Recursos del Fondo Ejercidos por los municipios de
Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Tecozautla,Tezontepec de Aldama, Tlanchinol,
Tula de Allende y Zimapán
Como
resultado de la revisión que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de
Hidalgo llevó a cabo a cada una de las cuentas públicas de los ayuntamientos
mencionados, para vigilar la aplicación de los recursos provenientes del Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, se determinó lo
siguiente:
1.
Un total de
325 observaciones: 123 administrativas y 202 económicas, que fueron solventadas
en su totalidad por cada una de las administraciones municipales.
2.
Por lo que se
refiere a la inspección a 129 obras realizadas en los siete municipios, 126
fueron concluidas y 3 se encuentran en construcción. De las obras concluidas,
114 fueron entregadas y se elaboraron las actas correspondientes; sin embargo,
se encuentra pendiente de formalizar la entrega de 12 obras.
Recursos del Fondo
Ejercidos por el Fideicomiso de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo
Objetivo
Verificar que los recursos federales del Ramo 33, relativos al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, asignados a siete ayuntamientos del estado de Hidalgo, se ejercieron de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través de este fondo sujeto de revisión, el monto transferido a siete ayuntamientos del estado de Hidalgo, y el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de los mismos.
Antecedentes
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., fracciones I, II, inciso b, III, IV, V, VI y X; 7o., fracciones VI, VIII, IX y XII; 16; 19; 20; 21; 22; 23, y 24 de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, ahora Auditoría Superior de la Federación; 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año, y 46, fracciones III y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, este órgano técnico solicitó al Contador Mayor del Congreso del estado de Hidalgo, con el oficio OASF-FR 1501/01 de fecha 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y la evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios transferidos a los ayuntamientos de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Tecozautla, Tezontepec de Aldama, Tlanchinol, Tula de Allende y Zimapán durante 2000.
Alcance
De un total de 384,074.8 miles de pesos asignados al estado de Hidalgo, relativos al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios durante el ejercicio de 2000, transferidos a siete ayuntamientos del estado, la Contaduría Mayor de Hacienda del estado revisó el ejercicio, por un importe de 70,294.5 miles de pesos, que representó el 18.3% del total asignado.
Áreas Revisadas
Los ayuntamientos de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Tecozautla, Tezontepec de Aldama, Tlanchinol, Tula de Allende y Zimapán, del estado de Hidalgo.
Resultado
Huejutla de Reyes
Se determinó una transferencia de recursos por 17,711.3 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de nueve obras, por un monto de 2,096.5 miles de pesos y en la realización de tres acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, por 15,614.7 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 44 observaciones: 4 administrativas y 40 económicas. Estas últimas, por 2,500.6 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica y falta de calidad en los trabajos ejecutados. Al 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas fueron debidamente solventadas, y las obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad, de conformidad con el objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, se constató que de una obra no se había formalizado su recepción mediante el acta correspondiente.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Huejutla de Reyes, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda Del H. Congreso del estado determinó que existe una obra de la que no se había formalizado su recepción mediante el acta correspondiente, en contravención del artículo 45 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-001 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que se formalice la recepción de la obra mediante la elaboración del acta respectiva, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Ixmiquilpan
Se determinó que se le transfirieron recursos por 13,422.9 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de veinte obras, por 3,334.8 miles de pesos, y en la realización de tres acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, por 10,088.1 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 24 observaciones: 20 administrativas y 4 económicas. Estas últimas, por 658.6 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica y falta de calidad en los trabajos ejecutados. Al 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas fueron debidamente solventadas, las obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad, de conformidad con el objetivo para el cual fueron construidas.
Resultado
Tecozautla
Se determinó que se le transfirieron recursos por 5,187.4 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de diecisiete obras, por 1,944.5 miles de pesos, y para la realización de nueve acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, por 3,242.9 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 21 observaciones: 10 administrativas y 11 económicas. Estas últimas, por un monto de 409.2 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica y falta de calidad en los trabajos ejecutados. Al 28 enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas, fueron debidamente solventadas, y las obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad y conforme al objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, de una obra no se había formalizado su recepción mediante el acta correspondiente.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tecozautla, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó que existe una obra de la que no se había formalizado su recepción, mediante el acta correspondiente, en contravención del artículo 45 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-002 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que se formalice la recepción de la obra mediante la elaboración del acta respectiva, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Tezontepec de Aldama
Se determinó que se le transfirieron recursos por 6,491.2 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de veinticuatro obras, por 1,749.9 miles de pesos y en la realización de ocho acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes por 4,741.3 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 50 observaciones: 24 administrativas y 26 económicas. Estas últimas, por 1,792.2 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica, y falta de calidad en los trabajos ejecutados, y las acciones sociales realizadas. Al 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas, fueron debidamente solventadas, y las obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad y de conformidad con el objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, de siete obras no se había formalizado su recepción mediante el acta correspondiente.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tezontepec de Aldama, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó que existen siete obras, de las que no se había formalizado su recepción mediante las actas correspondientes, en contravención del artículo 45 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-003 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que se formalice la recepción de las siete obras mediante la elaboración de las actas respectivas, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Tlanchinol
Se determinó que se le transfirieron recursos por 5,672.1 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de trece obras, por 3,152.6 miles de pesos, y para la realización de cinco acciones sociales básicas en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, por 2,519.4 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon cinco observaciones: dos administrativas y tres económicas. Estas últimas, por 12.5 miles de pesos se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica, y falta de calidad en los trabajos ejecutados. Al 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas fueron debidamente solventadas, y 12 obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad, y conforme al objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, una de ellas estaba en construcción.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tlanchinol, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó que existe una obra que no se había concluido, en contravención del artículo 38 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-004 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que el ayuntamiento de Tlanchinol, Hidalgo concluya la obra y se formalice la recepción de la misma mediante la elaboración del acta respectiva, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Tula de Allende
Se determinó que se le transfirieron recursos por 14,822.8 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de diecisiete obras, por 2,700.9 miles de pesos, y en la realización de cuatro acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, por 12,121.9 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 63 observaciones: 32 administrativas y 31 económicas. Estas últimas, por 2,817.2 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica y falta de calidad en los trabajos ejecutados, y la realización de las acciones sociales. AL 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas fueron debidamente solventadas, y 15 obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad, y conforme al objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, dos de ellas estaban en construcción y de una no se había formalizado su recepción, mediante la elaboración del acta correspondiente.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tula de Allende, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó que dos obras no se habían concluido y no se había formalizado la recepción de una, en contravención de los artículos 38 y 45 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-005 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que se concluyan las dos obras en proceso y formalice la recepción que se encuentra pendiente mediante la elaboración del acta respectiva, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Zimapán
Se determinó que se le transfirieron recursos por 6,986.8 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en la construcción de veintinueve obras, por 3,186.7 miles de pesos, y para la realización de ocho acciones sociales básicas, en atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes por 3,800.1 miles de pesos. El alcance de la revisión fue del 100%, y como resultado se formularon 118 observaciones: 31 administrativas y 87 económicas. Estas últimas, por 3,143.5 miles de pesos, se relacionaron con el proceso constructivo: atrasos en la ejecución, inobservancia de la normativa técnica y falta de calidad en los trabajos ejecutados. Al 28 de enero de 2002, las observaciones administrativas y económicas fueron debidamente solventadas, y las obras se concluyeron en tiempo y forma, con buena calidad y conforme al objetivo para el cual fueron construidas; sin embargo, de dos obras no se había formalizado su recepción mediante las actas correspondiente.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Zimapán, Hidalgo, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó que existen dos obras de las que no se había formalizado su recepción mediante las actas correspondientes, en contravención del artículo 45 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado.
