La Auditoría Superior de la Federación (ASF) es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales. El resultado final de la labor de la ASF son los Informes Individuales de Auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.
En esta sección podrás encontrar cuál es nuestra misión, objetivos y el alcance de la labor fiscalizadora que realizamos, los enfoques de auditoría que se llevan a cabo y las normas éticas que rigen nuestra labor.
Nuestro propósito es ofrecerte un panorama general de nuestras actividades; en caso de que necesites información precisa al respecto, por favor envíanos un correo electrónico a la dirección asf@asf.gob.mx .
En esta sección encontrarás la información correspondiente a los diversos mecanismos a través de los cuales la Auditoría Superior de la Federación somete su desempeño a revisión, con el fin de detectar áreas de oportunidad, tomar medidas preventivas y correctivas y perfeccionar su funcionamiento con el fin de ofrecer un servicio de calidad a la Cámara de Diputados y a la ciudadanía.
Estos mecanismos incluyen las revisiones de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación (CVASF), Revisiones entre pares y el Sistema de Gestión de Calidad ISO en la ASF.
La UEC tiene su origen en la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, que la define como un órgano técnico que forma parte de la estructura de la Comisión de Vigilancia, encargado de auxiliarla en su atribución de evaluar el desempeño de la ASF, a efecto de proponer acciones para elevar la calidad de su labor, aportar elementos para mejorar el proceso de fiscalización superior, perfeccionar el marco jurídico aplicable y, en funciones de contraloría, vigilar que sus servidores públicos se conduzcan en términos de lo que disponga la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás legislación aplicable.
La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establece en su artículo 76 que la Cámara de Diputados contará con una Comisión para coordinar sus relaciones con la ASF y evaluar el desempeño de este órgano técnico.
El artículo 77, fracción XII, precisa que la Comisión legislativa ordenará a su Unidad de Evaluación y Control la práctica de auditorías a la ASF para garantizar que su facultad exclusiva de revisar la Cuenta Pública se realice de manera adecuada, garantizándole que la ASF no se aparte del objeto de la revisión de la Cuenta Pública de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados en el presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
Las revisiones entre pares o peer reviews se refieren a una revisión externa e independiente de uno o más elementos de la organización y/o el funcionamiento de una Entidad de Fiscalización Superior (EFS). Una revisión entre pares no es una auditoría, sino una evaluación y un asesoramiento proporcionados voluntariamente por homólogos. La decisión de someterse a una revisión entre pares -o de participar en la revisión entre pares de otra EFS- es siempre voluntaria.
El objetivo de las revisiones entre pares y el marco en el que se realizan puede variar según los contextos legales, profesionales y organizacionales de la EFS a revisar, y las circunstancias en las que ésta opera. Los objetivos específicos y el alcance de cada revisión se determinan sobre la base de las necesidades y los deseos de la EFS que se va a someter a una revisión. Esto también implica que los objetivos de las posteriores revisiones entre pares de una EFS pueden variar en la medida que las prioridades estratégicas y los requisitos organizativos cambien y evolucionen.
Una vez efectuado el análisis, las EFS revisoras emiten un informe en el que se incluye las recomendaciones necesarias para mejorar la práctica establecida de la EFS revisada y cumplir con estándares reconocidos mundialmente. La EFS revisada no está obligada a aplicar las conclusiones y recomendaciones del equipo de revisión entre pares, y puede decidir, según proceda y sea necesario, como utilizar los resultados de la evaluación. El hecho de que una revisión entre pares se lleve a cabo por homólogos profesionales externos e independientes, proporciona al proceso un nivel adicional que resulta esencial de garantía de calidad y de credibilidad.
La ASF y sus revisiones entre pares
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) ha participado en este tipo de ejercicios benéficos para la mejora institucional.
En 2008, la ASF se sometió voluntariamente a una revisión internacional entre pares para evaluar su práctica de auditorías del desempeño. Expertos de la Oficina de Rendición de Cuentas Gubernamental de Estados Unidos de América (GAO), de la Oficina del Contralor de Puerto Rico (OCPR), de la Auditoría Nacional del Reino Unido (NAO) y de la Auditoría General de Canadá (OAG) participaron en este proceso de evaluación, cuyo equipo de trabajo estuvo integrado por 12 auditores.
