II.3.SECTOR GOBERNACIÓN 

II.3.1.SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

II.3.1.1.Antecedentes

 

Atribuciones

En  su artículo 27, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,  reformada, adicionada y derogada en diversas disposiciones mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, establece las atribuciones que corresponde ejercer a la Secretaría de Goberna­ción, que consisten en la atención de los siguientes asuntos:

“I.               Presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo;

II.               Publicar las leyes y decretos del Congreso de la Unión, algunas de las dos Cámaras o la Comisión Permanente y los reglamentos que expida el Presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la fracción primera del artículo 89 constitucional, así como las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

III.              Administrar y publicar el Diario Oficial de la Federación;

IV.             Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos y turismo;

V.              Manejar el servicio nacional de identificación personal;

   VI.         Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución;

VII.            Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96, 98 y 100 de la Constitución, sobre nombramientos, renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura Federal;

VIII.           Tramitar lo relacionado con los nombramientos, remociones, renuncias y licencias de los Secretarios de Estado, Jefes de Departamento Administrativo del Ejecutivo Federal y del Procurador General de la República;

IX.              Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo;

X.              Llevar el registro de autógrafos de los funcionarios federales y de los Gobernadores de los Estados y legalizar las firmas de los mismos;

XI.             Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la administración pública Federal;

En  las islas a que se refiere el párrafo anterior, regirán las leyes  federales y los tratados; serán competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercanía geográfica;

XII.            Conducir la política interior que competa al Ejecutivo y no se atribuya expresamente a otra dependencia;

XIII.           Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales y dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;

XIV.          Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal;

XV.           Conducir las relaciones del gobierno federal con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado;

XVI.          Conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones políticas del Poder Ejecutivo con los partidos y agrupaciones políticas nacionales, con las organizaciones sociales, con las asociaciones religiosas y demás instituciones sociales;

XVII.          Fomentar el desarrollo político, contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la activa participación ciudadana y favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las condiciones de gobernabilidad democrática;

XVIII.         Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas;

XIX.          Administrar el Archivo General de la Nación, así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de información de interés público;

XX.           Ejercer el derecho de expropiación por causa de utilidad pública en aquellos casos no encomendados a otra dependencia;

XXI.          Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público;

XXII.         Regular, autorizar y vigilar el juego, las apuestas, las loterías y rifas, en los términos de las leyes relativas;

XXIII.         Compilar y ordenar las normas que impongan modalidades a la propiedad privada,  dictadas por el interés público;

XXIV.        Conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal, con los gobiernos municipales, y con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones conducentes al mismo objetivo;

XXV.        Formular, normar, coordinar y vigilar las políticas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos del desarrollo, así como propiciar la coordinación interinstitucional para la realización de programas específicos;

XXVI.       Fijar el calendario oficial;

XXVII.       Formular, regular y conducir la política de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información, así como la operación de la agencia noticiosa del Ejecutivo Federal;

XXVIII.         Orientar, autorizar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social de las dependencias del Sector Público Federal;

XXIX.           Establecer y operar un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano;

XXX.            Contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno;

XXXI.           Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente,  con  objeto  de  proporcionar  información  a  través  de los  sistemas  de  datos; y

XXXII.          Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”


Situación presupuestaria

A  continuación  se  presenta  la situación  presupuestaria  correspondiente  a  los  ejercicios  de  1999 y  2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

 

Variación en 2000

 

          1999

         2000

    Importe

   %

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

 

 

 

7,057,750

4,889,090

 

2,168,660

-

 

 

 

 

6,603,178

5,410,434

 

1,017,118

175,626

 

 

 

 

 

9,330,340

7,701,160

 

1,629,180

  -

 

 

 

 

9,058,385

7,318,480

 

1,633,120

106,785

 

 

 

 

 

2,272,590

2,812,070

 

(539,480)

          -

 

 

 

 

2,455,207

1,908,046

 

616,002

(68,841)

 

 

 

 

 

32

58

 

(25)

-

 

 

 

 

    37

    35

 

   61

    (39)

 

FUENTES:   Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Cuentas de la Hacienda Pública Federal, 1999 y 2000, México, 2000 y 2001, Secretaría de Gobernación, Estado de Egresos Presupuestarios.                  

 


Actividades institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, la Secretaría de Gobernación (SG) se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 06 “Gobierno”.

Subfunción 00 “Subfunción de Servicios Compartidos”.

Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad institucional 102 “Proporcionar Asesoría, así como Apoyo Técnico y Jurídico”.

Los objetivos de esta actividad consistieron en: emitir opinión respecto de las consultas que en materia jurídica relativas al ámbito de competencia de la Secretaría, formulen las Dependencias y entidades del Ejecutivo Federal; contribuir en la elaboración y análisis de proyectos e iniciativas de carácter legislativo y su presentación al Congreso de la Unión, así como dar seguimiento a la tramitación de las mismas durante todo el proceso legislativo.

Su meta se alcanzaría a través de la Unidad de Estudios Legislativos y consistió en emitir opinión sobre las consultas que se formulen (25 solicitudes). Emitir opinión de las consultas y contribuir en la elaboración de proyectos e iniciativas de carácter legislativo, así como respecto de su seguimiento en la terminación ante el Congreso de la Unión.

Subfunción 01 “Política Interior”.

Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las Estrategias para su Implantación”; 104 “Comunicar y Difundir las Actividades y Compromisos del Gobierno Federal”; 106 “Coordinar las Relaciones del Gobierno Federal con los Diferentes Órdenes y Niveles de Gobierno”; 407 “Representar al Gobierno Federal en Materia Jurídica”; 602 “Auditar a la Gestión Pública”; 701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y Financieros” y 708 “Prever el Pago de los Incrementos por Servicios Personales”.

La actividad 101 tuvo como objetivos regular, conducir y dar seguimiento a la política interior del país, con el propósito de lograr una convivencia armónica, la paz social, el desarrollo integral, la protección, seguridad y bienestar a todos los mexicanos en un estado de derecho; fortalecer el espíritu democrático del país, emitiendo lineamientos para asesorar a los estados en aspectos políticos; dar solidez a la planeación y programación del desarrollo político mediante la promoción y el fortalecimiento de la vida democrática nacional que contribuya a la modernización de las organizaciones e instituciones gubernamentales, el equilibrio entre los Poderes, la eficacia del Sistema Federal; vigilar el cumplimiento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y demás disposiciones que garanticen el ejercicio de las libertades de creencias y de culto; apoyar, conducir, coordinar, supervisar, evaluar y consolidar las acciones de comunicación social de las Dependencias y entidades del Gobierno Federal; asimismo, conducir y vigilar la política de población y servicios migratorios.

Las metas de esta actividad consistieron en preparar 2,880 audiencias, informes y reportes que presenta el C. Secretario del Ramo; apoyar al Secretario en la regulación, conducción y seguimiento de la política interna y del Gobierno Federal, con la participación que corresponda a los Gobiernos de los estados o municipios para preservar el estado de derecho en beneficio de la sociedad a través de las unidades administrativas bajo su coordinación, a través de la resolución de 2,000 asuntos; realizar 277 acuerdos y reuniones que impulsen líneas de acción en política poblacional y servicios migratorios, realizando estudios y análisis en la materia; formular análisis, estudios, proyectos y propuestas para promover el desarrollo político del país (20 documentos); elaborar 290 documentos para la toma de decisiones y para la definición de estrategias y acciones gubernamentales dentro del proceso de diálogo y concertación de la Reforma Política del Estado; elaborar 900 reportes respecto de la gestión  pública en asuntos religiosos mediante audiencias, eventos y publicaciones, así como mantener comunicación permanente con las asociaciones religiosas; y realizar la verificación a los medios de comunicación que aplicaron las propuestas de políticas de comunicación social en 25 entidades federativas.    

