X.RAMO 33 "APORTACIONES FEDERALES PARA ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS" (2ª. Parte)
Recursos del
Fondo ejercidos por los municipios de Acapulco de Juárez, Atenango del Río, Buenavista
de Cuéllar, Coyuca de Benítez, Chilapa de Álvarez, Iguala de la Independencia,
Igualapa, Juan R. Escobedo, Olinalá, Mochitlán, Tepecoacuilco de Trujano, Gral.
Heliodoro Castillo, Tecpan de Galeana y Acatepec
Como resultado de las auditorías practicadas por la
Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, a la
aplicación y ejercicio de los recursos del Ramo General 33, Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios transferidos durante el
2000 a los ayuntamientos señalados, se determinó lo siguiente:
1.
Diversas
observaciones de tipo administrativo y financiero.
2.
Se fincó
responsabilidad preventiva a los presidentes municipales de todos los
ayuntamientos revisados.
Recursos del Fondo
Ejercidos por el Municipio de Igualapa
Con
la revisión de los recursos transferidos al estado de Guerrero, a través del Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado determinó lo
siguiente:
1. Una responsabilidad preventiva a cargo del
presidente municipal por 2,542.6 miles de pesos, integrados por 201.9 miles de pesos que corresponden a
gastos con irregularidades, 2,098.4 miles de pesos a saldos en la cuenta de
deudores diversos y 242.3 miles de pesos a deductivas de obra pública, en
contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
la Federación, 33 y 46 de
la Ley de Coordinación Fiscal.
Evaluación de los
Recursos del Programa Nacional de Seguridad Pública Transferidos al Estado de Guerrero
Con la revisión
de la documentación proporcionada por el FOSEG, relativa a los recursos del
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito
Federal, transferidos al estado de Guerrero durante el ejercicio fiscal de 2000,
se determinó lo siguiente:
1. Los recursos destinados a los programas
Equipamiento de Corporaciones, Tecnología y Dignificación de Infraestructura
Penitenciaria representaron el 79.1% del total autorizado; además, se observó
que en la ejecución de estos programas existen diversas adquisiciones y obra
pública realizadas por el procedimiento de adjudicación directa.
2.
La inversión autorizada en el Programa Tecnología se refiere a equipo
electrónico que forma parte de la Red Nacional de Seguridad Pública.
3.
No existe orden en el ejercicio del gasto debido a que se mezclan
recursos de otros ejercicios.
Recursos del Fondo
Ejercidos por el Fideicomiso de Seguridad Pública del Estado de Guerrero
Con
la revisión practicada, se determinó lo siguiente:
1.
Que el Comité
Técnico del FOSEG liberó recursos por 17,681.8 miles de pesos sin haber contado
con la autorización.
2.
Los
expedientes técnicos correspondientes a las adquisiciones no contenían la
documentación debidamente integrada relativa al proceso de contratación.
3.
No se contrató
mediante licitación pública la adquisición de 134 vehículos para el
equipamiento de corporaciones.
4.
No se cuenta
con un adecuado control de los bienes adquiridos con recursos del fondo.
5.
El gobierno
estatal no efectuó sus aportaciones complementarias conforme al calendario
convenido.
6.
El fiduciario
no cumplió con abrir una cuenta bancaria para cada uno de los programas
autorizados.
7.
Los
expedientes del personal al que se le cubrieron dotaciones complementarias no
contenían integrada la constancia de haber cumplido con los requisitos para
otorgarle dicho beneficio.
8.
En el
ejercicio del Programa Dotaciones Complementarias existe diferencia entre los
recursos liberados y los comprobados, además de que no se ajustaron a las metas
autorizadas.
9.
En la construcción
de la aeropista en Santa Cruz, municipio de Huamuxtitlán, se rebasó en 6,892.5
miles de pesos el presupuesto originalmente asignado para su construcción, de
9,000.0 miles de pesos.
10.
La ejecución
se realizó por administración directa, cuando debió ser mediante licitación
pública, además de no haber contado con normas y especificaciones
constructivas, ni con el proyecto ejecutivo avalado por las secretarías de
Gobernación y de Comunicaciones y Transportes.
11.
Se pago
indebidamente, con cargo en los recursos de este fondo, un estudio de impacto
ambiental, del cual, además, no se localizó constancia de su realización.
Objetivo
Verificar que los recursos federales del Ramo General 33 Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios asignados a los ayuntamientos de Acapulco de Juárez, Atenango del Río, Buenavista de Cuéllar, Coyuca de Benítez, Chilapa de Álvarez, Iguala de la Independencia, Igualapa, Juan R. Escudero, Olinalá, Mochitlán, Tepecoacuilco de Trujano, Gral. Heliodoro Castillo, Tecpan de Galeana y Acatepec, del estado de Guerrero se ejercieron de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representa la aplicación de los recursos canalizados a través de este fondo sujeto de revisión; el monto de recursos transferidos a los 14 ayuntamientos del estado; su número de habitantes y por el interés de la Cámara de Diputados de H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de estos recursos.
Antecedentes
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 2000 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º , fracciones I, II inciso b, III, IV, V, VI y X; 7º, fracciones VI, VIII, IX y XII; 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda y 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año y 46, fracciones III y IV de la Ley de Coordinación Fiscal, el Auditor Superior de la Federación solicitó al Contador Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero mediante oficio OASF-FR /1515/01 de fecha 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios transferidos a los H. Ayuntamientos de Acapulco de Juárez, Atenango del Río, Buenavista de Cuéllar, Coyuca de Benítez, Chilapa de Álvarez, Iguala de la Independencia, Igualapa, Juan R. Escudero, Olinalá, Mochitlán, Tepecoacuilco de Trujano, Gral. Heliodoro Castillo, Tecpan de Galeana y Acatepec, durante el 2000.
Alcance
De un total de 530,269.4 miles de pesos transferidos durante el ejercicio 2000 al estado de Guerrero para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado revisó el ejercicio de los recursos transferidos a los 14 ayuntamientos, de los cuales se revisó el 100.0% cuyo monto ascendió a 237,454.2 miles de pesos, como se muestra a continuación:
FONDO DE
APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS
MINISTRACIÓN
DE RECURSOS DEL FORTAMUN A LOS MUNICIPIOS,
POR
EJERCICIO FISCAL CUENTA PÚBLICA 2000
(Miles de
pesos)
|
Municipio |
Ministraciones
realizadas por la
SEFINA durante diciembre
de 1999. |
Ministraciones
realizadas por la SEFINA durante 2000. |
Otros Ingresos |
Total |
|
|
|
|
|
|
|
Acapulco de Juárez |
9,056.0 |
124,708.6 |
3,317.4 |
137,082.0 |
|
Atenango del Río |
113.4 |
1,561.6 |
0.0 |
1,675.0 |
|
Buenavista de Cuéllar |
153.9 |
2,119.9 |
51.6 |
2,325.4 |
|
Coyuca de Benítez |
889.3 |
12,246.0 |
0.0 |
13,135.3 |
|
Chilapa de Álvarez |
1,304.2 |
17,960.4 |
4.3 |
19,268.9 |
|
Iguala de la Independencia |
1,536.6 |
21,159.9 |
568.6 |
23,265.1 |
|
Igualapa |
116.9 |
1,610.2 |
0.0 |
1,727.1 |
|
Juan R. Escudero |
304.3 |
4,190.4 |
367.8 |
4,862.5 |
|
Olinalá |
258.3 |
3,557.3 |
144.4 |
3,960.0 |
|
Mochitlán |
130.5 |
1,797.1 |
0.4 |
1,928.0 |
|
Tepecoacuilco de Trujano |
436.2 |
6,006.3 |
165.1 |
6,607.6 |
|
Gral. Heliodoro Castillo |
436.1 |
6,005.2 |
2.8 |
6,444.1 |
|
Tecpan de Galeana |
816.2 |
11,239.7 |
0.0 |
12,055.9 |
|
Acatepec |
211.0 |
2,906.3 |
0.0 |
3,117.3 |
|
|
|
|
|
|
|
Total: |
15,762.9 |
217,068.9 |
4,622.4 |
237,454.2 |
FUENTE: Informes municipales proporcionados por la Contaduría Mayor de
Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero.
La revisión de las operaciones efectuadas comprendió el periodo del 1o. de diciembre de 1999 al 31 de diciembre del 2000, y consistió principalmente en el análisis de los estados financieros, estados de cuenta bancarios, recibos oficiales de ingresos, fichas de depósito, pólizas de egresos y de diario, registros contables y documentación comprobatoria que soporta el gasto de los recursos.
Áreas Revisadas
Los H. Ayuntamientos de Acapulco de Juárez, Atenango del Río, Buenavista de Cuéllar, Coyuca de Benítez, Chilapa de Álvarez, Iguala de la Independencia, Igualapa, Juan R. Escudero, Olinalá, Mochitlán, Tepecoacuilco de Trujano, Gral. Heliodoro Castillo, Tecpan de Galeana y Acatepec, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos transferidos al ayuntamiento de Acapulco de Juárez, ascendieron a 137,082.0 miles de pesos, integrados por 9,056.0 miles de pesos de ministraciones realizadas por la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del estado (SEFINA) correspondientes al ejercicio de 1999, 124,708.6 miles de pesos del ejercicio 2000 y 3,317.4 miles de pesos de productos financieros generados por los recursos del fondo.
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que el ayuntamiento ejerció 105,919.5 miles de pesos, de donde se detectaron gastos con observaciones por 16,067.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: falta de documentación comprobatoria en el pago de nóminas por 920.7 miles de pesos, empleados que presentan firmas diferentes en las nóminas de sueldos y salarios por 775.4 miles de pesos, comprobación documental con copias fotostáticas por 131.4 miles de pesos, falta de documentación comprobatoria por 698.0 miles de pesos correspondiente a los meses de abril y diciembre de 2000, documentación comprobatoria que no reúne los requisitos fiscales por 81.3 miles de pesos, transferencias no autorizadas del FORTAMUN a obras del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 10,529.8 miles de pesos, transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 1,165.6 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el impuesto al valor agregado por 1,765.7 miles de pesos.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Acapulco de Juárez, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 16,067.9 miles de pesos, de los cuales 11,695.4 miles de pesos corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas y 4,372.5 miles de pesos carecen de documentación comprobatoria, en contravención de lo dispuesto por los artículos 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-001 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Acapulco de Juárez por 16,067.9 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Atenango del Río ascendieron a 1,675.0 miles de pesos, integrados por 113.4 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA, correspondientes al ejercicio de 1999, y 1,561.6 miles de pesos transferidos durante el 2000.
Se comprobó que el ayuntamiento ejerció 1,172.2 miles de pesos, de los cuales 1,172.0 miles de pesos fueron destinados a gastos en materia del FORTAMUN y 0.2 miles de pesos a servicios generales, yexistieron irregularidades por un total de 13.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 7.7 miles de pesos, falta de documentación comprobatoria en el pago de servicios de arrendamiento y adquisición de municiones por 3.9 miles de pesos y documentación que presenta alteraciones en fechas y cantidades por 2.3 miles de pesos.
Asimismo, se constató que las cuentas de deudores diversos y de anticipo a proveedores presentan saldos pendientes de comprobar por 1.5 y 5.0 miles de pesos, respectivamente.
También se determinó que no observaron los principios de contabilidad gubernamental; se constató que el inventario del parque vehicular no se encuentra actualizado; se hicieron préstamos a empleados que no presentan pagarés; en algunos comprobantes de gasolina, mantenimiento y reparación de equipo de transporte no se especificaron las características de los vehículos que originaron el gasto y se autorizaron apoyos económicos a la policía del estado sin que existiera oficio de petición.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Atenango del Río, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 20.4 miles de pesos, de los cuales 13.9 miles de pesos corresponden a irregularidades observadas en el ejercicio de los recursos del FORTAMUN y 6.5 miles de pesos a saldos pendientes de comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-002 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Atenango del Río por 20.4 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Buenavista de Cuéllar, ascendieron a 2,325.4 miles de pesos integrados por 153.9 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999; 2,119.9 miles de pesos del ejercicio 2000 y 51.6 miles de pesos de ingresos extraordinarios.
