En su artículo
30, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, vigente para el
ejercicio de 2000, establece las atribuciones de la Secretaría de Marina, que
consisten en la atención de los siguientes asuntos:
“I. Organizar,
administrar y preparar la Armada;
II. Manejar el activo y las reservas
de la Armada en todos sus aspectos;
III. Conceder
licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la
Armada;
IV. Ejercer
la soberanía en aguas territoriales, así como la vigilancia de las costas del
territorio, vías navegables, islas nacionales y la zona económica exclusiva;
V. Organizar, administrar y operar el
servicio de aeronáutica naval militar;
VI. Dirigir la educación pública naval;
VII. Organizar y administrar el servicio
de policía marítima;
VIII. Inspeccionar los servicios de la
Armada;
IX. Construir, reconstruir y conservar
las obras portuarias que requiera la Armada;
X. Establecer
y administrar los almacenes y estaciones de combustibles y lubricantes de la
Armada;
XI. Ejecutar
los trabajos topohidrográficos de las costas, islas, puertos y vías navegables,
así como organizar el archivo de cartas marítimas y las estadísticas relativas;
XII. Intervenir
en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas
extranjeras o internacionales en aguas nacionales;
XIII. Intervenir en la administración de la
justicia militar;
XIV. Construir,
mantener y operar astilleros, diques, varaderos y establecimientos navales
destinados a los buques de la Armada de México;
XV. Asesorar
militarmente a los proyectos de construcción de toda clase de vías generales de
comunicación por agua y sus partes integrantes;
XVI. Organizar y prestar los servicios de
sanidad naval;
XVII. Programar
y ejecutar, directamente o en colaboración con otras dependencias e
instituciones, los trabajos de investigación oceanográfica en las aguas de
jurisdicción federal;
XVIII. Integrar el archivo de información
oceanográfica nacional; y
XIX. Los
demás que le atribuyan expresamente las leyes o reglamentos.”
Situación
Presupuestaria
A continuación se
presenta la situación presupuestaria correspondiente a los ejercicios de 1999 y
2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
|
|
|
|
|
Variación en 2000 |
|||||
|
|
1999 |
2000 |
Importe |
% |
|||||
|
Presupuesto original Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de pasivo Presupuesto ejercido Total Gasto corriente Gasto de capital Pago de Pasivo |
6,606,991 5,478,013 1,128,978 - 7,038,503 5,377,473 1,649,987 11,043 |
|
7,959,206 6,415,706 1,543,500 - 8,396,780 6,345,111 2,043,222 8,447 |
|
1,352,215 937,693 414,522 - 1,358,277 967,638 393,235 (2,596) |
|
20 17 37 - 19 18 24 (23) |
||
FUENTES: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, Cuentas de la Hacienda
Pública Federal, 1999 y 2000, México, 2000 y 2001, Secretaría de
Marina, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios.
Actividades Institucionales
Con
los recursos asignados para el ejercicio de 2000, la Secretaría de Marina (SM)
se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a
continuación.
Función
05 “Soberanía del Territorio Nacional”.
Programa
Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa
Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades
Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las Estrategias para su
Implantación”, 415 “Defender el Territorio y Mares Nacionales”, 438 “Conservar
y Mantener la Infraestructura Básica”, 701 “Administrar Recursos Humanos,
Materiales y Financieros” y 708 “Prever el Pago de los Incrementos por
Servicios Personales”.
El
objetivo de la actividad 101 consistió en generar, determinar e implantar las políticas
que garanticen el ejercicio del poder naval de la federación.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
La
actividad 415 tenía como objetivo ejercer el poder naval de la federación en
las costas y mares nacionales para mantener el orden constitucional del Estado
Mexicano.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
Por
su parte, el objetivo de la actividad 438 fue el de efectuar programas y
proyectos de sustitución, conservación, mantenimiento y construcción de la
infraestructura física y operativa de la Armada de México.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
En
lo referente a la actividad 701, su objetivo consistió en instrumentar los
mecanismos para la adecuada administración de los recursos humanos, materiales
y financieros de la Secretaría de Marina-Armada de México.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
Por
otra parte, la actividad 708 tenía como objetivo prever el pago de los
incrementos por servicios personales.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
Programa
Especial 019 “Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica”.
Actividad
Institucional 433 “Llevar a cabo la Investigación Científica y Tecnológica”.
Su
objetivo consistió en realizar estudios de investigación oceanográfica de
contaminación marina y de protección al medio ambiente marino, así como llevar
a cabo levantamientos geodésicos y topohidrográficos.
Sus
metas fueron: realizar el total de los estudios programados (16); así como
llevar a cabo el total de levantamientos programados (3); y cubrir la demanda
total de usuarios con la edición de 4,500 publicaciones.
Función
06 “Gobierno”.
Subfunción
03 “Seguridad Pública”.
Programa
Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa
Especial 015 “Programa de Seguridad Pública”.
Actividad
Institucional 208 “Coordinar y Promover el Sistema Nacional de Seguridad
Pública”.
El
objetivo de la actividad consistió en garantizar la seguridad nacional.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas.
Función
09 “Seguridad Social”.
Subfunción
03 “Seguros”.
Programa
Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa
Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad
Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.
El
objetivo de la actividad consistió en efectuar el pago de las aportaciones por
concepto de seguridad social del personal del Gobierno Federal.
Esta
actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Tipos de Revisión
Con el oficio núm.
OASF-F-1181/01 del 14 de septiembre de 2001, el C. C.P. Gregorio Guerrero
Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. ALM. C. G., DEM. Marco
Antonio Peyrot González, Secretario de Marina, la inclusión de la dependencia
en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Publica Federal
correspondiente al ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría
Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría especial.
Transferencias
del Programa Nacional de Seguridad Pública
Con
la auditoría efectuada a las transferencias por 250,000.0 miles de pesos a la
Secretaría de Marina en el marco del Programa Nacional de Seguridad Pública, se
determinaron las irregularidades en materia presupuestaria y de adquisiciones
que se citan a continuación:
1.