El resultado de la revisión, entregado a la ASF el 3 de noviembre de 2008 por el Sr. Gene Dodaro, entonces Contralor General de Estados Unidos, fue aprobatorio y sin observaciones, señalando algunas oportunidades de mejora para beneficio de la actuación de la institución.
En mayo de 2011, integrantes de las EFS de Estados Unidos y de Puerto Rico llevaron a cabo los trabajos de seguimiento a la revisión internacional practicada en 2008. La opinión emitida expuso que la ASF realizó una implementación congruente e integral de las acciones que le fueron recomendadas para el fortalecimiento de su práctica de auditorías de desempeño.
Por otro lado, en 2015 y 2016, la ASF se sometió a una revisión entre pares coordinada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), sobre la Gobernanza Pública del Sistema Nacional de Fiscalización (SNF).
El estudio examinó el contexto legal e institucional en el que la ASF desarrolla su labor y evaluó, de acuerdo con las buenas prácticas internacionales, los aspectos clave de su estrategia y operaciones internas. Asimismo, se analizó el impacto externo de la ASF en asuntos más amplios de buena gobernanza en México, incluida la promoción del SNF, con enfoque específico en integridad, transparencia y rendición de cuentas, y el papel a desempeñar en el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
El alcance institucional del estudio a cargo de la OCDE se centró en la ASF y su interacción con las partes interesadas federales, estatales y municipales clave (Congreso, Secretarías, entre otras). Además, recibió una mayor atención su vínculo y cooperación con los órganos del gobierno federal y estatal responsables de la rendición de cuentas y lucha contra la corrupción, así como de políticas de integridad (ej. Secretaría de la Función Pública e instituciones relacionadas con las medidas propuestas contra la corrupción). Finalmente, como instancia líder del SNF, el estudio también examinó la coordinación de la ASF con las Entidades Fiscalizadoras Locales (EFL), a través de tres estudios de caso: las EFS de Coahuila, Puebla y Querétaro.
Las instancias pares en esta revisión fueron: la Oficina de Rendición de Cuentas Gubernamental de Estados Unidos de América; el Tribunal de Cuentas de los Países Bajos (NCA); el Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) de Brasil, y la EFS del Estado Federado de Renania-Palatinado (Rheinland-Pfalz), de Alemania.
El informe de resultados de la revisión fue entregado en 2016 por el Dr. José Ángel Gurría, Secretario General de la OCDE, en el que se incluyeron recomendaciones dirigidas al diseño de una estrategia basada en las fortalezas del SNF, con aspectos nacionales y subnacionales de fiscalización en México, y con la ASF como catalizadora de una mejor gobernanza.
Actualmente, la OCDE se encuentra en proceso de evaluación sobre el avance en la implementación de las recomendaciones derivadas de dicho estudio.
Documentos:
La Auditoría Superior de la Federación (ASF), en cumplimiento a su mandato Constitucional, tiene el compromiso de entregar a la Cámara de Diputados el resultado de la fiscalización superior con altos niveles de calidad, razón por la que en febrero de 2006 instauró formalmente el Comité de Calidad de la ASF como responsable de coordinar el funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad de la ASF, lo que contribuye a la excelencia y el reconocimiento a nivel internacional como una institución de vanguardia.
Para ratificar su compromiso con la calidad, en 2022 como resultado de la revisión anual, la ASF mantuvo la certificación de su Sistema de Gestión de Calidad bajo el estándar de la Norma ISO 9001:2015, la cual se ha conservado durante 16 años consecutivos al demostrar el cumplimiento de los requisitos establecidos y la madurez del sistema y de los cinco procesos que lo conforman: Planeación, Desarrollo, Integración del Informe del Resultado, Seguimiento y Administración.
Como parte fundamental del SGC, la ASF tiene establecida una Política de Calidad apropiada al propósito y contexto de la institución, misma que se comunica a las partes interesadas y con la que reitera su deber con la rendición de cuentas, la transparencia, la mejora de la gestión gubernamental y el combate a la corrupción, en apoyo al buen gobierno:
Política de Calidad
Cumplir con el mandato constitucional de revisar la Cuenta Pública con observancia del marco normativo aplicable en la materia, el uso de herramientas tecnológicas y la implementación de las mejores prácticas, con el propósito de fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas e impulsar el carácter preventivo de la fiscalización que coadyuve a fortalecer la gestión gubernamental.
