, pedido, ni orden de compra, para formalizar las operaciones.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-007 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Secretaría Administrativa para que establezca las medidas de control para que el ejercicio del presupuesto de los cuatro institutos, cinco centros regionales y oficinas centrales, se ajuste a lo que señala la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; además de que estas medidas deben de incluirse en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, toda vez que los procedimientos de Reposición de Fondos Fijos y de Ministración de Recursos a Institutos y Centros Regionales, incluidos en el manual no cumplen con lo dispuesto en la ley citada ni con el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-006 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de los 9,753.5 miles de pesos que se erogaron sin contar con la formalización de contratos, pedidos, ni órdenes de servicio, en contravención del artículo 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; asimismo, que se revise el procedimiento de adjudicación de los servicios al proveedor Ávila Balcazar y Compañía Computadoras, S.A. de C.V., ya que en la compulsa que se efectuó, se constató que se le pagaron en el 2000, 1,006.3 miles de pesos y a esa fecha, ya se le habían pagado en el 2001, 1,927.7 miles de pesos, que tampoco fueron formalizados con los documentos antes señalados y que se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Las partidas 3307 por 1,521.0 miles de pesos y 3710 por 541.8 miles de pesos, ambas sin descripción, no están incluidas en el Clasificador por Objeto del Gasto que emite la SHCP; sin embargo, el Colegio las utilizó sin la autorización correspondiente. Mediante la revisión de pólizas de egresos, se constató que en la primera partida se incluyeron gastos que debieron registrarse en las partidas 3703 "Instalación de Personal Federal", 3302 "Capacitación", 3803 "Congresos, Convenciones y Exposiciones" y 3705 "Pasajes Internacionales" respectivamente. En la segunda (3710) se registraron gastos de peaje que debieron incluirse en la partida 3702 "Viáticos Nacionales", de acuerdo con lo que establece el Clasificador por Objeto del Gasto.
Observación
El Colegio utilizó para registrar erogaciones las partidas presupuestales 3307 y 3710 (sin descripción) que no están incluidas en el Clasificador por Objeto del Gasto que emite la SHCP, sin contar con la autorización correspondiente; la primera partida incluyó gastos de instalación e impresión de tesis, inscripciones a congresos y boletos de avión que totalizan 1,521.0 miles de pesos, gastos que debieron registrarse según su naturaleza en las partidas 3703 "Instalación de Personal Federal", 3302 "Capacitación", 3701 "Pasajes Nacionales", 3803 "Congresos, Convenciones y Exposiciones". En la segunda (3710), se incluyeron gastos de peaje por 541.8 miles de pesos, que debieron registrarse en la 3702 "Viáticos Nacionales", lo que contraviene el Clasificador por Objeto del Gasto, y el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-008 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que regularice y obtenga la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para utilizar las partidas presupuestales 3307 y 3710, ambas sin descripción, que en el año 2000 mostraron registros de erogaciones que ascendieron a 1,521.0 y 541.8 miles de pesos respectivamente, debido a que estas partidas no están contempladas en el Clasificador por Objeto del Gasto, a fin de cumplir con el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-007 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control, en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto, de que el Colegio en las partidas presupuestales 3307 y 3710, ambas sin descripción, registró erogaciones por 1,521.0 y 541.8 miles de pesos respectivamente, toda vez que esas partidas no contaron con la autorización para su afectación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que no están contempladas en el Clasificador por Objeto del Gasto, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
En la muestra de la partida 3302 "Capacitación", se comprobó mediante la revisión de pólizas de egresos que se realizaron gastos por 3,050.3 miles de pesos, de los cuales, 1,778.9 miles de pesos (58.3%) corresponden a conceptos que no debieron incluirse en esta partida, que debieron registrarse en las partidas 2103 "Material Didáctico y de Apoyo Informativo", 3207 "Subrogaciones", 3301 "Asesoría", 3702 "Viáticos Nacionales", 3505 "Instalaciones", y 3803 "Congresos, Convenciones y Exposiciones", respectivamente, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto.
Observación
Se constató que en la partida 3302 "Capacitación" se registraron indebidamente erogaciones por 1,778.9 miles de pesos, que representaron el 58.3% del importe seleccionado (3,050.3 miles de pesos), por concepto de material didáctico, servicios médicos, asesorías, gastos de hospedaje, alimentación, boletos de avión, gastos de instalación e inscripciones a congresos, entre otros, en contravención de lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto y del artículo 49 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-009 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, se registren las erogaciones conforme lo que establecen el Clasificador por Objeto del Gasto y el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, ya que en el año 2000 se incluyeron en la partida 3302 "Capacitación" gastos médicos veterinarios, material didáctico, gastos de instalación e inscripciones a congresos, entre otros, por un importe de 1,778.9 miles de pesos.
Resultado
Se constató que en la partida 3502 " Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos", se erogó un importe de 484.1 miles de pesos, por concepto de mantenimiento, reparación y actualización de equipo de cómputo. Asimismo, se comprobó que con ese monto se pagaron principalmente los servicios a los siguientes proveedores: Ávila Bálcazar y Compañía Computadoras, S.A. de C.V., 95.6 miles de pesos; Equipos Electrónicos de Oficina Gonfi, S.A. de C.V., 54.2 miles de pesos; Hardware, Software, Sipport, S.A. de C.V., 49.9 miles de pesos; Exelitte de México, S.A. de C.V., 33.7 miles de pesos; Grupo Eca Computers, 29.7 miles de pesos; Sistemas Unión, S.A. de C.V., 28.9 miles de pesos; Ingeniería Virtual, S.A. de C.V., 28.7 miles de pesos; Aguilar Solano Marco Antonio, 28.3 miles de pesos; Alejandro Moreno Alegría, 19.3 miles de pesos y Horacio Ordaz Mejía, 18.6 miles de pesos, entre otros.
Al respecto, se realizaron compulsas a los proveedores: Ávila Bálcazar y Compañía Computadoras, S.A. de C.V.; Equipos Electrónicos de Oficina GONFI, S.A. de C.V.; y Horacio Ordaz Mejía, en octubre de 2001, con resultados satisfactorios, ya que se constató que existe correspondencia entre los registros y la documentación que está en poder del Colegio y la de los proveedores.
Resultado
En la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", se erogó un monto de 2,921.3 miles de pesos por conceptos de ajuste de automóviles, reparación de llantas, reparación de equipo de laboratorio, entre otros; sin embargo, a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal del Colegio no identificó el concepto por el cual se erogaron 612.1 miles de pesos de gastos realizados por oficinas centrales, por lo que no se proporcionó la evidencia de los documentos justificativos y comprobatorios de los gastos erogados.
Observación
El Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal no identificó el concepto por el cual se erogaron gastos por 612.1 miles de pesos, registrados en la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", por lo que no proporcionó a la Auditoría Superior de la Federación, la evidencia documental justificativa y comprobatoria de ese importe, en contravención de los artículos 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-010 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal proporcione a la Auditoría Superior de la Federación la documentación justificativa y comprobatoria donde se identifique el concepto por el cual se erogaron gastos por un importe de 612.1 miles de pesos, registrados en la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo".