En la actividad 104 los objetivos consistieron en coordinar, formular  y proponer programas de información y difusión de la Secretaría, así como vigilar que las relaciones de la misma con los medios de comunicación y la contratación de medios impresos y audiovisuales nacionales y extranjeros se realicen con apego a las leyes; asimismo, ejecutar, dirigir e integrar la política de comunicación social y de relaciones públicas del Sector; y captar, analizar, evaluar y procesar la información publicada en los medios de comunicación; además de conducir las relaciones con los mismos a fin de normar, coordinar y apoyar la información que genera la política interna.

Sus metas fueron las siguientes: generar 300 boletines de prensa que impacten a la opinión pública; realizar 50 estudios de opinión; supervisar 35 programas elaborados y cumplidos de comunicación social; elaborar 52 informes sobre la información del quehacer gubernamental; y realizar análisis y evaluaciones de la información de trascendencia nacional, promoviendo la participación de los medios de comunicación nacionales y extranjeros e instituciones educativas en seminarios, congresos, simposios y convenciones (265 informes).

Por su parte, la actividad 106 tuvo como objetivos coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los otros Poderes de la Unión, Gobiernos de los Estados y autoridades municipales, fortaleciendo el federalismo y procurando el cumplimiento de los preceptos constitucionales, así como promulgar leyes y decretos, vigilando su publicación en el Diario Oficial de la Federación; contribuir con las instituciones y organizaciones políticas, sociales y civiles al fortalecimiento del Sistema Democrático del país; promover la participación ciudadana en el desarrollo político de la Nación; garantizar la libertad de cultos y creencias religiosas; llevar el registro de iglesias o agrupaciones religiosas; asimismo, establecer y operar un sistema de investigación e información relacionado con la preservación de la soberanía e independencia nacionales, el mantenimiento del orden constitucional, la protección de los derechos de los habitantes y la defensa del territorio.

Sus metas consistieron en atender 31,100 inserciones en el Diario Oficial de la Federación; coordinar actividades con 612 organizaciones políticas, sociales y civiles, proporcionándoles asesoría para su adecuada estructuración y la atención a sus peticiones; dar seguimiento a 16 procesos electorales en los estados y elaborar el diagnóstico de la situación política electoral; y aplicar la ley en la materia por medio de la promoción de la libertad de cultos y atención a las asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas, iglesias, instituciones y particulares interesados (18,450 promociones).

En la actividad 407 sus objetivos consistieron en intervenir en asuntos de carácter legal en que tenga ingerencia la Secretaría, así como emitir opiniones respecto a las consultas que en materia jurídica formulen los servidores públicos; vigilar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de la normatividad; formular y analizar la creación de proyectos e iniciativas de leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, así como prever y programar los tiempos adecuados para su presentación al Congreso de la Unión, intervenir en los trámites de los juicios de amparo en que el Titular del Ramo represente al Presidente e informar al Secretario y, en su caso, a las unidades administrativas de procedimientos judiciales y administrativos en que se deba intervenir; dictaminar sobre las bajas y sanciones que procedan respecto del personal de la Secretaría.

Su meta consistió en representar oportunamente a la Secretaría ante autoridades administrativas o judiciales (35,350 representaciones).

En la actividad 602 el objetivo consistió en resolver en tiempo y forma las quejas y denuncias presentadas por particulares, servidores públicos y el área de auditoría del Órgano Interno de Control; comprobar y vigilar que los recursos públicos se utilicen con honestidad, economía, eficiencia, eficacia y con estricto apego a la normatividad vigente; verificar el cumplimiento de la normatividad y preservar los recursos con que cuenta la dependencia.

Para ello las metas consistieron en realizar 36 auditorías contempladas en el Programa Anual de Control de Auditorías; intervenir en 313 actos que requieren de la participación del Órgano Interno de Control; y atender y resolver 400 quejas y denuncias presentadas ante dicho Órgano.

Los objetivos de la actividad 701 consistieron en establecer políticas, normas, programas y procedimientos de carácter administrativo que proporcionen los elementos necesarios para el mejor desempeño de las funciones de las Unidades Administrativas de la Secretaría; igualmente, obtener el máximo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales; planear, coordinar e integrar los programas, el presupuesto, la contabilidad, los modelos organizacionales de procedimientos y el desarrollo informático del Sector Gobernación; proponer, implantar y operar disposiciones normativas, administrativas y programas en materia de administración y desarrollo personal, así como las relaciones laborales de la Secretaría con su Sindicato; asimismo, obtener la máxima eficiencia en la adquisición y utilización de los recursos materiales asignados a la Dependencia; por último, operar en forma íntegra y corporativa las radiodifusoras del Instituto Mexicano de la Radio (IMER), en un marco de eficiencia administrativa y financiera.

Para ello, se establecieron como metas supervisar el manejo y control de 3 áreas que dependen de la Oficialía Mayor para proporcionar adecuadamente recursos humanos, materiales y financieros a todas las Unidades Responsables de la Secretaría; atender satisfactoriamente a 20,835 empleados de la Secretaría; administrar los recursos financieros de 49 Unidades Responsables de la Secretaría; y atender solicitudes de 46 unidades administrativas de la Secretaría en lo relacionado al suministro de recursos materiales y servicios generales.  

Por último, la actividad 708 tuvo como objetivo prever el pago de incrementos por servicios personales.

Esta actividad no tuvo metas asignadas.

Programa Sectorial 05 “Programa para un Nuevo Federalismo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 106 “Coordinar las Relaciones del Gobierno Federal con los Diferentes Órdenes y Niveles de Gobierno”.

Los objetivos de esta actividad consistieron en mantener, establecer y desarrollar mecanismos y procedimientos con el Congreso de la Unión, los Congresos Locales, los Gobiernos Estatales y Municipales, así como con agrupaciones, partidos políticos y organizaciones sociales y civiles, con el objeto de dar respuesta a las exigencias de bienestar de la sociedad en general y mantener un desarrollo sostenido en la gobernabilidad democrática del país; asimismo, promover el desarrollo y fortalecimiento de los Municipios, mediante la concertación y participación de la sociedad.

Sus metas consistieron en incrementar los vínculos con instituciones que participan en el proceso de transformación política e institucional del país, así como realizar el análisis y dar seguimiento a las iniciativas planteadas por éstas (4,984 convenios); mejorar la capacidad de respuesta de los Gobiernos Municipales ante las demandas de la ciudadanía (1,693 municipios); promover el desarrollo institucional de los Gobiernos Municipales a través de la profesionalización de los servidores públicos municipales, para que operen los programas descentralizados del Gobierno Federal (14,166 personas); y fortalecer el marco jurídico de los gobiernos locales para una mejor reglamentación y aplicación de las leyes federales y estatales (14 convenios).

