Atribuciones
La Ley
de Protección al Ahorro Bancario, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 19 de enero de 1999, en su Título Cuarto, Capítulo I señala lo
siguiente:
"... Artículo 68.
Para la consecución de su objeto, el Instituto tendrá las atribuciones
siguientes:
I.
Asumir y, en su caso, pagar en
forma subsidiaria, las obligaciones que se encuentren garantizadas a cargo de
las Instituciones, con los límites y condiciones que se establecen en la
presente Ley;
II.
Recibir y aplicar, en su caso, los
recursos que se autoricen en los correspondientes Presupuestos de Egresos de la
Federación, para apoyar de manera subsidiaria el cumplimiento de las
obligaciones que el propio Instituto asuma en los términos de esta Ley, así
como para instrumentar y administrar programas de apoyo a ahorradores y
deudores de la banca;
III.
Suscribir y adquirir acciones
ordinarias, obligaciones subordinadas convertibles en acciones y demás títulos
de crédito emitidos por las Instituciones que apoye;
IV.
Suscribir títulos de crédito,
realizar operaciones de crédito, otorgar garantías, avales y asumir obligaciones,
con motivo de apoyos preventivos y programas de saneamiento financiero, tanto
en beneficio de las Instituciones como en las sociedades en cuyo capital
participe directamente o indirectamente el Instituto;
V.
Participar en sociedades, celebrar
contratos de asociación en participación o constituir fideicomisos, así como en
general realizar las operaciones y contratos de carácter mercantil o civil que
sean necesarias para el cumplimiento de su objeto;
VI.
Adquirir de las Instituciones a las
que el Instituto apoye conforme a lo previsto en esta Ley, Bienes distintos a
los señalados en la fracción III anterior;
VII. Otorgar financiamiento a las
Instituciones, como parte de los programas de saneamiento, o cuando con él se
contribuya a incrementar el valor de recuperación de los Bienes, y no sea
posible obtener financiamientos de fuentes alternas en mejores condiciones;
VIII
Llevar a cabo la administración
cautelar de las Instituciones en términos del Capítulo V del Título Segundo de
esta Ley;
IX. Fungir como liquidador o síndico de las
Instituciones;
X.
Obtener financiamientos conforme a
los límites y condiciones establecidos en el artículo 46
de la presente Ley y exclusivamente para desarrollar con los recursos
obtenidos, acciones de apoyo preventivo y saneamiento financiero de las
Instituciones;
XI.
Participar en el capital social o
patrimonio de sociedades relacionadas con las operaciones que el Instituto
pueda realizar para la consecución de su objeto, incluyendo los de empresas que
le presten servicios complementarios o auxiliares;
XII.
Participar en la administración de
sociedades o empresas, en cuyo capital o patrimonio participe el Instituto,
directa o indirectamente;
XIII. Realizar subastas, concursos y
licitaciones para enajenar los Bienes o darlos en administración;
XIV.
Contratar los servicios de personas
físicas y morales, de apoyo y complementarias a las operaciones que realice el
Instituto;
XV.
Coordinar y participar en procesos de
fusión, escisión, transformación y liquidación de Instituciones y sociedades o
empresas en cuyo capital participe el Instituto;
XVI.
Defender sus derechos ante los
tribunales o fuera de ellos y ejercitar las acciones judiciales o gestiones
extrajudiciales que le competan, así como comprometerse en juicio arbitral;
XVII.
Comunicar a la Procuraduría Fiscal de
la Federación las irregularidades que por razón de su competencia le
corresponda conocer a ésta, y sean detectadas por personal al servicio del
Instituto con motivo del desarrollo de sus funciones;
XVIII.
Denunciar o formular querella ante el
Ministerio Público de los hechos que conozca con motivo del desarrollo de sus
funciones, que puedan ser constitutivos de delito y desistirse u otorgar el
perdón, previa autorización de la Junta de Gobierno, cuando proceda;
XIX.
Evaluar de manera permanente el
desempeño que las Instituciones y los terceros especializados, en su caso,
tengan con respecto a la recuperación, administración y enajenación de bienes,
de conformidad con lo que establece el artículo 62
de esta Ley; y
XX.
Las demás que le otorguen esta Ley,
así como otras leyes aplicables."
Situación Presupuestaria
A continuación se presentan los
ingresos y egresos correspondientes a los ejercicios de 1999 y 2000.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
INGRESOS
(Miles de pesos)
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Variación en 2000 |
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1999 |
2000 |
Importe |
% |
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Presupuesto original 1/
Total Corrientes Subsidios y aportaciones
Presupuesto recaudado 2/
Total Corrientes Subsidios y aportaciones |
- -
-
4,540,357 4,540,357
- |
3/
4/
|
7,410,794 7,410,794
-
330,092,408 270,269,364
59,823,044 |
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NOTA: 1/ En
virtud de que el IPAB entró en operaciones a partir del mes de mayo de 1999, el
presupuesto autorizado lo etiqueta la SHCP como presupuesto inicial,
realizándose una modificación en el mes de noviembre de 1999. Por ello es que
en la CHPF no se presentó presupuesto original autorizado por la H. Cámara. A
continuación se presenta el presupuesto modificado autorizado en términos de
flujo de efectivo.