Las
autorizaciones de gasto no correspondieron al calendario de ministración de recursos.
2.
Atraso en la
entrega de los enteros a la TESOFE por los intereses generados de los recursos
transferidos.
3.
Incumplimientos
contractuales relativos a la entrega de fianzas y anticipos.
4.
El contrato núm.
SAA/017-2000 no fue sometido a la aprobación del Comité de Adquisiciones de la
dependencia.
5.
En los contratos
núms. SAA/017-2000 y SAA/020-2000 no se identificaron los recursos con que se
realizaron los pagos, toda vez que conforme a la fecha de ministración, ésta se
realizó después de la celebración de los contratos.
6.
En los
contratos núms. 847/2000 y 945/2000 la mercancía se entregó con un retraso de más de 60 días, en
contravención de lo convenido, por lo que la SEMAR debió aplicar una
penalización del 10.0% del monto total del contrato.
Objetivo
Verificar que el presupuesto de 250,000.0 miles de pesos, ejercido por la Secretaría de Marina (SEMAR) al amparo del Programa Nacional de Seguridad Pública, se aplicó de acuerdo con la normatividad; y constatar que el proceso de adquisición de equipo naval se ajustó a las disposiciones legales y reglamentarias, así como a los registros presupuestarios y contables.
Criterios de Selección
En el Tomo de Resultados de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 se reportó un presupuesto original autorizado a la SEMAR de 7,959,206.1 miles de pesos, y un ejercido de 8,396,779.4 miles de pesos, lo que representó un mayor ejercicio presupuestario por 437,573.3 miles de pesos. Del total del presupuesto ejercido, correspondieron al Programa Nacional de Seguridad Pública 250,000.0 miles de pesos.
Por la importancia que tiene el Programa Nacional de Seguridad Pública, se consideró conveniente llevar a cabo la presente auditoría.
Antecedentes
El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 en materia de seguridad pública consideró entre sus objetivos el de "garantizar la seguridad nacional de México con apego a la ley y a los tratados y acuerdos internacionales firmados por México, la integridad territorial, del espacio aéreo y de los mares territoriales y patrimoniales del país, frente a otros estados, frente a las amenazas de las organizaciones criminales internacionales; el tráfico ilegal de armas y personas y la explotación ilegal de nuestros recursos marinos".
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21, párrafos quinto y sexto que "La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, estados y municipios... y se coordinarán en los términos que la ley señale, para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública".
En ese sentido, la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ordenamiento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 1995, de conformidad con el cual, la seguridad pública tiene entre sus fines señalados en el artículo 3°. "el salvaguardar la integridad y derechos de las personas; así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos... mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos... El Estado combatirá las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales y desarrollará políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos que induzcan el respeto a la legalidad".
El Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000, que prevé la participación de la Federación, el Distrito Federal, los estados y municipios, se constituye en una guía de trabajo para las decisiones prioritarias e inmediatas que realizarán todas las instituciones de seguridad pública e instancias de coordinación en todo el territorio nacional. Conforman dicho programa las directrices para la realización de las responsabilidades que nuestra Carta Magna encarga al Estado Mexicano, como sociedad y gobierno en su conjunto. Dicho programa fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 1996.
El documento referido agrega como objetivo y estrategia el fortalecimiento del presupuesto destinado a la infraestructura y el equipamiento requerido por las instituciones de seguridad pública, a fin de mejorar el desempeño de sus funciones, y establece criterios y alternativas de financiamiento con la participación de la Federación, estados, Distrito Federal y municipios.
Conforme a lo establecido por el artículo 30, fracciones IV, V, VII y XlX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la SEMAR corresponde ejercer la soberanía en aguas territoriales, así como la vigilancia de las costas del territorio, vías navegables, islas nacionales y la zona económica exclusiva; organizar, administrar y operar el servicio de aeronáutica naval militar; otorgar y administrar el servicio de policía marítima, y las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Dentro de los objetivos estratégicos para 2000, la SEMAR estableció el fortalecimiento de la Armada de México incrementando la operatividad de las unidades navales de superficie, aéreas y terrestres; coadyuvar en la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad del territorio nacional, en coordinación con el Ejército, la Fuerza Aérea y los diversos sectores del país.
El Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el ejercicio fiscal del año 2000, estableció en su artículo 59, fracción II, que las dependencias y entidades en el ejercicio de sus presupuestos, no podrán efectuar adquisiciones o nuevos arrendamientos de vehículos marítimos y aéreos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad y la soberanía nacionales y la seguridad pública, o en sustitución de los que por sus condiciones ya no sean útiles para el servicio.
Alcance
Se revisó la documentación presupuestal y contable de los recursos asignados a la SEMAR por 250,000.0 miles de pesos al amparo del Programa Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, se revisó la documentación y el cumplimiento de cinco contratos para la adquisición de equipo naval.
Áreas Revisadas
Las Direcciones Generales Adjuntas de Adquisiciones y de Programación y Presupuesto de la SEMAR.
Resultado
Con fecha 12 de octubre de 2000, la SEMAR expidió la Norma que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México (Norma), cuyo objetivo es el de establecer las normas y procedimientos que deben observar los servidores públicos de la dependencia, para el ejercicio y control de las asignaciones presupuestarias con cargo a las partidas destinadas a la adquisición de bienes y servicios en el extranjero, derivadas de las actividades de seguridad nacional. La emisión de este ordenamiento cumplió con lo establecido en el numeral 196, fracción III, del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
Los numerales 5, 6 y 7 del apartado de políticas internas de la Norma señalada establecen que los recursos asignados para las adquisiciones de bienes y servicios de importación derivadas de las actividades de seguridad nacional se administrarán por medio de una cuenta bancaria maestra o productiva, a nombre de la Secretaría de Marina, que se establecerá en una institución financiera de la ciudad de Washington, E.U.A., lugar donde reside la Agregaduría Naval de la Secretaría de Marina-Armada de México; la Oficialía Mayor, a través de la unidad administrativa que designe, llevará el registro y control de las radicaciones de recursos presupuestarios que se hagan a la cuenta bancaria maestra; y la Dirección General de Materiales y Suministros será la responsable de generar las solicitudes para cubrir los compromisos de las adquisiciones de bienes y servicios contraídas con los proveedores extranjeros.