Programa Sectorial 07 “Programa de Protección Civil”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 106 “Coordinar las Relaciones del Gobierno Federal con los Diferentes Órdenes y Niveles de Gobierno”.

Los objetivos de esta actividad se encaminaron a consolidar las estructuras y mecanismos de operación del Sistema Nacional de Protección Civil en los órdenes de Gobierno Federal, Estatal y Municipal, incrementando la participación de los sectores social y privado; regular la operación preventiva y de auxilio ante la amenaza u ocurrencia de calamidades. Por un lado, mediante la aplicación de programas de Protección Civil reduciendo o eliminando la pérdida de vidas humanas, sus bienes y el entorno físico. Y por el otro, mediante la creación de una cultura de protección civil en la población; estudiar, desarrollar, aplicar y coordinar tecnologías para la prevención y mitigación de desastres, promover la capacitación profesional y técnica sobre la materia, así como apoyar la difusión de medidas de preparación y autoprotección a la población ante la contingencia de un desastre.

Sus metas consistieron en administrar convenios de colaboración y contratos de fideicomiso celebrados con Gobiernos Estatales y del Distrito Federal (64 convenios y contratos); elaborar e instrumentar el Programa Interno de Protección Civil (48 programas); realizar acciones y reuniones de información, difusión y capacitación orientadas a la población en general, con el fin de fomentar la creación de una cultura de protección civil (2 eventos); dotar de equipo de comunicación y de cómputo a las Unidades de Protección Civil de los Municipios y localidades consideradas de alto riesgo, además del Centro Nacional de Comunicaciones (72 unidades equipadas).

Programa Especial 018 “Programa Nacional de Prevención y Atención de Desastres Naturales”.

Actividad Institucional 454 “Desarrollar Medidas Preventivas Contra Desastres Naturales”.

Esta actividad tuvo como objetivo vincular las acciones de prevención de desastres que realicen el Gobierno Federal, los Gobiernos de los Estados y los Municipios. 

Su meta consistió en vincular a 31 dependencias del Sector Público y Organizaciones del Sector Social con programas de actividades para la prevención, establecidos en convenios con la Secretaría de Gobernación.

Programa Sectorial 09 “Programa Nacional de Población”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades Institucionales 201 “Promover la Aplicación de Políticas Públicas Sectoriales”; y 434 “Elaborar y Establecer las Bases de la Información Estadística Nacional”.

En la actividad 201 el objetivo consistió en coordinar la aplicación de la política demográfica del país e incorporar los aspectos de volumen, estructura, dinámica, distribución territorial y composición social, económica y étnica de la población en los programas de desarrollo económico y social.

Sus metas fueron la siguientes: realizar 7,711 acciones orientadas a la integración de criterios demográficos en materia de población en los programas de desarrollo social, la consolidación de una cultura demográfica integral de la población y al fortalecimiento del proceso de descentralización; y evaluar los avances y logros de la política de población (2 informes).

Por su parte, la actividad 434 encaminó su objetivo a coadyuvar a elevar la calidad en la prestación de los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad en su conjunto; incorporar en el Registro Nacional de Población a todos los mexicanos con datos que permitan certificar fehacientemente la identidad de las personas; generar la Clave Única de Registro Personal como instrumento único de registro para toda la población del país;  y expedir la constancia de asignación de dicha clave; promover su uso en los registros de personas a cargo de las instituciones públicas y privadas, a fin de sustituir las diversas claves de registro.

Para ello, las metas consistieron en integrar la base de datos del Registro Nacional de Población (inscribir a 77 millones de personas); y asignar la Clave Única de Registro de Población a 25 millones de personas.

Programa Sectorial 10 “Programa Nacional de la Mujer”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 212 “Promover la Participación de Grupos Específicos de Población”.

Los objetivos de esta actividad se orientaron a promover una cultura de igualdad mediante imágenes plurales, equilibradas y no discriminatorias de la mujer a la educación; ampliar las oportunidades laborales y protección de los derechos de las trabajadoras; fortalecer a la familia como ámbito de promoción de la igualdad de los derechos; defender los derechos de las mujeres y ampliar su acceso a todos los niveles e instancias en la toma de decisiones; e instituir un sistema integral, interdisciplinario, interinstitucional y concertado que trabaje en colaboración con la sociedad civil organizada y mediante el cual se logre la eliminación de la violencia intrafamiliar.

Sus metas consistieron en realizar 127 eventos encaminados a promover acciones que propicien medidas para acortar los obstáculos que impiden a la mujer su inserción en el desarrollo y la igualdad de condiciones; y elaborar y editar 187 documentos que propicien la cultura de la igualdad, mediante imágenes plurales equilibradas y no discriminatorias de la mujer.

Programa Especial 020 “Programa Nacional Contra la Violencia Intrafamiliar”.

Actividad Institucional 212 “Promover la Participación de Grupos Específicos de Población”.

Los objetivos de esta actividad consistieron en promover una cultura de igualdad mediante imágenes plurales, equilibradas y no discriminatorias de la mujer a la educación; ampliar las oportunidades laborales y protección de los derechos de las trabajadoras; fortalecer a la familia como ámbito de promoción de la igualdad de los derechos; defender los derechos de las mujeres y ampliar su acceso a todos los niveles e instancias en la toma de decisiones; instruir un sistema integral, interdisciplinario, interinstitucional y concertado que trabaje en colaboración con la sociedad civil organizada y mediante el cual se logre la eliminación de la violencia intrafamiliar.

Su meta consistió en dar seguimiento a 50 acciones encaminadas a detectar, prevenir y atender casos de violencia intrafamiliar desde cualquier ámbito de la vida social con enfoque genérico.

Subfunción 03 “Seguridad Pública”.

Programa Sectorial 06 “Programa Nacional de Seguridad Pública”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividades Institucionales 101 “Diseñar Políticas Públicas y las Estrategias para su Implantación”; y 208 “Coordinar y Promover el Sistema Nacional de Seguridad Pública”.

El objetivo de la actividad 101 se encaminó a normar, supervisar y evaluar las acciones estratégicas de acuerdo a las prioridades nacionales en seguridad pública; así como a planear, coordinar y ejecutar los trabajos realizados en materia de seguridad relacionados con la prevención del delito, la readaptación social y el tratamiento de menores infractores, a fin de garantizar la protección ciudadana.

Sus metas fueron las siguientes: formular 10 normas, supervisar 64 acciones estratégicas y evaluar 4 acciones más, de acuerdo a las prioridades nacionales, todas estas en materia de seguridad pública. 

Por lo que respecta a la actividad 208, sus objetivos consistieron en salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, preservar las libertades, el orden y la paz públicos; realizar estudios e investigaciones de políticas, lineamientos y acciones para el buen desempeño de las instituciones de seguridad pública; auxiliar en propuestas de constitución y funcionamiento de academias o instituciones para la formación de servidores públicos, disminuyendo la corrupción, el índice delictivo y los grados de impunidad; fortalecer a las corporaciones estatales y municipales para sus funciones de protección a la comandancia y sus bienes; y autorizar y registrar los servicios de seguridad privada de carácter federal y expedir licencias para la portación de armas de fuego.

