En
el Diario Oficial de la Federación de fecha 02 de diciembre de 1999, se publicó
el acuerdo que reforma el diverso por el que se reestructuran los gabinetes
especializados del Ejecutivo Federal, publicado el 19 de diciembre de 1997, el
cual señala lo siguiente:
“Artículo
1o.- En la Presidencia de la República funcionarán gabinetes que tendrán por
objeto proponer y dar seguimiento a la política del Ejecutivo Federal en
materias del ámbito de competencia de varias dependencias o entidades de la
Administración Pública Federal.
Estos
gabinetes serán:
I.
Agropecuario;
II.
De Desarrollo
Social;
III.
Económico;
IV.
De Política
Interior;
V.
De Política
Exterior;
VI.
De Salud;
VII.
De Seguridad
Nacional;
VIII.
De Turismo; y
IX.
De Ciencia y
Tecnología, y
X.
Los
demás que el Presidente de la República convoque.
Artículo
2o. Los gabinetes serán presididos por
el titular del Ejecutivo Federal y estarán integrados por los Secretarios de
Estado, titulares y directores de las demás dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal que, para cada gabinete, el Presidente de la
República designe.
A
las reuniones de los gabinetes podrán asistir los servidores públicos que, en
razón de los asuntos a tratar en cada reunión sean convocados por acuerdo del
Presidente de la República.
Cada
gabinete contará con un secretario técnico, nombrado por el Presidente de la
República, y que dependerá del coordinador de asesores respectivo.
...
Artículo 5o. En las materias relacionadas con los gabinetes bajo su
coordinación, los coordinadores de asesores de la Presidencia de la República
tendrán las funciones siguientes:
I. Preparar
las reuniones y recabar y revisar la documentación pertinente;
II. Dar seguimiento a los acuerdos que se tomen en los gabinetes,
así como a los demás acuerdos y órdenes presidenciales, e informar al
Presidente de la República sobre su cumplimiento;
III. Coordinar
el apoyo técnico y la asesoría al Titular del Ejecutivo Federal;
IV. Proveer
los mecanismos de coordinación con las demás unidades de la Presidencia de la
República, para asegurar la aplicación uniforme de los criterios que fije el
Ejecutivo Federal; y
V. Las
demás que les encomiende expresamente el Presidente de la República.”
Situación presupuestaria
A
continuación se presenta la situación presupuestaria correspondiente a los
ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
||||||
|
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
||||||
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Presupuesto original Total Gasto
corriente Gasto de
capital Pago de
pasivo Presupuesto ejercido Total Gasto
corriente Gasto de
capital Pago del
pasivo |
1,238,820 1,166,820 72,000 - 1,227,745 1,149,912 76,803 1,030 |
|
1,546,960 1,474,960 72,000 - 1,454,829 1,374,330 80,499 - |
|
308,140 308,140 - - 227,084 224,418 3,696 (1,030) |
|
25 26 - - 18 20 5 - |
|||
FUENTES: Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999 y 2000,
México, 2000 y 2001, Presidencia de la República, Estado Analítico de Egresos
Presupuestarios.
Actividades institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, la Presidencia de
la República (Presidencia) se propuso desarrollar las actividades
institucionales que se presentan a continuación.
Función 06 “Gobierno”.
Subfunción 00 “Subfunción de Servicios Compartidos”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividades Institucionales 102 “Proporcionar Asesoría, así como Apoyo Técnico
y Jurídico”, 104 “Comunicar y Difundir las Actividades y Compromisos del
Gobierno Federal”, 701 “Administrar Recursos Humanos, Materiales y
Financieros”, 703 “Capacitar y Formar Servidores Públicos”, 708 “Prever el Pago
de los Incrementos por Servicios Personales”, 709 “Proporcionar el Servicio de
Transporte Aéreo Presidencial” y 711 “Dar Apoyo en Seguridad y Organización”.