Resultado
Con el oficio de autorización de inversión núm. 311-A-0667 del 15 de febrero de 2000, la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico (SHCP) informó a la SEMAR del presupuesto por ejercer durante ese año en el marco del Programa Nacional de Seguridad Pública con un monto de 250,000.0 miles de pesos.
Mediante el oficio núm. 13-00-1143 del 19 de julio de 2000, la SEMAR solicitó a la SHCP la modificación, entre partidas, del presupuesto asignado a las adquisiciones, a fin de adecuar los recursos a las necesidades reales de dicho programa, sin modificar el presupuesto original. En respuesta, la SHCP emitió la afectación presupuestaria núm. 311-A-0091 y el oficio de autorización de inversión núm. 311-A-4702 del 26 y 28 de julio de 2000, respectivamente, por 50,981.3 miles de pesos.
El 30 de octubre de 2000, mediante el oficio núm. 13-00-1840, la SEMAR solicitó a la SHCP una segunda modificación, en virtud del tipo de cambio de los precios de los bienes que se adquirirían. En atención a dicha solicitud, la SHCP emitió la afectación presupuestaria núm. 311-A-0154 y el oficio de autorización de inversión núm. 311-A-7638 del 1°. y 6 de noviembre de 2000, respectivamente, por 16,852.7 miles de pesos, como se muestra a continuación:
AFECTACIONES PRESUPUESTARIAS
(Miles de pesos)
|
Asignación Original |
|
Afectación Presupuestaria |
Total |
||||||
|
Partida |
Importe |
|
Número |
Reducción |
Ampliación |
|
|
||
|
2300 |
0.0 |
|
311-A-0091 |
|
160.5 |
|
160.5 |
||
|
2800 |
0.0 |
|
311-A-0154 |
|
3,098.4 |
|
3,098.4 |
||
|
Subtotal del capítulo 2000 |
|
3,258.9 |
|||||||
|
5200 |
9,119.0 |
|
311-A-0091 311-A-0154 |
16,852.7 |
31,097.1 |
|
23,363.4 |
||
|
5300 |
236,327.0 |
|
311-A-0091 311-A-0154 |
49,002.0 |
10,880.9 |
|
198,205.9 |
||
|
5500 |
0.0 |
|
311-A-0091 311-A-0154 |
|
16,832.7 2,672.0 |
|
19,504.7 |
||
|
5800 |
4,554.0 |
|
311-A-0091 311-A-0154 |
1,979.3 |
3,092.4 |
|
5,667.1 |
||
|
Subtotal
del capítulo 5000 |
|
246,741.1 |
|||||||
|
Total |
250,000.0 |
|
|
67,834.0 |
67,834.0 |
|
250,000.0 |
||
FUENTE:
Oficios de afectación presupuestaria y de autorización de inversión.
La transferencia de recursos a los capítulos 2000 y 5000 obedeció a las adquisiciones de herramientas y refacciones para diversos usos, municiones de diferentes calibres y bienes muebles e inmuebles, para llevar a cabo acciones dentro del marco del Programa Nacional de Seguridad Pública.
En ese sentido, dichos recursos se autorizaron para ejercerse en el periodo julio-noviembre de 2000, de acuerdo con el calendario de ministraciones, como se muestra a continuación:
PRESUPUESTO AUTORIZADO AL PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
(Miles de pesos)
|
Capítulo |
Julio |
Agosto |
Septiembre |
Octubre |
Noviembre |
Total |
|
2300 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
160.5 |
0.0 |
160.5 |
|
2800 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
2,891.0 |
207.4 |
3,098.4 |
|
5200 |
2,735.7 |
0.0 |
0.0 |
0.0 |
20,627.7 |
23,363.4 |
|
5300 |
70,898.1 |
45,000.0 |
41,812.2 |
29,614.7 |
10,880.9 |
198,205.9 |
|
5500 |
0.0 |
0.0 |
1,979.3 |
12,333.8 |
5,191.6 |
19,504.7 |
|
5800 |
1,366.2 |
0.0 |
1,208.5 |
|
3,092.4 |
5,667.1 |
|
Totales |
75,000.0 |
45,000.0 |
45,000.0 |
45,000.0 |
40,000.0 |
250,000.0 |
FUENTE:
SHCP. Presupuesto modificado del Programa Nacional de Seguridad Pública 2000.
Resultado
Se verificó mediante las autorizaciones de gasto núms. M-OF-219, 260 y 280, del 4 de agosto, 26 de septiembre y 7 de noviembre de 2000, respectivamente, que la Tesorería de la Federación (TESOFE) radicó los recursos por 250,000.0 miles de pesos mediante cuatro Cuentas por Liquidar Certificadas remitidas a la Agregaduría Naval de México en la ciudad de Washington, E.U.A., en la cuenta en dólares estadounidenses núm. 17069-215 denominada "Secretaría de Marina-Armada de México" como se presenta a continuación:
CUENTAS POR LIQUIDAR CERTIFICADAS
(Miles de pesos)
|
Número |
Fecha |
Fecha valor |
Importe |
Concepto |
|
2295 |
07/08/00 |
18/08/00 |
75,000.0 |
Vehículos y Equipo
Marítimo, Lacustre y Fluvial. |
|
2328 |
10/08/00 |
24/08/00 |
45,000.0 |
Vehículos y Equipo
Marítimo, Lacustre y Fluvial. |
|
3334 |
30/09/00 |
11/10/00 |
90,000.0 |
Partidas: 2302,2802; 5301,
5303,5502 y 5801. |
|
4264 |
08/11/00 |
17/11/00 |
40,000.0 |
Partidas: 2802; 5204,
5207, 5301, 5303,5502, 5801 y 5802. |
|
Totales |
|
|
250,000.0 |
|
FUENTE: Autorizaciones de gasto y Cuentas por Liquidar
Certificadas.