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La ASF es un órgano especializado de la Cámara de Diputados que cuenta con autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento, resoluciones y manejo de los recursos presupuestales que le son asignados. Su actuación se rige por un conjunto de disposiciones jurídicas, técnicas y éticas.
Los principales ordenamientos jurídicos que dan origen y norman la actuación de la ASF son la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. En los últimos años, estos ordenamientos se han modificado para crear un órgano de fiscalización eficiente y moderno.
En el ámbito técnico, la ASF ha emitido diversas normas y procedimientos de auditoría para llevar a cabo sus funciones y los cuales recogen los avances en la materia. Por su calidad, las normas técnicas institucionales son similares a las utilizadas por países de mayor grado de desarrollo, y se actualizan constantemente para garantizar su mejora.
En materia de ética y conducta, la ASF cuenta con una Política Institucional de Integridad que está compuesta por el Código de Ética, el Código de Conducta y las Directrices para Prevenir el Conflicto de Intereses. La finalidad de estos instrumentos es que el personal de la ASF se conduzca bajo estrictos principios y lineamientos de independencia, imparcialidad y rigor técnico.
El 15 de marzo de 2018, la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados eligió al Lic. David Rogelio Colmenares Páramo como Auditor Superior de la Federación, para el periodo 2018-2026.
El Lic. Colmenares Páramo es economista egresado de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México, en donde es profesor desde hace 30 años.
En cuanto a su trayectoria profesional, ha ocupado importantes cargos en el sector público, entre los que destacan: Secretario de Finanzas del Estado de Oaxaca (1986-1992); Coordinador de Administración Fiscal Región Sur (1992-1995); Director de Administración y Adquisiciones de LICONSA (1995-1998); Delegado en el Estado de Oaxaca del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (1999-2000); Titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas (UCEF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (2000-2006); Auditor Especial del Gasto Federalizado en la Auditoría Superior de la Federación (ASF) (2012-2013); Contralor Interno en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (2014-2015) y Titular de la Unidad de Coordinación Regional y Relaciones Institucionales de la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (AFZEE) (2016-2018).
El Lic. Colmenares Páramo cuenta con amplia experiencia como docente, impartiendo cursos desde 1978 en las materias de Política Económica, Finanzas Estatales, Política Fiscal y Economía del Sector Público, entre otros. Ha sido miembro de la Junta de Gobierno de la Universidad de las Américas (UDLA) así como miembro de la Comisión Dictaminadora de Planes y Programas de Estudio de las Escuelas y Facultades de Economía del País.
Debido a su destacada experiencia como servidor público y notable presencia dentro del ámbito académico, el Auditor Superior cuenta con diversas publicaciones, entre las que se encuentran:
Desde 1979 ha colaborado para diversos medios impresos locales y nacionales, destacándose su participación como Consejero Editorial y colaborador invitado del Suplemento Dominical, ambos del Periódico Reforma.
El Lic. Colmenares Páramo fue Presidente del Colegio Nacional de Economistas de 2000 a 2002, miembro del Comité Técnico de la Conferencia Nacional de Municipios de México (CONAMM), miembro de la Academia Mexicana de Auditoría Integral y al Desempeño, A.C., así como partícipe en las Comisiones de Asuntos Tributarios de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
Capacitación impartida por la ASF en materia de ética y responsabilidades de los servidores públicos (2013-2017) |
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) ha desarrollado desde hace varios años, diversas actividades de capacitación para que su personal y el de otras Entidades de Fiscalización Superior (EFS) con las que comparte conocimiento, comprendan sus responsabilidades normativas y éticas que tienen como servidores públicos. La mayor parte de las actividades de capacitación se imparten en la modalidad no presencial (on line o virtual). A continuación, se ofrece un resumen del personal capacitado durante el periodo 2013-2017: |
CURSO/ACTIVIDAD | AÑO | PARTICIPANTES DE LA ASF | PARTICIPANTES DE LAS EFS LOCALES |
Inducción Institucional | 2013 | 311 | No aplica |
2014 | 341 | ||
2015 | 250 | ||
2016 | 272 | ||
2017 | 444 | ||
Total: | 1,618 | ||
Política Institucional de Integridad de la ASF | 2013 | 187 | |
2014 | 114 | ||
2015 | 121 | ||
2016 | 291 | ||
2017 | 1,318 | ||
Total: | 2,031 | ||
Responsabilidades de los servidores públicos | 2013 | 27 | 19 30 |
2014 | 138 | ||
2015 | 153 | 0 | |
2016 | 126 | 0 | |
Total | 444 | 49 | |
La ASF y su función el Sistema Nacional Anticorrupción | 2016 | 204 | |
2017 | 1,148 | 952 | |
Total | 1,352 | 952 | |
Ley en materia de transparencia y acceso a la información pública | 2013 | 55 | No aplica |
2014 | 0 | ||
2015 | 468 | ||
2016 | 815 | ||
2017 | 225 | ||
Total | 1,563 |
Entidades de Fiscalización Superior Locales: Las Entidades homólogas a la ASF, de las Entidades Federativas de México.
