II.9.2.INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

II.9.2.1.Antecedentes

 

Atribuciones

El Reglamento del Instituto de Capacitación de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 1993, señala:

 “... Artículo 4o.- El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I.            Operar y controlar los métodos y sistemas de reclutamiento, selección y evaluación, como única instancia de ingreso a la Procuraduría General de la República, así como los programas de capacitación, actualización y especialización de los Agentes del Ministerio Público Federal, Policía Judicial Federal, Peritos y demás servidores públicos que integren la Procuraduría General de la República, conforme a las políticas generales de recursos humanos y necesidades operativas de la Institución;

II.            Operar y controlar el sistema de evaluación permanente de los Agentes del Ministerio Público Federal y de la Policía Judicial Federal en los que se apoyen obligatoriamente los procedimientos de ascensos y promociones dentro de las estructuras jerárquicas y administrativas del Ministerio Público Federal y de la Policía Judicial Federal;

III.           Proponer al Procurador General de la República, la celebración de convenios relativos al intercambio, asesoría y demás actos de colaboración mutua que se requieran para la capacitación del personal de la Procuraduría General de la República, con organismos similares y cooperadores, ya sea nacionales o extranjeros del sector público, privado o social, o de los sistemas multilaterales, regionales, interamericano y de la Organización de las Naciones Unidas; y

IV.          Las demás que le confieran otras disposiciones o el Procurador General de la República”.


Situación Presupuestaria

A  continuación se  presenta la situación presupuestaria correspondiente a los ejercicios de 1999 y 2000.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTARIA

EGRESOS

(Miles de pesos)

 

 

 

 

Variación en 2000

 

1999

2000

Importe

%

 

Presupuesto

original

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

Presupuesto

ejercido

 

Total

Gasto corriente

Gasto de capital

Pago de pasivo

 

 

 

 

75,839

75,839

-

-

 

 

 

 

70,632

57,130

13,466

       36

 

 

 

 

79,039

79,039

-

-

 

 

 

 

54,320

53,997

-

     323

 

 

 

3,200

3,200

-

-

 

 

 

 

(16,312)

  (3,133)

(13,466)

     287

 

 

 

    4

    4

-

-

 

 

 

 

 (23)

    (5)

(100)

797

 

FUENTES:     Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Cuentas de la Hacienda Pública Federal, 1999 y 2000, México, 2000 y 2001, Procuraduría General de la República, Estado Analítico de Egresos Presupuestarios.                                                    

 

 

Actividades Institucionales

Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el Instituto de Capacitación de la Procuraduría General de la República, se propuso desarrollar las actividades institucionales que se presentan a continuación.

 

Función 04 “Procuración de Justicia”.

Programa Sectorial 04 “Programa Nacional de Procuración e Impartición de Justicia”.

Programa Especial 000 “Programa Normal de Operación”.

Actividad Institucional 432 “Formar Servidores Públicos Especializados”.

El objetivo de la actividad consistió en desarrollar y fortalecer la capacitación, actualización y especialización de los servidores públicos encargados de la procuración de justicia.

Su meta consistió en cumplir con el Programa de Capacitación de la PGR, mediante la impartición de 1,102 cursos para servidores públicos.

 

Función 06 “Gobierno”.

Subfunción 03 “Seguridad Pública”.

Programa Sectorial 06 “Programa Nacional de Seguridad Pública”.

Programa Especial 015 “Programa de Seguridad Pública”.

Actividad Institucional 432 “Formar Servidores Públicos Especializados”.

La actividad tenía como objetivo desarrollar la formación y profesionalización altamente especializada de los cuerpos ministeriales, policiales y periciales.

La meta del programa consistió en impartir 30 cursos de capacitación, como parte del Programa de Capacitación de la PGR. [1]/

 

Tipos de Revisión

Con el oficio núm. OASF-F-1219/01 del 14 de septiembre de 2001, el C. C.P. Gregorio Guerrero Pozas, Auditor Superior de la Federación, comunicó al C. Gral. Alfonso Mancera Segura, Director General del Instituto de Capacitación de la Procuraduría General de la República, la inclusión del instituto en los trabajos de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000.

Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento.