Las metas de esta actividad consistieron en realizar el acopio de datos que permitieran analizar la incidencia criminológica y la problemática del sector seguridad pública en el ámbito federal, estatal y municipal, con el fin de proponer referencias y adecuaciones legales que tengan por objeto disminuir la incidencia delictiva (12 informes); ejecutar y dar seguimiento a 22 acuerdos del Consejo General de Seguridad Pública; y continuar con la incorporación de los estados al Sistema Nacional de Seguridad Pública (32 entidades).

Programa Sectorial 08 “Programa de Prevención y Readaptación Social”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 406 “Llevar a Cabo la Prevención y Readaptación Social”.

Esta actividad tuvo como objetivos prevenir conductas delictivas; ejecutar sentencias penales en el Distrito Federal y en los estados, en materia federal; aplicar tratamientos de readaptación social y reintegrar a la sociedad a liberados, proporcionar apoyo emergente a los liberados y externados, así como a sus familiares que al obtener el beneficio de libertad no cuentan con los medios indispensables para satisfacer sus necesidades inmediatas; llevar a cabo actividades normativas, operativas y de procuración de justicia de menores infractores, aplicando las medidas de orientación, protección y tratamiento en internamiento y externación.

Sus metas fueron las siguientes: ejecutar, vigilar y en su caso modificar las sentencias dictadas por autoridades judiciales penales en la República Mexicana; así como otorgar los beneficios de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados (75,000 dictámenes); homogeneizar la apliacción de la Ley de Normas Mínimas en 8 estados de la República; operra y administrar 5 Centros Federales de Readaptación Social en la República Mexicana; evitar el ingreso de 16,157 jóvenes a los centros de tratamiento mediante su atención preventiva en módulos de orientación y apoyo; y atender las necesidades de liberados y externados del sistema penitenciario que favorezcan su reincorporación a la sociedad y a su familia y prevengan la reincidencia, así como la creación de instituciones afines a nivel nacional (12 Informes).

 

Función 09 “Seguridad Social”.

Subfunción 03 “Seguros”.

Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno Federal”.

 El objetivo de esta actividad consistió en pagar las aportaciones de la Secretaría a terceros institucionales.

Esta actividad no presentó metas. [1]/     


Tipos de revisión

Con el oficio núm. OASF-F-1172/01 del 14 de septiembre de 2001, el C.  C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Lic. Santiago Creel Miranda, Secretario de Gobernación, la inclusión de la dependencia en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 

II.3.1.2.Resumen de Resultados

 

Recaudación de Ingresos por Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía

En la auditoría realizada se identificó lo siguiente:

1.                      Televisa, S.A de C.V., se amparó para no pagar los Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía del periodo 1999-2001 y la autoridad falló a su favor, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le tuvo que devolver 29,717.9 miles de pesos.

2.                      Desde 1998 Televisión Azteca, S.A. de C.V., no ha cubierto los derechos por el trámite y estudio y, en su caso, la autorización anual de un sistema de televisión abierta. La autorización por cada programa incluye modificaciones de los periodos de propaganda comercial, la superposición en la imagen de mensajes publicitarios por emisión de cada programa o evento deportivo, películas, series filmadas y telenovelas destinadas a su exhibición.

3.                      Se comprobó que 56 contribuyentes presentaron en forma extemporánea 901 declaraciones sin cubrir la actualización ni los recargos.

4.                      Del patrón nacional compuesto por 1,946 concesionarios de Radio y Televisión, se revisó el pago de los Derechos por Servicios de 83 concesionarios de la zona metropolitana de la Ciudad de México, de los cuáles sólo 26 cumplieron en forma regular con su obligación.


II.3.1.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

II.3.1.3.1.Recaudación de Ingresos por Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía

 

Objetivo

Verificar que durante el ejercicio fiscal de 2000 los ingresos de los Derechos por los Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía se cobraron, enteraron, registraron en la contabilidad y se presentaron en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, de acuerdo con la normativa aplicable.

 

Criterios de Selección

Se basó en los antecedentes de revisión. Verificar que los ingresos provenientes de los Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía a cargo de la Secretaría de Gobernación se captaron y enteraron conforme a la normativa aplicable.

En 1996 la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía no cobró los derechos previstos en el artículo 3o. de la Ley de Derechos, ni los adeudos por servicios de cinematografía y televisión al permisionario XEIPN-TV canal 11; adicionalmente se determinó que la dirección de programación, organización y presupuesto de la Secretaría de Gobernación no incluyó en su reporte "ingresos extrapresupuestales" 1,253.1 miles de pesos en el total de los ingresos captados anualmente por 8,213.4 miles de pesos por concepto de los derechos por servicios de cinematografía y televisión, por otra parte, de acuerdo con el estado analítico de ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, por el concepto de derechos por servicios de radio, televisión y cinematografía se recaudaron 24,345.5 miles de pesos, cifra superior a lo que se recaudó en 1999 en 12.2% (21,696.5 miles de pesos) y se registró contablemente en la cuenta núm. IV01010104010203 con clave de cómputo 40007, 40008 y 40009.

 

Alcance

Se revisó el registro contable de los Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía por 24,345.5 miles de pesos; se integró la recaudación captada por la Administración Regional de Recaudación Metropolitana (ARRM) por 23,997.5 miles de pesos, y se concilió con el ingreso reportado por la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas (DPAF), adscrita a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (DGRTC), de la Secretaría de Gobernación (SG), por 19,965.1 miles de pesos. Se analizaron 1,039 declaraciones de pago de derechos por 9,385.9 miles de pesos, el 38.5% de la recaudación nacional. Por último, se revisó la integración del padrón de concesionarios y permisionarios de radio y televisión.

 

Áreas Revisadas

La auditoría se realizó en la Administración del Centro Contable (ACC) y en la Administración de Recaudación Regional Metropolitana (ARRM), dependientes de la Administración General de Recaudación (AGR), del Servicio de Administración Tributaria (SAT); en las direcciones de Planeación, Administración y Finanzas (DPAF), de Radio y Televisión (DRT), de Cinematografía (DC) y de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependientes de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (DGRTC), y en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), áreas adscritas a la Secretaría de Gobernación (SG).

 

Resultado

A fin de verificar el monto registrado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, correspondiente a los Derechos por Servicios de Cinematografía, Televisión y Radio, por 24,345.5 miles de pesos, en la ACC se revisaron los Resúmenes de Ingresos Ley con los resultados siguientes:

 

 

 


DERECHOS POR SERVICIOS DE CINEMATOGRAFÍA, TELEVISIÓN Y RADIO

(Artículo 19-C al 19-F de la Ley Federal de Derechos),2000

(Miles de pesos)

 

Concepto

Núm. de Subcuenta

Clave de registro

Importe

 

 

 

 

Servicios de Cinematografía

 

040101010401

 

400007

 

9,888.4

 

Servicios de Televisión

 

040101010402

 

400008

 

14,184.4

 

Servicios de Radio

 

040101010403

 

400009

 

272.7

 

Total

 

 

 

24,345.5

 

 

FUENTE: Resúmenes de Ingresos Ley de 2000 que proporcionó la ACC.

 

Se constató que el importe registrado en los Integrados de los Resúmenes de Ingresos Ley coincidió con el presentado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, por 24,345.5 miles de pesos.