Una vez concluidas las auditorías que fueron programadas, la ASF integra Informes Individuales, los cuales, se entregan a la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública. Asimismo, en esta última fecha, se entrega el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.
La ASF está obligada legalmente a mantener reserva y secrecía sobre los resultados y contenido de las auditorías, hasta que se entregan a la Cámara de Diputados. A partir de ese momento son de carácter público y se ponen a la disposición de la ciudadanía a través del sitio web de la ASF.
1.1 Acciones que emite directamente la ASF
Tipo de acción |
Criterios para concluir con la acción |
Plazos legales involucrados hasta la conclusión de la acción |
Consecuencia en caso de no concluirse con la acción |
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Plazo de notificación por parte de la ASF |
Plazo de respuesta del ente auditado |
Plazo para que la ASF se pronuncie |
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Recomendación (Preventivo) Sugerencia para fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control. |
Respuesta de la entidad fiscalizada. |
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados. |
30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación. |
120 días hábiles a partir de recepción de respuesta. |
La ASF enviará a la Cámara de Diputados un reporte final detallando la información, documentación o consideraciones aportadas por las entidades fiscalizadas. |
Solicitud de aclaración (Preventivo) La ASF requerirá a las entidades fiscalizadas que presenten información adicional para atender las observaciones que se hayan realizado. |
Respuesta y documentación suficiente y competente. |
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados. |
30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación |
120 días hábiles a partir de recepción de respuesta. |
Formulación de Pliego de Observaciones. |
Pliego de observaciones (Correctivo) La ASF determinará en cantidad líquida los daños o perjuicios, o ambos a la Hacienda Pública Federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos. |
Argumentos y documentación suficiente o con el reintegro correspondiente. |
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados. |
30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación |
120 días hábiles a partir de la recepción de la respuesta. |
Se inicia el procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria a servidores públicos o particulares. El pliego definitivo de responsabilidades determina indemnización correspondiente por daños o perjuicios, estimables en dinero. La indemnización correspondiente se constituye en un crédito fiscal, cuyo cobro efectúa la autoridad competente mediante procedimiento administrativo de ejecución. |
1.2 Acciones que promueve la ASF ante otras instancias
Acción |
Descripción |
Rol de la ASF |
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (Correctivo) |
La ASF informará a la autoridad competente sobre un posible incumplimiento de carácter fiscal detectado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización. |
Promovente ante el Servicio de Administración tributaria. |
Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria (Correctivo) |
La ASF promueve, ante las instancias internas de control competentes, las presuntas acciones u omisiones que pudieran implicar una responsabilidad administrativa |
Promovente ante los Órganos Internos de Control, las contralorías estatales, la Secretaría de la Función Pública, etc. |
Denuncia de Hechos (Correctivo) |
Las denuncias penales de hechos presuntamente ilícitos, deberán presentarse cuando se cuente con los elementos que establezca la Ley |
Denunciante y coadyuvante del Ministerio Público. |
Conforme al marco de normas profesionales de auditoría emitido por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés), existen tres modalidades de auditoría: cumplimiento, financiera y desempeño.
Con base en los alcances y conceptos de dichos tipos de auditoría, en la práctica, la ASF contempla dos tipos de revisiones: de cumplimiento financiero y de desempeño. A continuación, se describen estas dos categorías, así como los enfoques que se derivan de las mismas.
