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En el sistema político mexicano existen tres poderes: el Poder Ejecutivo, cuyo titular es el Presidente de la República y se encarga de ejecutar los programas y políticas públicas; el Poder Legislativo, que se encarga de crear o modificar leyes, y el Poder Judicial, que tiene como responsabilidad administrar la justicia, interpretar la Constitución y resolver diferendos. Una condición indispensable de un gobierno democrático es el equilibrio entre estos tres poderes. En la Constitución se confiere la facultad al Poder Legislativo, en tanto representante de la población y encargado de autorizar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de dictaminar políticamente la Cuenta Pública que rinden el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder Legislativo y los órganos constitucionalmente autónomos, como son el Banco de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Instituto Federal Electoral, entre otros.
La Auditoría Superior de la Federación es el órgano técnico de la Cámara de Diputados que revisa y elabora el Informe de Revisión de la Cuenta Pública que se presenta al Poder Legislativo; es decir, la ASF, con base en criterios técnicos, revisa los resultados de la gestión financiera, comprueba que la Cuenta Pública se haya ajustado a los lineamientos señalados por el presupuesto y constata el cumplimiento de los objetivos y las metas contenidos en los programas de gobierno. |
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Es un documento técnico que elabora el Poder Ejecutivo Federal para entregarlo a la H. Cámara de Diputados y que contiene información sobre el ejercicio fiscal de los tres Poderes de la Unión y de los órganos constitucionalmente autónomos. En otras palabras, presenta la contabilidad, las finanzas y el ejercicio del gasto de los programas públicos. Se basa en las partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación. |
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De acuerdo con las últimas modificaciones constitucionales, el Poder Ejecutivo presenta la Cuenta Pública del ejercicio fiscal inmediato anterior el 30 de abril del año siguiente. Para efectuar la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoya en la ASF, la que lleva a cabo la fiscalización superior de la misma. La ASF entrega el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública el 20 de febrero del año siguiente a la entrega de la Cuenta Pública por parte del Poder Ejecutivo. |
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La acción de fiscalizar es sinónima de auditar, de vigilar a detalle. Este término se refiere a la tarea de supervisar escrupulosamente la actuación de un tercero y detectar cualquier anomalía.
En el caso de la ASF, su función es la de vigilar el buen uso del patrimonio público pues, al revisar la aplicación de recursos y programas públicos, garantiza que los montos lleguen al destino programado y que las acciones de gobierno se cumplan conforme a lo legalmente establecido.
El término “superior”, por otra parte, señala que la ASF es la última instancia y máxima autoridad encargada de realizar estas auditorías a los fondos públicos. Es decir, no hay ninguna dependencia, organismo o institución por encima de ella. En este sentido, la ASF es la autoridad máxima del país en materia de fiscalización de los recursos públicos, por lo que sus observaciones y acciones son finales y las dependencias públicas se ven obligadas a responder a ellas. |
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La Cámara de Diputados divide el trabajo legislativo entre diversas Comisiones Permanentes que se abocan a tareas específicas. Una de ellas es la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. La principal atribución de la Comisión de Vigilancia consiste en servir de enlace entre la Cámara de Diputados y su órgano técnico de fiscalización, la Auditoría Superior de la Federación. |
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Dentro del sistema federal existen recursos administrados por la Federación y recursos administrados por los estados y los municipios. La ASF se encarga de auditar los recursos federales otorgados a los Poderes de la Unión, a los gobiernos estatales, a los municipios, al Gobierno del Distrito Federal, a las entidades autónomas (Banco de México, UNAM, IFE; CNDH, etcétera) e inclusive, a particulares que reciban y hagan uso de recursos públicos. |
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Dada la magnitud del Presupuesto de Egresos de la Federación y la complejidad de las funciones gubernamentales que se llevan a cabo en el país a lo largo de un año, sería imposible revisar al detalle el cien por ciento de dichas operaciones dentro del periodo asignado por ley para la entrega del Informe de la Revisión de la Cuenta Pública. La práctica internacional vigente y las normas de auditoría recomiendan determinar una muestra representativa del universo de operaciones. La acción de la ASF está sujeta a principios de anualidad y posterioridad, que implican que sólo se revisa el ejercicio de recursos del año fiscal correspondiente a la Cuenta Pública en cuestión, y dicha fiscalización se lleva a cabo después de que estos recursos han sido ejercidos. |