Se constató que el municipio ejerció 1,674.8 miles de pesos, integrados por 1,672.2 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN, 1.7 miles de pesos a servicios generales (comisiones bancarias) y 0.9 miles de pesos a subsidios y apoyos, y se observaron irregularidades por 97.4 miles de pesos en los conceptos siguientes: documentación comprobatoria que no reúne los requisitos fiscales por 0.7 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 10.9 miles de pesos; falta de documentación comprobatoria por 6.7 miles de pesos correspondiente a los meses de marzo, junio y diciembre de 2000; transferencias no autorizadas del FORTAMUN al organismo operador de agua potable (CAPAMBC) por 75.2 miles de pesos; duplicidad en la contabilización de la adquisición de mobiliario por 0.7 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene impuesto al valor agregado acreditable por 3.2 miles de pesos; y una diferencia por 8.7 miles de pesos como resultado de las compulsas realizadas a proveedores.
Asimismo, se verificó que existen saldos pendientes de comprobar en las cuentas de caja, deudores diversos y anticipo a proveedores, por 120.5, 40.3 y 194.3 miles de pesos, respectivamente; hubo deficiencias de control interno ya que no se observaron los principios de contabilidad gubernamental al englobar en la cuenta de activo fijo la cuenta de mobiliario y equipo de oficina; se observó que algunas facturas de bienes y servicios no cumplen lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y se realizaron obras sin contar con los proyectos, presupuestos y calendarios de ejecución como lo señala la Ley de Obras Públicas del estado de Guerrero.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado, informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Buenavista de Cuellar existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 461.2 miles de pesos, integrados por 86.1 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 11.3 miles de pesos de gastos que carecen de documentación comprobatoria; 8.7 miles de pesos a compulsas realizadas con proveedores y 355.1 miles de pesos a saldos pendientes de comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-003 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Buenavista de Cuéllar por 461.2 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Coyuca de Benítez, ascendieron a 13,135.3 miles de pesos, integrados por 889.3 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA, correspondientes al ejercicio de 1999 y 12,246.0 miles de pesos transferidos durante el año 2000.
Se constató que el municipio ejerció 9,482.0 miles de pesos, integrados por 9,405.4 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN, 2.7 miles de pesos a servicios generales (comisiones bancarias y mantenimiento de equipo de transporte) y 73.9 miles de pesos a gastos de deuda pública y se verificó la existencia de gastos con irregularidades por 1,124.5 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN a obras del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 85.2 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 647.1 miles de pesos; documentación comprobatoria que no reúne los requisitos fiscales por 134.9 miles de pesos; comprobación documental con copias fotostáticas por 139.7 miles de pesos; gastos a nombre de particulares por 2.4 miles de pesos; pagos de nómina que carecen de firmas de algunos empleados por 6.9 miles de pesos; falta de documentación comprobatoria por 12.5 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 95.8 miles de pesos.
Asimismo, se determinó una diferencia por 148.7 miles de pesos como resultado de las compulsas realizadas a proveedores; un traspaso bancario a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de bancos donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 989.9 miles de pesos, y la existencia de saldos pendientes de comprobar en las cuentas de deudores diversos, anticipo a proveedores y anticipo a contratistas por 762.3, 11.0 y 1,530.0 miles de pesos, respectivamente.
En los gastos de obra pública observaron irregularidades como: recursos pendientes de comprobar por 1,530.0 miles de pesos; obras no ejecutadas; inconsistencias entre la documentación comprobatoria presentada y el monto de los anticipos reportados y obra ejecutada que carece de documentación comprobatoria.
Se determinó que hubo deficiencias de control interno debido a que el ayuntamiento no observó los principios de contabilidad gubernamental; los bienes adquiridos no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo, se realizaron diversos gastos por concepto de médicos, medicinas y adquisición de uniformes que no especifican las personas que lo originaron; en gastos por combustibles, lubricantes, neumáticos y mantenimiento de equipo de transporte no se especifican las características de los vehículos que los utilizaron; se otorgó un préstamo y se liberaron recursos a personas ajenas al ayuntamiento para la ejecución de obras y se detectaron deficiencias en la planeación y control de obras.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Coyuca de Benítez, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 4,566.4 miles de pesos, integrados por 732.3 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 392.2 miles de pesos a gastos con irregularidades; 148.7 miles de pesos a diferencias obtenidas por medio de compulsas; 989.9 miles de pesos correspondientes a traspasos bancarios indebidos y 2,303.3 miles de pesos a saldos pendientes por comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-004 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia de seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Coyuca de Benítez, por 4,566.4 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Chilapa de Álvarez, ascendieron a 19,268.9 miles de pesos integrados por 1,304.2 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999, 17,960.4 miles de pesos del ejercicio 2000 y 4.3 miles de pesos de rendimientos financieros generados durante ese año por los recursos del fondo.
Se constató que el municipio ejerció 17,273.2 miles de pesos correspondientes a gastos en materia del FORTAMUN; se comprobaron gastos con irregularidades por 4,511.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 3,012.3 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN a obras del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 1,470.1 miles de pesos; y gastos de representación, apoyos económicos a delegados y comisarios municipales sin autorización de cabildo por 29.5 miles de pesos.
Asimismo, se determinó que se realizaron traspasos bancarios a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de banco donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 1,870.3 miles de pesos, y a una cuenta de aguinaldo por 349.1 miles de pesos, sin que ambos importes hayan sido reintegrados. Además, se verificó que existen saldos pendientes de comprobar en las cuentas de caja, fondos fijos, deudores diversos y anticipo a proveedores, por 28.8, 98.9, 211.6 y 118.0 miles de pesos, respectivamente.
El ayuntamiento ejerció 2,805.1 miles de pesos en la ejecución de siete obras, de donde se observaron irregularidades en tres de ellas por 690.8 miles de pesos, correspondientes a los conceptos siguientes: pago en exceso de 1,750 horas en la renta de maquinaria por 598.0 miles de pesos, diferencia entre volúmenes ejecutados y reportados por 19.7 miles de pesos y diferencia en el espesor del pavimento reportado por 73.1 miles de pesos.
Se determinó que hubo deficiencias de control interno debido a que el ayuntamiento no observó los principios de contabilidad gubernamental y se cubrieron sueldos y salarios al personal de seguridad pública sin estar registrados en la plantilla de personal.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Chilapa de Álvarez, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 7,879.4 miles de pesos, integrados por 4,482.4 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 29.5 miles de pesos de gastos sin autorización de cabildo; 690.8 miles de pesos de deductivas de obra pública; 2,219.4 miles de pesos correspondientes a traspasos bancarios indebidos y 457.3 miles de pesos a saldos pendientes por comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-005 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Chilapa de Álvarez por 7,879.4 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Iguala de la Independencia ascendieron a 23,265.1 miles de pesos, integrados por 1,536.6 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999; 21,159.9 miles de pesos del ejercicio 2000 y 568.6 miles de pesos a traspasos de otros programas durante ese año.
Se constató que el municipio ejerció 20,233.8 miles de pesos, integrados por 19,465.5 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN; 757.4 miles de pesos a cubrir gastos de servicios personales; 7.7 miles de pesos correspondientes a gastos de obra pública; 1.9 miles de pesos por comisiones bancarias y 1.3 miles de pesos para gastos de Servicios Generales. Además, se determinaron gastos con irregularidades por 4,833.8 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para gasto corriente por 3,630.9 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN a obras del FISM por 217.4 miles de pesos; pagos por 761.3 miles de pesos sin documentación comprobatoria; nóminas que carecen o presentan firmas diferentes por 115.2 miles de pesos; facturas sin requisitos fiscales por 28.2 miles de pesos; pagos de lista de raya que presentan alteración en firmas o presentan copias fotostáticas como documentación soporte por 14.4 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 66.4 miles de pesos.
Asimismo, se determinó que existe una diferencia por 1.0 miles de pesos como resultado de las compulsas realizadas a proveedores; se realizó un traspaso bancario a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de banco donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 1,684.9 miles de pesos, se realizaron adquisiciones de activo fijo por concepto de bienes muebles por 350.3 miles de pesos y que existen saldos pendientes de comprobar en las cuentas de deudores diversos y de anticipo a proveedores, por (25.7) y 5.8 miles de pesos, respectivamente.
El ayuntamiento ejerció 1,032.5 miles de pesos en la ejecución de 12 obras, de donde se observaron irregularidades en 9 de ellas por 233.7 miles de pesos.
Se determinaron deficiencias de control interno debido a que al ayuntamiento no observó los principios de contabilidad gubernamental y se constató que los bienes adquiridos con recursos del FORTAMUN no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo; no se mantiene un control adecuado en el manejo de auxiliares de cuentas originando saldos contrarios a su naturaleza y algunas facturas de bienes y servicios no cumplen con lo dispuesto en el artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Iguala de la Independencia, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 6,759.3 miles de pesos, integrados por 3,848.4 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas, 985.4 miles de pesos de gastos con irregularidades; 1.0 miles de pesos a diferencias obtenidas mediante compulsas; 1,684.9 miles de pesos de traspasos bancarios indebidos, 5.8 miles de pesos de saldos pendientes por comprobar y 233.8 miles de pesos de deductivas de obra pública, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-006 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Iguala de la Independencia por 6,759.3 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Igualapa ascendieron a 1,727.1 miles de pesos, integrados por 116.9 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999 y 1,610.2 miles de pesos transferidos durante el 2000.
Se constató que el municipio ejerció 1,599.4 miles de pesos integrados por 1,598.7 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN y 0.7 miles de pesos para cubrir servicios generales; se comprobó la existencia de gastos con irregularidades por 78.5 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 38.0 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN a obras del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 5.4 miles de pesos; gastos por 14.0 miles de pesos sin documentación comprobatoria; facturas sin requisitos fiscales por 11.1 miles de pesos; nómina que carece de la firma del beneficiario por 2.0 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 8.0 miles de pesos.
Se determinó que el ayuntamiento incurrió es deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental al provisionar los gastos del FORTAMUN sin adjuntar las facturas originales y al contabilizar facturas con fecha posterior a la de la cuenta.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Igualapa existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 78.5 miles de pesos, correspondientes a gastos con irregularidades, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-007 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia, dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Igualapa por 78.5 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Juan R. Escudero ascendieron a 4,862.5 miles de pesos integrados por 304.3 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999; 4,190.4 miles de pesos del ejercicio 2000 y 367.8 miles de pesos al remanente que la administración anterior dejo en bancos.
Se comprobó que el municipio ejerció 4,229.4 miles de pesos, destinados a gastos en materia del FORTAMUN, y se determinaron gastos con irregularidades por 158.7 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 92.9 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN destinadas a obras públicas por 19.2 miles de pesos; gastos por 24.4 miles de pesos sin documentación comprobatoria; nómina que carece de la firma de alguno de los beneficiarios por 5.1 miles de pesos; pagos de nómina a familiares de los beneficiarios que carecen de carta poder por 4.5 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 12.6 miles de pesos.
Asimismo, se determinó que se realizaron transferencias no autorizadas para la adquisición de bienes muebles e inmuebles que corresponden a gasto corriente por 301.8 miles de pesos. Además, se detectaron traspasos bancarios a cuentas de gasto corriente distintas de la cuenta de banco donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 185.0 miles de pesos.
El ayuntamiento ejerció 280.8 miles de pesos en la ejecución de cuatro obras, de donde se observaron irregularidades en dos de ellas por 31.5 miles de pesos, debido a que la cantidad de insumos adquiridos no corresponde a los aplicados, además de que no fue posible verificar otros materiales utilizados.