I. Auditoría de cumplimiento financiero
Se revisa que la recaudación, captación, administración, ejercicio y aplicación de recursos aprobados por el Congreso se lleven a cabo de acuerdo con la normativa correspondiente, y que su manejo y registro financiero haya sido correcto.
Bajo esta categoría se incluyen las siguientes cinco modalidades:
1) Auditoría de inversiones físicas: su materia de análisis son los procesos de adquisición, el desarrollo de las obras públicas, la justificación de las inversiones, el cumplimiento de los estándares de calidad previstos, la razonabilidad de los montos invertidos, así como la conclusión de las obras en tiempo y forma.
2) Auditoría forense: consiste en la aplicación de una metodología de fiscalización que conlleva la revisión rigurosa y pormenorizada de procesos, hechos y evidencias, con el propósito de documentar la existencia de un presunto acto irregular.
3) Auditoría a las tecnologías de la información y comunicaciones: se revisan las adquisiciones, administración, aprovechamiento de sistemas e infraestructuras, calidad de los datos y la seguridad de la información de las entidades públicas.
4) Auditoría a los sistemas de control interno: se evalúan las políticas, procesos y actividades que aseguran el cumplimiento de los objetivos institucionales.
5) Auditoría al gasto federalizado: consiste en la fiscalización del ejercicio presupuestario y el cumplimiento de metas y objetivos de los fondos y programas financiados con recursos federales transferidos a estados y municipios, para renglones como educación, salud, creación de infraestructura básica, abatimiento de la pobreza y seguridad pública. De la misma forma, bajo este rubro se revisan las participaciones federales.
II. Auditoría de desempeño
Las auditorías de desempeño son definidas por la ASF, con base en lo establecido por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés), como una revisión objetiva y confiable que permite conocer si las políticas públicas operan bajo los principios de eficacia, eficiencia y economía.
Las auditorías de desempeño otorgan información, análisis y perspectivas sobre el quehacer gubernamental para minimizar los costos de los recursos empleados; obtener el máximo de los insumos disponibles; lograr los resultados previstos, y verificar el impacto social y económico para la ciudadanía.
a. Evaluaciones de políticas públicas
Las evaluaciones de políticas públicas implican una valoración objetiva del impacto de los programas, proyectos, políticas y acciones gubernamentales, en el contexto de las metas establecidas en la normativa aplicable y en los documentos de planeación nacional y sectoriales.
De acuerdo con la INTOSAI, el objetivo de las evaluaciones de políticas públicas es examinar la solidez, consistencia, eficiencia y eficacia de las políticas públicas para identificar, bajo criterios objetivos y confiables, las razones de su éxito o fracaso; sus fortalezas y debilidades, así como los aspectos susceptibles de mejora que contribuyan al logro de los fines propuestos en beneficio de la sociedad.
Las evaluaciones de políticas públicas abarcan los resultados del quehacer gubernamental, pero amplían tanto los alcances temporales como los administrativos, toda vez que no se ciñen a una Cuenta Pública determinada.
La Política de Integridad de la Auditoría Superior de la Federación es el marco de referencia institucional para garantizar que las personas servidoras públicas y el personal que se contrate para realizar un trabajo en nombre de la institución, guíen su actuar acorde con los principios, valores, reglas de integridad y criterios rectores, señalados en el Código de Ética, Código de Conducta y Directrices para prevenir conflicto de interés; a fin de generar confianza y credibilidad a la sociedad.
Es importante que el ambiente laboral se encuentre influenciado de un comportamiento ético para el cumplimiento de la ética institucional, conformando una responsabilidad compartida entre la ASF y las personas servidoras públicas.
Ningún Código de Ética o de Conducta, es capaz de abordar todas las circunstancias que surgen en el funcionamiento cotidiano de la institución y los dilemas a que pueden enfrentarse las personas servidoras públicas, por ello es importante enfatizar en el conocimiento e interiorización de la Política de Integridad, en donde se incorporan buenas prácticas que facilitan el entendimiento de la ética institucional y la atención a posibles dilemas éticos susceptibles de poner en riesgo su cumplimiento.
La ASF cuenta con un Comité de Integridad, como órgano colegiado tiene entre sus funciones principales tiene las de prevenir, identificar, atender y dar seguimiento a posibles conductas contrarias a la Política de Integridad, así como posibles conflictos de interés.
