Atribuciones
El Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril
de 1996, en su capítulo tercero indica lo siguiente:
“... Artículo 42. Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria
(ASERCA) tendrá las siguientes atribuciones:
I.
Elaborar, promover y
desarrollar sistemas y programas para fortalecer la comercialización de
productos agropecuarios;
II.
Instrumentar, ejecutar,
supervisar y evaluar los sistemas y programas de apoyos directos al campo, así
como los relativos a la comercialización agropecuaria;
III.
Integrar el padrón de predios
y superficies, así como de productores, objeto de los apoyos directos al campo
y a la comercialización agropecuaria;
IV.
Dictaminar las solicitudes de
inscripción al registro de superficies y productores beneficiarios a apoyos
directos al campo, a la comercialización agropecuaria, o a los que por
disposición legal sean establecidos y se encuentren ubicados dentro del área de
su competencia;
V.
Promover el diseño y
ejecución del programa de capitalización, mecanización y desarrollo tecnológico
de la agricultura y ganadería;
VI.
Fomentar la ejecución de
proyectos viables de reconversión productiva ajustados a la vocación de las
tierras;
VII.
Contribuir al desarrollo de
proyectos ecológicos en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente,
Recursos Naturales y Pesca, tendentes a la utilización racional de tierras y
aguas que garanticen la preservación de los recursos naturales y disminuyan su
deterioro, causado por una inadecuada explotación productiva;
VIII.
Promover el diseño y desarrollo
de programas de financiamiento y cobertura de precios para apoyar la
comercialización de productos agropecuarios;
IX.
Fomentar, promover y
desarrollar mercados en el extranjero para la explotación de productos
agropecuarios nacionales;
X.
Coordinar sus actividades de
apoyo directo a productores con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal que tengan atribuciones o participen en el
desarrollo del sector agropecuario, así como con las organizaciones de
productores rurales, cámaras comerciales e industriales, instituciones de
crédito y las demás que estén relacionadas con el sector;
XI.
Fomentar la organización y
capacitación de productores para la producción y comercialización de productos
agropecuarios;
XII.
Coordinar y, en su caso,
elaborar estudios que permitan detectar oportunidades y problemas existentes en
materia de comercialización agropecuaria;
XIII.
Fomentar la elaboración de
programas para la construcción de infraestructura básica, permanente y
rentable, a fin de realizar eficientemente los procesos de producción y
comercialización;
XIV.
Fomentar y desarrollar sistemas
de información de mercados agropecuarios, nacionales e internacionales, de
carácter público y privado, así como difundir dicha información;
XV. Fomentar
la creación de sociedades de inversión de capitales para el sector
agropecuario, que apoyen la constitución de empresas comercializadoras
especializadas por región o por producto, así como coordinar e instrumentar los
mecanismos de participación y asociación de empresas comercializadoras
internacionales en el mercado interno;
XVI.
Participar como mediador en las
negociaciones que se establezcan entre productores y compradores, así como
fomentar la creación de establecimientos legalmente autorizados en los que se
puedan reunir éstos para concertar o suscribir operaciones mercantiles sobre
productos agropecuarios;
XVII.
Ejercer los recursos que aporten
los sectores público y privado derivados de convenio para la realización de los
programas a su cargo;
XVIII.
Proponer medidas de tipo financiero
que permitan el desarrollo de los servicios a su cargo;
XIX.
Evaluar el impacto de los precios
de los productos agropecuarios en el mercado internacional, derivado de los
apoyos otorgados a productores por gobiernos de otros países; y
XX.
Establecer, con la autorización
del Secretario, representaciones en el extranjero, en coordinación con otras
dependencias del Gobierno Federal o con sus Sociedades Nacionales de Crédito.”
Situación
presupuestaria
A continuación se presentan los ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
|||||
|
Presupuesto original Total Subsidios y aportaciones Presupuesto recaudado Total Subsidios y aportaciones |
11,422,536 11,422,536 11,366,350 11,366,350 |
|
14,462,805 14,462,805 13,903,042 13,903,042 |
|
3,040,269 3,040,269 2,536,692 2,536,692 |
|
27 27 22 22 |
||
FUENTES: Información
Presupuestal Original y Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales,
1999, proporcionada por la entidad; información Presupuestal Original y
Recaudada, Estado Analítico de Ingresos Presupuestales, 2000, proporcionada por
la entidad.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital |
11,422,536 11,413,783 8,753 11,364,127 11,327,577 36,550 |
|
14,462,805 14,458,805 4,000 13,776,479 13,773,765 2,714 |
|
3,040,269 3,045,022 (4,753) 2,412,352 2,446,188 (33,836) |
|
27 27 (54) 21 22 (93) |
|
FUENTES: Información Presupuestal Original y Ejercida,
Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto, 1999; proporcionada por la
entidad; información Presupuestal Original y Ejercida, Estado del Ejercicio
Presupuestal del Gasto, 2000; proporcionada por la entidad.
Situación financiera
A continuación se
presenta la situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y
1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|
|
2000 |
|
1999 |
|
|
ACTIVO Circulante Fijo |
|
75,848 113,184 |
|
125,823 111,458 |
|
|
(49,975) 1,726 |
|
|
Suma el activo |
|
189,032 |
|
237,281 |
|
|
(48,249) |
|
|
PASIVO A corto plazo |
|
62,666 |
|
107,694 |
|
|
(45,028) |
|
|
Suma el pasivo |
|
62,666 |
|
107,694 |
|
|
(45,028) |
|
|
PATRIMONIO |
|
126,366 |
|
129,587 |
|
|
(3,221) |
|
|
Suman el pasivo y el patrimonio |
|
189,032 |
|
237,281 |
|
|
(48,249) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
FUENTES: Estados Financieros Dictaminados 2000 (comparativo 1999).
Actividades institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, Apoyos y Servicios
a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA) se propuso desarrollar las
actividades institucionales que se presentan a continuación.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 20 “Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.
El objetivo de la
actividad consistió en administrar los recursos financieros de aportaciones a
seguridad social del Sector, con el fin de avanzar en la modernización
administrativa.
Esta actividad no tuvo
metas asignadas.
Función 13 “Desarrollo Agropecuario”.
Subfunción 01 “Agrícola y Pecuario”.
Programa Sectorial 20 “Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades
Institucionales 305 “Favorecer la Comercialización de Productos Agropecuarios” y 701
“Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros”.
La
actividad 305 tuvo como objetivo fomentar procesos comerciales eficientes de
productos agrícolas y pecuarios.
Sus
metas consistieron en apoyar la comercialización de los siguientes productos:
3,965,000 toneladas de granos de maíz; 308,000 toneladas de granos de arroz;
2,680,000 toneladas de trigo; 1,250,000 toneladas de sorgo; y 896,162 toneladas
de productos como parte de la cobertura de precios de productos agrícolas.