Acción Promovida
00-60130-2-388-01-006 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Hidalgo gestione lo conducente a fin de que se formalice la recepción de dos obras mediante la elaboración de las actas respectivas, y del resultado informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Objetivo
Verificar que las aportaciones federales del Ramo General 33, relativas al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, transferidas al estado de Hidalgo, se ejercieron en los propósitos para los cuales fueron destinadas en cumplimiento con la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante 2000 y demás normatividad aplicable.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta la inseguridad pública que prevalece en el país, por el monto de los recursos asignados al estado de Hidalgo, por el impacto social que representó el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y porque en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1999 no se revisó esta entidad federativa.
Antecedentes
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, penúltimo y último párrafos, determina que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala y ordena que dichas instancias se coordinarán para establecer el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para este efecto, la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone en su artículo 11 que las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación.
De acuerdo con lo anterior, el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Hidalgo suscribieron el Convenio de Coordinación para la realización de acciones del Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000; el 4 de septiembre de 1998 se constituyó el Fideicomiso Irrevocable de Administración e Inversión para que el fiduciario administrara e invirtiera el patrimonio fideicomitido en los diversos instrumentos bancarios que ofrecía el sistema BANRURAL, con los rendimientos y plazos más convenientes para el fideicomitente. El fideicomiso constituido se denominó Fondo de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo (FOSEG).
De acuerdo con lo previsto en el artículo 80, párrafo tercero, de la Ley de Instituciones de Crédito, el fideicomitente constituyó un Comité Técnico, que se integró por seis miembros; un representante del fideicomitente, dos representantes del Consejo de Seguridad Pública, un representante del Sistema Nacional de Seguridad Pública, un representante de la Contraloría del Estado y un representante del fiduciario.
Con fundamento en las atribuciones que le confieren a esta entidad de fiscalización superior de la Federación los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o., 19, 20 y demás relativos a la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, así como 1o., de su Reglamento Interior, el Auditor Superior de la Federación, informó al Gobernador Constitucional del estado de Hidalgo, mediante el oficio núm. OASF-FR-1482/01 del 14 de septiembre de 2001, el inicio de los trabajos a realizar en esa entidad federativa, con objeto de verificar que los recursos del Ramo General 33, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, en lo relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, ejercidos por el estado de Hidalgo, se utilizaron en los propósitos para los cuales fueron destinados, en cumplimiento de los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
Alcance
La transferencia de los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, asignados al estado de Hidalgo, ascendió a 131,688.4 miles de pesos, de los cuales fueron ejercidos 127,297.4 miles de pesos, que representaron el 96.7% del total asignado. Con el análisis documental se comprobó que el ejercicio de los recursos ascendió a la cantidad de 55,628.9 miles de pesos, monto que representó el 43.7% y en cuanto al reconocimiento físico, se realizó en los bienes adquiridos y las obras, por un importe de 41,488.3 miles de pesos, que alcanzó (39.6%) del total.
Áreas Revisadas
La revisión se efectuó en la Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo, la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de la Secretaría de Finanzas, la Dirección General de Administración y Evaluación de la Secretaría de Obras Públicas, al Consejo Estatal de Seguridad Pública, la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito, el Centro Estatal de Telecomunicaciones C-4, el Fiduciario BANRURAL, el Cereso de La Lima, en el municipio de Jaltocán, Hidalgo, el Servicio Médico Forense y el Instituto de Formación, Actualización y Capacitación de la Seguridad Pública.
Resultado
De conformidad con el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de la Secretaría de Gobernación, publicó en el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2000 los Criterios de Asignación para la distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), y le asignó al estado de Hidalgo la cantidad de 131,688.4 miles de pesos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE) radicó al Fideicomiso de Administración e Inversión Irrevocable, denominado Fondo de Seguridad Pública del Estado de Hidalgo (FOSEG), el 100% de los recursos del FASP, como se detalla a continuación:
FONDO
DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL D. F.
RECURSOS
CALENDARIZADOS Y RADICADOS, HIDALGO 2000
(Miles
de pesos)
|
Mes |
Autorizados |
Recibidos |
Diferencia |
|
Enero |
5,267.5 |
5,267.5 |
0.0 |
|
Febrero |
10,535.1 |
10,535.1 |
0.0 |
|
Marzo |
10,535.1 |
10,535.1 |
0.0 |
|
Abril |
10,535.1 |
10,535.1 |
0.0 |
|
Mayo |
10,535.1 |
10,535.1 |
0.0 |
|
Junio |
10,535.1 |
10,535.1 |
0.0 |
|
Julio |
23,703.9 |
23,703.9 |
0.0 |
|
Agosto |
23,703.9 |
23,703.9 |
0.0 |
|
Septiembre |
13,168.8 |
13,168.8 |
0.0 |
|
Octubre |
13,168.8 |
13,168.8 |
0.0 |
|
T o t a l |
131,688.4 |
131,688.4 |
0.0 |
FUENTE: Calendarización de los recursos del FASP
2000, según el Diario Oficial de la Federación del 25 de enero 2000 y recibos
de retiro de fondos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado de
Hidalgo.
Del total de los recursos transferidos por 131,688.4 miles de pesos por parte de la TESOFE al Gobierno del estado de Hidalgo, no existió diferencia entre los recursos calendarizados y los recibidos por el FOSEG.
Resultado
La SHCP efectuó la transferencia de los recursos por conducto de la TESOFE por 131,688.4 miles de pesos, a través de Cuentas por Liquidar Certificadas y fueron distribuidos para gastos de operación, inversión y obra pública, como se detalla a continuación:
FONDO DE
APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL D. F.
MINISTRACIONES
RECIBIDAS POR CONCEPTO DE GASTO, HIDALGO 2000
(Miles de
Pesos)
|
|
|
|
|
||
|
Núm. de CLC |
Fecha
de recepción |
Gasto
de operación |
Gasto
de Inversión |
Obra Pública |
Total |
|
3300420 |
10/01/00 |
503.4 |
1,433.0 |
3,331.1 |
5,267.5 |
|
3300388 |
14/02/00 |
1,006.8 |
2,866.1 |
6,662.2 |
10,535.1 |
|
3300796 |
13/03/00 |
1,006.8 |
2,866.1 |
6,662.2 |
10,535.1 |
|
3301196 |
12/04/00 |
1,078.5 |
8,512.7 |
943.9 |
10,535.1 |
|
3301386 |
08/05/00 |
1,078.5 |
8,512.7 |
943.9 |
10,535.1 |
|
3301895 |
12/06/00 |
1,060.6 |
7,101.1 |
2,373.5 |
10,535.2 |
|
3302295 |
10/07/00 |
4,311.8 |
12,801.1 |
6,590.9 |
23,703.9 |
|
3302813 |
14/08/00 |
4,311.8 |
12,801.1 |
6,590.9 |
23,703.9 |
|
3303131 |
11/09/00 |
4,798.3 |
7,111.7 |
1,258.9 |
13,168.8 |
|
3303522 |
09/10/00 |
4,798.2 |
7,111.7 |
1,258.9 |
13,168.8 |
|
|
Totales |
23,954.7 |
71,117.3 |
36,616.4 |
131,688.4 |
FUENTE: Relación de CLC. Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
Se verificó que las ministraciones recibidas de la SHCP por conceptos de gastos de operación, inversión y obra pública, fueron depositados en el FOSEG en tiempo y forma.
Resultado
La asignación y ejercicio de los recursos del FASP por 131,688.4 y 127,297.4 miles de pesos, respectivamente, fueron autorizados para su distribución en 3 ejes estratégicos y 12 programas, según el convenio de coordinación 2000 y los anexos técnicos, como se detallan a continuación:
FONDO DE
APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL D.F.