El desglose por partida y en dólares estadounidenses de las ministraciones de recursos se muestra a continuación:
RADICACIÓN DE FONDOS
(Miles)
|
Partida |
Cuenta por Liquidar Certificada |
Oficio de Radicación |
||||||
|
Número |
Fecha |
Importe M.N. |
Número |
Fecha |
Tipo de cambio |
Importe dólares |
Fecha de depósito |
|
|
2302 |
3334 |
30/09/00 |
160.5 |
66473 |
05/10/00 |
9.4753 |
16.9 |
11/10/00 |
|
2802 |
3334 4264 |
30/09/00 08/11/00 |
2,891.0 207.4 |
66473 69069 |
05/10/00 13/11/00 |
9.4753 9.4625 |
305.1 21.9 |
11/10/00 17/11/00 |
|
5204 |
4264 |
08/11/00 |
2,430.1 |
69069 |
13/11/00 |
9.4625 |
256.8 |
17/11/00 |
|
5207 |
2295 4264 3334 4264 |
07/08/00 08/11/00 |
2,735.7 18,197.6 |
61736 69069 |
14/08/00 13/11/00 |
9.1923 9.4625 |
297.6 1,923.1 |
18/08/00 17/11/00 |
|
5301 |
30/09/00 08/11/00 |
1,325.0 9,885.3 |
66473 69069 |
05/10/00 13/11/00 |
9.4753 9.4625 |
139.8 1,044.7 |
11/10/00 17/11/00 |
|
|
5303 |
2328 3334 2295 4264 |
10/08/00 30/09/00 07/08/00 08/11/00 |
45,000.0 70,101.9 70,898.1 995.6 |
61736 66473 40756 69069 |
18/08/00 05/10/00 14/08/00 13/11/00 |
9.2322 9.4753 9.1923 9.4625 |
4,874.2 7,398.4 7,712.8 105.2 |
24/08/00 11/10/00 18/08/00 17/11/00 |
|
5502 |
3334 4264 |
30/09/00 08/11/00 |
14,313.1 5,191.6 |
66473 69069 |
05/10/00 13/11/00 |
9.4753 9.4625 |
1,510.6 548.7 |
11/10/00 17/11/00 |
|
5801 |
2295 3334 4264 |
07/08/00 30/09/00 08/11/00 |
1,366.2 1,208.5 .1 |
40756 66473 69069 |
14/08/00 05/10/00 13/11/00 |
9.1923 9.4753 9.4625 |
148.6 127.5 .01 |
18/08/00 11/10/00 17/11/00 |
|
5802 |
4264 |
08/11/00 |
3,092.3 |
69069 |
13/11/00 |
9.4625 |
326.8 |
17/11/00 |
|
Totales |
|
|
250,000.0 |
|
|
|
26,758.7 |
|
FUENTE: Cuentas por Liquidar Certificadas, Oficios de
Radicación de Fondos correspondientes al Programa Nacional de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal de 2000 y
Estados de Cuenta Bancarios.
Observación
Respecto de la ministración de recursos del Programa Nacional de Seguridad Pública, se constató que no coincide con lo establecido en el calendario, toda vez que éste señala un periodo de ministración de julio a noviembre de 2000 y los recursos de julio se radicaron en el mes de agosto de 2000, es decir, un mes después de lo programado, en contravención del apartado IV, numeral 4, de la Norma de referencia, que establece que las Cuentas por Liquidar Certificadas deben coincidir con las autorizaciones de gasto y los recursos calendarizados por la SHCP.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Marina observe la Norma que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México, para que la radicación de los recursos se realice conforme a lo establecido en el calendario de ministración autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; además, que informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas preventivas adoptadas.
Resultado
Respecto de los recursos para cubrir los compromisos derivados de los contratos correspondientes al Programa Nacional de Seguridad Pública, al analizar los estados de cuenta expedidos por el Riggs Bank, N.A. de la cuenta núm. 17-069-215 se determinó que se generaron intereses correspondientes al periodo de agosto-diciembre de 2000, por 1,063.9 miles de dólares estadounidenses, y en enero-septiembre de 2001, por 1,429.8 miles de dólares estadounidenses.
Por otra parte se realizó una conciliación con los intereses reportados en los estados de cuenta contra los enterados por la SEMAR a la TESOFE, como se muestra a continuación:
CONCILIACIÓN DE INTERESES
(En miles)
|
Intereses generados |
Entero de intereses |
|
|||||||||||||
|
Periodo |
Importe USD |
Tipo de cambio |
Importe en M.N. |
Fecha |
|
Importe |
|
||||||||
|
Ago-Sept/00 |
|
327.8 |
9.5580 |
3,133.1 |
15/nov/00 |
|
3,133.1 |
|||||||
|
Oct-Dic/00 |
|
736.1 |
9.7140 |
7,150.3 |
12/Feb/01 |
|
7,150.3 |
|||||||
|
|
Subtotal |
1,063.9 |
|
10,283.4 |
|
|
10,283.4 |
|||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||
|
Ene-Mzo/01 |
|
597.8 |
9.2250 |
5,515.0 |
15/May/01 |
|
5,515.0 |
|||||||
|
Abr-Jun/01 |
|
419.3 |
9.3420 |
3,917.2 |
16/Jul/01 |
|
3,917.2 |
|||||||
|
Jul-Sept/01 |
|
412.7 |
9.2340 |
3,811.2 |
19/Oct/01 |
|
3,811.2 |
|||||||
|
|
Subtotal |
1,429.8 |
|
13,243.4 |
|
|
13,243.4 |
|||||||
|
|
Total |
2,493.7 |
|
23,526.8 |
|
|
23,526.8 |
|||||||
FUENTE: Declaraciones generales de pago de productos y aprovechamientos, y formularios múltiples de pago.
