Recursos del Fondo Ejercidos por los Municipios de Agua
Prieta, Caborca, Huatabampo y Cajeme
La Contaduría
Mayor de Hacienda del estado de Sonora informó que los recursos del Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios, en
general, se destinaron a los fines establecidos por el artículo
37 de la Ley de Coordinación Fiscal. No obstante, se determinó que:
1.
No se encontró la documentación soporte
de 15.0 miles de pesos correspondientes al municipio de Huatabampo.
2.
En el ayuntamiento de Caborca se
destinaron 280.0 miles de pesos para préstamos personales y la ejecución de
obras, en contravención del artículo
37 de la Ley de Coordinación Fiscal, y 9.6 miles de pesos carecen de
comprobación. Además, se adjudicaron en forma directa obras por 1,235.3 miles
de pesos, que por sus montos debieron haberse licitado públicamente. Por tanto,
el ayuntamiento infringió la Ley de Obras Públicas del estado de Sonora y su
reglamento.
Recursos del Fondo Ejercidos por los
Municipios de San Luis Río Colorado, Hermosillo, Magdalena y Etchojoa
Como resultado de la revisión que la Contaduría
General del H. Congreso del estado de Sonora realizó a las Cuentas Públicas
Municipales de los ayuntamientos de Hermosillo y Magdalena, respecto de la
aplicación de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social en su modalidad municipal, no se determinaron
observaciones relevantes, mientras que en las de Etchojoa y San Luis del Río
Colorado se determinó que:
Verificar que las aportaciones federales del Ramo General 33 para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, asignadas a cuatro ayuntamientos del estado de Sonora, se ejercieron de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través de este fondo sujeto a revisión; el monto transferido a cuatro ayuntamientos del estado de Sonora mismos que no se han fiscalizado en ejercicios anteriores, así como el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de los mismos.
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio de 2000 y con fundamento en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o. fracciones I, II inciso b, III, IV, V, VI y X; 7o., fracciones VI, VIII, IX y XII; 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, ahora Auditoría Superior de la Federación; 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año y 46, fracciones III y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, este órgano técnico solicitó al Contador Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Sonora, con el oficio OASF-FR-1493/01 del 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios transferidos a los ayuntamientos de Agua Prieta, Caborca, Huatabampo y Cajeme durante el 2000.
De un total de 379,177.3 miles de pesos asignados al estado de Sonora para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios durante el ejercicio de 2000, se transfirieron 98,510.2 miles de pesos a los ayuntamientos de Agua Prieta (10,234.1 miles de pesos), Caborca (11,746.0 miles de pesos), Huatabampo (13,764.3 miles de pesos) y Cajeme (62,765.8 miles de pesos), lo cual equivale al 26% del total ministrado al estado.
Los ayuntamientos de Agua Prieta, Caborca, Huatabampo y Cajeme del estado de Sonora.
Agua Prieta
Se determinó que la asignación de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios, por 10,234.1 miles de pesos, se aplicó en los rubros de "Deuda Pública", "Equipamiento de seguridad Pública" y "Ejecución de Obras de Inversión"; y se informa que la revisión abarcó el 100% del monto y se desarrolló de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas; se observó el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables al Ramo General 33; se revisó además el aspecto documental de los programas y acciones, la periodicidad en la aplicación de los recursos y la revisión física; se concluyó que los resultados obtenidos fueron satisfactorios ya que no se derivaron observaciones relevantes.
Huatabampo
Se determinó que la asignación de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios por 13,764.3 miles de pesos, fue depositada en tres diferentes cuentas bancarias por un monto de 13,706.3 miles de pesos; sin embargo, se determinó una diferencia de 58.0 miles de pesos que corresponde a descuentos por deuda con COAPAES del mes de mayo del año 2000; asimismo se revisó el 100% de los recursos ministrados de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, los que fueron ejercidos en seguridad pública (7,627.2 miles de pesos) y deuda pública (5,755.0 miles de pesos), determinándose que no hay documentación soporte del gasto de 15.0 miles de pesos.
En el municipio de Huatabampo se verificó que la póliza cheque núm. 0052 de fecha 30 de diciembre de 2000, por 15.0 miles de pesos, a nombre de Planta Almacenadora de Gas, S.A. de C.V., por concepto de combustible, carece de soporte documental, lo que contraviene el numeral 73 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
00-60260-2-173-01-001 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor estatal gestione lo conducente de conformidad con sus atribuciones, a fin de que la falta de documentación por comprobatoria por 15.0 miles de pesos en el municipio de Huatabampo sea solventada, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados obtenidos en su gestión.