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-008 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal no identificó el concepto por el cual se erogaron gastos por un importe de 612.1 miles de pesos, registrados en la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", por lo que no proporcionó a la Auditoría Superior de la Federación la evidencia documental justificativa y comprobatoria de ese importe; asimismo, que se verifique la autorización, justificación y comprobación de esos gastos, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Respecto de la partida 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles" por un monto de 1,235.0 miles de pesos, se constató mediante el análisis de los recibos y facturas que se recibieron servicios de limpieza de inmuebles, reparaciones de fugas de gas, mantenimiento a los laboratorios, entre otros, en el Campus Córdoba, Ver., que estos servicios fueron otorgados por el Comisariado Ejidal "El Águila" por 945.8 miles de pesos; Servicios Integrales Agrícola e Industriales, S.A. de C.V., por 245.7 miles de pesos, y otros que suman 43.5 miles de pesos. En cuanto a los dos primeros, se constató que el Campus Córdoba formalizó los servicios con esos dos proveedores mediante contratos sin número en 2000, los cuales se fincaron de manera directa; sin embargo, ninguno contó con el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, ni con las fianzas que garantizan el cumplimiento; además, los contratos no fueron elaborados por el Departamento de Contratos, que es el encargado de formalizar estos servicios en el Colegio.
Asimismo, se constató que los recibos que el Comisariado Ejidal "El Águila" expidió por los servicios que proporcionó al Colegio no reúnen los requisitos fiscales que señala el Código Fiscal de la Federación.
Observación
En la revisión de la partida 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles" por 1,235.0 miles de pesos, se constató que el Campus Córdoba formalizó dos contratos sin número en los meses de febrero y julio de 2000 para los servicios que otorgaron Servicios Integrales, Agrícolas e Industriales, S.A. de C.V., por 245.7 miles de pesos y Comisariado Ejidal "El Águila" por 945.8 miles de pesos, respectivamente, este último adjudicado de acuerdo con el artículo 41, fracción XI, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; ninguno de los contratos contó con el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, ni con las fianzas que garantizan el cumplimiento, en contravención de los artículos 22, fracción II, y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Asimismo, estos documentos fueron elaborados directamente por el Campus Córdoba y no por el Departamento de Contratos, en contravención de las Políticas Generales del Manual de Organización del mismo departamento.
Además, se constató que los recibos que expidió el Comisariado Ejidal "El Águila", que sustentan las erogaciones pagadas por el Colegio, no cumplen con los requisitos fiscales, en contravención de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-011 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Secretaría Administrativa para que en lo subsecuente, los contratos que se elaboren en los centros regionales se realicen mediante el Departamento de Contratos, en cumplimiento de las Políticas Generales del Manual de Organización del área; además, que se obtengan las fianzas que garantizan el cumplimiento de los servicios y que éstos, sean dictaminados por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, a fin de cumplir lo establecido en los artículos 22, fracción II, y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; además, que se verifique que los comprobantes del gasto cumplan con los requisitos fiscales; asimismo, se regularice ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la aceptación de los comprobantes de pago de los servicios proporcionados por el Comisariado Ejidal "El Águila", por un importe de 945.8 miles de pesos, que no cumplieron con los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación los resultados de las gestiones realizadas.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-009 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control, en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la documentación comprobatoria que no reúne requisitos fiscales, la cual fue aceptada por el Colegio como respaldo del pago de los servicios que le proporcionó el Comisariado Ejidal "El Águila" por 945.8 miles de pesos, que no se ha regularizado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
Se verificó que en el capítulo 3000 "Servicios Generales" existen diferencias entre los gastos reportados por el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal y los de tres institutos: en el IRENAT se reportaron 77.1 miles de pesos, en el IFIT 32.5 miles de pesos y en el ISEI 27.2 miles de pesos, que importan 136.8 miles de pesos registrados en exceso en la contabilidad del Colegio, debido a que se reclasificaron erogaciones de recursos fiscales registradas en otras partidas que presentaban sobreejercicio, a las partidas 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo" y 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles", ya que éstas tenían disponibilidad presupuestal al cierre del ejercicio, sin que se haya regularizado esta reclasificación ante su junta directiva. Al respecto, el Colegio proporcionó una nota aclaratoria de fecha 27 de noviembre de 2001, en la cual justificó esas diferencias por reclasificaciones entre las partidas en la que señala que representó un excedente en el ejercicio total autorizado a la entidad. Sin embargo, no se presentó evidencia de la autorización de las adecuaciones internas, en contravención de lo que lo indica el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Observación
El Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal reclasificó erogaciones de recursos fiscales, por 136.8 miles de pesos, a las partidas 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", y 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles", a fin de no presentar sobreejercicio en las partidas que le correspondían de acuerdo con la naturaleza del gasto, sin embargo, no se regularizaron estas reclasificaciones ante su Junta Directiva, en contravención del artículo 152 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el numeral 170 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de mayo de 2000.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-012 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal obtenga las autorizaciones procedentes cuando se realicen adecuaciones presupuestarias, en cumplimiento del artículo 152 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal que esté vigente.
Resultado
Para confirmar las operaciones que realizaron con el Colegio durante 2000, se enviaron oficios de circularización a cinco proveedores (Comunicación, Integración y Redes, S.A. de C.V.; Arq. Gustavo Domínguez Pérez; Spersa Puebla, S.A. de C.V.; Ing. J. Rodolfo Vélez Rodríguez y Lic. Raúl Castellanos Varela) del capítulo 3000 "Servicios Generales", con importe total de 1,368.8 miles de pesos. En todos los casos se obtuvo respuesta y se constató que la información y documentación recibida ampara las operaciones que pagó y registró el Colegio por los servicios.
Asimismo, como resultado de la información obtenida de la SHCP, mediante el oficio 396-SAT-II-H-I-1-191.6/146 de fecha 12 de noviembre de 2001 y la hoja de consulta de datos del 18 de marzo de 2002, se determinó que el prestador de servicios Inmobiliaria y Comercializadora Tulúm, S.A. de C.V., no declaró los ingresos de servicios prestados al Colegio de Postgraduados durante 2000, por 175.8 miles de pesos (incluye IVA por 22.9 miles de pesos), en contravención del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.
Observación
Se determinó que el prestador de servicios Inmobiliaria y Comercializadora Tulúm, S.A. de C.V., no declaró sus ingresos percibidos en 2000 en el Colegio de Postgraduados, por 175.8 miles de pesos (incluye IVA por 22.9 miles de pesos), en contravención de lo que establece el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.
Acción Promovida
00-06E00-2-041-05-001 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Esta Auditoría Superior de la Federación notificó al Servicio de Administración Tributaria (SAT), las irregularidades detectadas, con la finalidad de que se practique al contribuyente una auditoría directa. Por lo anterior, se requiere que el SAT informe a la ASF sobre los resultados de su intervención.
Resultado
En la revisión del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" se comprobó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante la SAGAR, autorizó al Colegio un presupuesto modificado de recursos propios de 8,637.0 miles de pesos, de los que se ejercieron 4,414.8 miles de pesos y se comprometieron 3,253.2 miles de pesos, que suman un total de 7,668.0 miles de pesos (100%), los restantes 969.0 miles de pesos no fueron captados, en contra de lo previsto.