Presupuesto
Modificado Autorizado 4,531,463
Ingreso
Corriente 4,531,463
FUENTE: Oficio
de la SHCP de fecha 29 de noviembre de 1999 número 311-A-6955.
NOTA: 2/ Por
presupuesto recaudado entendemos lo captado por impuestos y derechos, por lo cual
no es aplicable este renglón al Instituto, sin embargo se considera relevante
mencionar los ingresos captados por el Instituto.
FUENTE: Información
enviada en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio 1999.
NOTA: 3/ Dentro
del presupuesto original corriente del ejercicio 2000 se considera la
disponibilidad inicial por $ 619,298.
FUENTE: Oficio
de la SHCP de fecha 25 de enero de 2000, número 311-A-0325.
NOTA: 4/ Incluye
$ 5,199,718 de disponibilidad inicial.
FUENTE: Información
enviada en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio de 2000.
No se
presenta variación debido a que en el ejercicio de 1999, el Instituto consideró
solamente los ingresos por cuotas, no así el ejercicio de 2000 el cual muestra
todos los ingresos captados por el Instituto.
Cifras
en términos de Flujo de efectivo.
SITUACIÓN PRESUPUESTARIA
EGRESOS
(Miles de pesos)
NOTA: 1/ En virtud de que el IPAB entra en operaciones a partir del mes de mayo de 1999, el presupuesto autorizado lo etiqueta la SHCP como presupuesto inicial, realizándose una modificación en el mes de noviembre de 1999. Por ello es que en la CHPF no se presentó presupuesto original autorizado por la H. Cámara. A continuación se presenta el presupuesto modificado autorizado en términos de flujo de efectivo. |
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Presupuesto
Modificado Autorizado 330,053
Gasto
Corriente 294,134
Gasto
de Capital
35,919
FUENTE: Oficio
de la SHCP de fecha 29 de noviembre de 1999 número 311-A-6955.
NOTA: 2/ Incluye
$ 6,760,733 de disponibilidad final.
FUENTE: Oficio
de la SHCP de fecha 25 de enero de 2000, número 311-A-0325.
NOTA: 3/ Incluye
$ 3,776 de operaciones ajenas.
No
se presenta variación debido a que en el ejercicio de 1999, el Instituto
consideró solamente el gasto por capítulos, no así el ejercicio de 2000 el cual
muestra todo el gasto ejercido por el Instituto.
Cifras en términos de flujo de efectivo.
Situación Financiera
A continuación se presenta la
situación financiera correspondiente a los ejercicios de 2000 y 1999.
SITUACIÓN FINANCIERA
(Miles de pesos)
FUENTES: Estados Financieros del
Instituto al 31 de diciembre de 2000 y 1999. NOTA: 1/ Se reclasificaron las cifras de 1999, para ser comparadas con las del ejercicio de 2000.
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Actividades Institucionales
Con los recursos asignados para el ejercicio de 2000, el
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) se propuso desarrollar
las actividades institucionales que se presentan a continuación.
Función 06 "Gobierno".
Subfunción 04 "Servicios Financieros Fiscales y
Estadísticos".
Programa Sectorial 11 "Programa Nacional de Financiamiento
del Desarrollo".
Programa Especial 000 "Programa Normal de Operación".
Actividad Institucional 701 "Administrar Recursos Humanos,
Materiales y Financieros".
El objetivo consistió en administrar recursos humanos,
materiales y financieros con apego a los criterios de austeridad y disciplina
presupuestal establecidos.
Esta actividad no tuvo metas asignadas.
Programa Especial 021 "Programa de Apoyo a Deudores".
Actividades Institucionales 301 "Regular y Supervisar a
Agentes Económicos", 403 "Captar Recursos Financieros", 404
"Canalizar Recursos Públicos" y 450 "Canalizar Recursos
Financieros".
El objetivo de la actividad 301 consistió en apoyar la
regulación y supervisión de las instituciones de banca múltiple, mediante la
revisión y verificación de que la operación de los programas apoyados se realice
bajo las normas contables y legales de operación establecidas por el Instituto.
La meta consistió en elaborar 20 estudios financieros y
jurídicos que evalúen la correcta aplicación y el impacto de los apoyos
financieros.
Por su parte, la actividad 403 tenía como objetivo obtener
recursos financieros conforme a los límites y condiciones establecidas en la
Ley de Protección al Ahorro Bancario, para financiar los apoyos preventivos y
de saneamiento financiero.
Su meta consistió en reducir el costo fiscal asociado a los
programas de apoyo orientados a fortalecer y capitalizar a la banca, mediante
la captación de recursos a través de cuotas, productos y financiamientos, con
la finalidad de obtener recursos financieros por 7 mil millones de pesos.
El objetivo de la actividad 404 consistió en proporcionar
apoyos financieros a los programas de deudores de la banca para fortalecer la
eficiencia y seguridad de las instituciones bancarias.
Su meta consistió en otorgar 4 mil millones de pesos por
concepto de apoyos financieros a los deudores de la banca.
Por último, la actividad 450 tenía por objeto canalizar
recursos financieros en términos de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, a
los programas de apoyo a deudores del sector bancario en salvaguarda del
Sistema Nacional de Pagos.
