En su artículo
29, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformada,
adicionada y derogada en diversas disposiciones mediante Decreto publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, establece las
atribuciones de la Secretaría de la Defensa Nacional, que consisten en la
atención de los siguientes asuntos:
“I. Organizar,
administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea;
II. Organizar y preparar el servicio
militar nacional;
III. Organizar
las reservas del Ejército y de la Fuerza Aérea, e impartirles la instrucción
técnica militar correspondiente;
IV. Manejar
el activo del Ejército y la Fuerza Aérea, de la Guardia Nacional al
servicio de la Federación y los
contingentes armados que no
constituyan la guardia nacional
de los Estados;
V. Conceder
licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros del Ejército
y de la Fuerza Aérea;
VI. Planear, dirigir
y manejar la movilización del país en caso de guerra; formular y
ejecutar, en su caso, los planes y órdenes necesarios para la defensa del país
y dirigir y asesorar la defensa civil;
VII. Construir y
preparar las fortificaciones, fortalezas y toda clase de recintos
militares para uso del Ejército y de la Fuerza Aérea, así como
la administración y conservación
de cuarteles y hospitales y demás establecimientos militares;
VIII. Asesorar
militarmente la construcción de toda clase de vías de comunicación terrestres
y aéreas;
IX. Manejar los almacenes del Ejército y
de la Fuerza Aérea;
X. Administrar la Justicia Militar;
XI. Intervenir en los indultos de
delitos del orden militar;
XII. Organizar y prestar los servicios de
sanidad militar;
XIII. Dirigir la educación profesional de los miembros del
Ejército y de la Fuerza Aérea, y
coordinar, en su caso, la instrucción militar de la población civil;
XIV.
Adquirir y fabricar armamento,
municiones, vestuario y toda clase de materiales y elementos destinados al
Ejército y a la Fuerza Aérea;
XV. Inspeccionar los servicios del
Ejército y de la Fuerza Aérea;
XVI. Intervenir en
la expedición de licencias para la portación de armas
de fuego, con objeto de que no
incluya las armas prohibidas expresamente por la ley y aquellas que la Nación
reserve para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Guardia Nacional, con excepción de lo consignado en la fracción
XVIII del artículo
30 bis, así como vigilar y expedir permisos para el comercio, transporte y
almacenamiento de armas de fuego, municiones, explosivos,
agresivos químicos, artificios y material estratégico;
XVII. Intervenir en la importación y
exportación de toda clase de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos
químicos, artificios y material estratégico;
XVIII. Intervenir en el otorgamiento de permisos
para expediciones o exploraciones
científicas extranjeras o internacionales en territorio nacional;
IX. Prestar los servicios auxiliares que requieran el Ejército y la
Fuerza Aérea, así como los servicios civiles que a dichas fuerzas
señale el Ejecutivo Federal; y
XX. Los
demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”
Situación
Presupuestaria
A continuación se presenta la situación presupuestaria correspondiente a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo |
16,593,440 15,782,240 811,200 - 18,786,653 16,032,151 2,473,468 281,034 |
|
20,375,274 19,179,074 1,196,200
- 20,830,485 19,378,251 1,297,366 154,868 |
|
3,781,834 3,396,834 385,000 - 2,043,832 3,346,100 (1,176,102) (126,166) |
|
23 22 47 - 11 21 (48) (45) |
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FUENTES: Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Cuentas de la Hacienda Pública Federal,
1999 y 2000, México, 2000 y 2001, Secretaría de la Defensa Nacional, Estado
Analítico de Egresos Presupuestarios.
Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, la Secretaría de
la Defensa Nacional (SEDENA) se propuso desarrollar las actividades
institucionales que se presentan a continuación.
Función 04 “Procuración de Justicia”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 408 “Procurar Justicia”.
El objetivo de la actividad consistió en procurar y administrar la
justicia por los delitos del fuero de guerra.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Función 05 “Soberanía del Territorio Nacional”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las
Estrategias para su Implantación”, 415 “Defender el Territorio y Mares
Nacionales”, 504 “Fabricar Equipo de Seguridad”, 701 “Administrar Recursos
Humanos, Materiales y Financieros” y 708 “Prever el Pago de los Incrementos por
Servicios Personales”.
La actividad 101 tenía como objetivo coadyuvar al mantenimiento de la
seguridad nacional mediante actividades de combate al narcotráfico, al combate
de la pobreza extrema, servicios de salud, reparto de agua potable, trabajos de
mantenimiento a instalaciones educativas y auxiliar a la población civil en
casos de necesidades públicas, así como proporcionar instalaciones adecuadas
para el desarrollo de las misiones asignadas.
El objetivo de la actividad 415 consistió en defender la integridad, la independencia
y la soberanía de la nación; garantizar la seguridad interior; auxiliar a la
población civil en casos de necesidades públicas; y en casos de desastre
prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus
bienes y la construcción de las zonas afectadas.
Por lo que respecta a la actividad 504, su objetivo consistió en
abastecer de armamento, municiones, vehículos blindados y otros bienes
necesarios, así como fabricar y reparar vestuario, mobiliario, artículos de
campaña y equipos para satisfacer los requerimientos del ejército y fuerza
aérea mexicanos.