 

II.9.2.2.Resumen de Resultados

 

Egresos Presupuestales de los Capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”

Con la revisión de la adquisición de materiales y suministros, contratación de servicios y ayudas, subsidios y transferencias que realizó el Instituto de Capacitación se identificó que:

1.       El 60.9% del gasto efectuado en las partidas seleccionadas corresponde a otras unidades administrativas, y se celebraron operaciones con la Secretaría de la Defensa Nacional sin que se formalizara un convenio.

2.       No se presentaron recibos por 31.4 miles de pesos y los recibos exhibidos, por 2,331.5 miles de pesos, no describen la naturaleza del gasto; no se comprobaron 112.6 miles de pesos de gastos médicos y los recibos presentados, por 53.8 miles de pesos, no están a nombre de la PGR.

3.       Las licitaciones públicas nacionales e internacionales, el fincamiento de pedidos y contratos y la recepción de bienes se ajustaron a la normatividad. No obstante, en un caso, en el fallo de una licitación se publicó que se adjudicarían bienes por 2,185.2 miles de pesos, pero se contrataron 2,388.6 miles de pesos sin las autorizaciones y justificaciones correspondientes; las publicaciones del fallo y fianzas se presentaron después de las fechas establecidas; hubo gastos mal clasificados; y algunas adquisiciones no se incluyeron en el pasivo circulante.

4.       En el caso de arrendamiento de edificios y locales se regularizaron unos contratos; no se proporcionaron actas de entrega-recepción de los inmuebles y de otros no se contó con la justipreciación de la renta.

5.       En estudios e investigaciones, en un caso por 300.0 miles de pesos no se presentaron los resultados obtenidos, y en 11 contratos de prestación de servicios profesionales se pagaron entre 1.5 y 8.5 miles de pesos al personal contratado que desarrolló las mismas actividades.

6.       Respecto de las becas pagadas, unas se cubrieron indebidamente con fondo rotatorio y algunos cheques carecen de la firma de recibido.

7.       El instituto reportó para fines de la Cuenta Pública que impartió 31 cursos. No obstante, se constató que fueron 19.

 

II.9.2.3.Informe Detallado de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento

II.9.2.3.1.Egresos Presupuestales de los Capítulos 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 4000 "Ayudas, Subsidios y Transferencias"

 

Objetivo

Verificar que el presupuesto asignado durante el ejercicio 2000 al Instituto de Capacitación en los capítulos 2000 "Materiales y  Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 4000 "Ayudas, Subsidios y Transferencias", se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas.

 

Criterios de Selección

De la evaluación financiera. El Instituto de Capacitación planteó, para el año 2000, una meta original de 23 cursos; no obstante, se reportó que rebasaron esa meta, alcanzando  31 cursos.  Además, con el análisis de las cifras y comentarios consignados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, se identificó que  el Instituto de Capacitación, ejerció en los capítulos 2000, 3000 y 4000 el 61.2% del total de su presupuesto; asimismo, tuvo una disminución del 41.4% con respecto del originalmente autorizado y de  22.9% con relación al presupuesto ejercido en el año anterior. Cabe señalar que el instituto no se ha revisado en los últimos años.

 

Alcance

Se revisaron las partidas 2201 "Alimentación de Personas", 2601 "Combustibles", 3201 "Arrendamiento de Edificios y Locales", 3305 "Estudios e Investigaciones", 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles" y 4104 "Becas" por un importe de 3,836.0, 1,340.9, 11,244.1, 1,046.3, 1,571.5 y 4,828.2 miles de pesos, respectivamente,  equivalentes al 84.5, 98.1, 99.5, 100.0, 78.9 y 100.0%, en el mismo orden. En su conjunto representan el 95.2% del total ejercido  por 25,073.2 miles de pesos en las partidas seleccionadas y del 71.8% erogado por 33,245.9 miles de pesos en los capítulos 2000, 3000 y 4000.

 

Áreas Revisadas

La revisión se practicó en las direcciones generales de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG), de Recursos Humanos (DGRH) y en el Instituto de Capacitación (IC), todas adscritas a la Procuraduría General de la República (PGR).

 

Resultado

Al comparar las cifras del presupuesto ejercido en los capítulos 2000, 3000 y 4000 por 7,325.1, 21,092.6 y 4,828.2 miles de pesos, respectivamente, reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000 con las del Estado del Ejercicio del Presupuesto y sus auxiliares presupuestales proporcionados por la DGPOP, no se determinaron diferencias; no obstante, las cifras presentadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de la unidad seleccionada no son reales.