Su meta consistió en aplicar en forma eficiente los recursos
financieros (7 mil millones de pesos) captados por el instituto.
Programa Especial 023 "Programa de Apoyo a
Ahorradores".
Actividades Institucionales 301 "Regular y Supervisar a
Agentes Económicos", 403 "Captar Recursos Financieros", 404
"Canalizar Recursos Públicos" y 450 "Canalizar Recursos
Financieros".
La actividad 301 tenía como objetivo supervisar la correcta
aplicación de los apoyos financieros a favor de los ahorradores del sistema
bancario, así como el cumplimiento del programa bajo el que fue otorgado.
La meta consistió en realizar 160 estudios financieros y
jurídicos que evalúen la correcta aplicación y el impacto de los apoyos
financieros.
El objetivo de la actividad 403 consistió en obtener
financiamientos conforme a los límites y condiciones establecidos en la Ley de
Protección del Ahorro Bancario, para otorgar apoyos preventivos y de
saneamiento financiero de las instituciones bancarias, tendientes a
salvaguardar el Sistema Nacional de Pagos.
Su meta consistió en reducir el costo fiscal asociado a los
programas de apoyo orientados a fortalecer y capitalizar a la banca, mediante
la captación de recursos a través de cuotas, productos y financiamientos, con
la finalidad de obtener recursos financieros por 7 mil millones de pesos.
La actividad 404 tenía como objetivo proporcionar apoyos
financieros a los programas de ahorradores de la banca, para disminuir la
vulnerabilidad del sistema financiero mexicano y salvaguardar los depósitos de
los ahorradores.
La meta consistió en otorgar apoyos financieros a ahorradores
de la banca por 40 mil millones de pesos.
Finalmente, la actividad 450 tenía como objetivo canalizar
recursos financieros en términos de la Ley de Protección del Ahorro Bancario a
los programas de apoyo a ahorradores y usuarios de las instituciones bancarias
y en salvaguarda del Sistema Nacional de Pagos.
Su meta consistió en aplicar en forma eficiente los recursos
financieros captados por el instituto (7 mil millones de pesos). /
Tipos de revisión
Con el oficio de núm. OASF-F-1197/01 del 14 de septiembre de
2001, el C. C.P. Gregorio Guerrero, Auditor Superior de la Federación, comunicó
al C. Lic. Julio César Méndez Rubio, Secretario Ejecutivo del Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario, la inclusión de la entidad en los trabajos de
revisión de la Cuenta de la Hacienda Publica Federal correspondiente al
ejercicio de 2000.
Para la revisión, la Auditoría Superior de la Federación llevó
a cabo dos auditorías especiales y una auditoría financiera y de cumplimiento.
Programa de Apoyo a Ahorradores de la Banca
De los 34,600.0 millones de pesos que aplicó el IPAB al
Programa de Apoyo a Ahorradores de la Banca, 9,309.0 millones de pesos
correspondieron a BanCrecer, 4,000.0 millones de pesos a Promex, 5,500.0
millones de pesos a la TESOFE, 15,119.6 millones de pesos a Serfín, 38.1
millones de pesos a NAFIN, 472.0 millones de pesos a BANAMEX y 161.3 millones
de pesos a Inverlat. Al respecto, se determinó que:
1. Dichos
recursos se ejercieron de conformidad con el PEF de 2000 y la LPAB.
2. El
Gobierno Federal ha destinado en los ejercicios fiscales de 1999 y 2000,
52,600.0 millones de pesos a los Programas de Apoyo a Ahorradores de la Banca.
3. Para
los ejercicios fiscales de 2001 y 2002 en el PEF se asignaron recursos por
24,270.0 y 28,493.6 millones de pesos, respectivamente, para el Programa de
Apoyo a Ahorradores.
Transferencia de las Operaciones y Obligaciones del Fondo
Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA) al Instituto para la Protección al
Ahorro Bancario (IPAB)
Artículo Quinto Transitorio
Este artículo se vincula principalmente con
las operaciones que se derivaron como consecuencia del programa de
capitalización y compra de cartera, donde se verificó el cumplimiento del
programa en el que participó el Banco Nacional de México, S.A., en sus tramos I
y II, informe que se presenta por separado.
Artículo Séptimo Transitorio
Con relación al artículo Séptimo
Transitorio, éste se refiere a los programas de intervención y saneamiento
financiero a las instituciones de banca múltiple, se revisaron las operaciones
correspondientes a Banco de Oriente, S.A. (Banorie), y Banca Serfín, S.A.
(Serfín), concluyendo lo siguiente:
De la revisión al Banorie, la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) decretó la intervención gerencial de
Banorie, tres años después de que dicha Comisión detectó diversas
irregularidades en la administración y operación del banco.
Con fecha 1º. de octubre de 2001, se publicó
en el Diario Oficial de la Federación la resolución sobre la revocación de la
autorización para que Banorie operara como institución de banca múltiple, y el
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) a través del apoderado liquidador
proceda a la liquidación del banco, la cual se encuentra en proceso.