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La ASF sigue un riguroso proceso de planeación para determinar las áreas a ser fiscalizadas, con especial énfasis en los programas estratégicos. Tras un análisis macroeconómico, programático, presupuestal y financiero, se reconocen los sectores, ramos, funciones, subfunciones y programas estratégicos y prioritarios. Con la obtención de indicadores clave, se identifican sujetos y objetos de revisión, los cuales se ponderan mediante criterios como el interés camaral, la evaluación financiera, programática y presupuestal, la importancia de la acción institucional, las revisiones anteriores y la identificación de áreas de riesgo. Así, se obtiene una jerarquización que conforma un Programa Anual de Auditorías siguiendo los lineamientos de importancia, pertinencia y factibilidad. Es entonces cuando se efectúan las revisiones, de las cuales se derivan los informes, las observaciones y las acciones que son notificadas a los entes auditados, y que forman parte del Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública. La Cámara de Diputados puede hacer sugerencias para incorporar revisiones en el Programa Anual de Auditorías; sin embargo, por su autonomía técnica y de gestión, la ASF es la que, en última instancia, decide las auditorías que se llevarán a cabo. |
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El alcance de la labor fiscalizadora de la ASF implica revisar el peso federal esté donde esté, incluyendo particulares, respetando los principios de anualidad y posterioridad. |
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A nivel gubernamental existen dos tipos de control: el interno y el externo.
El control interno se lleva a cabo antes, durante y después de realizada la gestión gubernamental, y lo efectúan áreas que dependen de las estructuras orgánicas. Por ejemplo, la institución encargada del control interno dentro del Poder Ejecutivo es la Secretaría de la Función Pública, responsable de vigilar la aplicación del gasto federal y del cumplimiento de las políticas y programas públicos, así como de la actuación de las dependencias gubernamentales y de los servidores públicos.
Por su parte, el control externo se ejerce de manera posterior a la gestión financiera del gobierno, por medio de instituciones totalmente independientes de las entidades fiscalizadas—en este caso, por la Auditoría Superior de la Federación. Estos dos tipos de control son complementarios, de manera que un eficiente control interno propicia las acciones de buen gobierno y facilita la fiscalización superior del control externo. La ASF y la Secretaría de la Función Pública (SFP) firmaron un Convenio de Cooperación Técnica e Intercambio de Información para el mejor cumplimiento de sus responsabilidades.
La otra gran diferencia se encuentra en el ámbito de la competencia de estas instituciones, pues la SFP está facultada para fiscalizar exclusivamente al Poder Ejecutivo Federal, mientras que la ASF puede auditar a los tres Poderes de la Unión y a cualquier entidad que utilice recursos federales, ya sean estados, municipios o inclusive particulares. |
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Cada estado cuenta con un ente fiscalizador dependiente de su respectivo Congreso para la revisión del uso de los recursos estatales. Los estados de la República reciben recursos de la Federación para llevar a cabo determinadas actividades, los cuales pueden ser revisados directamente por la ASF o bien por los órganos de fiscalización estatales, para lo cual se suscriben convenios de cooperación para facilitar la revisión del uso de los recursos federales asignados. |
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El principal patrimonio de la ASF es su neutralidad. En el proceso de creación de la ASF se le otorgaron atribuciones y facultades que le permiten actuar con plena autonomía técnica y de gestión.
El titular de la ASF es elegido por periodos de 8 años como resultado de una convocatoria pública en la que puede participar cualquier ciudadano mexicano que cumpla con los requisitos de ley, y su elección requiere del voto de las dos terceras partes de las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados. |
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Una vez que la ASF emite el Informe de la Revisión de la Cuenta Pública, éste se hace del dominio público el mismo día en que es presentado a la Cámara de Diputados. Se puede acceder a todo el contenido del Informe en la página web de la ASF. |
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Cuando la ASF detecta una irregularidad en el manejo de los recursos públicos, emite una observación. Antes de elaborar el informe final de auditoría, se reúne con el ente auditado para hacer de su conocimiento dicha observación y para que, en su caso, que ésta pueda ser aclarada y solventada. Cuando dichas observaciones no son solventadas, la ASF las incluye como parte del Informe de Revisión de la Cuenta Pública que presenta a la Cámara de Diputados. Una vez que presenta el informe a la Cámara, la ASF notifica al ente auditado todas las observaciones detectadas y las acciones emitidas. El ente auditado cuenta con un periodo de 45 días hábiles para aclarar la observación. A partir de la Cuenta Pública de 2008 el plazo de aclaración será de 30 días hábiles. Si las observaciones no son aclaradas, entonces la ASF puede emitir las acciones correctivas siguientes:
1. Promoción de sanciones administrativas ante los órganos de control interno correspondientes.
2. Fincamiento de responsabilidades resarcitorias, que implican la devolución al erario público de los recursos empleados incorrectamente.