Observación 

De acuerdo con la revisión de la información y documentación de las partidas seleccionadas por 23,867.0 miles de pesos, se determinó que 14,540.4 miles de pesos que representan el 60.9% corresponden a gastos de otras unidades administrativas de la PGR; por lo que no se reflejan las cifras reales ejercidas por cada unidad administrativa, en contravención de los artículos 40 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y  83 de su reglamento.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-001      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto para que las erogaciones se registren con cargo a las unidades administrativas que devengaron el gasto.

 

Resultado

El presupuesto  original autorizado al IC en los capítulos 2000, 3000 y 4000 fue de 56,706.8 miles de pesos el cual se modificó por 29,457.0 y 41,502.8 miles de pesos de ampliaciones y reducciones, respectivamente, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 44,661.0 miles de pesos; asimismo, el instituto ejerció un presupuesto de 33,245.9 miles de pesos y presentó economías por 11,415.1 miles de pesos. Se comprobó que los movimientos están soportados en los oficios de afectación presupuestaria autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); sin embargo, se presentó y autorizó extemporáneamente un oficio de afectación presupuestaria.

 

Observación 

El oficio de afectación presupuestaria núm. 331-A-17-1009 por 1,633.3 miles de pesos de reducciones, fue presentado y autorizado por la SHCP 28 días después de la fecha límite establecida sin estar avalado por el Órgano Interno de Control, en contravención del numeral I.1, inciso a, del oficio circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2000 y numeral 40, párrafo primero, del Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-002      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto a fin de que establezca los mecanismos para que las modificaciones al presupuesto, que se efectúen después de las fechas límite que anualmente emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el proceso presupuestario estén avaladas por el Órgano Interno de Control.

 

Acción Promovida   

00-06100-2-298-01-001      Recomendación

Es necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial a fin de que establezca los mecanismos idóneos para que las solicitudes de afectación presupuestaria que autoricen después de las fechas límite para cada ejercicio, determinadas en la normatividad que la propia dependencia emite, estén avaladas por el Órgano Interno de Control.

 

Resultado

De la revisión y análisis de la información y documentación justificativa y comprobatoria del gasto de las partidas seleccionadas, se identificó que la PGR celebró operaciones con la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) por un importe total de 2,362.9 miles de pesos, de los cuales 1,679.9 miles de pesos correspondieron a la  muestra seleccionada de las partidas 2201, 2601, 3305 y 3504. Estos servicios, aun cuando fueron solicitados por el titular de la PGR al de la SEDENA con los oficios núms. PGR/024/2000 y PGR/224/2000 del 13 de enero y 11 de abril de 2000, en los cuales se indicaba que se requería alojamiento, alimentación, servicio médico y apoyo de instructores. Asimismo, se solicitaba que se comisionara a una persona para ver los detalles del apoyo de esa secretaría.

En relación con lo anterior, se identificó que el IC no presentó documentación que detallara las condiciones y costos de los servicios que prestaría la SEDENA, ya que no celebró el convenio correspondiente, los servicios se pagaron anticipadamente, no presentaron documentación comprobatoria, pagaron servicios médicos sin estar contemplados en la  normatividad interna, no se comprobaron algunos servicios médicos, otros no se otorgaron y reintegraron los recursos extemporáneamente y, en otros casos, presentaron los recibos del servicio; no obstante, no estaban a nombre de la PGR.

 

Observación 

En la entidad auditada se observó lo siguiente:

1. No celebraron el convenio en el cual se reflejen los detalles del apoyo recibido y su costo correspondiente, en contravención del artículo 4, fracción III, del Reglamento del Instituto de Capacitación de la Procuraduría General de la República.

2. No se pudo evaluar si los pagos por 2,351.9 miles de pesos  fueron correctos, ya que no se celebró un convenio donde se pactaran las condiciones de pago de los servicios.

3. No presentaron recibos por 31.4 miles de pesos, en infracción de los artículos 44, fracción III, 82 y 102 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

4. Los recibos presentados por 2,331.5 miles de pesos no describen la naturaleza del gasto, por lo que la PGR elaboró relaciones en las cuales se señalan únicamente las partidas afectadas.