Como resultado de la revisión al proceso de
capitalización, saneamiento y enajenación de Serfín, el Fondo Bancario de
Protección al Ahorro (FOBAPROA) modificó los contratos de compra de cartera de
los Tramos I y II, para establecer tasas de interés más altas en los pagarés
que suscribió; permitió la inclusión de intereses moratorios en dicha cartera;
y realizó la compra de diversos créditos hipotecarios sin las reservas crediticias
correspondientes, lo cual podría implicar posibles responsabilidades, ya que
causó un mayor costo financiero para el IPAB, quien asumió las obligaciones de
pago, de conformidad con lo dispuesto en este artículo.
Artículo Noveno Transitorio
Este artículo se refiere a la conclusión de
los programas de saneamiento financiero de las instituciones de banca múltiple,
BanCrecer, S.A. (BanCrecer), Banca Promex, S.A. y Banco del Atlántico, S.A.,
donde se revisó el saneamiento del BanCrecer y el pago de la deuda que tenía el
Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V. (GBM) por los financiamientos que le
había otorgado Banca Promex ahora BBV Bancomer, por lo que se concluye que:
Por lo que se refiere a BanCrecer, su
deterioro financiero, requirió de recursos por 102,200.0 millones de pesos para
su saneamiento.
Una vez que fueron protegidos los ahorros
del público, el IPAB procedió a la enajenación del banco, mediante la
licitación pública de su paquete accionario, de la que resultó ganador el Banco
Mercantil del Norte, S.A., con una propuesta de 1,650.0 millones de pesos,
cantidad a la que se le disminuyeron 1,293.3 millones de pesos por la
segregación de activos, lo que arrojó una recuperación final para el IPAB de
372.6 millones de pesos. La recuperación de los activos segregados representará
un ingreso adicional que reducirá el costo de saneamiento.
Por lo que respecta al pago de la deuda que
tenía el GBM por los financiamientos que le otorgó Banca Promex ahora BBV
Bancomer, el IPAB asumió un adeudo por un monto de 596.2 millones de pesos, del
cual pagó 102.5 millones de pesos, superior a la garantía de acciones del
GBMAtlántico en 44.1 millones de pesos.
Dicho pago se reflejó en los estados
financieros del IPAB al 30 de septiembre de 2001, y en la suscripción de un
nuevo pagaré V por 4,933.2 millones de pesos, contra el valor original de
5,035.7 millones de pesos, suscrito el 10 de agosto de 2000.
Artículo Décimo Tercero Transitorio
Este ordenamiento dispone la administración
y enajenación de los Bienes, con el fin de obtener el máximo valor de
recuperación posible. Por este motivo se revisó la enajenación del Hotel Camino
Real Las Hadas que formaba parte de los activos de Banco Unión, S.A., como
banca intervenida, del cual se concluye lo siguiente:
El IPAB incumplió la normatividad en el
proceso de enajenación del Hotel Camino Real Las Hadas, entre lo que destaca
que: no se realizó la licitación para contratar al agente vendedor; el avalúo
del portafolio realizado por el agente vendedor no se apegó al contrato de
prestación de servicio al no considerar el valor de los inmuebles; solamente
hubo dos postores para la enajenación de tres obligados; el postor ganador no
se ajustó a los requisitos marcados en las reglas de licitación y no fue
descalificado; y el Hotel Camino Real Las Hadas se enajenó con adeudos.
De lo anterior se concluye que en el proceso
de enajenación del Hotel Camino Real Las Hadas, el IPAB no procuró obtener el
máximo valor de recuperación, que permitiera reducir el costo fiscal.
Programa de Capitalización y Compra de
Cartera
Se considera que Banamex no debió participar
en el PCCC, ya que presentaba índices de capitalización superiores a lo
establecido en la normatividad vigente a esa fecha, y a que, el espíritu del
programa consistió en ayudar a las instituciones financieras que estuvieran por
debajo de los requerimientos de capitalización exigido por las autoridades y de
esa manera fortalecer el sistema financiero y proteger el ahorro del público en
general.
Además de haber participado en dicho programa
sin tener las características necesarias, se observó que fueron incluidos
indebidamente en la compra de cartera neta por 22,999.6 millones de pesos a
valor histórico, un monto de 6,539.0 millones de pesos, los cuales se
integraban por casos irregulares de créditos designados como originadores de
los recursos (créditos en litigio, créditos relacionados y créditos calificados
en grado de riesgo E) por un importe de 4,658.8 millones de pesos, e intereses
moratorios incluidos en la cartera definitiva por 1,880.2 millones de pesos,
mismos que al 31 de marzo de 2002 con los intereses que han generado los
pagarés ascienden aproximadamente a 21,177.6 millones de pesos del importe que
vale a la misma fecha el PCCC de Banamex por 72,587.0 millones de pesos.
El Comité Técnico del FOBAPROA conoció de la
falta de reservas del Banamex por 1,564.0 millones de pesos, y aprobó un
esquema de incentivos para el banco que consistió en la disminución a el
importe requerido de reservas en 20.0%, cantidad que ascendió a 573.0 millones
de pesos, con lo cual el faltante importaba 991.0 millones de pesos al 16 de
julio de 1997, incentivos que están condicionados a la recuperación de la
cartera fideicomitida.