3. Presentación de denuncias penales o de hechos ante el Ministerio Público.
Por otra parte, la ASF puede emitir acciones de carácter preventivo, consistentes en recomendaciones relacionadas con deficiencias y debilidades en el control interno de las entidades auditadas, así como propuestas de mejora a la gestión para que se atiendan problemas estructurales, se adopten las mejores prácticas administrativas y se cumplan con eficiencia, eficacia y economía los objetivos y las metas. |
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No. El valor de la ASF reside en realizar un trabajo neutral con base en las mejores prácticas y sin ningún sesgo partidista. Eso asegura que los resultados derivan de evidencias documentales contundentes. La resolución de las denuncias penales que se presentan corresponde a la Procuraduría General de la República a través de las actuaciones del Ministerio Público Federal. |
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Existen diversas instancias que evalúan la actuación de la ASF. Una de ellas, prevista en la Ley de Fiscalización Superior, es la Unidad de Evaluación y Control, dependiente de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, quien está encargada de revisar el uso que se hace de los recursos presupuestales que le son asignados a la ASF. La ASF se ha sometido a revisiones sobre su gestión financiera, su desempeño y sus obligaciones fiscales por parte de despachos externos independientes, así como una Revisión entre Pares de carácter internacional por parte de Entidades Fiscalizadores Superiores de otros países. |
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Los resultados de su labor fiscalizadora, que es neutral y apartidista, son el principal elemento de posicionamiento ante la opinión pública. La ASF, como órgano técnico, procura que el contenido de su actividad no sea tergiversado dentro del contexto de pugnas político-partidistas. El objetivo principal de nuestra presencia en los medios es esencialmente informar a la ciudadanía sobre la actuación y el desempeño de los servidores públicos. |
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La ASF ha sido referencia para muchos países en cuanto a su desarrollo de metodologías, como el caso de las auditorías horizontales, de centricidad y especiales (rescate bancario y deuda pública, etcétera). Además, a nivel mundial, la objetividad y el rigor técnico de las auditorías llevadas a cabo por la ASF han sido reconocidos por sus pares y por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, INTOSAI, por sus siglas en inglés.
En un estudio coordinado por la Dra. Aimée Figueroa, investigadora de la Universidad de Guadalajara, consistente en un trabajo de análisis sobre el grado de desarrollo, las facultades, atribuciones, el modelo de organización, marco normativo y metodología de la Auditoría Superior de la Federación comparada con las de Entidades de Fiscalización Superior de diversos países del orbe, se sitúa a la ASF como una entidad fiscalizadora moderna, que cuenta con importantes herramientas técnicas y facultades que le permiten incidir en el mejor desempeño administrativo de los gobiernos, y pugnar para que la gestión pública sea verdaderamente a favor de los ciudadanos. |
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El principal objetivo de la Auditoría Superior de la federación es realizar una labor fiscalizadora con un alto rigor técnico, neutral y al margen de intereses particulares o de grupo. Su tarea es revisar la cuenta pública y elaborar un informe para ser presentado ante la Cámara de Diputados. Como resultado de esta revisión, la ASF contribuye, a través de la emisión de acciones correctivas y preventivas (ver pregunta 14), a combatir la corrupción en el sentido más amplio del concepto. En este contexto, corrupción se puede entender como la falta de cumplimiento de los objetivos y las metas; la inobservancia de las normas; la incompetencia al realizar las tareas públicas; la asignación ineficiente de los recursos y desviar recursos públicos para obtener un beneficio personal.
Resulta inapropiado evaluar la labor de la ASF con base de los índices de Percepción de la Corrupción que elaboran diversas instituciones tales como Transparencia Internacional y Transparencia Mexicana.
La ASF ha mantenido una actitud proactiva ante estos hechos a través de la determinación de áreas de opacidad y riesgo en la administración pública federal, misma que ha resultado, en algunos casos, en modificaciones al marco normativo vigente aplicable al hecho observado.
