De conformidad con lo que
señala la Ley de Coordinación Fiscal, en su artículo
25, capítulo V, “De los Fondos de Aportaciones Federales”, respecto de la
participación de los Estados, Municipios y el Distrito Federal en la
recaudación federal aplicable, se establecen las aportaciones federales, como
recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los estados,
Distrito Federal y, en su caso, de los municipios, condicionando su gasto a la
consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación
establece esta ley, para los fondos siguientes:
I.
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB);
II.
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA);
III.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS);
IV.
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
(FORTAMUN);
V.
Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM);
VI.
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos
(FAETA), y
VII.
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del
Distrito Federal (FASP).
Los recursos asignados a
dichos fondos se canalizan a las entidades federativas y municipios de acuerdo
con los artículos 25 al 46,
del capítulo V, “De los Fondos de Aportaciones Federales”, de la Ley de
Coordinación Fiscal.
El 31 de diciembre de 1999,
se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio de 2000, el cual establece en el
artículo 10, del Título Primero “De las Asignaciones del Presupuesto de Egresos
de la Federación”, la distribución de las erogaciones previstas para los ramos
generales, y correspondió al Ramo General 33 “Aportaciones Federales para
Entidades Federativas y Municipios” la cantidad de 168,957,303.7 miles de
pesos.
Asimismo, el artículo 18,
del Título Segundo, “Del Federalismo”, capítulo I “De las Aportaciones Federales”, define la distribución de las
erogaciones previstas para el Ramo General 33, de la manera siguiente:
|
Fondo |
Presupuesto Autorizado (Miles de pesos) |
|
|
Fondo
de Aportaciones para la Educación Básica y Normal |
|
105,652,544.7 |
|
Fondo
de Aportaciones para los Servicios de Salud |
|
20,022,700.0 |
|
Fondo
de Aportaciones para la Infraestructura Social: |
|
15,989,722.5 |
|
Fondo para la Infraestructura Social
Estatal |
1,937,954.4 |
|
|
Fondo para la Infraestructura Social
Municipal |
14,051,768.1 |
|
|
Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios |
|
15,030,339.2 |
|
Fondo
de Aportaciones Múltiples |
|
5,206,253.6 |
|
Asistencia Social |
2,374,537.9 |
|
|
Infraestructura Educativa |
2,831,715.7 |
|
|
Fondo
de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos: |
|
1,885,743.7 |
|
Educación Tecnológica |
1,311,401.4 |
|
|
Educación de Adultos |
574,342.3 |
|
|
Fondo
de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y
del Distrito Federal |
|
5,170,000.0 |
|
Total: |
|
168,957,303.7 |
FUENTE: Diario Oficial de la Federación del
viernes 31 de diciembre de 1999, página 54 (primera sección).
Estos
recursos se transfirieron por ley a las entidades federativas y los municipios
con objeto de apoyar y fortalecer su capacidad de respuesta, con pleno respeto
a su autonomía de gestión en el ejercicio del gasto, a la atención de acciones,
obras y servicios que demanda la población para eliminar rezagos y promover el
desarrollo social y ordenar el desarrollo regional, en beneficio de los
asentamientos humanos y las actividades productivas.
En
cumplimiento de los artículos 3o.,
fracción III, de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, 46,
fracción IV, de la Ley de Coordinación Fiscal y 21 del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000,
la Auditoría Superior de la Federación, incluyó en su Programa de Auditorías
para la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, la
fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades
federativas y municipios mediante el Ramo General 33, la cual se llevó a cabo
mediante la ejecución de los trabajos de auditoría en dos vertientes:
1.
Las auditorías
realizadas directamente por la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión.
2.
Las auditorías
coordinadas, practicadas por los Órganos Técnicos de Vigilancia de las
Legislaturas Locales, en cumplimiento del Convenio de Coordinación y
Colaboración que celebraron con esta entidad de fiscalización superior de la
Federación o bien, realizadas por dichos Órganos a solicitud de parte.
De
esta forma se practicaron un total de 77 revisiones a los recursos federales
del Ramo General 33, de ellas, 29 fiscalizaron los recursos ejercidos por las
entidades federativas y 48, los recursos ejercidos por los municipios como
sigue:
RAMO GENERAL 33
“APORTACIONES
FEDERALES PARA ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS”
AUDITORÍAS PRACTICADAS
|
Fondos |
Núm. de auditorías practicadas |
Cobertura |
|
|
Entidades federativas |
Municipios |
||
|
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal |
1 |
1 |
|
|
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud |
3 |
3 |
|
|
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social |
18 |
16 |
71 |
|
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de
los Municipios |
32 |
27 |
165 |
|
Fondo de Aportaciones Múltiples |
3 |
3 |
|
|
Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica
y de Adultos |
|
|
|
|
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de
los Estados y del Distrito Federal |
20 |
13 |
|
|
Suma |
77 |
|
|
FUENTE: Auditoría
Superior de la Federación, Programa de Auditorías sobre la Revisión de la
Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 2000, México, 2001 y 2002.
Las 28 revisiones sobre las transferencias de los recursos federales vía Ramo General 33 a las entidades federativas, se practicaron a seis de los siete fondos y consideraron los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal.
Por lo que se refiere a las 48 auditorías sobre los recursos federales transferidos y ejercidos por los municipios, éstas comprendieron la fiscalización de los recursos aplicados en la ejecución de las acciones, obras y servicios contempladas en dos de los siete fondos de aportaciones federales, en 236 municipios ubicados en las entidades federativas antes señaladas, y en Campeche, Coahuila, Durango, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sonora y Tlaxcala.
En conjunto, la fiscalización practicada al Ramo General 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, consideró la revisión del 5.1% del presupuesto ejercido por seis de los siete fondos que lo integran, como se indica a continuación:
RAMO GENERAL 33
“APORTACIONES FEDERALES PARA ENTIDADES FEDERATIVAS Y
MUNICIPIOS”
MONTOS REVISADOS
(Miles de
pesos)
|
Fondos |
Ejercido 1/ |
Revisado |
% |
|
Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal |
115,263,694.3 |
600,210.9 |
0.5 |
|
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud |
22,832,366.2 |
506,630.9 |
2.2 |
|
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social |
15,989,722.5 |
1,756,773.1 |
11.0 |
|
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios |
15,030,339.2 |
4,976,513.0 |
33.1 |
|
Fondo de Aportaciones Múltiples |
5,227,368.3 |
219,911.3 |
4.2 |
|
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal |
5,213,900.0 |
1,121,365.2 |
21.5 |
|
Suma |
179,557,390.5 |
9,181,404.4 |
5.1 |
1/ Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000, México
2001, Tomo de Resultados Generales.
De las revisiones practicadas, destaca la fiscalización de los recursos federales transferidos mediante el FORTAMUN y el FAIS. En el primero la revisión se dirigió a 165 municipios en los que se examinó un monto de recursos equivalente al 33.1% del total ejercido por el FORTAMUN; y en el segundo, la fiscalización se dirigió a 71 municipios en los que se evaluó un monto de recursos equivalentes al 11.0% del total de lo ejercido por el FAIS.
Recursos del Fondo Ejercidos por los Municipios de
Aguascalientes, Jesús María, Calvillo, Rincón de Romos, Asientos, Pabellón de
Arteaga, Tepezalá y San José de Gracia
Como
resultado de la revisión que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de
Aguascalientes, realizó a cada una de las Cuentas Públicas de los recursos
transferidos al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios de los ayuntamientos señalados, se
determinó lo siguiente:
1.
Respecto de la aplicación de los recursos provenientes
del fondo, quedaron pendientes de solventar un total de siete observaciones,
una administrativa y seis financieras de obra pública por un total de 37.8
miles de pesos. Al ayuntamiento de Aguascalientes le corresponde una
administrativa y cuatro financieras de obra pública por 28.1 miles de pesos,
una financiera al ayuntamiento de Pabellón de Arteaga por 7.5 miles de pesos y
una al de San José de Gracia por 2.2 miles de pesos.
Evaluación
de los Recursos del Programa Nacional de Seguridad Pública Transferidos al
Estado de Aguascalientes
Como
resultado del análisis sobre la legalidad del ejercicio de los recursos
federales del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública en los Estados y
del Distrito Federal, respecto de los bienes adquiridos (vehículos, equipo de
cómputo y obras realizadas), así como validar su existencia física y que se
encontraran en uso, inventariados y resguardados, se determinó lo
siguiente:
1.
El control de estos
bienes se encuentra implementado en las propias entidades de seguridad pública
del estado.
2.
El control del
inventario de estos bienes no se tiene establecido en el Comité Técnico del
Fideicomiso.
3.
Por lo que se
refiere a la obra pública se constató la existencia de las obras determinadas
en la muestra, sin embargo no se realizó la inspección técnica de éstas, en
virtud de que existen adquisiciones y obras importantes, que requieren una
revisión más amplia.
Recursos del Fondo Ejercidos por el
Fideicomiso de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Aguascalientes
De
la revisión practicada, se detectó lo siguiente:
1.
El
incumplimiento de las reglas de operación.
2.
El Comité Técnico
carece de registros contables, se instruyó al fiduciario para que los recursos
del H. Supremo Tribunal de Justicia, se entregaran al Oficial Mayor.
3.
Los estados
financieros carecen de notas aclaratorias.
4.
De los
diversos instrumentos de inversión que ofrece el Sistema Banrural, no se
encontró evidencia de la revisión y conciliación.
5.
El
cumplimiento de los objetivos y metas de cinco programas.
6.
De la
revisión documental a la obra Comandancia Rincón de Romos se detectó un pago
indebido por 37.7 miles de pesos.
7.
Respecto de la inspección se observó que la obra está
sin concluir y que no se están realizando trabajos a la fecha.
8.
De la obra Comandancia de Jesús María, el expediente
carece del presupuesto base, en las estimaciones no están integrados los números
generadores, respecto de la inspección se detectó humedad en plafones y domos.
9.
De la obra Comandancia de Tepezalá, en las
estimaciones no están integrados los números generadores, respecto de la
inspección se detectaron irregularidades de construcción.
10.
De la obra Comandancia de Asientos, en la revisión
documental, el expediente carece del presupuesto base, y con respecto de la
inspección se observaron irregularidades en la construcción.
11.
En el Programa
de Adquisiciones de Equipos de Laboratorio para Investigación Criminalística,
se pagó a nombre de un empleado de la PGJ, 38.1 miles de pesos, por concepto del finiquito del microscopio,
en lugar de pagarse a la empresa ganadora.
12.
En el Programa de Seguimiento y Evaluación se registró
un gasto de impresión, el pago del alquiler de equipo y, otros no autorizados.
13.
Con la
revisión de la documentación comprobatoria por el H. Supremo Tribunal de
Justicia de Aguascalientes, se observó que no reúne los requisitos: en los de
Actualización Básica por 15.0 miles de pesos, en el de Capacitación Especializada por 107.0 miles de pesos, en los de Armamento a Policías Preventivos y
Armamento a Policías Judiciales por 27.0 y 428.0 miles de pesos, respectivamente, en el de Equipamiento a
Corporaciones por 174.0 miles de pesos, en el de Vehículos, la inversión está ejercida; sin embargo, se
encuentran pendientes de adquirir 10 vehículos, en los de Construcción y
Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública y de Construcción y
Dignificación de Infraestructura Penitenciarias por 13.0 y 65.0 miles de
pesos.
Objetivo
Verificar que los recursos federales del Ramo General 33, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios asignados a ocho ayuntamientos del estado de Aguascalientes, se ejercieron de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta el impacto social que representó la aplicación de los recursos canalizados a través de este fondo sujeto de revisión, el monto transferido a ocho ayuntamientos del estado de Aguascalientes y su número de habitantes, y el interés de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en el ejercicio transparente de los mismos.
Antecedentes
Con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; 3o., fracciones I, II, inciso b, III, IV, V, VI y X; 7º., fracciones VI, VIII, IX y XII, 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, ahora Auditoría Superior de la Federación, 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año, y 46, fracciones III y IV, de la Ley de Coordinación Fiscal, este órgano técnico solicitó al Contador Mayor de Hacienda del H. Congreso del estado de Aguascalientes, mediante el oficio núm. OASF-FR-1519/01 de fecha 14 de septiembre de 2001, que efectuara el seguimiento y la evaluación del ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, transferidos a los ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María, Calvillo, Rincón de Romos, Asientos, Pabellón de Arteaga, Tepezalá y San José de Gracia, durante 2000.
Alcance
Del total de 156,853.6 miles de pesos asignados al estado de Aguascalientes para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios durante el ejercicio 2000, se transfirieron 148,956.2 miles de pesos (95.0%) a ocho ayuntamientos; el importe de los recursos ejercidos con relación a los transferidos ascendió a 144,654.4 miles de pesos y representó el 97.1%. La entidad de fiscalización superior del estado revisó 114,421.6 miles de pesos de los registros contable y documental del ejercicio de los recursos del fondo (79.1%).
Áreas Revisadas
Los ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María, Calvillo, Rincón de Romos, Asientos, Pabellón de Arteaga, Tepezalá y San José de Gracia, del estado de Aguascalientes.