La actividad 701 tenía como objetivo el coordinar y dirigir la operación
de las áreas central, órganos administrativos desconcentrados y paraestatal;
así como administrar, controlar y optimizar los recursos humanos, materiales y
financieros del Sector con el propósito de eficientar las acciones y avanzar en
la modernización administrativa.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Programa Especial 002 “Programa de Apoyos Directos al Campo”.
Actividad Institucional
201 “Promover
la Aplicación de Políticas Públicas Sectoriales”.
El objetivo de la
actividad consistió en fortalecer el desarrollo agropecuario y agroindustrial,
mediante un proceso de inversión en capital humano, tecnología, infraestructura
y equipamiento en el Sector Agropecuario, transformando la estructura productiva.
La meta
de la actividad se avocó a apoyar 13,900,000 hectáreas en el Sector
Agropecuario. [1]/
Tipos de revisión.
Con el oficio núm. OASF-F-1212/01 del 14 de septiembre de 2001, el C.
C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C.
Lic. Francisco Javier Mayorga Castañeda, Director en Jefe de Apoyos y Servicios
a la Comercialización Agropecuaria, la inclusión de la entidad en los trabajos
de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al
ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo
dos auditorías financieras y de cumplimiento.
Programa de Apoyos Directos al Campo (PROCAMPO) para el
Estado de Jalisco
Como resultado de la evaluación
efectuada a este programa, se comprobó lo siguiente:
1.
Los recursos otorgados a productores en el
ciclo agrícola primavera-verano 2000 correspondieron a previsiones
presupuestarias que se ajustaron al monto autorizado para ese ejercicio por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
2.
En términos generales, los apoyos fueron
otorgados a productores que cumplieron con los requisitos previos que
establecen el Decreto de creación del PROCAMPO y las Normas de Operación de los
ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2001, y se utilizaron
por dichos productores, en complementar sus ingresos y adquirir insumos que
mejoraran la producción de sus predios.
3.
En 59 casos con apoyos otorgados por
12,641.4 miles de pesos, los expedientes de productores que se revisaron
carecen de documentos básicos exigibles por la normativa y por otra parte se
detectaron apoyos a comunidades indígenas por 11,334.9 miles de pesos y a
productores individuales por 323.4 miles de pesos, amparados con solicitudes colectivas;
situación no prevista por las Normas de Operación del PROCAMPO, además de que
en ambos casos se carecen de los expedientes individuales exigibles.
4.
Se determinaron diferencias de menos por
7,955.3 miles de pesos entre los registros contables de la Dirección Regional
Jalisco (ASERCA) y los Distritos de Desarrollo Rural de la SAGARPA, que fueron
aclaradas al cierre de los trabajos.
Egresos Presupuestales del Capítulo 1000 “Servicios
Personales”
De
la revisión de las erogaciones del concepto servicios personales en oficinas
centrales de ASERCA, se concluye que:
1.
Las erogaciones correspondieron a previsiones de su presupuesto por
servicios realmente recibidos y justificados; que los pagos se ajustaron a los
tabuladores autorizados; que ASERCA contó con las plantillas autorizadas, tanto
para personal de estructura, como de personal contratado por honorarios
asimilados a sueldos, y que los pagos provisionales del ISR se efectuaron
conforme a la norma.
2.
En lo relativo
al control de los recursos humanos y la integración de los expedientes
laborales, se observaron diversas deficiencias por parte del órgano
desconcentrado, como falta de envío por las áreas sustantivas de los oficios de
autorización de vacaciones de su personal, falta de autorización de los oficios
de comisión, omisiones de entrada y de salida injustificadas que no se
sancionaron, faltas injustificadas sin descuento y personal con faltas
consecutivas sin que se les rescindiera el contrato. Además, los expedientes
del personal carecieron de documentos básicos.
3.
La existencia
de pagos improcedentes de estímulos de productividad a 25 prestadores de
servicios por honorarios, con importe de 55.4 miles de pesos, así como la falta
de entero de 112.9 miles de pesos correspondientes al 2% sobre nóminas del bono
de productividad.
4.
ASERCA no
tiene políticas que definan el procedimiento por seguir en el caso de cheques
no cobrados por el personal de honorarios y reintegró a la TESOFE recursos no
ejercidos por 877.3 miles de pesos con retrasos promedio de 30 días, sin
incluir los rendimientos generados.
Objetivo
La auditoría consistió en comprobar que las cantidades asignadas por Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA) al Procampo, con cargo a su Dirección Regional Occidente, correspondieron a previsiones presupuestarias que se aplicaron en los fines establecidos; que los productores beneficiados con los apoyos cumplieron con los requisitos para su otorgamiento; y que en el control de los recursos no recibidos, así como en el registro contable y presupuestario de las transacciones, se observó la normativa.
Criterios de Selección
Para el año 2000, ASERCA presentó en el Estado del Ejercicio del Presupuesto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal apoyos otorgados por 10,378,787.0 miles de pesos, monto superior en 1,006,593.0 miles de pesos (10.7%) al ejercido en 1999 por 9,372,194.0 miles de pesos. De esa cantidad, le correspondieron al estado de Jalisco, en el ciclo primavera-verano de 2000, 669,613.2 miles de pesos (6.5% del total nacional), con lo cual ocupó el tercer lugar en importancia, motivo por el que se seleccionó para su revisión.
Adicionalmente, en revisiones efectuadas por esta Auditoría Superior de la Federación en 1998 y 1999 se determinaron deficiencias en la integración de expedientes correspondientes a los apoyos otorgados en dichos ejercicio, de los cuales se derivaron demandas para la recuperación de pagos indebidos.
Por su parte en la Carta de Sugerencias al Control Interno derivada de la revisión de los Estados Financieros por los Auditores Externos se menciona lo siguiente:
a) A diciembre de 2000 se efectuaron pagos indebidos al modificarse las superficies a beneficiar. Asimismo, se registraron recursos no ejercidos de PROCAMPO en bancos por 739.0 miles de pesos, los cuales no han sido conciliados ni reintegrados a la TESOFE a la fecha y tienen una antigüedad mayor de un año.
b) En la Dirección Regional de ASERCA en Irapuato, Gto., se observó que las actas de finiquito presupuestal de PROCAMPO, correspondientes a los ciclos agrícolas otoño-invierno 99/00 y primavera-verano 2000, no se encuentran firmadas por el Delegado de la SAGARPA.
Adicionalmente a lo antes descrito, en información periodística publicada el 15 de agosto de 2001, se reportaron irregularidades en el padrón de productores del PROCAMPO que promoverán la intervención de la SAGARPA, a través de auditorías al programa desde su creación.
Alcance
Se examinó la integridad, corrección e inclusión en el Directorio del Procampo de apoyos otorgados por la Dirección Regional Occidente de ASERCA en el estado de Jalisco, que consistió en 39,166 predios durante el ciclo primavera-verano 2000, con importe global de 167,787.6 miles de pesos, es decir, el 25.3% del monto total ejercido por Jalisco en ese periodo agrícola, por 662,564.7 miles de pesos; además, se verificaron la autenticidad y cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas de operación para el mencionado ciclo, respecto de las operaciones respaldadas en 2,032 expedientes con apoyos equivalentes a 52,972.0 miles de pesos (el 8.0% del total).