5. No obstante que las políticas 5, 6, 7 y la actividad 18  del Procedimiento para la Atención Médica Permanente a los alumnos que asisten a los Cursos que imparte el Instituto de Capacitación y/o servidores públicos que indique el C. Procurador General de la República, y la función tres, del Departamento de Medicina del IC del Manual de Organización señalan que los servicios médicos que se necesitaran en los cursos de capacitación, serían proporcionados por la PGR y, en su caso, trasladados a clínicas u hospitales del Sector Salud o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el C. Procurador solicitó servicios médicos a la SEDENA erogando 192.6 miles de pesos.

6. Respecto los servicios médicos  proporcionados por el Hospital Militar de la  SEDENA por 192.6 miles de pesos se constató lo siguiente:

a)   No comprobaron 112.6 miles de pesos, en contravención de los artículos 44, fracción III, y 82, del Reglamento de la Ley  de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

b)   No obstante que la SEDENA reintegró (durante el ejercicio) a la PGR 26.2 miles de pesos, 75 días posteriores a su cobro por servicios no proporcionados, éstos quedaron registrados como ejercidos por el IC, por lo que las cifras de la contabilidad no son confiables, esta situación infringió el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

c)  Los recibos presentados por 53.8 miles de pesos no están a nombre de la PGR.

d)   Los gastos efectuados por los exámenes médicos y toxicológicos, indebidamente se cargaron a la partida 3305 "Estudios e Investigaciones", en contravención del artículo 49, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-003      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República implemente los mecanismos necesarios para que en caso de celebrar operaciones con otras dependencias, se firme el convenio correspondiente; se establezcan las condiciones y los costos de los servicios solicitados; y en todos los casos obtenga los recibos que comprueben los recursos entregados a las dependencias y éstos describan los gastos que se están pagando; y que los servicios médicos proporcionados a los alumnos cumplan con lo establecido en su Manual de Procedimientos y de Organización.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-004      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República  instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto para que evite la práctica de pagar los servicios anticipadamente; en el caso de recursos no utilizados, éstos no queden reflejados en el Estado del Ejercicio del Presupuesto como ejercidos. Asimismo, para que el Instituto de Capacitación, invariablemente, cuente con la documentación comprobatoria de los gastos que se emiten en los cursos por concepto de gastos médicos y los gastos se registren conforme al Clasificador por Objeto del Gasto.

Resultado

En la partida 2201 "Alimentación de Personas" se ejercieron 4,538.2 miles de pesos de los cuales se seleccionaron para su revisión 3,836.0 miles de pesos que representan el 84.5% del total ejercido en la partida.

Se revisaron los procedimientos de las licitaciones públicas nacionales núms. LPN-00017-013-00 y 032-00 y sus contratos núms. 114/2000 celebrado con el proveedor Cuauhtémoc Velázquez García y/o Banquetes y Comedores Industriales y 177/2000, con la empresa Técnicos en Alimentación, S.A. de C.V.; cuyo objeto fue la contratación de servicio de comedor y la adquisición de bienes perecederos, granos y productos alimenticios básicos o semiprocesados, por 3,252.4 y 2,000.0 miles de pesos, respectivamente. Asimismo, se revisó el contrato núm. 001/2000 para adquirir vales de alimentación por 6,559.7 miles de pesos. Se observaron deficiencias en el procedimiento de adjudicación, fianzas entregadas extemporáneamente, contratos adjudicados sin el dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

 

Observación 

En el análisis de los procedimientos de las licitaciones, proporcionados por la DGRMSG, se observó lo siguiente:

1. En el procedimiento de la licitación pública nacional núm. LPN-00017-013-00 y en el fallo publicado en el Diario Oficial de la Federación  se adjudicó un monto máximo de 2,185.2 miles de pesos; no obstante, se contrataron 2,388.6 miles de pesos, sin que la DGRMSG presentara las autorizaciones y justificaciones correspondientes. La publicación se realizó 98 días después del acto del procedimiento mencionado en contravención de los numerales I, inciso g, y II, párrafo primero, del oficio circular núm. 005, relativo a las características que deberán contener las publicaciones de los fallos de las licitaciones públicas en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, prestación de servicios de cualquier naturaleza, así como de obras públicas, a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

2. El acto del fallo de la  licitación pública nacional núm. LPN-00017-032-00 se realizó 7 días después de la fecha indicada en el numeral 4 de las bases de la licitación y su publicación en el Diario Oficial de la Federación se realizó 186 días después del pronunciamiento, lo que contravino el numeral II, párrafo primero, del oficio circular núm. 005.