Resultado
Aguascalientes
Se le transfirieron recursos del fondo por 105,965.5 miles de pesos, de los que se ejercieron 102,932.9 miles de pesos (97.1%), y el saldo fue 3,032.6 miles de pesos (2.9%); de la revisión efectuada se determinaron 24 observaciones administrativas por falta de documentación en los expedientes técnicos de 37 obras, que fueron remitidas a la administración del ayuntamiento mediante el pliego de observaciones para su aclaración o justificación; y se encontró pendiente de solventar sólo una por la falta de 3 escrituras de los predios adquiridos. Asimismo, se determinaron 11 observaciones financieras en las obras, que fueron remitidas a la administración del ayuntamiento mediante el pliego de observaciones para su aclaración o justificación, y de las cuales aún se encuentran pendientes de solventar 4, por 28.1 miles de pesos: por duplicidad de compra de material de construcción, el cual fue registrado pero no suministrado en las obras de los jardines de niños Joaquín Baranda de Ojocaliente II y Cuauhtémoc; por 3.9 miles de pesos y 5.5 miles de pesos; en las escuelas primarias Lucio Blanco y Emiliano Zapata por 18.4 miles de pesos y 0.3 miles de pesos, y también por deficiencias en cuanto al control de los recursos del programa Pro-acción, por medio del cual se otorgan a personas de escasos recursos donativos en materiales para que desempeñen una labor manual. El alcance de la revisión física y documental del gasto fue del 100%.
Observación
Como resultado de la revisión practicada al ayuntamiento de Aguascalientes, la Contaduría Mayor de Hacienda del estado determinó que de las observaciones administrativas quedó pendiente de solventar una: la escrituración de tres predios adquiridos, y de las financieras 4: la duplicidad de compra de material de construcción en 4 obras por 28.1 miles de pesos, el cual fue registrado pero no suministrado en las obras de los jardines de niños Joaquín Baranda de Ojocaliente II y Cuauhtémoc, por 3.9 miles de pesos y 5.5 miles de pesos; en las escuelas primarias Lucio Blanco y Emiliano Zapata por 18.4 miles de pesos y 0.3 miles de pesos y del programa Pro-acción se detectaron deficiencias, en el control, manejo y aplicación de los recursos, en contravención de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados para el estado de Aguascalientes.
Acción Promovida
00-60010-2-381-01-001 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Aguascalientes dé seguimiento y proceda en el ámbito de su competencia para deslindar las responsabilidades sobre las cinco observaciones en que incurrió la administración del ayuntamiento de Aguascalientes, y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Jesús María
Se le transfirieron recursos del fondo por 9,904.4 miles de pesos, de los que se ejercieron 9,791.5 miles de pesos (98.9%), y el saldo fue de 112.9 miles de pesos (1.1%); de la revisión se determinaron también 3 observaciones administrativas por la falta de documentación en los expedientes técnicos de las obras tales como: actas de entrega recepción, bitácoras y licencias de construcción, las cuales fueron solventadas; se determinaron 3 observaciones financieras relativas a la falta de información para verificar el pago por concepto de impuestos y prestaciones en las nóminas del personal adscrito a la Dirección de Vialidad y Seguridad Pública; la comprobación del suministro del combustible se observó incompleta y por lo que se refiere al consumo, se observó un incremento del 20% en relación con los consumos anteriores, observaciones que fueron solventadas. El alcance de la revisión física y documental del gasto fue del 100%.
Resultado
Calvillo
Se le autorizaron del fondo 9,392.1 miles de pesos, aplicó rendimientos financieros por 141.0 miles de pesos y contó con un saldo inicial del fondo de 6.8 miles de pesos, totalizando 9,539.9 miles de pesos, de los que se ejercieron 8,458.5 miles de pesos (88.7%) y el saldo fue de 1,081.4 miles de pesos (11.3%); la revisión consistió en verificar que la documentación en que se soportan los gastos fuera original, que contara con los requisitos fiscales de acuerdo con la normatividad, que se hubiera registrado contable y presupuestalmente, lo que se observó correcto y oportuno; algunas obras no se habían terminado en diciembre del 2000, por lo que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado dio seguimiento a las obras en proceso, e informó que en marzo de 2001 fueron concluidas. El alcance de la revisión física y documental del gasto fue del 48.0%.
Resultado
Rincón de Romos
Se le autorizaron del fondo 7,045.6 miles de pesos, aplicó rendimientos financieros por 21.0 miles de pesos, totalizando 7,066.6 miles de pesos de los cuales se ejercieron 7,066.6 miles de pesos; la revisión determinó nueve observaciones administrativas, principalmente por falta de documentación en los expedientes técnicos como: actas de entrega recepción, bitácoras, licencias de construcción, actas de cabildo con los acuerdos y la aprobación de modificaciones de las acciones llevadas a cabo, falta de documentación comprobatoria por 325,1 miles de pesos y expedientes sin el auxiliar contable, las cuales fueron remitidas a la administración del ayuntamiento mediante el pliego de observaciones para su aclaración o justificación; en respuesta, la Contaduría Mayor de Hacienda del estado informó que el municipio presentó documentación que solventó la totalidad de las observaciones. El alcance de la revisión física y documental del gasto fue del 100%.
Resultado
Asientos
Recibió recursos del fondo por 6,502.0 miles de pesos, de los que se ejercieron 6,369.2 miles de pesos ( 98.0% ) y el saldo fue de 132.8 miles de pesos ( 2.0% ); la revisión consistió en verificar que la documentación soporte de los gastos fuera original, que reuniera los requisitos fiscales, que existiera un control interno adecuado, así como su registro oportuno y correcta aplicación contable y presupuestal; se detectó que la diferencia por ejercer de 132.8 miles de pesos, se debió a que cuatro cuentas presupuestales por 590.0 miles de pesos no fueron ejercidas y otras cuatro presentaron un importe sin ejercer de 457.2 miles de pesos, por lo que el resultado neto sin ejercer fue de 132.8 miles de pesos; se recomendó que se efectuaran los ajustes a fin de presentar las cifras correctas, lo cual se atendió. El alcance de la revisión fue del 43%.
Resultado
Tepezalá
Se le autorizaron recursos del fondo por 2,940.8 miles de pesos, aplicó rendimientos financieros por 3.8 miles de pesos, totalizando 2,944.6 miles de pesos, de los que se ejercieron 2,944.6 miles de pesos; se analizó el control interno, los registros contables, y que la documentación que amparara el gasto fuera original y que contara con los requisitos fiscales establecidos por la normatividad y se determinaron 3 observaciones administrativas, las cuales fueron atendidas. El alcance de la revisión fue del 96%.
Resultado
San José de Gracia
Se le transfirieron recursos del fondo por 1,303.6 miles de pesos, se ejercieron 1,312.3 miles de pesos; la diferencia de 8.7 miles de pesos correspondió a los intereses generados en la cuenta productiva, los que se aplicaron en las obras realizadas; se observó que el Consejo de Desarrollo Municipal autorizó los proyectos de obra y acciones por realizar y no el Cabildo Municipal, lo que originó que el ayuntamiento presentara una situación irregular; se observó que en el acta del consejo del 5 de enero del 2001 se autorizó que 2.2 miles de pesos correspondientes a la retención del 5% de tres obras por contrato fueran aplicados en las mismas, debiendo utilizarse para la vigilancia y seguridad de las obras. El alcance de la revisión fue del 100%.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del estado determinó que el Consejo de Desarrollo Municipal autorizó los proyectos de obra y acciones a realizar y no el Cabildo Municipal y que 2.2 miles de pesos correspondiente a la retención del 5% de tres obras por contrato, fuera aplicado en las mismas, y no en la vigilancia y seguridad de las obras, recomendándose al ayuntamiento que en reunión extraordinaria explique la aplicación de los recursos del fondo, en contravención a lo que establece la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados para el estado de Aguascalientes.
Acción Promovida
00-60010-2-381-01-002 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Aguascalientes dé curso a la recomendación que se formuló al ayuntamiento, y de los resultados informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Pabellón de Arteaga
Se le transfirieron recursos del fondo por 5,754.4 miles de pesos, de los que se ejercieron 5,778.8 miles de pesos; la diferencia de 24.4 miles de pesos correspondió a los intereses generados en la cuenta productiva, los que se aplicaron en las obras realizadas; de la revisión de las obras el ayuntamiento no presentó la documentación completa en los expedientes técnicos: como el acta de cabildo que contiene los acuerdos de aprobación, la fianza por ampliación de una obra, de dos obras los presupuestos original y desglosado, el calendario de obra, el croquis de ubicación y localización y las bitácoras no contaron con la información de las operaciones realizadas. La documentación fue presentada por la administración del ayuntamiento, y se solventaron las observaciones administrativas relativas a los expedientes técnicos de las obras; se determinaron cuatro observaciones de carácter financiero, de las que fueron solventadas tres, y quedó pendiente la relativa a la comprobación del gasto de dos obras del mismo proveedor por 7.5 miles de pesos, en las que se detectó que las facturas registraron tachaduras sobre el precio unitario y que el costo por concepto de renta de andamios de metal varió.
Observación
La Contaduría Mayor de Hacienda del estado informó que las observaciones administrativas relativas a los expedientes técnicos de las obras, determinadas al ayuntamiento de Pabellón de Arteaga, fueron solventadas y las de carácter financiero fueron solventadas tres y quedó pendiente la relativa a la comprobación del gasto de dos obras del mismo proveedor por 7.5 miles de pesos, en las que detectó que las facturas registraron tachaduras sobre el precio unitario y que el costo por concepto de renta de andamios de metal varió, en contravención de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados para el estado de Aguascalientes.
Acción Promovida
00-60010-2-381-01-003 Recomendación
Es necesario que la Contaduría Mayor de Hacienda del estado de Aguascalientes dé seguimiento a la observación determinada al ayuntamiento de Pabellón de Arteaga para que éste la solvente o, en su caso, finque las responsabilidades, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Objetivo
Recabar información que permita determinar muestras representativas sobre la legalidad del ejercicio de los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, para evaluar la viabilidad de incluir su fiscalización integral en la II Fase del Programa de Auditoría a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000 o, en su caso, el enfoque específico que se le dará a la revisión.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta la inseguridad pública que prevalece en el país, por el monto de los recursos asignados al estado, por el impacto social que representa el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y por que en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1999 no se revisó esta entidad federativa.
Antecedentes
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, penúltimo y último párrafo, determina que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala y ordena que dichas instancias se coordinarán para establecer el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para este efecto, la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone en su artículo 11 que las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación.
De acuerdo con lo anterior, el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes suscribieron el Convenio de Coordinación para la realización de acciones del Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000.
El 28 de abril de 1998 se constituyó el Fideicomiso Irrevocable de Administración e Inversión para que el fiduciario administre e invierta el patrimonio fideicomitido en los diversos instrumentos bancarios que ofrece el Sistema BANRURAL, con los rendimientos y plazos más convenientes para el fideicomitente. El fideicomiso constituido se denominó Fondo de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 80, párrafo tercero, de la Ley de Instituciones de Crédito, el fideicomitente constituyó un Comité Técnico, que está integrado por seis miembros; un representante del fideicomitente, dos representantes del Consejo de Seguridad Pública, un representante del Sistema Nacional de Seguridad Pública, un representante de la Contraloría del Estado y un representante del fiduciario.
Con fundamento en las atribuciones que le confieren a esta entidad de fiscalización superior de la Federación los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o., 19, 20 y demás relativos a la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, así como 1o., de su Reglamento Interior, el Auditor Especial de Cumplimiento Financiero, en ausencia del Auditor Superior de la Federación, informó al Secretario General de Gobierno del estado de Aguascalientes, mediante el oficio número AECF/225/01 del 27 de septiembre de 2001, el inicio de la visita e inspección a esa entidad federativa, con el objeto de recabar información y documentación, que servirá de apoyo en la planeación de las auditorías relativas al ejercicio de los recursos del Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, en lo relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal.
Alcance
La visita e inspección comprendieron el análisis documental y reconocimiento físico sobre la aplicación de los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, asignados al estado de Aguascalientes por 74,098.3 miles de pesos, de los cuales fueron ejercidos 61,526.0 miles de pesos, que representan el 83% del total asignado. De los recursos ejercidos, el análisis documental ascendió a la cantidad de 39,991.9 miles de peses, que representa el 65% y el reconocimiento físico se realizó a bienes adquiridos y obras, por un importe de 26,135.1 miles de pesos (42%).
Áreas Revisadas
La visita e inspección se efectuaron en la Procuraduría General de Justicia del estado de Aguascalientes, el Instituto de Seguridad Pública, el Consejo Estatal de Seguridad Pública, la Dirección General de Seguridad Pública, la Policía del H. Ayuntamiento de Aguascalientes y el Centro Estatal de Telecomunicaciones C-4.