Caborca
Se determinó que la asignación de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios, por 11,746.0 miles de pesos, se aplicaron de la manera siguiente: 3,733.9 miles de pesos para Seguridad Pública, 2.8 miles de pesos en préstamos personales; 4,339.1 miles de pesos para obra pública, 1,836.0 miles de pesos para el pago de deuda pública; 2,482.7 miles de pesos en acciones sociales básicas; 58.0 en gasto corriente y 287.2 miles de pesos en préstamos a otras cuentas en obras, lo que totaliza 12,739.7 miles de pesos, por consiguiente hay una diferencia entre lo asignado y ejercido por 993.7 miles de pesos y que corresponden a recursos provenientes del año anterior por 49.7 miles de pesos, intereses generados por 5.1 miles de pesos y otros ingresos por 947.3 miles de pesos, existiendo un saldo en el banco de 8.4 miles de pesos.
Se determinó la existencia de adeudos al municipio de Caborca por 2.8 miles de pesos por préstamos personales a empleados del municipios y 287.2 miles de pesos por concepto de traspasos de cuentas para ejecutar obras públicas, los que totalizan 290.0 miles de pesos, en contravención al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal.
00-60260-2-173-01-002 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda estatal gestione lo conducente, de conformidad con sus atribuciones, a fin de que la observación determinada por los adeudos por 290.0 miles de pesos del municipio de Caborca sea solventada, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su gestión.
En el municipio de Caborca se determinó que dos pólizas de cheque por la cantidad de 9.6 miles de pesos por concepto de consumo de comida y elaboración de una placa conmemorativa, carecen de soporte documental, en contravención del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y 73 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
00-60260-2-173-01-003 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda estatal gestione lo conducente, de conformidad con sus atribuciones, a fin de que la observación determinada por la carencia de soporte documental por 9.6 miles de pesos en el municipio de Caborca sea solventada, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su gestión.
Se determinaron irregularidades en dos obras de dieciséis ejecutadas por el municipio de Caborca, cuyo importe asciende a 1,235.3 miles de pesos, las cuales tienen expedientes técnicos de obra incompletos, en contravención del artículo 40 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 50 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, así como de los artículos 19 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 21 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, en virtud de que, por sus montos las obras debieron haber sido licitadas y no adjudicadas en forma directa como fue el caso.
00-60260-2-173-01-004 Recomendación
Es necesario que el la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del estado de Sonora promueva las acciones legales que resulten procedentes con la finalidad de que se apliquen las sanciones correspondientes contra los servidores públicos responsables del municipio de Caborca y en su caso se determinen los resarcimientos respectivos, por haber incumplido lo estipulado en los artículos 19 y 40 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 21 y 50 de su reglamento, e informe de las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
Cajeme
Se determinó que los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por 62,765.8 miles de pesos, se aplicaron de la manera siguiente: 27,819.5 miles de pesos para seguridad pública; 33,312.6 miles de pesos por descuentos efectuados por el Gobierno del estado, que se destinaron al equipamiento municipal, pago de deudas a la banca comercial y a FAPES; se liquidaron 2,156.1 miles de pesos del crédito Vital y 2.2 miles de pesos por comisiones bancarias lo que suma 63,290.4 miles de pesos, existiendo una diferencia entre lo ejercido y lo asignado de 524.6 miles de pesos y que corresponde a recursos provenientes del año anterior por 17.5 miles de pesos, rendimientos financieros de 514.2 miles de pesos, existiendo un saldo en bancos de 7.1 miles de pesos.
Se informó que la revisión consistió en el 100% de los recursos ministrados y fue desarrollada de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas; se determinó que hubo cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables al Ramo General 33. Se revisó además el aspecto documental de los programas, acciones y obras ejecutadas; la periodicidad en la aplicación de los recursos y la revisión física, obteniendo resultados satisfactorios ya que no se detectaron irregularidades.
Objetivo
Verificar que las aportaciones federales del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, asignadas a cuatro ayuntamientos se destinaron a los fines previstos por el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través del fondo sujeto a revisión, el monto transferido a cuatro ayuntamientos del estado de Sonora y que no se han fiscalizado en años anteriores, así como el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de los mismos.