Se determinó que el ayuntamiento incurrió en deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental y se constató que los bienes adquiridos con recursos del FORTAMUN no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo ni en el patrimonio correspondiente, se omitió registrar contablemente el saldo por 367.8 miles de pesos que la administración anterior dejó como remanente y un traspaso por 160.0 miles de pesos de gasto corriente de seguridad pública; los anticipos a proveedores no se hicieron en hojas membreteadas; los impuestos y cuotas por pagar no han sido enterados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y algunos comprobantes por concepto de refacciones, neumáticos, cámaras, combustibles, lubricantes, mantenimiento, equipo de transporte y peaje no presentan las características de los vehículos que generaron el gasto.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Juan R. Escudero, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 677.0 miles de pesos, integrados por 413.9 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 46.6 miles de pesos de gastos con irregularidades; 31.5 miles de pesos a obra pública; 185.0 miles de pesos por traspasos bancarios a cuentas ajenas al programa, en contravención de lo dispuesto por los artículos 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-008 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Juan R. Escudero por 677.0 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Olinalá ascendieron a 3,960.0 miles de pesos, integrados por 258.3 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999; 3,557.3 miles de pesos del ejercicio 2000; 0.8 miles de pesos por concepto de rendimientos de rendimientos financieros generados durante ese año; 142.9 miles de pesos de reintegros por traspasos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) municipal y del FISM al FORTAMUN; y 0.7 miles de pesos por bonificación de un cheque devuelto.
Se constató que el municipio ejerció 3,240.0 miles de pesos, integrados por 3,136.8 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN, 102.3 miles de pesos para cubrir cuentas de gasto corriente y 0.9 miles de pesos destinados a comisiones bancarias y se determinaron gastos con irregularidades por un monto de 1,098.3 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN al Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 626.8 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 313.1 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN al DIF municipal por 37.6 miles de pesos; documentación sin requisitos fiscales por 18.3 miles de pesos; compra de municiones sin solicitud a la Secretaría General de Gobierno por 10.2 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene IVA acreditable por 92.3 miles de pesos.
Asimismo, se determinó que existe una diferencia por 150.0 miles de pesos como resultado de las compulsas realizadas a proveedores y traspasos bancarios del FISM y el DIF municipal a programas de gasto corriente por 179.7 miles de pesos pendientes de reintegrar. Además, se observó que la cuenta de deudores diversos presenta un saldo de 60.2 miles de pesos.
El ayuntamiento ejerció 674.6 miles de pesos en la ejecución de 10 obras, de donde se observaron irregularidades en 7 de ellas por 313.0 miles de pesos.
Se determinó que el ayuntamiento incurrió en deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental y se constató que los vehículos adscritos a seguridad pública no han sido incorporados contablemente al activo fijo, o no se encuentran dentro del inventario del parque vehicular; algunas facturas de bienes y servicios no cumplen con lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; se pagan sueldos y salarios no autorizados en la plantilla de personal y se cubren comprobaciones a contratistas que no han recibido anticipos lo que origina que la cuenta arroje un saldo contrario a su naturaleza.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Olinalá, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 1,801.2 miles de pesos, integrados por 977.6 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 120.7 miles de pesos de gastos con irregularidades; 313.0 miles de pesos de deductivas de obra pública; 150.0 miles de pesos a diferencias obtenidas mediante compulsas; 179.7 miles de pesos de traspasos bancarios a cuentas ajenas al fondo y 60.2 miles de pesos correspondientes a un saldo deudor en la cuenta de deudores diversos, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-009 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Olinalá por 1,801.2 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento de Mochitlán ascendieron a 1,928.0 miles de pesos, integrados por 130.5 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999; 1,797.1 miles de pesos del ejercicio 2000, y 0.4 miles de pesos a otros ingresos.
Se constató que el municipio ejerció 1,869.7 miles de pesos, integrados por 1,868.0 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN y 1.7 miles de pesos para cubrir comisiones bancarias; se observaron además gastos con irregularidades por un monto de 210.5 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 25.7 miles de pesos; documentación comprobatoria que no reúne los requisitos fiscales por 3.4 miles de pesos; gastos a nombre de particulares por 0.2 miles de pesos; pago de sueldos y compensaciones al personal de seguridad pública que no pertenecen a la plantilla por 169.1 miles de pesos; duplicidad de pagos por 1.9 miles de pesos; pago de despensas y gastos de arrendamiento ;adquisición de municiones sin documentación comprobatoria por 8.0 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 2.2 miles de pesos.
Asimismo, se comprobaron traspasos bancarios a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de banco donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 46.6 miles de pesos.
Se determinaron deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental; se comprobó que los bienes adquiridos con recursos del FORTAMUN no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo correspondiente; se observó que no anexan los cheques cancelados a las pólizas correspondientes; algunas facturas no cumplen con lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y se determinó que se pagaron sueldos y salarios al personal de seguridad pública sin estar registrados en la plantilla.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Mochitlán existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 257.2 miles de pesos, integrados por 25.7 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 184.9 miles de pesos de gastos con irregularidades y 46.6 miles de pesos de traspasos bancarios a cuentas ajenas al fondo, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-010 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia, dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Mochitlán por 257.2 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al Ayuntamiento de Tepecoacuilco de Trujano ascendieron a 6,607.6 miles de pesos, los cuales se integran por 436.2 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999, 6,006.3 miles de pesos del ejercicio 2000, 0.9 miles de pesos a rendimientos bancarios y 164.2 miles de pesos al remanente que la administración anterior dejó en caja.
Se comprobó que el municipio ejerció 5,890.3 miles de pesos, integrados por 5,889.1 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN y 1.2 miles de pesos para cubrir comisiones bancarias; se constataron gastos con irregularidades por 1,840.4 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN al gasto corriente por 1,670.2 miles de pesos; pago de multas por 1.2 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 169.0 miles de pesos.
Asimismo, se determinó una diferencia por 43.9 miles de pesos como resultado de las compulsas realizadas a proveedores y un saldo pendiente de comprobar por 25.0 miles de pesos.
En la obra pública el ayuntamiento reportó haber ejercido 522.2 miles de pesos en la ejecución de 12 obras, de donde en una de ellas se observaron irregularidades por 17.8 miles de pesos correspondientes a la extracción de materiales.
Se determinaron deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental, los bienes adquiridos con recursos del FORTAMUN no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo correspondiente; algunas facturas no cumplen con lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y gastos realizados que presentan como soporte documental un recibo simple de egresos expedido por el ayuntamiento.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tepecoacuilco de Trujano existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 1,927.2 miles de pesos, integrados por 1,670.2 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 170.3 miles de pesos de gastos con irregularidades; 43.9 miles de pesos de diferencias obtenidas mediante compulsas; 17.8 miles de pesos de deductivas de obra pública y 25.0 miles de pesos a un saldo pendiente de comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-011 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia dé seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Tepecoacuilco de Trujano por 1,927.2 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al H. Ayuntamiento de Gral. Heliodoro Castillo ascendieron a 6,444.1 miles de pesos, integrados por 436.1 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999, 6,005.2 miles de pesos del ejercicio 2000 y 2.8 miles de pesos a otros ingresos.
Se constató que el municipio ejerció 3,561.1 miles de pesos, integrados por 3,555.0 miles de pesos destinados a gastos en materia del FORTAMUN y 6.1 miles de pesos para cubrir gastos por concepto de materiales y suministros y se comprobaron gastos con irregularidades por 223.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: facturas sin requisitos fiscales por 100.6 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gastos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 11.5 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para gasto corriente por 24.2 miles de pesos; pagos que presentan copias fotostáticas como documentación soporte por 2.4 miles de pesos; gastos sin documentación comprobatoria por 77.2 miles de pesos; nóminas que carecen de las firmas de los beneficiarios por 3.5 miles de pesos; comprobación de viáticos con cifras alteradas por 1.5 miles de pesos; gastos no autorizados por 0.4 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 2.6 miles de pesos.
Asimismo, se comprobó el traspaso bancario a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de banco donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 62.0 miles de pesos, sin que a la fecha se haya reintegrado; además, se determinaron saldos pendientes de comprobar en las partidas de deudores diversos y de anticipo a proveedores por 253.0 y 311.5 miles de pesos, respectivamente.
Se determinaron deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental; se constató que los bienes adquiridos con recursos del FORTAMUN no fueron registrados en su totalidad a la cuenta de patrimonio municipal; la cuenta de fondo fijo presenta un saldo acreedor, además de que presentan documentación comprobatoria de más; a algunas pólizas de cheque les falta la firma de recibido del beneficiario y algunas facturas no cumplen con los requisitos fiscales dispuestos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Gral. Heliodoro Castillo, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 850.4 miles de pesos, integrados por 35.7 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 188.2 miles de pesos de gastos con irregularidades; 62.0 miles de pesos de traspasos bancarios indebidos; 564.5 miles de pesos de saldos pendientes de comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-012 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia de seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Gral. Heliodoro Castillo por 850.4 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al Ayuntamiento de Tecpan de Galeana ascendieron a 12,055.9 miles de pesos, integrados por 816.2 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999 y 11,239.7 miles de pesos transferidos durante el 2000.
Se comprobó que el municipio ejerció 10,982.3 miles de pesos, integrados por 10,981.2 miles de pesos que corresponden a gastos en materia del FORTAMUN y 1.1 miles de pesos para cubrir comisiones bancarias, se determinaron gastos con irregularidades por 1,069.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 196.9 miles de pesos; transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gastos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal por 61.4 miles de pesos; facturas sin requisitos fiscales por 299.8 miles de pesos; documentos alterados por 4.7 miles de pesos; pagos que presentan copias fotostáticas como documentación soporte por 441.4 miles de pesos; nóminas que carecen de las firmas de los beneficiarios por 3.8 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 61.9 miles de pesos.
Asimismo, se determinó una diferencia por 405.2 miles de pesos como resultado de la compulsa realizada al proveedor Gasolinera en Tecpan de Galeana Guerrero, S.A. de C.V.; se detectó un traspaso bancario a una cuenta de gasto corriente distinta de la cuenta de bancos donde se manejan los recursos del FORTAMUN por 955.9 miles de pesos, sin que a la fecha exista evidencia de su reintegro; y se observaron saldos pendientes de comprobar en las cuentas de caja, deudores diversos y anticipo a proveedores por 326.3, 71.8 y 181.5 miles de pesos, respectivamente.
En obra pública el ayuntamiento reportó haber ejercido 730.9 miles de pesos en la ejecución de cuatro obras, las que se verificaron físicamente sin variaciones entre lo reportado y lo inspeccionado, cabe señalar que no fue posible verificar los expedientes técnicos debido a que el ayuntamiento se vio imposibilitado para presentar la documentación comprobatoria ya que un grupo de personas inconformes tenía tomada sus instalaciones.
Se determinaron deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental, se observaron facturas de bienes y servicios que no cumplen con los requisitos fiscales dispuestos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y que no existió planeación en la ejecución de las obras.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Tecpan de Galeana, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 3,010.6 miles de pesos, integrados por 258.3 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas; 811.6 miles de pesos de gastos con irregularidades; 405.2 miles de pesos de diferencias obtenidas mediante compulsa; 955.9 miles de pesos de traspasos bancarios a cuentas ajenas al fondo y 579.6 miles de pesos de saldos pendientes de comprobar, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-013 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia de seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Tecpan de Galeana por 3,010.6 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que los recursos del FORTAMUN transferidos al ayuntamiento Acatepec ascendieron a 3,117.3 miles de pesos, integrados por 211.0 miles de pesos de ministraciones realizadas por la SEFINA correspondientes al ejercicio de 1999 y 2,906.3 miles de pesos transferidos durante el 2000.