Áreas Revisadas
Los trabajos se realizaron en los Centros de Apoyo al Desarrollo Rural (CADER) de Huejúcar, Huejuquilla, Lagos de Moreno, Puerto Vallarta, Ocotlán, Tecolotlán y Tepatitlán, ubicados en el área de influencia de la Dirección Regional Occidente en el estado de Jalisco, así como en las direcciones generales de Administración y Finanzas, de Programación y Evaluación de Apoyos Directos y de Medios de Pago en oficinas centrales.
Resultado
El presupuesto original autorizado al órgano desconcentrado ASERCA en 2000 para el Programa de Apoyos Directos al Campo fue de 10,634,400.0 miles de pesos, conforme al oficio de autorización núm. 510.-581 del 9 de febrero de 2000, emitido por la Oficialía Mayor de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR). Este monto fue objeto de una reducción por 253,557.0 miles de pesos, para quedar en 10,380,843.0 miles de pesos. De ese importe se ejercieron 10,378,787.0 miles de pesos, cifra que coincide con la registrada en el Análisis y Resumen del capítulo 4000 "Ayudas, Subsidios y Transferencias", de la Cuenta Pública de 2000, y con los auxiliares presupuestarios por partida. Los 2,056.0 miles de pesos no ejercidos se enteraron a la Tesorería de la Federación mediante diversos oficios remitidos entre el 8 y 9 de enero de 2001, en cumplimiento de los artículos 25, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 92 de su reglamento; y 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación.
Se verificó que el presupuesto ejercido por ASERCA en Procampo, coincidió con el asentado en su estado de ingresos y sus aplicaciones en 2000; las cifras están sustentadas en los auxiliares contables desglosados por subcuenta y las conciliaciones diarias entre las direcciones regionales y la Dirección General de Medios de Pago de oficinas centrales, cálculos efectuados mediante el sistema electrónico de registro, en cumplimiento de los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 101 de su reglamento.
La variación positiva que se determinó entre los recursos destinados al Procampo para el ciclo agrícola primavera-verano de 2000, por 10,378,787.0 miles de pesos, y los ejercidos en 1999, por 9,372,194.0 miles de pesos, tuvo su origen en la modificación de las cuotas de apoyo por hectárea, que en 2000 fueron de 778.0 pesos y en 1999, de 708.0 pesos, de conformidad con el punto 2.6, Monto y Entrega del Apoyo de las Normas de Operación para los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001, que en cumplimiento del artículo 4o. del Decreto que Regula el Programa de Apoyos Directos al Campo, fueron autorizadas por el Director General Jurídico de la SAGAR.
Resultado
En el cotejo que se llevó a cabo entre el Directorio de Procampo, la base de datos del ciclo primavera-verano de 2000 del estado de Jalisco, las solicitudes de apoyo de los productores proporcionados por la Dirección General de Medios de Pago, y los CADER seleccionados, se constató que los recursos otorgados para los 39,166 predios, con importe global de 167,787.6 miles de pesos, correspondieron a las superficies elegibles y los montos autorizados por hectárea para ese ciclo agrícola; los beneficiarios se encuentran incluidos en el directorio y las solicitudes contaron con los datos requeridos para su otorgamiento, es decir, la ubicación del predio, la superficie total elegible, folio, régimen legal y firma original del productor, datos que coinciden con los registrados en las nóminas para el pago de los apoyos y con los que muestran los expedientes exhibidos por los CADER.
Además, se confirmó que los productores beneficiados recibieron los apoyos en las fechas establecidas por la Delegación de la SAGAR, de acuerdo con el calendario de pagos del Procampo, con lo que ASERCA cumplió con lo que señalan el numeral 3, capítulo I, Caracterización del Programa para los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001, así como los numerales 31 a 35, del punto 2.2, Documentación Requerida, de las Normas de Operación y Procedimientos, del ciclo primavera-verano 2000.
Resultado
La inspección de los 2,032 expedientes de la muestra demostró que en 1,973 casos, con apoyos otorgados por 40,331.0 miles de pesos, se cumplieron los requisitos establecidos en las Normas de Operación para los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001; sin embargo, en 59 casos correspondientes a los Centros de Apoyo al Desarrollo Rural de Huejúcar, Ocotlán, Atotonilco y Huejuquilla, con apoyos recibidos entre los ciclos agrícolas primavera-verano 1997-2000 por 12,641.0 miles de pesos, se observaron los problemas que a continuación se describen:
En 13 casos, correspondientes a los Centros de Apoyos al Desarrollo Rural de Huejúcar y Ocotlán, con apoyos recibidos por 100.2 miles de pesos, los expedientes carecieron de las constancias de siembra en el predio, así como del tipo de cultivo entre 1991 y 1993.
Por otra parte, se constató que en 37 casos de los CADER de Atotonilco, Huejúcar y Huejuquilla, con recursos otorgados en los ciclos agrícolas primavera-verano 1997-2000, por 739.7 miles de pesos, el documento de posesión, respectivo ampara menos hectáreas que las pagadas, deficiencia que se corrigió en los meses de noviembre y diciembre de 2001, mediante la obtención de la constancia del Subcomité de Regularización de Predios Rústicos del Gobierno del estado de Jalisco.
A su vez en 9 casos referidos a los CADER de Atotonilco y Huejuquilla, con apoyos recibidos en los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y primavera-verano 1997-2000 por 466.6 y 11,334.9 miles de pesos, en ese orden, se observó que 4 de los casos correspondientes al primero de ellos, cuya solicitud se tramitó de manera individual, no contaron con los expedientes de los productores, mientras que en los 5 casos restantes, de los que uno de ellos correspondió a Atotonilco, el apoyo se obtuvo a través de solicitudes colectivas a favor de las comunidades indígenas de San Andrés Cohamiata, San Sebastián Teponahuaxtlán, Santa Catarina Cuexcomatitlán y Tenzompa, ubicadas en la zona de influencia del CADER de Huejuquilla El Alto, así como del C. García Jiménez José Luis, por lo que respecta al CADER de Atotonilco.
Se determinó que en los 5 casos referidos a las solicitudes colectivas, además de que la modalidad de inscripción no está considerada por las Normas de Operación del Procampo, el CADER de Huejuquilla carece de los expedientes individuales de los productores, que conforme a los convenios celebrados entre las comunidades y la SAGAR, hacían exigible su integración o en su caso el convenio sería rescindido.