Se eligió para su revisión la totalidad del capítulo 5000 por 7,668.0 miles de pesos, el 100% del ejercicio de 2000, que comprende 10 partidas con 46 pedidos, como se observa a continuación:
INTEGRACIÓN
DE LA MUESTRA DEL CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”
(Miles
de pesos)
|
Partida |
Concepto |
Núm. de
Pedidos |
Proveedores |
Descripción
de las Adquisiciones |
Tipo de Adjudicación |
Importe |
|
5101 5102 5103 5201 5202 5204 5206 5207 5301 5401 |
Mobiliario Equipo de
Administra-ción Equipo
educacional y recrea-tivo Maquinaria
y equipo agrope-cuario Maquinaria
y Equipo Industrial Equipos y
aparatos de comuni-caciones y telecomu-nicaciones Bienes
Informáti-cos Maquinaria
y equipo diverso Vehículos
y equipo terrestre Equipo
médico y de labora-torio |
6 4 7 2 1 1 11 12 1 1 |
Sugenal, S.A: de C.V. (1)
Prodisu, S. A. De C.V. (1), Grupo Industrial Musa, S.A. de C.V. (1), Office Depot de México, S.A. de C.V. (1), Industrias Gomedi, S.A. de C.V. (1) y
Frigasa , S.A. de C.V. Ingeniería Virtual, S.A. de C.V. (1), Mosqueta, S.A.
de C.V. (1), Comercial Eléctrica de Texcoco, S.A. de C.V. (1) y Prodisum,
S.A. de C.V. (1). Grupo Divesimex, S.A. de C.V. (1), Ingeniería
Virtual, S.A. de C.V. (1), Visión XXI, S.A. de C.V. (1), Mosqueta, S.A. de
C.V. (1), Del Valle Photo, S.A. de C.V. (1) y Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V.(2). Distribuidor de Maquinaria y Equipo de Tabasco, S.A.
de C.V. (1) y Tractomaya, S.A. de C.V. (1). Electroautógena de Texcoco, S.A. de C.V. Nec de México, S.A. de C.V. Alef, Soluciones Integrales, S.A. de C.V. (1), Grupo
Industrial Musa, S.A. de C.V. (2), Business Comunications México, S.A.
de C.V. (1), Computer Shops System de
México, S.A. de C.V. (1), Sheleg Software, S.A. de C.V. (1), Sistemas y
Accesorios Datatec, S.A de C.V. (1),
Segumex, S.A. de C.V. (1), Krauq, S.A. de C.V. (1), Partes, Equipos,
Refrigeración y Lavadoras, S.A. de C.V. (1) y Equipos Electrónicos de Oficina
GONFI, S.A. de C.V. Maquinaria Morros, S.A. de C.V. (1), Mercator Agrícola,
S.A. de C.V. (4), GSC Italia, S.A. de C.V. (1), Italmaq, S.A. de C.V. (1),
Instrumen, S.A. de C.V. (1), Cruber, S.A. de C.V. (1), Grupo Socomsa, S.A. de
C.V. (1), Aegentecnica, S.A. de C.V. (1) y Arrendadora Bossbirch, S.A. de
C.V. (1). Automotriz Xochimilco, S.A. de C.V. Carl Zeiss de México, S.A. de C.V. |
Escritorios, sillas, mesas y muebles para oficina. Fotocopiadora, refrigerador, calefactor y
calculadoras. Proyector de acetatos, videoproyectores, retroproyectores,
videograbadoras y TV. Segadora, Picadora, Desintegradora y Desvanecedora. Tanques para argón y equipo de corte y soldadura Módulo PIM Computadoras, Visual Wordstation, Servidores marca IBM, estación de Internet, sistema
datatec, calefactor de convección, no-braques y compresor semihermético. Cilindro Indentado, tratadora, juego de cribas,
Molino para café módulo de beneficio seco, sistema de balanza, tostador de
café, tacómetro, módulo de catación de café, estación meteorológica y máquina
semiautomática de alto vacío. Vehículos Sedan. Microscopio Estereoscópico |
4 I.P. 2 A.D. 4 A.D. 5 I.P. 2 A.D. 2 A.D. 1
A.D. 1 A.D. 1 L.P.N. 6 I.P. 3
A.D. 12
A.D. 1 I.P. 1 A.D. |
166.3 27.1 395.9 369.9 15.7 311.1 4,324.7 1,688.1 204.8 164.4 |
|
|
T O T A L |
46 |
|
|
|
7,668.0 |
FUENTE: Pedidos proporcionados por
la entidad y papeles de trabajo.
A.D. Adjudicación
directa
L.P.N. Licitación
Pública Nacional
I.P. Invitación
a cuando menos tres personas
Con el análisis de los expedientes de los procesos de adjudicación del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles"; se comprobó que de los 46 pedidos, 16 se formalizaron por invitación a cuando menos tres personas y 28 por adjudicación directa, los dos restantes mediante licitación pública nacional (LPN-08140001-003-00). Asimismo, se realizaron excepciones a Licitación Pública, de conformidad con lo que establecen los artículos 26, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 35, 36, 41, 42, y 43, respectivamente, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Resultado
Se comprobó que los pagos de las adquisiciones revisadas en el capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" por 7,668.0 miles de pesos (4,414.8 miles de pesos ejercidos en el año 2000 y 3,253.2 miles de pesos comprometidos) se soportaron con los documentos comprobatorios y justificativos del gasto, y cumplieron con los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
En la revisión de los 16 pedidos por invitación a cuando menos tres personas y los 28 por adjudicación directa, se observó que en ningún caso se contó con fianzas para garantizar su cumplimiento; asimismo, se constató que hay 15 de esos pedidos por 2,283.9 miles de pesos, que se adjudicaron mediante invitación a cuando menos tres personas, donde no existió el dictamen que sirve de base para el fallo y de 12 pedidos por 2,546.6 miles de pesos por adjudicación directa, el Departamento de Adquisiciones no proporcionó la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, para justificar que rebasaron los montos máximos establecidos en el artículo 61 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, como se indica a continuación:
PEDIDOS
POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
QUE
CARECEN DE ACTA DE FALLO Y FIANZAS QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO
(Miles
de pesos)
|
Pedido |
Partida |
Proveedor |
Monto |
|
985 986 987 956 982 1064 984 1057 981 1129 1131 1130 1132 1053 983 |
5101 5101 5101 5101 5103 5103 5103 5103 5103 5206 5206 5206 5206 5206 5206 |
Sugenal, S.A. de C.V. Prodisium, S.A. de C.V. Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V Frigasa, S.A. de C.V. Grupo Divesimex, S.A. de C.V. Ingeniería Virtual, S.A. de C.V. Visión XXI, S.A. de C.V. Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V. Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V. Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V. Grupo Industrial Musa, S.A. de
C.V. Business Comunication México,
S.A. de C.V. Computer Shops System de México, S.A. de C.V. Sheleg Software, S.A. de C.V. Sugemex, S.A. de C.V. Total |
8.5 7.9 86.4 48.5 8.1 95.2 81.6 129.3 18.2 281.4 983.7 60.7 253.4 158.7 62.3 2,283.9 |
FUENTE: Expedientes, proporcionados por la entidad, de pedidos por proveedor
del Departamento de Adquisiciones.