Se comprobó que el municipio ejerció 2,991.0 miles de pesos en gastos propios del FORTAMUN y de determinaron gastos con irregularidades por 464.2 miles de pesos en los conceptos siguientes: transferencias no autorizadas del FORTAMUN para cubrir gasto corriente por 385.4 miles de pesos; facturas sin requisitos fiscales por 26.5 miles de pesos; documentos alterados por 1.7 miles de pesos; documentación que fue duplicada en su registro contable por 3.7 miles de pesos; nóminas que carecen de las firmas de los beneficiarios por 13.4 miles de pesos; gastos sin documentación comprobatoria por 11.0 miles de pesos; documentación soporte que presenta firmas que no corresponden a las de los beneficiarios por 10.5 miles de pesos y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable por 12.0 miles de pesos.
Asimismo, se constató la adquisición de bienes muebles con recursos del FORTAMUN por 12.2 miles de pesos y la transferencia no autorizada del programa al gasto corriente para cubrir el pago de la primera parte del aguinaldo a elementos de seguridad pública por 20.2 miles de pesos.
Se determinaron deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental; los bienes adquiridos no fueron registrados en su totalidad en las cuentas de activo fijo ni de patrimonio; los ingresos del fondo en mención no se depositaron en su totalidad, ya que parte de ellos se contabilizan en la cuenta de caja; se presentan estados de cuenta bancarios en copias fotostáticas, debiendo presentarlos en original; además, algunas pólizas cheques carecen de la firma del beneficiario correspondiente; se observaron errores en el registro contable de algunos activos fijos; se verificó que algunos comprobantes de refacciones, neumáticos, cámaras, combustibles, lubricantes, mantenimiento de equipo de transporte y peaje no especifican las características de los vehículos que originaron el gasto: Asimismo, la documentación comprobatoria por concepto de adquisición de material de construcción, material hidráulico y de plomería no señalan la obra en que fueron aplicados; se observaron cheques expedidos a nombre del tesorero municipal debiendo ser nominativos de acuerdo al artículo 24 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Acatepec, existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 496.6 miles de pesos, integrados por 397.6 miles de pesos que corresponden a transferencias no autorizadas del FORTAMUN a otros programas, 78.8 miles de pesos de gastos con irregularidades y 20.2 miles de pesos de transferencias no autorizadas del programa de gasto corriente para cubrir gastos del FORTAMUN, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 37 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante el 2000.
Acción Promovida
00-60120-2-385-01-014 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, en el ámbito de su competencia de seguimiento a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Acatepec por 496.6 miles de pesos hasta que sean solventadas y gestione lo conducente a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes o, en su caso, inicie el procedimiento administrativo que corresponda de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de las medidas y acciones tomadas al respecto.
Objetivo
Verificar que la distribución y ejercicio de los recursos federales del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y sus accesorios se efectuaron de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 33 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través de este fondo sujeto de revisión; por el monto de los recursos ejercidos por el ayuntamiento de Igualapa, Guerrero, y por el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de estos recursos.
Antecedentes
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º., fracciones I y II, inciso b, III, IV, V, VI y X; 7º., fracciones VI, VIII, IX y XII, 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, ahora Auditoría Superior de la Federación; 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año, y 46, fracciones III y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, el Auditor Superior de la Federación solicitó al Contador Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero, mediante oficio OASF-FR /1515/01 de fecha 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y la evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal transferidos al H. Ayuntamiento de Igualapa, durante el 2000.
Alcance
De un total de 1,196,774.4 miles de pesos asignados durante el ejercicio de 2000 al estado de Guerrero para el Fondo para la Infraestructura Social Municipal, la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado, revisó la aplicación de los recursos transferidos al municipio de Igualapa, los cuales ascendieron a 5,128.1 miles de pesos, integrados por 5,069.3 miles de pesos por parte del gobierno del estado y 58.8 miles de pesos a aportaciones de particulares, seleccionando una muestra para su revisión de 3,017.5 miles de pesos, cifra que representó el 58.8% del total ministrado.
Debido a que la fecha de toma de posesión de la actual administración se realizó el 1o. de diciembre de 1999, la revisión comprendió la verificación de las operaciones efectuadas desde esa fecha hasta el 31 de diciembre del 2000, y consistió principalmente en el análisis de los estados financieros, estados de cuenta bancarios, recibos oficiales de ingresos, fichas de deposito, pólizas de egresos y de diario, registros contables y documentación comprobatoria que soporta el gasto de los recursos.
Asimismo, llevó a cabo compulsas con diversos negocios, realizó la verificación física del equipo de transporte y de la obra pública, y presentó los resultados en los apartados correspondientes.
Áreas Revisadas
El ayuntamiento de Igualapa, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero.
Resultado
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que el total de ingresos recibidos por el ayuntamiento de Igualapa durante el 2000 ascendió a 5,128.1 miles de pesos, integrados por 5,069.3 miles de pesos que corresponden a ministraciones efectuadas por la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado (SEFINA) durante el año 2000 y 58.8 miles de pesos a aportaciones de particulares.
Asimismo, informó que el municipio ejerció 3,017.5 miles de pesos correspondientes a gastos en materia del FISM, donde se comprobaron gastos con irregularidades por 201.9 miles de pesos en los conceptos siguientes: gastos sin documentación comprobatoria, por 132.8 miles de pesos; facturas por concepto de mantenimiento vehicular que no especifican el vehículo que originó el gasto, por 36.2 miles de pesos; listas de raya que carecen de algunas de las firmas de los beneficiarios, por 18.5 miles de pesos; duplicidad en la documentación comprobatoria, por 9.0 miles de pesos, y documentación comprobatoria que contiene el IVA acreditable, por 5.4 miles de pesos.
De la misma forma, señaló que en cuanto a la obra pública el ayuntamiento reportó haber ejercido 4,391.8 miles de pesos en la ejecución de 31 acciones, (29 obras y 2 acciones), y observó irregularidades en 16 de ellas por 242.3 miles de pesos, correspondientes a volúmenes de obra reportados pero no ejecutados en los conceptos siguientes: 25.7 miles de pesos en obras de agua potable, 56.5 miles de pesos en urbanización, 9.3 miles de pesos en alcantarillado, 3.9 miles de pesos en urbanización, 129.3 miles de pesos en infraestructura educativa, y 17.6 miles de pesos en unidades médicas rurales.
Además observó deficiencias en los procedimientos constructivos e incumplimiento de las normas y especificaciones de construcción que señalan los proyectos, situación que originó obras de mala calidad, como: pavimentación de calles; obras de alcantarillado sanitario y el techado de dos canchas de usos múltiples, en otros casos, las obras resultaron inoperantes, como es el caso de las obras de agua potable.
Determinó deficiencias de control interno al no observar los principios de contabilidad gubernamental; constató que contabilizaron comisiones bancarias correspondientes al FISM en la partida de gasto corriente; observó que los ingresos correspondientes al FISM del ejercicio 2000 se contabilizaron en su totalidad hasta el mes de noviembre de ese mismo año; los ingresos por recuperación del fertilizante correspondiente a 1999 fueron registrados contablemente en el ejercicio de 2000; las conciliaciones bancarias del FISM fueron presentadas hasta noviembre de 2000, y faltaron los meses de enero y diciembre; no contabilizaron algunos traspasos bancarios y las cuentas de deudores y acreedores diversos presentan saldos con antigüedad del mes de febrero de 2000 por 2,098.4 y 2.4 miles de pesos, respectivamente.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado informó que existe una responsabilidad preventiva a cargo del presidente municipal por 2,545.0 miles de pesos; integrados por 201.9 miles de pesos que corresponden a gastos con irregularidades; 2,100.8 miles de pesos a saldos en las cuentas de deudores y acreedores diversos; y 242.3 miles de pesos a deductivas de obra pública; además, deficiencias en el control interno, en contravención de lo dispuesto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 33 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Acción Promovida
00-60120-2-387-01-001 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Guerrero de seguimiento hasta su conclusión a las observaciones determinadas al ayuntamiento de Igualapa; asimismo, gestione lo necesario a fin de que se realicen las aclaraciones pertinentes por 2,545.0 miles de pesos, e informe a la Auditoría Superior de la Federación del resultado de su gestión.
Objetivo
Recabar la información y documentación que servirá de apoyo a la planeación de la auditoría al ejercicio de los recursos del Ramo General 33, en lo relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), transferidos al estado de Guerrero durante el ejercicio fiscal 2000.
Criterios de Selección
La visita e inspección se realizó con el fin de recabar información y documentación que sirviera de base para la planeación de una revisión a la aplicación de los recursos canalizados a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal; por el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de estos recursos; porque el monto autorizado al estado de Guerrero representó el 2.7 % del total ejercido en este fondo a nivel nacional y porque esta entidad federativa no se incorporó al programa de revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1999.
Antecedentes
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, penúltimo y último párrafos, determina que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala y ordena que dichas instancias se coordinarán para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Es un solo compromiso del Gobierno de la República transformar a fondo y de manera estructural el desempeño de las instituciones de Seguridad Pública que ha provocado la injusticia e inseguridad que a toda la población agravia. Para ello se sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión la iniciativa de reformas constitucionales encaminadas a sentar las bases del cambio estructural que requiere la nación en el ámbito de justicia y seguridad pública.
La coordinación comprende la determinación de las políticas de seguridad pública, así como ejecutar, dar seguimiento y evaluar sus acciones; desarrollar lineamientos, mecanismos e instrumentos para la mejor organización y funcionamiento de las instituciones en la materia y para la formación de sus integrantes; establecer, supervisar, utilizar y mantener actualizados los instrumentos de información del Sistema Nacional; formular propuestas para el Programa Nacional de Seguridad Pública, y tomar medidas y realizar acciones y operativos conjuntos.
Para tal efecto, la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dispone que las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos y con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
De esta forma el convenio de coordinación suscrito con el estado de Guerrero dispone en su cláusula séptima que "las partes acuerdan que la administración de los recursos destinados provenientes del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal y los aportados por la entidad federativa se realizará a través del fideicomiso estatal constituido para tal fin, de acuerdo con las reglas de operación y funcionamiento con los que viene operando". Al efecto el Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero (FOSEG) fue constituido el 4 de septiembre de 1998, mediante un contrato de fideicomiso irrevocable de administración e inversión que celebraron, como Fideicomitente el Gobierno del estado de Guerrero, como fiduciario el Banco de Crédito Rural del Pacífico Sur, S.N.C., y como fideicomisarios aquellas personas físicas o morales que determine el Comité Técnico, que en razón de sus atribuciones contribuyan directa o indirectamente a preservar la seguridad pública del estado de Guerrero.
Alcance
Para el ejercicio fiscal 2000, el presupuesto autorizado para el FASP ascendió a 5'170,000.0 miles de pesos de los cuales se destinaron al Estado de Guerrero 154,072.9 miles de pesos, cifra que representó el 3.0 % a nivel nacional mismos que presenta la Cuenta de la Hacienda Pública Federal como ejercidos por la entidad federativa, la visita e inspección comprendió la recopilación de información para verificar la aplicación de los recursos destinados al fondo.
Áreas Revisadas
Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero (FOSEG).