La visita de inspección llevada a cabo en las comunidades de San Sebastián Teponahuaxtlán y Tenzompa del CADER de Huejuquilla, demostró que los argumentos presentados por la Dirección Regional Occidente de ASERCA en su oficio núm. F00.1.0.06/2483/01 del 11 de octubre de 2001, tendientes a obtener la autorización del titular del órgano desconcentrado para continuar apoyando a esas comunidades en la modalidad de solicitud colectiva, y que consistieron en ubicación geográfica, características y condiciones de vida de la población beneficiaria de los apoyos, no son ciertos, por lo cual la autorización obtenida mediante el oficio número F00.3.2./0918/2001 de la Dirección General de Programación y Evaluación de Apoyos Directos de oficinas centrales para el ciclo agrícola primavera-verano 2001 está sustentada en argumentos falaces y además deja al descubierto recursos otorgados entre 1997 y 2000 con importe global de 11,334.9 miles de pesos.
Por lo anteriormente expuesto, el órgano desconcentrado infringió las Normas de Operación y Procedimientos de los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001, así como los Convenios de Gestión Colectiva, de los Apoyos Directos de Procampo.
Observación
En la inspección de los 2,032 expedientes de la muestra y las visitas de supervisión efectuadas a productores, se determinó que en 59 casos, con apoyos otorgados por 12,641.4 miles de pesos, la documentación integrada en ellos presentó deficiencias que hacían improcedente la entrega de los recursos, como se muestra a continuación:
PROBLEMÁTICA
EN LA INTEGRACIÓN DE LOS
(Miles de
pesos)
Casos
|
CADER |
Inconsistencia |
Importe |
|
13 37 4 5 ___ |
Huejúcar Ocotlán Atotonilco Huejúcar Huejuquilla Atotonilco Huejuquilla (1997-2000) Atotonilco |
Carencia del documento de elegibilidad El documento de posesión ampara menos hectáreas que las apoyadas
(1997-2000) No se
cuenta con los expedientes Solicitud colectiva que infringe las Normas de Operación del PROCAMPO |
67.7 32.5 100.2 53.4 312.1 374.2 739.7 143.2 11,334.9 323.4 11,658.3 _______ 12,641.4 |
FUENTE: Expedientes de productores presentados por
los CADER.
Al respecto, se estableció que la problemática obedece a la deficiente verificación del contenido documental de los expedientes de los productores por parte de los jefes de los CADER en el estado de Jalisco, así como al consentimiento de la Dirección Regional de ASERCA en cuanto al otorgamiento de apoyos mediante solicitudes colectivas, sin integrar los expedientes individuales por productor, en incumplimiento de lo dispuesto en los puntos 2.1.1. numeral 9, Definición de la Superficie Elegible; 2.1.3. numeral 15, Superficies Objeto del Apoyo; 2.2. numeral 31, Documentación Requerida; 2.2.1. numerales 32 al 53, Personas Físicas; 3.3. numerales 70 y 71, Revisión y Procesamiento de las Solicitudes y Autorización y Generación de los Apoyos; el capítulo III, numeral 61-b, Responsabilidades de la Estructura Operativa y Procedimientos, de las Normas de Operación de los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001; y las cláusulas sexta y décimo segunda del Convenio de Gestión Colectiva de los Apoyos Directos del Procampo celebrado entre el Delegado en Jalisco de la SAGAR, los representantes de las comunidades y el Director Regional de ASERCA.
Acción Promovida
00-08100-2-046-01-001 Recomendación
Es necesario que el Delegado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el estado de Jalisco instruya al Subdelegado de Planeación para que, en coordinación con el Director Regional Occidente de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, corrija las deficiencias detectadas en la integración de 59 expedientes de los Centros de Apoyo para el Desarrollo Rural de Atotonilco, Huejúcar, Huejuquilla y Ocotlán, con apoyos otorgados por 12,641.4 miles de pesos, y refuerce las medidas de supervisión sobre la integración documental de expedientes y el número de hectáreas registradas en el documento de posesión, con el propósito de justificar las sumas entregadas y cumplir con lo establecido por las Normas de Operación del Procampo.
Acción Promovida
00-08114-2-046-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que las contralorías internas en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como en Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria de manera coordinada y en el ámbito de sus respectivas atribuciones inicien, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo que prevé la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, respecto de las inconsistencias determinadas en la integración de 59 expedientes referidos a los Centros de Apoyo para el Desarrollo Rural de Atotonilco, Huejúcar, Huejuqilla y Ocotlán, con apoyos otorgados por 983.1 miles de pesos, así como respecto de los apoyos otorgados por 11,658.3 miles de pesos que no cumplen con los requisitos que establecen las Normas de operación de los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001 del Procampo, e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
Con la revisión de las nóminas para el pago de apoyos y las solicitudes de productores que presentaron los CADER elegidos, se comprobó que en los casos en que aquéllos cedieron sus derechos, se cumplió el punto 2.4, Cesión de Derechos, numerales 45 al 49, de las Normas de Operación de los ciclos agrícolas primavera-verano 2000 y otoño-invierno 2000/2001 del Procampo, ya que los expedientes contaron con el contrato de cesión celebrado entre el productor y la institución crediticia autorizada por ASERCA. Además, se confirmó que los cesionarios realmente recibieron los importes correctos, conforme a las fichas de depósito bancario, exhibidas por la Dirección Regional.
Resultado
Al conciliar el importe global de los apoyos otorgados a los Distritos de Desarrollo Rural (DDR) de La Barca, El Grullo, Tomatlán y Lagos de Moreno por 313,246.9 miles de pesos, y las cantidades registradas como pagadas por la Dirección General de Medios de Pago de ASERCA, en la base de datos del Procampo por 305,291.6 miles de pesos, se determinó una diferencia de menos en esta última de 7,955.3 miles de pesos como se observa en el cuadro siguiente:
CONCILIACIÓN
DE APOYOS OTORGADOS EN EL PROCAMPO
(Miles de
Pesos)
|
Distrito
de Desarrollo
Rural |
Cheque
Pagados a Productores |
||
|
Según DDR |
Según
ASERCA |
Diferencia |
|
|
La Barca El Grullo Tomatlán Lagos de
Moreno Totales |
110,520.4 51,424.1 18,777.7 132,524.7 313,246.9 |
102,945.6 51,315.8 18,718.1 132,312.1 305,291.6 |
7,574.8 108.3 59.6 212.6 7,955.3 |
FUENTE: Base
de Datos del PROCAMPO de ASERCA y Pagos de Apoyos del ciclo agrícola P.V 2000
de los DDR.
Lo anterior, se originó por la falta de conciliaciones periódicas entre la Subdelegación de Planeación de la Delegación en Jalisco de la SAGARPA y la Dirección Regional Occidente de ASERCA, y fue corregido con posterioridad al cierre de la auditoría mediante la confronta individual de las actas de entrega-recepción de cheques Procampo que se llevó a cabo entre las citadas dependencias.