Observación
Se determinó que los intereses generados de la cuenta núm. 17-069-215, en el tercer y cuarto trimestres de 2000 y primero de 2001, fueron enterados a la TESOFE un mes después de lo que indica el apartado VI, numeral 4.2, de la Norma que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México, conforme a la cual, los rendimientos financieros generados en las cuentas maestras o productivas deberán ser enterados a la TESOFE dentro de los 15 días hábiles posteriores al trimestre que corresponda.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Marina se ajuste a lo establecido en la Norma, que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México, en su apartado VI, numeral 4.2, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas preventivas.
Resultado
El estado financiero del Programa Nacional de Seguridad Pública de la SEMAR correspondiente al ejercicio fiscal de 2000 reportó un presupuesto total ejercido de 254,550.2 miles de pesos, cifra que rebasó el presupuesto autorizado en 4,550.2 miles de pesos.
Al respecto, mediante la nota de fecha 6 de noviembre de 2001, la SEMAR informó a la Auditoría Superior de la Federación que los 4,550.2 miles de pesos fueron los remanentes de tipo de cambio, los cuales se aplicaron en compromisos de partidas que les corresponden, como lo indica la multicitada Norma.
Observación
La Secretaría de Marina ejerció 4,550.4 miles de pesos por concepto de remanentes de tipo de cambio correspondientes al ejercicio de 1999, en contravención de los apartados V, numeral 7, y VI, numeral 4.1 de la Norma, que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México. Dichos numerales indican que: "al cierre de cada ejercicio fiscal las Unidades Administrativas responsables del ejercicio de los recursos radicados al exterior, deberán tener comprometidos los importes de las partidas correspondientes con base en contratos formalizados, cartas pedido, así como soportes de fianzas de garantía y fianzas de cumplimiento, etc."; y, "la Oficialía Mayor antes del ejercicio fiscal podrá utilizar los remanentes presupuestarios derivados de los tipos de cambio, variaciones de costos de los bienes y servicios, así como por las cancelaciones de contratos".
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-003 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Marina se ajuste a lo dispuesto en la Norma, que establece los procedimientos para las adquisiciones de bienes y servicios en el extranjero derivadas de las actividades de seguridad nacional de la Secretaría de Marina-Armada de México, en sus apartados V, numeral 7, y VI, numeral 4.1, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas preventivas adoptadas.
Resultado
Al amparo del Programa Nacional de Seguridad Pública, durante el año 2000 la SEMAR celebró 21 contratos de adquisiciones, de los cuales, dos se asignaron por invitación a cuando menos tres personas y 19 por adjudicación directa.
Con el fin de verificar que las adquisiciones se efectuaron de conformidad con la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, vigente hasta el 3 de marzo de 2000, y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cual entró en vigor el 4 de marzo de 2000 se seleccionó para revisión una muestra de cinco contratos por 23,860.6 miles de dólares estadounidenses, equivalente al 89.2% del presupuesto total ejercido por 26,758.7 miles de dólares estadounidenses para el ejercicio fiscal de 2000. Los contratos se enumeran en el cuadro siguiente:
RELACIÓN DE CONTRATOS DETERMINADOS EN LA MUESTRA
|
Núm. del contrato |
Fecha |
Monto Miles de dólares estadounidenses |
|
Concepto |
|
SAA/017-2000 |
01/02/2000 |
18,600.0 |
|
20 embarcaciones
interceptoras de alta velocidad |
|
SAA/020-2000 |
23/03/2000 |
1,445.6 |
|
Refacciones y herramientas
para el mantenimiento de las embarcaciones |
|
847/2000 |
19/09/2000 |
1,180.4 |
|
Cuatro remolques |
|
848/2000 |
19/09/2000 |
898.2 |
|
Detectores portátiles de narcóticos |
|
945/2000 |
06/10/2000 |
1,736.4 |
|
Seis remolques |
|
|
Total |
23,860.6 |
|
|
FUENTE: Contratos de adquisición proporcionados por la
Oficialía Mayor de la SEMAR.
Los cinco contratos se asignaron mediante el procedimiento de adjudicación directa, con fundamento en los artículos 80, 81 y 82 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas y 41, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que en lo general establece que las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública cuando se realicen con fines exclusivamente militares o para la armada, o sean necesarias para garantizar la seguridad interior de la nación.
La suscripción de dichos contratos cumplió con lo establecido en los artículos 38, 50, 51 y 54 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público relativo a los requisitos de autorización presupuestal, tipo de adjudicación, descripción de los bienes objeto del contrato, precio unitario e importe total por pagar; fecha, lugar y condiciones de entrega; forma y términos para garantizar los anticipos (fianzas); plazos y condiciones de pago; y penas convencionales.
Resultado
Respecto de la suscripción del contrato núm. SAA/017-2000, ésta se derivó de su similar efectuada en 1999, cuyo objeto fue la adquisición de bienes. La opción 2, cláusula vigésimo tercera, del contrato estipulaba que la SEMAR tendría el derecho de comprar al proveedor 20 embarcaciones adicionales en los términos y condiciones establecidas en el compromiso suscrito en 1999.
En este sentido, con el oficio núm. OF/SAA/00681-00 de fecha 25 de enero de 2000, la dependencia confirmó al proveedor su intención de hacer efectiva la opción 2; asimismo, la Oficialía Mayor lo notificó a la Jefatura del Estado Mayor General y a su vez, a la Dirección General de Armas Navales, con los oficios núms. 749 y S4-C702/00 del 22 y 25 de febrero de 2000, respectivamente.
