INFORME DE LAS RECUPERACIONES DERIVADAS DE LA FISCALIZACIÓN
SUPERIOR DE LAS CUENTAS PÚBLICAS 2001 A 2009
(Miles de
Pesos)
AL 30 DE JUNIO DE 2011
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RESUMEN |
IMPORTE
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TOTAL
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PODER
EJECUTIVO |
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22,645,899.2 |
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FOBAPROA-IPAB |
10,856,440.2 |
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SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO |
3,834,272.9 |
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SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA |
2,498,819.7 |
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SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
964,581.4 |
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FONDO DE EMPRESAS EXPROPIADAS DEL SECTOR AZUCARERO |
500,732.0 |
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FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO |
477,057.5 |
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO
RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN |
469,004.2 |
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POLICÍA FEDERAL PREVENTIVA |
447,355.7 |
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COMISIÓN NACIONAL FORESTAL |
408,080.6 |
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PETRÓLEOS MEXICANOS Y SUBSIDIARIAS |
370,111.7 |
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BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR |
319,899.1 |
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APOYOS Y SERVICIOS A LA COMERCIALIZACIÓN
AGROPECUARIA |
252,977.0 |
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INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL |
202,597.7 |
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COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD |
231,016.1 |
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COORDINACION NACIONAL DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES |
116,575.3 |
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OTRAS ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO |
696,378.1 |
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PODER
JUDICIAL |
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277,427.4 |
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PODER
LEGISLATIVO |
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105,614.5 |
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ÓRGANOS
AUTÓNOMOS |
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11,222.9 |
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INSTITUCIONES PÚBLICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR |
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27,333.1 |
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RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS A ENTIDADES
FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y DELEGACIONES 1/ |
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22,258,759.2 |
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TOTAL |
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45,326,256.3 |
1/ Se incluyen
962,982.7 miles de pesos que las EFSL reportaron como recuperaciones de
auditorías practicadas en coordinación con la ASF. El soporte documental se
encuentra en los expedientes de papeles de trabajo de las EFSL
correspondientes.
Como resultado de
la intervención de la ASF con motivo de la fiscalización superior de las
cuentas públicas 2001-2008, diez entidades fiscalizadas han promovido procesos
judiciales a terceros por un monto acumulado de 581,201.5 miles de pesos. En su
caso, una vez que se comunique a la ASF de la resolución, los montos
correspondientes se adicionarán al monto de las recuperaciones operadas.
Nota: Las
recuperaciones operadas que se reportan devienen de la acción fiscalizadora y
del ejercicio de las facultades de la ASF en materia de responsabilidades
resarcitorias, y se refieren a procesos de fiscalización superior ya concluidos
y conciliados cuyos montos han sido reintegrados al erario federal.
La ASF concluye el seguimiento de sus
observaciones-acciones por alguna de las siguientes vías:
1.
La atención o solventación de las mismas, por parte de
la entidad fiscalizada.
2.
La promoción del ejercicio de la facultad de
comprobación fiscal, ante las autoridades recaudatorias.
3.
La promoción de responsabilidades administrativas
sancionatorias, ante las instancias de control competentes.
4.
El fincamiento de responsabilidades resarcitorias, en
cumplimiento de las atribuciones que la Ley le confiere.
5.
La presentación de denuncia de hechos, ante el Ministerio
Público Federal.
6.
La promoción de las responsabilidades a que se refiere
el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
ante la H. Cámara de Diputados.