Observación
En la conciliación de apoyos otorgados por los DDR de La Barca, El Grullo, Tomatlán y Lagos de Moreno, con importe global de 313,246.9 miles de pesos, y las cantidades registradas por ASERCA en la base de datos del Procampo, por 305,291.6 miles de pesos, se determinó una diferencia de menos en esta última de 7,955.3 miles de pesos, debido a que no habían sido conciliadas las cantidades destinadas al apoyo de productores entre la Subdelegación de Planeación de la SAGARPA en Jalisco y la Dirección Regional Occidente de ACERCA, en incumplimiento del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08F00-2-046-01-001 Recomendación
Es necesario que el Director en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya al Director Regional en Occidente para que, conjuntamente con la Subdelegación de Planeación de la Delegación en Jalisco de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y en forma periódica, adopte la política de conciliar las cifras respecto de los apoyos otorgados a productores que muestra su base de datos, a fin de contar con información precisa sobre los recursos ejercidos y cumplir con lo establecido por el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Resultado
Se comprobó que en los registros contable y presupuestal de las operaciones de la muestra se cumplió con los artículos 39, párrafo segundo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, así como 4982 y 90 de su Reglamento, ya que la afectación de las cuentas se ajustó al Catálogo de Cuentas y al Clasificador por Objeto del Gasto emitidos por la SHCP, y las pólizas de diario contaron con el oficio de solicitud para la radicación de fondos, enviado a la Tesorería de la Federación por el Director General de Administración y Finanzas de ASERCA.
Objetivo
La auditoría consistió en comprobar que las erogaciones efectuadas por Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA) en el ejercicio 2000, con cargo al Capítulo 1000 "Servicios Personales", correspondieron a previsiones por servicios necesarios y efectivamente recibidos; evaluar si su cálculo y registro presupuestal y contable fueron correctos; y que en el pago de las remuneraciones, así como en la determinación y entero de las contribuciones, la entidad cumplió con las disposiciones gubernamentales.
Criterios de Selección
El Estado del Ejercicio Presupuestal del Gasto dictaminado al 31 de diciembre de 2000 mostró en el gasto corriente de operación en "Servicios Personales" un importe ejercido de 191,451.0 miles de pesos, cifra superior en 29,591.0 miles de pesos al presupuesto original y que significó un incremento de 35,401.0 miles de pesos (22.7%), con respecto a lo ejercido en 1999, debido al aumento de sueldos autorizados para el tabulador general. Por otra parte, en su Carta de Sugerencias al Control Interno, el auditor externo mencionó la existencia de 62 contratos de personal por honorarios asimilables a sueldos, cuyo monto ascendió a 7,747.0 miles de pesos, la falta de acumulación a la base de cálculo del ISR, en 1999, de los conceptos de previsión social múltiple y ayuda por servicios; la aplicación de un factor de subsidio erróneo; y la exclusión en la base para calcular el Impuesto sobre Nóminas, de los estímulos a la productividad.
Alcance
Se examinaron operaciones por 51,239.5 miles de pesos de marzo, mayo y diciembre (10,522.1; 15,243.5 y 25,473.9 miles de pesos respectivamente), que representaron el 26.8% de los 191,451.0 miles de pesos ejercidos en ese año con cargo al Capítulo 1000 "Servicios Personales", conformadas por las partidas 1103 "Sueldos Compactados" (9,885.2 miles de pesos), 1201 "Honorarios y Comisiones" (2,010.0 miles de pesos), 1403 "Cuotas para la Vivienda" (2,081.4 miles de pesos), 1508 "Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro" (393.2 miles de pesos), 1509 "Compensación Garantizada" (23,661.3 miles de pesos), 1601 "Impuesto sobre Nómina" (447.6 miles de pesos) y 1701 "Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño" (12,760.8 miles de pesos).
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en las subdirecciones de Recursos Humanos, Contabilidad, Tesorería y de Programación y Presupuesto, adscritas a la Dirección General de Administración y Finanzas y en la Dirección General de Sistemas de Información para la Operación de Apoyos Directos.
Resultado
Se comprobó que el presupuesto original por 14,462,805.4 miles de pesos que ASERCA registró en el año 2000 correspondió a previsiones de gasto incluidas en el presupuesto que le autorizó la H. Cámara de Diputados, y le fue comunicado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), mediante el oficio núm. 610-581 del 9 de febrero de 2000. Este importe fue objeto de adecuaciones presupuestarias por 483,728.6 miles de pesos, y se modificó a 13,979,076.8 miles de pesos, de los que se ejercieron recursos por 13,776,478.8 miles de pesos, (98.6%), conforme lo muestran los auxiliares presupuestales por partida de la Subdirección de Programación y Presupuesto; esta cifra coincidió con el reporte de Flujo de Efectivo presentado en la Cuenta Pública; con lo que ASERCA cumplió con los artículos 16, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 154 de su reglamento.
Se determinó la existencia de una economía por 202,598.0 miles de pesos, que se presentó prácticamente en todos los capítulos y que se debió a las acciones emprendidas para el uso eficiente del gasto en materia de servicios personales y el ahorro en servicios básicos, de los cuales 201,720.7 miles de pesos fueron reintegrados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) en forma oportuna; los restantes 877.3 miles de pesos se reintegraron con retraso promedio de 30 días, sin considerar intereses, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; el Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación; el numeral, Ahorros y Economías del Presupuesto, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y el principio básico de contabilidad gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Cabe señalar que por lo que respecta a los intereses, el Director General de Administración y Finanzas de ASERCA solicitó a la Tesorería de la Federación mediante oficio núm. F001.4.00./892/2001, del 17 de agosto de 2001 la condonación del pago de los intereses, dado el poco tiempo y lo complejo que resulta a los órganos desconcentrados efectuar un cierre anual que permita determinar adecuadamente las disponibilidades presupuestales, sin que al cierre de la revisión se tuviera respuesta de la TESOFE.
Observación
Se determinó que ASERCA reintegró a la TESOFE recursos presupuestales no ejercidos por 877.3 miles de pesos con un promedio de 30 días de atraso, sin incluir los intereses devengados, toda vez que le solicitó su condonación, sin que la TESOFE se hubiese pronunciado al respecto, por lo cual se contravinieron los artículos 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación; el numeral 45, Ahorros y Economías del Presupuesto, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y el principio básico de contabilidad gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración y Finanzas de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Dirección de Finanzas para que en lo sucesivo realice un puntual seguimiento de la solicitud de condonación de intereses efectuada ante la TESOFE y, en su caso, devuelva los rendimientos generados con motivo de la tardía devolución de economías, así como para que invariablemente reintegre los recursos presupuestales no ejercidos a la Tesorería de la Federación en el plazo establecido o que incluya los intereses devengados por retrasos, en cumplimiento de los artículos 84 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación; el numeral 45 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y el principio básico de contabilidad gubernamental "Cumplimiento de Disposiciones Legales".