AVANCE
FÍSICO-FINANCIERO EJERCIDO AL 31 DE ENERO DE 2002, HIDALGO 2000
(Miles de
pesos)
|
Eje Estratégico y programas |
Recursos radicados |
Recursos ejercidos |
Recursos por ejercer |
|
|
Profesionalización |
20,180.0 |
17,540.0 |
2,640.0 |
|
|
1 |
Formación Policial |
6,008.6 |
3,368.6 |
2,641.0 |
|
2 |
Capacitación
Especializada |
419.7 |
419.7 |
0.0 |
|
3 |
Dotaciones Complementarias |
13,751.7 |
13,7517 |
0.0 |
|
Equipamiento, Tecnología e Infraestructura |
106,188.4 |
104,768.4 |
1,420.0 |
|
|
4 |
Equipamiento de Corporaciones |
31,042.2 |
29,652.2 |
1,390.0 |
|
5 |
Equipo de Laboratorio para
Investigación Criminalística |
1,476.0 |
1,471.0 |
5.0 |
|
6 |
Construcción y Dignificación de
la Infraestructura Penitenciaria |
31,709.3 |
31,709.3 |
0.0 |
|
7 |
Construcción y Dignificación de
Infraestructura de Seguridad Pública |
3,607.0 |
3,607.0 |
0.0 |
|
8 |
Sistema Nacional de Información
sobre Seguridad Pública |
5,967.7 |
5,962.7 |
5.0 |
|
9 |
Red Nacional de
Telecomunicaciones |
32,386.2 |
32,386.2 |
0.0 |
|
Instancias de Coordinación |
5,320.0 |
4,970.0 |
350.0 |
|
|
10 |
Participación de la Comunidad |
350.0 |
0.0 |
350.0 |
|
11 |
Seguimiento y Evaluación |
2,100.0 |
2,100.0 |
0.0 |
|
12 |
Apoyo a Tribunales Superiores de
Justicia |
2,870.0 |
2,870.0 |
0.0 |
|
|
Total |
131,688.4 |
127,297.4 |
4,390.0 |
FUENTE: Avance
Financiero al 31 de enero de 2002 (ejercicio 2000), emitido por el Consejo
Estatal de Seguridad Pública.
Del total de los recursos autorizados por 131,688.4 miles de pesos para los 12 programas, al 31 de enero de 2002 no se ejercieron 4,390.0 miles de pesos que representaron el 3.3% del total de los recursos radicados; la diferencia no ejercida por 2,640.0, 1,390.0 y 350.0 miles de pesos, representó el 99.8% del total, que correspondió a los programas de Formación Policial, Equipamiento de Corporaciones y Participación de la Comunidad.
Resultado
Se observó que el Banco de Crédito Rural del Centro Sur S. N. C., fiduciario del fideicomiso expidió cheques a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del estado de Hidalgo, los cuales fueron depositados en las cuentas de esa dependencia, los cuales no se aplicaron inmediatamente en su totalidad, por lo que existen saldos, en contravención del contrato del fideicomiso, del 4 de septiembre de 1998, en el que se establece que el fiduciario por instrucciones escritas del comité técnico y con cargo al patrimonio fideicomitido, entregue las sumas de dinero a las personas físicas o morales que en razón de sus atribuciones contribuye directa o indirectamente a preservar la seguridad pública del Estado de Hidalgo que dicho órgano colegiado le señale, a efecto de cubrir el costo de las acciones prevista en el convenio y en los anexos técnicos, que permitan la instrumentación del Programa de Seguridad Integral, con la única obligación del fiduciario de recavar el recibo correspondiente, además de que el fiduciario, de conformidad con las instrucciones escritas por el comité técnico entregue, mediante pago directo al proveedor por la adquisición de insumos, las cantidades de dinero que dicho cuerpo colegiado determine.
Observación
El Banco de Crédito Rural del Centro Sur S.N.C., fiduciario del fideicomiso expidió cheques a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del estado de Hidalgo, por 97,895.2 miles de peso, los cuales fueron depositados en la cuenta bancaria de la Secretaría de Finanzas y Administración del estado de Hidalgo para el pago a proveedores y contratistas, sin embargo no fueron depositados los intereses que se generaron por el manejo de estos recursos, en contravención de la cláusula cuarta-de los fines-incisos a y b, del contrato del fideicomiso .
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-001 Recomendación
Es necesario que Comité Técnico del FOSEG en el estado de Hidalgo en lo sucesivo, de cumplimiento a lo estipulado en el contrato del fideicomiso y en las reglas de operación, con el fin de que el fiduciario entregue pagos directos al proveedor o al contratista por la adquisición de insumos o estimaciones de obra realizada, e informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría del estado de Hidalgo investigue el destino de los intereses que generaron los 97,895.2 miles de pesos que fueron entregados a la Secretaria de Finanzas y Administración y en lo sucesivo vigile el cumplimiento de lo estipulado en el contrato del fideicomiso y en las reglas de operación, con el fin de que el fiduciario entregue pagos directos al proveedor o al contratista por la adquisición de insumos o estimaciones de obra realizada, e informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se verificaron los informes financieros que emite mensualmente el Banco de Crédito Rural del Centro Sur S. N. C., fiduciario del fideicomiso y no reflejan las existencias reales de los recursos fideicomitidos, ya que existen en los registros de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del estado de Hidalgo, saldos de los cheques expedidos a favor de esa dependencia, en contravención del contenido del contrato del fideicomiso, del 4 de septiembre de 1998, en el que se establece la apertura de una contabilidad especial para el registro de las aportaciones, incrementos o disminuciones del fondo fideicomitido, consignando tales movimientos en su propia contabilidad y elaborando estados financieros particulares mensuales; por lo que se refiere a los informes que elabora el fiduciario sólo se reconocen los ingresos y los gastos cuando se cobran o pagan, y no cuando se devengan o realizan, en contravención de los principios básicos de contabilidad gubernamental.
Observación
Los informes financieros que emite el Banco de Crédito Rural del Centro Sur S. N. C., fiduciario del fideicomiso no reflejan las existencias reales de los recursos fideicomitidos, ya que en los registros de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del estado de Hidalgo a la fecha de la revisión presentó un saldo por ejercer de 7,206.8 miles de pesos de los cheques expedidos a su favor, en contravención de la cláusula sexta - De las Obligaciones del Fiduciario- inciso c; del contrato del fideicomiso los informes financieros emitidos por el fiduciario sólo reconocen los ingresos y gastos cuando se cobran o pagan, y no cuando se devengan o realizan, en contravención del principio básico de contabilidad gubernamental Base de Registro.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del estado de Hidalgo, como integrante del comité técnico, en lo sucesivo vigile el cumplimiento de lo estipulado en el contrato de fideicomiso y en las reglas de operación, con el fin de que el fiduciario del fideicomiso lleve una contabilidad especial y elabore estados financieros particulares mensuales y que los registros den cumplimiento de los principios básicos de contabilidad gubernamental y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se verificó que por instrucciones del Secretario Técnico del Fideicomiso, el Banco de Crédito Rural del Centro Sur, S. N. C., fiduciario del fideicomiso llevó a cabo la apertura, el 20 de octubre de 2000 de una cuenta productiva por 5,343.0 miles de dólares, al tipo de cambio de 9.57 pesos; al 31 de enero de 2002 tenía un saldo en moneda nacional de 8,505.9 miles de pesos, equivalente a 943.0 miles de dólares al tipo de cambio de 9.02 pesos; se investigó que el objetivo de esta decisión fue establecer un blindaje financiero que permitiera cumplir con los compromisos contraídos, sin que exista el acuerdo del comité técnico, aun cuando posteriormente en sesión ordinaria del 22 de mayo de 2001, se ratificó continuar con la cuenta en dólares; sin embargo la cuenta en dólares no forma parte del patrimonio del fideicomiso, en contravención del contrato del fideicomiso, que establece que el fiduciario administre e invierta el patrimonio en los diversos instrumentos bancarios que ofrece el sistema BANRURAL, con los rendimientos y plazos más convenientes para el fideicomitente.