Antecedentes
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 2000 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o. fracciones I, II inciso b, III, IV, V, VI y X; 7o., fracciones VI, VIII, IX y XII; 16; 19; 20; 21; 22; 23 y 24 de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, ahora Auditoría Superior de la Federación; 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año y 46, fracciones III y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, este órgano técnico solicitó al Contador Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Sonora, con el oficio OASF-FR-1493/01 del 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal transferidos a los ayuntamientos de Etchojoa, Hermosillo, Magdalena y San Luis Río Colorado durante el ejercicio 2000.
Alcance
De un total de 153,991.6 miles de pesos asignados al estado de Sonora por el Fondo para la Infraestructura Social Municipal durante el ejercicio de 2000, se transfirieron 41,460.4 miles de pesos que se destinaron a los ayuntamientos de Etchojoa, 7,505.8 miles de pesos; Hermosillo, la cantidad de 24,689.9 miles de pesos; Magdalena, la cantidad de 958.8 miles de pesos y a San Luis Río Colorado, 8,305.9 miles de pesos, lo que equivale al 27% del total ministrado al estado.
Áreas Revisadas
Los ayuntamientos de Etchojoa, Hermosillo, Magdalena y San Luis Río Colorado.
Resultado
Etchojoa
Se determinó que los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por un monto de 7,505.8 miles de pesos asignados al ayuntamiento de Etchojoa, se aplicaron en los siguientes rubros: a 79 obras de infraestructura por un monto de 4,783.3 miles de pesos; estímulos a la educación básica por 2,225.9 miles de pesos; traspasos por 2,113.2 miles de pesos; empleo temporal por 428.3 miles de pesos; municipal directo, 637.4 por miles de pesos y otros por 27.8 miles de pesos, lo que suma 10,215.9 miles de pesos; se informó que la revisión comprendió el 100% de los recursos asignados, y se desarrollo de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Se observó el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables al Ramo General 33 y además se revisó el aspecto documental de los programas y acciones; la periodicidad en la aplicación de los recursos y la inspección física, de lo anterior se determinaron diversas irregularidades respecto de los expedientes de obra.
Observación
Se determinó que en 12 obras de 81 ejecutadas por el municipio de Etchojoa, por 2,675.9 miles de pesos, se carece de los expedientes técnicos de obra, en contravención del artículo 45 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora, las cuales se detallan en el cuadro siguiente:
|
OBRAS QUE
CARECEN DE EXPEDIENTE TÉCNICO (Miles de
pesos) |
|
|
Obra |
Importe ejercido |
|
Embalastrado de calles en la comunidad Bacame Nuevo |
170.0 |
|
Remodelación de plaza pública en Bacobampo |
520.6 |
|
Introducción de red de agua potable en colonias nuevas de
Etchojoa |
421.6 |
|
Embalastrado de calles en Barrio las Tapaditas, de la
comunidad de Bacobampo. |
150.0 |
|
Construcción de cancha deportiva Las Guayabas |
114.0 |
|
Construcción de andadores en plaza pública en la comunidad
de San Pedro Viejo. |
193.5 |
|
Construcción de cancha de usos múltiples en Mayocahui. |
124.2 |
|
Complemento de red de drenaje en la comunidad de
Mayojusalit |
112.6 |
|
Terminación de la plaza pública de Buaysiacobe |
150.0 |
|
Instalación de Sub-estación eléctrica en equipo de bombeo
en la comunidad de Buaysiacobe |
324.1 |
|
Embalastrado de calles en Barrio el Vivero de la comunidad
Jitonhueca Margen Derecho. |
144.8 |
|
Construcción de biblioteca en la comunidad Jitonhueca
Margen Derecho. |
250.5 |
Total
|
2,675.9 |
FUENTE:
Informe remitido por la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Sonora.
Acción Promovida
00-60260-2-174-01-001 Recomendación
Es necesario que el la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del estado de Sonora promueva las acciones legales que resulten procedentes con la finalidad de que se apliquen las sanción correspondientes contra los servidores públicos responsables del municipio de Etchojoa, por haber incumplido con el artículo 45 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora, e informe de las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
Observación
Se determinaron irregularidades en tres obras del municipio de Etchojoa, cuyos expedientes técnicos de obra están incompletos, en contravención del artículo 40 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 50 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.