Resultado
Se constató que del presupuesto autorizado para ASERCA, por 14,462,805.4 miles de pesos, le correspondió al capítulo 1000 "Servicios Personales", un monto por 161,860.4 miles de pesos; este importe se incrementó por 42,263.0 miles de pesos, modificándose a 204,123.4 miles de pesos, de los que se ejercieron 191,451.0 miles de pesos y los 12,672.4 miles de pesos restantes, forman parte de la economía anteriormente expuesta. Del monto ejercido 189,441.0 miles de pesos se destinaron al pago de las percepciones de una plantilla de 2,390 empleados, de los cuales 812, el 34.0%, fueron trabajadores de estructura y los restantes 1,578, equivalentes al 66.0%, eventuales; estas plazas fueron autorizadas por la SHCP mediante los oficios núms. 312.A.1.287; 308.A.1.093; y 308.A.2.181 del mes de marzo de 2000. Los restantes 2,010.0 miles de pesos, corresponden a 62 contratos por honorarios asimilados a sueldos, de los cuales 50 se autorizaron mediante el oficio núm. 312.A.2.000088 del 4 de febrero de 2000 y los 12 restantes fueron sustituciones efectuadas durante el ejercicio por término anticipado del contrato, autorizadas con sus respectivos oficios; asimismo, con el oficio núm. 312.A.1.2.2.2.1.053 del 1o. de febrero de 2000, se registró el Programa de Honorarios de ASERCA del ejercicio 2000, conformado por los 62 contratos mencionados.
Resultado
De las partidas de la muestra seleccionada 1103 "Sueldos Compactados", y 1509 "Compensación Garantizada", con importes de 9,885.2 y 23,661.3 miles de pesos, se revisaron las nóminas de marzo, mayo y diciembre de 2000, elaboradas por el Departamento de Nóminas, y se determinó que los pagos se ajustaron a las categorías e importes establecidos en los tabuladores vigentes, autorizados por la SHCP con los oficios núms. 510.396, 308.A.140 y 510.5667 del 1o., 8 de febrero y 24 de noviembre de 2000, respectivamente, en cumplimiento del numeral 56, incluido en el capítulo VII, Servicios Personales, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. Las nóminas seleccionadas correspondieron a los empleados adscritos a oficinas centrales, y fueron firmadas por cada uno de ellos; los cálculos aritméticos son correctos y de acuerdo con los importes de las remesas enviadas y los movimientos efectuados en su cuenta bancaria, en cumplimiento del artículo 42, fracción IV, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2000.
Resultado
Con la finalidad de verificar las asistencias del personal, se analizaron 72 reportes individuales del Sistema de Control de Personal denominados Asistencia de Entrada y Salida, documento en el que las lectoras del sistema registran las horas hábiles acreditadas por cada empleado, incapacidades oficiales, comisiones y vacaciones, donde se determinó que en 23 casos existía el oficio que autorizaba el periodo vacacional; sin embargo, esos documentos emitidos por las subdirecciones a las que están adscritos los trabajadores, no fueron turnados a la Subdirección de Recursos Humanos. Asimismo, en 11 casos no se contó con los oficios de comisión debidamente autorizados; en seis casos, la jornada de trabajo no correspondió a la establecida por la circular núm. 03/99 del 18 de marzo de 1999, que regula los horarios de labores de la Administración Pública Federal Centralizada, ya que no se elaboró el oficio de cambio de horario, establecido en el documento Movimiento de Personal; y en todos los casos (72), se registraron omisiones de salidas y entradas temporales, así como salidas definitivas injustificadas, sin que se aplicara la sanción correspondiente; todo ello contraviene lo establecido en las circulares emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas, como lo indican la SHCP y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM).
Observación
En 23 casos los titulares de las áreas a las que están adscritos los empleados no turnaron los oficios de autorización de vacaciones; en 11 no se contó con el oficio de comisión debidamente autorizado; en 6 casos no se elaboró el oficio de cambio de horario y en todos los casos (72), se omitieron los registros de salidas y entradas temporales y salidas definitivas, sin que ello se justificara, ni se aplicaran las sanciones correspondientes, en infracción de las circulares núms. 03/99 y 12/99 del 18 de marzo y 19 de abril de 1999, referentes a la regulación de las jornadas y horarios de labores de la Administración Pública Centralizada, emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas de ASERCA.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que invariablemente recabe los oficios de autorización de vacaciones, comisiones y cambios de horario que afecten lo reportado en el documento Asistencia de Entrada y Salida del Sistema de Control de Personal, con la finalidad de justificar plenamente las erogaciones por esos conceptos, en cumplimiento de las circulares núms. 03/99 y 12/99 del 18 de marzo y 19 de abril de 1999, emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas.
Resultado
Mediante el análisis comparativo de las nóminas y el reporte de Asistencia de Entrada y Salida, se determinó que 131 faltas por un monto de 64.7 miles de pesos no fueron justificadas ni descontadas en las cuatro quincenas siguientes a la incidencia, tal como se indica en la circular núm. 12/99; asimismo, se observó que en 3 casos se registraron 3 faltas consecutivas no justificadas durante el mes, sin que se sancionara conforme a la Ley Federal del Trabajo. Se constató que en ocasiones, cuando el equipo lector del Sistema de Control de Acceso presenta fallas, el personal registra su asistencia en el Reporte de Vigilancia que controlan los trabajadores de vigilancia y en el que se deben justificar las causas por las que no se utilizó el sistema, utilizando claves preestablecidas; sin embargo, se constató que en 7 casos no se detallaron los motivos de las irregularidades, con lo que las claves no fueron suministradas al control de accesos y, por lo tanto, el documento Asistencia de Entrada y Salida, reportó incidencias no justificadas; lo anterior contraviene las circulares emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas.
Observación
Se determinaron 131 faltas no justificadas, por un monto de 64.7 miles de pesos, que no fueron descontadas en la nómina; asimismo, en 3 casos se registraron 3 faltas consecutivas en un mes sin que se rescindiera el contrato, conforme al artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo. Por otra parte, se constató que el Reporte de Vigilancia no indica las causas por las que el trabajador dejó de utilizar el Sistema de Control de Acceso, por lo que el documento de Asistencia de Entrada y Salida muestra incidencias no justificadas, situación que contraviene las circulares núms. 03/99 y 12/99 del 18 de marzo y 19 de abril de 1999, emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-003 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que mejore los mecanismos de control y supervisión relacionados con el Sistema de Control de Acceso, con el propósito de que todas las incidencias por faltas sean justificadas por el servidor público responsable, y en aquellos casos en que no se justifiquen, aplique las sanciones correspondientes, de acuerdo con el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo y las circulares núms. 03/99 y 12/99 del 18 de marzo y 19 de abril de 1999, emitidas por la Dirección General de Administración y Finanzas.
Acción Promovida
00-08902-2-050-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria en el ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de las 131 faltas no justificadas por 64.7 miles de pesos, así como de los 3 casos en donde el empleado registró 3 faltas consecutivas en un mes, sin que se le hubiese rescindido el contrato, conforme al artículo 47, fracción X, de la Ley de Federal del Trabajo e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
De la revisión de 72 expedientes del personal de estructura autorizada, se observó que en todos lo casos se carece de alguno de los siguientes documentos: currículum vitae, acta de nacimiento, cartilla liberada, constancia de experiencia laboral y conocimientos profesionales, entre otros; sin embargo, después de la reunión de confronta con la Auditoría Superior de la Federación, la entidad proporcionó 35 expedientes completos, quedando pendientes de entregar 37, en contravención del anexo del Manual General de Procedimientos, autorizado el 29 de enero de 1999 por las autoridades superiores de ASERCA.