PEDIDOS POR
ADJUDICACIÓN DIRECTA
CONFORME AL
ARTICULO 41, FRACCIÓN VIII, DE LA
LAASSP
(Miles de
pesos)
|
Pedido |
Partida |
Proveedor |
Monto |
|
943 944 798 965 922 801 920 1127 1133 1134 1015 778 |
5201 5201 5204 5206 5207 5207 5207 5207 5207 5207 5207 5401 |
Distribuidora de Maquinaria y
Equipo de Tabasco, S.A. de C.V. Tractomaya, S.A. de C.V. Electroautógena de Texcoco, S.A.
de C.V. Sistemas y Accesorios Datatec,
S.A. de C.V. Maquinaria Morros, S.A. de C.V. Mercator Agrícola, S.A. de C.V. Mercator Agrícola, S.A. de C.V. Mercator Agrícola, S.A. de C.V. GSC Italia, S.A. de C.V. Italmaq, S.A. de C.V. Kruber, S.A. de C.V. Carl Zeiss de México, S.A. de
C.V. Total |
55.2 314.7 311.1 115.1 133.8 396.8 583.7 137.4 68.7 180.0 85.7 164.4 2,546.6 |
FUENTE: Expedientes, proporcionados por la
entidad, de pedidos por proveedor del Departamento de Adquisiciones.
LAASP Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Observación
Se constató que de los 16 pedidos por invitación a cuando menos tres personas y los 28 por adjudicación directa del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", en ningún caso se contó con fianzas para garantizar su cumplimiento; asimismo 15 de esos pedidos que fueron adjudicados por invitación a cuando menos tres personas, por un monto de 2,283.9 miles de pesos, no contaron con el acta de fallo, y de 12 pedidos por 2,546.6 miles de pesos, que se asignaron directamente conforme al artículo 41, fracción VIII, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se obtuvo la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, lo que contraviene los artículos 22, fracción II, 40, último párrafo y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-013 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, el otorgamiento de las garantías de cumplimiento de los pedidos y contratos, se ajuste a lo dispuesto por el artículo 48, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las adjudicaciones por invitación a cuando menos tres personas, invariablemente, se obtenga el dictamen que sirva de base para el fallo, conforme lo establece el artículo 40, último párrafo de la citada Ley; y que en las adjudicaciones directas, se cumpla con lo establecido en el artículo 22, fracción II, del referido ordenamiento.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-010 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que la entidad no se ajustó a lo que establecen los artículos 22, fracción II, 40, último párrafo y 48, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ya que de los pedidos revisados del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" (16 por invitación a cuando menos tres personas y 28 por adjudicación directa), no se obtuvieron fianzas para garantizar su cumplimiento; asimismo, 15 de esos pedidos por invitación a cuando menos tres personas por 2,283.9 miles de pesos, no contaron con los dictámenes que sirven de base para el fallo, y otros 12 pedidos por 2,546.6 miles de pesos, fueron adjudicados directamente sin autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
El Departamento de Almacén General del Colegio recibió los bienes de los 46 pedidos por 7,668.0 miles de pesos; sin embargo, al revisar el sello de entrada al almacén y las fechas de entrega pactadas en los pedidos, se comprobaron retrasos en la entrega de los bienes por parte 11 proveedores, sin que el Colegio aplicara las sanciones económicas estipuladas en el punto núm. 4 de los pedidos (el 1.5% al millar por cada día de atraso), que ascienden en total a 58.5 miles de pesos, como se presenta a continuación:

Observación
Al revisar las fechas de entrada en el almacén, se determinaron desfasamientos en la recepción de 11 pedidos correspondientes a igual número de proveedores, ya que no correspondieron con las fechas estipuladas en los pedidos. Las sanciones no aplicadas por el Colegio ascienden a 58.5 miles de pesos, según lo que establece el punto 4 de los pedidos (1.5% al millar por cada día de atraso).
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-014 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Potsgraduados instruyan a la Coordinación Financiera, para que en lo subsecuente se adopten medidas de control, para que se apliquen las penas convenidas en los contratos y pedidos cuando los proveedores incurran en las causales de incumplimiento.
Acción Promovida
00-08140-2-041-02-011 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de aplicación de las sanciones económicas en 11 pedidos de igual número de proveedores, que en total ascienden a 58.5 miles de pesos, causadas por el retraso que se determinó en la entrega de los bienes, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Se compulsó al proveedor Italmaq, S.A. de C.V., para verificar las operaciones que el Colegio realizó con éste por 250.9 miles de pesos, con resultados satisfactorios, ya que se constató que existe correspondencia entre los registros y la documentación en poder del Colegio y proveedor; además, se verificó que en su contabilidad están registrados los ingresos obtenidos por los servicios otorgados al Colegio. Asimismo, se enviaron oficios de circularización a los proveedores Alef Soluciones Integrales, S.A. de C.V., (2,307.3 miles de pesos) y Maquinaria Morros, S.A. de C.V., (133.8 miles de pesos), y se constató que existe correspondencia entre la información proporcionada por el proveedor y la del Colegio.
Resultado
Se realizó inspección física al Campus Córdoba, Ver., los días 7 y 8 de noviembre de 2001, para verificar la existencia de los bienes muebles adquiridos en el año de 2000; se revisó el funcionamiento del módulo de captación para laboratorio, el molino para café, la maquinaria para empaque de alto vacío, el refrigerador marca Across y el módulo de beneficio seco para laboratorio; sin embargo, esos bienes no cuentan con el número de inventario que se envió documentalmente desde oficinas centrales y que el Departamento de Almacén General debió marcar en los bienes.
Respecto del tostador de café y el sistema de pesado por balanza, se comprobó que no se encontraban en funcionamiento, debido a que estaba en proceso de reacondicionamiento el lugar donde se instalaría; también se observó que existen seis computadoras, con valor de adquisición de 64.3 miles de pesos, que donó la Comisión Federal de Electricidad en el mes de octubre de 1999, y que al 8 de noviembre de 2001 no habían sido regularizadas en el inventario del Colegio.
Observación
Se comprobó que ninguno de los bienes revisados en el Campus Córdoba cuenta con el número de inventario correspondiente asignado en oficinas centrales, que el Departamento de Almacén General debió marcar en cada uno los mismos; además, existen seis computadoras con valor de adquisición de 64.3 miles de pesos que donó la Comisión Federal de Electricidad en el mes de octubre de 1999 y que al 8 de noviembre de 2001 no habían sido regularizadas en el inventario del Colegio, lo que infringe los puntos núm. 26 del procedimiento de alta de bienes instrumentales adquiridos de proveedores, y 5.2 del procedimiento de alta de bienes adquiridos por donaciones, ambos del Manual de Procedimientos del Departamento de Almacén General.
Acción Promovida
00-08IZC-2-041-01-015 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que, en lo subsecuente, el Departamento de Almacén General registre en el bien el número de inventario que se le asignó en el activo fijo, además, que se den de alta en el inventario las seis computadoras que fueron donadas al Colegio por la Comisión Federal de Electricidad y cuyo valor es de 64.3 miles de pesos, de conformidad con los puntos núm. 26 del procedimiento de alta de bienes instrumentales adquiridos de proveedores y 5.2 del procedimiento de alta de bienes adquiridos por donaciones, ambos del Manual de Procedimientos del Departamento de Almacén General.
Resultado
Con excepción de los resultados observados en este informe, el registro presupuestario se realizó de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto en las partidas de los capítulos 2000, 3000 y 5000, en cumplimiento del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
Respecto del registro contable, el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal se ajustó al Catálogo de Cuentas autorizado por la SHCP el 4 de diciembre de 1997, en cumplimiento de los artículos 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 91 de su reglamento.