En la revisión y el análisis de los contratos, se observó lo siguiente:

1. La fianza de cumplimiento se recibió 77 días después de la formalización del contrato núm. 114/2000 del 15 de marzo de 2000 por 2,746.9 miles de pesos, lo que contravino el numeral 6.2 de las Bases de la licitación.

2. La fianza de cumplimiento del contrato núm. 177/2000 del 26 de junio de 2000 se recibió 81 días después de la formalización del contrato, lo que contravino el artículo 48, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el punto 6.1 de las bases de licitación y la cláusula décima primera del contrato.

3. El contrato núm. 001/2000 del 1°. de enero de 2000 por 6,559.7 miles de pesos, celebrado con el proveedor Prestaciones Mexicanas, S.A. de C.V., para adquirir vales de alimentación, se adjudicó en forma directa con fundamento en el artículo 81, fracción II, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, lo que se considera improcedente, ya que no se cumple ninguno de los supuestos de ese artículo, que indica que las adquisiciones se llevarán a cabo siempre y cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de una zona o región del país, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, entre otras circunstancias. Además, no presentaron el dictamen de las razones de la adjudicación, ni el envío al Órgano Interno de Control, en contravención al artículo 40, párrafos primero y cuarto, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Por lo que se refiere a  la fianza de cumplimiento, ésta se recibió 58 días después de la formalización del contrato.

4. Se erogaron en los meses de enero a marzo 164.0 miles de pesos por servicios de comedor. Por su monto, se debió invitar a cuando menos tres personas; sin embargo, se adjudicaron directamente sin contar con la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios; no se firmó contrato y se pagó hasta el 29 de septiembre de 2000 por no contar con suficiencia  presupuestal;  por lo que se infringieron los artículos 24, fracción II, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, 69 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, 62, del Presupuesto de Egresos de la Federación y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y  Servicios del Sector Público.

Con la revisión de las CLC proporcionadas por la DGPOP, se observó que se pagaron 321.4 miles de pesos hasta el 9 de febrero de 2001 sin ajustarse a los calendarios financieros, a las metas autorizadas y sin estar incluido en el pasivo circulante; esta situación contravino los artículos 42, fracción I, 44, fracción II, y 45, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Con la revisión de la documentación de la entrega de vales de comida, se identificó que se otorgaron 72.0 miles de pesos al IC, de los cuales se comprobaron 48.5 miles de pesos, los 23.5 miles de pesos restantes, según el cuadro de distribución proporcionado por la DGRH, se ejercieron por diferentes unidades administrativas; no obstante, se quedaron registrados como ejercidos para el IC, por lo que se contravino  el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-005      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales para que no contrate ni pague servicios superiores a los señalados en los procesos de las licitaciones públicas y fallos correspondientes; para que los fallos y su publicación se realicen conforme a las fechas establecidas en  la normatividad aplicable;  para que exija a los prestadores de servicios que entreguen las fianzas de  cumplimiento en los plazos pactados; para que se abstenga de adjudicar contratos en forma directa sin la autorización del Comité  de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios así como que se ajuste a los montos máximos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Asimismo, para que no adquiera vales de alimentación con fundamento en el artículo 41, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público si no se cumplen los supuestos de este ordenamiento. 

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-006      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General  de Programación, Organización y Presupuesto para que los gastos se registren afectando el presupuesto de las unidades administrativas que los devenguen; y para que no se paguen compromisos en ejercicios posteriores si no se encuentran autorizados en el pasivo circulante.

 

Resultado

En la partida 2601 "Combustibles" se ejercieron 1,367.3 miles de pesos, de los cuales se revisaron 1,340.9 miles de pesos que representan el 98.1% del total ejercido en la partida.