Observación
Con la revisión del contrato núm. SAA/017-2000 por 18,600.0 miles de dólares estadounidenses por concepto de la adquisición de 20 embarcaciones interceptoras de alta velocidad, se constató que dicha adquisición no fue sometida a la aprobación del Comité de Adquisiciones y no existió un dictamen técnico que la respaldara, en contravención del artículo 24, fracción II, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, vigente en la fecha de suscripción.
Acción Promovida
00-13110-6-340-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina actúe en el ámbito de sus atribuciones e inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente por no haber sometido a la autorización del Comité de Adquisiciones la adquisición de 20 embarcaciones interceptoras de alta velocidad; verifique que la suscripción de los contratos por concepto de adquisiciones de equipo naval sea autorizada por las instancias competentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las gestiones realizadas.
Resultado
De conformidad con la cláusula tercera del contrato SAA/017-2000, la forma de pago sería la siguiente:
CONTRATO NÚM. SAA/017-2000
(Miles de dólares)
|
Número |
Importe |
|
Concepto |
Fecha
contractual |
Fecha
real del pago |
|
|
|
|
|
|
|
|
Primer pago |
3,720.0 |
|
20.0% de anticipo dentro de los
20 días posteriores a la firma del contrato, previo a la presentación de la
fianza. |
210200 |
070300 |
|
Segundo pago |
5,580.0 |
|
30.0% del total de monto del
contrato previo a la presentación de la fianza |
140700 |
140700 |
|
Tercer pago |
1,860.0 |
|
50.0% del monto total de las
cuatro primeras embarcaciones a la entrega de las mismas de acuerdo con el
calendario de la cláusula quinta del contrato. |
310800 |
270900 |
|
Último pago |
7,440.0 |
|
Contra la entrega de las
embarcaciones restantes. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
18,600.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
FUENTE:
Contrato núm. SAA/017/2000, estados de cuenta bancarios y facturas.
Sin embargo, se constató que respecto del tercer pago, que sería el 31 de agosto de 2000 fecha en la que se entregarían las cuatro primeras embarcaciones, el proveedor entregó los bienes el 25 de septiembre de ese año, es decir, dos días antes del pago real.
Observación
Con la revisión de la documentación comprobatoria de los pagos efectuados por la SEMAR, se determinó un retraso de 15 días naturales en el primer pago, en contravención de lo dispuesto en la cláusula tercera del contrato núm. SAA/017-2000. Asimismo, no fue posible identificar los recursos con que se realizaron el primero y segundo pago, toda vez que la ministración de recursos se realizó a partir de agosto de 2000.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-004 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Marina informe a la Auditoría Superior de la Federación los recursos con los que efectuó el primer y segundo pago del contrato.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-005 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Marina se ajuste a lo estipulado en los contratos de adquisiciones en lo relativo a las condiciones de pago e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas preventivas adoptadas.
Resultado
La cláusula cuarta del contrato establecía que el proveedor se obligaba a presentar fianzas por el buen uso de las cantidades entregadas como primer y segundo anticipo, y otra por el 10.0% del importe total del contrato, para garantizar todas y cada una de las obligaciones a su cargo, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha del contrato.
Observación
Las fianzas a favor de la Tesorería de la Federación se presentaron con 15 días de retraso, en contravención de la cláusula cuarta del contrato como se muestra a continuación:
FIANZAS DEL CONTRATO SAA/017-2000
(Miles de dólares)
|
Número |
Fecha Compromiso |
Fecha |
Importe |
Concepto |
|
|
|
|
|
|
|
2245-5912-519067 |
16/02/00 |
02/03/00 |
3,720.0 |
20.0% de anticipo. |
|
2245-5912-519852 |
16/02/00 |
02/03/00 |
5,580.0 |
30.0% segundo pago. |
|
2245-5912-519068 |
16/02/00 |
02/03/00 |
1,860.0 |
10.0% para garantizar el
cumplimiento del contrato. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
FUENTE:
Fianzas presentadas por el proveedor y contrato SAA/017-2000.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-006 Recomendación
Es necesario que la Dirección General Adjunta de Adquisiciones de la Secretaría de Marina se ajuste a los contratos de adquisiciones relativo al cumplimiento de las condiciones para la entrega de las fianzas correspondientes e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas preventivas adoptadas.
Resultado
De acuerdo con la documentación que ampara la entrega a la Secretaría de Marina de los bienes del contrato SAA/017-2000, se constató que sólo recibió 19 embarcaciones, como se muestra a continuación:
ENTREGA DE EMBARCACIONES DEL CONTRATO NÚM. SAA/017-2000
|
Contrato núm. SAA/017-2000 |
Fecha de desembarque |
Embarcaciones enviadas |
Fecha de entrega según pedimento de importación |
Número de embarcaciones recibidas |
|
|
Fecha de entrega programada |
Embarcaciones |
||||
|
31/agosto/00 |
4 |
25/septiembre/00 |
4 |
18/octubre/00 |
4 |
|
15/octubre/00 |
4 |
15/noviembre/00 |
4 |
29/diciembre/00 |
4 |
|
30/noviembre/00 |
4 |
19/diciembre/00 |
6 |
01/febrero/01 |
5 |
|
31/enero/01 |
4 |
22/febrero/01 |
3 |
25/marzo/01 |
3 |
|
15/marzo/01 TOTAL |
4 20 |
28/marzo/01 |
3 20 |
06/mayo/01 |
3 19 |
FUENTE: Contrato
de adquisición, pedimentos de importación y oficios de desembarque.
De lo anterior, se verificó que la entrega de las embarcaciones por parte del proveedor cumplió con lo establecido en la cláusula quinta del contrato. Sin embargo, se constató que existen reportes de daños elaborados por la Comisión Inspectora de la SEMAR, así como el acta levantada por el capitán del barco M/V Lemmergracht, en la ciudad de Norlfolk, VA, E.U.A., ambos documentos del 23 de enero de 2001, en los que se menciona que tres embarcaciones sufrieron averías debido al mal tiempo durante su traslado y que la compañía aseguradora repararía dos de ellas hasta la total satisfacción de la dependencia, y que la otra sufrió pérdida total, por lo que se reintegraría el costo a la dependencia.