Asimismo, la actividad 701 tenía como objetivo optimizar los recursos
materiales y económicos destinados al gasto corriente y de capital, para
coadyuvar al cumplimiento de las misiones del ejército y fuerza aérea
mexicanos.
Por último, la actividad 708 tuvo como objetivo prever el pago de los
incrementos por servicios personales.
Estas actividades no tuvieron metas asignadas.
Función 06 “Gobierno”.
Subfunción 03 “Seguridad Pública”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 015 “Programa de Seguridad Pública”.
Actividad Institucional 208 “Coordinar
y Promover el Sistema Nacional
de Seguridad Pública”.
El objetivo de la actividad consistió en garantizar la seguridad
nacional.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Función 07 “Educación”.
Subfunción 02 “Educación Media Superior”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
El objetivo de la actividad consistió en formar y capacitar los recursos
humanos que componen los cuadros de oficiales y tropa del ejército y fuerza
aérea mexicanos.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Subfunción 03 “Educación Superior”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
La actividad tenía como objetivo preparar, capacitar y perfeccionar los
recursos humanos para desempeñarse en puestos de alta dirección de la
estructura de mando y administración del ejército y fuerza aérea, así como
formar profesionistas.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Subfunción 04 “Educación de Postgrado”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 417 “Proporcionar Servicios de Educación”.
El objetivo de la actividad consistió en formar y actualizar al personal
profesionista especializado e investigadores para estar a la vanguardia de los
cambios que surjan dentro del entorno de cada una de las diferentes áreas que
contempla el ejército y fuerza aérea mexicanos.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Función 08 “Salud”.
Subfunción 02 “Atención Médica”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 420 “Proporcionar Atención Médica”.
Su objetivo consistió en realizar actividades para la prevención y
tratamiento de enfermedades de los miembros del ejército y fuerza aérea
mexicanos y proporcionar atención médico-quirúrgica a fin de mantener al
personal en óptimas condiciones de salud.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno
Federal”.
El objetivo de la actividad consistió en proporcionar los recursos
económicos para las primas de los Seguros de Vida y Colectivo de Retiro.
Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Con el oficio núm. OASF-F-1174/01 del 14 de septiembre de 2001, el
C. C.P. Gregorio Guerrero Pozas,
Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Gral. Gerardo Clemente
Ricardo Vega García, Secretario de la Defensa Nacional, la inclusión de la
dependencia en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo
dos auditorías financieras y de cumplimiento.
Como
resultado de la revisión efectuada se determinó lo siguiente:
1.
Las cuentas bancarias generaron intereses
por 130.1 miles de pesos, de los cuales 21.3 miles de pesos se reintegraron a
la TESOFE nueve meses después de la fecha límite y los restantes 108.8 miles de
pesos se ejercieron sin reportarse para fines de la cuenta pública.
2.
Por lo que se refiere al rubro de
alimentación de personas, no presentaron documentación comprobatoria por 105.0
miles de pesos, y el 95.0% de las tarjetas de almacén no refleja las entradas y
salidas de los artículos para la preparación de los alimentos.
3.
Asimismo, en los gastos de alimentación de
animales, se efectuaron adjudicaciones directas por 1,334.0 miles de pesos, sin
el pedido ni la autorización del Comité de Adquisiciones y se cargaron 1,016.0
miles de pesos de combustible y lubricantes, refacciones, fertilizantes,
productos veterinarios, fumigación y agua.
4.
Se constató que una planta neumática no se
consideró en el Programa Anual de Adquisiciones; para su compra no se contaba
con suficiencia presupuestal, y el proveedor la entregó seis meses después de
lo pactado.
5.
Se observaron fallas de control interno en
la guarda y custodia del soporte documental de los gastos de combustible, ya que las CLC y cuentas comprobadas, por 11,681.6 miles de pesos, se soportaron
en documentos que amparan operaciones superiores a las registradas, y las
facturas no indican el vehículo al que se le suministró la gasolina.
6.
Por lo que respecta al gasto ejercido por
21,971.1 miles de pesos en la partida de Materiales de Seguridad Pública, se
identificó que 19,800.0 miles de pesos se utilizaron para incrementar el
patrimonio del Fideicomiso Público de Administración para la Adquisición de Equipo
Militar, por lo que el registro no se llevó a cabo conforme al Clasificador por
Objeto del Gasto; de los restantes 2,171.1 miles de pesos, se identificó
que se comprometieron los recursos del ejercicio siguiente sin autorización y
sin contar con suficiencia presupuestal.
Egresos Presupuestales de
la Actividad 408 “Procurar Justicia” en los Conceptos 1500 “Pago por Otras
Prestaciones”, 1700 “Pago de Estímulos” y 2200 “Alimentos y Utensilios”
Con
la revisión efectuada se determinó lo siguiente:
1.
Se constató que existe un error menor en la
presentación de la explicación relativa a las variaciones programáticas, ya que
no se menciona el gasto de inversión efectuado, por 8.4 miles de pesos.
Asimismo, al comparar las cifras del presupuesto ejercido reportado en la
Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000 con las registradas en los
auxiliares presupuestales, se determinó una diferencia por 285.9 miles de pesos
que no se incluyeron en estos últimos.
2.