Resultado
La Tesorería de la Federación (TESOFE) aportaría al fideicomiso durante el ejercicio en revisión 154,072.9 miles de pesos y el Gobierno del estado de Guerrero 32,672.7 miles de pesos, cifras comprometidas en la cláusula novena del Convenio de Coordinación suscrito con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, recursos que serían destinados a los programas siguientes:
FONDO DE
APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PUBLICA DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL
APORTACIONES
FEDERALES Y ESTATALES 2000
(Miles de
pesos)
|
Programa |
Unidad de
medida |
Cantidad |
A p o r t a c i o n e s Federales
Estatales
Total |
||
|
|
|
|
|
|
|
|
Construcción
y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública Addendum |
Edificio Stand de
tiro Aeropista Edificio |
1 1 1 1 |
9,266.0 1,025.3 7,365.0 1,600.0 19,256.3 |
1,084.0 729.3 1,635.0 3,448.3 |
10,350.0 1,754.6 9,000.0 1,600.0 22,704.6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
estatal básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico
de Emergencia |
Equipo Equipo Equipo y
Enlace Equipo Edificio |
127 1 49 1 |
41,395.2 630.0 1,800.0 7,290.0 3,570.0 54,685.2 |
1,104.8 70.0 200.0 810.0 1,530.0 3,714.8 |
42,500.0 700.0 2,000.0 8,100.0 5,100.0 58,400.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa de
Equipamiento de Corporacione. |
Vehículos Municiones E.
cómputo E.
p/vehículos E.
cómputo |
183 75,000 2 2 2 |
27,635.5 343.1 800.4 94.2 2,022.2 30,895.4 |
3,768.5 31.9 109.2 12.8 275.8 4,198.2 |
31,404.0 375.0 909.6 107.0 2,298.0 35,093.6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
de Dignificación de Infraestructura Penitenciaria |
Rehabilitación Rehabilitación Rehabilitación Espacios Espacios |
1 1 1 80 240 |
2,902.5 1,803.5 1,502.5 3,865.0 1,502.5 11,576.0 |
997.5 840.5 797.5 1,135.0 797.5 4,568.0 |
3,900.0 2,644.0 2,300.0 5,000.0 2,300.0 16,144.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
de Dotaciones Complementarias no Regularizables para Personal de Seguridad
Pública |
Min.
Público Policía
Jud. Peritos Policía
Prev. Custodios |
Persona Persona Persona Persona Persona |
987.6 2,817.9 616.6 662.4 660.0 5,744.5 |
2,304.4 6,575.1 1,438.7 1,545.6 1,540.0 13,403.8 |
3,292.0 9,393.0 2,055.3 2,208.0 2,200.0 19,148.3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
estatal del Sistema Nacional de Información s/Seguridad Pública |
E.
Informático Equipo |
16 |
9,143.5 2,024.0 11,167.5 |
1,246.8 276.0 1,522.8 |
10,390.3 2,300.0 12,690.3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
de Seguimiento y Evaluación |
Proyecto Proyecto Inf. de
Evaluac. |
1 1 1 |
2,204.1 981.3 1,000.0 4,185.4 |
388.8 388.8 |
2,592.9 981.3 1,000.0 4,574.2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total inversión |
|
|
137,510.3 |
31,244.7 |
168,755.0 |
|
Total
radicado al Fideicomiso 2000 |
|
|
154,072.9 |
32,672.7 |
186,745.6 |
|
Dif. V.S.
programa 2000 del FOSEG |
|
|
16,562.6 |
1,428.0 |
17,990.6 |
FUENTE:
Anexos Técnicos proporcionados por el Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública
del Estado de Guerrero, 2000.
En la visita e inspección al FOSEG se solicitó para su análisis y evaluación la documentación siguiente:
* Copia del contrato del fideicomiso constituido para administrar los recursos federales del FASP.
* Reglas de operación del fideicomiso; el anexo técnico del programa de seguimiento y evaluación de los programas y acciones implementadas en el ámbito estatal.
* Actas de las sesiones celebradas por el comité técnico que administró el fideicomiso.
* Estados de cuenta bancarios de la institución fiduciaria que manejó los recursos del FASP.
* Calendario y ministraciones de la parte complementaria de los recursos que aportó el Gobierno del estado de Guerrero al fideicomiso de seguridad pública.
* Relación de contratos celebrados para adquisición de bienes y servicios y obra pública, con los datos del contratista y monto.
Resultado
Del análisis a la documentación obtenida del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, durante el ejercicio fiscal 2000, se determinó lo siguiente:
El contrato de Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, constituido para administrar los recursos federales y estatales del FASP, carece de la fecha de suscripción.
Se constató que el fideicomiso cuenta con las Reglas de Operación emitidas por el Consejo Nacional de Seguridad Pública para la operación de los recursos del fondo.
Se verificó que el anexo técnico del Programa de Seguimiento y Evaluación, contara con los datos elementales requeridos por el Programa Nacional de Seguridad Pública, tales como: objeto, financiamiento, objetivos del programa, organización para la instrumentación del programa, mecánica operativa, presupuesto calendarizado, cuadro de metas y montos del programa y participación interinstitucional.
Resultado
Del análisis a las aprobaciones del Programa de Equipamiento de Corporaciones, se constató que autorizaron el anexo técnico para la adquisición de 183 vehículos, que serían destinados a diversas corporaciones relacionadas con la Seguridad Pública del estado, sin embargo, únicamente cinco expedientes técnicos fueron aprobados para la adquisición de 48 vehículos y uno de ellos no señala el número de vehículos que serían adquiridos, observándose que las adquisiciones de vehículos se realizaron en forma fraccionada.
En las aprobaciones registradas en las actas del comité técnico, para la aplicación de los rendimientos financieros se determinaron compromisos por 11,973.3 miles de pesos, no obstante los estados financieros emitidos por el fiduciario con cifras al 31 de diciembre de 2000, señalan que el monto de los rendimientos financieros ascendieron a 7,899.1 miles de pesos, por lo anterior se considera necesario profundizar el análisis a fin de determinar por que las aprobaciones registradas en las actas del comité son mayores a los recursos disponibles.
Resultado
En el análisis de los estados de cuenta bancarios emitidos por el fiduciario, se observó que el fideicomiso en el 2001 cuenta con recursos presupuestales del 2000, debido a que los recursos destinados al FASP no se ejercieron en su totalidad durante ese ejercicio, aun cuando se contaba con los anexos técnicos autorizados por el Consejo Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Resultado
Se constató en el dictamen financiero al 31 de diciembre de 2000, elaborado por el despacho externo GOSSLER, S.C., que el Gobierno del estado no cumplió con el monto acordado en la cláusula novena del convenio de coordinación con una aportación total de 32,672.7 miles de pesos, como complemento a fin de cumplir con las estrategias y acciones del Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000.
Resultado
De la relación de contratos para la adquisición de Bienes y Servicios y de Obra Pública, celebrados por el FOSEG durante el ejercicio 2000, se verificó que cuatro obras, por un monto de 22,704.6 miles de pesos, fueron adjudicadas mediante el procedimiento de administración directa y seis más, por un monto de 16,510.3 miles de pesos, a través de licitación pública. Situación que no pudo ser constatada en el cumplimiento de la normatividad aplicable por la modalidad de adjudicación.
Objetivo
Verificar que los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) transferidos al estado de Guerrero durante el ejercicio de 2000, se emplearon en los propósitos para los cuales fueron destinados, en cumplimiento del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente durante el ejercicio de 2000 y demás normatividad aplicable.
Criterios de Selección
La revisión se realizó debido al impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través del FASP, por el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de estos recursos y por la importancia del monto transferido al estado de Guerrero durante el ejercicio de 2000.
Antecedentes
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, penúltimo y último párrafos, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala, y determina que dichas instancias se coordinarán para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La coordinación comprende determinar las políticas de seguridad pública, así como ejecutar, dar seguimiento y evaluar sus acciones; desarrollar lineamientos, mecanismos e instrumentos para mejorar la organización y funcionamiento de las instituciones en la materia y para la formación de sus integrantes; establecer, supervisar, utilizar y mantener actualizados los instrumentos de información del Sistema Nacional de Seguridad Pública; formular propuestas para el Programa Nacional de Seguridad Pública, así como para llevarlo a cabo y evaluar su desarrollo; y tomar medidas y realizar acciones y operativos conjuntos.
Para tal efecto, la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su artículo 11, dispone que las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen para tal efecto en el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
De esta forma, el convenio de coordinación suscrito el 3 de febrero de 2000 por el Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Gobierno del Estado de Guerrero, dispone en su cláusula séptima: "Las partes acuerdan que la administración de los recursos destinados provenientes del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal y los aportados por la entidad federativa, se realizará a través del fideicomiso estatal constituido para tal fin, de acuerdo a las reglas de operación y funcionamiento con los que viene operando". Al efecto, el fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Guerrero (FOSEG) fue constituido el 4 de septiembre de 1998, mediante el contrato de fideicomiso irrevocable de administración e inversión que celebraron por una parte, como fideicomitente el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero, representado por su Gobernador Constitucional y como fiduciario el Banco de Crédito Rural del Pacífico Sur, S.N.C.
Para el ejercicio de 2000, el monto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el FASP ascendió a 5,170,000.0 miles de pesos, de los cuales se transfirieron al estado de Guerrero 154,072.9 miles de pesos, cifra que representa el 3.0 % a nivel nacional, y que se presentó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal como ejercida por la entidad federativa durante ese año.
Alcance
De un total de 154,072.9 miles de pesos asignados al estado de Guerrero en el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 2000, se verificaron 44,004.9 miles de pesos, lo que representó un alcance del 28.6% del total ministrado.
Áreas Revisadas
Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero.
Resultado
La Tesorería de la Federación (TESOFE) transfirió al FOSEG, para el FASP, 154,072.9 miles de pesos, que fueron radicados en la cuenta bancaria número 35720668027 del Banco de Crédito Rural del Pacífico Sur, S.N.C., en su calidad de fiduciario del FOSEG, como se muestra a continuación:
FONDO DE
APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS
Y DEL
DISTRITO FEDERAL
APORTACIONES
FEDERALES, 2000
MINISTRACION
DE RECURSOS DE LA TESOFE AL FOSEG
(Miles de
pesos)
|
Mes |
Cuentas
por Liquidar Certificadas Número Fecha |
Fecha |
Importe |
||
|
Programada |
Ministración |
||||
|
|
|
|
|
|
|
|
Enero |
3300419 |
09/02/00 |
10/01/00 |
03/02/00 |
6,098.9 |
|
Febrero |
3300387 |
07/02/00 |
14/02/00 |
14/02/00 |
12,197.8 |
|
Marzo |
3300795 |
02/03/00 |
13/03/00 |
13/03/00 |
12,197.8 |
|
Abril |
3301195 |
04/04/00 |
12/04/00 |
12/04/00 |
12,197.8 |
|
Mayo |
3301385 |
17/04/00 |
08/05/00 |
08/05/00 |
12,197.9 |
|
Junio |
3301894 |
31/05/00 |
12/06/00 |
12/06/00 |
12,197.9 |
|
Julio |
3302294 |
22/06/00 |
10/07/00 |
10/07/00 |
27,445.1 |
|
Agosto |
3302612 |
14/07/00 |
14/08/00 |
14/08/00 |
27,445.1 |
|
Septiembre |
3303130 |
25/08/00 |
11/09/00 |
11/09/00 |
15,247.3 |
|
Octubre |
3303521 |
25/09/00 |
09/10/00 |
09/10/00 |
15,247.3 |
|
Noviembre |
|
|
|
|
0.0 |
|
Diciembre |
3304624 |
08/12/00 |
14/12/00 |
14/12/00 |
1,600.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total: |
|
|
|
|
154,072.9 |
FUENTE: Cuentas por Liquidar Certificadas expedidas por
la SHCP; avisos de radicación de fondos de la TESOFE; recibos emitidos conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y
Administración del Gobierno del estado de Guerrero y por el FOSEG; y acuerdo de
la SHCP por el que se dio a conocer la distribución y calendarización para la
ministración de los recursos federales del Ramo General 33.
Como se puede observar en el cuadro anterior, los recursos del FASP fueron ministrados al FOSEG en las fechas señaladas en el acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con excepción de la ministración correspondiente al mes de enero de 2000, que fue entregada 24 días después.
Conforme a las cuentas por liquidar certificadas expedidas por la SHCP, los 154,072.9 miles de pesos transferidos al FOSEG durante el ejercicio fiscal de 2000, se destinaron a los siguientes rubros: 20,235.4 miles de pesos a gasto corriente; 99,435.4 miles de pesos a gasto de capital y 34,402.1 miles de pesos a obra pública.