Adicionalmente, se revisaron los Resúmenes de Ingresos Ley (consolidación) para verificar el ingreso por cuentadante en el territorio nacional, con los resultados siguientes:

 

RECAUDACIÓN NACIONAL CAPTADA POR LOS BANCOS

CUENTA PÚBLICA 2000

(Miles de pesos)

 

Administración Regional de Recaudación

Servicios de Cinematografía (400007)

Servicios de

Televisión

(400008)

Servicios de Radio

(400009)

Importe

 

 

 

 

 

Centro

0

111.9

66.9

178.8

Golfo Pacífico

8.8

0

0

8.8

Noreste

1.6

10.3

5.5

17.4

Noroeste

3.7

6.3

9.8

19.8

Norte-Centro

2.1

1.0

2.9

6.0

Occidente

39.8

5.7

49.6

95.1

Sur

3.3

0.7

18.1

22.1

Metropolitana

9,829.1

14,048.5

119.9

23,997.5

Total

9,888.4

14,184.4

272.7

24,345.5

 

 

FUENTE: Resúmenes de Ingresos Ley (consolidación) que proporcionó la ACC.

 

El monto captado por los bancos, por 24,345.5 miles de pesos, coincidió con el registrado en los Integrados de los Resúmenes de Ingresos Ley. Además, de acuerdo con los Resúmenes de Ingresos Ley (consolidación), la ARRM obtuvo la mayor recaudación por los Derechos por Servicios de Cinematografía, Televisión y Radio por 23,997.5 miles de pesos, integrados como se muestra en seguida:

 

DERECHOS POR SERVICIOS DE CINEMATOGRAFÍA, TELEVISIÓN

Y RADIO CAPTADOS POR LA ARRM, 2000

(Miles de pesos)

 

Administración Local de Recaudación

Importe

Porcentaje

 

 

 

Del Centro del D. F.

13,081.7

54.5

Del Norte del D.F.

6,069.2

25.3

Del Oriente del D. F.

2,279.9

9.5

Del Sur del D.F.

1,436.2

6.0

De Tlalnepantla

    1,130.5

     4.7

Total

23,997.5

100.0

 

 

FUENTE: Resúmenes de Ingresos Ley (consolidación) que proporcionó la ACC.

 

  

Se comprobó que el monto de los ingresos captados por las Administraciones Locales de Recaudación (ALR) del Área Metropolitana coincidió con el consignado en los Integrados de los Resúmenes de Ingresos Ley, por 23,997.5 miles de pesos, el cual se registró de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 1999, que faculta a las ALR para realizar dicho registro.

Por otra parte, al conciliar el importe total captado por las ALR referidas con el reportado por la Subdirección de Control y Ejercicio Presupuestal, dependiente de la SG, por 19,965.1 miles de pesos, se obtuvo una diferencia de 4,032.4 miles de pesos, en infracción del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, el cual dispone que "será responsabilidad de cada entidad la confiabilidad de las cifras consignadas en su contabilidad, así como la representatividad de los saldos de las cuentas de balance, en función de los activos y pasivos reales de la misma, adoptando para ello las medidas de control y depuración correspondientes". La diferencia no fue aclarada a la fecha de la auditoría (enero de 2002).

Como consecuencia de la reunión de confronta la DGRTC informó mediante el oficio DG/0186/02 del 19 de febrero de 2002 que "la Secretaría de Gobernación no integra las cifras de ingresos ley para la Cuenta de la Hacienda Pública Federal". Además, comunicó que "de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de contabilidad, solamente integra la información en materia de egresos".

 

Observación 

En la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 se registraron 23,997.5 miles de pesos de los Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía, monto que difiere en 4,032.4 miles de pesos del reportado por la Subdirección de Control y Ejercicio Presupuestal de la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas (DPAF), adscrita a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, de la Secretaría de Gobernación, por 19,965.1 miles de pesos, en infracción del artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-04100-2-004-03-001      Solicitud de Aclaración

Es necesario que la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía instruya a la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas para que aclare la diferencia de 4,032.4 miles de pesos, que resultó al comparar los 23,957.3 miles de pesos reportados a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, contra los 19,965.1 miles de pesos enterados a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los  resultados de su gestión.

 

Resultado

De acuerdo con el artículo 4o., párrafo tercero, de la Ley Federal de Derechos, "tratándose de mensualidades, el contribuyente efectuará el entero del derecho a más tardar el día cinco del mes en que se presta el servicio, y deberá presentar el comprobante de pago a la dependencia correspondiente a más tardar el día 15 de ese mes, a excepción de los casos que señala esta ley".

Por otra parte, el artículo 18, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación señala que las promociones deberán presentarse en las formas que al efecto apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en el número de ejemplares que establezca la forma oficial y acompañar los anexos que en su caso ésta requiera. En tanto, el artículo 81, fracciones II y III de dicho código establecen que son infracciones de la obligación del pago de las contribuciones:

"II.-    Presentar las declaraciones, las solicitudes, avisos o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos.

III.-     No pagar las contribuciones dentro del plazo que establecen las disposiciones fiscales, cuando se trate de contribuciones que no sean determinables por los contribuyentes, salvo cuando el pago se efectúe espontáneamente".

Con el fin de verificar que los contribuyentes cumplieron con la normatividad referida, se solicitaron a la Subadministración de Contabilidad y Análisis de la ALR del Sur del D.F.  las declaraciones de pago de los Derechos por los Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía.

Se revisaron 1,039 declaraciones que presentaron 56 contribuyentes y se comprobó que 138 declaraciones se presentaron en el plazo establecido en el artículo 4o., párrafo tercero, de la Ley Federal de Derechos, y 901 se realizaron en forma extemporánea;  de éstas, se calcularon las actualizaciones y recargos con base en los artículos 17-A y 21 del Código Fiscal de la Federación, y se obtuvieron 26.1 y 2,751.8 miles de pesos, respectivamente. Conviene aclarar que mediante oficio DGAIF-072/2002 del 27 de febrero de 2002, se solicitó a la Administración General Jurídica de Ingresos del SAT emitiera opinión sobre que plazo, de los establecidos en la Ley, es aplicable para el pago de los citados derechos, y si estos deben cubrir accesorios por la extemporaneidad en su presentación. Como respuesta la Unidad Administrativa de referencia con oficio núm. 325-SAT-IV-A-4121 de fecha 15 de marzo de 2002, emitió la siguiente respuesta: "Por lo que respecta a los pagos que se realicen en forma extemporánea, el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece que cuando no se cubran las contribuciones en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, como lo es la Ley Federal de Derechos, su monto deberá actualizarse desde la fecha en que debió efectuarse el pago y la fecha en que el mismo se efectúe. Igualmente, establece la obligación de pagar los recargos que se generen por la falta de pago oportuno.

Se comprobó que los 56 contribuyentes no cumplieron con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y contravinieron las disposiciones fiscales emitidas por la SHCP en las instrucciones del formulario SAT-5.

 

Observación 

Se comprobó que 56 contribuyentes presentaron 901 declaraciones en forma extemporánea, en infracción del artículo 4o., párrafo  tercero, de la Ley Federal de Derechos, por lo que se determinaron 26.1 y 2,751.8 miles de pesos por actualización y recargos, respectivamente, con base en los artículos 17-A y 21 de Código Fiscal de la Federación.

Además, las declaraciones citadas no cumplieron con los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales que emitió la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el llenado del formulario SAT-5, en infracción de los artículos 18, párrafo segundo, y 81, fracciones II y III, del Código Fiscal de la Federación.