Resultado
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de la Secretaría de Gobernación, publicó en el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2000 los Criterios de Asignación para la distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), y le asignó al estado de Aguascalientes la cantidad de 74,098.3 miles de pesos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Pública (SHCP) a través de la Tesorería de la Federación radicó al Fideicomiso de Administración e Inversión Irrevocable, denominado Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes (FOSEG), el 100% de los recursos del FASP, a través de Cuentas por Liquidar Certificadas y distribuidas para gasto de operación, inversión y obra pública, como a continuación se detalla:
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de
los Estados
y del Distrito Federal
MINISTRACIONES RECIBIDAS POR CONCEPTO DE GASTO,
AGUASCALIENTES 2000
(Miles de Pesos)
|
|
|
Concepto de Gasto |
|
||
|
Núm. de CLC |
Fecha de Recepción |
Operación |
Inversión |
Obra Pública |
Total |
|
3300408 |
3-Feb-00 |
254.4 |
762.3 |
1,947.2 |
2,963.9 |
|
3300376 |
14-Feb-00 |
508.9 |
1,524.6 |
3,894.4 |
5,927.9 |
|
3300784 |
13-Mar-00 |
508.9 |
1,524.6 |
3,894.4 |
5,927.9 |
|
3301184 |
12-Abr-00 |
591.2 |
4,573.9 |
762.8 |
5,927.9 |
|
3301374 |
8-May-00 |
591.2 |
4,573.9 |
762.8 |
5,927.9 |
|
3301883 |
12-Jun-00 |
570.6 |
3,811.6 |
1,545.7 |
5,927.9 |
|
3302283 |
11-Jul-00 |
2,289.9 |
6,860.8 |
4,187.0 |
13,337.7 |
|
3302601 |
14-Ago-00 |
2,289.9 |
6,860.8 |
4,187.0 |
13,337.7 |
|
3303119 |
11-Sep-00 |
2,558.2 |
3,811.6 |
1,040.0 |
7,409.8 |
|
3303510 |
9-Oct-00 |
2,558.2 |
3,811.6 |
1,040.0 |
7,409.7 |
|
TOTAL |
|
12,721.4 |
38,115.8 |
23,261.1 |
74,098.3 |
FUENTE: Relación de Cuentas por Liquidar Certificadas proporcionadas por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Se verificó que el total de los recursos federales distribuidos por concepto de gasto fueron depositados en el FOSEG, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Tesorería de la Federación.
Resultado
De los recursos calendarizados por la SHCP y recibidos por la Secretaría de Finanzas del estado de Aguascalientes, por un importe de 74,098.3 miles de pesos, no existió discrepancia entre el total de los recursos recibidos, se observó una diferencia en cuanto al calendario autorizado y lo que debió recibir en el mes de enero de 2000, que se compensa en el mes siguiente, como a continuación se detalla:
FONDO
DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS
Y
DEL DISTRITO FEDERAL RECURSOS CALENDARIZADOS
Y
RECIBIDOS POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS
AGUASCALIENTES 2000
(Miles
de pesos)
|
Mes |
Autorizados |
Recibidos |
Diferencia |
|
Enero |
2,963.9 |
|
(2,963.9) |
|
Febrero |
5,927.9 |
8,891.7 |
2,963.9 |
|
Marzo |
5,927.9 |
5,927.9 |
|
|
Abril |
5,927.9 |
5,927.9 |
|
|
Mayo |
5,927.9 |
5,927.9 |
|
|
Junio |
5,927.9 |
5,927.9 |
|
|
Julio |
13,337.7 |
13,337.7 |
|
|
Agosto |
13,337.7 |
13,337.7 |
|
|
Septiembre |
7,409.8 |
7,409.8 |
|
|
Octubre |
7,409.7 |
7,409.7 |
|
|
T o t a l |
74,098.3 |
74,098.3 |
|
FUENTE: Recibos
de retiro de fondos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado de
Aguascalientes con cargo en el FASP.
Resultado
La asignación y ejercicio de los recursos del FASP por 74,098.3 y 61,526.0 miles de pesos, respectivamente, se distribuyeron en 4 ejes estratégicos, de acuerdo a 16 programas autorizados según el Convenio de Coordinación 2000 y los Anexos Técnicos, como se detallan a continuación:
FONDO
DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS ESTADOS
Y DEL
DISTRITO FEDERAL
AVANCE
FÍSICO FINANCIERO EJERCIDO AL 31 DE AGOSTO DE 2001
AGUASCALIENTES 2000
(MILES DE PESOS)
|
EJE
ESTRATÉGICO Y PROGRAMAS |
Inversión
Federal Radicada |
Inversión
Federal Ejercida |
Diferencia |
|
|
|
|
|
|
|
|
PROFESIONALIZACIÓN |
9,019.0 |
8,597.0 |
422.0 |
|
|
1 |
Evaluación y Certificación de
Personal |
1,818.0 |
1,880.0 |
-62.0 |
|
2 |
Reclutamiento y Selección |
505.0 |
344.0 |
161.0 |
|
3 |
Actualización y Capacitación
Básica |
1,909.0 |
1,709.0 |
200.0 |
|
4 |
Capacitación Especializada |
1,556.0 |
1,425.0 |
131.0 |
|
5 |
Homologación Salarial |
3,231.0 |
3,239.0 |
-8.0 |
|
|
|
|
|
|
|
COBERTURA Y CAPACIDAD DE RESPUESTA |
2,399.3 |
2,030.0 |
369.3 |
|
|
6 |
Ampliación de plantilla |
2,399.3 |
2,030.0 |
369.3 |
|
|
|
|
|
|
|
EQUIPAMIENTO, TECNOLOGIA E INFRAESTRUCTURA |
60,547.0 |
49,025.0 |
11,522.0 |
|
|
7 |
Armamento Policía Preventiva |
1,570.0 |
696.0 |
874.0 |
|
8 |
Armamento Policía Judicial |
428.0 |
0.0 |
428.0 |
|
9 |
Equipamiento de Corporaciones |
3,709.0 |
5,073.0 |
-1,364.0 |
|
10 |
Vehículos |
17,044.0 |
14,112.0 |
2,932.0 |
|
11 |
Construcción de Infraestructura
de Seguridad |
18,952.0 |
15,896.0 |
3,056.0 |
|
12 |
Construcción de Infraestructura
Penitenciaria |
2,339.0 |
2,274.0 |
65.0 |
|
13 |
Equipamiento Informático |
2,073.0 |
2,928.0 |
-855.0 |
|
14 |
Telecomunicaciones |
14,432.0 |
8,046.0 |
6,386.0 |
|
|
|
|
|
|
|
INSTANCIAS DE COORDINACIÓN |
2,133.0 |
1,874.0 |
259.0 |
|
|
15 |
Seguimiento y Evaluación |
350.0 |
91.0 |
259.0 |
|
16 |
Apoyo a Tribunales Superiores de
Justicia |
1,783.0 |
1,783.0 |
0.0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
74,098.3 |
61,526.0 |
12,572.3 |
FUENTE: Avance
Físico-Financiero al 31 de agosto de 2001 correspondiente al ejercicio 2000
emitido por el Comité Técnico del
FOSEG.
De los recursos autorizados por 74,098.3 miles de pesos para los programas detallados, no fueron ejercidos 12,572.3 miles de pesos que representan el 17% del total de la Inversión Federal Radicada; la mayor diferencia no ejercida por 11,522.0 miles de pesos, que significó el 92% del total, corresponde a los programas de Equipamiento, Tecnología e Infraestructura, originado por la falta de aprobación oportuna de los Anexos Técnicos por parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Resultado
Se procedió a la revisión de las Reglas de Operación del Fideicomiso de Administración e Inversión Irrevocable, Fondo de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes (FOSEG), de fecha 2 de diciembre de 1998 en las cuales se establece en el capítulo II del Comité Técnico, cláusula novena, las facultades operativas de dicho Comité, las que en la práctica son desempeñadas por el Secretario del Comité Técnico del Fideicomiso y dos Coordinadores, cuyas percepciones son cubiertas por la Dirección General de Seguridad Pública del estado y su localización física se ubica en las instalaciones del Centro de Telecomunicaciones C-4. Asimismo, se requirió al Comité Técnico entre otras disposiciones normativas, el Manual de Operación sobre la recepción y ejercicio de los recursos federales del FASP, el cual no fue proporcionado por que no cuenta con dicho manual.
Resultado
Se solicitó el registro contable y presupuestal de las aportaciones federales, constatándose que no existe en el Comité Técnico del Fideicomiso un sistema de contabilidad, por lo que el control de ingresos y egresos, se lleva a cabo mediante simples auxiliares y expedientes incompletos por rubros como los relativos a las adquisiciones de bienes, vehículos y obras.
Resultado
Se determinó que la ministración de los recursos federales por un monto de 74,098.3 miles de pesos fueron radicados a partir del 3 de febrero del año 2000, de conformidad con la distribución autorizada por la SHCP; el ejercicio y registro de los recursos se inició hasta el mes de junio, el atraso obedece a que la liberación de los recursos se genera a nivel central por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, hasta que el Convenio de Coordinación y los Anexos Técnicos (uno para cada programa) son autorizados por el Secretario Ejecutivo del SNSP, este trámite en el ejercicio 2000 se llevó 6 meses.
Cualquier propuesta de cambio en el contenido autorizado de los Anexos Técnicos, requiere de un trámite similar que se hace constar en los Addendums al Anexo Técnico respectivo, situación que propició que 12,572.3 miles pesos, se encontraban pendientes de ejercer, 15 meses después de haber recibido dichos recursos; se obtuvo información sobre el ejercicio de los recursos federales del FASP de ejercicios anteriores y se observó que los relativos al año de 1998 se ejercieron totalmente hasta abril de 2001; los de 1999 no habían sido ejercidos en su totalidad al 5 de octubre de 2001; a esta misma fecha los recursos federales de 2000 se encontraban pendientes de ejercer, por 12,572.3 miles de pesos.
Resultado
De conformidad con la muestra seleccionada, se verificó la legalidad del ejercicio de los recursos federales y se determinó que en la mayoría de los casos, se cumplió con las disposiciones y normas en materia de adquisiciones y obras públicas, de conformidad con lo que establecen los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal, las Leyes Estatal de Adquisiciones de Bienes y Servicios, y de Obra Pública y Servicios Relacionados; sin embargo, en la obra destinada a la construcción del edificio de los Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del estado, se adjudicó directamente, mediante el contrato de obra pública número DE-075-2000, el cual fue firmado el 7 de julio de 2000 y el Secretario de Obras Públicas del estado de Aguascalientes emite el dictamen para adjudicar directamente la obra en comento el 7 de agosto de 2000, con fundamento en el oficio número 117/00 de fecha 28 de enero de 2000, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado, pero se observó un retraso en las fechas del contrato y el dictamen.
Resultado
Se revisó el Programa Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, el cual para el ejercicio 2000 estuvo conformado por 4 ejes estratégicos integrados por 16 programas: Profesionalización con 5 programas, Cobertura y Capacidad de Respuesta 1 programa, Equipamiento, Tecnología e Infraestructura 8, y el de Instancias de Coordinación 2 programas.
Del universo de los ejes estratégicos y programas, se seleccionó por su importancia en función al monto de los recursos asignados el de Equipamiento, Tecnología e Infraestructura con una asignación de 60,547.0 miles de pesos, que representó el 82 % en relación con el total de los recursos federales por 74,098.3 miles de pesos, el cual al mes de octubre de 2001 presentó un ejercicio de 49,025.0 miles de pesos en los 8 programas que lo integran, según se indica a continuación:
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública
de los Estados y del
Distrito Federal
EJERCICIO
DE LOS RECURSOS FEDERALES POR PROGRAMAS
DEL EJE
ESTRATÉGICO EQUIPAMIENTO, TECNOLOGÍA E
INFRAESTRUCTURA, AGUASCALIENTES 2000
(Miles de
Pesos)
|
Nombre del Programa |
Asignación |
Ejercido |
|
Armamento Policía Preventiva |
1,570.0 |
696.0 |
|
Armamento Policía Judicial |
428.0 |
0.0 |
|
Equipamiento de Corporaciones |
3,709.0 |
5,073.0 |
|
Vehículos |
17,044.0 |
14,112.0 |
|
Const. de Infraestructura de Seguridad |
18,952.0 |
15,896.0 |
|
Const. de Infraestructura Penitenciaria |
2,339.0 |
2,274.0 |
|
Equipamiento Informático |
2,073.0 |
2,928.0 |
|
Telecomunicaciones |
14,432.0 |
8,046.0 |
|
Total |
60,547.0 |
49,025.0 |
FUENTE: Formato del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre el
avance físico financiero del gasto.
Los programas más representativos del eje de Equipamiento, Tecnología e Infraestructura, en cuanto a montos, son los relativos a Vehículos (28%), Construcción de Infraestructura de Seguridad (31%) y el de Telecomunicaciones (24%), razón por la cual estos programas fueron seleccionados como muestra para llevar a cabo la inspección de los bienes adquiridos, con los siguientes resultados:
Los vehículos adquiridos en el ejercicio 2000, fueron 182 unidades integrados por autos, camionetas, camiones, motocicletas, cuatrimotos y bicicletas, destinados a 7 áreas de seguridad pública del estado, con un importe ejercido de 14,112.0 miles de pesos; se constató la integración de los expedientes y se identificó la existencia de sólo algunos documentos soportes como facturas, fotografías de las unidades, tarjeta de circulación y número de inventario.
Se determinó una muestra de 151 vehículos de dos áreas: la Procuraduría General de Justicia y el municipio de Aguascalientes, a los cuales se les asignaron 56 y 95 unidades, respectivamente, y se realizó la inspección física para identificar las unidades y la existencia de resguardos de los usuarios.