Respecto de la revisión del pago de otras
prestaciones, compensación garantizada, estímulos de productividad, eficiencia
y calidad en el desempeño y alimentación de personas, se constató que se ajustó
a los tabulares y cuotas autorizadas; contó con CLC, nóminas, plantilla de
personal, altas, bajas y promociones; y los recursos no pagados al personal se
reintegraron en forma oportuna a la línea de crédito.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado en el ejercicio 2000 a la 11a. Región Militar en el capítulo 2000 "Materiales y Suministros" se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas.
Criterios de Selección
De los resultados de las revisiones.
De los antecedentes de revisión.
Antecedentes
En auditorías anteriores se ha observado, en algunos casos, que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) reporta el ejercicio presupuestal en las unidades administrativas que están incluidas en el catálogo autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), aunque, debido a la operación particular de la dependencia el gasto lo realizan, además, otras áreas que no se encuentran en dicho catálogo.
Una de las unidades de la SEDENA que no se ha revisado es la 11a. Región Militar, ubicada en el estado de Coahuila, que controla la Zona Militar 42 "Santa Gertrudis, Chihuahua" que tiene, entre otras funciones, la operación del Centro Nacional de Adiestramiento y del criadero militar de ganado y realiza operaciones de carácter social en la región.
Alcance
Se revisaron las partidas 2201 "Alimentación de Personas", 2202 "Alimentación de Animales", 2302 "Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores", 2601 "Combustibles" y 2802 "Materiales de Seguridad Pública", por 7,351.7; 2,347.1; 1,887.3; 11,681.6 y 21,971.1 miles de pesos, que representan 16.0, 100.0, 30.7, 82.6 y 100.0%, del total del gasto reportado en cada una de ellas y el 45.8% del total erogado por 98,669.9 miles de pesos del capítulo 2000.
Áreas Revisadas
La revisión se practicó en la Dirección General de Administración (DGA) y en la Sección Cuarta, "Logística", del Estado Mayor de las oficinas centrales; y en la Pagaduría General, Coordinación de Pagadores, Comandancia del Pelotón de Intendencia, Jefatura Regional de Servicios de Transportes, Jefatura Regional del Servicio de Materiales de Guerra y Zona Militar 42 "Santa Gertrudis", adscritas a la 11a. Región Militar; todas ellas de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Resultado
Al comparar las cifras del presupuesto ejercido en el capítulo 2000, por 98,669.9 miles de pesos, reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, con las del Estado del Ejercicio del Presupuesto proporcionado por la DGA, no se identificaron diferencias; no obstante, al compararlas contra los auxiliares presupuestales, se determinó que operaciones registradas en estos últimos, por 25.3 miles de pesos, no se incluyeron en el Estado del Ejercicio del Presupuesto, en infracción del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Al respecto, después de confronta la dependencia presentó copia del oficio con que la SHCP autorizó la regularización en sus registros presupuestales.
Resultado
El presupuesto original autorizado a la 11a. Región Militar en el capítulo 2000 fue de 58,745.8 miles de pesos, y se modificó por medio de 81,683.0 y 35,666.7 miles de pesos de ampliaciones y reducciones, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 104,762.1 miles de pesos, de los cuales la región militar ejerció 98,669.9 miles de pesos y presentó economías por 6,092.2 miles de pesos.
Se comprobó que las modificaciones del presupuesto original están soportadas en los oficios de afectación presupuestaria autorizados por la SHCP. Sin embargo, se determinó que el oficio de afectación presupuestaria núm. 311-A-07-0227 autorizado por la SHCP, por 1,000.0 miles de pesos de reducciones, no se consideró en los registros de la dependencia ni se reportó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000. La omisión contravino el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Al respecto, después de confronta la dependencia presentó copia del oficio con que la SHCP indica los asientos contables para fines de considerar la corrección correspondiente en la Cuenta Pública de 2001.
Resultado
Al revisar el procedimiento establecido por la dependencia para la radicación, liberación y depósito de recursos en cuentas bancarias, se identificó que las unidades ejecutoras de gasto solicitan los recursos a la Tesorería de la Federación (TESOFE), la cual alimenta las líneas de crédito de la región militar y de la zona militar citadas. Las unidades ejecutoras de gasto, mediante la emisión de Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) a nombre del pagador, liberan los recursos de la línea de crédito conforme al calendario y los montos autorizados en los oficios de autorización presupuestal para cada concepto y partida, y los pagadores depositan los recursos en cuentas bancarias productivas, de las cuales se expiden los cheques para pagar los diferentes gastos generados.
Cabe señalar que, como se menciona más adelante, se observó que en ocasiones la naturaleza de las erogaciones que realizan las unidades ejecutoras de gasto no corresponde a las partidas que se mencionan en las CLC. No obstante, estos cambios de clasificación no se comunican a la DGA, por lo que no se reflejan en los informes que se generan, en contravención del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Con la revisión de las cuentas bancarias se determinó que éstas generaron intereses que no se enteraron a la TESOFE.