El objetivo de la actividad 102 consistió en asesorar y apoyar en
materia jurídica al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en Proyectos e
iniciativas de Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Resoluciones
Presidenciales, así como en aspectos de Modernización del Marco Legal de la
Federación.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
La actividad 104 tenía como objetivo mantener informada a la opinión
pública sobre las actividades que realiza el Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Por su parte la actividad 701 tenía como objetivo administrar los
recursos humanos, materiales y financieros, asignados a las áreas que integran
la Presidencia de la República, vigilando que su aplicación se ajuste a las
políticas de austeridad, racionalidad y disciplina en el Gasto Público Federal.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
En lo que concierne a la actividad 703, su objetivo consistió en
coordinar la capacitación y formación de los servidores públicos.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Asimismo, la actividad 708 tenía como objetivo prever el pago de los
incrementos por servicios personales.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
En la actividad 709 el objetivo consistió en coordinar el Servicio de
Transporte aéreo al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el territorio
nacional y en el extranjero, y mantener en buen estado las aeronaves.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Por último, la actividad 711 tenía como objetivo auxiliar al Presidente
de la República en el desarrollo de Actividades de Seguridad y Apoyo Logístico
en el territorio nacional y en el extranjero.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Función 09 “Seguridad Social”.
Subfunción 03 “Seguros”.
Programa Sectorial 01 “Plan Nacional de Desarrollo”.
Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.
Actividad Institucional 707 “Pagar las Aportaciones del Gobierno
Federal”.
El objetivo de la actividad consistió en pagar las aportaciones del
Gobierno Federal.
Esta actividad no tuvo metas asignadas. [1]/
Tipos de revisión
Con el oficio núm. OASF-F-210/02 del 3 de abril de 2002, el C. C.P.C.
Arturo González de Aragón O., Auditor Superior de la Federación, comunicó a la
C. Lic. Martha Juy Domínguez Sánchez, Directora General de Administración de la
Presidencia de la República, la inclusión de la administración en los trabajos
de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al
ejercicio de 2000.
Para la revisión, la
Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de
cumplimiento.
Egresos Presupuestales de los Conceptos 3200 “Servicios de
Arrendamiento” y 3500 “Servicios de Mantenimiento, Conservación e Instalación”
Conforme
a los resultados de la auditoría se concluyó lo siguiente:
1. Las aeronaves utilizadas por la Presidencia
de la República se localizaron aseguradas y en funcionamiento, excepto que se
debió actualizar el formato de resguardo por intervención de la ASF.
2. Los
gastos de mantenimiento de las aeronaves se realizaron conforme a las
especificaciones del fabricante y se comprobaron y justificaron correctamente.
Por otra parte, se localizaron controles por centro de costo (aeronave) y
bitácoras actualizadas, así como los registros de los gastos correspondientes
al consumo de combustible.
3. Con la
revisión de los gastos registrados en el concepto 3200 “Servicios de
Arrendamiento”, se determinó que no se realizaron gastos por arrendamiento de
aeronaves en el 2000 con cargo a este rubro.
4. En
cuanto a la programación y justificación del uso de las aeronaves, se determinó
que se ajustó a la normativa, y que los servidores públicos que se
transportaron realizaron giras de trabajo, visitas y comisiones del servicio
público. Se revisó el 20% del total de vuelos realizados.
5. En
cuanto al reporte de las cifras en la Cuenta Pública se observó que fue
correcto, excepto porque no se proporcionaron oficios de adecuación
presupuestaria que amparan ampliaciones y reducciones por 8,677.8 y 5,923.3
miles de pesos, respectivamente. Además, el sistema de registro utilizado por la
DGA en 2000, no permitía la emisión de auxiliares presupuestales, lo que
dificultó la fiscalización.
6. Se
constató que algunos pagos de asesorías no se formalizaron ni notificaron a la
SHCP; algunos pedidos no fueron formalizados por los proveedores; no se
establecieron penas convencionales, por lo que tampoco se aplicaron sanciones
por el retraso en entregas; y no se solicitaron fianzas por los anticipos.
Verificar que el presupuesto asignado en el 2000 a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales para los conceptos de Arrendamiento, Mantenimiento y otros de las Aeronaves utilizadas por la Presidencia de la República en la actividad institucional 709 "Proporcionar el servicio de transporte aéreo presidencial", se hubiese ejercido y registrado conforme a los montos aprobados y de acuerdo a las disposiciones legales y normativas aplicables.
Del Decreto Relativo a la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del 2000.
De conformidad con el artículo 8, inciso I, del Decreto Relativo a la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2000, en donde la H. Cámara de Diputados solicitó a la Auditoría Superior de la Federación la realización de una auditoría y la presentación de un informe amplio sobre los gastos de mantenimiento, arrendamiento y los que resulten de 22 aeronaves utilizadas por la Presidencia de la República, si tales son justificados y apegados a los lineamientos de austeridad y disciplina presupuestaria y demás normas relativas.