Objetivo
Comprobar la autenticidad de las cuentas por cobrar; verificar las de lenta recuperación, los trámites administrativos y legales para la recuperación de las vencidas; analizar los cargos a la reserva para cuentas de cobro dudoso, a fin de comprobar que se efectuaron todos los trámites legales y judiciales para su recuperación; así como la autorización del Órgano de Gobierno para crear o afectar la reserva o el gasto; y además, verificar su registro contable conforme a la norma.
Criterios de Selección
Se determinó que el rubro "Cuentas por Cobrar" por 12,210.6 miles de pesos representó el 45.3% del activo circulante (26,962.3 miles de pesos). Asimismo, mostró un incremento de 34.9% (3,157.9 miles de pesos) en relación con el ejercicio anterior (9,052.7 miles de pesos), debido primordialmente al incremento de los fondos en administración de los centros regionales e institutos, pendientes de comprobación.
Alcance
Se seleccionó para la revisión una muestra de 10,455.2 miles de pesos, que representó el 85.6% del rubro "Cuentas por Cobrar" (12,210.6 miles de pesos), y se analizaron 8,463.6 miles de pesos de la cuenta 640 "Adeudos por Cobrar" registrada en cuentas de orden y que no se mostró en los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2000.
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en los departamentos de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, y de Tesorería, dependientes de la Coordinación Financiera y la Dirección Jurídica.
Resultado
Se constató que los adeudos por 12,210.6 miles de pesos del rubro "Cuentas por Cobrar", provienen de gastos por comprobar, colegiaturas, ministraciones otorgadas a centros regionales e institutos y viáticos, los cuales se integraron de la manera siguiente:
INTEGRACIÓN
DEL RUBRO “CUENTAS POR COBRAR”
(Miles de
pesos)
|
Cuenta |
Nombre |
Saldo |
|
127 |
Deudores Diversos |
9,723.6 |
|
155 |
Fondos
en Administración de Centros Regionales |
1,365.9 |
|
157 |
Bonificación Fiscal |
16.1 |
|
158 |
Fondos en Administración de
Institutos |
1,428.4 |
|
|
|
|
|
Menos: |
|
|
|
128 |
Estimación
para Cuentas Incobrables |
(323.4) |
|
|
|
|
|
|
Total |
12,210.6 |
|
|
|
|
FUENTE: Auxiliares contables al 31 de diciembre de 2000.
Resultado
Se seleccionó una muestra de 10,455.2 miles de pesos de adeudos registrados al 31 de diciembre de 2000, distribuidos en 21 subcuentas, y con el análisis de la documentación proporcionada por el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, se determinó su antigüedad y los adeudos por recuperar al 31 de octubre de 2001, como se muestra a continuación:

Respecto de los 7,681.3 miles de pesos de la cuenta 127 "Deudores Diversos", se constató que los adeudos por 7,135.8 miles de pesos, provienen de la ministración que estaba pendiente de recibir de la Tesorería de la Federación para cubrir la segunda parte del aguinaldo del ejercicio 2000, los que al 28 de febrero de 2001 se cancelaron con la póliza de diario núm. 172, al cubrirse el aguinaldo provisionado, y quedaron pendientes de cancelar 9.2 miles de pesos del aguinaldo provisionado en el ejercicio de 1999.
Asimismo, se comprobó que el adeudo del C. Mario Martínez Manes por 132.2 miles de pesos correspondió a gastos por comprobar de cuatro cheques expedidos con recursos propios, en los meses de mayo, junio y dos de agosto de 2000, con importes de 53.2, 60.7, 10.1 y 8.2 miles de pesos, respectivamente, para garantizar con el 10.0% el cumplimiento de contratos y convenios con otras instituciones; una vez entregados los trabajos contratados, fueron devueltos esos cuatro cheques en marzo y abril de 2001 y se realizó el registro con las pólizas de diario 12, 27, 28 y 30.
También se constató que los adeudos de Javier Green Correa por 59.5 miles de pesos, y de Fernando Castillo Calzada por 56.1 miles de pesos, provinieron de gastos por comprobar para la adquisición de material y equipo; en el primer caso, la comprobación se realizó los días 31 de enero y 28 de febrero de 2001, según las pólizas de diario 56 y 142, respectivamente; en el segundo caso, se canceló la comprobación en mayo de 2001, por un error en la aplicación del registro.
En cuanto a los adeudos por 18.1 miles de pesos de Benjamín Figueroa Sandoval, Mario Alberto Terrazas Zamora e Ignacio Cid del Prado Vera, se observó que correspondieron a viáticos otorgados en los meses de noviembre de 1999, así como octubre y diciembre de 2000. De los dos últimos deudores, a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), queda un saldo por comprobar de 7.1 miles de pesos; en el primer caso, se constató que el importe de 10.0 miles de pesos fue reintegrado el 18 de diciembre de 2000 a la tesorería del Colegio, y se depositó en el banco el 5 de enero de 2001; este monto se registró contablemente con la póliza de diario núm. 82 del 31 de enero de ese año. Al respecto, se constató que no se cumplió con las políticas de liquidación de viáticos y traslado de personal incluidas en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal.
Se constató que los 270.4 miles de pesos restantes, de la muestra seleccionada, son de adeudos por concepto de colegiaturas pendientes de cobrar a cuatro estudiantes (David José Tejeda Inza, 82.0; Maritza Domínguez Hernández, 75.5; Beatriz Colmenares Ciolys, 56.7 y Lisette Cristina Gruber Lara, 56.2 miles de pesos), que provienen de 1999 y 2000; a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), se habían recuperado 84.9 miles de pesos, y quedaron pendientes de recuperar 185.5 miles de pesos. De ese importe, el encargado del Departamento de Tesorería mostró los recibos de colegiatura de Lisette Cristina Gruber Lara, por 56.2 miles de pesos de fecha 28 de noviembre de 2001, de los que no se había realizado su aplicación contable; a la fecha permanece un saldo por cobrar de 129.3 miles de pesos. Por lo anterior, se constató que no se está cumpliendo con los procedimientos de cobro de colegiaturas.