Se comprobó que el 9 de mayo de 2001, la Agregaduría Naval en la ciudad de Washington, E.U.A,. comunicó vía fax a la SEMAR que la aseguradora depositó en la cuenta núm. 17-069-215 la cantidad de 1,023.0 miles de dólares estadounidenses; por concepto del reintegro del costo de la embarcación perdida.
Debido a la pérdida de la embarcación, el 30 de octubre de 2001 la SEMAR elaboró la requisición núm. 34002/2001 y el dictamen técnico para la compra de una nueva embarcación, la cual fue aprobada por el Comité de Adquisiciones en la Trigésima Séptima sesión del 13 de noviembre de 2001, por lo que se elaboró el contrato núm. SCIA/041-2001 por un monto de 910.0 miles de dólares estadounidenses y se estableció como fecha de entrega el 30 de diciembre de 2001.
Respecto de las dos embarcaciones dañadas la compañía aseguradora las reparó a total satisfacción de la SEMAR, por lo que el 16 de febrero de 2001 causaron alta en el Servicio Activo de la Armada de México.
Resultado
En el contrato núm. SAA/020-2000 del 23 de marzo de 2000, por concepto de la adquisición de contenedores con herramientas y refacciones para el mantenimiento de las embarcaciones interceptoras, se estipuló un monto de 1,445.6 miles de dólares estadounidenses, cuya forma de pago, de conformidad con la cláusula tercera, sería del 20.0% del monto total por concepto de anticipo dentro de los 20 días posteriores a la firma del contrato (14/04/00), previa presentación de la fianza correspondiente; y el 80.0% restante contra la presentación de la factura y el acta de entrega-recepción correspondiente.
Asimismo, la cláusula quinta del citado contrato establecía que la entrega de los bienes sería seis meses después de la recepción del 20.0% del anticipo.
Observación
En relación con los pagos efectuados del contrato núm. SAA/020-2000, el primero, por concepto del 20.0% de anticipo (289.1 miles de dólares estadounidenses), se realizó el 30 de junio del mismo año, por lo que no fue posible identificar los recursos con los que se realizó, toda vez que las ministraciones se realizaron a partir de agosto de 2000. Se observó que la fianza núm. 2245-5912-519767 de fecha 9 de junio de 2000 a favor de la Tesorería de la Federación fue presentada 58 días después de la firma, lo que impide cumplir con los plazos establecidos en el contrato.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-007 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Marina informe a la Auditoría Superior de la Federación los recursos con los que efectuó el primer pago por concepto del 20.0% de anticipo.
Acción Promovida
00-13100-6-340-01-008 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Marina implemente medidas de control para que tanto las fianzas correspondientes a los contratos de adquisiciones como los bienes adquiridos se entreguen conforme a lo estipulado en el propio contrato, evite la recurrencia de estas omisiones e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas adoptadas.
Resultado
En el contrato núm. 847/2000 del 19 de septiembre de 2000, por concepto de la adquisición de cuatro remolques, se estipuló un monto de 1,180.4 miles de dólares estadounidenses, cuya forma de pago, de conformidad con la cláusula décimo primera, sería del 50.0% contra la fianza y el restante 50.0% contra la entrega de los bienes.
En la cláusula cuarta se estableció que la entrega de los bienes se realizaría dentro de las 24 semanas naturales posteriores a la firma del contrato (03/03/01); y en la cláusula octava se convino que el proveedor aceptaría que en caso de retrasos no justificados se le impondrían penalidades del 3.0%, 6.0% y 10.0% por 30, 45 y 60 días de retraso, respectivamente.
Observación
Se constató que la entrega total de los bienes del contrato núm. 847/2000 por 1,180.4 miles de dólares estadounidenses por concepto de cuatro remolques, se realizó con un retraso de más de 60 días (21 de junio de 2001) en contravención de lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato, por lo que la SEMAR debió aplicar una penalización del 10.0%, por el equivalente a 118.0 miles de dólares estadounidenses.
Al respecto, la SEMAR sólo aplicó el 3.0% mediante la autorización de pago núm. P-965/2001 del 23 de julio de 2001; sin embargo, se observó que el porcentaje y el monto de la penalización aplicados no corresponden, en contravención de la cláusula octava del contrato.
Con el oficio núm. OF/DGAA/DC/SCIA/11193-2001 del 26 de diciembre de 2001, la SEMAR solicitó al proveedor reintegrara 82.6 miles de dólares estadounidenses equivalentes al 7.0% restante de la penalización correspondiente, toda vez que ésta fue del 10.0% del total del contrato.
Mediante el oficio de referencia 1023 CAMI847 del 28 de diciembre de 2001, el proveedor aceptó el retraso de más de 60 días en la entrega de la mercancía, por lo que señaló estar de acuerdo con reintegrar el complemento de la penalización, así como los intereses generados a partir del 2 de agosto de 2001.
Acción Promovida
00-13110-6-340-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina actúe en el ámbito de sus atribuciones e inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente por la falta de recuperación de las penalizaciones por retraso en la entrega de los bienes, y verifique el cumplimiento del pago de 82.6 miles de dólares estadounidenses por concepto de retraso en la entrega de la mercancía, así como de los intereses moratorios generados, correspondientes al contrato núm. 847/2000.