Se revisaron y analizaron los procedimientos  de adjudicación, ejercicio, registro y control de las operaciones realizadas con las empresas Efectivale, S.A. de C.V., Gas Metropolitano, S.A. de C.V., y con la SEDENA; asimismo, se revisaron los procedimientos establecidos de solicitud de pago y/o reembolso; fondo rotatorio y suministro de combustible. Al respecto, se observaron algunas operaciones que no están formalizadas con el contrato o convenio y otras se regularizaron; asimismo, se observaron fallas de control interno en la dotación y distribución de vales de gasolina.

 

Observación 

La DGRMSG al centralizar la compra de combustible, adquirió 1,008,000 vales de gasolina a la empresa "Efectivale S.A. de C.V.", por un importe de 50,400.0 miles de pesos para toda la PGR, compra que por su monto se debió licitar; no obstante, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en la sesión ordinaria núm. 12/99, dictaminó su compra directa con fundamento en el artículo 81, fracción II, de la Ley de Adquisiciones y  Obras Públicas; sin embargo, no procede; ya que este artículo considera que la adjudicación directa se llevará a cabo siempre y cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de una zona o región del país, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, entre otras circunstancias.

Se observaron fallas de control interno, ya que el IC no contaba con un control que permitiera saber el número de vales asignados mensualmente a cada vehículo. Los recibos de entrega de los vales a los usuarios finales, no contenían el número de placas del vehículo, modelo y kilómetros recorridos, únicamente tenían el nombre y la firma de quien los recibió. El IC contaba con un control de salida de vehículos en donde se especificaba el kilometraje del vehículo, salida, regreso y lugar de comisión; en este control no se registraba el número o la cantidad de vales proporcionados a cada comisión.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-007      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales para que establezca  los mecanismos necesarios a fin de que en las adquisiciones de combustible autorizadas por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios justifique ampliamente su adjudicación directa. Asimismo, para que el Instituto de Capacitación elabore criterios y políticas específicas que permitan definir claramente la asignación de vales a cada vehículo; para que  implante un control para la entrega de vales a los usuarios finales en el que se especifique, cantidad de vales de gasolina proporcionados, datos del vehículo, kilometraje recorrido, fecha  de entrada, salida y lugar de comisión, nombre, cargo y firma de quien recibió los vales y firma del Coordinador Administrativo.

 

Resultado

En la partida 3201 "Arrendamiento de Edificios y Locales" se ejercieron 11,301.1 miles de pesos, de los cuales se revisaron 11,244.1 miles de pesos que representan el 99.5% del total ejercido en la partida. Con la revisión y el análisis de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, se constató que los montos consignados en 13 contratos, se ajustaron a las justipreciaciones emitidas por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN). Cabe mencionar que las rentas se pagaron vencidas.

No obstante lo anterior, se identificó que existían contratos que estaban regularizados, algunos pagos fueron superiores a los contratados, y en otros casos, no se proporcionó la evidencia documental del aviso a la CABIN del contrato celebrado o de la justipreciación de renta correspondiente y actas de entrega-recepción de inmuebles que no fueron proporcionadas.

 

Observación 

Se identificó que de 30 contratos de arrendamiento de edificios y locales, 10 por 2,105.7 miles de pesos, se regularizaron, ya que la vigencia se inició entre dos meses y medio y tres meses y medio antes de la firma, en contravención del artículo 42, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Se pagaron de más 187.2 miles de pesos, ya que la PGR originalmente había celebrado un contrato con vigencia del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2000, con una renta mensual de 32.4 miles de pesos; no obstante, firmó un convenio de modificación de renta con el cual se cubrieron 53.2 miles de pesos mensuales, esta situación contravino las cláusulas séptima y décima del contrato, que especificaban el importe de la renta y la vigencia, se hizo hincapié en que las partes convenían que, en ningún caso, el periodo para revisar e incrementar el importe de la renta podría ser inferior a un año.

En siete casos por 2,758.1 miles de pesos no proporcionaron evidencia del aviso a la CABIN de los contratos celebrados o la justipreciación de renta, lo que contravino la disposición primera, párrafo II, del oficio-circular que establece el mecanismo para fijar el monto de la renta que se aplicará durante el año 2000, para continuar con la ocupación de los inmuebles arrendados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Con respecto de las actas de entrega-recepción de los inmuebles, (relativas a las condiciones en que se reciben los inmuebles), la DGRMSG  únicamente proporcionó 6 actas, quedando pendientes 24, en contravención del artículo 30, fracciones I y II, del Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el Arrendamiento de Inmuebles por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal en su carácter de arrendatarias.