Como resultado de la revisión a las cifras y comentarios consignados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, se identificó que la Actividad Institucional 709 "Proporcionar el Servicio de Transporte Aéreo Presidencial" está a cargo de la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales, que tiene como función principal proporcionar el servicio de transportación aérea a la Presidencia de la República, mantener las unidades de trasporte aéreo en optimas condiciones; así como, contar con personal capacitado para la conducción, mantenimiento y servicio de las aeronaves.
Esta unidad ejerció 252,506.1 miles de pesos en los capítulos 2000 "Materiales y Suministros" (53,587.4miles de pesos) y 3000 "Servicios Generales" (198,918.7 miles de pesos). De éstos, se consideró importante revisar los conceptos 3200 "Servicios de Arrendamiento" y 3500 "Servicios de Mantenimiento, Conservación e Instalación" a fin de dar respuesta al requerimiento de la H. Cámara de Diputados.
En cuanto al concepto 3200 "Servicios de Arrendamiento" se ejercieron 1,603.0 miles de pesos de una asignación original de 108,283.1 miles de pesos, por lo que existió un subejercicio del 98.5% (106,680.1 miles de pesos); en el concepto 3500 "Servicios de Mantenimiento, Conservación e Instalación" no se registró asignación original, por lo que a través de adecuaciones al presupuesto se asignaron 115,656.7 miles de pesos que representaron el 58.1% del total ejercido en el capítulo.
La Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales ejerció 252,506.1 miles de pesos, de los cuales, se consideraron para su revisión 59,138.5 miles de pesos, que representan el 23.4% del total. Las partidas seleccionadas fueron la 2601 "Combustibles", 3205 "Arrendamiento de Vehículos" 3301 "Asesorías", 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", 3702 "Viáticos Nacionales" y 3706 "Viáticos en el Extranjero".
La auditoría se realizó en la Dirección General de Administración (DGA) adscrita a la Presidencia de la República (PR) y en la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales (CGTAP) que es un Órgano Técnico del Estado Mayor Presidencial (EMP).
Se efectuó el análisis de las cifras presupuestales reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, así como las del cierre presupuestal elaborado por la DGA y la CGTAP y se verificó que el presupuesto modificado se haya respaldado con los oficios de afectación presupuestaria debidamente autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
De la comparación de las cifras correspondientes al presupuesto original, las ampliaciones y reducciones, el presupuesto modificado, ejercido y las economías, se determinó que coinciden; sin embargo, no se presentó la totalidad de oficios de adecuación presupuestaria que amparan el presupuesto modificado.
Por lo que respecta al presupuesto modificado, se encuentra pendiente que la DGA presente los oficios de adecuación presupuestaria que sustenten las ampliaciones y reducciones del capítulo 3000 por 8,677.8 y 5,923.3 miles de pesos, respectivamente, lo cual infringe los artículos 44, fracción III, del Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
00-02113-2-498-01-001 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración para que implemente mecanismos que garanticen que las cifras del presupuesto modificado reportadas en la Cuenta Pública estén sustentadas con los oficios de adecuación presupuestal correspondientes.
Con base en el estudio general realizado, se identificó que la DGA no elabora auxiliares presupuestales y no registra la cuenta de bancos en el Estado de Situación Financiera.
Se identificó que la DGA no emite auxiliares presupuestales, situación que dificulta la fiscalización expedita e infringe lo dispuesto en el artículo 40 y 106 del Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
00-02113-2-498-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración implemente los mecanismos que le permitan emitir auxiliares presupuestales que consideren las asignaciones originales, las modificaciones presupuestarias, los compromisos y el ejercicio de los recursos por partida.
Del análisis al Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2000 se identificó que no se registró la cuenta de Bancos. Al respecto, se conoció la existencia de un saldo por 2,131.4 miles de pesos en la cuenta 51-50001208-0, del cual la DGA presentó cinco avisos de reintegro, de fechas 8 de enero y 19 de febrero de 2001, mediante los cuales se concentraron en la TESOFE 2,137.7 miles de pesos; sin embargo, 23.3 miles de pesos se reintegraron extemporáneamente, por lo que no se cumplió lo establecido en el artículo 109 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.