Observación
Se determinó que las cuentas bancarias que manejaron la región y la zona militar generaron intereses por 130.1 miles de pesos, de los cuales 21.3 miles de pesos se reintegraron a la TESOFE nueve meses después de la fecha límite, en contravención del artículo 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación. Al respecto, después de confronta la dependencia proporcionó copia del comunicado núm. 14217 del 6 de octubre de 2001, donde el titular de la DGA comunicó a las unidades el procedimiento para enterar los intereses bancarios. Los intereses restantes por 108.8 miles de pesos fueron ejercidos sin que los gastos fueran reportados para efectos de la Cuenta Pública, por lo que se infringió el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y el numeral 42 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-001 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración y a la 11a. Región Militar para que los intereses generados por el manejo de los recursos en cuentas bancarias se enteren a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma y, en caso de que se usen, se solicite la autorización correspondiente y se reporte su ejercicio para fines de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
Resultado
En la partida 2201 "Alimentación de Personas" se reportó que la 11a. Región Militar ejerció 45,823.4 miles de pesos, de los cuales se seleccionaron para su revisión 7,351.7 miles de pesos, que representan el 16.0% del total ejercido en la partida.
Se comprobó que la alimentación de personas es controlada por las Comandancias del Pelotón de Intendencia, tanto de la 11a. Región Militar como de la Zona Militar 42. Con la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria se determinó que algunos gastos no se comprobaron, otros están mal clasificados y en las tarjetas de almacén no se registraron correctamente las entradas de los artículos adquiridos.
Observación
La 11a. Región Militar no presentó documentación comprobatoria por 105.0 miles de pesos, en contravención de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
No obstante que las CLC se emitieron con cargo a la partida 2201, se identificaron erogaciones por 1,130.0 miles de pesos correspondientes a gastos de mantenimiento de inmuebles y de vehículos, compras de gasolina y de gas LP, material de oficina y de limpieza, equipo de cocina y otros gastos diversos, por lo que se contravino el artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
En el caso de la compra de gasolina, se observó que en las facturas y notas de remisión no se registró el número económico, placas, modelo y marca de las unidades a las que se les suministró combustible.
Por lo que se refiere a las entradas y salidas de los artículos para la preparación de los alimentos, se constató que en las tarjetas de almacén de la Comandancia del Pelotón de Intendencia de la 11a. Región Militar no existe evidencia del 95.0% de las entradas y por ende no se reflejan las existencias reales; además, los saldos del ejercicio no se reflejan en el siguiente. En el caso de la Comandancia del Pelotón de Intendencia de la Zona Militar 42 sólo se proporcionaron las tarjetas de almacén del mes de diciembre, donde se observó que los registros correspondientes a las entradas de artículos no coinciden con las facturas que amparan las compras realizadas.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-002 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la 11a. Región Militar para que refuerce los mecanismos de control de la documentación comprobatoria, a fin de que los gastos se registren conforme al Clasificador por Objeto del Gasto, en el caso de suministro de combustible se lleve un control de los vehículos a los que se les proporciona y en las tarjetas de almacén se registren todas las entradas y salidas de artículos adquiridos.
Acción Promovida
00-07100-2-027-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Inspectoría de la Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente por la falta de documentación comprobatoria por 105.0 miles de pesos, e informe de los resultados a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En la partida 2202 "Alimentación de Animales" se ejercieron 2,347.1 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad.
Con el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria, se constató que el Criadero Militar de Ganado controla los recursos para la alimentación de animales en cuenta bancaria de cheques, y el gasto se soportó en facturas que cumplen con los requisitos fiscales. No obstante, se observó que algunas compras se adjudicaron directamente sin la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, no se firmó contrato, se pagaron compromisos de 1999, existen gastos mal clasificados y en algunas tarjetas de almacén no se registraron las entradas de los artículos adquiridos.
Observación
Se realizaron adquisiciones por adjudicación directa por 1,334.0 miles de pesos para la alimentación de animales sin contar con el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y no se firmó pedido o contrato, por lo que se infringieron los artículos 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Con cargo en la partida 2202 "Alimentación de Animales", se erogaron 1,016.0 miles de pesos, que representan el 43.3% del total del gasto registrado en esta partida, en gastos de combustibles y lubricantes, refacciones, fertilizantes, productos veterinarios, fumigación y agua. Lo anterior, contravino el artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Por lo que se refiere a las tarjetas de almacén, se observó que en ellas no existe evidencia del 98.0% de las entradas por 2,300.2 miles de pesos y por ende no se reflejan las existencias reales; además, los saldos finales del ejercicio no se reflejan en el siguiente.
Con el análisis de los controles, registros e información proporcionada por personal del Criadero Militar de Ganado, se constató que al 31 de diciembre de 2000 éste contaba con 10,126 semovientes, como se muestra a continuación:
|
Especies |
Existencias |
|
Caballos Asnos Híbridos (mulas) Bovino Ciervos rojos Avestruces Bisontes Cebras |
2,322 115 327 6,761 311 275 13 _____2 |
|
Total |
10,126 |
|
|
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FUENTE: Reportes Anuales y
Mensuales de Ganado Equino, Bovino y Programa de Ganadería Alternativa.