Observación
Se determinó que 37 expedientes de personal de estructura autorizada carecen de alguno de los siguientes documentos: currículum vitae, acta de nacimiento, cartilla liberada, comprobante de estudios y de experiencia laboral; entre otros, en contravención del anexo 24, del Manual General de Procedimientos.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-004 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que reúna los documentos faltantes y los anexe a los 37 expedientes de personal de estructura autorizada; asimismo, se realice una revisión exhaustiva del total de los expedientes, para que en su caso, se efectúe su adecuada integración en cumplimiento del anexo 24, del Manual General de Procedimientos.
Resultado
Del análisis de las retenciones por concepto del Impuesto sobre Productos del Trabajo (ISPT), se comprobó la inclusión en la base gravable de conceptos como: sueldos, compensación garantizada, quinquenios, prima vacacional y despensas, conforme a lo que prevén los artículos 77 y 78, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), así como los artículos 80 y 81 de su reglamento. Aun cuando lo correspondiente a previsión social múltiple no fue incluido en los pagos provisionales, se corrigió mediante ajustes en el cálculo anual, conforme a la metodología de la tabla reversa, efectuado el 31 de diciembre de 2000, con lo que el órgano desconcentrado cumplió con los artículos 141, 141 A y 141 B de la LISR.
Resultado
Al analizar las declaraciones por concepto de pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta, se constató que se efectuaron de acuerdo con los impuestos retenidos quincenalmente a los trabajadores y se presentaron dentro del periodo señalado, en cumplimiento de los artículos 80, 80-A y 80-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Resultado
Los 2,010.0 miles de pesos de la muestra, ejercidos en la partida 1201 "Honorarios y Comisiones", se refieren al pago de remuneraciones de 62 empleados contratados por la modalidad de honorarios asimilados a sueldos; este gasto se respaldó con nóminas y contratos, estos últimos con vigencia que no excedió del 31 de diciembre de 2000, en cumplimiento del artículo 57 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000; asimismo, se observó que las remuneraciones netas mensuales no excedieron a la equivalencia de la plaza presupuestaria con la que tuvieron mayor semejanza, y el personal devengó su sueldo en el desarrollo de trabajos de índole técnica relacionados con los objetivos propuestos, según el Catálogo Institucional de Puestos autorizado en enero de 1990 por la entonces Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos.
Respecto del cálculo del Impuesto sobre la Renta retenido a cada uno de los prestadores de servicios, se constató que se efectuó conforme a las tarifas señaladas en el artículo 86 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Resultado
Del análisis de las nóminas de honorarios asimilados a sueldos y las entrevistas efectuadas con los prestadores de servicios, se constató que ASERCA pagó un total de 55.4 miles de pesos por estímulos de productividad a 25 de ellos adscritos a la oficina central, en contravención de los numerales 3.2 y 5.11 de la Norma para la Aplicación de Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño a los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2000; sin embargo, mediante el oficio núm. F00.1.4.04-684/2000, la Dirección General de Administración y Finanzas instruyó a las unidades responsables para recuperar esos pagos mediante el documento denominado Consentimiento de Descuento. A la fecha de la revisión (noviembre de 2001) se constató que ya se habían efectuado los descuentos correspondientes.
Resultado
Se analizaron los 62 contratos por honorarios, y se constató que la actividad asentada en ellos coincidió con la registrada por ASERCA ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su Programa Anual de Honorarios. Se determinó, asimismo, que conforme a la cláusula sexta de dichos contratos, ASERCA tendrá en todo momento el derecho de supervisar el estricto cumplimiento del contrato mediante la visita a cada dirección en la que se encuentre adscrito el personal, por lo que podrán revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe el prestador de servicios; sin embargo, en 61 casos de empleados contratados por honorarios asimilados a sueldos, no se cuenta con informes que demuestren las actividades que desarrollaron, conforme a lo establecido en la cláusula octava de los contratos ya que solo en uno de los casos se obtuvo el acta administrativa de entrega-recepción firmada por la Contraloría Interna en ASERCA y testigos; lo que contravino el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Observación
Se constató que en 61 casos de empleados contratados por honorarios asimilados a sueldos, no se cuenta con informes que demuestren las actividades que desarrollaron, conforme a lo estipulado en la cláusula octava de los contratos, sin que se justificaran las erogaciones incurridas, lo que contravino el artículo 44 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-005 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que establezca las medidas de control y supervisión que aseguren que los trabajos contratados por concepto de honorarios asimilados a sueldos cuenten con la evidencia documental que demuestre que el servicio se realizó efectivamente, conforme a lo estipulado en la cláusula respectiva de los contratos y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 44, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Acción Promovida
00-08902-2-050-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria en el ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de los 61 casos de empleados contratados por honorarios asimilados a sueldos, de los que no se cuenta con informes que demuestren las actividades que desarrollaron e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
En el examen efectuado sobre la oportunidad con la que ASERCA pagó honorarios, se determinó que en el caso de la C. Alma Delia Rodríguez Juárez, quien fue contratada como auxiliar de biblioteca, existían ocho cheques en la tesorería, con importe global de 31.0 miles de pesos, que no habían sido cobrados por encontrarse en litigio su situación laboral, ya que se le rescindió el contrato por sus continuas inasistencias. Esa suma fue reintegrada por el órgano desconcentrado a la Tesorería de la Federación hasta el 17 de abril del 2001, esto es, 10 meses después de su emisión, debido a la carencia de políticas formales que indiquen el procedimiento a seguir en esos casos, lo que incumple las Funciones de la Dirección General de Administración y Finanzas del Manual de Organización de ASERCA de abril de 1998, autorizado por el oficial mayor de la SAGAR, el Director en Jefe de ASERCA y el Director General Jurídico del órgano desconcentrado.
Observación
En la Subdirección de Tesorería de ASERCA se encontraron ocho cheques con importe global de 31.0 miles de pesos, que no fueron cobrados por la beneficiaria por encontrarse en litigio su situación laboral, al haberle sido rescindido su contrato de honorarios; este monto se devolvió a la TESOFE 10 meses después de su emisión, debido a la carencia de políticas formales que definan el procedimiento por seguir en caso de cheques no cobrados por el personal de honorarios, lo que infringe lo previsto por el punto 6, Funciones de la Dirección General de Administración y Finanzas, del Manual de Organización de ASERCA de abril de 1998.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-006 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración y Finanzas de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a su Dirección de Finanzas para que formalice los procedimientos sobre el tratamiento que se debe dar a los cheques no cobrados, y evite mantener en su tesorería cheques no cobrados por periodos prolongados, para cumplir con el punto 6, Funciones de la Dirección General de Administración y Finanzas, del Manual de Organización de ASERCA.