En materia de fideicomisos, fondos, mandatos y contratos análogos, la ASF logró un avance definitivo a través de la aprobación de una iniciativa para modificar el artículo 2 de la Ley de Fiscalización Superior, con el fin de reconocer expresamente que estas figuras eran sujetas a fiscalización.
La ASF ha detectado áreas de opacidad y riesgo, sobre las cuales es indispensable la instrumentación de acciones puntuales a favor de la transparencia y la rendición de cuentas. Dichas áreas son las siguientes: eficiencia recaudatoria; fideicomisos, fondos, mandatos y contratos análogos; educación pública en sus componentes de calidad y cobertura; pensiones y jubilaciones; recursos federales transferidos a estados y municipios; Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (PIDIREGAS); recursos destinados a procesos electorales; Sistema Contable Gubernamental; Sistema de Evaluación del Desempeño; donativos de recursos públicos; mejora regulatoria; remuneraciones de los servidores públicos; y preservación del medio ambiente.
Se han efectuado revisiones a las universidades públicas, se han fiscalizado las operaciones del rescate bancario y del Programa Oportunidades, se han auditado los servicios de educación básica, el programa del medio ambiente, y la red de autopistas, carreteras y caminos rurales. Asimismo, se ha llevado a cabo la evaluación integral al desempeño de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad. También se han implementado auditorias horizontales a los regímenes de jubilaciones y pensiones, al servicio civil de carrera, a la operación de los PIDIREGAS, a la regulación del sistema financiero de fomento, a las remuneraciones en el Sector Público, al registro y control de donativos y al abasto de medicamentos en el Sector Salud. Se han realizado auditorías de centricidad para evaluar la concurrencia de diversos programas y proyectos institucionales para atender las necesidades de un grupo específico de población. |
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Derivado del proceso de fiscalización en estos 7 años (2002 a 2008), las auditorías a las Cuentas Públicas han aumentado de 312 a 962 (208%), la ASF ha logrado recuperaciones de recursos superiores a los 31 mil millones de pesos, monto que representa más de 30 veces el presupuesto anual de la Institución. Estas recuperaciones han sido reintegradas al erario público federal, un hecho inédito en la historia del país.
La ASF cuenta con la certificación internacional ISO 9001:2000 en sus procesos de Planeación de Auditorías, Desarrollo de Auditorías, Integración de Informes Institucionales, Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias, Administración y Seguimiento de Observaciones de la Auditoría. Este proceso ha permitido arraigar entre el personal de la ASF una cultura basada en la calidad y una filosofía sustentada en la mejora continua. |
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Las recuperaciones, al 31 de diciembre de 2008, por 31,691 millones de pesos (mdp), como resultado de la labor de fiscalización de la ASF, son reales, cuentan con documentación soporte probatoria y representan un logro institucional.
Cuando se generan observaciones como resultado de la fiscalización superior, que implican presuntos daños a la hacienda pública federal, las entidades fiscalizadas pueden solventarlas durante el desarrollo de las auditorías o al término de estas, ya sea exhibiendo la documentación comprobatoria que desvirtúe lo observado o reintegrando los montos determinados por la ASF.
Al 31 de diciembre de 2008, se han obtenido las siguientes recuperaciones, expresadas en millones de pesos:
| RAMO / SECTOR / ENTIDAD |
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IMPORTE |
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26,487.0 |
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• Fobaproa-IPAB |
10,856.4 |
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• Petróleos Mexicanos y Subsidiarias |
3,669.5 |
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• Secretaría de Hacienda y Crédito Público |
3,602.4 |
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• Servicio de Administración Tributaria |
2,603.0 |
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• Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
2,296.3 |
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• Fondo de empresas expropiadas del sector azucarero |
500.7 |
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• Fondo Nacional de Fomento al Turismo |
475.5 |
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• Policía Federal Preventiva |
447.4 |
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• Instituto Mexicano del Seguro Social |
408.1 |
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• Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación |
407.5 |
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• Comisión Federal de Electricidad |
309.5 |
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• Luz y Fuerza del Centro |
222.7 |
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• Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades |
116.6 |
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• Otras Entidades del Poder Ejecutivo |
571.4 |
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• Recursos Federales Transferidos a Entidades Federativas, Municipios y Delegaciones |
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4,911.1 |
Poder Judicial |
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277.3 |
Instituciones Públicas de Educación Superior |
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11.4 |
Órganos Autónomos |
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3.0 |
Poder Legislativo |
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0.3 |
Total |
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31,690.1 |
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