De acuerdo con los criterios establecidos por la unidad auditada, se constató que los recursos de la partida "Alimentación de Animales" únicamente se presupuestaron para la alimentación de 1,364 caballos. Se constató que las especies que se encuentran consideradas en el Programa de Ganadería Alternativa (ciervos, avestruces, bisontes y cebras), cuyo propósito es la producción de alimentos, y favorecer la preservación de especies y de ecosistemas, se encuentran permanentemente en corrales y establos y requieren que se les suministre alimentación. Sin embargo, el Criadero Militar de Ganado se sujetó al presupuesto asignado para los 1,364 caballos presupuestados, debido al forraje obtenido de las siembras del propio criadero y al libre pastoreo de caballos y bovinos.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-003 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la 11a. Región Militar para que en todos los casos las adjudicaciones directas cuenten con el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; los gastos se registren conforme al Clasificador por Objeto del Gasto, y las adquisiciones de artículos para la alimentación de animales se registren en las tarjetas de almacén.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-004 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional evalúe la relación costo-beneficio que se genera con el Programa de Ganadería Alternativa e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
En la partida 2302 "Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores" se ejercieron 6,136.8 miles de pesos, de los cuales se revisaron 1,887.3 miles de pesos, que representan el 30.7% del total ejercido en la partida. Se revisaron los registros auxiliares, los oficios de autorización de recursos, las CLC y su documentación soporte, los estados de cuenta bancarios y las libretas de control (bitácoras) de 17 vehículos. Como resultado, se determinó que se hicieron reintegros extemporáneos de recursos, y existen fallas de control interno para comprobar el gasto o los comprobantes no cumplen con los requisitos administrativos. Además, la requisición de una planta neumática de arranque presentó deficiencias en la adjudicación, pago y recepción. Asimismo, se identificó que el proceso para la adjudicación se ajustó a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; no obstante, éste se llevó con base en las particularidades de los procedimientos internos establecidos por la SEDENA.
Observación
Se determinó que la Zona Militar 42 reintegró a la línea de crédito del Criadero Militar de Ganado, nueve meses después de la fecha establecida, recursos por un total de 95.3 miles de pesos, en contravención del artículo 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.
Al revisar las cuentas comprobadas, se identificó que la fecha de cinco facturas, por 15.1 miles de pesos, es de dos a tres meses después de la del oficio con que envían la cuenta. Asimismo, se observó que una CLC que se expidió en julio, por un importe de 146.3 miles de pesos, no se comprobó hasta enero de 2001, con documentación comprobatoria de junio a noviembre de 2000, por lo que infringió la actividad cuatro del Manual de Procedimientos que llevó en la práctica en el ejercicio 2000 la Pagaduría General de la 11a. Región Militar, que establece que los recursos deben comprobarse los primeros cinco días del mes siguiente al que se reportan.
Se identificaron 17 facturas, por 214.0 miles de pesos, que no están firmadas por los responsables, como lo señala la actividad cinco del procedimiento Programación, Organización, Ejercicio, Registro, Control, Solicitud y Asignación de Recursos de Combustible. Al respecto, después de la preconfronta procedieron a regularizar esta situación, firmando las facturas.
Con presupuesto de la 11a. Región Militar, la Sección Cuarta, "Logística", adquirió una planta neumática de arranque, por 170.0 miles de pesos, y se observó lo siguiente:
1. Este bien no estaba considerado en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y, al momento de iniciar el procedimiento de adjudicación, no contaba con suficiencia presupuestal, en contravención del artículo 20 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Al respecto, funcionarios de la SEDENA señalaron que la adquisición se debió al establecimiento en Santa Gertrudis, Chihuahua, de la Zona Militar 42 para hacer frente a la problemática de la seguridad nacional, así como la emergencia que el Ejército y Fuerza Aérea presentaba por la creación del Centro Nacional de Adiestramiento y la Base Aérea Militar; no obstante, el bien no fue recibido por esta unidad sino por otra. Al respecto, funcionarios de la SEDENA argumentaron que el bien fue recibido por el Escuadrón Aéreo de aviones Hércules, con radicación en la base Aérea Militar de Santa Lucía, Edo. de México, en virtud de las características técnicas de sus aviones pesados, siendo trasladada a la citada Zona Militar a requerimiento de las operaciones aéreas que realizan; lo que ha permitido la optimización del bien adquirido en beneficio de la Fuerza Aérea Mexicana.
2. El contrato se adjudicó a la empresa Commercial Imexport, ya que los funcionarios de la SEDENA argumentaron que la compra obedeció a la emergencia antes señalada, por lo que dieron preferencia a las condiciones del tiempo de entrega sobre el costo (3.0 miles de dólares de más). No obstante, la fecha pactada en el contrato fue de 30 días hábiles, mientras que el proveedor en su propuesta se había comprometido a entregar en un plazo de 5 a 10 días.
3. Por otro lado, el 13 de diciembre de 2000, se conoció que la SEDENA realizó las pruebas de operación del bien, las cuales no fueron satisfactorias , por lo que se solicitó la sustitución, con base a la cláusula décima sexta del contrato; sin embargo, el proveedor entregó el bien hasta el 21 de julio de 2001, es decir, seis meses después de la fecha establecida en dicha cláusula, sin que la DGA hiciera efectiva la fianza de cumplimiento establecida en la cláusula séptima del contrato. Al respecto, funcionarios de la SEDENA informaron que el periodo de garantía del bien era de un año y que fue reparada sin costo para la dependencia.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-005 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la 11a. Región Militar para que implante los mecanismos de control pertinentes para que los recursos no utilizados sean reintegrados en tiempo y forma a la Tesorería de la Federación; que las facturas correspondan a los periodos de la cuenta presentada; que las facturas cumplan con los requisitos administrativos señalados en el procedimiento establecido; que no adquiriera bienes que no están considerados en el Programa Anual de Adquisiciones y que no cuentan con suficiencia presupuestal; que las adquisiciones se realicen de acuerdo con las necesidades reales de las unidades, y que se impongan las sanciones correspondientes a los proveedores que no entreguen los bienes sustituidos en los plazos pactados en los contratos.