Observación
Se constató que 129.3 miles de pesos de colegiaturas de los ejercicios 1999 y 2000 están pendientes de recuperar y corresponden a tres estudiantes (David José Tejeda Inza, 63.9; Maritza Domínguez Hernández, 8.7 y Beatriz Colmenares Ciolys, 56.7 miles de pesos); había recibos de Lisset Cristina Gruber Lara por 56.2 miles de pesos del 28 de noviembre del 2001, que estaban pendientes de aplicar contablemente; están pendientes de recuperar 7.1 miles de pesos de dos deudores por concepto de viáticos (Mario Alberto Terrazas Zamora, 5.1 e Ignacio Cid del Prado Vera, 2.0 miles de pesos), en contravención de lo que señalan los procedimientos de cobro de colegiatura los cuales indican que éstas se deben cobrar los primeros 60 días después de recibido el reporte de cobro del área de becas, y a las políticas de liquidación de viáticos y traslado de personal, las cuales indican que la comprobación de las comisiones oficiales con la documentación soporte debidamente autorizada, se debe efectuar en un tiempo máximo de cinco días hábiles posteriores a la conclusión de las citadas comisiones; además, no se ha cancelado una provisión del aguinaldo de 1999, por 9.2 miles de pesos registrada a cargo de la Tesorería de la Federación.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-001 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que recupere los 129.3 miles de pesos de colegiaturas del ejercicio 2000, que corresponden a tres estudiantes (Beatriz Colmenares Ciolys, 56.7; David José Tejeda Inza, 63.9; Maritza Domínguez Hernández, 8.7 miles de pesos), así como los 7.1 miles de pesos de otros dos deudores (Mario Alberto Terrazas Zamora, 5.1, e Ignacio Cid del Prado Vera, 2.0 miles de pesos). Asimismo, que se efectúen los registros contables procedentes, respecto de los 9.2 miles de pesos que provienen del registro de una provisión del aguinaldo de 1999, a cargo de la Tesorería de la Federación y los 56.2 miles de pesos recuperados del adeudo a cargo de Lisset Cristina Gruber Lara; e informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-002 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que establezca mecanismos de control y de supervisión a fin de que se cumpla con lo señalado en los procedimientos de cobro de colegiaturas, que indican que éstas se deben cobrar los primeros 60 días después de recibo el reporte de cobro del área de becas, y con lo señalado en las políticas de liquidación de viáticos y traslado de personal incluidas en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, que indica que la comprobación de las comisiones oficiales, con la documentación soporte debidamente autorizada se debe efectuar en un tiempo máximo de cinco días hábiles posteriores a la conclusión de las citadas comisionadas.
Acción Promovida
00-08140-2-044-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de recuperación de los adeudos de colegiaturas a cargo de tres estudiantes (Beatriz Colmenares Ciolys, 56.7; David José Tejeda Inza, 63.9; Maritza Domínguez Hernández, 8.7 miles de pesos); así como 7.1 miles de pesos de otros dos deudores (Mario Alberto Terrazas Zamora, 5.1, e Ignacio Cid del Prado Vera, 2.0 miles de pesos), en cumplimiento de los procedimientos de cobro de colegiaturas y de las políticas de liquidación de viáticos y traslado de personal incluidas en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, y se informe a la Auditoria Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
En relación con las cuentas 155 "Fondos en Administración de Centros Regionales" (1,351.3 miles de pesos) y 158 "Fondos en Administración de Institutos" (1,422.6 miles de pesos), por un total de 2,773.9 miles de pesos, se comprobó que el saldo correspondió a ministraciones otorgadas durante los ejercicios de 1997 a 2000, de las cuales, mediante análisis a la relación de movimientos de los meses de enero a octubre y de la confirmación de saldos, se constató que a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), sólo se han comprobado 987.7 miles de pesos; y están pendientes de comprobar 1,786.2 miles de pesos.
Asimismo, se constató que las comprobaciones que realizaron tanto los centros regionales como los institutos, se efectuaron entre dos meses y cuatro años después de otorgadas las ministraciones, en contravención de las políticas y procedimientos establecidos por la entidad. Además, no se cuenta con una política que establezca con qué periodicidad deben conciliarse las ministraciones pendientes de comprobar por los Centros Regionales e Institutos.
Observación
Se constató que de las ministraciones otorgadas durante los ejercicios de 1997 a 2000 a los Centros Regionales e Institutos, por un total de 2,773.9 miles de pesos, (1,351.3 de la cuenta 155 "Fondos en Administración de Centros Regionales" y 1,422.6 de la cuenta 158 "Fondos en Administración de Institutos"), sólo se han comprobado 987.7 miles de pesos, y están pendientes de comprobar 1,786.2 miles de pesos (1,077.7 de la cuenta 155 y 708.5 miles de pesos de la 158); se constató que las comprobaciones se realizaron entre dos meses y cuatro años después de otorgarse las ministraciones, en contravención de lo establecido en las políticas y procedimientos de Comprobación de Ministraciones, incluidos en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal autorizado por el Director General el 10 de junio de 1998, que indica que las comprobaciones por ministraciones deben efectuarse dentro de los primeros 10 días de cada mes. Además, se constató que no se cuenta con una política que establezca con qué periodicidad deben conciliarse las ministraciones pendientes de comprobar por los Centros Regionales e Institutos, en contravención de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-003 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Secretaría Administrativa, para que implemente mecanismos de control y que se supervise de manera estrecha que la comprobación de las ministraciones, se ajuste a lo establecido en las políticas y procedimientos de Comprobación de Ministraciones, incluido en el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal. Asimismo, que establezca una política que especifique con qué periodicidad deben conciliarse las ministraciones pendientes de comprobar por los centros regionales e institutos, en cumplimiento de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-004 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a los Centros Regionales e Institutos, para que comprueben los 1,786.2 miles de pesos (1,077.7 de la cuenta 155 "Fondos en Administración de Centros Regionales" y 708.5 miles de pesos de la 158 "Fondos en Administración de Institutos") de ministraciones que les fueron otorgadas durante los ejercicios de 1997 a 2000.
Acción Promovida
00-08140-2-044-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de comprobación de 1,786.2 miles de pesos de ministraciones que se otorgaron a los Centros Regionales e Institutos durante los ejercicios de 1997 a 2000; asimismo que se vigile que en el manejo de estos recursos cumpla con lo establecido en las políticas y procedimientos de Comprobación de Ministraciones, incluido en el Manual de Procedimientos de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, ya que la comprobación se realizó entre dos meses y cuatro años después de otorgadas las ministraciones.
Resultado
Mediante el análisis de los auxiliares contables, se observó que el Colegio maneja otras cuentas por cobrar registradas en cuentas de orden, por un importe total de 12,456.7 miles de pesos, y cuyo importe no fue revelado en los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2000, lo que contraviene los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, dichas cuentas se integran como sigue:
INTEGRACIÓN
DE CUENTAS POR COBRAR REGISTRADAS
EN CUENTAS DE ORDEN
(Miles de
pesos)
|
Cuenta |
Nombre |
Importe |
|
670 672 674 640 |
Arrendamiento
de Inmuebles por Cobrar Colegiaturas
por Cobrar Apoyos
y Donativos por Cobrar Adeudos
por Cobrar Total |
13.2 561.8 68.7 11,813.0 12,456.7 |
FUENTE: Auxiliares contables al 31
de diciembre de 2000.
Por lo que corresponde a las cuentas 670 "Arrendamiento de Inmuebles por Cobrar", 672 "Colegiaturas por Cobrar" y 674 "Apoyos y Donativos por Cobrar", se observó que a la fecha de la revisión (noviembre de 2001) no tienen movimiento alguno y el saldo proviene desde 1987. En relación con la cuenta 640 "Adeudos por Cobrar", cuyo saldo proviene desde 1985, como resultado de la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, el Titular del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, con una nota del 28 de noviembre de 2001, informó que se giraron oficios personalizados para solicitar la comprobación, y que está en proceso un programa de depuración, que una vez definido con la coordinación financiera será presentado ante la H. Junta Directiva para su aprobación y aplicación.
Asimismo, la encargada del Departamento de Proyectos Externos informó con la nota del 29 de noviembre de 2001, que la cuenta 640 "Adeudos por Cobrar" se está depurando; además, a partir del ejercicio 2000, se implementó un sistema informático para mejorar el control de los adeudos. Sin embargo, ambos departamentos (Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal y de Proyectos Externos) no informaron el porcentaje de avance de la depuración que han realizado.