 

Acción Promovida   

00-04100-2-004-01-002      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía exija a los concesionarios que presenten las declaraciones de los Derechos por Servicios de Radio, Televisión y Cinematografía, de conformidad con lo que establecen los artículos 4o., párrafos tercero y cuarto, de la Ley Federal de Derechos, 18, párrafo segundo, y 81, fracciones II y III, del Código Fiscal de la Federación, el formulario SAT-5 autorizado por la SHCP, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su gestión.

 

Acción Promovida   

00-06E00-2-004-04-001      Señalamiento

Es necesario que la Administración General de Recaudación, de conformidad con el artículo 20, fracción I, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, proceda a la revisión, determinación y liquidación de las diferencias a cargo de los 56 contribuyentes que presentaron pagos extemporáneos por los servicios de radio, televisión y cinematografía que dan lugar a calcular la actualización y los recargos por 26.1 y 2,751.8 miles de pesos determinados a la fecha de la auditoría, con base a los artículos 17-A y 21 del Código Fiscal de la Federación, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.

 

Resultado

Con objeto de verificar que los concesionarios de televisión y radio pagaron los derechos correspondientes de conformidad con el artículo 19-E, y 19-F de la Ley Federal de Derechos, se solicitó el padrón de contribuyentes sujetos del pago de este derecho. Los ingresos captados por dicho concepto ascendieron a 12,496.3 miles de pesos, los cuales se integran de la siguiente manera:

 

 

 INGRESOS POR DERECHOS POR SERVICIOS EN MATERIA

 DE TELEVISIÓN Y RADIO, 2000

(Miles de pesos)

 

Concesionarias

Series

Largometrajes

Programas Especiales

Telenovelas

Libretos

Concursos

Total

 

Televisión Azteca

 

0.0

 

0.0

 

0.0

 

0.0

 

0.0

 

35.6

 

35.6

 

MVS Multivisión

 

 

134.3

 

57.6

 

0.0

 

N/A

 

N/A

 

2.5

 

194.4

Televisión Metropolitana

 

852.2

 

197.2

 

223.7

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

1,273.1

 

Grupo Televisa 1/

 

4,910.2

 

2,836.1

 

142.9

 

2,253.0

 

277.6

 

61.8

 

10,481.6

 

Canal 11

 

 

0.8

 

117.3

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

1.3

 

119.4

 

Canal 40

 

 

117.7

 

157.0

 

4.0

 

77.7

 

N/A

 

0.6

 

357.0

 

Varias televisoras 2/

 

N/A

 

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

4.2

 

4.2

Varias radiodifusoras 3/

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

N/A

 

31.0

 

31.0

Total

6,015.2

3,365.2

370.6

2,330.7

277.6

137.0

12,496.3

 

FUENTE:        Desglose de ingresos proporcionada por la Subdirección de Apoyo a la Operación de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la SG.

1/                      Grupo Televisa integrado por Televimex, S.A de C.V., Fomento de Televisión Nacional, S.A. de C.V., y Televisa S.A. de C.V.

2/                      Imagen Telecom, Televideo, Procter & Gamble (Servicio de Televisión), Corporación Mas, S.A. de C.V., Televideo.

3/                      Radio Xheno, Operadora del Valle Alto, Xefo FM XEX-AM, Estación Alfa, Radio Proyección, Radio Fórmula, Sistema Radiópolis, XERC-FM, S.A. DE C.V., XEQC-FM, XEJP-FM, Imagen Telecom, XHBCE-FM, Soc. de Mex. de Radio BC., Fomento de Radio y FM Radio.

N/A:                 No aplicable.

 

 

El concesionario TV Azteca, S.A. de C.V., desde 1998 ha omitido el pago de derechos por el trámite y estudio, y en su caso, la autorización anual de un sistema de televisión abierta y la autorización para cada programa, que debe incluir: modificaciones de los periodos de propaganda comercial, la superposición en la imagen de mensajes publicitarios, por emisión de cada programa o evento deportivo, películas, series filmadas y telenovelas destinadas a su exhibición. Esta omisión ha infringido la Ley Federal de Derechos, y del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión. La empresa sólo cubrió 35.6 miles de pesos de los derechos por el trámite y estudio o, en su caso, la actualización anual o modificación de las condiciones de programas de concurso.

Como consecuencia de la reunión de confronta, la DGRTC informó mediante el oficio DG/0186/02 del 19 de febrero de 2002 "no existe la omisión que se señala, ya que al no presentar material, no se actualizó el supuesto del artículo 19-E de la Ley Federal de Derechos. Lo que esta conducta implica es una violación al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión".

Por otra parte, el Grupo Televisa, conformado por Televimex, S.A de C.V., Fomento de Televisión Nacional, S.A. de C.V., y Televisa S.A. de C.V., reportó 10,481.6 miles de pesos por los servicios de televisión y radio; sin embargo, el 9 de febrero de 1999 promovió el amparo núm.104/99 contra el pago del derecho de televisión del artículo 19-E por los servicios en materia de televisión, conforme a las siguientes cuotas: fracción VI.- por el trámite y estudio y, en su caso, clasificación y autorización de películas, series filmadas, telenovelas y teleteatros grabados destinados a su exhibición en televisión, a través de cualquier señal, en videograma o material grabado en cualquier formato o modalidad, por cada media hora o fracción, ante el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió conceder el amparo y protección contra la aplicación del artículo 19-E, fracción VI, de la Ley Federal de Derechos.

En consecuencia, la Secretaría del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa el 26 de marzo de 2001 acordó que "dentro del término de 24 horas contados a partir de la legal notificación del presente proveído", se devuelvan las cantidades cobradas por concepto de derechos desde 1999, actualizadas y con intereses apercibidos. En caso de no cumplir, se continuará con el procedimiento que prevé la Ley de Amparo.

Mediante el oficio núm. 330-SAT-III-SDS3.01.11321 del 26 de junio de 2001, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) autorizó la devolución de 29,717.9 miles de pesos a Televisa, S.A. de C.V., como resultado del pago de los derechos federales que se realizó en el periodo del 14 de enero de 1999 al 8 de marzo de 2001, al aplicar la Ley Federal de Derechos. Dicho monto se integró como sigue:

INTEGRACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN REALIZADA A TELEVISA, SA. de C.V.

(Miles de pesos)

 

Ejercicio

Periodo

Importe

Intereses

Total

 

Del

al

           Bruto

Actualizado

(1)

 

(2)

 

(1+2)

1999

14-01-99

22-12-99

7,271.2

8,500.6

4,975.0

13,475.6

2000

04-01-00

28-12-00

9,990.5

10,646.6

3,006.4

13,653.0

2001

04-01-01

08-03-01

  2,549.5

  2,589.3

          0

   2,589.3

Total

 

 

19,811.2

21,736.5

7,981.4

29,717.9

 

 

FUENTE:        Oficio núm. 330-SAT-III-SDS3.01.11321 del 26 de junio de 2001, emitido por el Servicio de Administración Tributaria.

 

 

Conviene aclarar que ante esta resolución la DGRTC informó que "el primero de enero del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma del artículo 19-E, fracción VI, en el cual se obliga nuevamente a la concesionaria a pagar derechos por la supervisión del material"; sin embargo, dicha reforma sólo modifica los tiempos de transmisión de "cada media hora o fracción" a "cada minuto".