Acción Promovida
00-07100-2-027-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Inspectoría de la Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, en el ámbito de sus atribuciones, inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo para que evalúe el proceso de adjudicación para la adquisición de la planta neumática por 170.0 miles de pesos, e informe de los resultados a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En la partida 2601 "Combustibles" se ejercieron 14,147.4 miles de pesos, de los cuales se revisaron 11,681.6 miles de pesos, que representan el 82.6% del total ejercido en la partida. Se revisaron los registros auxiliares, los oficios de autorización de recursos, las CLC y su documentación soporte, los estados de cuenta bancarios y reintegro de recursos a la línea de crédito. Como resultado, se constató que se ejercieron los intereses bancarios, se presentó documentación de meses que ya estaban comprobados, se presentaron pagos de compromisos de años anteriores, documentos que no cumplen con los requisitos administrativos y una compulsa que no se realizó.
Observación
Al revisar los documentos que amparan la autorización, radicación, emisión de la CLC, registro y comprobación de los recursos etiquetados de la 11a. Región Militar, se comprobó que se expidieron cheques de más, por 24.0 miles de pesos, en relación con los depósitos en la cuenta bancaria exclusiva para la partida 2601 "Combustibles". Se constató que esto se debió a que se utilizaron los intereses que generó la cuenta bancaria, los cuales no fueron enterados a la TESOFE. Lo anterior infringió los artículos 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.
Se constataron fallas de control interno en la guarda y custodia del soporte documental de las cuentas comprobadas y la CLC, ya que la 11a. Región Militar y la Zona Militar 42 soportaron los gastos en documentación que ampara las operaciones por importes superiores a los registrados.
Se identificaron facturas, por 1,192.1 miles de pesos, que carecen de la firma del comandante de cada unidad por lo que se contravino el procedimiento adquisición y comprobación de combustible.
No se realizó la compulsa al proveedor Estación de Servicio "La Joya", con el que se adquirió combustible por 2,608.9 miles de pesos, equivalentes al 23.9% del total adquirido, ya que éste no cuenta con registros y controles para determinar la venta de combustible por cliente, ni conserva copia de las notas de remisión (facturas de cinco o seis dígitos). Además, el proveedor proporcionó copia de la factura núm. 2764 del 31 de mayo del 2000 por 14.9 miles de pesos, mientras que la factura en poder de la 11a. Región Militar es por 16.9 miles de pesos.
Por otra parte, se observó que no existe un mecanismo de control para constatar que el combustible se uso en vehículos de la dependencia, ya que las facturas no indican a que vehículo se suministra el combustible.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-006 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración y a la 11a. Región Militar para que los intereses bancarios sean enterados a la Tesorería de la Federación; para que fortalezca sus mecanismos de control de la guarda y custodia de la documentación; para que las facturas sean firmadas por los responsables de cada unidad como lo establece el procedimiento, y que se establezca el mecanismo de control que permita constatar que los vehículos de la dependencia indiquen a qué vehículos se les suministra el combustible.
Acción Promovida
00-06100-2-027-05-001 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya al Servicio de Administración Tributaria para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice auditoría directa a la empresa Estación de Servicio "La Joya", ubicada en la ciudad de Torreón, Coahuila, con registro federal de contribuyente PEGG 550606 EK9, a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
En la partida 2802 "Materiales de Seguridad Pública", se ejercieron 21,971.1 miles de pesos, que se revisaron al 100.0%. Se comprobó que 19,800.0 miles de pesos se utilizaron para incrementar el patrimonio del Fideicomiso Público de Administración para la Adquisición de Equipo Militar y 2,171.1 miles de pesos fueron para adquirir pertrechos.
Observación
Se constató que de los 21,971.1 miles de pesos registrados con cargo en la 11a. Región Militar 19,800.0 miles de pesos se utilizaron para incrementar el patrimonio del Fideicomiso Público de Administración para la Adquisición de Equipo Militar, por lo que el registro no se llevó a cabo de conformidad con la naturaleza del gasto, en contravención del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Los restantes 2,171.1 miles de pesos forman parte de la emisión de una CLC, por 50,523.7 miles de pesos, para pagar la adquisición de pertrechos, que en forma centralizada efectúa la Sección Cuarta, "Logística". En la revisión de la documentación presentada, se observaron las situaciones siguientes:
1. La adquisición de los bienes se llevó a cabo mediante el proceso de adjudicación directa y se elaboró en 1999 el contrato núm.1848/99. Sobre el particular, se determinó que se comprometieron recursos del ejercicio 2000, sin contar con la autorización de la SHCP, en contravención del artículo 42, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
2. La DGA solicitó fincar el contrato a la empresa Denel (PTY) LTD Trading As Pretoria Metal Pressings, sin contar con suficiencia presupuestal al momento del inicio de esta adjudicación, aunque después fueron autorizadas las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
3. En lo que se refiere a la recepción de los bienes, se proporcionaron las actas de recepción donde se constata que la SEDENA con la intervención de la Inspectoría de la Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea recibió los bienes a excepción de 26 unidades por 586.70 dólares. Al respecto, se constató que se celebró un convenio modificatorio, sin fecha, en el que ajustaron las cantidades de los bienes contratados sin modificar los montos, en el que se establece que, a cambio de los bienes no recibidos, se entregarían nueve contenedores con un precio superior a aquellos (18,000.00 dólares). Los auditores de la entidad fiscalizadora constataron la existencia física de los contenedores, los cuales se utilizan en la Fábrica de Armas.