Resultado
Respecto de las partidas 1403 "Cuotas para la Vivienda" y 1508 "Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro" (SAR) por 2,081.4 y 393.2 miles de pesos, se constató que se pagaron 6 bimestres de 2000, que fueron correctamente determinados y cubiertos en el tiempo establecido, de acuerdo con el formulario para aportaciones SAR-01-1, en cumplimiento de los artículos 22, párrafo quinto, 90-bis-A y 90-bis-C de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Resultado
Del análisis de los registros de la partida 1601 "Impuesto sobre Nómina" por un monto de 447.6 miles de pesos, se constató que de acuerdo con las nóminas, las declaraciones respectivas y los recibos de pago de la Tesorería del Distrito Federal, los pagos bimestrales se efectuaron en su oportunidad; la base gravable para la aplicación del 2% sobre nómina consideró los conceptos de sueldos, aguinaldo, prima vacacional, compensación garantizada, despensa, prima quinquenal, ayuda por servicios, previsión social múltiple y apoyos para el desarrollo y la capacitación; sin embargo, la entidad no incluyó el pago de bonos de productividad por un monto de 5,645.5 miles de pesos, deficiencia que generó un pago de menos por 112.9 miles de pesos, en incumplimiento de lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.
Observación
Se constató que la entidad no consideró para la base gravable del 2% sobre nómina,el bono de productividad por 5,645.5 miles de pesos, con lo que dejó de pagar 112.9 miles de pesos, en contravención de los artículos 178 y 179 del Código Financiero del Distrito Federal.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-007 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que pague los 112.9 miles de pesos que dejó de enterar por concepto de 2% sobre nómina; además de que actualice y efectúe los recargos correspondientes, y en lo subsecuente, considere para la base gravable del 2% sobre nómina, el total de remuneraciones pagadas, como lo establecen los artículos 178 y 179 del Código Financiero del Distrito Federal.
Acción Promovida
00-08902-2-050-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría Interna en Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria en el ámbito de sus atribuciones inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente, respecto de los 112.9 miles de pesos que la Subdirección de Recursos Humanos dejó de enterar por concepto de 2% sobre nómina e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Acción Promovida
00-06500-2-050-04-001 Señalamiento
Es necesario que el Gobierno del Distrito Federal instruya a su Tesorería para que proceda a la revisión y liquidación de los 112.9 miles de pesos que Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria dejó de enterar por concepto de 2% sobre nómina, correspondientes al ejercicio de 2000; así como de las actualizaciones y recargos correspondientes e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Acción Promovida
00-50090-2-050-04-001 Señalamiento
Es necesario que el Gobierno del Distrito Federal instruya a su Tesorería para que proceda a la revisión y liquidación de los 112.9 miles de pesos que Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria dejó de enterar por concepto de 2% sobre nómina, correspondientes al ejercicio de 2000; así como de las actualizaciones y recargos correspondientes e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
En cuanto al análisis de la partida 1701 "Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño", por 12,760.8 miles de pesos, se determinó que se calculó de conformidad con el sueldo integrado neto y las prestaciones anualizadas, como: prima vacacional, aguinaldo, despensa y prima quinquenal; asimismo, fueron considerados los límites máximos netos mensuales de ingresos y los montos máximos posibles de ser otorgados al servidor público, de acuerdo con la Norma USC-ESTO1-2000, Procedimiento para la Aplicación de Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño y de Reconocimiento Único a la Calidad de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal, emitida por la SHCP y el artículo 52 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Resultado
En lo referente al cálculo del impuesto anual retenido, se comprobó que fueron consideradas las percepciones anuales acumuladas, incluyendo los estímulos de productividad, eficiencia y calidad y el automóvil utilitario; las operaciones se ajustaron a la metodología administrativa y presupuestal para determinar las percepciones acumulables anuales, el impuesto correspondiente y su mecanismo de aplicación por el ejercicio fiscal de 2000 (tabla reversa); la aplicación de las tablas de los artículos 141, 141-A y 141-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta fue correcta; sin embargo, se constató que la declaración anual informativa de las personas a las que les efectuaron retenciones se presentó en el mes de julio, en contravención de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Observación
Se constató que la entidad presentó extemporáneamente en julio de 2001, la declaración anual informativa de las personas a las que les efectuó retenciones del Impuesto sobre la Renta, lo que contravino el artículo 58, fracción X, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Acción Promovida
00-08F00-2-050-01-008 Recomendación
Es necesario que la Dirección de Administración de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, instruya a la Subdirección de Recursos Humanos para que en lo sucesivo presente en tiempo las declaraciones anuales informativas, se cumpla con el artículo 58, fracción X, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Resultado
Se comprobó que, en general, las afectaciones contables y presupuestales de las erogaciones por servicios personales fueron correctas, en cumplimiento del Clasificador por Objeto del Gasto, el Catálogo de Cuentas autorizado por la SHCP, y la Guía Contabilizadora de la entidad, de conformidad con los artículos 39, segundo párrafo, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 49, fracción II, y 91 de su reglamento.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 10 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:
Tipo de
Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
10 |
|
Subtotal |
10 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Intervención del
Órgano Interno de Control -
Señalamiento |
4 2 |
|
Subtotal |
6 |
|
Total |
16
|
Del total general, 6 (37.5%) son de carácter correctivo, y 10 (62.5%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones
Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 62 recomendaciones, de las cuales se han solventado 62 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN
DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
6 |
21 |
14 |
10 |
51 |
|
|
a)
Solventadas |
6 |
21 |
14 |
10 |
51 |
|
b)
Por solventar |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
n/a |
n/a |
n/a |
11 |
11 |
|
|
a)
Solventadas |
|
|
|
11 |
11 |
|
b)
Por solventar |
|
|
|
0 |
0 |
|
Total Emitido |
6 |
21 |
14 |
21 |
62 |
|
Total Solventado |
6 |
21 |
14 |
21 |
62 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
100.0% |
100.0% |
100.0% |
100.0% |
n/a: no se aplicable. Las recomendaciones al
desempeño fueron formuladas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda
Pública Federal 1999.
2) Acciones
Correctivas
Se promovieron 8 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 0(0.0%) y están en proceso de atención 8 (100.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de
acción |
Cuenta de la Hacienda
Pública Federal, 1999
|
||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
|
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
4 |
0 |
4 |
|
Solicitud de Aclaración* |
4 |
0 |
4 |
*Este
tipo de acciones fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la
Hacienda Pública Federal, 1999.
|
Total |
8 |
0 |
8 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de
Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por
Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
62 |
62 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
10 |
0 |
10 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
8 |
0 |
8 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
6 |
0 |
6 |
|
|
|
|
|
|
Total |
86 |
62 |
24 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000,
México, 1999, Sector Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ASERCA.