Observación
Se aperturó una cuenta en dólares en el Banco de Crédito Rural del Centro Sur, S. N. C., fiduciario del fideicomiso sin autorización del comité técnico, misma que posteriormente, en sesión ordinaria se ratificó continuar con ella, con el objetivo de establecer un blindaje financiero sin embargo la cuenta en dólares no forma parte del patrimonio del fideicomiso en contravención del contrato del fideicomiso, del 4 de septiembre de 1998, en el que se establece, en la cláusula cuarta- De los Fines- que el fiduciario administre e invierta el patrimonio en los diversos instrumentos bancarios, que ofrece el sistema BANRURAL, con los rendimientos y plazos más convenientes para el fideicomitente.
Acción Promovida
00-50130-2-084-03-001 Solicitud de Aclaración
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del estado de Hidalgo, en lo sucesivo dé cumplimiento a lo estipulado en el contrato de fideicomiso y las reglas de operación, con el fin de que el fiduciario administre e invierta adecuadamente el patrimonio fideicomitido y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se observó que las adquisiciones de bienes para el equipamiento de las obras y la construcción del Cereso en Jaltocán por 35,448.0 miles de pesos, así como la construcción del Servicio Médico Forense por 3,466.0 miles de pesos se adjudicaron directamente, en contravención de las reglas de operación del fideicomiso, del 29 de octubre de 1998, en las cuales se establece en el capítulo II Del Comité Técnico, cláusula décima- El Comité Técnico, además de las facultades contenidas en el contrato constitutivo del fideicomiso, tendrá las facultades siguientes: e) Será responsabilidad del Comité Técnico y de las instancias que ejecuten las acciones previstas en el FOSEG, el de observar lo dispuesto en la Ley Estatal de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles, Ley Estatal de Obras Públicas y Ley Estatal de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como aquellas que le sean aplicables.
Observación
Se constató que las obras realizadas y equipamiento del Cereso en Jaltocán, por 35,448.0 miles de pesos, y del Servicio Médico Forense por 3,466.0 miles de pesos, fueron adjudicados directamente, en contravención de los artículos 31, 54 y 55 de la Nueva Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo y de los artículos 23 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Hidalgo; las adjudicaciones directas de obra y de equipamiento del Cereso y del Servicio Médico Forense fueron acordadas y autorizadas sin tener facultades para ello, por el Secretario de Obras Públicas y por el Subsecretario de Operaciones, el Subsecretario de Administración de Programas, el Director General de Administración y el Director de Programas, Concursos y Contratos todos ellos funcionarios de la misma secretaría, en contravención de los artículos 28, 31, 54 y 55 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-002 Recomendación
Es necesario que Comité Técnico del FOSEG en el estado de Hidalgo, en lo sucesivo vigile a los entes ejecutores del gasto para que se apeguen a lo establecido en las reglas de operación del fideicomiso y del resultado de su gestión informe a la Auditoria Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del Gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones inicie el procedimiento administrativo correspondiente, respecto a las irregularidades observadas en la adjudicación y autorización de las obras y equipamiento y del resultado de su gestión informe a la Auditoria Superior de la Federación.
Resultado
Se determinó que el fiduciario no recibe copia de la comprobación de los gastos, por lo tanto no cuenta con elementos para el registro contable de las operaciones, en contravención del contrato del fideicomiso y de las reglas de operación del 29 de octubre de 1998, en las cuales se establece que una vez que los proveedores y contratistas, así como los prestadores de servicios hayan cumplido a satisfacción del fideicomitente y fideicomisarios el suministro de bienes, la ejecución de las obras o la prestación del servicio, el comité técnico dará aviso del pago al fiduciario, remitiéndole copia de la comprobación que respalde las operaciones autorizadas por el propio comité, en forma adjunta a la instrucción de pago para su registro contable.
Observación
El fiduciario no cuenta con elementos para el registro contable de las operaciones, ya que no recibe la copia de la comprobación de los gastos, en contravención del contrato, en las cláusulas décima incisos a) e) e1) y de las reglas de operación del fideicomiso en el capítulo IV. De las Obligaciones del Fiduciario, cláusula vigésima cuarta- Una vez que los proveedores y contratistas, así como los prestadores de servicios hayan cumplido a satisfacción del fideicomitente y fideicomisarios el suministro de bienes, la ejecución de las obras o la prestación del servicio, el comité técnico dará aviso del pago al fiduciario, remitiéndole copia de la comprobación que respalde las operaciones autorizadas por el propio comité, en forma adjunta a la instrucción de pago para su registro contable.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-003 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Comité Técnico del fideicomiso del estado de Hidalgo dé cumplimiento a lo establecido en el contrato y en las reglas de operación del fideicomiso, entregando al fiduciario copia de la comprobación que respalde las operaciones autorizadas por el propio comité, en forma adjunta a la instrucción de pago para su registro contable y de las acciones que se implementen informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El eje estratégico Profesionalización, estaba integrado por tres programas: Formación Policial, Capacitación Especializada y Dotaciones Complementarias, asignándoles recursos por 6,008.6, 419.7 y 13,751.7 miles de pesos, respectivamente, totalizando 20,180.0 miles de pesos; se ejercieron recursos en los tres programas por 3,368.6, 419.7 y 13,751.7 miles de pesos, totalizando 17,540.0 miles de pesos; el reporte de avance físico-financiero que emitió el Consejo Estatal de Seguridad Pública coincidió con las cifras del emitido por la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de la Secretaría de Finanzas y Administración del estado. El programa de Formación Policial tiene por objeto efectuar acciones específicas para evaluar la capacidad de los funcionarios mediante exámenes, promoviendo esquemas de servicio civil de carrera en materia de seguridad pública, así como cursos de capacitación impartidos por la Academia Nacional de Seguridad Publica; el saldo por ejercer al 31 de enero de 2002 ascendió a 2,640.0 miles de pesos originado por el incumplimiento de las metas, al no haber realizado, en función de lo programado 1,252 cursos, 5,699 exámenes y no haber otorgado 125 becas, en contravención del Programa Estatal de Seguridad Pública.
Observación
En el programa de Formación Policial al 31 de enero de 2002 tiene un saldo por ejercer de 2,640.0 miles de pesos originado por el incumplimiento de metas al no haber realizado, en función de lo programado 1,252 cursos, 5,699 exámenes y no haber otorgado 145 becas, en contravención del anexo técnico y el Programa Estatal de Seguridad Pública.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-004 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del estado de Hidalgo, instrumente los mecanismos necesarios a fin de que se cumplan las metas o se justifique el incumplimiento de las mismas y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El programa de Capacitación Especializada está orientado para la realización de cursos de alto nivel en aspectos técnicos, prácticos y operativos en materia de seguridad pública, que en la profesionalización de los mandos medios y superiores; este programa es ejercido por dos entes ejecutores: la Procuraduría General de Justicia del estado y la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito, quienes ejercieron totalmente los recursos asignados por 419.7 miles de pesos, verificando la existencia de la documentación comprobatoria del gasto, la cual reunió los requisitos administrativos y fiscales. Las metas establecidas fueron cumplidas al 100%.
Resultado
El programa de Dotaciones Complementarias tuvo una asignación de 13,751.7 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en su totalidad; su finalidad es estimular la capacidad del personal en activo adscrito a las áreas de procuración de justicia del estado; se procedió a la revisión de las nóminas del año 2000 en la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito del estado, constatándose la comprobación de pago a los beneficiarios; así mismo se solicitaron las nóminas de los meses de enero y de junio de 2000 a la Procuraduría General de Justicia del estado, manifestando que no contaban con ellas por tener establecido el sistema de pago electrónico; en tal virtud se requirió la documentación comprobatoria del gasto a la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad y al fiduciario, el que informó que no se elaboraron las nóminas correspondientes, en contravención de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del estado de Hidalgo.