Acción Promovida
00-07100-2-027-01-007 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración para que los gastos sean registrados con cargo en el presupuesto de las unidades que lo devengaron y de acuerdo con la naturaleza de éstos; para que la Sección Cuarta, "Logística", antes de crear compromisos cuente con suficiencia presupuestal; asimismo, cuando los contratos abarquen dos ejercicios fiscales cuenten con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Objetivo
Verificar que el presupuesto asignado en el año 2000, en la actividad 408 "Procurar Justicia", en los conceptos 1500 "Pagos por Otras Prestaciones Sociales", 1700 "Pago de Estímulos" y 2200 "Alimentos y Utensilios", se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas.
Del Decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000.
En el artículo 8o., inciso g, del Decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, emitido por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2001, se recomienda realizar una auditoría a la actividad 408, "Procurar Justicia" para examinar el uso y destino de los recursos presupuestales, ya que, se indica, existe un error en la suma de los capítulos en el Banco de Información Económica, la cual no corresponde con la explicación a las variaciones programáticas. En ese sentido y para atender la petición de los C.C. Diputados, se revisaron los conceptos de gasto 1500 "Pagos por Otras Prestaciones Sociales", 1700 "Pago de Estímulos" y 2200 "Alimentos y Utensilios" reportados en el gasto de la actividad 408 "Procurar Justicia".
Se revisaron las partidas 1507 "Otras prestaciones", 1509 "Compensación Garantizada" 1701 "Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño" y 2201 "Alimentación de Personas", por un importe de 499.2; 29,129.7; 2,482.6 y 1,325.9 miles de pesos, respectivamente, equivalentes a 33.0, 49.4, 8.1 y 29.6%, en el mismo orden. En su conjunto (33,437.4 miles de pesos) representan el 35.0% del total ejercido por 95,589.3 miles de pesos en las partidas seleccionadas y del 22.8% erogado por 146,771.9 miles de pesos de los capítulos 1000 y 2000.
La revisión se practicó en la secciones de Contabilidad (SC), de Presupuesto (SP) y de Ejercicio Presupuestal (SEP), dependientes de la Dirección General de Administración (DGA); en la Pagaduría General de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana y Anexas, número 5006 (PGCFAM), y en la Dirección General de Justicia Militar (DGJM), todas ellas de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).
Se constató que existe un error menor de 8.4 miles de pesos en la explicación a las variaciones programáticas, ya que no se mencionó el gasto de inversión efectuado.
En lo que se refiere al comentario contenido en el Decreto de Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 de que existe un error en la suma de los capítulos en el Banco de Información Económica, la cual no corresponde con la explicación a las variaciones programáticas, actividad institucional 408 "Procurar Justicia", se observó que, efectivamente, existe un error de redacción, ya que en la explicación a las variaciones programáticas se menciona, entre otros aspectos, que la totalidad de los recursos programados y ejercidos corresponden a gasto directo de naturaleza corriente; sin embargo, el Reporte Analítico de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000 reportó en la actividad institucional 408 "Procurar Justicia", un presupuesto modificado y ejercido de 8.4 miles de pesos en el capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" (gasto de inversión), situación que no fue considerada en la explicación de las variaciones.
00-07100-2-483-01-001 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración para que fortalezca sus mecanismos de emisión de reportes a fin de que la explicación a las variaciones programáticas sea congruente con las cifras de todos los informes que integran la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
Al comparar las cifras del presupuesto ejercido en los capítulos 1000 y 2000, por 146,771.9 miles de pesos, reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, con las del Estado del Ejercicio del Presupuesto proporcionado por la DGA no se identificaron diferencias; no obstante, al compararlas contra los auxiliares presupuestales se determinaron diferencias menores.
Respecto del presupuesto ejercido de la comparación entre los auxiliares presupuestales y el Estado del Ejercicio del Presupuesto, se determinó que no se incluyeron en los auxiliares presupuestales 285.9 miles de pesos, en infracción del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Al respecto, la DGA comprobó que 20.4 miles de pesos permanecieron en la línea de crédito y los restantes 265.5 miles de pesos corresponden a movimientos no registrados en los auxiliares presupuestales.
00-07100-2-483-01-002 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración para que todas las operaciones, incluyendo ajustes, se registren en los auxiliares presupuestales, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
El presupuesto original autorizado a la DGJM en los capítulos 1000 y 2000 fue de 149,476.7 miles de pesos, el cual se modificó por 63,949.6 y 62,267.6 miles de pesos de ampliaciones y reducciones, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 151,158.7 miles de pesos; asimismo, ejerció un presupuesto de 146,771.9 miles de pesos y presentó economías por 4,386.8 miles de pesos. Se comprobó que las modificaciones al presupuesto original están soportadas en los oficios de afectación presupuestaria autorizados por la SHCP y la SEDENA y aquéllas que se tramitaron extemporáneamente fueron avaladas por el Órgano Interno de Control.