00-02113-2-498-01-003 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración fortalezca sus mecanismos de control a fin de que los recursos no devengados al cierre del ejercicio se concentren en la Tesorería de la Federación dentro de los cinco días hábiles del mes de enero inmediato siguiente.
Resultado
En el ejercicio de 2000 la CGTAP contó con 25 aeronaves, de las cuales una se dio de baja por incidente, otra es de ornato y una se otorgó en comodato al Gobierno de Oaxaca.
La CGTAP registró haber ejercido 107,725.7 miles de pesos en las partidas 2601 "Combustibles", 3205 "Arrendamiento de Vehículos" 3301 "Asesorías", 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo", 3702 "Viáticos Nacionales" y 3706 "Viáticos en el Extranjero", que fueron seleccionadas para su revisión; de ellas, 96,745.8 miles de pesos se aplicaron directamente al costo de operación de 22 aeronaves.
Asimismo, en base a los registros por centros de costo (aeronave) que presentó la CGTAP se identificó que los recursos se destinaron a diversas erogaciones, de las cuales, los gastos por concepto de asesorías por 10,471.5 miles de pesos y de arrendamiento de vehículos por 508.4 miles de pesos no se aplicaron a cada centro de costos.
De la evaluación efectuada al gasto reportado por centro de costos, se determinó revisar los correspondientes a las aeronaves TP-01, TP-02, TP-06, TPH-02, TPH-03 y TPH-08.
Con objeto de comprobar si el uso de las aeronaves correspondió a comisiones oficiales, si se autorizaron debidamente y si los pasajeros desarrollaron actividades programadas y justificadas, se analizaron los oficios de autorización, reportes de vuelo y las bitácoras de los centros de costo seleccionados.
De su análisis, se determinó que durante el 2000 se efectuaron 1,185 vuelos, los cuales, se realizaron por el Presidente de la República, su comitiva y el Estado Mayor Presidencial, por servidores públicos de los Poderes Legislativo, Judicial y de las Secretarías de Estado.
En cuanto a la autorización del uso de las aeronaves se comprobó, mediante la revisión de los oficios de autorización correspondientes al 20% del total de vuelos efectuados durante el ejercicio de 2000, que estos fueron autorizados por el Jefe de Estado Mayor Presidencial, a través de la Subjefatura Operativa.
Respecto al objetivo de la comisión, el Estado Mayor Presidencial informó, mediante atenta nota del 24 de junio de 2002, que los traslados obedecieron a giras de trabajo, visitas y comisiones del servicio público; sin embargo, los oficios de autorización revisados no indican el motivo de la comisión.
Por lo que respecta a los informes mensuales y a la evaluación del parque de aeronaves que establecen las disposiciones del programa de austeridad presupuestaria, se constató que no es aplicable la disposición por las razones de seguridad comprendidas en el tercer párrafo del artículo Primero del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal de 2000. Lo anterior, en razón de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo V, de la Ley de Aviación Civil, y el Decreto por el que se Promulga el Convenio Iberoamericano de Navegación Aérea, concertado entre México y Varias Naciones, publicado en el Diario Oficial Federación el 14 de Abril de 1928, las aeronaves que conforman su parque se encuentran identificadas como militares.
En el caso del Helicóptero TPH-11, se identificó que fue otorgado en comodato al Gobierno de Oaxaca desde su adquisición.
Con objeto de comprobar si los vuelos se realizaron en el cumplimiento de comisiones oficiales, el Estado Mayor Presidencial informó, mediante atenta nota del 24 de junio de 2002, que los traslados obedecieron a giras de trabajo, visitas y dar cumplimiento a comisiones del servicio público. Sin embargo, en los oficios de autorización no se indican los motivos de las comisiones
00-02113-2-498-01-004 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración evalué la conveniencia de implementar mecanismos de control que permitan dejar constancia de los motivos de las comisiones.
Mediante el acta de entrega-recepción del 10 de enero de 1990, se autorizó otorgar en comodato al Gobierno del Estado de Oaxaca, desde la fecha de su adquisición, la aeronave TPH-011; misma que se pone a disposición de CGTAP con el acta de entrega-recepción del 30 de noviembre de 2000. Es importante señalar que esta aeronave se incluyó en la licitación publica internacional DGRMSG LPI-003-2001, para la enajenación de aeronaves que ya no son adecuadas para el servicio de la PR.