Finalmente, no se tuvo la evidencia
documental que acreditara la contraprestación con la obligación solidaria de
pago asumida por el Gobierno Federal en dólares estadounidenses; así como, la
información relativa a las quitas, condonaciones, castigos y quebrantos en
donde se especificaran montos, fechas, causas que los originaron y responsables
de su autorización, por los créditos vendidos al FOBAPROA, no obstante de haber
sido solicitada. Dicha información servirá para verificar el cumplimiento del
esquema de incentivos y para evaluar la recuperación de la cartera
fideicomitida.
Recaudación por Ingresos Derivados de la
Desincorporación de Bienes Inmuebles Administrados por el Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario
De la revisión practicada se concluye lo
siguiente:
1. Se constató que tres informes detallados de
la enajenación de cuatro operaciones revisadas de inmuebles mayores y conjuntos
naturales, fueron autorizados por la Junta de Gobierno y en un caso no se pudo
constatar debido a que no se contaba con el acta de la sesión de la Junta de
Gobierno correspondiente.
2. En el documento "Marco Legal y
Normatividad para la Protección al Ahorro Bancario", en el que se
establecieron las características de ocho elementos que debe contener el
"Programa de Enajenación de Bienes", se constató que no se incluyó el
denominado Diagnóstico general de la condición de los bienes para la
enajenación.
3. No se cuenta con el inventario y el valor
actualizados de los bienes inmuebles, además no se cumplió con el programa de
ventas de inmuebles ya que las operaciones efectuadas representaron el 23.6% de
lo programado.
4. No
se obtuvo información del acta de la sesión en la que se incluyó el acuerdo con
el que se autorizó el Manual de Procedimientos de la Dirección General de
Bienes Muebles e Inmuebles.
Objetivo
Verificar que los apoyos financieros que otorgó el Gobierno
Federal al IPAB en 2000 por 34,600.0 millones de pesos para los programas de
apoyo a ahorradores, se ejercieron y registraron conforme a la normatividad
aplicable.
Criterios de Selección
En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal del año 2000 (PEF) se asignaron 40,018.0 millones de pesos al Ramo 34
"Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la
Banca", de los cuales se destinarían 34,600.0 millones de pesos a los
Programas de Apoyo a Ahorradores.
En la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 se informó
que de los 60,517.6 millones de pesos ejercidos en los Programas de Apoyo a
Ahorradores y Deudores de la Banca y de Saneamiento Financiero, 34,600.0
millones de pesos se emplearon para cubrir los costos de los programas de apoyo
a ahorradores, equivalente al 57.2% del total, mismos que se incrementaron en
un 92.2% con relación al ejercicio de 1999.
Debido a la importancia que representan los recursos que se
destinan anualmente para cumplir las obligaciones de saneamiento financiero con
las instituciones de banca múltiple; al interés para la Cámara de Diputados; y,
a la repercusión en la opinión pública, se consideró realizar esta auditoría.
Antecedentes
La Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) publicada el 19
de enero de 1999 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en su artículo
Séptimo Transitorio señala que el IPAB asumiría la titularidad de las
operaciones de los programas de saneamiento, diferentes de aquéllos de
capitalización y compra de cartera, operaciones realizadas por el Fondo
Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA) y el Fondo de Apoyo al Mercado de
Valores (FAMEVAL), así como las correspondientes a las instituciones
intervenidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), salvo las
operaciones exceptuadas por acuerdo de los Comités Técnicos de los fondos.
El artículo
Noveno Transitorio de la LPAB, establece que el IPAB procedería a evaluar,
auditar y, en su caso, concluir, las operaciones de saneamiento financiero
correspondientes a Banco del Atlántico, S.A., Banca Promex, S.A. y BanCrecer,
S.A.
El artículo
Décimo Transitorio de la LPAB establece que a fin de concluir los programas
de saneamiento financiero y la liquidación de las operaciones del FOBAPROA y
FAMEVAL, el IPAB dispondrá de las tres cuartas partes de las cuotas que por la
prestación del sistema de protección al ahorro paguen las instituciones de
banca múltiple, los provenientes de la recuperación de sus activos y aquellos
relativos a los costos que al efecto se haya convenido que asuman las
instituciones apoyadas.
Conforme al artículo 45
de la LPAB, en caso de que el IPAB no se encuentre en condiciones de hacer
frente a sus obligaciones, el Congreso de la Unión dictará las medidas que
juzgue convenientes para el pago de las obligaciones garantizadas y los
financiamientos a que se refiere el artículo 46
de la citada ley, que establece que cuando se presente una situación de
emergencia que afecte la solvencia de alguna institución y el IPAB no cuente
con los recursos necesarios para cubrir las obligaciones garantizadas o para
llevar a cabo las acciones de capitalización o de saneamiento financiero de
alguna institución, la Junta de Gobierno del IPAB informará inmediatamente al
Ejecutivo Federal y para tal efecto podrá contratar financiamientos, cuyos
montos en ningún caso excederán del 6.0%, cada tres años, de los pasivos
totales de las instituciones que haya publicado la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores en el mes inmediato anterior.