De acuerdo con el procedimiento establecido por la dependencia para la liberación y pago de las partidas presupuestales correspondientes al capítulo 1000 "Servicios Personales", se identificó que la PGCFAM solicita a la Tesorería de la Federación (TESOFE) la alimentación de la línea de crédito el importe del mes por ejercer, mediante la emisión de Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) a nombre del pagador; una vez liberados los recursos, en efectivo, conforme al calendario y montos autorizados para cada concepto y partida, los pagadores, con base en la revista mensual y previa firma de la nómina elaborada por la Sección Administrativa de la DGJM, en la cual aparecen desglosadas las percepciones, efectúan el pago correspondiente, y proporcionan a la persona su comprobante de pago. En caso de que no se pagaran recursos por bajas, se reintegran a la línea de crédito mediante el documento múltiple, en su modalidad de aviso de reintegro. Al respecto, se constató que las CLC fueron soportadas con nóminas debidamente requisitadas y, en su caso, con los reintegros de recursos correspondientes.
En la partida 1507 "Otras prestaciones" se reportó que la DGJM ejerció 499.2 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad. Con el análisis de las CLC, nóminas, plantillas de personal, altas, bajas, promociones y cuotas autorizadas en el ejercicio 2000, se constató que éstas se aplicaron correctamente de conformidad con el mensaje C.E.I. núm. 00196 del 13 de marzo de 2000, girado por el titular de la DGA, en el cual se señalan las cuotas aplicables a partir del 1o. de enero de ese año a los conceptos de previsión social, ayuda de servicios y despensa. Asimismo, se reintegraron a la línea de crédito los recursos no pagados en forma oportuna; no obstante, se identificó que existieron pagos a personas que no tenían derecho.
En enero y febrero se pagaron 15.0 miles de pesos por concepto de previsión social múltiple y ayuda de servicios a personal que no tenía derecho. Al respecto, el pagador en la DGJM a través del oficio núm. 203 del 17 de junio de 2002 informó de que el comunicado no les llegó hasta marzo de 2000, pero ya habían pagado en enero y febrero, por lo que en marzo le descontaron a ese personal 13.1 miles de pesos; la diferencia de 1.9 miles de pesos fue reintegrada el 8 de julio de 2002 como resultado de la auditoría practicada.
00-07100-2-483-01-003 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de la Defensa Nacional instruya a la Dirección General de Administración para que las cuotas por pagar con cargo en la partida 1507 "Otras Prestaciones" se informen oportunamente a las pagadurías para evitar pagar prestaciones a personal que no tiene derecho.
En la partida 1509 "Compensación Garantizada", se reportó que la DGJM ejerció 29,129.7 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad. Con el análisis de las CLC, nóminas, plantillas de personal, altas, bajas, promociones y tabuladores autorizados en el ejercicio 2000, se constató que éstos se aplicaron correctamente de conformidad con el oficio núm. 308-A-0138 del 8 de febrero de 2000, emitido por la SHCP, en el cual se señalan los tabuladores aplicables a partir del 1o. de enero de 2000 al personal con niveles superiores y mandos medios. Asimismo, se reintegraron en forma oportuna los recursos no pagados a la línea de crédito.
En la partida 1701 "Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño", se reportó que la DGJM ejerció 2,482.6 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad. Con el análisis de las CLC, nóminas, plantillas de personal, altas, bajas, promociones y tabuladores autorizados en el ejercicio 2000, se constató que los tabuladores del pago de estímulos que se otorgan a servidores públicos con niveles superiores y mandos medios se aplicaron correctamente, de conformidad con el mensaje C. E. I. núm. 7370, emitido por el titular de la DGA el 8 de septiembre de 2000. Asimismo, se reintegraron en forma oportuna a la línea de crédito los recursos no pagados al 31 de diciembre de 2000.
En la partida 2201 "Alimentación de Personas" se reportó que la DGJM ejerció 1,325.9 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad. Con el análisis de la CLC, nóminas, plantilla de personal, altas, bajas, promociones y cuotas autorizadas en el ejercicio 2000, se constató que las cuotas se aplicaron correctamente, de conformidad con el oficio núm. 311-A-4307 del 14 de julio de 2000 y el mensaje C.E.I. núm. 530 del 18 de enero de 2000 emitido por el titular de la DGA.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 9
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: Recomendación |
10 |
|
Subtotal |
10 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control -
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación
Fiscal |
2 1 |
|
Subtotal |
3 |
|
Total |
13
|
Del total general, 3 (23.1%) son de carácter correctivo, y 10 (76.9%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones
Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 76 recomendaciones, de las cuales se han solventado 69 (90.8%) y quedan pendientes 7 (9.2%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
11 |
3 |
35 |
27 |
76 |
|
|
a)
Solventadas |
11 |
3 |
34 |
21 |
69 |
|
b)
Por solventar |
0 |
0 |
1 |
6 |
7 |
|
Total emitido |
11 |
3 |
35 |
27 |
76 |
|
Total Solventado |
11 |
3 |
34 |
21 |
69 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
100.0% |
97.1% |
77.8% |
90.8% |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
76 |
69 |
7 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
10 |
0 |
10 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
3 |
0 |
3 |
|
|
|
|
|
|
Total |
89 |
69 |
20 |
[1]/ Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación,
2000, México, 1999, Sector Defensa Nacional, SEDENA.