00-02210-2-498-01-001 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial gire las instrucciones competentes a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales para que se abstenga de otorgar, desde su adquisición, en comodato y por tiempo indefinido las aeronaves.
En la partida 2601 "Combustibles" se ejercieron 25,479.7 miles de pesos, de los cuales se revisaron 8,067.6 miles de pesos, el 31.6% del total erogado para el uso de las aeronaves. Se verificó que la adquisición de combustible y el suministro se hubiese justificado y comprobado adecuadamente.
Con base en el análisis de los vuelos realizados por las aeronaves presidenciales, en las bitácoras y en las facturas del suministro de combustible, se comprobó que el consumo esta justificado pues corresponde al que se utilizó con motivo de las giras de trabajo del C. Presidente de la República, del personal de los Poderes Legislativo, Judicial, de las Secretarías de Estado y del Estado Mayor Presidencial.
Además, se comprobó que los pagos por combustible en vuelos nacionales se hicieron a través del Sistema de Compensación de Adeudos y en el caso de vuelos internacionales, éstos fueron realizados a través de la DGA.
Del análisis al registro del consumo de combustibles se identificó que el volumen pagado fue correcto, sin embargo, la información consignada por centro de costo no corresponde con lo realmente suministrado. Asimismo, no se localizó la documentación comprobatoria de una Cuenta por Liquidar Certificada (CLC).
El registro del combustible asignado por centro de costo presentó diferencias con el suministro real, ya que en el caso de las aeronaves TP-01, TP-02, TP-06,TP-103, TPH-02, TPH-03,TPH-06, TPH-08, TPH-09 y TPH-010 se registró un consumo de 2,159.8 miles de pesos, cantidad inferior en 8,067.6 miles de pesos al suministrado.
00-02210-2-498-01-002 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que fortalezca sus mecanismos de registro y control, en cuanto al suministro de combustible por centro de costo para que se reflejen los consumos reales por aeronave.
Con el análisis de las CLC relativas al pago de combustible, se identificó la núm. 2414 por 585.0 miles de pesos, la cual cuenta con documentación comprobatoria correcta por 231.6 miles de pesos y la diferencia por 353.4 miles de pesos no corresponde a gastos de combustible. Situación por la que no se apegaron a lo dispuesto en el artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
00-02113-2-498-01-005 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración fortalezca sus mecanismos de control a fin de que los gastos se registren de acuerdo con su naturaleza y conforme al Clasificador por Objeto del Gasto.
Con objeto de comprobar si la PR efectuó gastos por concepto de arrendamiento de aeronaves, se analizó la documentación comprobatoria que sustenta el presupuesto ejercido durante seis meses en las partidas que integran el Concepto 3200 "Servicios de Arrendamiento" reportados por la DGA; al respecto, se determinó que los gastos correspondieron a arrendamientos de edificios y locales, de equipo de intercomunicación, de equipo de fotocopiado, transporte marítimo y vehículos terrestres, entre otros. Por lo anterior, se concluye que no se efectuaron erogaciones por arrendamiento de aeronaves con cargo a este concepto.
En la partida 3301"Asesoría" se ejercieron 10, 471.5 miles de pesos, los cuales se revisaron en su totalidad. Al respecto, se evaluó la programación, presupuestación, contratación, prestación de los servicios y el pago.
Se comprobó que la CGTAP previó los recursos para cubrir las obligaciones de pago por concepto de asesorías; sin embargo, éstas no fueron consideradas en el Programa Anual de Necesidades (PANE), no se formalizaron los contratos; no se notificó a la SHCP dentro de los 15 días inmediatos siguientes a la contratación, no se exhibió la autorización de la DGA y el registro de cursos de capacitación por 10,100.8 miles de pesos se efectuó en la partida de asesorías.
Las asesorías no fueron consideradas en el Programa Anual de Necesidades (PANE), ya que sólo se incorporaron los bienes de consumo, por lo que no se dio cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La CGTAP efectúo pagos de asesorías por 366.2 miles de pesos a 25 personas, sin que para ello se hubiesen formalizado los contratos correspondientes, situación que no se apegó a lo establecido en los numerales 36 y 37 de la Circular 01/2000, emitida por el Director General de Administración en mayo de 2000; así como el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 del Reglamento de la Ley Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Asimismo, no se notificó a la SHCP dentro de los 15 días inmediatos siguientes a la celebración de los contratos, en desapego del numeral 6 de la Circular 01/2000, emitida por el Director General de Administración, en mayo de 2000, y el artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2000.