El artículo 47
de la LPAB dispone que de conformidad con lo establecido en el artículo
74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la Cámara de Diputados proveerá en un ramo específico del
Presupuesto de Egresos de la Federación, a propuesta del Ejecutivo Federal, la
asignación presupuestaria correspondiente que, en su caso, requiera el
instituto para hacer frente a las obligaciones garantizadas y a los
financiamientos contratados a que se refiere el artículo 46
de la citada ley.
El artículo 68
de la LPAB dispone que para la consecución de su objeto, el IPAB tiene, entre
otras, las atribuciones siguientes:
I. Asumir y, en su caso, pagar en forma subsidiaria, las
obligaciones que se encuentren garantizadas a cargo de las instituciones, con
los límites y condiciones que se establecen en la presente ley;
II. Recibir y aplicar, en su caso, los recursos que se
autoricen en los correspondientes Presupuestos de Egresos de la Federación,
para apoyar de manera subsidiaria el cumplimiento de las obligaciones que el
propio IPAB asuma en los términos de la LPAB, así como para instrumentar y
administrar programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca.
III. Suscribir y adquirir acciones ordinarias, obligaciones
subordinadas convertibles en acciones y demás títulos de crédito emitidos por
las instituciones que apoye;
IV. Suscribir títulos de crédito, realizar operaciones de
crédito, otorgar garantías, avales y asumir obligaciones, con motivo de apoyos
preventivos y programas de saneamiento financiero, tanto en beneficio de las
instituciones como de las sociedades en cuyo capital participe directamente o
indirectamente el instituto.
Alcance
Se verificaron las actividades de control, registro y
aplicación de los 34,600.0 millones de pesos destinados a los Programas de
Apoyo a Ahorradores.
Áreas Revisadas
Secretaría Adjunta "A" de Protección al Ahorro
Bancario y Dirección General de Finanzas del IPAB, y Dirección General Adjunta
de Deuda Pública (DGADP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Resultado
En los artículos 10 y 13 del
PEF se asignaron 40,018.0 millones de pesos al Ramo 34 "Erogaciones para
los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca", de los
cuales 5,418.0 millones de pesos se destinarían a las obligaciones incurridas
por los programas de apoyo a deudores de la banca y 34,600.0 millones de pesos
al pago de aquéllas surgidas de los programas de apoyo a ahorradores.
En la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000 se informó
que en los programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca se erogaron
60,517.6 millones de pesos, 20,499.6 millones de pesos (51.2%) más de lo
presupuestado originalmente. De dicho gasto, 34,600.0 millones de pesos (57.2%)
se destinaron a los programas de apoyo a ahorradores y 25,917.6 millones de
pesos (42.8%) a los programas de apoyo a deudores de la banca, como sigue:
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Se constató que la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de la SHCP
mediante el oficio núm. 305.I.3.005 del 6 de enero de 2000, solicitó al IPAB el
calendario de gasto mensual que requeriría para el ejercicio presupuestario
correspondiente al Programa de Apoyo a Ahorradores.
El IPAB con el oficio núm. IPAB/SAPAB/DGF/006/99 de fecha 7 de
enero de 2000, envió a la DGCP dicho calendario, como se muestra a
continuación:
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Posteriormente, mediante diversos oficios, la DGCP comunicó al
IPAB que acreditaría los recursos en la cuenta núm. 264-732-492-7 que el Banco
de México (BANXICO) le administra a Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN) con
cargo al "Programa de Apoyo a Ahorradores", como sigue:
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Resultado
En la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2000, función 21
"Saneamiento del Sistema Financiero", subfunción 00 "Servicios
Compartidos", programa sectorial 36 "Gasto no Programable",
programa especial 023 "Programa de Apoyo a Ahorradores", actividad
institucional 812 "Dar Apoyos Financieros", proyecto N000
"Actividad Institucional no Asociada a Proyectos", se reportó un
presupuesto ejercido de 34,600.0 millones de pesos.
Para cubrir los costos de los programas de apoyo a ahorradores,
en el ejercicio fiscal de 2000 la SHCP expidió cinco Cuentas por Liquidar
Certificadas (CLC) a favor del IPAB, como sigue:
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Los recursos fueron acreditados en la cuenta núm. 264-732-492-7
que BANXICO le administra a NAFIN para que éstos a su vez, le fueran
transferidos al IPAB a su cuenta núm. 03-409-104198-2 que le lleva esa misma
institución de banca de desarrollo, como se constató en los estados de cuenta
bancarios y pólizas de ingresos correspondientes.
Se comprobó que las CLC cumplieron con los requisitos
establecidos en los numerales 7, 8, fracciones de la I a la V, 9, fracciones de
la I a la IV, y 10 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración
Pública Federal, que emitió la SHCP el 26 de abril de 2000 y se publicó en el
DOF el 4 de mayo del mismo año.