Observación
La documentación comprobatoria del pago por concepto de complemento de percepciones, con el fin de estimular la capacidad del personal en activo, adscrito a las áreas de procuración de justicia, en la Procuraduría General de Justicia del estado, no se elaboraron las nóminas correspondientes, en contravención del articulo 38, fracción II, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-005 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Finanzas del estado de Hidalgo, en lo sucesivo, obtenga debidamente requisitada la comprobación del gasto por concepto de las dotaciones complementarias y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El eje estratégico Equipamiento, Tecnología e Infraestructura, está integrado por seis programas: Equipamiento de Corporaciones, Adquisición de Equipo de Laboratorio para la Investigación Criminalística, Construcción y Dignificación de Infraestructura Penitenciaria, Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública, Sistema Nacional de Información sobre Seguridad Pública y Red Nacional de Telecomunicaciones, asignándoles recursos por un total de 106,188.4 miles de pesos, se ejercieron recursos en los seis programas por 104,768.4 miles de pesos y el saldo por ejercer ascendió a 1,400.0 miles de pesos; el programa de Equipamiento de Corporaciones, tiene por objeto abastecer a las corporaciones policiales de procuración de justicia, lo necesario para su operación y tuvo una inversión de 31,042.2 miles de pesos, se ejercieron 29,652.2 miles de pesos, reflejando un saldo de 1,390.0 miles de pesos; de las adquisiciones de vehículos con cargo a este programa, se le asignaron a la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito, 33 vehículos por un monto de 4,229.1 miles de pesos y se revisó el 100% de los resguardos proporcionados por la Oficialía Mayor y los internos; se efectuó la inspección física de 18 vehículos por un monto de 2,427.3 miles de pesos, que representó el 57.4% del monto total y se verificaron los números de serie, inventario y económico de placas.
La adquisición de armamento y municiones se adjudicó directamente, en virtud de que la Secretaria de la Defensa Nacional es la única facultada para proveer de armamento y municiones; se revisó la factura que emitió por 5,533.1 miles de pesos y el pago que realizó el estado a Banjército por 5,532.7 miles de pesos, se detectó una diferencia por .4 miles de pesos; se revisaron los resguardos que elabora la Oficialía Mayor y los internos; se efectuó la inspección física a 200 subametralladoras marca Mendoza, así como a 46 pistolas marca Ceska 9 mm; se verificaron las compras de equipo antimotín (cascos, chalecos, toletes y escudos) por 1,279.7 miles de pesos, en este rubro se efectuaron compulsas con tres proveedores los que no manifestaron ninguna diferencia.
Se asignaron a la Procuraduría General de Justicia del estado 24 vehículos por un monto de 3,810.2 miles de pesos; se revisó el 100% de los resguardos proporcionados por Oficialía Mayor y los internos; se efectuó la inspección física y se verificaron los números de serie, inventario, económico, de placas y la adscripción de 12 vehículos por un monto de 1,539.8 miles de pesos, que representa el 40% del monto total.
El saldo del programa de Equipamiento de Corporaciones por 1,390.0 miles de pesos, se originó por el incumplimiento de las metas originales, pues no se adquirieron 50 armas cortas, 50 armas largas y 43,984 municiones, pero se compraron, en exceso,1,806 equipos antimotines y 16 vehículos.
Observación
El programa de Equipamiento de Corporaciones, tiene por objeto abastecer a las corporaciones policiales de lo necesario para su operación y tuvo una inversión de 31,042.2 miles de pesos, se ejerció 29,652.2 miles de pesos, lo que refleja un saldo de 1,390.0 miles de pesos. El saldo se originó por el incumplimiento de las metas, al dejar de adquirir 50 armas cortas, 50 armas largas y 43,984 municiones, así como por haber adquirido de más 1,806 equipos antimotines y 16 vehículos con relación con los programas originales, en contravención de los anexos técnicos y del Programa Estatal de Seguridad Pública.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-006 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del estado de Hidalgo instrumente los mecanismos necesarios a fin de que se cumplan las metas, así como que justifique los motivos del saldo por ejercer y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Al Programa de Adquisición de Equipo de Laboratorio para la Investigación Criminalística, se asignaron de 1,476.0 miles de pesos; se ejercieron 1,471.0 miles de pesos y al 31 de enero de 2002 existía un saldo por ejercer de 5.0 miles de pesos. El programa tiene por objeto la modernización de instalaciones y del equipamiento de laboratorios para investigación Criminalística; la adquisición de estos equipos se adjudicó en forma directa y fue acordada por el Secretario de Obras Públicas, el Subsecretario de Operaciones, el Subsecretario de Administración de Programas, el Director General de Administración y el Director de Programas, Concursos y Contratos todos ellos servidores públicos de la Secretaría; en dos de las adquisiciones no se localizaron los pedidos para dos proveedores por un monto de 432.0 y 698.5 miles de pesos, en contravención de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles; se realizó la inspección física para verificar la existencia del equipo de laboratorio, el mobiliario e instalación, cotejando con las facturas el número de inventario y resguardos, y no se detectó ninguna diferencia.
Observación
La adquisición del equipo de laboratorio, mobiliario e instalación para investigación criminalistica fue adjudicado de manera directa, aunque debido haberse licitado de acuerdo con los montos autorizados para este tipo de adquisiciones y mediante acuerdo de los servidores públicos de la Secretaría de Obras Públicas del estado; en contravención a los artículos 23, 33 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente sobre las irregularidades observadas en la adjudicación y autorización del equipo de laboratorio y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El programa de Construcción y Dignificación de Infraestructura Penitenciaria tiene como objeto mejorar las condiciones de los internos mediante la modernización, equipamiento de las instalaciones de reclusión y le fueron asignados recursos por 31,709.3 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en su totalidad; se seleccionó entre ocho obras la del CERESO de La Lima, cuyo importe de 31,011.7 miles de pesos representó el 97.8% del total del programa; se ubica en el municipio de Jaltocán, Hidalgo y su construcción se comprobó en 11 contratos adjudicados directamente; se seleccionaron cuatro contratos: PNAP-2000-SOP-GOB-06-A, PNSP-2000-SOP-GOB-04-01, PNSP-SOB-GOB-10 y PNSP-2000-SOB-GOB-03 asignados a las empresas: Cachin, S.A. de C.V., Tecnología y Desarrollos, S.A. de C.V., Constructora y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V. y Cosmoservicios, S.A. de C.V., por 8,891.3, 3,424.3, 14,746.4 y 1,363.4 miles de pesos respectivamente, que totalizan 28,425.4 miles de pesos y representaron 91.7 % del costo de la obra; del análisis de la revisión documental se detectó que a los contratistas Cachin, S.A. de C.V., y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V., se les otorgaron anticipos del 50% del valor de las obras, para inicio de los trabajos, asímismo en las estimaciones a través de los números generadores del concepto de acero de refuerzo, se cubrió a la empresa Cachin S:A: de C.V., un excedente en volumetría de 19.8 toneladas de acero de diferentes diámetros, por un importe de 156.8 miles de pesos; Como resultado de la reunión de confronta la Secretaria de Obras del gobierno del estado de Hidalgo aportó la documentación comprobatoria que ampara el reintegro de 156.0 miles de pesos, por la empresa Cachin S.A. de C.V. mediante cheque núm. 0741819 de BBV Bancomer de fecha 2 de Abril de 2002 a favor del Gobierno del Estado con recibo núm. 66369 de la Secretaria de Finanzas y Administración de fecha 10 de Mayo de 2002.