Resultado
Los recursos federales transferidos al fideicomiso durante el año 2000 y las aportaciones que el gobierno del estado convino efectuar, fueron autorizados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública para ser aplicados en 12 programas, como se muestra a continuación:
FONDO DE APORTACIONES PARA
LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS
Y
DEL DISTRITO FEDERAL
ESTADO
DE GUERRERO
ANEXOS
TÉCNICOS AUTORIZADOS CON APORTACIONES FEDERALES Y ESTATALES, 2000
(Miles de
pesos)
|
Programa |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Aportaciones |
Total |
|
|
Federales Estatales |
|||||
|
Construcción
y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública. |
Edificio
Cuartel de Tlapa. Stand de
Tiro Chilpancingo. Aeropista
en Huamuxtitlán. Edificio
Laboratorio de Criminalística. |
1 1 1 1 |
9,266.0 1,025.3 7,365.0 1,600.0 19,256.3 |
1,084.0 729.3 1,635.0 3,448.3 |
10,350.0 1,754.6 9,000.0 1,600.0 22,704.6 |
|
Dignificación
de Infraestructura Penitenciaria. |
Rehabilitación
Cereso Acapulco. Rehabilitación
Cereso Iguala. Rehabilitación
Cereso Zihuatanejo. Espacios
Cereso La Unión. Espacios
Cereso Chilpancingo. |
1 1 1 80 240 |
2,902.5 1,803.5 1,502.5 3,865.0 1,502.5 11,576.0 |
997.5 840.5 797.5 1,135.0 797.5 4,568.0 |
3,900.0 2,644.0 2,300.0 5,000.0 2,300.0 16,144.0 |
|
Equipo de
Laboratorio de Investigación Criminalística. |
Equipamiento
de Servicios Periciales y Laboratorios. |
|
3,700.2 3,700.2 |
504.6 504.6 |
4,204.8 4,204.8 |
|
Equipamiento
de Corporaciones. |
Vehículos.
Municiones. Equipo de
Cómputo. Equipamiento
para Vehículos. Equipo de
Cómputo. |
183 75,000 2 2 2 |
27,635.5 343.1 800.4 94.2 2,022.2 30,895.4 |
3,768.5 31.9 109.2 12.8 275.8 4,198.2 |
31,404.0 375.0 909.6 107.0 2,298.0 35,093.6 |
Continúa...
continuación...
|
Programa |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Aportaciones |
Total |
|
|
Federales Estatales |
|||||
|
Apoyo a
Tribunales Superiores de Justicia. |
Sistema
Nacional de Información. Educación
a Distancia. |
1 1 |
2,880.0 20.0 2,900.0 |
0.0 0.0 |
2,880.0 20.0 2,900.0 |
|
Dotaciones
Complementarias no Regularizables para personal de Seguridad Pública. |
Ministerio
Público (Persona) Policía
Judicial (Persona) Peritos (Persona) Policía
Preventiva (Persona) Custodios (Persona) |
396 984 154 504 500 |
987.6 2,817.9 616.6 662.4 660.0 5,744.5 |
2,304.4 6,575.1 1,438.7 1,545.6 1,540.0 13,403.8 |
3,292.0 9,393.0 2,055.3 2,208.0 2,200.0 19,148.3 |
|
|
Subtotal: |
|
74,072.4 |
26,122.9 |
100,195.31 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Formación
Policial y de Capacitación Básica y de Actualización. Ministerios Públicos en Activo. Policías Judiciales en Activo. Policías Judiciales Nuevos. Peritos en Activo. Policías Preventivos en Activo. Custodios en Activo. Custodios Nuevos. |
Persona. Persona. Persona. Persona. Persona. Persona. Persona. |
360 300 250 166 500 200 95 |
1,436.3 1,257.9 1,094.0 972.4 1,753.4 747.1 413.8 7,674.9 |
133.4 116.8 101.7 90.3 162.8 69.5 36.5 711.0 |
1,569.7 1,374.7 1,195.7 1,062.7 1,916.2 816.6 450.3 8,385.9 |
|
Estatal
Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de
Emergencia. |
Equipo. Equipo. Equipo y
Enlace. Equipo. Edificio. |
127 1 49 1 |
41,395.2 630.0 1,800.0 7,290.0 3,570.0 54,685.2 |
1,104.8 70.0 200.0 810.0 1,530.0 3,714.8 |
42,500.0 700.0 2,000.0 8,100.0 5,100.0 58,400.0 |
|
Seguimiento
y Evaluación. |
Proyecto. Proyecto. Inf. de
Evaluación. |
1 1 1 |
2,204.1 981.3 1,000.0 4,185.4 |
388.8 388.8 |
2,592.9 981.3 1,000.0 4,574.2 |
|
Estatal del
Sistema Nacional de Información Sobre Seguridad Pública. |
Equipo
Informático. Equipo. |
16 |
9,143.5 2,024.0 11,167.5 |
1,246.8 276.0 1,522.8 |
10,390.3 2,300.0 12,690.3 |
|
Capacitación
Especializada. |
Policía
Preventiva |
|
457.5 457.5 |
42.5 42.5 |
500.0 500.0 |
|
Participación
de la Comunidad. |
Fort. de Com. de Consulta y Part. de la Com. Difusión
de Programas de Seg. Púb. Dis. y
Ejec. De Prog. y Proy. De Prev. del Delito. Apoyo a
Prog. y Proy. Comunitarios. |
5 1 1 3 |
274.5 91.5 91.5 1,372.5 1,830.0 |
25.5 8.5 8.5 127.5 170.0 |
300.0 100.0 100.0 1,500.0 2,000.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total: |
|
|
154,072.9 |
32,672.8 |
186,745.7 |
FUENTE:
Anexos técnicos proporcionados por el FOSEG.
Resultado
Con el análisis de los oficios mediante los cuales el Comité Técnico del FOSEG del estado de Guerrero instruyó al fiduciario para que liberara recursos del programa autorizado para el año 2000, por 186,745.7 miles de pesos, se comprobó que en el año 2000 se liberaron 94,950.5 miles de pesos, en el año 2001 se liberaron 95,786.7 miles de pesos y entre enero y abril de 2002 se liberaron 3,375.6 miles de pesos respectivamente, totalizando 194,112.8 miles de pesos, como se muestra a continuación:
FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD
PÚBLICA DE LOS ESTADOS
Y DEL
DISTRITO FEDERAL 2000
ESTADO DE
GUERRERO
RECURSOS
LIBERADOS POR EL FIDUCIARIO DURANTE 2000, 2001 Y 2002
(Miles de
pesos)
|
P r o g r a m a |
Autorizado |
L i
b e r
a d o |
|
||||
|
Total |
2000 |
2001 |
2002 |
Total |
Sobre-ejercicio |
Por Ejercer |
|
|
Construcción
y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública. |
22,704.6 |
13,559.6 |
8,665.0 |
0.0 |
22,224.6 |
|
480.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Dignificación
de Infraestructura Penitenciaria. |
16,144.0 |
9,357.1 |
4,516.3 |
90.4 |
13,963.8 |
|
2,180.2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Equipo de
laboratorio de investigación criminalística. |
4,204.8 |
0.0 |
4,092.5 |
0.0 |
4,092.5 |
|
112.3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Equipamiento
de Corporaciones. |
35,093.6 |
35,690.5 |
6,176.9 |
0.0 |
41,867.4 |
6,773.8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Apoyo a
Tribunales Superiores de Justicia. |
2,900.0 |
1,757.3 |
1,153.7 |
0.0 |
2,911.0 |
11.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Dotaciones
complementarias no regularizables para personal de seguridad pública. |
19,148.3 |
21,452.1 |
4,408.0 |
0.0 |
25,860.1 |
6,711.8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formación
policial y de capacitación básica y de actualización. |
8,385.9 |
4,730.1 |
3,752.2 |
0.0 |
8,482.3 |
96.4 |
|
|
Subtotal |
108,581.2 |
86,546.7 |
32,764.6 |
90.4 |
119,401.7 |
13,593.0 |
2,172.5 |
Continúa...
continuación...
|
P r o g r a m a |
Autorizado |
L i
b e r
a d o |
|
||||
|
Total |
2000 |
2001 |
2002 |
Total |
Sobre-ejercicio |
Por Ejercer |
|
|
Programa
Estatal de la Red Nal. de Telecomunicaciones
y Servicio Telefónico de Emergencia. |
58,400.0 |
|
53,542.2 |
2,850.8 |
56,393.0 |
|
2,007.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Seguimiento
y evaluación. |
4,574.2 |
7,198.8 |
744.6 |
240.4 |
8,183.8 |
3,609.6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Programa
Estatal del Sistema de Información Sobre Seguridad Pública. |
12,690.3 |
45.0 |
7,110.1 |
0.0 |
7,155.1 |
|
5,535.2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Capacitación
Especializada |
500.0 |
560.0 |
72.9 |
0.0 |
632.9 |
132.9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Participación
de la Comunidad. |
2,000.0 |
600.0 |
1,552.3 |
194.0 |
2,346.3 |
346.3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total: |
186,745.7 |
94,950.5 |
95,786.7 |
3,375.6 |
194,112.8 |
17,681.8 |
10,314.7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
FUENTE: Oficios de instrucción de liberación de recursos
girados por el Comité Técnico del FOSEG y Anexos Técnicos.
Como se aprecia en el cuadro, de los 186,745.7 miles de pesos autorizados para el FOSEG en el ejercicio fiscal de 2000, se constató que en los años 2001 y 2002 se liberaron recursos por 95,786.7 y 3,375.6 miles de pesos respectivamente, y que a la fecha de la auditoría se mostró un sobreejercicio por 17,681.8 miles de pesos, lo que evidencia falta de control en el manejo de los programas y un ejercicio incongruente de los recursos al ejercer un monto mayor al recibido y mantener un saldo por ejercer, contraviniendo lo dispuesto en los anexos técnicos autorizados, apartado Presupuesto Calendarizado, que señala que las aportaciones deben cumplir el compromiso para respetar las fechas y montos proyectados para su ejercicio.
Observación
Se constató que de los 186,745.7 miles de pesos autorizados para el FOSEG en el ejercicio fiscal de 2000, el Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero liberó durante los años de 2000, 2001 y 2002 recursos por 17,681.8 miles de pesos para siete programas, sin contar con autorización mediante los correspondientes Anexos Técnicos, en contravención de lo dispuesto en el apartado Presupuesto Calendarizado de dichos anexos, que señala que la entidad federativa se compromete a respetar y cumplir las fechas y montos proyectados para su ejercicio.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-001 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del estado de Guerrero establezca los controles adecuados para que en el futuro no libere recursos sin contar con los respectivos Anexos Técnicos previamente autorizados, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Presupuesto Calendarizado de dichos anexos, e informe oportunamente de ello a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Al revisar los expedientes relativos a las adquisiciones de equipo de cómputo, equipo de laboratorio y vehículos para los Programas de Equipamiento de Corporaciones, y de Equipo de Laboratorio de Investigación Criminalística, realizadas por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales, se comprobó que no estaban debidamente integrados, por faltar en ellos la documentación necesaria para verificar que el procedimiento de contratación llevado a cabo en cada operación se ajustó a la normatividad establecida en la Ley de Administración de Recursos Materiales del Estado de Guerrero.
Observación
Se constató que los expedientes correspondientes a las adquisiciones de vehículos, de equipo de laboratorio y equipo de cómputo para los Programas de Equipamiento de Corporaciones, y de Equipo de Laboratorio de Investigación Criminalística, tramitadas por la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales del estado de Guerrero, no contenían la documentación relativa al procedimiento de contratación de cada operación, por lo cual no fue posible verificar que éste se ajustó a la normatividad establecida en la Ley de Administración de Recursos Materiales del Estado de Guerrero, lo cual evidencia la falta de un adecuado control interno.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-002 Recomendación
Es necesario que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales del Gobierno del estado de Guerrero, con el fin de fortalecer su control interno integre, debidamente los expedientes de adquisiciones e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas adoptadas para el efecto.