Resultado
De 13 obras realizadas en el ejercicio 2000, por un importe de 15,896.0 miles de pesos, se seleccionó una muestra de 4 de ellas, por un monto de 9,894.0 miles de pesos que representa el 62 %; se realizó la inspección física del edificio de los Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia, un módulo integral, el stand de tiro y un almacén en el Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA), por importes de 7,494.0, 1,220.0, 606.0, y 574.0, miles de pesos, respectivamente, y se constató que las obras fueron realizadas y se encuentran en uso, sin haberse realizado la inspección técnica.
Resultado
El Programa Estatal Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y el Servicio Telefónico de Emergencia 066, está estructurado por fases y el desarrollo de la segunda de ellas correspondió al ejercicio 2000, en la cual se destinaron recursos por un total de 14,432.0 miles de pesos, pero se ejercieron sólo 8,046.0 miles de pesos (56%), como se describen a continuación:
La adquisición de equipo para este programa, se efectuó a la empresa Matra Communications de México, por un importe de 5,470.0 miles de pesos, según el contrato número 1001, consistente en un subcentro de control estatal, sitios de radio, terminales fijas y portátiles, todos ellos con una serie de aditamentos especiales. Los contratos fueron asignados a la empresa citada, de conformidad con las facultades previstas en el artículo 46, fracción VII, inciso d) de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 5 y 24, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes.
Asimismo, con la empresa Unisys de México se adquirió un sistema de monitoreo y seguridad por la cantidad de 1,210.0 miles de pesos y con la empresa Hewlett Packard de México se cubrió un pago por 713.0 miles de pesos por concepto del 50% del contrato para la puesta en operación del sistema de atención de llamadas de emergencia 066, el cual fue asignado a la referida empresa mediante licitación pública internacional, a través del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación; se efectuó una erogación por 302.0 miles de pesos correspondiente al 50% de anticipo para la construcción de una torre autosoportada para Tepezalá, Ags., así como gastos del Censo Cartográfico por 351.0 miles de pesos.
Se llevó a cabo la inspección en las instalaciones del Centro Estatal de Telecomunicaciones C-4, identificando los bienes adquiridos en el 2000 y se constató la operación del Sistema de Atención de Llamadas de Emergencia 066, verificando la operación del sistema, en el que se encuentran entrelazados los servicios de bomberos, cruz roja, policía municipal, estatal y judicial.
Objetivo
Verificar que las aportaciones federales del Ramo General 33, relativas al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal transferidas al estado de Aguascalientes durante 2000, se ejercieron en los propósitos para los cuales fueron destinadas, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal y demás normatividad aplicable.
Criterios de Selección
La revisión se realizó tomando en cuenta la inseguridad pública que prevalece en el país, el monto de los recursos asignados al estado para su atención, el impacto social que representó el ejercicio de los mismos a través del fondo sujeto a revisión, y porque no se incluyó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1999.
Antecedentes
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, penúltimo y último párrafos, determina que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala, y ordena que dichas instancias se coordinarán para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para este efecto, el artículo 11 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de diciembre de 1995. donde se estipula que las políticas, lineamientos y acciones de coordinación se llevarán a cabo mediante la suscripción de los convenios respectivos o con base en los acuerdos y resoluciones adoptadas en el Consejo Nacional de Seguridad Pública y en las demás instancias de coordinación.
De acuerdo con lo anterior, el 18 de enero de 2000, el Gobierno Federal y el del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes suscribieron el Convenio de Coordinación para la realización de acciones en torno al Programa Nacional de Seguridad Pública 1995-2000; el 28 de abril de 1998 se constituyó el Fideicomiso Irrevocable de Administración e Inversión para que el fiduciario administre e invierta el patrimonio fideicomitido en los diversos instrumentos bancarios que ofrece el Sistema Banrural, con los rendimientos y plazos más convenientes para el fideicomitente, el cual se denominó Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes (FOSEG).
De acuerdo con el párrafo tercero del artículo 80 de la Ley de Instituciones de Crédito, el fideicomitente constituyó un Comité Técnico integrado por seis miembros; un representante del fideicomitente (representante del gobierno estatal), dos del Consejo Estatal de Seguridad Pública, uno del Sistema Nacional de Seguridad Pública, uno de la Contraloría del Estado y otro del fiduciario (Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C.), este último con voz pero sin voto.
Con fundamento en las atribuciones que le confieren a esta entidad de fiscalización superior de la Federación los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3°., fracciones I y II, inciso b, III, IV, V, VI y X; 7°., fracciones VI, VIII, IX y XII; 16, 19, 20, 21, 22, 23 y 24, de la Ley Orgánica de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda, todos ellos en relación con los artículos segundo transitorio, párrafo segundo, del Decreto por el que se reforman los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cuarto transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 1999 y el 29 de diciembre de 2000, respectivamente; y 46, fracción IV, de la Ley de Coordinación Fiscal. El Auditor Superior de la Federación informó al Gobernador Constitucional del estado de Aguascalientes, mediante oficio número OASF-FR-240/02 del 3 de abril de 2002, el inicio de los trabajos en esa entidad federativa, con objeto de verificar que los recursos del Ramo General 33 "Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios", correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), se utilizaron en los propósitos para los cuales fueron destinados, en cumplimiento de los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones aplicables.
Alcance
De un total de 74,098.3 miles de pesos asignados al estado de Aguascalientes para el FASP, fueron ejercidos 70,316.3 miles de pesos, que representan el 94.9% del total; el análisis documental cubrió la cantidad de 43,596.1 miles de peses, equivalentes al 62.0% y la inspección se realizó a bienes adquiridos y obras, por un importe de 26,135.1 miles de pesos (37.2%).
Áreas Revisadas
La Procuraduría General de Justicia del estado de Aguascalientes, el Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, el Consejo Estatal de Seguridad Pública, la Dirección General de Seguridad Pública, la Policía del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, el Centro Estatal de Telecomunicaciones C-4 y el H. Supremo Tribunal de Justicia del estado.
Resultado
De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de la Secretaría de Gobernación, publicó en el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2000 los Criterios de Asignación para la distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) y autorizó al estado de Aguascalientes 74,098.3 miles de pesos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Pública (SHCP) a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicó al Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes el 100% de los recursos del FASP, como se detalla a continuación:
FONDO
DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA
DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL
RECURSOS
CALENDARIZADOS Y RADICADOS,
AGUASCALIENTES 2000
(Miles
de pesos)
|
Mes |
Autorizados |
Recibidos |
Diferencia |
|
Enero |
2,963.9 |
|
-2,963.9 |
|
Febrero |
5,927.9 |
8,891.8 |
2,963.9 |
|
Marzo |
5,927.9 |
5,927.9 |
0.0 |
|
Abril |
5,927.9 |
5,927.9 |
0.0 |
|
Mayo |
5,927.9 |
5,927.9 |
0.0 |
|
Junio |
5,927.9 |
5,927.9 |
0.0 |
|
Julio |
13,337.7 |
13,337.7 |
0.0 |
|
Agosto |
13,337.7 |
13,337.7 |
0.0 |
|
Septiembre |
7,409.8 |
7,409.8 |
0.0 |
|
Octubre |
7,409.7 |
7,409.7 |
0.0 |
|
T o t a l |
74,098.3 |
74,098.3 |
0.0 |
FUENTE: Calendarización
de los recursos del FASP 2000, según el DOF del 25 de enero 2000 y recibos de retiro de fondos de la Secretaría
de Finanzas del estado de Aguascalientes.
Del total de los recursos transferidos por la TESOFE al gobierno del estado de Aguascalientes, no existió discrepancia entre los recursos calendarizados y recibidos por el Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes.
Resultado
La SHCP, a través de la TESOFE, transfirió al Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes 74,098.3 miles de pesos a través de Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y distribuidas para gastos de operación, inversión y obra pública, como se detalla a continuación:
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública
de los Estados y del Distrito Federal
Recursos transferidos POR CONCEPTO
DE GASTO, AGUASCALIENTES 2000
(Miles de
pesos)
|
|
|
|
|
||
|
Núm. de CLC |
Fecha
de recepción |
Gasto
de operación |
Gasto
de inversión |
Obra pública |
Total |
|
3300408 |
03/02/00 |
254.4 |
762.3 |
1,947.2 |
2,963.9 |
|
3300376 |
14/02/00 |
508.9 |
1,524.6 |
3,894.4 |
5,927.9 |
|
3300784 |
13/03/00 |
508.9 |
1,524.6 |
3,894.4 |
5,927.9 |
|
3301184 |
12/04/00 |
591.2 |
4,573.9 |
762.8 |
5,927.9 |
|
3301374 |
08/05/00 |
591.2 |
4,573.9 |
762.8 |
5,927.9 |
|
3301883 |
12/06/00 |
570.6 |
3,811.6 |
1,545.7 |
5,927.9 |
|
3302283 |
11/07/00 |
2,289.9 |
6,860.8 |
4,187.0 |
13,337.7 |
|
3302601 |
14/08/00 |
2,289.9 |
6,860.8 |
4,187.0 |
13,337.7 |
|
3303119 |
11/09/00 |
2,558.2 |
3,811.6 |
1,040.0 |
7,409.8 |
|
3303510 |
09/10/00 |
2,558.1 |
3,811.6 |
1,040.0 |
7,409.7 |
|
|
Totales |
12,721.3 |
38,115.7 |
23,261.3 |
74,098.3 |
FUENTE: Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
relación de CLC.
Con la cuenta de cheques núm. 25101000056 del Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C., se verificó que los recursos fueron transferidos al Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes, en tiempo y forma.
Resultado
Se verificó que el Consejo Estatal de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes no cuenta con una estructura de apoyo que le permita administrar de los recursos federales del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes. Como resultado de la confronta, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito de 5 de julio de 2002, informa que el Consejo Estatal de Seguridad Pública cuenta con la estructura que le permite realizar su trabajo en forma adecuada, además para evitar la duplicidad de funciones se apoya en otras ya establecidas por el Gobierno del estado, como son: la Dirección de Licitaciones y Concursos, la Contraloría General del Estado y la Secretaría de Obras Públicas; sin embargo, se requiere de apoyo dentro del Comité Técnico, para que se realicen las responsabilidades que se consignan en las reglas de operación
Observación
El Consejo Estatal de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes no cuenta con una estructura de apoyo que le permita la administración de los recursos federales del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes, en contravención de lo establecido en la cláusula décimoprimera de las reglas de operación del FOSEG, que establece entre otras, la responsabilidad para el Secretario del Comité Técnico de revisar la información financiera mensual que envíe el fiduciario efectuando la conciliación de la misma, contra las instrucciones enviadas y las inversiones realizadas, llevar el control e inventario de los bienes adquiridos con recursos del patrimonio conservando las facturas y los resguardos correspondientes.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-001 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, tome las medidas necesarias para que se cumpla con las responsabilidades que señalan las reglas de operación del Fondo de Seguridad Pública del estado, como lo es el de conformar una estructura de apoyo y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se revisó la operación del Secretario del Comité Técnico y se determinó que carece de registros contables y que el proceso que se sigue para dar a conocer la información financiera del Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes no permite verificar las cifras reportadas en los estados financieros que proporciona el fiduciario; se desconoce el monto de las disponibilidades financieras; los números y movimientos de las cuentas bancarias y de inversiones que administran el patrimonio fideicomitido. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, informó mediante oficio del 5 de julio de 2002, que se lleva una contabilidad básica, con el fin de verificar, en lo general, el cumplimiento de las instrucciones que se emiten al fiduciario, además, se adquirió un paquete comercial de contabilidad, que se ha actualizado con la información del último ejercicio y con la de los años anteriores.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG, carece de registros contables y el proceso que se sigue para dar a conocer la información financiera del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes, no permite verificar las cifras reportadas en los estados financieros que cada mes proporciona el fiduciario, en contravención del inciso h de las reglas de operación; a la fecha se adquirió un paquete comercial de contabilidad, que se ha actualizado con la información del último ejercicio y la de los años anteriores.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-002 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, gire sus instrucciones para que se incorpore la información del ejercicio de los recursos de 2000 al sistema de contabilidad establecido, se obtengan los estados financieros correspondientes, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se revisó la facturación que ampara el ejercicio de gasto corriente y se determinó que el original se encuentra en poder del Consejo Estatal de Seguridad Pública del estado, las facturas por la adquisición de los activos fijos se entregan a la Contraloría General del estado, previa impresión del sello de recibido y firma del funcionario autorizado, con fundamento en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del Estado de Aguascalientes, inciso V, en la cual se establece que corresponde a esta dependencia llevar el control y registro de los bienes muebles al cuidado o propiedad de la Administración Pública Estatal, así como supervisar el correcto uso y estado de conservación de los mismos.
Se verificó el soporte documental del gasto de los recursos del fondo y se comprobó que la documentación se conserva en original, que se encontraran debidamente requisítadas y que reúnen los requisitos legales y fiscales como: contar con el folio, el membrete, el nombre, la cédula de identificación fiscal y el domicilio de la empresa que las expidió; la fecha, el concepto y el importe del bien o servicio que ampara, autorizadas por el funcionario responsable; que correspondieran al periodo del presupuesto ejercido y que se expidieron a nombre del ente auditado; como resultado de la revisión no se determinaron irregularidades.