Observación
Con el análisis de la documentación que comprueba la obra del CERESO La Lima se observó que a los contratistas Cachin, S.A. de C.V. y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V., se les pagaron anticipos del 50% para inicio de trabajos, en contravención del Manual para el Ejercicio de la Inversión Pública del Estado de Hidalgo, en su punto III, inciso 2.A, y 3 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo, asímismo se detectaron deficiencias e incumplimientos en las funciones de supervisión externa a la obra de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V., en contravención de los artículos 42 y 43 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo, así como de las cláusulas quinta y novena del contrato de obra.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto del otorgamiento indebido de los anticipos del 50% del valor de las obras realizadas por la empresa Cachin S.A. de C.V. así como el incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En la inspección del CERESO La Lima, ubicado en Jaltocán, estado de Hidalgo, se constató que la obra estuviera terminada y en funcionamiento. Sin embargo se detectaron en los edificios que lo integran deficiencias técnicas y de calidad que no corresponden con lo contratado y pagado. La Constructora y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V., realizó la obra del edificio de Admisión y las principales deficiencias son las siguientes: llaves de lavabos ahogadas con el recubrimiento, muros y aplanados desplomados, juntas abiertas entre muros y estructura, el concepto de concreto aparente en elementos estructurales no cumple con la especificación; el piso de loseta vidriada es de segunda clase y su colocación está mal ejecutada, pues acusa protuberancias y desniveles; la azotea carece de pendientes lo que causa encharcamientos y humedad; en los baños se utilizaron muebles sanitarios, tazas y lavabos de segunda clase, en incumplimiento de la especificación o marca que señala el análisis de precios unitarios del contratista (marca Ideal Stándar). Esa misma constructora realizó la obra del edificio de Juzgados y la deficiencia técnica detectada consistió en que el recubrimiento en la escalera principal se está desprendiendo y quebrando; Tales deficiencias contravienen de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo y el contrato de obra; Como resultado de la reunión de confronta la Secretaria de Obras del gobierno del estado de Hidalgo aportó la documentación comprobatoria que evidencia la corrección de las deficiencias enumeradas a excepción del piso de loseta vidriada, y muebles sanitarios, los cuales fueron penalizados con una deductiva de 17.2 y 17.0 miles de pesos respectivamente.
Observación
En la inspección realizada a la obra del CERESO La Lima, ubicado en Jaltocán, estado de Hidalgo, se observó deficiente calidad en los materiales y en la mano de obra de los trabajos ejecutados por la Constructora y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V., estas deficiencias muestran el incumplimiento de los procedimientos de supervisión externa, en contravención de la cláusula decimoquinta del contrato de obra y del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-006 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto deficiente calidad en los materiales y en la mano de obra de los trabajos ejecutados por la Constructora y Urbanizadora Anqu S.A. de C.V., así como el incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa del CERESO la Lima y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
De la inspección realizada al edificio de la Dirección del CERESO la Lima, construido por la empresa Constructora y Urbanizadora Anqu, S.A. de C.V., detectándose deficiencias técnicas de calidad que se indican: los pisos de concreto se encuentran en su mayoría fracturados, y parte de ellos están resanados deficientemente, en los baños se utilizaron muebles sanitarios, tazas y lavabos de segunda clase, en incumplimiento de la especificación o marca que en el análisis de precios unitarios del contratista señala ( marca Ideal Estándar), el concepto de "Concreto aparente" en elementos estructurales no cumple con las especificaciones del contrato, en contravención de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo; Como resultado de la reunión de confronta la Secretaría de Obras del gobierno del estado de Hidalgo aporto la documentación comprobatoria que evidencia la corrección de las deficiencias enumeradas.
Observación
En la inspección realizada al edificio de la Dirección en la obra del CERESO la Lima del estado de Hidalgo se observó deficiencias que muestran el incumplimiento de los procedimientos de supervisión externa, en contravención de la cláusula decimaquinta del contrato de obra artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-007 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto al incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa del Edificio de la Dirección en el CERESO la Lima y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La empresa Tecnología y Desarrollos S.A. de C.V., construyó el módulo central del CERESO La Lima; se detectaron deficiencias técnicas y de calidad que se indican: la colocación de muebles sanitarios en celdas se encuentra desalineada y desnivelada; pendientes inversas en pisos de charolas de baños: diferencia de medida en peraltes en las escaleras de concreto; la conexión de los alimentadores hidráulicos generales con las cuatro alas tienen error de diseño de instalación hidráulica y están funcionando provisionalmente; se detectó humedad en muros de escaleras; los empaques de las llaves de nariz de lavaderos, válvulas de globo de regaderas y válvulas de alta presión se encuentran deteriorados y con fugas, dado que hubo error de diseño al utilizar la misma columna de alimentación general como línea de abastecimiento de agua potable al penal; la losa-tapa de los depósitos de agua potable carecen de un acabado apropiado y de la pendiente necesaria para su desagüe; se detectó humedad en los muros laterales de los depósitos de agua, la salida de la alimentación general de los depósitos de agua está localizada a un tercio de la altura, por lo que sólo se utilizan tercios de su capacidad. Estas deficiencias contravienen del contrato de obra y de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo, además no fueron aplicadas las fianzas de vicios ocultos respectivas.
Observación
En la inspección realizada al modulo central del CERESO La Lima, ubicado en Jaltocán, estado de Hidalgo, se observaron deficiencias en la calidad de los materiales y mano de obra, errores en el diseño y ejecución de instalaciones hidráulicas, por parte de la empresa Tecnología y Desarrollos S.A. de C.V., así como deficiencias en la supervisión externa, en contravención de la cláusula decimoquinta del contrato de obra y del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-008 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto al incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa del modulo en el CERESO la Lima así como el contratista Tecnología y Desarrollos S.A. de C.V., lleve a cavo las reparaciones o en su caso haga efectiva la fianza de vicios ocultos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La empresa Cachin, S.A. de C.V., construyó el edificio de Servicios Generales en el Cereso La Lima; y en la inspección realizada, se detectaron deficiencias técnicas y de calidad que se indican: la banqueta de la zona de subestación eléctrica fue delimitada por un sardinel de concreto que sujeta la malla perimetral, que pasos que permitan el desalojo de agua pluvial, urge su solución para evitar riesgos mayores; la junta constructiva entre el núcleo de servicios generales y pasillo central presenta escurrimientos; el piso de loseta vidriada en la cocina presenta pendientes contrarias a las coladeras, protuberancias y desniveles, además no fueron aplicadas las fianzas de vicios ocultos respectivos. Estas deficiencias contravienen del contrato de obra y la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Observación
En la inspección realizada el edificio de Servicios Generales en el CERESO La Lima, se constató la deficiente calidad en los materiales y en la mano de obra en los trabajos ejecutados por la empresa Cachin, S.A. de C.V., así como incumplimiento y deficiente supervisión externa, en contravención de la cláusula decimaquinta del contrato de obra y del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo, además no se hizo efectiva la fianza de vicios ocultos.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-009 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto al incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa del edificio de Servicios Generales en el CERESO la Lima así como el contratista Cachin, S.A. de C.V., lleve a cabo las reparaciones o en su caso haga efectiva la fianza de vicios ocultos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra exterior del Cereso La Lima fue realizada por dos empresas: Cachin S.A. de C.V. y Constructora y Urbanizadora Anqu S.A. de C.V.; se detectaron en el caso de la primera empresa, deficiencias técnicas relativas a: pendientes inversas en banquetas exteriores y falta de chaflán y la mayoría de los registros areneros exteriores se encuentran rebosados; en el caso de la segunda empresa, la deficiencia mas importante es que la fosa de revisión de vehículos, carece de piso de cemento con cárcamo y los muros se encuentran desplomados y descuadrados, en contravención del contrato de obra y de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Observación