I. Entre los documentos que conforman la Política de integridad de la Auditoría Superior de la Federación se encuentran:
Directrices para Prevenir Conflicto de Interés en la ASF
Lineamientos de Operación del Comité de Integridad de la ASF
Protocolo de protección a denunciantes
Protocolo de Operación para presentar, recibir, analizar, revisar y determinar los casos de denuncias por incumplimiento a la Política de Integridad
Formato para la atención de denuncias recibidas por el Comité de Integridad
Lineamiento para las Personas Asesoras en materia de Ética
II. Otros documentos de los que México y la ASF son parte.
Norma Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) número 130
III. Explora nuestras opciones didácticas para conocer la Política de Integridad.
Dossier de actividades:
IV. Aquí mismo podrás encontrar los siguientes documentos.
Aviso de Privacidad Simplificado
Formato de Declaración de Intereses
Directorio de Personas Asesoras en materia de Ética 2021
Estrategia de Difusión y Profesionalización de la Política de Integridad de la ASF
V. Informes del Comité de Integridad de la ASF.
Resultados de la Encuesta de conocimiento de la Política de Integridad.
Resultados Encuesta de Conocimiento 2021
Resultados de la Encuesta de Conocimiento y percepción de la Política de Integridad 2022
El 18 de julio de 2016 se promulgó un paquete de siete leyes para hacer operativa la reforma por la que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA); entre ellas se encuentra la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF).
Con el fin de ofrecer un panorama sobre estos cambios, a continuación, se presenta una tabla comparativa que contiene los de mayor relevancia para la comprensión de las nuevas atribuciones de la ASF.
Las reformas jurídicas en materia de fiscalización superior son muestra de la importancia que tiene este tema para la representación ciudadana y han implicado, en todos los casos, un reto importante para ajustar a ese marco los procedimientos, metodologías y lineamientos internos de la ASF.
Las principales reformas se registran a continuación.
La normativa en la que se basa la actuación de la ASF está contenida en los siguientes ordenamientos jurídicos:
Actualmente la ASF lleva a cabo diferentes actividades con instituciones y organizaciones, a nivel nacional e internacional, que se concentran en temas de fiscalización superior.
La ASF mantiene una relación constante con sus homólogos con el fin de establecer vínculos de colaboración, intercambiar experiencias y participar en la creación y difusión del conocimiento en la materia. Destacan por su importancia, la interacción con la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés) y la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, A.C (ASOFIS).
La ASF ha mantenido una constante interacción con las instituciones homólogas a nivel regional y global. El objetivo de esta vinculación ha sido lograr el intercambio de experiencias, así como compartir y aprender del conocimiento con Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) sobre buenas prácticas y lecciones en su quehacer fiscalizador, al contribuir a la rendición de cuentas y buena gobernanza, o bien al coadyuvar en otros asuntos de relevancia.
En este sentido, la ASF ha procurado garantizar el establecimiento y mantenimiento de relaciones que aporten un valor agregado, tanto por la posibilidad de acceder a las mejores prácticas en la materia a nivel internacional, como por tener la ocasión de mostrar a la institución ante instancias pares en el mundo como un socio confiable y técnicamente solvente.
a) Participación de la ASF en la INTOSAI
La Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) es un organismo autónomo, independiente, profesional y apolítico, creado en 1953 como una institución permanente para fomentar el apoyo mutuo; fortalecer el intercambio de ideas, conocimientos y experiencias; actuar como portavoz; elaborar normas para la auditoría del sector público; fomentar la buena gobernanza, y promover el desarrollo de capacidades, la cooperación y una continua mejora del desempeño de las EFS. Actualmente cuenta con 194 miembros de pleno derecho, 5 miembros asociados y 1 miembro afiliado.
De conformidad con los Estatutos de la INTOSAI, las siguientes instancias apoyan y llevan a cabo las actividades de la Organización:
1) Órganos: el Congreso, el Comité Directivo, la Secretaría General, los Comités de Meta y el Comité Supervisor de Asuntos Emergentes.
2) Entidades legales separadas: Revista Internacional de Auditoría Gubernamental y la Iniciativa para el Desarrollo de la INTOSAI (IDI).
3) Entidades Relacionadas: Organizaciones Regionales (AFROSAI, ARABOSAI, ASOSAI, CAROSAI, EUROSAI, OLACEFS y PASAI).