Observación
Se constató que el colegio maneja cuentas por cobrar que provienen desde 1985, que se encuentran registradas en cuentas de orden, por un importe total de 12,456.7 miles de pesos ("Arrendamiento de Inmuebles por Cobrar", 13.2, "Colegiaturas por Cobrar", 561.8; "Apoyos y Donativos por Cobrar", 68.7 y "Adeudos por Cobrar", 11,813.0 miles de pesos), cuyo importe no fue revelado en los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2000, lo que contraviene los artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental: "Revelación Suficiente" y "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-005 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera, para que en los Estados Financieros dictaminados se revelen las cuentas por cobrar que se tienen registradas en cuentas de orden por un importe total de 12,456.7 miles de pesos, ("Arrendamiento de Inmuebles por Cobrar", 13.2, "Colegiaturas por Cobrar", 561.8, "Apoyos y Donativos por Cobrar", 68.7 y "Adeudos por Cobrar", 11,813.0 miles de pesos), en cumplimiento de los artículos 83 y 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y de los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, "Revelación Suficiente" y "Cumplimiento de Disposiciones Legales". Asimismo que se efectúe un estudio y evaluación de estas cuentas por cobrar, para que mediante un programa de recuperación y depuración de adeudos, se realicen las acciones administrativas y legales que procedan, y en su caso, obtener las autorizaciones correspondientes para su cancelación, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Se seleccionó para su análisis una muestra de 8,463.6 miles de pesos (28 funcionarios) de la cuenta 640 "Adeudos por Cobrar", la cual representó el 67.9% del total registrado en cuentas de orden (12,456.7 miles de pesos), la cual se integró de la manera siguiente:

Se constató que los 8,463.6 miles de pesos, por adeudos de cheques expedidos, para gastos y viáticos de subsidio y proyectos externos, al cierre de 2000 no habían sido comprobados.
Con el análisis de la relación de movimientos de los meses de enero a septiembre de 2001, se observó que de 4,594.5 miles de pesos que corresponden a saldos de 12 deudores, no se presentó comprobación alguna, no obstante que su antigüedad proviene aproximadamente de hace 10 años; seis deudores por un importe de 671.5 miles de pesos incrementaron su saldo, por lo que se verificó que se les siguieron proporcionando recursos por un total de 235.5 miles de pesos, a pesar de no haber comprobado el pago de su adeudo anterior. Respecto de los 10 deudores restantes, con saldo total por 3,197.6 miles de pesos, se constató que se realizaron comprobaciones por un total de 962.0 miles de pesos. Asimismo, se observó que durante el ejercicio de 2001, se han realizado comprobaciones de 1991, debido a que no se cuenta con una política que establezca el plazo para efectuar ese procedimiento.
Observación
De la cuenta de orden 640 "Adeudos por Cobrar", a la fecha de la revisión (noviembre de 2001), los saldos de 12 deudores por un monto de 4,594.5 miles de pesos y con antigüedad aproximada de 10 años, no han sido comprobados; a seis deudores con adeudos por 671.5 miles de pesos les continuaron proporcionando recursos por un total de 235.5 miles de pesos, sin comprobar su saldo anterior, por lo que su adeudo se incrementó a 907.0 miles de pesos y en cuanto a los 10 deudores restantes, deben 2,235.6 miles de pesos. Asimismo, en el año 2001 se comprobaron adeudos de 1991, ya que se constató que no se cuenta con una política que establezca el plazo para su comprobación, en contravención de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-006 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera, para que depure la cuenta de orden 640 "Adeudos por Cobrar" con la finalidad de recuperar o comprobar los 7,737.1 miles de pesos que provienen de adeudos de 28 personas, con antigüedad de entre 2 y 10 años; asimismo, que establezcan los mecanismos de control en donde se especifiquen los plazos a los que se sujetará la comprobación de los adeudos, así como las sanciones por incumplimiento, en observancia de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08140-2-044-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de la falta de depuración y comprobación por parte de la Coordinación Financiera, de los adeudos registrados en la cuenta de orden 640 "Adeudos por Cobrar", que arroja un saldo de 7,737.1 miles de pesos provenientes de adeudos de 28 personas con antigüedad de entre 2 y 10 años aproximadamente; además, que dé seguimiento a la implantación de mecanismos de control en donde se especifiquen los plazos a que se sujetarán las comprobaciones de los adeudos, así como las sanciones por incumplimiento, y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Con la revisión y análisis de 55 pólizas y la relación de movimientos de los meses de enero a septiembre de 2001, se observó que los cheques para comprobación de gastos de ocho pólizas, por un importe de 429.8 miles de pesos, fueron expedidos a nombre de una persona diferente a la que contablemente se le registra el adeudo; la póliza E-71892 de fecha 8 de noviembre de 1999 por 95.5 miles de pesos no se proporcionó, y los recibos que amparan la comprobación, en 13 casos por 429.6 miles de pesos, no correspondieron a la finalidad para la que fueron solicitados. Al respecto, el Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal, con la nota del 28 de noviembre de 2001, informó que esta situación ya se había detectado, por lo que envió el oficio núm. FIN.01.-1473 de fecha 28 de septiembre de 2001, a todos los responsables de las Unidades Básicas de Programación y Presupuestación (UBPP), en el entendido de que sólo se tramitarán cheques expedidos cuando se especifique el gasto por efectuar; asimismo, se le cargará al responsable de la unidad solicitante.
Se observó que el Manual de Procedimientos del Departamento de Contabilidad, Formulación y Control Presupuestal no cuenta con lineamientos para la expedición de cheques, ni para la reposición de fondos fijos. Al respecto, con nota del 28 de noviembre de 2001, el citado departamento informó que estos lineamientos están establecidos y se han dado a conocer a todos los responsables de las unidades del Colegio; sin embargo, se procederá a su formalización.
Observación
Con la revisión y análisis de 55 pólizas y la relación de movimientos de los meses de enero a septiembre de 2001, se constató que los cheques para comprobación de gastos de ocho pólizas, por 429.8 miles de pesos, fueron expedidos a nombre de personas diferentes a las que contablemente se les registraron los adeudos; la póliza E-71892 de fecha 8 de noviembre de 1999, por 95.5 miles de pesos no fue proporcionada; además, los recibos que amparan las comprobaciones de 429.6 miles de pesos (trece casos) no correspondieron a la finalidad para la que fueron solicitados los recursos.
De igual manera, no se han sometido a la consideración de las autoridades superiores los lineamientos para la expedición de cheques ni la reposición de fondos fijos, en contravención de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-007 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera para que proporcione evidencia documental de la póliza E-71892 del 8 de noviembre de 1999 por 95.5 miles de pesos; que en lo subsecuente, los cheques se expidan a nombre de la persona que comprobará el gasto, y que los recibos que amparan las comprobaciones de dichos gastos correspondan a la finalidad para lo que fueron solicitados los recursos; asimismo, que se formalicen los lineamientos para la expedición de cheques y reposición de fondos fijos, en cumplimiento de los artículos 59, fracción IX, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su reglamento.