Acción Promovida
00-13100-6-340-03-001 Solicitud de Aclaración
Es necesario que la Secretaría de Marina verifique el cumplimiento del pago por 82.6 miles de dólares estadounidenses por concepto de retraso en la entrega de la mercancía, y de los intereses moratorios generados, asimismo, instruya a las áreas correspondientes a efecto de que en lo sucesivo se ajusten a lo dispuesto en los contratos de adquisiciones respecto de la entrega de mercancías y la aplicación de penalizaciones; proporcione la documentación comprobatoria respectiva e informe sobre las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Respecto del contrato núm. 848/2000 del 19 de septiembre de 2000 por concepto de la adquisición de equipos portátiles de detección de narcóticos, se estipuló un monto de 898.2 miles de dólares estadounidenses cuya forma de pago, de conformidad con la cláusula segunda, podría ser el 50.0% de anticipo siempre y cuando los bienes fueran de diseño especial o se justificaran para el servicio, o bien contra entrega de los bienes y/o servicios; ambas opciones se realizarían a los 20 días naturales posteriores a la entrega de la documentación.
Se constató que la dependencia se decidió por la primera opción, por lo que entregó al proveedor un anticipo de 449.1 miles de dólares estadounidenses contra la fianza núm. 2575-4420-005906 del 20 de septiembre de 2000.
La cláusula décima del contrato núm. 848/2000 señala que la adquisición se efectuó por invitación a cuando menos tres personas; sin embargo, el Comité de Adquisiciones aprobó la adquisición por adjudicación directa en la 22a. sesión ordinaria del 20 de junio de 2000.
Al respecto, mediante la nota aclaratoria de fecha 3 de diciembre de 2001, la Secretaría de Marina informó a la Auditoría Superior de la Federación que "por error administrativo quedó asentado en el contrato el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas y que no existe acta de fallo en razón de que fue adjudicación directa", con base en la autorización antes señalada.
Resultado
En lo concerniente al contrato núm. 945/2000 del 6 de octubre de 2000 por concepto de la adquisición de seis remolques para las embarcaciones interceptoras, se estipuló un monto de 1,736.4 miles de dólares estadounidenses, cuya forma de pago, de conformidad con la cláusula segunda, sería del 50.0% contra la fianza correspondiente y el restante 50.0% contra la entrega de los bienes.
En la cláusula cuarta se estableció que la entrega de los bienes se realizaría dentro de las 24 semanas naturales posteriores a la firma del contrato (03/03/01), y en la cláusula octava se indicó que el proveedor aceptaría que en caso de retrasos no justificados se le impondrían penalidades del 3.0%, 6.0% y 10.0% por 30, 45 y 60 días de retraso, respectivamente.
Se constató que el proveedor presentó la fianza núm. 000FS907871 del 9 de noviembre de 2000 por 868.2 miles de dólares estadounidenses, en favor de la Tesorería de la Federación, por concepto del ciento por ciento del anticipo, conforme a la cláusula tercera del contrato.
Observación
Respecto de la entrega total de los bienes del contrato núm. 945/2000 por 1,736.4 miles de dólares estadounidenses, por concepto de la adquisición de seis remolques, se determinó que ésta se realizó con un retraso de más de 60 días (30 de agosto de 2001), en contravención de la cláusula cuarta del contrato, por lo que la SEMAR debió aplicar una penalización del 10.0%, equivalente a 173.6 miles de dólares estadounidenses.
Con el oficio núm. OF/DGAA/DC/SCIA/11192-2001 del 26 de diciembre de 2001, la SEMAR informó al proveedor que fue acreedor de una penalización del 10.0% del monto total del contrato equivalente a 173.6 miles de dólares estadounidenses, por lo que deberá reintegrar dicha cantidad, así como los intereses generados correspondientes a partir del 9 de octubre de 2001.
Mediante el oficio de referencia 1103 CAMI945 del 28 de diciembre de 2001, el proveedor aceptó el retraso de más de 60 días en la entrega de la mercancía, por lo que señaló su conformidad en reintegrar la penalización del 10.0%, así como los intereses generados a partir del 9 de octubre de 2001.
Acción Promovida
00-13110-6-340-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina actúe en el ámbito de sus atribuciones e inicie, de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente por la falta de recuperación de las penalizaciones por retraso en la entrega de los bienes, y verifique el cumplimiento del pago de 173.6 miles de dólares estadounidenses por concepto de retraso en la entrega de la mercancía, así como de los intereses moratorios generados, correspondientes al contrato núm. 945/2000.
Acción Promovida
00-13100-6-340-03-002 Solicitud de Aclaración
Es necesario que la Secretaría de Marina tramite con oportunidad la recuperación del pago por 173.6 miles de dólares estadounidenses por concepto de retraso en la entrega de la mercancía, así como de los intereses moratorios generados; asimismo, instruya a las áreas correspondientes a efecto de que en lo sucesivo se ajusten a lo dispuesto en los contratos de adquisiciones respecto de la entrega de mercancías y la aplicación de penalizaciones; que proporcione la documentación comprobatoria respectiva e informe sobre las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 9
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
8 |
|
Subtotal |
8 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Aclaración -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de
Control |
2 3 |
|
Subtotal |
5 |
|
Total |
13
|
Del total general, 5 (38.5%) son de carácter correctivo, y 8 (61.5%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 57 recomendaciones, de las cuales se han solventado 43 (75.4%) y quedan pendientes 14 (24.6%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
n/r |
11 |
35 |
11 |
57 |
|
|
a)
Solventadas |
|
11 |
29 |
3 |
43 |
|
b)
Por solventar |
|
0 |
6 |
8 |
14 |
|
Total Emitido |
|
11 |
35 |
11 |
57 |
|
Total Solventado |
|
11 |
29 |
3 |
43 |
|
Porcentaje de Avance |
|
100.0% |
82.9% |
27.3% |
75.4% |
n/r: no revisado. No se practicaron
revisiones al ente público en este ejercicio.
2) Acciones
Correctivas
Se promovieron 5 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 3(60.0%) y están en proceso de atención 2 (40.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de acción |
Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999
|
||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
|
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
5 |
3 |
2 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal, 1999.
|
Total |
5 |
3 |
2 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
57 |
43 |
14 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
8 |
0 |
8 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
5 |
3 |
2 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
5 |
0 |
5 |
|
|
|
|
|
|
Total |
75 |
46 |
29 |
[1]/ Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Marina, SM.