Resultado
La Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales del Gobierno del estado efectuó la adquisición de 134 vehículos para el Programa de Equipamiento de Corporaciones, por 20,983.3 miles de pesos, la cual debió haberse contratado por el procedimiento de licitación pública; sin embargo, se realizó por el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, además de haberse contratado con varios proveedores.
Observación
Se determinó que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios Generales del Gobierno del estado de Guerrero, no aplicó el procedimiento de contratación mediante licitación pública para adquirir 134 vehículos para el Programa de Equipamiento de Corporaciones, con recursos del FOSEG del año 2000, en contravención del artículo 1o., Fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine el posible daño al patrimonio de esa entidad federativa en relación con la adquisición de 134 vehículos para el Programa de Equipamiento de Corporaciones del año 2000 con recursos del FOSEG, sin haber realizado el procedimiento de licitación pública, en contravención del artículo 1o., Fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
Con el propósito de comprobar que los bienes adquiridos con recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal se encontraran debidamente inventariados y resguardados, se efectuó la verificación física y documental respectiva, y se constató que tanto la Procuraduría General de Justicia del Estado, como la Secretaria de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, no cuentan con un control que permita identificar clara y satisfactoriamente los bienes adquiridos con recursos del mencionado fondo.
Observación
Se constató que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y la Procuraduría General de Justicia del estado de Guerrero no cuentan con un adecuado control de los bienes adquiridos con recursos del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, que permita su inmediata identificación física.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-003 Recomendación
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana del estado de Guerrero y la Procuraduría General de Justicia adopten las medidas necesarias para identificar físicamente los bienes adquiridos con recursos del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, e informe de ello a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Con el fin de verificar que el Gobierno del estado de Guerrero hubiese aportado al Fondo de Seguridad Pública de esa entidad federativa recursos complementarios por 32,672.8 miles de pesos, para cumplir con las estrategias y acciones del Programa Nacional de Seguridad Pública, conforme a lo que señala la cláusula novena del Convenio de Coordinación para el año 2000, se revisaron los estados financieros y los estados de cuenta bancarios del fiduciario, y se comprobó que únicamente aportó la cantidad de 12,418.8 miles de pesos, tal como se muestra en el cuadro que a continuación se presenta:
FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE
LOS ESTADOS
Y DEL DISTRITO FEDERAL
APORTACIONES
DE RECURSOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO 2000
(Miles de
pesos)
|
Fecha depósito |
Monto
aportado en 2000 |
Núm. de Cuenta |
|
|
|
|
|
25-abrIl-2000 |
160.0 |
35720668027 |
|
18-mayo-2000 |
3,000.0 |
35720668027 |
|
14-junio-2000 |
1,200.0 |
35720668027 |
|
15-junio-2000 |
388.8 |
35720668027 |
|
26-juliol-2000 |
170.0 |
35720668027 |
|
09-agosto-2000 |
2,000.0 |
35720668027 |
|
16-septiembre-2000 |
5,500.0 |
35720668027 |
|
|
|
|
|
Total : |
12,418.8 |
|
FUENTE: Estados financieros y estados de cuenta bancarios
del fiduciario.
Además de los 12,418.8 miles de pesos, con posterioridad a la confronta sobre los resultados de la revisión efectuada y dentro del plazo concedido conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, el Comité Técnico del FOSEG comprobó documentalmente que el Gobierno del Estado de Guerrero aportó al Fondo recursos complementarios durante el año de 2000 por 840.0 miles de pesos, y en el año 2001 por 19,414.0 miles de pesos, totalizando la cantidad de 32,672.8 miles de pesos.
Observación
Se constató que el Gobierno del Estado de Guerrero aportó recursos complementarios para el Programa Estatal de Seguridad Pública del año 2000, por 32,672.8 miles de pesos, de la siguiente manera: en el año de 2000 aportó 13,258.8 miles de pesos y 19,414.0 miles de pesos en el año de 2001, por lo que no cumplió con lo establecido en la cláusula novena del Convenio de Coordinación celebrado, de aportar la totalidad de 32,672.8 miles de pesos en el año de 2000, conforme al calendario establecido en los Anexos Técnicos.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-004 Recomendación
Es necesario que el Gobierno del Estado de Guerrero adopte las medidas necesarias para que en el futuro aporte los recursos complementarios para el Programa Estatal de Seguridad Pública, conforme al calendario establecido en los Anexos Técnicos, según lo señala la cláusula novena del Convenio de Coordinación celebrado, e informe oportunamente de ello a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Con el análisis del reporte proporcionado por el fiduciario del FOSEG del estado de Guerrero, relativo a los rendimientos generados por los recursos del FASP en el ejercicio de 2000 en distintas cuentas bancarias productivas, se determinó que éstos ascendieron, hasta el 31 de marzo de 2002, a 11,007.6 miles de pesos, sin embargo, los estados de cuenta bancarios sólo reflejan 1,657.6 miles de pesos, lo que arroja una diferencia de 9,350.0 miles de pesos, misma que a la fecha de la revisión no fue aclarada por el propio fiduciario.
Con posterioridad a la confronta sobre los resultados de la revisión efectuada, y dentro del plazo concedido conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, el Comité Técnico del FOSEG y el banco fiduciario aclararon y comprobaron documentalmente que los rendimientos generados no fueron de 11,007.6 miles de pesos, sino de 12,067.7 miles de pesos, de los cuales en el año de 2000 se obtuvieron 8,157.3 miles de pesos, 3,756.8 miles de pesos en el año de 2001 y 153.6 miles de pesos en los meses de enero a mayo del año 2002, los cuales fueron acreditados en las correspondientes cuentas bancarias.
Resultado
Con el análisis efectuado a los estados de cuenta bancarios proporcionados por el Comité Técnico del FOSEG, se determinó que el fiduciario, con motivo de haber sufrido falsificación de algunos cheques, canceló a partir del mes de diciembre de 2001 las cuentas bancarias que tenía aperturadas para cada uno de los programas autorizados hasta esa fecha, manejando la totalidad de los recursos en una cuenta única, lo cual comunicó oficialmente al Comité Técnico del FOSEG, sin embargo, hasta la fecha de esta revisión el fiduciario no ha vuelto a abrir una cuenta para cada programa.
Observación
Se constató que el fiduciario tiene establecida una cuenta bancaria única para manejar la totalidad de los recursos correspondientes al Fondo de Seguridad Pública del estado de Guerrero, contraviniendo con ello lo dispuesto en la cláusula sexta, inciso d, del Contrato de Fideicomiso, en la que se señala que el fiduciario deberá establecer subcuentas por cada uno de los programas previstos en el convenio de coordinación y en los Anexos Técnicos.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-005 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG instruya al fiduciario para que anualmente establezca una cuenta bancaria por cada uno de los programas autorizados para el Programa Estatal de Seguridad Pública, de conformidad con la cláusula sexta, inciso d, del Contrato de Fideicomiso, de lo cual deberá informar en su oportunidad a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Con el fin de verificar que el personal al que se le cubrió dotaciones complementarias por 25,860.1 miles de pesos, reunió los requisitos necesarios para que se le otorgara este beneficio, se revisaron los expedientes del personal de la Procuraduría General de Justicia y de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, habiéndose constatado algunas irregularidades en la integración de los mismos, en contravención a lo dispuesto en los numerales 4 y 6 del apartado V "Mecánica Operativa" del Anexo Técnico.
Observación
Se comprobó que los expedientes del personal de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana del estado de Guerrero, al que se le cubrieron dotaciones complementarias por 25,860.1 miles de pesos, no tienen integrada la constancia de haber sido evaluado y elegible para otorgarle dicho beneficio, en contravención a lo dispuesto en los numerales 4 y 6 del apartado V "Mecánica Operativa" del Anexo Técnico respectivo.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-006 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del Fideicomiso de Seguridad Pública del Estado de Guerrero instruya a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana del estado a fin de que Integren en los respectivos expedientes las constancias que permitan verificar la procedencia de otorgar dotaciones complementarias a su personal, en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 4 y 6 del apartado V "Mecánica Operativa" del Anexo Técnico, e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación sobre las medidas tomadas para el efecto.
Resultado
De la revisión al Programa Dotaciones Complementarías no Regularizables, se constató que para el mismo se liberaron recursos por 25,860.1 miles de pesos, y solamente se comprobó documentalmente la cantidad de 23,358.6 miles de pesos, quedando pendiente de aclarar una diferencia por 2,501.5 miles de pesos.
Por otra parte, se constató que no se apegaron a las metas autorizadas en el respectivo Anexo Técnico, ya que la Procuraduría General de Justicia otorgó Dotaciones Complementarias a 299 personas menos, en tanto que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana se excedió en 1,428 personas, sin existir el respectivo addendum modificatorio.
Observación
Se constató que en el ejercicio de los recursos del Programa de Dotaciones Complementarias para el Estado de Guerrero, existe una diferencia de 2,501.5 miles de pesos entre los recursos liberados, por 25,860.1 miles de pesos, y los recursos comprobados documentalmente por 23,358.6 miles de pesos, quedando pendiente de aclarar dicha diferencia. Asimismo, se comprobó que tanto la Secretaría de Seguridad Pública como la Procuraduría General de Justicia no se ajustaron a las metas autorizadas en el Anexo Técnico correspondiente, ya que la primera de ellas otorgó dotaciones complementarias a 1,428 personas más de las autorizadas en el Anexo mencionado, en tanto que la Procuraduría General de Justicia las otorgó a 299 personas menos, en contravención del numeral 6 del apartado, V "Mecánica Operativa" del propio Anexo Técnico.
Acción Promovida
00-50120-2-440-01-007 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Guerrero y el Secretariado Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública del Estado implementen los mecanismos necesarios para que en el futuro no se presenten diferencias y se cumpla con las metas autorizadas en los Anexos Técnicos en cumplimiento del numeral 6 del apartado, V Mecánica Operativa e informe oportunamente de ello a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-010 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del Estado de Guerrero solicite al Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública que aclare la diferencia de 2,501.5 miles de pesos existente entre los recursos liberados y los comprobados, para el Programa de Dotaciones Complementarias, de otra manera inicie el procedimiento administrativo correspondiente e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados.
Resultado
Del análisis a los recursos asignados al Programa de Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública, por 22,704.6 miles de pesos, se determinó que el Comité Técnico del FOSEG, en coordinación con la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero, autorizaron para su ejecución, bajo la modalidad de administración directa, las obras de construcción y terminación del cuartel de policía en Tlapa; construcción del stand de tiro en Chilpancingo; terminación del 100% de la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán y la terminación del total de la construcción del laboratorio de estudios criminalísticos en Chilpancingo, por 10,350.0 miles de pesos, 1,754.6 miles de pesos, 9,000.0 miles de pesos y 1,600.0 miles de pesos respectivamente, sustentando su autorización en los artículos 24, 26 y 70 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de ámbito federal.
Observación
De la revisión efectuada a la documentación relativa a la obra de construcción y terminación del cuartel de policía en Tlapa, construcción de stand de tiro en Chilpancingo, construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, y construcción del laboratorio de estudios criminalísticos en Chilpancingo, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero, sustentó su ejecución bajo la modalidad de administración directa en los artículos 24, 26 y 70 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, debiendo haber aplicado la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero, en contravención de lo dispuesto por el artículo 1o., fracción VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y por el artículo 46, párrafo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine las ventajas obtenidas al haber realizado mediante la modalidad de administración directa la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, del laboratorio de estudios criminalísticos y del stand de tiro en Chilpancingo, y de la terminación del cuartel de policía en Tlapa con recursos del FOSEG y en su caso, inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
Con la revisión documental del expediente técnico de la obra de construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, por 9,000.0 miles de pesos, ejecutada por administración directa, se determinó que el Comité Técnico del FOSEG, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero, autorizaron el pago por 8,488.3 miles de pesos por concepto de arrendamiento de equipos y maquinaria para la construcción de la aeropista mencionada, a los proveedores: Álvarez Hoth Salvador, Desarrollo Empresarial México, S.A. de C.V. y a la Constructora y Edificadora Comalcalco, S.A. de C.V., por 863.5 miles de pesos, 5,539.4 miles de pesos y 2,085.4 miles de pesos, respectivamente, sin haber realizado los procesos de licitación y contratación de arrendamiento respectivos.