Resultado
La cláusula décimosegunda, inciso d, de las reglas de operación del fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes, establece como una de las responsabilidades del Secretario del Comité Técnico, enviar al fiduciario las certificaciones de acuerdos aprobados por el Comité Técnico, e instruye la entrega de recursos en numerario a los destinatarios que el Comité Técnico haya determinado. En su revisión, se observó el cumplimiento de la disposición enunciada.
Resultado
En relación con la entrega de recursos del Programa de Apoyo a Tribunales Superiores de Justicia al H. Supremo Tribunal de Justicia del estado, el Secretario del Comité Técnico instruyó al fiduciario para que los recursos se entregaran al Oficial Mayor de aquél, quien proporcionó como soporte documental fotocopias de las facturas por 180.0 miles de pesos expedidas a nombre del H. Supremo Tribunal de Justicia, con fecha de expedición anterior a la emisión del cheque, en contravención de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal, emitidos por la Secretaría de Finanzas, Administración y Contraloría General del estado en el uso de sus facultades que les confieren los artículos 28, 30 42 de la Ley orgánica del Poder ejecutivo. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que con el propósito de facilitar a algunas instituciones de la administración del estado el ejercicio de los recursos que le fueron otorgados, se emitió la instrucción a favor de los administradores de dichos entes. Situación que en este momento ya se encuentra corregida, toda vez que se otorga a favor de la institución beneficiada.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG instruyó al fiduciario del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes para que los recursos del H. Supremo Tribunal de Justicia se entregaran al Oficial Mayor de éste; quien como soporte documental proporcionó fotocopia de las facturas por 180.0 miles de pesos, a nombre del H. Supremo Tribunal de Justicia, con fecha de expedición anterior a la de la emisión del cheque, en contravención del artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-001 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría General del estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente en relación con la documentación comprobatoria por 180.0 miles de pesos del H. Supremo Tribunal de Justicia del estado, y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-03-001 Solicitud de Aclaración
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes dentro del ámbito de sus atribuciones, solicite la documentación comprobatoria por 180.0 miles de pesos, al H. Supremo Tribunal de Justicia del estado debidamente integrada y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La cláusula sexta del Convenio de Coordinación, establece las obligaciones a cargo del fiduciario del Fondo de Seguridad Pública del estado de Aguascalientes, entre otras, debe rendir cada mes al fideicomitente por conducto del Comité Técnico, cuenta de la administración del fideicomiso; abrir una contabilidad especial para el registro de las aportaciones, incrementos o disminuciones del fondo fideicomitido, consignando dichos movimientos en su propia contabilidad y generando estados financieros particulares mensuales, y contratar, en cumplimiento de las instrucciones escritas del Comité Técnico y con cargo a los rendimientos que genere el patrimonio, los servicios de auditoría externa del fideicomiso.
En la revisión de los estados financieros mensuales que entregó el fiduciario al Secretario del Comité Técnico, se observó que carecen de notas aclaratorias, principalmente en lo relativo al saldo que se reporta en la cuenta de caja y bancos, en virtud de que mes a mes es diferente al que aparece en el estado de la cuenta de cheques núm. 25101000056 del Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C.; en lo que se refiere a los diversos instrumentos de inversión que ofrece el Sistema Banrural, no se proporciona al fideicomitente dicha información para poder evaluar que el patrimonio fideicomitido está invertido en las mejores opciones; las inversiones se han realizado en valores de renta fija, con plazos de vencimiento de dos a siete días.
Asimismo no se proporciona al fideicomitente un reporte que contenga los movimientos del mes, principalmente de las aportaciones recibidas y de las instrucciones del Comité Técnico para la entrega de los recursos. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó de que el representante del Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C., en las reuniones de consejo, formula las aclaraciones correspondientes y que es normal que se presenten diferencias entre el saldo que reportan en caja y bancos y el que se registra en el estado de cuenta de cheques, debido a los que se tienen en tránsito; sin embargo, no informa que se deje evidencia de las aclaraciones formuladas ni de los cheques en tránsito, así como de los diversos instrumentos de inversión que ofrece el Sistema Banrural.
Observación
Los estados financieros mensuales que proporcionó el fiduciario a la Secretaria del Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes carecen de notas aclaratorias, principalmente en lo referente al saldo que reporta en la cuenta de caja y bancos, ya que cada mes es diferente al que registra el estado de la cuenta de cheques núm. 25101000056 del Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C.; no se proporciona al fideicomitente un reporte de los movimientos del mes principalmente de las aportaciones recibidas, y de las instrucciones del Comité Técnico para la entrega de los recursos, en contravención de la cláusula sexta, del Convenio de Coordinación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-003 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, gire sus instrucciones al fiduciario para que la información financiera que presente mes a mes incluya las notas aclaratorias necesarias para la toma de decisiones oportunas, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se cotejó el estado de situación financiera al 31 de diciembre 2000, que presentó el fiduciario al Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes y el que adjuntó a su dictamen el despacho de auditores externos y se determinó en estos últimos una diferencia de 194.1 miles de pesos en el rubro de Patrimonio. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito de fecha 5 de julio de 2002, informa de que al 31 de diciembre de 2000, se tenía una inversión por 144.0 miles de dólares, que el despacho para fines contables le aplicó el tipo de cambio de 9.6098 pesos por dólar, el cual fue publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre 2000 y el fiduciario lo registró a 10.958 pesos por dólar, por lo que se considera aclarada la diferencia referida.
Resultado
No se encontró evidencia de la revisión y conciliación por parte de la Secretaría del Comité Técnico del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes de la información financiera mensual que envía el fiduciario del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes, en relación con las instrucciones enviadas para efectuar los pagos respectivos y las inversiones realizadas, en contravención a las reglas de operación. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que proporcionó una carpeta que contiene el resumen de cheques emitidos mes con mes, por programa y monto por dependencia, cada resumen lleva anexo los estados de cuenta de la chequera, así como el de inversión en valores, ambos elaborados por el fiduciario"; sin embargo, no proporciona la evidencia de su revisión y conciliación.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG del estado Aguascalientes no proporcionó evidencia de la revisión y conciliación de la información financiera mensual que envía el fiduciario, en relación con las instrucciones enviadas para efectuar los pagos autorizados y las inversiones realizadas como administrador del patrimonio fideicomitido, en contravención de la cláusula décimosegunda, inciso h, de las reglas de operación del fideicomiso.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-004 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, gire sus instrucciones para que se realice mensualmente la conciliación de la información financiera mensual que envía el fiduciario, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La asignación y ejercicio de los recursos del Fondo de Seguridad Pública del estado Aguascalientes por 74,098.3 y 70,316.3 miles de pesos, respectivamente, se distribuyeron en cuatro ejes estratégicos, de acuerdo con los 16 programas autorizados a través de los anexos técnicos, según el Convenio de Coordinación de 2000, como se detallan a continuación:
FONDO DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA
DE LOS ESTADOS Y DEL DISTRITO FEDERAL
PROGRAMAS AUTORIZADOS,
ASIGNACIÓN Y EJERCICIO DE RECURSOS
AL
31 DE MAYO DE 2002
(Miles de pesos)
|
Eje estratégico y programas |
Recursos radicados |
Recursos ejercidos |
Por ejercer |
|
|
Profesionalización |
9,022.0 |
8,900.0 |
122.0 |
|
|
1 |
Evaluación
y certificación de personal |
1,820.0 |
1,820.0 |
0.0 |
|
2 |
Reclutamiento y selección |
505.0 |
505.0 |
0.0 |
|
3 |
Actualización y capacitación
básica |
1,909.0 |
1,894.0 |
15.0 |
|
4 |
Capacitación
especializada |
1,556.0 |
1,449.0 |
107.0 |
|
5 |
Homologación salarial |
3,232.0 |
3,232.0 |
0.0 |
|
Cobertura y capacidad de respuesta |
2,399.3 |
2,399.3 |
0.0 |
|
|
6 |
Ampliación
de plantilla |
2,399.3 |
2,399.3 |
0.0 |
|
Equipamiento, tecnología e infraestructura |
60,544.0 |
56,976.0 |
3,568.0 |
|
|
7 |
Armamento policía preventivo |
2,347.0 |
2,320.0 |
27.0 |
|
8 |
Armamento policía judicial |
428.0 |
0.0 |
428.0 |
|
9 |
Equipamiento
de corporaciones |
5,255.0 |
5,081.0 |
174.0 |
|
10 |
Vehículos |
13,818.0 |
13,818.0 |
0.0 |
|
11 |
Construc.
y dignificación de infraestructura de seg. pública |
18,950.0 |
18,937.0 |
13.0 |
|
12 |
Construc.
y dignificación de infraestructura penitenciaria |
2,340.0 |
2,275.0 |
65.0 |
|
13 |
Equipamiento
informatico |
2,974.0 |
2,974.0 |
0.0 |
|
14 |
Telecomunicaciones |
14,432.0 |
11,571.0 |
2,861.0 |
|
INSTANCIAS DE COORDINACIÓN |
2,133.0 |
2,041.0 |
92.0 |
|
|
15 |
Seguimiento
y Evaluación |
350.0 |
274.0 |
76.0 |
|
16 |
Apoyo a
Tribunales Superiores de Justicia |
1,783.0 |
1,767.0 |
16.0 |
|
|
Total |
74,098.3 |
70,316.3 |
3,782.0 |
FUENTE: Avance Financiero al
31 de mayo de 2002, del ejercicio 2000, emitido por el Consejo Estatal de Seguridad Pública.
De los recursos autorizados por 74,098.3 miles de pesos para los 16 programas, se determinó al 31 de mayo de 2002 un saldo de 3,782.0 miles de pesos, que representan el 5.1% del total de los recursos radicados; en el análisis de la documentación que sustenta el programa de seguridad estatal de 2000, se observó que el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas Capacitación Especializada; Armamento a Policías Preventivos; Armamento a Policías Judiciales, Telecomunicaciones, y Seguimiento y Evaluación presentan un retrazo de 17 meses, en relación con la fecha en que se radicó el total de recursos, asimismo, en los tramites de autorización de los anexos técnicos o de los adenda por cambio a los mismos, no se obtiene una expedita respuesta de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Observación
El cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas Capacitación Especializada; Armamento a Policías Preventivos; Armamento a Policías Judiciales, Telecomunicaciones, y Seguimiento y Evaluación, en relación con la fecha en que se radicó el total de los recursos, presentan un retraso de 17 meses; asimismo en los trámites de autorización de los anexos técnicos o de los adenda por cambio a los mismos, no se obtiene una expedita respuesta de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en contravención del convenio de coordinación y las reglas de operación.:
Acción Promovida
00-04O00-2-623-01-001 Recomendación
Es necesario que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, dentro del ámbito de sus atribuciones, gire sus instrucciones para que se aprueben y firmen de manera oportuna el convenio y los anexos técnicos para que estos se realicen sin retraso y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Al programa de Actualización y Capacitación Básica, se le asignaron 1,909.0 miles de pesos, de los cuales se ejercieron 1,894.0 miles de pesos; en la revisión de la documentación comprobatoria del gasto realizado por el Instituto de Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, se observó que las facturas que recibió de la Universidad Autónoma de Aguascalientes por conceptos de cursos y diplomados, carecen de información amplia y detallada de los motivos que le dieron origen; respecto de la comprobación de viáticos se encontraron facturas con fechas de emisión anterior o posterior al periodo en que se llevó a cabo el evento por 58.3 miles de pesos; las facturas de hospedaje carecen del nombre de la persona comisionada, así como del período de estancia por 3.8 miles de pesos; en los boletos de avión con fecha de salida 26 de mayo de 2001, los titulares presentaron una nota de consumo con fecha 25 de mayo de 2001 por 0.65 miles de pesos, en contravención al artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, mediante el oficio núm. 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó de la medida adoptada; se anexará a los comprobantes emitidos por las instituciones copia del acuerdo tomado por el FOSEG, nombre del participante, copia del programa y en su caso copia del certificado emitido por la institución; para la comprobación de los viáticos y hospedaje en lo consecuente se solicitará en las comprobaciones que el documento emitido contenga fechas de acuerdo con el periodo autorizado y datos del beneficiario; en los boletos de avión sólo uno es de fecha de salida 26 de mayo el otro es del 25 de mayo de 2001, por lo que el titular de este último presentó una nota de consumo con fecha 25 de mayo de 2001; con las aclaraciones recibidas y la información proporcionada se da por atendida los señalamientos de este resultado.