Asimismo, la Organización planifica sus objetivos, metas y actividades a través de un Plan Estratégico de la INTOSAI, mismo que es revisado y actualizado de manera frecuente y consensuada entre los miembros.
En el marco de la INTOSAI, la ASF se ha destacado en los siguientes ámbitos:
Además de lo anterior, la ASF participa como miembro activo en las siguientes instancias de trabajo:
Ser miembro de la INTOSAI le ha permitido a la ASF contar con una visión global de los principales temas que surgen a partir de los distintos mandatos de las EFS, sus retos y perspectivas, así como construir, fortalecer, e incluso diseñar los mecanismos para enfrentar los retos de la sociedad cambiante de nuestra época.
b) ASF Presidencia de la OLACEFS
La Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) es un organismo internacional, autónomo, independiente, apolítico, de carácter permanente que promueve el intercambio de conocimientos y experiencias de fiscalización superior y control gubernamental, promueve relaciones de cooperación y desarrollo entre sus miembros, y de éstos con partes interesadas externas. Es una de las siete organizaciones regionales la INTOSAI. Se creó el 9 de abril de 1965.
La ASF fue Presidencia de la OLACEFS en el periodo 2016 - 2018. El 23 de enero de 2019, transfirió esta labor a la Contraloría General de la República del Perú (2019 - 2021).
La OLACEFS se integra por 22 EFS Miembros Plenos y 30 miembros Asociados.
La estructura de la Organización regional es la siguiente:
La ASF participa en diversos proyectos de las instancias de trabajo de la OLACEFS.
Asimismo, en el marco de actividades de la OLACEFS y OCCEFS, la ASF ha firmado convenios de cooperación con las EFS de Chile, El Salvador, Ecuador, Nicaragua, Perú, República Dominicana y las EFS del Triángulo Norte de Centroamérica.
La Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, A.C. (ASOFIS), es una organización autónoma, apartidista, independiente y de apoyo técnico, formada por los Organismos Superiores de Fiscalización de los Congresos de los Estados, creada como una asociación permanente y regida por los principios que se establecen en sus estatutos.
La ASOFIS tiene su origen en la preocupación de los órganos técnicos del Poder Legislativo de la Federación y de los Congresos de los Estados de la República, por establecer la coordinación y promover el desarrollo de mejores medios de rendición de cuentas, fiscalización y control de las operaciones del gobierno en lo relativo al ingreso y gasto públicos. Lo anterior a través del conocimiento de los adelantos en sistemas de contabilidad, de información, de control y de fiscalización de las operaciones del gobierno, para satisfacer las demandas de obtención de datos más completos, oportunos y fidedignos acerca de la gestión pública; de conocer con certeza qué uso se hace de los caudales públicos y de saber con más precisión cuáles son los planes del gobierno para lograr el desarrollo económico y social del país, así como los resultados alcanzados.
Así, la Contaduría Mayor de Hacienda del Poder Legislativo Federal y las diversas entidades fiscalizadoras de los Congresos de los Estados de la República, en los Encuentros Nacionales de Contadores Mayores de Hacienda realizados en Mexicali, Baja California, en octubre de 1981 y en Chetumal, Quintana Roo, en diciembre de 1982, acordaron fundar una asociación para satisfacer las necesidades antes mencionadas.
La fundación de la Asociación tuvo lugar en el III Encuentro Nacional de Contadores Mayores de Hacienda, celebrado en las ciudades de Toluca e Ixtapan de la Sal, Estado de México, del 8 al 10 de junio de 1983.
En diciembre de 2010 se aprobaron importantes modificaciones a los Estatutos de la Asociación, su Reglamento, y el Reglamento que Reglamento para la Entrega de la Distinción y el Reconocimiento que otorga anualmente la ASOFIS.
Como aportaciones importantes al proceso de fiscalización y rendición de cuentas, la ASOFIS promueve la homologación de la contabilidad en los estados y municipios con el fin de facilitar las tareas de fiscalización superior; el intercambio formal e informal de información encaminado a elevar el nivel de las auditorías realizadas por las entidades de fiscalización superior de nuestro país; y la realización de auditorías conjuntas o coordinadas para la fiscalización de los recursos federales transferidos y reasignados a los estados y municipios.