Además 10z contratos por concepto de arrendamiento de estacionamientos por un monto total de 501.8 miles de pesos se adjudicaron sin contar con la justipreciación de renta.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-008      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a las direcciones generales de Programación, Organización y Presupuesto y de Recursos Materiales y Servicios Generales para que establezcan mecanismos de control que permitan que  los contratos de arrendamiento de inmuebles se formalicen antes de iniciar su vigencia, para que se respeten las condiciones pactadas en los contratos ya celebrados y evitar así que se paguen rentas superiores a las pactadas originalmente; para que en todos los casos, se cuente con el aviso de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales de los contratos celebrados e integre en sus expedientes las actas de entrega-recepción de los inmuebles arrendados. Asimismo, para que en caso de arrendar estacionamientos se cuente con la justipreciación de renta.

Acción Promovida   

00-17000-2-298-02-001      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente respecto de las rentas de inmuebles pagadas de más por 187.2 miles de pesos, e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.

 

Resultado

En la partida 3305 "Estudios e Investigaciones" se ejercieron 1,046.3 miles de pesos, que se revisaron en su totalidad. Se identificó que se celebraron 6 convenios con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) por 766.2 miles de pesos y 11 contratos por 71.9 miles de pesos con personas físicas, para la preparación y aplicación del examen de conocimientos generales.

En relación con lo anterior, se observó que en un caso no se contó con los resultados obtenidos y se pagaron a personas físicas distintos montos por las mismas actividades,  según  los contratos de prestación de servicios.

 

Observación 

De dos convenios, celebrados con la UNAM para que elaborara y coordinara la realización y aplicación del examen de aptitud físico-atlética de 430 aspirantes para su ingreso al curso de formación inicial de agentes de la policía judicial federal generación 2000-2001, y para la investigación en materia de seguridad pública, por un monto de 154.8 y 300.0 miles de pesos, respectivamente, se identificó que el primer convenio (por 154.8 miles de pesos) se devengó en 1999 y se pagó con presupuesto de 2000, en contravención de los artículos 42, fracción III, y 44, fracción II, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

En relación con el convenio por 300.0 miles de pesos, no se cuenta con los resultados de este trabajo, ya que, según el Jefe de Departamento en la Coordinación Administrativa del IC, esta investigación no fue solicitada por el instituto; no obstante presupuestalmente se cargó al IC, en contravención de los artículos 44, fracciones I y II, y 83, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Con respecto de los 11 contratos de prestación de servicios profesionales por un monto total de 71.9 miles de pesos, se determinó que todos tenían como objeto la preparación y aplicación del examen de conocimientos generales para los aspirantes del curso de formación inicial de los Agentes de la Policía Judicial Federal generación 2000-2001; sin embargo, los pagos variaban entre 1.5 y 8.5 miles de pesos, sin conocer cuales fueron los criterios para pagar distintos montos.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-009      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto para que no efectúe pagos por servicios devengados en ejercicios anteriores sin contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, para que el Instituto de Capacitación establezca los mecanismos de control necesarios para que cuando se contraten iguales servicios profesionales se paguen con las mismas tarifas y condiciones.

 

Acción Promovida   

00-17000-2-298-02-002      Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control

Es necesario que el Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente, el procedimiento administrativo correspondiente por la  celebración de un convenio de investigación en materia de seguridad pública con la Universidad Nacional Autónoma de México por 300.0 miles de pesos, del cual no se cuenta con los resultados obtenidos, e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.  

 

Resultado

En la partida 3504 "Mantenimiento y Conservación de Inmuebles" se ejercieron 1,992.1 miles de pesos, seleccionándose para su revisión 1,571.5 miles de pesos que representan el 78.9% del total ejercido en esa partida. Con la revisión de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto se constató que los siete contratos por un importe de 4,166.7 miles de pesos, celebrados en el ejercicio 2000, se adjudicaron directamente con la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en la sesión ordinaria núm. 12/99 del 15 de diciembre de 1999. Asimismo, las 44 CLC por 1,571.5 miles de pesos contaron con la solicitud de pago, volante de corresponsabilidad, facturas, y se ajustaron al procedimiento establecido y la normatividad aplicable.