Tampoco se exhibió la autorización del Director General de Administración, por lo que no se atendió lo dispuesto en de los artículos 73 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y Décimo del Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal de 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2000.
Al respecto, CGTAP informó que estos hecho se derivaron de la cancelación de las plazas registradas en la partida 1201 "Honorarios", por lo que para ese ejercicio fiscal no se previo en el PANE el gasto para asesorías del capítulo 3000.
00-02100-2-498-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la a Presidencia de la República en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el proceso administrativo correspondiente por no consideren en el Programa Anual de Necesidades los servicios de asesoría que requieran durante el ejercicio, ; por no contar con la autorización de la Dirección General de Administración , por omitir la formalización de los contratos correspondientes tratos y por no notificar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los 15 días posteriores a su celebración, y de su resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Se determinó que con recursos de la partida 3301 "Asesoría" se pagaron 10,100.8 miles de pesos a 23 prestadores de servicios por cursos de capacitación, para mecánicos, pilotos, sobrecargos y diverso personal, los cuales debieron registrarse en la partida 3302 "Capacitación". Además, se pagaron 4.5 miles de pesos por la adquisición de medicamentos, que corresponden a la partida 2503 "Medicinas y Productos Farmacéuticos".
Esta situación se derivó de la falta de asignación original de recursos en la partida 3302 "Capacitación", por lo que previamente a su ejercicio era conveniente efectuar una adecuación presupuestaria para dotarla de suficiencia presupuestal. Lo anterior, no se ajustó a lo dispuesto en los artículos 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal y el numeral 8 de la Circular 01/2000, emitida por el Director General de Administración, en mayo de 2000.
00-02210-2-498-01-003 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que previamente a la realización de gastos por concepto de capacitación considere la suficiencia presupuestal de la partida, en su caso, solicite a la Dirección General de Administración las adecuaciones presupuestarias correspondientes. Asimismo, que los gastos se registren de acuerdo con su naturaleza y conforme al Clasificador por Objeto del Gasto.
Se identificaron algunos recibos de honorarios que presentaron omisiones menores (como RFC y domicilio de la PR incorrecto, operaciones aritméticas incorrectas) en la requisitación, por lo que no se cumplió con lo establecido en el numeral 6 de la Circular 01/2000, emitida por el Director General de Administración, en mayo de 2000.
00-02113-2-498-01-006 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración fortalezca sus mecanismos de revisión de los documentos comprobatorios del gasto, particularmente los recibos por concepto de asesorías.
En la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo" se ejercieron 111,917.5 miles de pesos, de los cuales, se revisaron 40,047.9 miles de pesos, el 35.8% del total ejercido en la partida. Se revisó la programación, presupuestación, los procesos de compra, formalización de pedidos y contratos, la recepción de los servicios y el pago.
El mantenimiento de las aeronaves no se consideró en el Programa Anual de Necesidades de la PR. Al respecto, la CGTAP presentó el programa de mantenimiento e informó que por razones de seguridad no se incluyó en el Programa General.
Se determinó que los servicios se adjudicaron directamente con base en el dictamen de procedencia emitido por el Comité Interno de Adquisiciones; no se consideraron los recursos en el presupuesto original autorizado; no se formalizaron pedidos y/o contratos de adquisiciones en el extranjero y nacionales, no se solicitan las fianzas de los anticipos otorgados, y en los pagos se identificaron algunos que corresponden a ejercicios anteriores al 2000; se determinaron deficiencias en la revisión de la documentación comprobatoria; tampoco se aplicaron sanciones por incumplimiento en las condiciones de entrega.
Por otra parte, se identificó que con recursos de la partida de mantenimientos se efectuaron adquisiciones de refacciones para las aeronaves por 12,321.7 miles de pesos, asimismo, se detectaron deficiencias de control interno; no presentaron la CLC mediante la cual se cubrieron las deferencias por tipo de cambio y la documentación comprobatoria por 66.2 miles de pesos.