 

Observación 

El concesionario TV Azteca, S.A. de C.V desde 1998 ha omitido el pago de derechos por el trámite y estudio, y en su caso, la autorización anual de un sistema de televisión abierta y la autorización por cada programa que incluya: modificaciones de los periodos de propaganda comercial, la superposición en la imagen de mensajes publicitarios, por emisión de cada programa o evento deportivo, películas, series filmadas y telenovelas destinadas a su exhibición, en infracción de los artículos 19-E, fracciones I, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX de la Ley Federal de Derechos, 9, fracción IX y 10, del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión.

La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, no ha ejecutado ninguna acción para cobrar los derechos en materia de televisión previstos en el ordenamiento antes citado.


Acción Promovida   

00-06100-2-004-01-001      Recomendación

Es necesario que la Unidad de Política de Ingresos de la Subsecretaría de Ingresos, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del artículo 38, fracciones I, XII, XIII y XXI, de su Reglamento Interior, precise, actualice y revise todos los conceptos de los derechos previstos en los artículos 19-C, 19-E y 19-F, de la Ley Federal de Derechos, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.

 

Acción Promovida   

00-06E00-2-004-05-001      Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

Es necesario que la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 13, fracción XXXI del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, practique una auditoría al concesionario Televisión Azteca S.A. de C.V. y compruebe el cumplimiento del pago de los Derechos de Servicios de Televisión del ejercicio de 2000, de conformidad con el artículo 19-E de la Ley Federal de Derechos, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.

 

Resultado

Durante el periodo del 4 de marzo al 20 de diciembre de 2000, la Subdirección de Apoyo a la Operación, dependiente de la Dirección de Radio y Televisión de la DGRTC,  determinó 8,698 infracciones en diferentes canales de televisión originadas por las transmisiones efectuadas sin autorización, fuera de horario y con autorización vencida, en cumplimiento del apartado 1.6.1.2.3., función 4, del Manual de Organización Específico de la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía validado y registrado por la Oficialía Mayor, DGPOP, el 16 de noviembre del 2000, las cuales se detallan a continuación:

 


RESUMEN DE INFRACCIONES

4 DE MARZO AL 20 DE DICIEMBRE, 2000

 

Concepto

Grupo Televisa

TV Azteca

Canal 40

Canal 11

Canal 22

Total

 

 

 

 

 

 

 

Sin autorización

 

1,497

 

2,043

 

1,242

 

1,889

 

281

 

6,952

Fuera de horario

 

1,449

 

112

 

11

 

2

 

8

 

1,582

Autorización vencida

 

13

 

60

 

0

 

85

 

6

 

164

Total

 

2,959

2,215

1,253

1,976

295

8,698

 

FUENTE: Resumen de infracciones proporcionadas por la Subdirección de Apoyo a la Operación de la Dirección de Radio y Televisión de la DGRTC de la SG.

 

Se aplicaron 8,698 multas a diferentes concesionarios; sin embargo, la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) de la DGRTC no dio seguimiento ni emprendió acciones legales contra las infracciones derivadas por la falta de supervisión de series, largometrajes, guiones, programas especiales, telenovelas y libretos, en infracción a la Ley Federal de Radio y Televisión, el cual dispone que se deberán imponer las sanciones que correspondan a sus atribuciones y denunciar los delitos que se cometan en agravio de las disposiciones de esta ley.

Por otra parte el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación establece que se deberán imponer las sanciones que correspondan por incumplimiento de las normas que regulan las transmisiones en radio y televisión y las exhibiciones cinematográficas. Adicionalmente, se incumplió el apartado 1.6.1.4.1, funciones 3 y 5 las cuales prevén que se deberán supervisar las actividades relativas a la formulación de observaciones y extrañamientos a las estaciones de radio y televisión, cuando las transmisiones no se ajusten a la Ley Federal de Radio y Televisión. Asimismo se deberá dictaminar sobre las presuntas violaciones cometidas por personas físicas o morales como resultado de las funciones asignadas a la DGRTC, apartado 1.6.1.4.1.2, funciones 2 y 5, del Manual de Organización Específico de la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía, el cual indica que se deberán analizar y calificar infracciones de los ordenamientos legales en materia de televisión, realizar visitas de inspección a las emisoras de televisión y aplicar los procedimientos administrativos en contra de los concesionarios y permisionarios de televisión, por presuntas violaciones a la normatividad aplicable, incluyendo las etapas de emplazamiento, valoración de pruebas y proyecto de resolución; así como el apartado  1.6.1.2.3. que establece que se deberá calificar y clasificar el reporte de monitoreo, con la finalidad de reportar las posibles infracciones, en coordinación con la Subdirección de lo Contencioso.

Como consecuencia de la reunión de confronta, la DGRTC informó mediante el comunicado DG/0186/02 del 19 de febrero de 2002 que "la Subdirección de Apoyo a la Operación, dependiente de la Dirección de Radio y Televisión, no es competente para determinar las infracciones a la Ley Federal de Radio y Televisión y su reglamento. A quien corresponde calificar y determinar infracciones es a la Dirección de Asuntos Jurídicos". Agregando a lo anterior: "Es conveniente aclarar que, por un error en la nomenclatura de los reportes de monitoreo que genera la subdirección mencionada, se les nombran como reportes de infracciones". Por último, informa que "las acciones legales realizadas durante el año 2000 ascendieron a 254, por diferentes tipos de infracciones a la Ley Federal de Radio y Televisión y su reglamento (se anexa relación de las acciones realizadas en el año 2000)."

La afirmación anterior contradice lo mencionado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, ya que en respuesta a una atenta nota comunicó mediante el oficio DAJ/217/02 del 28 de enero de 2002, que "no aplicó  acciones legales a las emisoras de radio, televisión y cinematografía en el ejercicio de 2000".

 

Observación 

La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, no dio seguimiento ni emprendió acciones legales respecto de las infracciones determinadas por la Subdirección de Apoyo a la Operación por la supervisión de series, largometrajes, guiones, programas especiales, telenovelas y libretos, en infracción de los artículos 10, fracción V, de la Ley Federal de Radio y Televisión; 23, fracción XXX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y de los apartados 1.6.1.4.1, funciones 3, 5 y el 1.6.1.2.3. función 4, del Manual de Organización Específico de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía.

 

Acción Promovida   

00-04110-2-004-01-001      Recomendación

Es necesario que la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el artículo 23, fracción XXX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, instruya a la Dirección de Asuntos Jurídicos para que aplique las sanciones correspondientes a las 8,698 infracciones determinadas por la Subdirección de Apoyo a la Operación de la Dirección de Radio y Televisión,  e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión.

Acción Promovida   

00-04110-2-004-01-002      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el artículo 7, fracción II de su Reglamento, instruya a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía para que determine la responsabilidad de cada una de las áreas involucradas en la delimitación de sanciones, a fin de establecer un procedimiento de control y seguimiento que incluya la supervisión y las visitas de inspección a los permisionarios o concesionarios para comunicarles las sanciones a que sean acreedores por infringir las disposiciones jurídicas que regulan las transmisiones de radio y televisión, así como las exhibiciones cinematográficas, e informe a la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de su gestión. 

 

Resultado

Con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones estipuladas en los títulos de concesión de la SCT, se solicitó el padrón nacional de concesionarios y permisionarios.