En la inspección realizada a la obra exterior del Cereso La Lima, ubicado en Jaltocán, estado de Hidalgo, se observó deficiente calidad en materiales y mano de obra en los trabajos ejecutados por los contratistas Cachin S.A. de C.V. y Constructora y Urbanizadora Anqu S.A. de C.V., así como el incumplimiento y deficiencia en la supervisión externa, en contravención de la cláusula decimoquinta del contrato de obra artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo, además no se hizo efectiva la fianza de vicios ocultos.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-010 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto al incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa de la obra exterior del CERESO la Lima así como los contratistas Cachin S.A. de C.V. y Constructora y Urbanizadora Anqu S.A. de C.V.; lleven a cabo las reparaciones o en su caso hagan efectivas las fianzas de vicios ocultos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Para la supervisión de la obra del CERESO de La Lima, se contrató a la empresa Cosmoservicios, S.A. de C.V., por un monto de 1,363.4 miles de pesos; sin embargo, las deficiencias técnicas y de calidad determinadas y el análisis documental comprueban que no cumplió con las funciones para las cuales fue contratada; en la bitácora de obra se encontró evidencia de los deficientes trabajos de supervisión externa en el desarrollo de la obra; en el contrato y en el anexo número 1 no se hace mención clara y específica de los alcances de las funciones, autoridad, responsabilidad e información y comunicación contratados para la obra, en contravención del contrato de supervisión y a la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Observación
Se determinó que la empresa Cosmoservicios S.A de C.V., no cumplió con las funciones de verificación y control de los trabajos efectuados en el Cereso La Lima; por lo que no cumplió los términos contractuales en contravención de la cláusula primera y decimasegunda del contrato de supervisión y de los artículos 37 y 42 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo, además no se hizo efectiva la fianza de vicios ocultos.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-011 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto al incumplimiento de la empresa Cosmoservicios S.A. de C.V por la supervisión externa, vigilando en lo sucesivo estos trabajos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se detectó que el equipamiento del Cereso La Lima, concepto que no se encuentra autorizado en el anexo técnico correspondiente, fue adquirido mediante el procedimiento de adjudicación directa, como lo son la adquisición de camas y escaleras por un importe de 451.3 miles de pesos, al proveedor Francisco Ramírez Ulloa, el equipamiento de la cocina y electrodomésticos por 1,005.6 miles de pesos, adquirido al proveedor Industrias Gosinox, S.A. de C.V. en contravención de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del estado de Hidalgo.
Observación
La adquisición del equipamiento por 1,005.6 y 451.3 miles de pesos del Cereso La Lima fue adjudicada de manera directa en contravención de los artículos 23, 33 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del estado de Hidalgo; la adjudicación directa fue acordada por el Secretario de Obras Públicas, el Subsecretario de Operaciones, el Subsecretario de Administración de Programas, el Director General de Administración y el Director de Programas Concursos y Contratos, todos ellos servidores públicos de la misma secretaría, en contravención de los artículos 28, 31, 54 y 55 de la Nueva Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-012 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las adjudicaciones directas del equipamiento en el Cereso La Lima por 1,005.6 y 451.3 miles de pesos, acordada por el Secretario de Obras Públicas, el Subsecretario de Operaciones, el Subsecretario de Administración de Programas, el Director General de Administración y el Director de Programas Concursos y Contratos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El programa de Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública tuvo una asignación de 3,607.0 miles de pesos y se ejerció la totalidad de los mismos; el programa tiene como objeto la realización de acciones relativas a la construcción y/o rehabilitación y dignificación de la infraestructura de seguridad pública; se realizó la inspección de la obra del Servicio Médico Forense, ubicado en el municipio de Pachuca de Soto del estado de Hidalgo, comprobado con contrato número PNSP-2000-SOP-GOB-01 y PNS-2000-SOP-GOB-01-01, adjudicado a la Inmobiliaria, Cruz y Compañía, S.A. de C. V., por 3,466.0 miles de pesos; con la revisión documental se detectó que el diseño estructural en cimentación está excedido en un 50% aproximadamente, dado que en el estudio de mecánica de suelos emitido por la compañía de diseño Ingeniería y Conservación, S.A. de C. V. se señala una resistencia de terreno de 12 toneladas sobre metro cuadrado, posteriormente la Secretaría de Obras Públicas señaló una resistencia de terreno de más de 20 toneladas sobre metro cuadrado. Sin embargo la prueba realizada a cielo abierto da una capacidad de carga del orden de 50 toneladas sobre metro cuadrado, que no son congruentes con la cimentación ejecutada; en la inspección física se verificó que la obra estuviera terminada y en funcionamiento, con calidad de material y mano de obra acorde con lo contratado y pagado, sin embargo se detectó que en el piso de loseta de granito en planta baja, la mayoría de las juntas de cemento blanco se están botando, que el impermeabilizante aplicado en azoteas a la fecha de la auditoría esta bastante deteriorado en su terminado final de terrracota, lo que ha originado humedad. Estas deficiencias contravienen la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo, además no se aplicaron las fianzas de vicios ocultos.
Observación
Con el análisis de la documentación técnica y plano estructural de cimentación de la obra del Servicio Médico Forense, ubicado en el municipio de Pachuca de Soto del estado de Hidalgo, se detectó incongruencia de diseño de cimentación, como evidencia por los valores de resistencia del suelo que determinaron diferentes instancias y por la distribución de las zapatas corridas, ya que en la zona de dos niveles están plantadas más escasas que en la zona de un solo nivel, donde las cargas axiales y de torsión teóricamente son menores; asimismo, en la inspección se detectó que, en el piso de loseta de granito de la planta baja, la mayoría de las juntas de cemento blanco se están botando, que el impermeabilizante aplicado en azoteas a la fecha esta bastante deteriorado en su terminado final de terrracota, lo que ha creado humedad. Estas deficiencias contravienen el artículo 11, fracción VII, de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-007 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Obras Públicas del estado de Hidalgo implemente los mecanismos necesarios para que en lo sucesivo evalúe correctamente los diseños y proyectos, asimismo la empresa Cruz y Compañía, S.A. de C. V., realice la reparación de los trabajos mal ejecutados o en su caso haga efectiva la fianza de vicios ocultos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-013 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las evaluaciones de los diseños y proyectos, asimismo vigile el cumplimiento de la aplicación de la fianza de vicios ocultos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se inspeccionaron las obras de construcción y rehabilitación consistentes en la ampliación de oficinas, construcción de comedor y cocina y rehabilitación de sistema eléctrico por 500.0 miles de pesos, realizada por administración directa; en la inspección física se verificó que la obra estuviera terminada y en funcionamiento, sin embargo existen deficiencias técnicas como son: pisos desnivelados, colocación de lambrínes de azulejo mal ejecutados, boquillas desniveladas y desplomadas, pasta en muros mal aplicada, impermeabilizante en azotea sin concluir, trabajos que evidencian una baja calidad de mano de obra y falta de supervisión adecuada, en contravención de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Observación
En la inspección física realizada por el Instituto de Formación, Actualización y Capacitación de la Seguridad Pública se constató que la obra estuviera terminada y en funcionamiento; sin embargo, se observó deficiente calidad de mano de obra y supervisión inadecuada de los trabajos ejecutados, en contravención del artículo 58 de la Ley de Obras Públicas del estado de Hidalgo.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-008 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Obras Públicas del estado de Hidalgo implemente los mecanismos necesarios para que en lo sucesivo evalúe correctamente los diseños y proyectos, asimismo el Instituto de Formación, Actualización y Capacitación de la Seguridad Pública., realice la reparación de los trabajos mal ejecutados y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-014 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las evaluaciones de los diseños y proyectos, asimismo vigile las reparaciones del Instituto de Formación, Actualización y Capacitación de la Seguridad Pública y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Al Programa Estatal Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencia, se asignaron 32,386.2 miles de pesos, de los cuales se ejerció la totalidad. El programa tiene por objeto establecer la intercomunicación con todo el territorio estatal y nacional, prestando los siguientes servicios a las instancias de coordinación y dependencias de los tres órdenes de gobierno: de voz, datos, imágenes, mensajería electrónica, acceso a base de datos, coordinación de acciones conjuntas y servicios de emergencia a favor de la comunidad; se revisó el ejercicio de cuatro subprogramas: Subcentro de Radiocomunicación por 27,405.0 miles de pesos, Telefonía (conmutador multimedia) por 490.0 miles de pesos, Red de Transporte por 1,400.0 miles de pesos y Servicio Telefónico de Emergencia por 3,091.2 miles de pesos, y se determinó que la aplicación de recursos cumplió con la normatividad.