Resultado
El Programa de Capacitación Especializada es ejercido por cuatro entes ejecutores: el Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA), la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, la Procuraduría General de Justicia del Estado y la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad, a los cuales se les asignaron 1,556.0 miles de pesos, de los que ejercieron 1,449.0 miles de pesos; en la revisión de la documentación comprobatoria del gasto, se observó que de los recursos que ministró el fideicomiso al IESPA, éste emitió facturas como comprobación del gasto, sin que estuvieran sustentadas con los programas de los cursos por impartir o en su defecto el detalle de gastos de los servicios proporcionados; el día 29 de mayo de 2000, recibió 4.2 y 5.8 miles de pesos, de los cuales no se encontraron las facturas que amparan la recepción de los recursos; las facturas por concepto de hospedaje carecen del nombre de la persona que se hospedó por 6.6 miles de pesos, así como del periodo de estancia; del curso Técnicas de Entrevistas e Interrogatorio para la Investigación Criminal, impartido en León, Guanajuato, del 13 al 17 de agosto de 2001, por 13,200.0 miles de pesos, se determinó que del total de la comprobación de los viáticos 10.0 miles de pesos estaban a nombre de la Secretaría de Finanzas del estado; de las facturas recibidas por el prestador de servicios ARTEM, se observó que éstas adolecen de información amplia y detallada de los motivos que les den origen; asimismo, se encontraron tres comprobantes de servicio de taxi alterados por 0.4 miles de pesos en contravención del artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA), mediante el oficio 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó de la siguiente medida adoptada: se anexará a los comprobantes emitidos por las instituciones copia del acuerdo tomado por el FOSEG, nombre del participante, copia del programa y en su caso copia del certificado emitido por la institución; para los comprobantes por viáticos y hospedaje en lo consecuente se solicitará en las comprobaciones que el documento emitido contenga fechas de acuerdo con el periodo autorizado y datos del beneficiario; en relación con los recursos recibidos por 4.2 y 5.8 miles de pesos, el día 29 de mayo de 2000, la fecha de referencia es 2002 y que la omisión de las facturas se debe al cambio de procedimientos que se acordó en el FOSEG, el cual funciona hoy en día, en el sistema de gastos por comprobar para evitar las notas de crédito, por lo que no se encontraron las facturas que amparan la recepción de los recursos; la comprobación de los viáticos por 10.0 miles de pesos que están a nombre de la Secretaría de Finanzas del estado se debió a un error del Director Administración de la Procuraduría General de Justicia al proporcionar a los participantes el registro federal de contribuyentes de la Secretaría de Finanzas a los participantes, la mediada adoptada es que toda institución que compruebe gastos a este organismo, no les será aceptada ninguna comprobación con registro diferente al del Instituto Estatal de Seguridad Pública; en relación con los comprobantes alterados, se acordó en lo consecuente no será admitido comprobante alguno que contenga alteraciones o enmendaduras en cualquiera de los datos; con la información proporcionada se da por atendida la observación.
De los recursos que ministró el FOSEG a la Procuraduría General de Justicia del Estado, se detectó que el Comité Técnico dio instrucciones para que se emitieran diversos cheques a nombre del anterior Director del Instituto de la Procuraduría, por 169.2 miles de pesos, en contravención de las reglas de operación y de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó de que a través de su oficio 883/2002 ha comunicado a la Contraloría General del Estado para que se proceda a la revisión de la documentación señalada.
Observación
De los recursos que ministró el FOSEG a la Procuraduría General de Justicia del Estado, el Comité Técnico emitió instrucciones para que se elaboraran diversos cheques por un total de 169.2 miles de pesos a nombre del anterior Director del Instituto de la Procuraduría General de Justicia del estado, lo cual contraviene la cláusula décimotercera de las Reglas de Operación del Fideicomiso de Administración e Inversión Irrevocable del FOSEG y el inciso b, del artículo 8, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-002 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría General del estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente sobre el destino de los 169.2 miles de pesos, que entregó el fiduciario al anterior Director del Instituto de la Procuraduría General de Justicia del estado, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Del Programa de Dotaciones Complementarias no Regularizables para Personal de Seguridad Pública, correspondiente a la homologación salarial se le asignaron recursos por 3,232.0 miles de pesos, los cuales fueron ejercidos en su totalidad y se alcanzó una meta de 305 personas beneficiadas, se verificó, mediante los registros de altas y bajas; que las dotaciones complementarias se otorgaran al personal en activo que ha sido evaluado como apto para desempeñar el cargo de agente del ministerio público, perito o policía judicial, policías preventivos o custodios de los Centros Penitenciarios y Menores Infractores, como un reconocimiento al desempeño de dichos funcionarios mediante la aprobación de los exámenes del CENEVAL, IMSS, SEDENA y DDA; además se determinó que el IESPA no cuenta con la información de las evaluaciones del personal adscrito a la Procuraduría General de Justicia del Estado, la cual debió de habérsele proporcionado al momento de su creación; se verificó que los pagos se realizaran de manera retroactiva al mes de enero; sin embargo, se determinó un pago extemporáneo por 62.3 miles de pesos ejercidos el mes de agosto de 2001, en contravención del inciso V, punto 6, del anexo técnico.
Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA), mediante el oficio núm. 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que se hará del conocimiento a la Procuraduría General de Justicia del estado esta observación, para solicitarle la información e integrarla a los expedientes.
Del pago extemporáneo por 62.3 miles de pesos, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó con base en el oficio sin número de fecha 1 de julio de 2002, remitido por la Procuraduría General de Justicia del estado y documentación comprobatoria, que la cantidad corresponde al pago retroactivo de enero a diciembre 2000, y que a la fecha en que se pagó la homologación normal, cinco personas, no contaban con la debida certificación, ya que ésta se encontraba en trámite, y aclararon que uno no cumplió con el requisito de certificación, con lo que quedó un saldo de 11.7 miles de pesos en la cuenta de la Secretaria de Finanzas para futuras compensaciones. Con la información proporcionada, se da por atendida esta observación.
Observación
El Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes no cuenta con la información de las evaluaciones del personal adscrito a la Procuraduría General de Justicia del estado, la cual debió haberse proporcionado al momento de su creación, la omisión contravino el convenio de coordinación y los anexos técnicos.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-005 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, lleve a cabo las acciones que considere necesarias a fin de que la Procuraduría General de Justicia de estado proporcione la información de las evaluaciones de su personal al Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
Se revisó el Programa de Ampliación de Plantilla con las nóminas que emite la Secretaría de Finanzas y Administración. El programa forma parte del anexo de Dotaciones Complementarias, y tiene por objeto que, con las aportaciones adicionales que otorga la federación y el estado de Aguascalientes, la entidad amplié su plantilla del personal encargado de la procuración de justicia, para lograr una mayor cobertura y capacidad de respuesta. A este programa se le asignaron 2,399.0 miles de pesos, los cuales se ejercieron en su totalidad, beneficiando a 64 personas. No se determinó irregularidad alguna.
Resultado
Se verificó la legalidad del ejercicio de los recursos federales y se determinó que se cumplió con las disposiciones y normas en materia de adquisiciones y obras públicas, de conformidad con lo que establecen los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal, las leyes estatales de Adquisiciones de Bienes y Servicios, y de Obra Pública y Servicios Relacionados. Sin embargo, en la obra destinada a la construcción del edificio de los Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del estado, que se adjudicó directamente mediante el contrato de obra pública número DE-075-2000, firmado el 7 de julio de 2000, se observó que para su adjudicación, con fecha 7 de agosto de 2000, el Secretario de Obras Públicas del estado de Aguascalientes expidió el dictamen mediante el oficio número 117/00 de fecha 28 de enero de 2000, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado en el uso de sus facultades, determinó un retraso en las fechas del contrato y el dictamen. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que se hizo del conocimiento de la Secretaria de Obras Públicas, el resultado anterior, solicitándole que los procedimientos de adjudicación sean más expeditos, con la información proporcionada se da por atendida la observación.
Resultado
Se revisaron los bienes adquiridos con cargo en los recursos federales del FASP durante el año 2000, como vehículos y equipo de cómputo, por 26,135.1 miles de pesos, con el propósito de validar que existieran físicamente y estuvieran en uso, sin que se detectaran diferencias. Se constató la integración de los expedientes con la revisión de los documentos comprobatorios como facturas, fotografías de las unidades, tarjeta de circulación y número de inventario, y que los bienes se encontraran en uso, inventariados y resguardados; se observó que el control de estos bienes se encuentra implementado en las propias entidades a que fueron asignados, sin embargo, el control del inventario de estos bienes no se tiene establecido en el Comité Técnico del fideicomiso, en contravención de lo establecido en las reglas de operación del FOSEG. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que corresponde a la Contraloría General del Estado llevar el control y registro de los bienes muebles al cuidado o propiedad de la administración pública, no obstante, el Comité Técnico conserva copia de cada una de las hojas del inventario en donde se describe la dependencia, la ubicación del bien, el número de serie y la clave de inventario que le asigna la Contraloría General del Estado.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG del estado de Aguascalientes no lleva el control e inventario de los bienes adquiridos con recursos del fondo y no se conservan los resguardos correspondientes, en contravención de lo establecido en la cláusula décimosegunda, inciso l, de las reglas de operación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-006 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, implemente el control e inventario de los bienes adquiridos con recursos del fondo y se conserven los resguardos correspondientes, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El Programa de Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública tuvo una asignación de 18,950.0 miles de pesos y, de conformidad con la información del avance físico financiero al mes de mayo de 2002, se ejercieron en él 18,637.2 miles de pesos; se realizó la inspección documental y física de las obras de Servicios Periciales, la Academia de Policía y las comandancias municipales de Rincón de Romos, Cosió, Jesús María, Repésala y Asientos, y se determinaron los resultados siguientes:
La obra de Servicios Periciales, ubicada en el municipio de Aguascalientes, se realizó con fundamento en el contrato núm. DE-075-2000 y los convenios adicionales DE-075-01-2000, DE-075-02-2000-01. Se asignó mediante adjudicación directa a la Constructora San Marcos, S.A. de C.V., por 11,000.5 miles de pesos importe determinado mediante paripassu; con la revisión de los documentos que se generaron en cada proceso de la construcción se detectó que está debidamente integrada, soportada y autorizada; respecto de la revisión física se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado y pagado, sin embargo dada la calidad del edificio y sus instalaciones se hace notorio la falta de mantenimiento especializado; En la Academia de Policía ubicada en el municipio de Aguascalientes se realizaron las siguientes obras y rehabilitaciones:
Observación
La obra de Servicios Periciales, se realizó con fundamento en el contrato núm. DE-075-2000 y los convenios adicionales DE-075-01-2000, DE-075-02-2000-01. Se asignó mediante adjudicación directa a la Constructora San Marcos, S.A. de C.V., por 10,000.5 miles de pesos; con la revisión de los documentos que se generaron en cada proceso de la construcción se detectó que está debidamente integrada, soportada y autorizada; respecto de la revisión física se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado y pagado, sin embargo dada la calidad del edificio y sus instalaciones se hace notorio la falta de mantenimiento especializado.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-003 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado dentro del ámbito de sus atribuciones y de considerarlo pertinente inicie el procedimiento administrativo por la falta de mantenimiento especializado en la obra de Servicios Periciales, que se realizó con fundamento en el contrato núm. DE-075-2000 y los convenios adicionales DE-075-01-2000, DE-075-02-2000-01. y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra del Stand de Tiro con fundamento en el contrato núm. DE-083-2000, fue adjudicada en la modalidad de invitación restringida, al Ing. Jaime Díaz Acero por 915.9 miles de pesos; en la inspección se detectó que la obra está terminada y en funcionamiento, y que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado y pagado, sin embargo, se observaron fisuras considerables en muros de carga y los recubrimientos de azulejo en baños están sueltos. Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes mediante el oficio 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que la obra fue entregada en enero del 2001 y que al momento de firmar el acta de entrega recepción, se encontraba en buenas condiciones.
Observación
La obra del Stand de Tiro mediante el contrato núm. DE-083-2000 fue adjudicada en la modalidad de invitación restringida, por 732.7 miles de pesos; en la inspección se detectó que la obra está terminada y en funcionamiento, y que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado y pagado, sin embargo, se observaron fisuras considerables en muros de carga y los recubrimientos de azulejo en baños están sueltos. Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes mediante el oficio 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que la obra fue entregada en enero del 2001 y que al momento de firmar el acta de entrega recepción, se encontraba en buenas condiciones. Sin embargo, no se hicieron validas las fianzas de vicios ocultos.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-004 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado dentro del ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las deficiencias técnicas determinadas en la obra Stand de Tiro mediante el contrato núm. DE-083-2000, sin hacer valida la fianza de vicios ocultos y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra del Modulo Integral que se formalizó con el contrato núm. DE-087-2000 y el convenio adicional DE-087-2000, por 897.0 y 425.0 miles de pesos, respectivamente, importes determinados mediante paripassu, fue adjudicada en la modalidad de invitación restringida a la empresa AVAC Construcciones, S.A. de C.V. En la inspección se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, y que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado; La obra del Almacén General se realizó según el contrato DE-082-2000 y el convenio adicional DE-082-01-2000 por 470.0 y 113.0 miles de pesos, respectivamente importes determinados mediante par y paso; fue adjudicada bajo la modalidad de invitación restringida al Ing. Juan Arturo Ávila Silva; en la inspección se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, que la calidad en mano de obra y materiales cumple con lo contratado, sin embargo en el recubrimiento de azulejo en baños está suelto. Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes mediante su oficio núm. 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que la obra fue entregada en enero del 2001, época en la cual dicha obra al momento de firmar el acta de entrega recepción, sin embargo, no se efectuó la supervisión necesaria para hacer valida la fianza de vicios ocultos.