Acción Promovida
00-60260-2-174-01-002 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del estado de Sonora promueva las acciones legales que resulten procedentes con la finalidad de que se apliquen las sanción correspondientes contra los servidores públicos responsables del municipio de Etchojoa, y en su caso exija el resarcimiento respectivo, por haberse incumplido el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 50 de su reglamento, e informe de las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Hermosillo
Se determinó que de la asignación de los recursos al Fondo para la Infraestructura Social Municipal por un monto de 24,689.9 miles de pesos asignados al ayuntamiento de Hermosillo, se aplicaron en su totalidad en las partidas respectivas; asimismo, se informa que la revisión comprendió el 100% del total de los recursos asignados, y se desarrollo de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Se observó el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas estatales aplicables al Ramo General 33, revisando además, el aspecto documental de los programas y acciones, la periodicidad en la aplicación de los recursos y la inspección física; con lo anterior se concluyó que no se detectaron irregularidades ni se determinaron observaciones relevantes.
Resultado
Magdalena
Se determinó que la asignación de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por un monto de 958.8 miles de pesos, otorgados al ayuntamiento de Magdalena, se aplicaron en el rubro de ejecución de obras públicas; la revisión comprendió el 100% de los recursos asignados y se desarrollo de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Se observó el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas estatales aplicables al Ramo General 33, revisando además, el aspecto documental de los programas y acciones, la periodicidad en la aplicación de los recursos y la inspección física de obras; con lo anterior no se detectaron irregularidades y tampoco existieron observaciones relevantes.
Resultado
San Luis Río Colorado
Se constató que los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por un monto de 8,305.9 miles de pesos otorgados al ayuntamiento de Magdalena, se aplicaron en el rubro de ejecución de obras públicas; asimismo la revisión comprendió el 73% del total de los recursos asignados y se desarrolló de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Se observó el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas estatales aplicables al Ramo General 33, revisando además, el aspecto documental de los programas y acciones, la periodicidad en la aplicación de los recursos y la inspección física, de lo anterior se determinaron irregularidades en los expedientes técnicos.
Observación
Se determinaron irregularidades en cinco obras del municipio de San Luis Río Colorado, las cuales tienen expedientes técnicos de obra incompletos, en contravención de lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 50 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.
Acción Promovida
00-60260-2-174-01-003 Recomendación
Es necesario que el la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del estado de Sonora promueva las acciones legales que resulten procedentes con la finalidad de que se apliquen las sanción correspondientes contra los servidores públicos responsables del municipio de San Luis Río Colorado y en su caso el resarcimiento respectivo, por haber incumplido lo estipulado en el artículo 40 de Ley de Obras Públicas del Estado de Sonora y 50 de su reglamento, e informe de las medidas adoptadas a la Auditoría Superior de la Federación.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, se determinaron 7 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:
Tipo de Acción
|
Determinado por la ASF al
Gobierno del Estado y Municipios |
Determinado por el Órgano Superior de Fiscalización del Congreso Estatal |
Total
|
|
Acciones Preventivas: |
|
|
|
|
-
Recomendación |
0 |
7 |
7 |
|
Subtotal |
0 |
7 |
7 |
|
Total |
0
|
7
|
7
|
Del total general, 0 (0.0%) son de carácter correctivo, y 7 (100.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente público auditado y, en su caso, por las instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas y las disposiciones legales aplicables comunicando a la Auditoría Superior de la Federación el avance y solventación de las mismas.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión a Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1998 y 1999 se formularon 45 recomendaciones, de las cuales se han solventado 45 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1998 |
1999 |
||||
|
Gob. del Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del Edo. y Mpios. |
OSF |
||
|
2 |
n/r |
43 |
n/r |
45 |
|
|
a)
Solventadas |
2 |
|
43 |
|
45 |
|
b)
Por solventar |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
Total Emitido |
2 |
|
43 |
|
45 |
|
Total Solventado |
2 |
|
43 |
|
45 |
|
Porcentaje de Avance |
100.0% |
|
100.0% |
|
100.0% |
n/r: no revisado. No se
practicaron revisiones en este ejercicio.
2) Acciones
Correctivas
Se promovieron 31 acciones, de las cuales al 30 de junio de 2002 se han solventado 12 (38.7%) y están en proceso de atención 19 (61.3%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de acción |
Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1999
|
|||||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de atención
|
||||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Solicitud de Intervención
del Órgano Interno de Control * |
12 |
0 |
12 |
0 |
0 |
0 |
|
Solicitud de Aclaración* |
19 |
0 |
0 |
0 |
19 |
0 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal, 1999.
|
Total |
31 |
0 |
12 |
0 |
19 |
0 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
45 |
0 |
45 |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
0 |
7 |
0 |
0 |
0 |
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
31 |
0 |
12 |
0 |
19 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
76 |
7 |
57 |
0 |
19 |
7 |