Con el análisis de la documentación, se constató que el padrón de concesionarios y permisionarios de radio y televisión de la República Mexicana tiene inscritos 1,946  concesionarios, como se muestra a continuación:

 

 


CONCESIONES Y PERMISOS OTORGADOS  EN LA REPÚBLICA MEXICANA, 2000

 

ESTADO

Radio AM

Radio FM

Televisión

Total

 

 

 

 

 

Aguascalientes

18

5

6

29

Baja California

34

34

26

94

Baja California Sur

14

10

19

43

Campeche

14

2

11

27

Coahuila

39

29

38

106

Colima

11

5

13

29

Chiapas

36

11

37

84

Chihuahua

54

29

40

123

Distrito Federal

32

27

10

69

Durango

19

4

10

33

Gunajuato

38

17

9

64

Guerrero

31

13

22

66

Hidalgo

7

13

16

36

Jalisco

46

28

22

96

Estado de México

12

11

14

37

Michoacán

40

6

30

76

Morelos

5

17

6

28

Nayarit

18

21

9

48

Nuevo León

29

34

12

75

Oaxaca

35

13

31

79

Puebla

17

22

8

47

Querétaro

11

8

5

24

Quintana Roo

15

11

17

43

San Luis Potosí

21

9

22

52

Sinaloa

37

12

15

64

Sonora

53

10

46

109

Tabasco

18

12

13

43

Tamaulipas

47

44

36

127

Tlaxcala

2

3

5

10

Veracruz

68

24

18

110

Yucatán

17

12

12

41

Zacatecas

   13

   5

  16

    34

Total

 

851

501

594

1,946

 

FUENTE: Información proporcionada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DGRTC.

 

  

De acuerdo con la información anterior, existían 851 concesionarios de radio frecuencia A.M., 501 de radio frecuencia F.M. y 594 de televisión en el año 2000.

Por lo anterior, se seleccionó una muestra de 83 concesionarios 66 Radio y 17 Televisión con el fin de comprobar el pago de los derechos por los servicios en materia de radio y televisión. Adicionalmente, se solicitarón los títulos de concesión para verificar las condiciones establecidas relativas al pago de las contribuciones que se deriven de las inspecciones y monitoreo, de acuerdo a lo que establece la Ley Federal de Derechos.

Se comprobó que de los 83 concesionarios revisados sólo 26 efectuaron el pago regularmente y 57 no reportaron ingresos; lo cual se integró de la siguiente manera:

 

CONCESIONARIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN

Concepto

Pagaron

No pagaron

 

Radio

Televisión

Radio

Televisión

Concesionarios

12

14

54

3

 

FUENTE: Información proporcionada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DGRTC.

 

La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, no han realizado inspecciones para la vigilancia y supervisión de los aspectos técnicos, administrativos y de programación de los concesionarios que no han efectuado el pago de los derechos por los servicios en materia de radio y televisión, con objeto de verificar y monitorear la operación de las estaciones de radio y televisión, en contravención del Manual de Organización Específico en su apartado 1.6.1. 4.

 

Observación 

De 83 concesionarios del área metropolitana de la Ciudad de México, 57 no pagaron los derechos establecidos en los artículos 19-E y 19-F de la Ley Federal de Derechos, e incumplieron con la décimo segunda condición, inciso b, establecida en el título de concesión, la cual señala que "de conformidad con las disposiciones que rigen en la materia, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Gobernación en el ámbito de sus respectivas competencias tienen la facultad de practicar inspecciones para la vigilancia y supervisión de los aspectos técnicos, administrativos y de programación, con el objeto de verificar y monitorear la operación de las estaciones y comprobar si el concesionario ha hecho buen uso del bien del dominio directo de la Nación que constituyen los canales de radiodifusión concesionados en relación con la satisfacción del interés público a que se refiere la Ley Federal de Radio y Televisión y, específicamente, al cumplimiento de la función social que su artículo 5 asigna a la radio y televisión, especialmente en lo que se refiere a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana. Inciso b, pagar las contribuciones que se deriven de las inspecciones y el monitoreo a que se refiere esta condición, dentro de los plazos previstos en las leyes y acuerdos fiscales".

 

Acción Promovida   

00-04100-2-004-01-001      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Gobernación instruya a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía para que ejerza las atribuciones señaladas en el artículo 23, fracciones VI, XI, XVI y XXX de su Reglamento Interior y supervise a los 57 concesionarios que no presentaron material para supervisión y que también omitieron el pago de los derechos de radio y televisión establecidos en los artículos 19-E y 19-F de la Ley Federal de Derechos; y en su caso, determine las sanciones procedentes e informe sobre los resultados de su gestión a la Auditoría Superior de la Federación.

 

II.3.1.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 

a)                                  Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 5 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:

 

 


ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

                  

Tipo de Acción

Número

 

Acciones Preventivas:

 

-                      Recomendación

 

 

 

 

5

Subtotal

5

 

Acciones Correctivas:

 

-                      Solicitud de Aclaración

-                      Señalamiento

-                      Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal                                             

 

 

 

 

1

1

1

 

Subtotal

3

Total

          8

 

 

 

Del total general, 3 (37.5%) son de carácter correctivo, y 5 (62.5%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.

 

 


b)               Seguimiento de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores

1)               Acciones Preventivas

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 229 recomendaciones, de las cuales se han solventado 187 (81.7%) y quedan pendientes 42 (18.3%), como se observa en el cuadro siguiente:

 

 

SITUACIÓN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS

AL 30 DE JUNIO DE 2002


Concepto

Cuenta de la Hacienda Pública

Total

1996

1997

1998

1999

Recomendaciones

38

70

68

38

214

a)        Solventadas

 

38

 

66

 

61

 

15

 

180

b)        Por solventar

0

4

7

23

34

Recomendaciones al Desempeño

n/a

n/a

n/a

15

15

a)        Solventadas

 

 

 

7

7

b)        Por solventar

 

 

 

8

8

Total Emitido

38

70

68

53

229

Total Solventado

38

66

61

22

187

Porcentaje de Avance

100.0%

94.3%

89.7%

41.5%

81.7%

 

n/a: no aplicable. Las recomendaciones al desempeño fueron formuladas a partir de la revisión de la Cuenta de

la Hacienda Pública Federal 1999.

 

 


2)              Acciones Correctivas

Se promovieron 22 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 1(4.5%) y están en proceso de atención 21 (95.5%), como se presenta a continuación:

Tipo de acción

Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999

Emitidas

Solventadas

En proceso

de atención

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control *

17

0

17

Solicitud de Aclaración*

2

0

2

 

*Este tipo de acciones fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999.      

 

 

                                                                                          

Tipo de Acción

Cuenta de la Hacienda Pública de 1996 a 1999

Formuladas

Solventadas

En Proceso

de Atención

Pliegos de Observaciones

3

1

2

 

                                                                                                                                                                             

Total

22

1

21

 


c)               Resumen de Acciones Promovidas.

 

Tipo de Acción

Emitidas

Solventadas

Por Solventar

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

229

187

42

Acciones preventivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

5

0

5

 

 

 

 

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de cuentas públicas anteriores

22

1

21

Acciones correctivas derivadas de

la revisión de la CHPF 2000

3

0

3

 

 

 

 

Total

259

188

71

 



[1]/  Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Gobernación, SG.