Observación
La obra del Almacén General se realizó según el contrato DE-082-2000 y el convenio adicional DE-082-01-2000 por 470.0 y 113.0 miles de pesos, respectivamente; en la inspección se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, sin embargo en el recubrimiento de azulejo en baños está suelto. Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes, mediante el oficio núm. 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que la obra fue entregada en enero del 2001, época en la cual dicha obra al momento de firmar el acta de entrega recepción, sin embargo no se efectuaron las supervisión necesaria para hacer valida la fianza de vicios ocultos.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-005 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado, dentro del ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las deficiencias técnicas determinadas en la obra Almacén General mediante el contrato núm. DE-082-2000 y el convenio adicional DE-082-01-2000 por 470.0 y 113.0 miles de pesos, respectivamente; asimismo, no se aplicaron las fianzas de vicios ocultos y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra de remodelación del comedor y cocina, amparadas con el contrato núm. DE-081-2000 y los convenios adicionales DE-081-01-2000 y DE-081-02-2000 por un monto total de 791.5 miles de pesos, fue adjudicada bajo la modalidad de invitación restringida al Ing. José Ramón Martínez Villalobos; en la inspección se observó que la obra está terminada y en funcionamiento, sin embargo los recubrimientos de azulejo en baños y barras de servicio se están desprendiendo, entre los muros nuevos y los ya existentes hay fisuras de consideración, el piso de loseta vidriada está manchado en el 40% y en la losa de cocina y comedor se detectan humedades. Como resultado de la confronta, la Dirección General del Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA), mediante el oficio 1218/VII/2002 del 12 de julio de 2002, informó que, en lo referente al azulejo del baño no se encontró anomalía, sin embargo la barra de servicio ya fue reparada; el piso no está manchado, sino que existe variación en el color de la loseta debido a que se tomó de lotes diferentes, y la humedad del techo se presentó debido a fallas en el automático de almacenamiento, que ya fue reparado.
Resultado
Se determinó que están debidamente integradas, soportadas y autorizadas; La obra de la comandancia Rincón de Ramos, ubicada en el municipio del mismo nombre, amparada con el contrato núm. SPRR-01-2000, fue adjudicada por medio de la modalidad de invitación restringida al Ing. José Luis Orta Galavis, por 904.3 miles de pesos importes determinados mediante paripassu; con la revisión documental se detectó en el punto 16 de las estimaciones 2N, 2A, 3A, y 4A, que se pagó indebidamente 2,027.2 kg de acero de refuerzo núm. 2 (1/4) con un valor de 16.3 miles de pesos, concepto que está incluido en el precio unitario de cadenas y castillos de concreto; con la estimación 2N en el punto 17 se pago indebidamente 2,011.8 kg de acero de refuerzo núm. 3 (3/8) con un valor de 14.9 miles de pesos, concepto que está incluido en el precio unitario de cadenas y castillos de concreto; con la estimación 3N en su punto 20 se relaciona una deductiva de 19.10 m de cadena de concreto de 15 X 20 con importe de 1.7 miles de pesos, que no fueron descontados al importe de la factura núm. 568; con la estimación 1X se pagaron 3.9 miles de pesos por el suministro, habilitado y colocación de acero de refuerzo núm. 5 (5/8), en dos partidas consecutivas por 213.42 kg cada una, sumando un total de 426.84 kg, comparado con el número generador que reporta solamente 213.42 kg se determinó un pago en exceso de 1.9 miles de pesos; con la estimación 2X se cobró suministro, habilitación y armado de acero de refuerzo núm. 5 (5/8) de 645.015 kg por 5.9 miles de pesos, sin tener soporte documental de número generador; con la inspección se observó que la obra está sin concluir y que no están realizando trabajos a la fecha; además la etapa contratada con los recursos de 2000 fue concluida el 17 enero de 2001, en contravención del convenio de coordinación y de las reglas de operación. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó que las observaciones relativas a la obra se turnaron con el oficio núm. 886/2002 al ayuntamiento de Rincón de Romos y así mismo, se informó a las secretarías de Obras Públicas, Estatal y Municipal, y a la Contraloría General del estado para que realicen lo conducente.
Observación
La obra de la comandancia Rincón de Ramos, mediante el contrato núm. SPRR-01-2000, fue adjudicada por medio de la modalidad de invitación restringida, por 904.3 miles de pesos importes determinados mediante paripassu; con la revisión documental se detectó en el punto 16 de las estimaciones 2N, 2A, 3A, y 4A, que se pagó indebidamente 2,027.2 kg de acero de refuerzo núm. 2 (1/4) con un valor de 16.3 miles de pesos, concepto que está incluido en el precio unitario de cadenas y castillos de concreto; con la estimación 2N en el punto 17 se pago indebidamente 2,011.8 kg de acero de refuerzo núm. 3 (3/8) con un valor de 14.9 miles de pesos, concepto que está incluido en el precio unitario de cadenas y castillos de concreto; con la estimación 3N en su punto 20 se relaciona una deductiva de 19.10 m de cadena de concreto de 15 X 20 con importe de 1.7 miles de pesos, que no fueron descontados al importe de la factura núm. 568; con la estimación 1X se pagaron 3.9 miles de pesos por el suministro, habilitado y colocación de acero de refuerzo núm. 5 (5/8), en dos partidas consecutivas por 213.42 kg cada una, sumando un total de 426.84 kg, comparado con el número generador que reporta solamente 213.42 kg se determinó un pago en exceso de 1.9 miles de pesos; con la estimación 2X se cobró suministro, habilitación y armado de acero de refuerzo núm. 5 (5/8) de 645.015 kg por 5.9 miles de pesos, sin tener soporte documental de número generador; con la inspección se observó que la obra está sin concluir y que no están realizando trabajos a la fecha; además la etapa contratada con los recursos de 2000 fue concluida el 17 enero de 2001, en contravención del convenio de coordinación y de las reglas de operación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-006 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado, dentro del ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las deficiencias técnicas determinadas en la obra la comandancia Rincón de Ramos, mediante el contrato núm. SPRR-01-2000, sin tener soporte documental de números generadores, sin hacer válida la fianza de vicios ocultos, observaciones que fueron notificadas mediante el oficio núm. 886/2002, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra de la comandancia de Cosío, ubicada en el municipio del mismo nombre, fue ejecutada por administración directa con un techo financiero de 780.0 miles de pesos, y en la inspección se observó que la obra está terminada y en funcionamiento; la obra de la comandancia de Jesús María, ubicada en el municipio del mismo nombre, fue ejecutada por administración directa con un techo financiero de 780.0 miles de pesos; en la revisión documental se detectaron que el expediente carece del presupuesto base, y en las estimaciones no están integrados los números generadores, indispensables para validar la obra; con la inspección realizada a la obra se detectó, humedad en plafones y domos, se observaron fisuras en muros de la zona de recepción, de la oficina del primer comandante, de la oficina de la policía judicial y de la sala de usos múltiples, fisura en la losa de la oficina del primer comandante y desprendimiento de pisos en la zona de la primera comandancia, los cuales son síntomas de hundimientos diferenciales de toda la obra. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó que las observaciones relativas a la obra se turnaron con el oficio núm. 889/2002 al ayuntamiento de Jesús María; asimismo, se informó a las secretarías de Obras Públicas, Estatal y Municipal y a la Contraloría General del Estado para que realicen lo conducente.
Observación
La obra de la comandancia de Jesús María, fue ejecutada por administración directa con un techo financiero de 780.0 miles de pesos; en la revisión documental se detectó que el expediente carece del presupuesto base, y en las estimaciones no están integrados los números generadores, con la inspección realizada a la obra se detectó, humedad en plafones y domos, se observaron fisuras en muros de la zona de recepción, de la oficina de la policía judicial y de la sala de usos múltiples, fisura en la losa de la oficina del primer comandante y desprendimiento de pisos en la zona de la primera comandancia, los cuales son síntomas de hundimientos diferenciales de toda la obra.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-007 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado, dentro del ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto de las deficiencias técnicas determinadas en la obra comandancia de Jesús María, sin hacer válida la fianza de vicios ocultos, observaciones que fueron notificadas mediante el oficio núm. 889/2002 y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra relativa a la comandancia de Tepezalá, ubicada en el municipio del mismo nombre, fue ejecutada por administración directa, con un techo financiero de 780.0 miles de pesos importe determinado mediante par y paso; con la revisión documental se detectó que en las estimaciones no están integrados los números generadores indispensables para validar la obra; en la inspección de la obra se detectó, que la azotea no cuenta con las pendientes y el impermeabilizante necesario para el desfogue de agua pluvial, lo que ha ocasionado humedades y goteras en todo el edificio, en las losas se encontraron fisura y desprendimiento de recubrimiento de yeso, las rejas de las celdas están sueltas y débiles por falta de material, y la alimentación general de corriente eléctrica no cumple con las especificaciones mínimas de diseño y cálculo establecidas para el consumo y seguridad del edificio. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que las observaciones relativas a la obra se turnaron con el oficio núm. 890/2002 al ayuntamiento de Tepezalá, asimismo, se informó a las secretarías de Obras Públicas, Estatal y Municipal, y a la Contraloría General del Estado para que realicen lo conducente.
Observación
La obra relativa a la comandancia de Tepezalá fue ejecutada por administración directa, con un techo financiero de 780.0 miles de pesos importe determinado mediante par y paso; con la revisión documental se detectó que en las estimaciones no están integrados los números generadores, en la inspección física de la obra se detectó, que la azotea no cuenta con las pendientes y el impermeabilizante necesario para el desfogue de agua pluvial, lo que ha ocasionado humedades y goteras en todo el edificio, en las losas se encontraron fisura y desprendimiento de recubrimiento de yeso, las rejas de las celdas están sueltas y débiles por falta de material, y la alimentación general de corriente eléctrica no cumple con las especificaciones mínimas de diseño y cálculo establecidas para el consumo y seguridad del edificio.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-008 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado, dentro del ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las deficiencias técnicas determinadas en la obra comandancia de Tepezalá, sin hacer válida la fianza de vicios ocultos, observaciones que fueron notificadas mediante el oficio núm. 890/2002, y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
La obra de la comandancia de Asientos del municipio del mismo nombre, fue ejecutada por administración directa, con un techo financiero de 780.0 miles de pesos importes determinados mediante par y paso; con la revisión documental se detectó que el expediente carece del presupuesto base, indispensable para validar la obra, respecto de la inspección física, se observó humedad en el domo del cuarto de armas, grietas en la zona de radio y de cómputo, comedor, pasillos y oficina de la subdirección, y la reja del acceso general a las celdas se desprendió y se almacenó sin darle el uso correcto. Como resultado de la confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que las observaciones relativas a la obra se turnaron con el oficio núm. 891/2002 al ayuntamiento de Asientos, así mismo, se informó a las secretarías de Obras Públicas Estatal y Municipal y a la Contraloría General del Estado para que realicen lo conducente.
Observación
La obra de la comandancia de Asientos, fue ejecutada por administración directa, con un techo financiero de 780.0 miles de pesos; con la revisión documental se detectó que el expediente carece del presupuesto base, indispensable para validar la obra, respecto de la revisión física, se observó humedad en el domo del cuarto de armas, grietas en la zona de radio y de cómputo, comedor, pasillos y oficina de la subdirección, y la reja del acceso general a las celdas se desprendió y se almacenó sin darle el uso correcto.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-009 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Secretaría de la Contraloría General del estado, dentro del ámbito de sus atribuciones inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente respecto a las deficiencias técnicas determinadas en la obra comandancia de Asientos, sin hacer válida la fianza de vicios ocultos, observaciones que fueron notificadas mediante el oficio núm. 891/2002 y del resultado de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El Programa Estatal Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y el Servicio Telefónico de Emergencia 066, está estructurado por fases y el desarrollo de la segunda de ellas correspondió al ejercicio 2000, en la cual se destinaron recursos por un total de 14,432.0 miles de pesos y se ejercieron 11,571.0 miles de pesos (80.2%), como se describen a continuación:
La adquisición de equipo para este programa, se adjudicó a la empresa MATRA-Communications de México, por un importe de 5,470.0 miles de pesos, según el contrato número 1001, consistente en un subcentro de control estatal, sitios de radio, terminales fijas y portátiles, todos ellos con una serie de aditamentos especiales, así como un anticipo del 35% del contrato número 1002. Los contratos fueron asignados a la empresa citada, de conformidad con las facultades previstas en el artículo 46, fracción VII, inciso d de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 5 y 24, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes.
A la empresa Unisys de México se le adquirió un sistema de monitoreo y seguridad por la cantidad de 1,210.0 miles de pesos y con la empresa Hewlett Packard de México se cubrió un pago por 713.0 miles de pesos por concepto del 50% del contrato para la puesta en operación del sistema de atención de llamadas de emergencia 066, el cual fue asignado a la referida empresa mediante licitación pública internacional, a través del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación; se efectuó una erogación por 302.0 miles de pesos correspondiente al 50% de anticipo para la construcción de una torre autosoportada para Tepezalá, Ags., así como gastos del Censo Cartográfico por 351.0 miles de pesos.
Resultado
Se revisó el Programa de Adquisiciones de Equipos de Laboratorio para Investigación Criminalística, que tiene como objetivo la modernización de las instalaciones y del equipamiento de laboratorios para investigación criminalística, contemplando una inversión autorizada, según el anexo técnico, de 1,700.0 miles de pesos, detectándose que se rebasó la inversión autorizada en 38.1 miles de pesos.