Del análisis a los procesos de adjudicación realizados por la CGTAP se identificó que algunas correspondieron a adjudicaciones directas, las cuales contaron con el dictamen de procedencia del Comité Interno de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio de la CGTAP; sin embargo quedó pendiente la acreditación de su constitución formal, lo cual no se ajustó a lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y Sexto, fracción II, del Acuerdo que establece las bases de integración y funcionamiento de los Comités de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios y de las Comisiones Consultivas Mixtas de Abastecimientos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 1999.
Sobre el particular, la CGTAP ha iniciado la realización de las acciones pertinentes para acreditar la constitución formal de su Comité Interno.
00-02113-2-498-01-007 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración solicite al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que acredite la constitución formal del Comité Interno de Adquisiciones en la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales.
Observación
Se identificó que los pedidos no son formalizados por los proveedores y/o prestadores de servicios nacionales y extranjeros, en algunos casos se regularizan en fecha posterior a la recepción de las facturas y no se localizaron algunas fianzas que garanticen el anticipo otorgado, en contravención de los artículos 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 46 y 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el numeral 28 de la Circular No. 01/2000, emitida por la Dirección General de Administración de la PR, en mayo de 2000.
00-02210-2-498-01-004 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que los pedidos y contratos que realice se encuentren debidamente formalizados; asimismo, para que solicite a sus proveedores las fianzas de los anticipos otorgados.
Observación
Se determinó atraso en la entrega de bienes de varios pedidos sin que la CGTAP pudiese aplicar sanciones, debido a que no tienen establecidas en sus pedidos y contratos penas convencionales a cargo de los proveedores o prestadores de servicios por incumplimiento de las fechas pactadas para la entrega o prestación de servicios, por lo que no se observó lo establecido en el articulo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
00-02210-2-498-01-005 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que establezca en los pedidos y contratos las sanciones por atraso en la entrega de los bienes y en la prestación de servicios.
Para efectuar el pago por 351.1 miles de dólares a Eurocopter de México, S.A. de C.V., se expidieron cinco CLC por 3,269.8 miles de pesos; de lo cual se pagaron 3,370.9 miles de pesos (equivalentes a los 351.1 miles de dólares), sin que presentaran la CLC mediante la cual cubrieron los 101.1 miles de pesos correspondientes a las diferencias por tipo de cambio. En el caso de la CLC núm. 1458, no se anexo la documentación comprobatoria por 66.2 miles de pesos. Lo anterior, no se ajustó a lo establecido en los artículos 44, fracción III, 82 y 102, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
00-02100-2-498-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control en la a Presidencia de la República, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el proceso administrativo correspondiente por no presentar la Cuenta por Liquidar Certificada correspondiente a las diferencias por tipo de cambio por 101.1 miles de pesos y la documentación comprobatoria por 66.2 miles de pesos de la Cuenta por Liquidar Certificada número 1458, y de su resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación..
La empresa Eurocopter de México, S.A. de C.V. emitió facturas en las cuales no se desglosó el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por lo que infringió lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
00-06100-2-498-05-001 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Es necesario que el Servicio de Administración Tributaria en el ejercicio de las facultades que legalmente le corresponden, realice una auditoría a la Empresa Eurocopter México S.A. de C.V. por las facturas que presentó a la Coordinación de Transportes Aéreos Presidenciales las cuales no consignan el Impuesto al Valor Agregado.
Se determinó que la compra de refacciones por 12,321.7 miles de pesos, para el mantenimiento de aeronaves se registró en la partida 3503 "Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo"; sin embargo, el Clasificador por Objeto del Gasto prevé que se realice en las partidas 2302 "Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores" y 5502 "Refacciones y Accesorios Mayores", para dar cumplimiento al artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
00-02113-2-498-01-008 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración fortalezca sus mecanismo de control a fin de que los gastos se registren de acuerdo con su naturaleza y conforme al Clasificador por Objeto del Gasto.
Resultado
En las partidas 3702 "Viáticos Nacionales" y 3706 "Viáticos en el Extranjero" se revisaron 235 comisiones por 45.1 miles de pesos y por 182.9 miles de dólares. Se analizó que se contara con el oficio de comisión, que los viáticos se otorgaran conforme a las tarifas autorizadas y que correspondieran a comisiones oficiales.