Observación
Se determinó que el Comité Técnico del FOSEG en coordinación con la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero, autorizaron, en el ejercicio de 2000, el pago de 8,488.3 miles de pesos por concepto de arrendamiento de equipo y maquinaria para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, a los proveedores Alvarez Hoth Salvador, Desarrollo Empresarial México S.A. de C.V., y Constructora y Edificadora Comalcalco S.A. de C.V., por 863.5 miles de pesos, 5,539.4 miles de pesos y 2,085.4 miles de pesos respectivamente, sin haber realizado los procesos de licitación y contratación de arrendamiento respectivos, en contravención de los artículos 6, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine el posible daño al patrimonio de esa entidad federativa en relación con el pago efectuado por 8,488.3 miles de pesos por concepto de arrendamiento de equipos y maquinaría para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, sin haber realizado los procesos de licitación y contratación respectivos, en contravención de los artículos 6, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero y en su caso inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
El Comité técnico del FOSEG autorizó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero el pago de 56.0 miles de pesos a la Empresa Estudios Ambientales del Pacífico, S.A. de C.V., por concepto de un estudio de impacto ambiental para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, el cual no se localizó en los expedientes técnicos del FOSEG y de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, por lo que no existe constancia de que el estudio se realizara.
Por otro lado cabe señalar que este pago no debió cargarse al presupuesto asignado para la obra antes descrita, como lo establece el numeral 5.3.1.3. de la "Mecánica Operativa" del Anexo Técnico del Convenio de Coordinación celebrado.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG autorizó a solicitud de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero, el pago de 56.0 miles de pesos a la empresa Estudios Ambientales del Pacífico S.A. de C.V., por concepto de un estudio de impacto ambiental para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, sin haberse localizado en el respectivo expediente técnico la constancia del estudio realizado. Por otra parte, se determinó que dicha cantidad no debió haberse pagado con cargo al Programa Estatal de Seguridad Pública de 2000, ya que el Anexo Técnico correspondiente señala en el numeral 5.3.1.3. de la "Mecánica Operativa", que este tipo de estudios se efectuaría sin cargo a los recursos comprendidos en dicho Anexo Técnico.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, gestione lo conducente a fin de que Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado compruebe que la empresa Estudios Ambientales del Pacífico S.A. de C.V., realizó el estudio de impacto ambiental para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, por el cual se pagaron 56.0 miles de pesos, de otra manera inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero, previa autorización del Comité Técnico del FOSEG, realizó la construcción de la aeropista en Santa Cruz, en el Municipio de Huamuxtitlán, con un presupuesto para el ejercicio 2000 por 9,000.0 miles de pesos, bajo la modalidad de administración directa y omitió contratarla mediante el procedimiento de licitación pública, sin contar, antes del inicio de los trabajos, con las normas y especificaciones constructivas, estudios preliminares, proyectos ejecutivos, capacidad técnica y tecnológica, así como carecer de la maquinaria y equipos necesarios para dicha obra.
Observación
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Gobierno del estado de Guerrero, con la autorización del Comité Técnico del FOSEG realizó la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, bajo la modalidad de administración directa, sin haber contado previamente al inicio de los trabajos, con las normas y especificaciones constructivas, estudios preliminares, proyecto ejecutivo, capacidad técnica y tecnológica, ni la maquinaria y equipo necesarios para dicha obra, además de no haber llevado a cabo el procedimiento de licitación pública para contratar la obra, en infracción de los artículos 18, 19, 21, 22, 23, 24 y 26 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero, y los artículos 70, 71 y 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine el posible daño al patrimonio de esa entidad federativa en relación con la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, por administración directa, sin haber contado previamente con normas y especificaciones constructivas, estudios preliminares, proyecto ejecutivo, ni tener la maquinaria y equipo necesarios, y no haberla contratado mediante licitación pública y en su caso e inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
Con la revisión documental de los expedientes técnicos de la obra de construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, se constató que en el año 2000 se le asignaron recursos por 9,000.0 miles de pesos para su realización al 100%, no obstante, al cierre del ejercicio la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero no cumplió con las metas autorizadas en el Anexo Técnico, ya que reportó un avance físico del 70% y avance financiero del 100%.
Por lo anterior, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero ejerció en el año 2001 recursos adicionales por 6,892.5 miles de pesos para la terminación de la obra, monto que rebasó en 76.6% el valor originalmente presupuestado, sin existir justificación técnica y documental del incremento al costo de la obra.
Observación
Al revisar los expedientes técnicos de la obra de construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, se observó que de los 9,000.0 miles de pesos autorizados para su terminación conforme al Anexo Técnico para el año 2000, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Gobierno del estado de Guerrero no cumplió con las metas autorizadas, ya que reportó al cierre de ese ejercicio un avance físico del 70% y un avance financiero del 100%. Por lo que el Comité Técnico del FOSEG proporcionó a esa Secretaria, con cargo al Programa de Seguridad Pública del año 2001, recursos adicionales por 6,892.5 miles de pesos para la terminación de la obra, sin existir justificación técnica y documental de dicho incremento y, por tanto, no se cumplió con el cuadro de metas y montos del apartado Programas y con los numerales 4.3 y 4.7 del apartado Participación Institucional del anexo técnico.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-006 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, gestione que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas justifique el haber ejercido con cargo al programa de 2001, recursos por 6,892.5 miles de pesos, adicionales a los 9,000.0 miles de pesos presupuestados originalmente para la construcción y terminación de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, de otra manera inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
Del análisis efectuado a las bitácoras de obra proporcionadas por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, relativas a la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, se determinó que no aportan registros que justifiquen la utilización de maquinaria, equipo y camiones de volteo que se arrendaron, con un costo de 8,488.3 miles de pesos en el año 2000 y 1,187.6 miles en el año 2001.
Observación
De la revisión efectuada a las bitácoras de obra para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, proporcionadas por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero, se constató que no existen registros que justifiquen la utilización de maquinaria, equipo y camiones de volteo que se arrendaron, con un costo de 8,488.3 miles de pesos en el ejercicio presupuestal de 2000 y 1,187.6 miles de pesos en el ejercicio de 2001, totalizando la cifra de 9,675.9 miles de pesos, en contravención del artículo 18 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero.
Después de la confronta, el ente auditado proporcionó copia de facturas para justificar los pagos realizados por concepto de arrendamiento de maquinaria y equipo mismas que presentan diversas irregularidades que obligan a verificar su autenticidad.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-007 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, gestione lo conducente a fin de que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado justifique el arrendamiento de maquinaria, equipo y camiones de volteo, por el que se pagó un total de 9,675.9 miles de pesos para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, de otra manera inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Acción Promovida
00-50120-2-440-03-001 Solicitud de Aclaración
Se solicita al Gobierno del estado de Guerrero aclare la contratación de maquinaria y equipo para la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, en virtud de que las copias presentadas para justificar los pagos efectuados por 8,488.3 miles de pesos en el año 2000 y 1,187.6 miles de pesos en el año de 2001, presentan diversas irregularidades que obligan a verificar su autenticidad.
Resultado
Con la revisión física y documental de la obra de construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, se constató que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas la ejecutó y supervisó directamente, sin contar con un proyecto ejecutivo validado por las secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes.
Observación
Se evidenció que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Guerrero ejecutó y supervisó directamente la construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, sin haber contado con un proyecto ejecutivo validado por las secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, en contravención del numeral 5.2 del apartado IV Mecánica Operativa del anexo técnico y de los artículos 1, 3 y 6 de la Ley de Aeropuertos y 37, 38 y 39 de su propio Reglamento.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-008 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine el posible daño al patrimonio de esa entidad federativa por haber construido la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán sin un proyecto ejecutivo validado por las secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes y en su caso inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
Resultado
Con la revisión física efectuada a la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán el 12 de junio de 2002, se determinaron deficiencias en la ejecución de la obra por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guerrero.
Observación
Con la revisión física efectuada a la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán, se constataron deficiencias en la ejecución de la obra: el escurrimiento de las aguas pluviales se acumula y filtra en gran parte de la pista y de la cabecera de la misma; en los hombros de la pista se construyeron cunetas para desaguar en la cabecera, sin haberles aplicado recubrimiento, ocasionando que éstas hayan desaparecido por las lluvias normales, y que la zona de la cabecera donde descargan esté fangosa por la falta de drenaje; la carpeta asfáltica contiene incrustado material orgánico por falta de un control de calidad adecuado durante su construcción. Se verificó, además, que la pista no cuenta con mantenimiento, ni con un registro completo de los aterrizajes y despegues de las aeronaves usuarias, por no existir un responsable directo de su administración y conservación. Por otra parte, se constató que en el expediente técnico respectivo no existen planos actualizados ni autorizados, manuales de operación, ni especificaciones técnicas de la pista.
Con base en lo anterior se determinó que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas infringió los artículos 13, fracción III, 18, fracción II, 43 y 45 de la Ley de Obras Públicas del Estado de Guerrero y el numeral 5.3 del apartado IV Mecánica Operativa del Anexo Técnico.
Acción Promovida
00-50120-2-440-02-009 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que el Órgano Interno de Control del Gobierno del estado de Guerrero, en el ámbito de sus atribuciones, determine el posible daño al patrimonio de esa entidad federativa en relación con las deficiencias existentes en el proyecto ejecutivo y en la obra de construcción de la aeropista en Santa Cruz, Municipio de Huamuxtitlán y en su caso inicie el procedimiento administrativo para determinar las responsabilidades a que haya lugar e informe oportunamente a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados de su intervención.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías
realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, se
determinaron 31
observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se
señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Determinado
por la ASF al Gobierno
del Estado y Municipios |
Determinado
por el Órgano Superior de Fiscalización del Congreso Estatal |
Total |
|
Acciones Preventivas: |
|
|
|
|
-
Recomendación |
7 |
15 |
22 |
|
Subtotal |
7 |
15 |
22 |
|
Acciones
Correctivas: |
|
|
|
|
-
Solicitud de Aclaración |
1 |
0 |
1 |
|
-
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control |
10 |
0 |
10 |
|
Subtotal |
11 |
0 |
11 |
|
Total |
18 |
15 |
33 |
Del total general, 11 (33.3%) son de carácter correctivo, y 22 (66.7%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente público auditado y, en su caso, por las instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas y las disposiciones legales aplicables comunicando a la Auditoría Superior de la Federación el avance y solventación de las mismas.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión a Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1998 y 1999 se formularon 6 recomendaciones, de las cuales se han solventado 0 (0.0%) y quedan pendientes 6 (100.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1998 |
1999 |
||||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
||
|
Recomendaciones |
n/r |
n/r |
n/r |
6 |
6 |
|
a) Solventadas |
|
|
|
0 |
0 |
|
b) Por
solventar |
|
|
|
6 |
6 |
|
Total emitido |
|
|
|
6 |
6 |
|
Total Solventado |
|
|
|
0 |
0 |
|
Porcentaje de Avance |
|
|
|
0.0% |
0.0% |
n/r: no revisado. No se
practicaron revisiones en este ejercicio.
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de
Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por
Solventar |
|||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas públicas
anteriores |
0 |
6 |
0 |
0 |
0 |
6 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
7 |
15 |
0 |
0 |
7 |
15 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
11 |
0 |
0 |
0 |
11 |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
18 |
21 |
0 |
0 |
18 |
21 |