Para el cumplimiento de este programa se publicó la convocatoria por invitación restringida núm. GEA-CIR-002-01, para la adquisición de microscopio de patología forense y sistema de análisis periciales, resultando ganadora la empresa Carl Zeiss de México S.A. de C.V., y se celebró un contrato por 1,251.0 miles de pesos, asimismo, se adquirió equipo complementario al microscopio y material de laboratorio por 390.7 y 96.4 miles de pesos, respectivamente, para corroborar su existencia, se cotejaron las facturas originales y los resguardos sin encontrar ningún faltante. Sin embargo, se detectó un pago a nombre de un empleado por 38.1 miles de pesos, por concepto de finiquito del microscopio, siendo que la empresa ganadora fue Carl Zeiss de México S.A. de C.V. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó que la inversión autorizada para la adquisición del equipo enunciado en el párrafo anterior, fue insuficiente en 38.1 miles de pesos, por lo que se le dio suficiencia presupuestal con recursos de los rendimientos financieros y por error se giraron instrucciones al fiduciario, de que se entregaran los recursos a un empleado de la Procuraduría General de Justicia, situaciones que ya no acontecerán, ya que se han girado instrucciones para que los documentos de la entrega de recursos, se expidan a nombre de la institución beneficiada.
Observación
El Comité Técnico del FOSEG del estado de Aguascalientes, instruyó al fiduciario para que de los recursos del Programa de Adquisiciones de Equipos de Laboratorio para Investigación Criminalística, se pagara a nombre de un empleado de la Procuraduría General de Justicia por 38.1 miles de pesos por concepto de finiquito del microscopio adquirido, siendo que la empresa ganadora fue Carl Zeiss de México, S.A. de C.V., en contravención del artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal y las Reglas de Operación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-010 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría General del estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente al pago a nombre de un empleado de la Procuraduría General de Justicia por de 38.1 miles de pesos por concepto de finiquito del microscopio adquirido, en contravención del artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal y las Reglas de Operación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-03-002 Solicitud de Aclaración
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, aclare el pago realizado indebidamente a nombre de un empleado de la Procuraduría General de Justicia por de 38.1 miles de pesos por concepto de finiquito del microscopio adquirido, en contravención del artículo cuarto, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal y las Reglas de Operación, y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
El Programa de Seguimiento y Evaluación tiene como finalidad verificar que los recursos destinados para la seguridad pública, se apliquen de conformidad con los términos que establecen los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública, los Convenios de Coordinación, sus Anexos Técnicos y demás normatividad aplicable; dentro de este programa se incluye la contratación de una institución o empresa pública o privada, especializada en este tipo de tareas, que contara con experiencia y respaldo profesional calificado. En la revisión efectuada se observó que no se contrató ninguna empresa, sin embargo, reportaron un gasto de 274.0 miles de pesos por conceptos de viáticos y pasajes a la Ciudad de México, impresión de 50,000 ejemplares del tabloide de seguridad pública, pago de alquiler de equipo para eventos, conceptos no contenidos ni autorizados en el anexo técnico, en contravención del convenio de coordinación, los anexos técnicos y las reglas de operación.
Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante escrito del 5 de julio de 2002, informó que los gastos de viáticos y pasajes a la Ciudad de México, se pagaron para dar seguimiento a los trámites de negociaciones y autorizaciones de los anexos técnicos que se llevan a cabo en la oficina del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. En lo referente a la impresión de 50,000 ejemplares del tabloide, alquiler de equipo para eventos, por error el gasto se ubicó en el Programa de Seguimiento y Evaluación, cuando debió ser en el rubro de Difusión, dentro del Programa Estatal Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencia 2000. No obstante, este último programa para el año 2000, no consideraba el rubro de difusión.
Observación
En el Programa de Seguimiento y Evaluación se registró un gasto de 274.0 miles de pesos por concepto de la impresión de 50,000 ejemplares del tabloide de seguridad pública, el pago del alquiler de equipo para eventos y, otros no contenidos ni autorizados en el anexo técnico; se informó que por error el gasto se registró en el Programa de Seguimiento y Evaluación, cuando debió ser en el rubro Difusión, dentro del Programa Estatal Básico de la Red Nacional de Telecomunicaciones y Servicio Telefónico de Emergencia 2000; no obstante, este último programa para el año 2000, no consideraba el rubro Difusión, en contravención de lo establecido en el convenio de coordinación, los anexos técnicos y las reglas de operación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-011 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría General del estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente sobre los gastos de 274.0 miles de pesos registrados en el programa de Seguimiento y Evaluación, y de los resultados de su gestión informe a la Auditoria Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-03-003 Solicitud de Aclaración
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones aclare sobre los gastos de 274.0 miles de pesos registrados en el programa de Seguimiento y Evaluación, y de los resultados de su gestión informe a la Auditoria Superior de la Federación.
Resultado
El Programa de Apoyo a Tribunales Superiores de Justicia se consideró una asignación de 1,783.0 miles de pesos, integrado por los subprogramas de Profesionalización (especialización del poder judicial), Dignificación de Instalaciones y de Educación a Distancia por 142.0; 1,621.0 y 20.0 miles de pesos respectivamente, en el subprograma de Profesionalización, en la documentación comprobatoria del gasto se detecto, que los recibos que emite la Universidad Autónoma de Aguascalientes por 36.0 miles de pesos carecen de información amplia y detallada de los motivos que les dio origen, asimismo en las facturas de hospedaje de la maestría "Impartición de Justicia Penal", impartida en la Universidad Iberoamericana Campus León, no especifican los nombre de las personas que se hospedan en contravención de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal. Como resultado de la reunión de confronta, el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, mediante el escrito del 5 de julio de 2002, informó que a través de su oficio núm. 884/2002, informó al H. Supremo Tribunal de Justicia de Aguascalientes, así como a la Contraloría General del Estado para que se proceda a la revisión de la documentación señalada.
Observación
En la revisión de la documentación comprobatoria del gasto ejercido, por el H. Supremo Tribunal de Justicia de Aguascalientes, se observó que en los recibos y sus anexos, de la Universidad Autónoma de Aguascalientes y la documentación comprobatoria de viáticos por 36.0 miles de pesos, no se especifican los conceptos del pago ni el nombre de los beneficiarios, en contravención del artículo IV, inciso d, de los Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos, de los Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-007 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, ejerza las acciones legales correspondientes para el cumplimiento de la normatividad en cuanto a la comprobación de los gastos por 36.0 miles de pesos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Acción Promovida
00-50010-2-623-02-012 Solicitud de Intervención al Órgano Interno de Control
Es necesario que la Contraloría General del estado de Aguascalientes, en el ámbito de sus atribuciones, inicie de considerarlo pertinente el procedimiento administrativo correspondiente a la comprobación de los gastos por 36.0 miles de pesos y de los resultados de su gestión informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Resultado
En cuanto al avance físico-financiero proporcionados por el Consejo de Seguridad Pública al mes de mayo de 2002, se observó un saldo de 3,782.0 miles de pesos y el cumplimiento de las metas de la manera siguiente:
En el programa de Actualización Básica están pendientes de ejercer 15.0 miles de pesos, se tenían programados cursos a 140 policías preventivos nuevos, se otorgó a 195, asimismo se programaron 140 becas para policías preventivos nuevos, logrando como meta de 149; en el programa de Capacitación Especializada esta pendiente de ejercer 107.0 miles de pesos, la meta programada fue impartir cursos de especialización a 519 personas, sin embargo se impartió a 186; de los programas de Armamento a Policías Preventivos y Armamento a Policías Judiciales están pendientes de ejercer 27.0 y 428.0 miles de pesos respectivamente, no se han adquirido 168 armas cortas, 32 armas largas y 273 cartuchos.
En el programa de Equipamiento a Corporaciones, las metas programadas, se cumplieron en su totalidad, sin embargo, existe un saldo pendiente de ejercer de 174.0 miles de pesos; en el programa de Vehículos, la inversión esta ejercida, sin embargo se encuentran pendientes de adquirir 10 vehículos; en los programas de Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública y de Construcción y Dignificación de Infraestructura Penitenciarias, están pendientes de ejercer 13.0 y 65.0 miles de pesos, sin embargo según el anexo técnico y el avance físico-Financiero se cumplieron las metas al 100%.
En el programa de Telecomunicaciones están pendientes de ejercer 2,861.0 miles de pesos así como realizar diversas acciones; en el programa de Seguimiento y Evaluación están pendientes de ejercer 76.0 miles de pesos, y no se elaboró el informe de evaluación; en el programa de Tribunales Superiores de Justicia, se cumplió el total de las metas programadas, sin embargo, se reporta un saldo de 16. 0 miles de pesos.
Observación
Están pendientes de ejercer recursos del fondo por 3,782.0 miles de pesos en los programas de Actualización Básica 15.0 miles de pesos; en el de Capacitación Especializada 107.0 miles de pesos, en los de Armamento a Policías Preventivos y Armamento a Policías Judiciales 27.0 y 428.0 miles de pesos respectivamente, en el de Equipamiento a Corporaciones 174.0 miles de pesos; en el de Vehículos, la inversión está ejercida, sin embargo se encuentran pendientes de adquirir 10 vehículos; en los de Construcción y Dignificación de Infraestructura de Seguridad Pública y de Construcción y Dignificación de Infraestructura Penitenciarias faltan por ejercer 13.0 y 65.0 miles de pesos, en el programa de Telecomunicaciones 2,861.0 miles de pesos, en el de Seguimiento y Evaluación 76.0 miles de pesos y en el de Apoyo a Tribunales 16.0 miles de pesos, todo ello, en contravención del convenio de coordinación, y los anexos técnicos.
Acción Promovida
00-50010-2-623-01-008 Recomendación
Es necesario que el Comité Técnico del FOSEG en el estado de Aguascalientes, dentro del ámbito de sus atribuciones, justifique el incumplimiento de las metas establecidas en el convenio de coordinación y los anexos técnicos relativos al fondo, así como los compromisos por el saldo de los recursos de 2000, y de los resultados, informe a la Auditoría Superior de la Federación.
a) Observaciones
y Acciones Promovidas en la Revisión de la Cuenta Pública 2000
Como resultado de las auditorías realizadas y de acuerdo con lo consignado en los informes correspondientes, se determinaron 23 observaciones, de las cuales se desprenden las acciones que a continuación se señalan:
ACCIONES
PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA
FEDERAL, 2000
|
Tipo de
Acción |
Determinado
por la ASF al Gobierno
del Estado y Municipios |
Determinado
por el Órgano Superior de Fiscalización del Congreso Estatal |
Total |
|
Acciones Preventivas: |
|
|
|
|
-
Recomendación |
9 |
3 |
12 |
|
Subtotal |
9 |
3 |
12 |
|
Acciones Correctivas: |
|
|
|
|
-
Solicitud de Aclaración |
3 |
0 |
3 |
|
-
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control |
12 |
0 |
12 |
|
Subtotal |
15 |
0 |
15 |
|
Total |
24 |
3 |
27 |
Del total general, 15 (55.6%) son de carácter correctivo, y 12 (44.4%), preventivo. Dichas acciones deberán ser atendidas por el ente público auditado y, en su caso, por las instancias competentes, en los plazos y términos que establezcan las notificaciones expedidas y las disposiciones legales aplicables comunicando a la Auditoría Superior de la Federación el avance y solventación de las mismas.
b) Seguimiento
de las Acciones Promovidas en la Revisión a Cuentas Públicas Anteriores
1) Acciones Preventivas
Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 1998 y 1999 se formularon 6 recomendaciones, de las cuales se han solventado 6 (100.0%) y quedan pendientes 0 (0.0%), como se observa en el cuadro siguiente:
SITUACIÓN DE LAS ACCIONES
PREVENTIVAS
AL 30 DE JUNIO DE 2002
Concepto |
Cuenta de
la Hacienda Pública |
Total |
|||
|
1998 |
1999 |
||||
|
Gob. del Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del Edo. y Mpios. |
OSF |
||
|
Recomendaciones |
n/r |
n/r |
n/r |
6 |
6 |
|
a)
Solventadas |
|
|
|
6 |
6 |
|
b)
Por solventar |
|
|
|
0 |
0 |
|
Total emitido |
|
|
|
6 |
6 |
|
Total Solventado |
|
|
|
6 |
6 |
|
Porcentaje de Avance |
|
|
|
100.0% |
100.0% |
n/r: no revisado. No se
practicaron revisiones en este ejercicio.
2) Acciones
Correctivas
Se promovó 1 acción, la cual al 30 de junio de 2002 no se ha solventado 0 (0.0%) y está en proceso de atención 1 (100.0%), como se presenta a continuación:
|
Tipo de acción |
Cuenta de
la Hacienda Pública Federal, 1999 |
|||||
|
Emitidas |
Solventadas |
En proceso de
atención |
||||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Solicitud de Aclaración* |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
*Este tipo de acciones
fueron promovidas a partir de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal,
1999.
|
Total |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
c) Resumen
de Acciones Promovidas
|
Tipo de Acción |
Emitidas |
Solventadas |
Por Solventar |
|||
|
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
Gob. del
Edo. y Mpios. |
OSF |
|
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
6 |
0 |
6 |
0 |
0 |
|
Acciones preventivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
9 |
3 |
0 |
0 |
9 |
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de cuentas
públicas anteriores |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
1 |
|
Acciones correctivas
derivadas de la revisión de la CHPF
2000 |
15 |
0 |
0 |
0 |
15 |
0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
24 |
10 |
0 |
6 |
24 |
4 |