Al respecto, se comprobó que las 60 comisiones nacionales y las 175 internacionales contaron con su oficio de comisión, que los viáticos otorgados se ajustaron a las tarifas establecidas considerando el nivel del servidor público y el lugar de comisión; asimismo, se constató que se trató de comisiones de servicio.
De la evaluación a los registros contables y presupuestales de la CGTAP, se identificó un registro en la cuenta de proveedores de la Balanza de comprobación, el cual se deriva de un retraso en la depuración de la cuenta y no consideró el registro contable de la cuenta de almacenes.
Por lo que corresponde al registro contable de las aeronaves, se comprobó que en general se consideraron como parte del patrimonio de la PR, en cuanto a los resguardos de las aeronaves, éstos se actualizaron por intervención de la ASF.
En la balanza de comprobación elaborada por la CGTAP al 31 de diciembre de 2000, se registró un saldo en la cuenta de proveedores por 1,275.3 miles de pesos y 14.2 miles de dólares estadounidenses, sin embargo, el saldo obedece a un retraso en la depuración correspondiente, toda vez que no existen adeudos por este concepto.
Se identificó que la CGTAP cuenta con bienes en sus almacenes, los cuales se encuentran debidamente controlados, inventariados, resguardados y valuados, salvo que en su registro interno, éste valor no se encuentra incorporado en la cuenta de inventarios que presenta su balanza.
00-02210-2-498-01-006 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que realicen los ajustes de la cuenta de proveedores e incluya en la Balanza de Comprobación la cuenta de Inventarios.
Al verificar que la PR hubiese asegurado las aeronaves, se identificó que éstas contaron con la póliza de cobertura correspondiente, contratada con la empresa Seguros Comercial América, S.A. de C.V.
No obstante, se conoció que no se recuperó la totalidad de monto asegurado de un bien otorgado en calidad de préstamo a la PR por IFR AVIONICS, INC, y la indemnización recibida se reintegró a la TESOFE por intervención de la ASF.
La DGA recuperó 11,800.0 dólares como indemnización de un bien otorgado a préstamo a la PR y que se extravió; sin embargo, se conoció que el bien se encontraba asegurado por 50,000.0 dólares, por lo que la DGA inició las gestiones correspondientes a fin de que mediante una nota de crédito la compañía aseguradora aplique el saldo en la disminución del costo del programa de seguros de la dependencia.
00-02113-2-498-01-009 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Administración continúe las gestiones y presente la aplicación de la nota de crédito al programa de seguros de la dependencia.
Del análisis a la documentación comprobatoria de los gastos seleccionados para su revisión, se determinaron pagos de operaciones de ejercicios anteriores no registrados.
Se identificaron pagos por operaciones realizadas en 1998 y 1999 por 1,660.8 miles de dólares que se cubrieron con presupuesto de 2000, mismos que no se previeron como Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores; como lo establecen los artículos 29 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 44, fracción II, de su Reglamento.
00-02210-2-498-01-007 Recomendación
Es necesario que el Estado Mayor Presidencial solicite a la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales que se coordine con la Dirección General de Administración para que los gastos devengados no pagados se registren como adeudos de ejercicios fiscales anteriores, y evite cubrirlos con cargo al presupuesto del año siguiente.
a) Observaciones y Acciones
Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública
2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la
Auditoría Superior de la Federación determinó 19
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
Tipo de Acción
|
Número
|
|
Acciones Preventivas: -
Recomendación |
16 |
|
Subtotal |
16 |
|
Acciones Correctivas: -
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control -
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
|
2 1 |
|
Subtotal |
3 |
|
Total |
19
|
Del total general, 3 (15.8%) son de carácter correctivo, y 16 (84.2%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión de Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de los ejercicios de 1996 a 1999 se formularon 6 recomendaciones, de las cuales se han solventado 6 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
||
|
3 |
n/r |
3 |
n/r |
6 |
|
|
a) Solventadas |
3 |
|
3 |
|
6 |
|
b) Por
solventar |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Total emitido |
3 |
|
3 |
|
6 |
|
Total Solventado |
3 |
|
3 |
|
6 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
|
100.0% |
|
100.0% |
n/r: no revisado. No se practicaron
revisiones al ente público en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
6 |
6 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
16 |
0 |
16 |
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
3 |
0 |
3 |
|
|
|
|
|
|
Total |
25 |
6 |
19 |
[1]/ Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Presidencia de la
República.