Acción Promovida
00-08140-2-044-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que la Coordinación Financiera no proporcionó a la Auditoría Superior de la Federación la póliza E-71892 del 8 de noviembre de 1999 por 95.5 miles de pesos y su documentación soporte; además que los recibos que ampararon las comprobaciones en trece casos por 429.6 miles de pesos, no correspondieron a los fines para los que fueron solicitados los recursos; y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Con el análisis de la cuenta 128 "Estimación para Cuentas Incobrables", por un importe de 323.4 miles de pesos, se constató que se integró por los adeudos siguientes:
INTEGRACIÓN
DE LA CUENTA 128 “ESTIMACIÓN PARA CUENTAS INCOBRABLES”
(Miles de
pesos)
|
Sscta. |
Nombre |
Importe |
Antigüedad |
|
24005 24015 26555 54198 |
INEISACH Grupo
Constructor Balcones del Mar,S.A. de C.V. Ma.
C. Olmedo Bolaños Ma.
Liliana Gonzaga Villalobos Total |
81.0 238.7 2.7 1.0 323.4 |
1993 1994 1997 1994 |
FUENTE: Auxiliares Contables al 31
de diciembre de 2000.
Se comprobó que el adeudo del Instituto de Estudios e Investigaciones y Servicios Agripefor Chapingo (INEISACH), por 81.0 miles de pesos, se originó por préstamos realizados a este instituto para apoyar temporalmente estudios de consultoría. Mediante nota informativa, la Dirección Jurídica informó de que fue hasta 1997 (cuatro años después) que este caso le fue turnado, e indicó que no se pudo proceder judicialmente debido a que los documentos base de la acción, no fueron proporcionados por la Coordinación Financiera, por lo que con fecha 17 de septiembre de 1999 emitió un dictamen en el que sugirió el registro como cuenta incobrable.
Del adeudo por 238.7 miles de pesos del Grupo Constructor Balcones del Mar, S.A. de C.V., se constató que se originó por el incumplimiento de un contrato de obra pública que la citada empresa celebró con el Colegio para la construcción de invernaderos generales y cámaras de crecimiento. Al respecto, mediante una nota la Dirección Jurídica informó que en agosto de 1993, las partes contractuales finiquitaron, y quedó un saldo en favor del Colegio de 238.7 miles de pesos, los cuales fueron requeridos extrajudicialmente, sin que se tuviera éxito. El expediente fue turnado a la citada Dirección Jurídica el 31 de octubre de 1996, y finalmente el 28 de febrero de 1997 (tres años, 6 meses después) se presentó una demanda formal ante el Juzgado Quinto del Distrito en materia Civil en el Distrito Federal, en contra de la citada empresa, la cual fue desechada. Como resultado de que se interpuso un recurso de apelación el 14 de marzo de 1997, se emitió la sentencia que condenó a la empresa al pago del adeudo citado. Sin embargo, la empresa deudora no ha sido localizada, y a la fecha de la revisión (noviembre de 2001) el proceso judicial continúa; asimismo, con fecha 27 de septiembre de 1999, la Dirección Jurídica emitió su dictamen, en el que consideró el saldo como incobrable.
Respecto de los 2.7 y 1.0 miles de pesos de Ma. C. Olmedo Bolaños y Ma. Liliana Gonzaga Villalobos, se comprobó que correspondieron a adeudos por concepto de préstamos o finiquitos para la adquisición de microcomputadoras; la Dirección Jurídica informó que no fue solicitado el trámite para su cobro.
Con la póliza 171 de fecha 30 de abril de 2001, los cuatro adeudos fueron dados de baja contablemente, de conformidad con el acuerdo núm. 17.03.99 del Órgano de Gobierno, por los montos registrados en la Estimación para Cuentas Incobrables (INEISACH por 81.0 miles de pesos, Grupo Constructor Balcones del Mar, S.A. de C.V., por 238.7 miles de pesos, María C. Olmedo Bolaños por 2.7 y Ma. Liliana Gonzaga Villalobos por 1.0 miles de pesos).
Observación
Se constató que en dos casos cuyos adeudos ya fueron dados de baja contablemente conforme al acuerdo núm. 17.03.99 emitido por el Órgano de Gobierno del Colegio, INEISACH por 81.0 miles de pesos y Grupo Constructor Balcones del Mar, S. A. de C. V., por 238.7 miles de pesos, los cuales tenían antigüedad desde 1993 y 1994, respectivamente, se solicitó la intervención del área Jurídica, entre cuatro años y tres años dos meses posteriores a la exigibilidad del cobro; además, en el primer caso no se proporcionó la evidencia documental necesaria para ejercer las acciones legales procedentes.
Acción Promovida
00-08IZC-2-044-01-008 Recomendación
Es necesario que las autoridades superiores del Colegio de Postgraduados instruyan a la Coordinación Financiera, a fin de que conjuntamente con la Dirección Jurídica establezcan mecanismos de control y de supervisión para que de manera oportuna se realicen las acciones administrativas y legales para recuperar los adeudos.
Acción Promovida
00-08140-2-044-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados en el ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de que se solicitó la intervención del Área Jurídica, entre cuatro años y tres años dos meses posteriores a la exigibilidad del cobro, de los adeudos de INEISACH por 81.0 miles de pesos y Grupo Constructor Balcones del Mar, S.A. de C.V., por 238.7 miles de pesos; además, en el primer caso no le proporcionaron la evidencia documental necesaria para que ejerciera las acciones legales procedentes; y se informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos.
Resultado
Se comprobó que las operaciones realizadas se registraron en la contabilidad de la entidad con base en el Catálogo de Cuentas, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 4 de diciembre de 1997, en cumplimiento del artículo 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal así como 91 y 94 de su reglamento.
Asimismo, se observó que por la expedición de cheques por comprobar, se efectúa el cargo a las cuentas 127 "Deudores Diversos", 155 "Fondos en Administración de Centros Regionales", 158 "Fondos en Administración de Institutos" y 640 "Adeudos por Cobrar, y se abona a la cuenta 112 "Bancos". Y por la comprobación de gastos y ministraciones, se carga a las cuentas 511 "Costos de Programas Internos" y 650 "Adeudos Cobrados" y se abona a cada una de las cuentas deudoras.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 23
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Número |
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
23 |
|
Subtotal |
23 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control -
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal |
16 1 |
|
Subtotal |
17 |
|
Total |
40 |
Del total general, 17 (42.5%) son de carácter correctivo, y 23 (57.5%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 12 recomendaciones, de las cuales se han solventado 12 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
Recomendaciones |
12 |
n/r |
n/r |
n/r |
12 |
|
a)
Solventadas |
12 |
|
|
|
12 |
|
b)
Por solventar |
0 |
|
|
|
0 |
|
Total Emitido |
12 |
|
|
|
12 |
|
Total
Solventado |
12 |
|
|
|
12 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
|
|
|
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron
revisiones al ente público en este ejercicio.
c)
Resumen de Acciones Promovidas
|
Tipo de
Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por
Solventar |
|
Acciones
preventivas derivadas de la
revisión de cuentas públicas anteriores |
12 |
12 |
0 |
|
Acciones
preventivas derivadas de la
revisión de la CHPF 2000 |
23 |
0 |
23 |
|
|
|
|
|
|
Acciones
correctivas derivadas de la
revisión de cuentas públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones
correctivas derivadas de la
revisión de la CHPF 2000 |
17 |
0 |
17 |
|
|
|
|
|
|
Total |
52 |
12 |
40 |
[1]/ Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Rural, COLPOST.