 

Resultado

En la partida 4104 "Becas" se ejercieron 4,828.2 miles de pesos que corresponden al total ejercido en el capítulo 4000, los cuales se revisaron en su totalidad.

Con la revisión y el análisis de la información y documentación proporcionada se constató que el IC realizó seis cursos de formación inicial de las generaciones 1999-2000 y 2000-2001, cada curso contó con las convocatorias respectivas, y fueron autorizados por el Consejo de Profesionalización del Ministerio Público de la Federación, en cumplimiento de  las sesiones vigésimo cuarta de 1998; segunda, vigésima octava y trigésima primera de 1999; trigésima tercera, trigésima cuarta y trigésima sexta de 2000, celebradas por ese consejo y de conformidad con los artículos 22, 23 y 41 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 48, fracción II, de su reglamento. No obstante, se identificó que algunas CLC ostentaban el sello de regularización del fondo rotatorio; sin embargo, esta partida no esta autorizada para ejercer mediante esa modalidad (fondo rotatorio).

 

Observación 

Cinco CLC por un importe de 1,630.1 miles de pesos ostentan sello de regularización de fondo rotatorio, pero esta partida no está autorizada para pagarse mediante fondo rotatorio, en contravención del oficio núm. OM/169/2000 del 24 de enero de 2000 emitido por el Oficial Mayor de la PGR. Cabe señalar que el fondo rotatorio autorizado para el instituto es de 70.0 miles de pesos.

Los cheques núms. 597, 1033 y 47 por un total de 3.9 miles de pesos no tienen firma de recibido en la nómina de los becarios, sin embargo, sí se encuentran cobrados en los estados de cuenta al 31 de marzo, al 31 de mayo y al 29 de febrero de 2000, respectivamente.

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-010      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto para que fortalezca los mecanismos de control a fin de que las Cuentas por Liquidar Certificadas, con cargo a la partida 4104 "Becas" se paguen de conformidad con los procedimientos y normatividad aplicable y que el Instituto de Capacitación no entregue los cheques si la nómina no es firmada por los becarios.

 

Resultado

Adicionalmente, se identificó en el documento de la Cuenta Pública denominado "Ejercicio Programático del Gasto Devengado del Gobierno Federal" que el IC había programado alcanzar para el ejercicio 2000 una meta de 23 cursos correspondientes a Formación de Investigadores de Delitos Federales, de Formación Inicial de Agentes de la Policía Judicial Federal, Formación Inicial de Peritos Técnicos en Criminalística, Investigadores de Delitos Federales; así como de actualización. Al respecto, señalaron que esa meta fue superada en un 34.8%, ya que alcanzaron a impartir 31 cursos; no obstante, estas metas no son reales.

 

Observación 

El IC reportó que en el 2000 impartió 31 cursos, lo que sugiere que fueron eficientes al superar la meta original en un 34.8%; sin embargo, con la revisión a la documentación e información proporcionada por el IC, se constató que se impartieron 19 cursos. 

 

Acción Promovida   

00-17B00-2-298-01-011      Recomendación

Es necesario que la Procuraduría General de la República instruya al Instituto de Capacitación para que no reporte en su ejercicio programático más metas de las realmente alcanzadas.

II.9.2.4.Seguimiento de Observaciones-Acciones

 

 a)             Observaciones y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública  2000

Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, la Auditoría Superior de la Federación determinó 9 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:

 

 

ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL, 2000

                  

Tipo de Acción

Número

 

Acciones Preventivas:

 

-                      Recomendación

 

 

 

 

12

Subtotal

12

 

Acciones Correctivas:

 

-                      Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control 

 

 

 

2

Subtotal

2

Total

14

 

Del total general, 2 (14.3%) son de carácter correctivo, y 12 (85.7%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente auditado, el correspondiente órgano interno de control y, en su caso, por las dependencias coordinadoras sectoriales u otras instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas por la Auditoría Superior de la Federación y las disposiciones legales aplicables.



[1]/         Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto de Egresos de la Federación, 2000, México, 1999, Sector Procuraduría General de la República, Procuraduría General de la República, Instituto de Capacitación de la Procuraduría General de la República.