Resultado
El 6 de diciembre de 2000, el IPAB presentó el "Informe sobre
uso de los recursos fiscales destinados a los programas de ahorradores"
donde reportó los pagos efectuados a las instituciones de crédito, como se
muestra a continuación:
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Resultado
Conforme a lo previsto en la Sección Cuarta del Resumen
Ejecutivo de las Operaciones realizadas por el FOBAPROA entregado por el
Ejecutivo Federal, a que se refiere el artículo
Noveno Transitorio de la LPAB, se determinó que para el saneamiento de
BanCrecer, S.A. se necesitaban 65,000.0 millones de pesos, monto que, una vez
que se actualizó con base en la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio
(TIIE), de acuerdo con lo establecido en la fracción II de dicho transitorio,
se elevó a 102,200.0 millones de pesos.
El saneamiento lo realizó el IPAB mediante la celebración de un
crédito simple con el BANXICO de fecha 3 de noviembre de 1999, con el cual
suscribieron acciones representativas del capital social de BanCrecer, S.A. por
los 102,200.0 millones de pesos.
Una vez que se efectuó la capitalización, el BANXICO cedió los
derechos del crédito a BanCrecer, S.A. y recibió como contraprestación el
importe del crédito.
El crédito causó intereses por el periodo del 3 al 30 de
noviembre de 1999 a la tasa de los Certificados de la Tesorería de la
Federación (CETES) a 91 días, y a partir del primero de diciembre de 1999 a la
Tasa Ponderada de Fondeo Bancario más 3.5 puntos. El IPAB se obligó a cubrir el
saldo a más tardar el primero de noviembre de 2004. Los intereses devengados
durante el periodo comprendido del 3 de noviembre de 1999 al 31 de diciembre de
2000, así como los pagos efectuados por concepto del principal, se presentan a
continuación:
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A fin de constatar que el IPAB calculó los intereses de
conformidad con lo dispuesto en las condiciones pactadas, dentro de los
procedimientos de la revisión se realizó la prueba de cumplimiento, sin
observaciones.
El IPAB presentó en sus resultados al 31 de diciembre de 2000
un saldo del crédito por 47,598.5 millones de pesos, el cual se integró como
sigue:
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Por lo que corresponde a la fuente de
recursos, se analizó la procedencia de 36,903.2 millones de pesos (49.1% del
total de pagos efectuados en 2000), como se muestra a continuación:
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FUENTE:
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, estados de cuenta, pólizas,
oficios de acreditamiento de recursos y auxiliares contables.
Los pagos se efectuaron con los siguientes recursos: emisiones
de Bonos de Protección al Ahorro (BPA) 12,594.2 millones de pesos; provenientes
del ejercicio fiscal de 2000 y asignados en el Ramo 34 dentro del PEF 2000 a
los Programas de Apoyo a Ahorradores de la Banca, 9,309.0 millones de pesos; y
de un crédito que otorgo el Banco Inverlat, S.A. al IPAB por 15,000.0 millones
de pesos. El IPAB solicitó a NAFIN que los recursos fueran depositados en la
cuenta en moneda nacional número 227-700-424-9, que el BANXICO le lleva a BanCrecer,
S.A.
Los recursos por 9,309.0 millones de pesos de los Programas de
Apoyo a Ahorradores pagados a BanCrecer, S.A. se ejercieron, registraron y
aplicaron conforme a la normatividad aplicable.
Resultado
El primero de junio de 2000 Grupo Financiero Bancomer, S.A. de
C.V., Bancomer, S.A. suscribieron una carta en donde se establecieron los actos
necesarios para el saneamiento de Banca Promex, S.A., que fue firmada de
conformidad por el IPAB.
El 10 de agosto de 2000 se celebraron las asambleas generales ordinaria
y extraordinaria de Banca Promex, S.A. en las que se reconocieron pérdidas al
30 de junio de 2000 por un importe de 17,548.3 millones de pesos; asimismo,
acordaron absorber las pérdidas contra las partidas positivas de su capital
contable y la reducción del capital social; de lo cual resultaron pérdidas
netas de 15,688.3 millones de pesos. Dichas pérdidas fueron pagadas por el
IPAB, así como una aportación adicional del capital mínimo requerido para
cumplir con un índice de capitalización del 8.0% por 562.2 millones de pesos,
conforme a lo siguiente:
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Por lo que corresponde a la fuente de recursos, se analizó la
procedencia de los 16,250.5 millones de pesos que se destinaron a la aportación
al capital social de Promex, S.A., como se muestra a continuación:
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Los pagos se efectuaron con los siguientes
recursos: emisiones de BPA 10,250.5 millones de pesos; provenientes del
ejercicio fiscal de 2000 y asignados en el Ramo 34 dentro del PEF 2000 a los
Programas de Apoyo a Ahorradores de la Banca, 4,000.0 millones de pesos; y de
recuperaciones 2,000.0 millones de pesos. El IPAB solicitó a NAFIN que los
recursos fueran depositados en la cuenta en moneda nacional número
227-700-261-9 que el BANXICO le lleva a esa institución.
Los recursos por 4,000.0 millones de pesos
de los Programas de Apoyo a Ahorradores pagados a Banca Promex, S.A., se
ejercieron, registraron y aplicaron conforme a la normatividad aplicable.