Resultado
El eje estratégico Instancias de Coordinación está integrado por tres programas: Participación de la Comunidad, Seguimiento y Evaluación, y Apoyo a Tribunales Superiores de Justicia, a lo que se asignaron recursos por un total de 5,320.0 miles de pesos, pero sólo se ejercieron 4,970.0 miles de pesos; el saldo por ejercer ascendió a 350.0 miles de pesos y correspondió al primer programa, que tiene como objeto alcanzar una cultura de corresponsabilidad en materia de seguridad pública entre las autoridades e instituciones del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la ciudadanía; el saldo se originó por que no se cumplieron los metas establecidas, consistentes en cuatro proyectos, dieciocho comités y una campaña, lo cual contraviene del Programa Estatal de Seguridad Pública.
Observación
El programa de Participación de la Comunidad no ejerció la totalidad de los recursos asignados, según el anexo técnico correspondiente, por lo tanto no se cumplieron las metas correspondientes a cuatro proyectos, dieciocho comités y una campaña, en contravención del Programa Estatal de Seguridad Pública.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-009 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública instrumente los mecanismos necesarios a fin de que se cumplan las metas del Programa Estatal de Seguridad Pública y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El programa Seguimiento y Evaluación tiene la finalidad de verificar que los recursos destinados para la seguridad pública se aplicaron de conformidad con los términos que establecen los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, los convenios de coordinación, los anexos técnicos y demás normatividad; se asignaron recursos a este programa por 2,100.0 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en su totalidad; los recursos se destinaron a los subprogramas: Fortalecimiento del Consejo Estatal de Seguridad Pública, al de Seguimiento del Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000 e Informe de Evaluación, por 568.7, 981.3 y 550.0 miles de pesos, respectivamente; el Informe de Evaluación lo realizó la empresa Organización y Desarrollo de la Comunidad A.C., y en el cual se evalúan los años 1998, 1999 y 2000.
Resultado
El programa de Apoyo a Tribunales Superiores de Justicia tuvo una asignación de 2,870.0 miles de pesos, los cuales fueron totalmente ejercidos; el programa tiene como objeto fortalecer la profesionalización de los servidores públicos relacionados con la administración de justicia; estos recursos fueron autorizados con el acuerdo del Comité Técnico del fideicomiso núm. FS-28-05-2000 de fecha 17 de septiembre del 2000, para realizar los trabajos de rehabilitación de los Juzgados de Primera Instancia de los Distritos Judiciales de Apan, Actopan, Atotonilco el Grande, Ixmiquilpan, Jacalá, Molango, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo y Zimapan, por un importe de 1,320.0 miles de pesos según acta de entrega-recepción, así como para profesionalización, capacitación y especialización, en coordinación con la Academia Nacional de Seguridad Pública por 950.0 miles de pesos, y para la adquisición e instalación de equipo informático por 600.0 miles de pesos; se cotejaron las facturas y actas de entrega, y se determinó que se obró conforme a la normatividad.
Resultado
Los rendimientos financieros generados por las opciones de inversión determinadas por el fiduciario al 31 de diciembre de 2000, ascendieron a 6,446.7 miles de pesos y de conformidad con los acuerdos números FS-34-01-2000, FS-34-03-2000 y FS-34-34-2000 emitidos por el Comité Técnico del fideicomiso, se destinaron 6,000.0 al programa de Construcción y dignificación de la infraestructura penitenciaria (CERESO de La Lima), 80.5 miles de pesos para el programa de Construcción y Dignificación de la Infraestructura de Seguridad Pública (SEMEFO) y 366.2 miles de pesos para cubrir a la Secretaría de Contraloría del estado de Hidalgo el apoyo del 2.8 al millar convenido; los pagos fueron realizados directamente por la Secretaría de Finanzas y Administración, y en el reporte de Seguimiento Operativo del Fideicomiso de Seguridad Pública no se localizó registro alguno de dichos pagos; no se registraron las ampliaciones de metas por estos recursos y el último concepto de gasto no se encuentra establecido en la Ley de Coordinación Fiscal.
Observación
El importe de los rendimientos financieros generados en la cuenta de inversión fue autorizado por el Comité Técnico para utilizarse como ampliación de metas y no fue registrado como tal, los pagos se hicieron mediante la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno del estado; la autorización del importe de 2 al millar como apoyo a la Secretaría de la Contraloría del Estado para actividades en materia de auditoría, supervisión, control y evaluación de acciones, contraviene los artículos 45 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, las cláusulas cuarta, quinta y sexta del Convenio de Coordinación para Seguridad Pública 2000, y el Anexo Técnico del Programa de Seguimiento y Evaluación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-01-010 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Comité Técnico del Fideicomiso de Seguridad Pública del estado de Hidalgo dé cumplimiento a la normatividad aplicable e implemente procedimientos para el uso de los rendimientos financieros y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50130-2-084-02-015 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de Contraloría del gobierno del estado de Hidalgo, en el ámbito de sus atribuciones, inicie el procedimiento administrativo correspondiente respecto de los pagos que fueron realizados directamente por la Secretaría de Finanzas y Administración, y en el reporte de Seguimiento Operativo del Fideicomiso de Seguridad Pública no se localizó registro de dichos pagos con rendimientos financieros y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, se
determinaron 27
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Determinado
por la ASF al Gobierno
del Estado y Municipios |
Determinado
por el Órgano Superior de Fiscalización del Congreso Estatal |
Total |
|
Acciones Preventivas: |
|
|
|
|
-
Recomendación |
10 |
6 |
16 |
|
Subtotal |
10 |
6 |
16 |
|
Acciones
Correctivas: |
|
|
|
|
-
Solicitud de Aclaración |
1 |
0 |
1 |
|
-
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control |
15 |
0 |
15 |
|
Subtotal |
16 |
0 |
16 |
|
Total |
26 |
6 |
32 |
Del total general, 16 (50.0%) son de carácter correctivo, y 16 (50.0%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente público auditado y, en su caso, por las instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas y las disposiciones legales aplicables comunicando a la Auditoría Superior de la Federación el avance y solventación de las mismas.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión a Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1998 y 1999 se formularon 6 recomendaciones, de las cuales se han solventado 2 (33.3%) y quedan pendientes 4 (66.7%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1998 |
1999 |
||||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
||
|
Recomendaciones |
n/r |
n/r |
n/r |
6 |
6 |
|
a) Solventadas |
|
|
|
2 |
2 |
|
b) Por
solventar |
|
|
|
4 |
4 |
|
Total Emitido |
|
|
|
6 |
6 |
|
Total Solventado |
|
|
|
2 |
2 |
|
Porcentaje de Avance |
|
|
|
33.3% |
33.3% |
n/r: no revisado. No se
practicaron revisiones en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
6 |
0 |
2 |
0 |
4 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
10 |
6 |
0 |
0 |
10 |
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
16 |
0 |
0 |
0 |
16 |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
26 |
12 |
0 |
2 |
26 |
10 |