Resultado
Para el cumplimiento de las obligaciones
derivadas del Programa de Saneamiento, el IPAB pagaría las pérdidas y aportaría
capital adicional a Banca Promex, S.A., por un importe de 16,250.5 millones de
pesos; el 10 de agosto de 2000 y con el mismo banco el IPAB contrató
financiamientos por una cantidad igual por lo que suscribió cuatro pagarés,
como se muestra a continuación:
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El IPAB realizó un prepago el mismo día de la emisión del
pagaré III por 1,424.3 millones de pesos, el monto se modificó a 5,002.1
millones de pesos y por lo que se refiere al pagaré IV se liquidó en su
totalidad el mismo día de su emisión; dichos pagos se efectuaron con los
recursos recibidos por la venta de Banca Promex, S.A.
El costo total del saneamiento de Banca Promex, S.A. para el
Gobierno Federal al 10 de agosto de 2000 ascendió a 24,344.8 millones de pesos,
monto que incluye 8,094.3 millones de pesos por concepto del pagaré que
sustituyó al suscrito por el FOBAPROA de la participación de esta institución
bancaria en el Programa de Capitalización y Compra de Cartera.
El costo neto canalizado a la conclusión del saneamiento
financiero de Banca Promex, S.A., menos la recuperación de recursos por 1,986.5
millones de pesos recibidos por su venta, ascendió a 22,358.3 millones de
pesos.
Derivado de la reunión de confronta efectuada el 17 de julio de
2002, el IPAB mediante el oficio núm. IPAB/DGOPRB/078/2002-IPAB/DGJCS/043/2002
de fecha 22 de julio de 2002, proporcionó el escrito del 14 de mayo de 1998 en
el cual Bancomer, S.A. hizo la propuesta de la compra de las acciones
representativas del capital social de Banca Promex, S.A., bajo diversos términos
de saneamiento por parte del FOBAPROA. En dicha propuesta se estableció lo
siguiente:
El FOBAPROA determinaría el procedimiento por medio del cual se
realizarían los actos tendientes al reconocimiento de las pérdidas que,
conforme a las disposiciones aplicables, resultaran a cargo de Banca Promex,
S.A., cubriendo los montos necesarios para que dicha institución quedara en
condiciones de ser adquirida por Bancomer, S.A.
Las cantidades que FOBAPROA aportaría a Banca Promex, S.A. con
motivo de la suscripción del nuevo capital y pago de pérdidas, serían
invertidas por éste en uno o más pagarés emitidos a cargo del FOBAPROA con el
aval del Gobierno Federal.
Adicionalmente, el IPAB informó que los 4,000.0 millones de
pesos provenientes de recursos fiscales del Ramo 34, pagados a Banca Promex y
devueltos en los financiamientos otorgados por éste al IPAB, fueron utilizados
para el pago de pasivos a cargo del instituto y a favor de Banca Serfin, S.A.
por 3,398.9 millones de pesos; Banco Inverlat, S.A. 236.0 millones de pesos; y
Banco Nacional de México, S.A. (BANAMEX) por 416.2 millones de pesos.
Resultado
La Junta de Gobierno del IPAB en su sesión Décima Segunda
Extraordinaria celebrada el 28 de enero de 2000, con el acuerdo núm.
IPAB/JG/E/00/12.1 autorizó la suscripción de un pagaré a favor de la Tesorería
de la Federación (TESOFE) por 8,617.1 millones de pesos, para amortizar
obligaciones a cargo del instituto con Banca Cremi, S.A., los cuales destinaría
para otorgar financiamiento por el mismo importe a Banco Unión, S.A., y que
esta institución pagaría inversiones del Fondo para el Desarrollo Comercial
(FIDEC) por una suma igual al financiamiento recibido.
Por lo anterior, el 31 de enero de 2000 el IPAB suscribió un
pagaré con vencimiento al 29 de septiembre de 2000, causando intereses
capitalizables mensualmente a la tasa anual equivalente al promedio aritmético
de las tasas de rendimiento de los CETES en colocación primaria a veintiocho
días.
Los intereses se calcularían dividiendo la tasa anual aplicable
entre trescientos sesenta y el resultado por el número de días efectivamente
transcurridos durante el periodo en que se devengaron; y éste por el monto del
principal del pagaré considerando las capitalizaciones.
El 29 de septiembre del mismo año se liquidó la totalidad del
documento por un importe de 9,498.4 millones de pesos que incluía 881.3
millones de pesos de intereses generados en el periodo del 31 de enero al 29 de
septiembre de 2000, como se muestra a continuación:
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A fin de constatar que el IPAB calculó los intereses de
conformidad con lo dispuesto en las condiciones pactadas, dentro de los
procedimientos de la revisión se realizó la prueba de cumplimiento, sin
observaciones.
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FUENTES
DE RECURSOS DE LOS PAGOS EFECTUADOS A LA TESORERÍA DE LA
FEDERACIÓN (Millones
de pesos) |
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Origen |
Solicitud
de acreditamiento |
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Cuentas
de recursos del IPAB en NAFIN |
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104410-8 |
104198-2 |
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Oficio |
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Número |
Fecha |
Importe |
Fecha del
pago |
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3,998.4 |
5,500.0 |
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IPAB/SAPAB/DGF/546/2000 |
28-sep-00 |
9,498.4 |
29-sep-00 |
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FUENTE: Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario, pólizas, oficios de acreditamiento de recursos
y auxiliares contables. |
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